CONTRATO DE COMPRA VENTA POR ADJUDICACION DIRECTA CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACAN DE OCAMPO, POR CONDUCTO DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACAN,...
CONTRATO DE COMPRA VENTA POR ADJUDICACION DIRECTA
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, POR CONDUCTO DEL COMITE DE
PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACAN, REPRESENTADO POR EL
C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, EN SU CARACTER DE COORDINADOR GENERAL, A QUIEN
EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL GOBIERNO" Y POR LA OTRA, LA EMPRESA
DENOMINADA "PROMOTORA DE AUTO ESTACIONES S.A. DE C.V." REPRESENTADA EN ESTE
ACTO POR EL C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL PROVEEDOR", Y PARA REFERIRSE A "EL
GOBIERNO" Y A "EL PROVEEDOR" SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", SUJETANDOSE AL
TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. EL GOBIERNO" DECLARA:
1.1 QUE EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 9,14 Y 40 FRACCION I DE LA LEY ORGANICA DE
LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX, EL COMITE DE
PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACAN, FORMA PARTE DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL CON PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO
PROPIOS, DE CONFORMIDAD CON SU DECRETO ADMINISTRATIVO PUBLICADO EN EL
PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN XX
XXXXXX, EL 16 XX XXXXX DE 1981, MISMO QUE FUE REFORMADO POR EL DECRETO
ADMINISTRATIVO PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, CON FECHA 20 DE NOVIEMBRE DE 1986..
1.2 QUE SU TITULAR EL C. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, OCUPA EL CARGO DE
COORDINADOR GENERAL Y TIENE LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A "EL
GOBIERNO" EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO, DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 9,14, 37 FRACCION XIII Y 40 FRACCION
I DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MICHOACAN XX
XXXXXX; 3° FRACCION III Y 7° DEL DECRETO ADMINISTRATIVO DE CREACION DEL
ORGANISMO, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX EL 20 DE NOVIEMBRE DE 1986;1° FRACCION II DE LA LEY
DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONAD CON
BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX Y 34 FRAC XXX XX,
E SU REGLAMENTO.
1.3 QUE CUENTA CON SUFICIENTES RECURSOS PARA CUBRIR LOS COMPROMISOS
DERIVADOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
1.4 QUE "EL GOBIERNO" CUENTA CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES
NUMERO CPD810417GI5.
L5 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO SEN ALA COMO
DOMICILIO EL UBICADO XX. XXXXXX XXXXXXXX 0000, XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX, X.X.
00000, XXXXXXX, XXXXXXXXX.
1.6 QUE DE ACUERDO A SUS NECESIDADES, REQUIERE CONTAR CON LOS SERVICIOS DE
UNA EMPRESA CUYA ACTIVIDAD ES LA VENTA AL PUBLICO EN GENERAL DE GASOLINA Y
DIESEL, BAJO EL SISTEMA DE TARJETAS ELECTRONICAS POR LO QUE HA DETERMINADO
LLEVAR A CABO LA CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE "EL PROVEEDOR".
II. "EL PROVEEDOR" DECLARA:
11.1 QUE SATISFECHOS LOS REQUISITOS QUE MARCAN LOS ARTICULOS 24 Y 25 DE LA LEY
DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON
BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX, QUEDA
DEBIDAMENTE ACREDITADA SU INSCRIPCION EN EL PADRON DE PROVEEDORES DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL, CON NUMERO DE REGISTRO 85-08-04.
11.2 QUE ES UNA SOCIEDAD MERCANTIL LEGALMENTE CONSTITUIDA, COMO LO ACREDITA
CON LA POLIZA NUMERO 3536 DE FECHA 16 DE DICIEMBRE DEL 2002, OTORGADA ANTE LA FE
DEL L.A.E. XXXXXXX X. XXXXXXX XXXX, CORREDOR PUBLICO NUMERO UNO PARA LA PLAZA
DEL ESTADO DE MICHOACAN, INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLIC() DEL COMERCIO BAJO EL
NUMERO 00000014, TOMO 00000305, DEL DISTRITO DE MORELIA, CON FECHA 00 XX
XXXXXXXXX XXX 0000.
11.3 QUE EL C. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE
PROMOTORA DE AUTO ESTACIONES, S.A. DE C.V., CUENTA CON PODERES AMPLIOS Y
SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO Y OBLIGAR A SU REPRESENTADA EN
LOS TERMINOS DEL MISMO, LO QUE ACREDITA CON LA ESCRITURA PUBLICA NUMERO 27527
DE FECHA 07 DE OCTUBRE DEL 2010, OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. X. XXXXXXX
XXXXXXXXX XXXXXXX, NOTARIO NUMERO 105, DE MORELIA, MICHOACAN Y BAJO PR TESTA
DE DECIR VERDAD, DECLARA QUE DICHA PERSONALIDAD NO LE HA SIDO REVD XXX,
LIMITADA, NI MODIFICADA EN FORMA ALGUNA.
2
11.4 QUE "EL PROVEEDOR" CUENTA CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES
NUMERO PAE021216FH2
11.5 QUE CONOCE Y SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS Y
CANTIDADES DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ENTREGAS, CALIDADES Y PRECIOS DE LOS
BIENES REQUERIDOS, ASI COMO LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E
INMUEBLES DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX Y SU REGLAMENTO.
11.6 QUE "BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD" MANIFIESTA NO ENCONTRARSE EN ALGUN
SUPUESTO DE LOS SENALADOS EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E
INMUEBLES DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, NI 17 DE SU REGLAMENTO.
11.7 QUE CUENTA CON FRANQUICIA OTORGADA POR PETROLEOS MEXICANOS PARA
OPERAR LA ESTACION DE SERVICIOS.
11.8 QUE TIENE COMO ACTIVIDAD PREPONDERANTE LA COMERCIALIZACION DE GASOLINA
Y DIESEL SUMINISTRADOS POR PEMEX-REF1NACION, ASI COMO LUBRICANTES MARCA PEMEX
Y CUENTA CON LA INFRAESTRUCTURA Y CAPACIDAD NECESARIA PARA CUBRIR LAS
NECESIDADES DE "EL GOBIERNO", OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
11.9 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO, XXXXXX COMO SU
DOMICILIO EL UBICADO EN LA AV. SOLIDARIDAD 1340, FRACCIONAMIENTO PRADOS DEL
CAMPESTRE, C.P. 58297, EN MORELIA, MICHOACAN Y PAGINA ELECTRONICA
xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
III. LAS "PARTES" DECLARAN:
111.1 QUE SE RECONOCEN LA PERSONALIDAD QUE LOS ASISTE, ASI C 0 LAS
DECLARACIONES VERTIDAS SUJETANDOSE EN LO SUBSECUENTE A LAS SIGUIENTE
CLAUSULAS
3
PRIMERA. DEL OBJETO. "EL GOBIERNO" SE OBLIGA A COMPRAR A "EL PROVEEDOR" 4,017
CUATRO MIL DIECISIETE LITRO DE GASOLINA PREMIUM, QUE SE DETALLAN EN LA ORDEN DE
PEDIDO RECIBIDA Y FIRMADA NUMERO COPLADEM-009/2016 DEL 01 DE JUNTO DEL 2016.
SEGUNDA. DEL MONTO DEL CONTRATO. EL PRECIO CONVENIDO POR "LAS PARTES"
RESPECTO DE LA COMPRAVENTA DE LOS BIENES A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA
CLAUSULA ANTERIOR ES LA CANTIDAD DE $56,157.84 (CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO
CINCUENTA Y SIETE PESOS 84/100 M.N.). CON I.V.A. Y EL IEPS INCLUIDOS, VOLUMEN QUE
PODRA SER REDUCIDO EN CASO DE INCREMENTO DEL PRECIO OFICIAL FIJADO POR PEMEX
PARA EL MES DE JUNTO DEL 2016.
TERCERA. DE LOS PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA. "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A
ENTREGAR LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN LAS CANTIDADES SOLICITADAS POR
"EL GOBIERNO", A PARTIR DE LA FECHA DEL PAGO DE LAS FACTURAS, DE ACUERDO A LAS
ESPECIFICACIONES QUE SE MENCIONAN EN EL PEDIDO, ASIMISMO QUE CUMPLAN CON LAS
NORMAS DE CALIDAD CORRESPONDIENTES PARA ESTE TIPO DE BIENES. EL CUMPLIMIENTO
DE ESTE CONTRATO NO SERA SUBROGABLE NI TRANSFERIBLE.
"EL PROVEEDOR" ASUME POR SU UNICA Y EXCLUSIVA CUENTA TODA LA RESPONSABILIDAD
PROVENIENTE DE LOS DANOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES Y/O
PROPIEDADES DE "EL GOBIERNO" AL MOMENTO EN QUE DE CUMPLIMIENTO AL PRESENTE
INSTRUMENTO.
CUARTA. DE LA FACTURACION. "EL PROVEEDOR" ESTA OBLIGADO A ELABORAR SUS
FACTURAS POR BIENES SOLICITADOS A ENTERA SATISFACCION DE "EL GOBIERNO" DE
ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES QUE SE MENCIONAN EN EL PEDIDO. LAS FACTURAS
DEBERAN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL
ESTADO DE MICHOACAN", CON EL R.F.C. CPD810417GI5 Y DOMICILIO EN XX. XXXXXX
XXXXXXXX 0000, XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX, X.X. 00000, XXXXXXX, XXXXXXXXX, CON EL
I.V.A. DESGLOSADO PARA LOS EFECTOS FISCALES CORRESPONDIENTES.
QUINTA. LA VIGENCIA DEL CONTRATO. SERA HASTA DE 7 SIETE MESES CONTADOS A
PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE
DEL 2016, PARA GARANTIZAR LA BUENA CALIDAD 0 LOS VICIOS OCULTOS QUE PUDIESEN
APARECER DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS. IGUAL TIEMPO SE
APLICARA A LAS MODIFICACIONES 0 PRORROGAS REALIZADAS. SI DURANTE LA XXXXX A DEL
CONTRATO, POR CUALQUIER MOTIVO SE VERIFICARE LA TRANSMISION DE LOS B ENES
I ADQUIRIDOS, LA COMPRA SUBSISTIRA EN LOS TERMINOS DEL CONTRATO.
4
SEXTA:. DE LAS CONDICIONES DE PAGO. SE ENTREGARA A PARTIR DE LOS 3 TRES DiAS
HABILES POSTERIORES DE RECIBIDOA LA FACTURA Y ENTREGA DE LA MISMA, DEBIDAMENTE
REQUISITADAS EN MONEDA NACIONAL Y PRESENTARSE ANTE "EL GOBIERNO".
LAS FACTURAS DEBERAN CONTENER LAS FIRMAS DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE "EL
GOBIERNO" FACULTADOS PARA RECIBIR LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO. EN TODO
CASO, "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL
PARA LA ELABORACION DE FACTURAS QUE EXPIDA LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO
PUBLICO, VIGENTES AL MOMENTO DE LA EXPEDICION DE SUS FACTURAS.
SEPTIMA. DE LA RECEPCION DE LOS BIENES. LA RECEPCION DE LOS BIENES SE HARA A
ENTERA SATISFACCION DE "EL GOBIERNO", CON FORME A LO SENALADO EN EL PEDIDO, DE
CONFORMIDAD CON EL PROGRAMA DE ENTREGAS, REQUISITOS Y PLAZOS QUE PARA TAL
EFECTO ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE
SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE
XXXXXXXXX XX XXXXXX.
OCTAVA. REPOSICION DE LOS BIENES. "EL PROVEEDOR" SE OBLIGA A SUSTITUIR LOS
BIENES QUE HAYA ENTREGADO A "EL GOBIERNO" EN MAL ESTADO, EN UN TERMINO NO
MAYOR DE UN DIA NATURAL, CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE COMUNIQUE LA DEFICIENCIA
EN LA RECEPCION DE LOS BIENES.
NOVENA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. "EL PROVEEDOR" QUEDA OBLIGADO A
RESPONDER POR DEFECTOS 0 VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LAS PATENTES Y
MARCAS, DE LA CALIDAD DE LOS MISMOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE
HUBIERA INCURRIDO EN LOS TERMINOS SENALADOS EN EL PEDIDO DEL PRESENTE
CONTRATO Y EN EL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX, EN CASO
DE QUE ESTO NO OCURRIERA, "EL GOBIERNO" PODRA HACER EFECTIVA LA APLICACION DE
LA CLAUSULA DECIMA PRIMERA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DECIMA. DE LAS PENAS CONVENCIONALES. PARA EN CASO DE ATRASO EN EL
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR PARTE DE "EL PROVEEDOR" EN EL PRESENTE
CONTRATO 0 EN EL CASO DE QUE LOS BIENES NO SE ENTREGUEN DE LA MANERA
CONVENIDA, SE ESTABLECE COMO PENA CONVENCIONAL UN PORCENTAJE DEL 0.5% AL
MILLAR SOBRE EL MONTO TOTAL DE LOS BIENES NO ENTREGADOS 0 SERVICIOS NO
PRESTADOS, POR CADA DIA DE ATRASO QUE TRANSCURRA DESDE LA FECHA FIJADA PARA LA
ENTREGA DE LOS MISMOS, PARA TAL EFECTO, EL COMITE DE PLANEACION P A EL
'DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACAN DESCONTARA DE LA FACTURA PENDIE E D I
5
PAGO, LA SUMA QUE RESULTE DE LA APLICACION DE LA PENA CONVENCIONAL. ESTA PENA
CONVENCIONAL SE ESTIPULA CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 28 ARTICULO DE LA LEY
ADE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON
BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX,
INDEPENDIENTEMENTE DEL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL SENALADA, "EL GOBIERNO"
PODRA EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL PROPIO CONTRATO.
DECIMA PRIMERA. DE LA RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. "EL GOBIERNO"
PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO POR
RAZONES DE INTERES PUBLICO. LA CONTRAVENCIoN A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS,
BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E
INMUEBLES DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX Y DEMAS DISPOSICIONES
REGLAMENTARIAS ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASI COMO EL INCUMPLIMIENTO DE
CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR" ESTIPULADAS EN EL CUERPO DEL
PRESENTE CONTRATO, DA DERECHO A SU RESCISION INMEDIATA SIN RESPONSABILIDAD
PARA "EL GOBIERNO" Y SIN PERJUICIO DE QUE SE APLIQUEN A "EL PROVEEDOR" LAS PENAS
CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO Y QUE SE LE HAGAN
EFECTIVAS LAS GARANTIAS OTORGADAS EN SU CASO, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
DECIMA SEGUNDA. CAUSALES DE RESCISION DEL CONTRATO. DE CONFORMIDAD CON EL
ARTICULO 16 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y
PRESTACION DE BIENES RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO
DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, LAS CAUSAS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA RESCISION DEL
CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACION JUDICIAL Y SIN MAS TRAMITE, SON LAS QUE A
CONTINUACION SE ENUNCIAN:
1) SI "EL PROVEEDOR" NO ENTREGA LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN
CONDICIONES OPTIMAS DE USO EN LA (5) FECHA (5) CONVENIDA (5)
2) SI SUSPENDE EL SUMINISTRO 0 SE NIEGA A REPONER ALGUN BIEN FALTANTE 0
DEFECTUOSO.
SI NO ENTREGA LOS BIENES DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO SIN
JUSTIFICADA 0 NO ACATA LAS INSTRUCCIONES DADAS POR ESCRITO XX
GOBIERNO"
USA
"E
6
4) SI NO DA CUMPLIMIENTO A LO PACTADO EN LA (5) FECHA (S) DE ENTREGA (S)
ESTIPULADAS Y A JUICIO DE "EL GOBIERNO", EL ATRASO PUEDE CAUSARLE PERJUICIOS
0 CONSECUENCIAS GRAVES.
5) SI "EL PROVEEDOR" SE DECLARA EN QUIEBRA 0 EN SUSPENSION DE PAGOS.
6) SI "EL PROVEEDOR" NO DA A "EL GOBIERNO", ASI COMO A LAS RESPECTIVAS
DEPENDENCIAS OFICIALES QUE TENGAN FACULTADES PARA INTERVENIR, LAS
FACILIDADES PARA LA INSPECCION, VIGILANCIA Y SUPERVISION DE LA ELABORACION Y
ENTREGA DE LOS BIENES.
7) CUANDO SE COMPRUEBE QUE "EL PROVEEDOR" NO HAYA MANIFESTADO LA VERDAD
SOBRE LA INFORMACION PROPORCIONADA EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
ORIGEN DE ESTE CONTRATO.
8) EN GENERAL, POR INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE "EL PROVEEDOR" DE CUALQUIER
OTRA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO 0 SUS ANEXOS, DE
LAS LEYES Y DISPOSICIONES LEGALES REGLAMENTARIAS APLICABLES A ESTE
CONTRATO.
DECIMA TERCERA. DE LA SUJECION DE LAS PARTES. "LAS PARTES" SE OBLIGAN A
SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, A
TODAS Y CADA UNA DE LAS CLAUSULAS QUE LO INTEGRAN, ASI COMO A LAS DISPOSICIONES
DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS
RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES VIGENTE EN EL ESTADO DE
XXXXXXXXX XX XXXXXX Y DEMAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE SEAN APLICABLES EN
CUANTO AL FONDO Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO.
DECIMA CUARTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.- "EL GOBIERNO" PODRA ACORDAR
EL INCREMENTOS 0 DISMINUCIONES DE LOS CONCEPTOS, VOLUMENES, MONTO Y VIGENCIA,
ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE. EN CASO DE QUE "EL GOBIERNO" REQUIERA MODIFICAR EL
SERVICIO, LO NOTIFICARA POR ESCRITO A "EL PROVEEDOR", EL CUAL LO SUMINISTRARA EN
LAS CONDICIONES PACTADAS POR LAS PARTES. CUALQUIER MODIFICACION AL PRESENTE
CONTRATO, DEBERA FORMALIZARSE POR ESCRITO MEDIANTE CONVENIOS MODIFICATORIOS.
DECIMA QUINTA. CASO FORTUITO 0 FUERZA MAYOR. NINGUNA DE LAS PARTES SERA
RESPONSABLE DE CUALQUIER RETRASO 0 INCUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, QUE
RESULTE DE CASO FORTUITO 0 FUERZA MAYOR. SE ENTIENDE POR CASO FORTITO 0
FUERZA MAYOR, AQUELLOS HECHOS 0 ACONTECIMIENTOS AJENOS A LA VOLUNT D DE
7
CUALQUIERA DE LAS PARTES, SIEMPRE Y CUANDO NO SE HAYA DADO CAUSA 0 CONTRIBUIDO
A ELLOS.
DECIMA SEXTA. DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA. "LAS PARTES" SE SOMETEN A LA
JURISDICCION Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE ESTA CIUDAD DE MORELIA,
MICHOACAN, CON RELACION A LA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO,
POR LO TANTO "LAS PARTES" RENUNCIAN A LA JURISDICCION QUE POR MOTIVO DE
DOMICILIO PRESENTE, FUTURO 0 POR CUALQUIER OTRA CAUSA LES CORRESPONDA.
LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR "LAS PARTES", LO RATIFICAN CONOCIENDO SU
CONTENIDO Y ALCANCES LEGALES, FIRMANDOLO EN TRES TANTOS, EN LA CIUDAD DE
MORELIA, CAPITAL DEL ESTADO DE XXXXXXXXX XX XXXXXX, AL PRIMER DIA DEL MES DE
JUNTO DEL 2016.
POR "EL "GOBIERNO"
POR "EL PR. EEDOR"
C. XXXXXX XXXXXXXXXX WAI AN C. AN ONIO P EDA CORRAL
CoORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE APODERADO LEGA DE PROMOTORA
PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL DE AUTO ESTACIONES, S.A. DE C.V.
ESTADO DE MICHOACAN
8
Comite de Planeacion Para el Desarrollo del Estado de Michoacan
Padron Vehicular para Asegurar en el Ejercicio Fiscal 2016 MICHOACAN
N° UPP UR N° de
Resguardo Marca Tipo Modelo N° de Serie
N° de
Motor Placa Color Uso
N° de
Ocu-
pantes
Capaci
dad de
Carga
Tornado Hecho en Plata brillante / 1 80 D60 14256 Chevrolet 2015 00XXX0000XX000000 NR58264 Operativo 2 1 Ton
Pick Up Brasil Gris oscuro
Tornado Hecho en Plata brillante / 2 80 D60 14257 Chevrolet 2015 00XXX0000XX000000 NR58265 Operativo 2 1 Ton
Pick Up Brasil Gris oscuro
Ca ptiva Hecho en 3 80 D60 14258 Chevrolet 2015 0XXXX0X00XX000000 XXX0000 Xxxxxx / Xxxxx Funcionario 5 0
Mexico
XXXXXX XXXXXXXXXX WAI AN
COPLADEM Comite de Planeacion para el Desarrollo del Estado de Michoacan Gobierno del Estado xx Xxxxxxxxx
ORDEN DE PEDIDO
MICHOACAN s.ta
PEDIDO NUMERO
COPLADEM-009/2016
PROVEEDOR: PROMOTORA DE AUTO ESTACIONES, S.A. DE C.V.
U.P.P. : 80 COPLADEM
DOMICILIO : XX. XXXXXXXXXXX 0000, XXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXX XXX XXXXXXXXX, X.X 00000, XXXXXXX, XXXXXXXXX
UNIDAD RESPONSABLE : COPLADEM
FECHA : 01/Junio/2016
N° PROVEEDOR: 85-08.04 R.F.C. : PAE021216HF2
CLAVE PRESUPUESTAL : RECURSOS PROPIOS
OFICIO :
PARTIDA CANTIDAD D E S C R IPCION PRECIO
UNITARIO
IMPORTE
1 4017 LITROS DE GASOLINA PREMIUM 12.1135 48,659.93
(EL PRECIO UNITARIO CONTIENE $ 0.4476 DE IEPS)
SE DEBERA ENTREGAR DE CONFORMIDAD CON LAS CARACTERISTICAS TECNICAS OFERTADAS.
I SE CUENTA CON LOS RECURSOS FINANCIEROS SUFICIENTES EN LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS RECURSOS PROPIOS.
I I
CONDICIONES S U MA 48,659.93
DE PAGO: 5 DiAS POSTERIORES A LA FACTURACION. (CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENT I.V.A. 16.00% 7,497.91
DE ENTREGA : A PARTIR DE LA FECHA DE PAGO. Y SIETE PESOS 84/100 M. )N. T OT A L 56,157.84
SOLICITA
AC
A
COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION
PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACAN
XXXXXXX XX XX XXXXXX
APODERADO LEGAL DE
PROMOTORA DE AUTO ESTACIONES, S.A. DE C.V.
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