Contrato de SUBVENCIÓN
Contrato de SUBVENCIÓN
- Subvención de AL-INVEST Verde Componente 1 para proyectos de partenariado innovadores - Programa ejecutado por sequa
Referencia: 922-AIV-<número de proyecto>
(el “Contrato”)
sequa gGmbH
Número de registro mercantil: Bonn B 56 75 Xxxxxxxxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxx, Xxxxxxxx Número de IVA: DE 160827104
en lo sucesivo denominada “la Autoridad Contratante” y
por una parte,
<Nombre oficial completo mencionado en el formulario de entidad jurídica>
Estatuto jurídico: [< Estatuto jurídico (organización)> ]
Número de registro oficial: [<Número de registro oficial de la organización> ] Dirección: <Dirección oficial completa>
Número de IVA: [número de IVA, para beneficiarios registrados a efectos del IVA], en lo sucesivo denominada el “Coordinador”
en lo sucesivo denominadas colectivamente “las Partes”
por otra parte,
mientras que el Coordinador representa a
<Nombre oficial completo mencionado en el formulario de entidad jurídica de cualquier cobeneficiario(s)>
[< Estatuto jurídico (organización)>]
[<Número de registro oficial de la organización>]
<Dirección oficial completa>
[Número de IVA, para beneficiarios registrados a efectos del IVA]
que haya(n) conferido poderes a efectos de la firma del Contrato al Coordinador1, en lo sucesivo denominado(s) (colectivamente) “Co-beneficiario(s)”.
En lo sucesivo, el Coordinador y el/los Co-beneficiario/s se denominarán colectivamente “Beneficiarios”.
1 El modelo de mandato forma parte integrante del formulario de solicitud
Las Partes han acordado las presentes Condiciones Particulares del siguiente modo:
Artículo 1 - Objeto
1.1 El objeto del presente Contrato es la concesión de una subvención por parte de la Autoridad Contratante para financiar la ejecución de la Acción denominada: <título de la Acción> (la “Acción”) descrita en el Anexo I.
1.2 Se concederá la subvención a los Beneficiarios en los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato, que consta de las presentes Condiciones Particulares (las “Condiciones Particulares”) y de los anexos, de los que los Beneficiarios declaran haber tomado conocimiento y haber aceptado.
1.3 Los Beneficiarios aceptan la subvención y se comprometen a ser responsables de la realización de la Acción.
Artículo 2 - Plazo de ejecución de la Acción
2.1 El presente Contrato entrará en vigor en la fecha especificada en el Artículo 2.2 siempre y cuando ambas partes hayan firmado efectivamente el presente Contrato.
2.2 La ejecución de la Acción comenzará el: [<especificar la fecha> ]
2.3 El período de ejecución de la Acción durará <número de meses> (véase el Anexo I).
2.4 La duración del presente Contrato finalizará cuando la Autoridad Contratante efectúe el pago del saldo.
Artículo 3 - Financiación de la Acción
3.1 La moneda del presente Contrato es el EUR. Podrán utilizarse otras monedas para ejecutar la Acción. Las normas para la conversión de divisas se describen en el Artículo 15.9 del Anexo II.
3.2 Los costes subvencionables totales se estiman en <importe, indíquese el importe en la rúbrica 11 del anexo III> euros, tal como se detalla en el anexo III.
La Autoridad Contratante financiará un importe máximo de <importe> euros.
Además, la subvención real se limita al xx% del total de los costes subvencionables reales de la Acción.
El importe definitivo de la contribución de la Autoridad Contratante se determinará de conformidad con los Artículos 14 y 17 del Anexo II.
3.3 Se podrá reclamar hasta un 3% de costes indirectos de conformidad con los Artículos 14 y 17 del Anexo II.
3.4 Cada beneficiario será responsable de garantizar que ningún beneficiario individual reciba más de la contribución máxima de 300.000 euros en total para todos los proyectos en el marco del programa AL-INVEST Verde en los que participe el beneficiario.
3.5 Los siguientes costes no subvencionables podrán considerarse parte de los costes totales aceptados de la Acción también a efectos de cofinanciación: impuestos, incluido el IVA en caso de que los Beneficiarios NO estén exentos o no puedan reclamar impuestos. Los Beneficiarios deberán presentar una declaración que demuestre claramente su situación fiscal de acuerdo con las instrucciones que figuran en el artículo 14 del Xxxxx XX.
3.7 Los costes subvencionables no podrán estar constituidos por opciones de costes simplificados ni por importes a tanto alzado, salvo en el caso de las dietas.
Artículo 4 - Modalidades de información y pago
4.1 Los pagos se efectuarán
(a) de conformidad con el Artículo 15.1 del anexo II, opción nº 2, o
(b) contra el reembolso de los costes reales subvencionables.
En el caso del Artículo 4.1 (a) se aplicará lo siguiente (Artículos 4.2 - 4.4):
4.2 Calendario de pagos:
− Pago inicial de prefinanciación: <importe> euros
− Los demás pagos de prefinanciación se basarán en las previsiones actualizadas para el siguiente período de referencia. La suma total de los pagos de prefinanciación no podrá superar el 90 % del importe mencionado en el Artículo 3.2 de las Condiciones Particulares.
− Pago final: El pago final no superará el 10% del importe mencionado en el Artículo 3.2 de las Condiciones Particulares.
4.3 El pago inicial de prefinanciación irá acompañado de una garantía financiera por el mismo importe, de conformidad con el Artículo 15.8 del Anexo II.
4.4 Los pagos se efectuarán de conformidad con el Artículo 15.1 del Anexo II y con arreglo a las siguientes modalidades:
• El Coordinador solicitará cualquier pago de prefinanciación enviando la solicitud de fondos cumplimentada (ver Anexo XII) por correo electrónico a la Autoridad Contratante indicando el nombre de la Acción, las coordenadas bancarias respectivas, la cantidad solicitada para el próximo (al menos) período de seis meses, incluyendo un presupuesto respectivo, así como un plan de trabajo con las actividades previstas dentro de ese período.
• Para ahorrar gastos bancarios, el Coordinador solicitará normalmente importes no inferiores a 50.000,00 euros.
• El Coordinador podrá reclamar cualquier otro pago de prefinanciación siempre y cuando demuestre que se ha gastado al menos el 70% de la cantidad recibida anteriormente y el 100% de las cantidades recibidas con anterioridad.
En el caso del Artículo 4.1 (b) se aplicará lo siguiente (4.5):
4.5 Los pagos se efectuarán con arreglo a las siguientes modalidades:
• El Coordinador solicitará cualquier reembolso enviando la solicitud de financiación cumplimentada (véase el Anexo XII) por correo electrónico a la Autoridad contratante (de conformidad con el Artículo 4.7).
• Para ahorrar gastos bancarios, el Coordinador solicitará normalmente el reembolso de importes no inferiores a 50.000,00 euros.
4.6 La Autoridad Contratante comprobará cada informe o solicitud de pago tras su recepción en un plazo de 60 días naturales y, a continuación, declarará su aceptación por correo electrónico
o notificará al Coordinador la necesidad de rectificación y fijará un nuevo plazo para el entregable específico.
4.7 El primer informe financiero y técnico deberá presentarse cuatro meses después del inicio de la acción. Los informes financieros y técnicos posteriores deberán presentarse cada tres meses. El formato de los informes se especifica en la herramienta electrónica de seguimiento obligatoria y en el Anexo X.
4.8 Dentro de los 15 días naturales siguientes a la finalización de cada uno de los respectivos periodos de entrega de informes, el Coordinador presentará un informe intermedio técnico y financiero que incluya los documentos justificativos (copias electrónicas) correctamente numerados y etiquetados de acuerdo con las líneas presupuestarias del Anexo III o, en caso de no poder hacerlo, informará a la Autoridad Contratante de los motivos y proporcionará un resumen del progreso de la Acción.
4.9 Los gastos efectuados dentro de un periodo de referencia sólo se considerarán subvencionables si los justificantes correspondientes se presentan a la Autoridad Contratante hasta el final del siguiente periodo de referencia.
4.10 Para cualquier otra solicitud de prefinanciación o reembolso, se enviará a la Autoridad Contratante la versión original de una simple verificación de gastos del Beneficiario del periodo de referencia respectivo (Modelo de TdR, véase el Anexo XIa).
4.11 En los 30 días siguientes a la finalización de la Acción, el Coordinador presentará un informe final técnico y financiero que incluya los documentos justificativos (copias electrónicas) correctamente numerados y etiquetados de acuerdo con las líneas presupuestarias del Anexo
III. El informe financiero irá acompañado de la versión original del informe de auditoría de verificación de gastos (Modelo de TdR, véase el Anexo XIb).
4.12 El Coordinador estará obligado a utilizar el sistema electrónico de información que será facilitado por la Autoridad Contratante.
4.13 Los gastos aceptados como subvencionables por la Autoridad Contratante estarán sujetos a la aprobación final de la Comisión Europea y/o de sus autoridades de auditoría. La aceptación de los informes no implica el reconocimiento de su regularidad ni de la autenticidad, integridad y exactitud de las declaraciones e informaciones que contienen y, como tales, los informes sólo podrán ser aprobados definitivamente por la Comisión Europea y/o sus autoridades de auditoría.
4.14 El pago del saldo estará sujeto al pago final previo de la Comisión Europea a la Autoridad Contratante y estará sujeto a las disposiciones estipuladas en el Artículo 15.4 del Anexo II. Con el fin de poder cumplir las obligaciones de pago de la Autoridad Contratante, el Artículo
12.5 del Anexo II no será aplicable al pago del saldo.
Artículo 5 - Direcciones de contacto
5.1 Toda comunicación relativa al presente Contrato deberá realizarse por escrito, indicar el número y el título de la Acción y enviarse a las siguientes direcciones2 :
Para la Autoridad Contratante
Las cuestiones contractuales, incluida la correspondencia de naturaleza conexa, se enviarán a:
Xx. Xxxxx Xxxxx
Correo electrónico: xxxxx.xxxxx@xxxxx.xx
Las solicitudes de pago, incluidas las solicitudes de modificación de las disposiciones relativas a las cuentas bancarias, deberán enviarse a:
Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxxx
Correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxx.xx
Los informes financieros se enviarán a:
Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx o Xxx. Xxxxx Xxxxxx
Correco electrónico: xxxxxxx.xxxxxxx@xxxxx.xx o xxxxx.xxxxxx@xxxxx.xx
Para el Coordinador
<dirección del Coordinador para la correspondencia>
5.2 Las verificaciones de gastos y auditorías a que se refiere el Artículo 15.7 del Anexo II serán realizadas por un organismo externo contratado por el Coordinador previa autorización de la Autoridad Contratante. En caso de cambio de auditor a lo largo de la ejecución de la Acción, el Coordinador informará por escrito a la Autoridad Contratante indicando el motivo y los nuevos datos de contacto. Dicho cambio no implicará una adenda al Contrato.
<Nombre, dirección, teléfono y dirección de correo electrónico del AUDITOR>.
Artículo 6 - Anexos
6.1 Los siguientes documentos se adjuntan a las presentes Condiciones Particulares y forman parte integrante del Contrato:
Anexo I: Descripción de la Acción (incluido el marco lógico adaptado del proyecto y el esquema conceptual)
Anexo II: Condiciones generales
Anexo III: Presupuesto de la Acción (fichas 1, 2, 3 y 4) Anexo IV: Formulario de entidad legal
Anexo V: Formulario de identificación financiera Anexo VI: Declaración de honor
Anexo VII: Modelo de garantía financiera
2 Cualquier cambio relativo a los datos de contacto del Coordinador o de la Autoridad Contratante deberá comunicarse inmediatamente por escrito, pero no requerirá una adenda al presente Contrato.
Anexo VIII: Cuestionario de autoevaluación sobre SEA-H Anexo IX: Guía de comunicación y visibilidad
Xxxxx Xx: Modelo de informe técnico Xxxxx Xx: Modelo de informe financiero
Anexo XIa: Términos de referencia para una verificación de gastos simple Anexo XIb: Términos de referencia para una verificación de gastos completa Anexo XIIa: Carta para la solicitud de fondos
Anexo XIIb: Solicitud de fondos
Anexo XIII: Lineamientos de gestión financiera
6.2 El Coordinador declara que tanto él como cualquiera de sus agentes, incluidos los Co- beneficiarios, cumplirán las normas estipuladas en el Código de Conducta Empresarial de sequa (el “Código”), tal y como está publicado en la página web de sequa. En caso de que el Coordinador o cualquiera de sus agentes tenga conocimiento de cualquier violación en el curso de su trabajo en virtud de este Contrato, o el Coordinador tenga indicios de una posible violación de este Código, deberá informar a una de las líneas directas de denuncia de irregularidades enumeradas en el Código sin previo aviso y de inmediato.
6.3 En caso de conflicto entre las disposiciones de las presentes Condiciones Particulares y las de cualquiera de sus anexos, prevalecerán las de las Condiciones Particulares. En caso de conflicto entre las disposiciones del Anexo II y las de los demás anexos, prevalecerán las del Anexo II.
Artículo 7 - Derechos
7.1 El Coordinador cede a la Autoridad Contratante todos los derechos de uso de los resultados de su trabajo en el ámbito del presente Contrato, mientras que los derechos de uso de los resultados del trabajo que hayan surgido a través del desarrollo o avance durante la vigencia del presente Contrato de la propiedad intelectual del Coordinador ya existente con anterioridad a la entrada en vigor del presente Contrato (por ejemplo, conceptos de producto, diseño, procesos de producción, productos, resultados de investigación, software o patentes) seguirán perteneciendo exclusivamente al Coordinador.
7.2 El Coordinador no tendrá derecho explícitamente a reclamar ninguna otra remuneración en relación con la renuncia a tales derechos. El presente Contrato estipula los derechos de pago justificados del Coordinador, de forma concluyente.
7.3 El Coordinador podrá utilizar los resultados de su trabajo para cualquier tipo de publicaciones sin necesidad de consentimiento previo por parte de la Autoridad Contratante.
7.4 El Coordinador se asegurará de que todas las imágenes o fotografías que presente a la Autoridad Contratante estén libres de derechos de terceros.
7.5 El Coordinador declara explícitamente que la Autoridad Contratante tendrá derecho a utilizar todas las imágenes o fotografías enviadas por el Coordinador a la Autoridad Contratante, tanto en formato electrónico como impreso, para fines no comerciales. El Coordinador renuncia a su derecho de autodeterminación informativa con respecto a todas y cada una de las imágenes o fotografías presentadas a la Autoridad Contratante por él o sus agentes.
Artículo 8 - Confidencialidad y protección de datos
8.1 Las Partes acuerdan mantener en privado la información confidencial y, en particular, no revelar dicha información a terceros. Por “información confidencial” se entenderá cualquier información y documento de la otra parte respectiva que se haya entregado como parte del cumplimiento de este Contrato, especialmente -pero sin limitarse a ello- información sobre las condiciones de este Contrato, información sobre procesos comerciales, relaciones comerciales y know-how. Esta obligación se mantiene durante un periodo de 12 meses tras la expiración del Contrato.
8.2 Cada Parte reconoce y acepta que la otra Parte respectiva almacene, utilice y procese electrónicamente datos personales en la medida en que sea necesario para la administración, el cumplimiento y la contabilidad del presente Contrato.
8.3 Cada una de las Partes está obligada a abstenerse de recopilar, procesar o utilizar sin autorización datos personales de la otra Parte o de terceros.
8.4 Una vez transcurridos 10 (diez) años naturales completos desde la resolución definitiva de cualquiera de las reclamaciones de la Autoridad Contratante hacia el Coordinador en relación con la Acción, tanto el Coordinador como la Autoridad Contratante eliminarán de forma duradera cualquier dato personal en el contexto del presente Contrato, a menos que dicha eliminación se vea impedida, limitada o restringida por cualquier obstáculo legal.
Artículo 9 - Vigencia y rescisión, reclamaciones mutuas
9.1 El presente Contrato finalizará regularmente una vez cumplidas todas las obligaciones mutuas.
9.2 Además del vencimiento por cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones mutuas estipuladas en el presente Contrato, el Contrato sólo podrá ser resuelto por causa justificada mediante notificación extraordinaria de resolución por escrito.
9.3 En caso de rescisión previa, el Coordinador tomará las medidas que considere necesarias para cerrar la ejecución de la Acción de manera rentable y eficiente en el tiempo.
9.4 La liquidación comercial de la rescisión previa tendrá lugar sobre la base de la parte de la Acción ejecutada hasta el momento de la rescisión.
9.5 La Autoridad Contratante tiene derecho a compensar cualquier reclamo probado presentado al Coordinador contra las reclamaciones existentes del Coordinador.
Artículo 10 - Varios
10.1 En caso de discrepancias con los documentos traducidos, prevalecerá siempre la versión inglesa.
10.2 En caso de que algunos artículos del presente Contrato, o de sus modificaciones o adenda, resulten ineficaces, ello no afectará a la validez de todos los demás artículos del presente Contrato. Las Partes sustituirán el artículo ineficaz por un artículo eficaz que refleje los propósitos previstos y declarados de las Partes.
10.3 Las notificaciones, solicitudes, consentimientos subsidiarios al presente Contrato se realizarán por escrito. Se permitirá expresamente su transmisión electrónica.
10.4 Los cambios, modificaciones y/o adenda al presente Contrato deberán realizarse por escrito. Los acuerdos verbales sobre la renuncia a la forma escrita serán nulos y sin efecto.
10.5 Este Contrato se ha redactado en un original y se firmará por intercambio de E-Mail. El Coordinador devolverá a sequa por correo electrónico una copia electrónica de todo el Contrato refrendada por el Coordinador.
Para los Beneficiarios3 | Para la Autoridad Contratante | |||
Nombre: | xxx | Nombre: | Xxxxxxx XXXXX | Xxxxx SUMMA |
Título: | xxx | Título: | Director General | Director del programa AL-INVEST Verde |
Firma: | Firma: | |||
Date: | Date: |
3 De acuerdo con el mandato conferido al Coordinador (ver formulario de solicitud) el Coordinador firma este Contrato también en nombre de los otros Beneficiarios, quienes, por lo tanto, no necesitan firmar individualmente este contrato para convertirse en Partes del mismo.