LICITACIÓN PÚBLICA Nº 16/2.009
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 16/2.009
CARÁTULA
OBJETO: Contratación de mano de obra, maquinarias y equipos necesarios, con la provisión de materiales, para la ejecución de los trabajos de “Conservación, Mantenimiento y/o Reposición, de los Elementos que conforman el Sistema de Alumbrado Público y Semafórico”, dentro del ejido de la ciudad de General Roca de la Provincia de Río Negro, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones.- - - - -
PRESUPUESTO OFICIAL - $ 1.959.912,00 (pesos un millón novecientos cincuenta y nueve mil novecientos doce).-
FECHA DE APERTURA: El día 14/12/2.009 a las 11:30 hs. en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de General Roca.-
VALOR XXX XXXXXX - $ 1.960,00 (pesos: un mil novecientos sesenta).-
TERMINO DE CONTRATACION: - 24 (veinticuatro) meses corridos, con opción, a favor del Municipio, por 24 (veinticuatro) meses más.-
MANTENIMIENTO DE OFERTA: No podrá ser inferior a los 30 (treinta) días hábiles.-
El Pliego de Bases y Condiciones consta de fojas.-
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MEMORIA DESCRIPTIVA
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ALUMBRADO PÚBLICO:
Este servicio consiste en la conservación, mantenimiento, reparación y/o reposición de todos los elementos que conforman el sistema de alumbrado público tales como bases de hormigón, columnas metálicas de sostén, luminarias, líneas de suministro de energía, puestas a tierra, lámparas, equipos auxiliares, componentes de gabinetes de comando, fotocélulas, etc., además de toda otra tarea accesoria que, por razones de brevedad, no se detalla pero que hacen a una prestación eficaz y eficiente del servicio que nos ocupa. La cantidad de luminarias correspondientes a Alumbrado Público, instalada dentro del ejido Municipal de Gral. Xxxx en el momento de la presente Licitación, es de 12.910 puntos de luz.-
MANTENIMIENTO DE SEMÁFOROS:
Este servicio consiste básicamente en la conservación, mantenimiento, reparación y/o reposición de todos los elementos que conforman el sistema semafórico de la ciudad de General Roca, tales como bases de hormigón, columnas metálicas de sostén, brazos soporte, módulos de unidad sellada multiled, lámparas, portalámparas, vidrios, acrílicos, líneas de suministro de energía, componentes eléctricos y electrónicos de los controladores y toda otra tarea que no se detalla pero que hacen una prestación eficaz y eficiente del servicio que nos ocupa. La cantidad de semáforos instalados dentro del ejido Municipal de Gral. Roca en el momento de la presente Licitación, es de 29 (veintinueve) intersecciones con semáforos de control vehicular y 34 (treinta y cuatro) intersecciones con semáforos intermitentes.-
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CLAUSULAS LEGALES GENERALES
Artículo 1: Los derechos y obligaciones que deriven de la presente Licitación se regirán por las bases generales que integran las especificaciones del articulado siguiente.-
Artículo 2 – TERMINOLOGÍA Y ABREVIATURAS: A los efectos de la aplicación de este pliego y condiciones y todo otro documento que pase a integrar esta Licitación y/o Orden de Compra, se emplearán las siguientes denominaciones y abreviaturas: “Municipalidad” por Municipalidad de General Roca; “Secretaria” por Secretaria de Obras Públicas y Medio Ambiente; “Dirección” por Dirección de Infraestructura; “Inspección” por el (los) funcionario (s) encargado (s) del contralor y vigilancia de las Obras; “Oferentes” toda Empresa que se presente a la Licitación; “Contratista” por la Empresa que se contrate para la ejecución de la Obra; “Servicio” El servicio de mantenimiento del sistema de alumbrado público y semáforos de nuestra ciudad; “Pliego” por toda documentación que integra el Pliego de Bases y Condiciones; “Contrato” por toda documentación que integra el contrato entre las partes; “Ley General” la Ley de Obras Públicas Nº 286 y su
Reglamentación, y Ley Nº: 3.186 (Decretos Provincial Nº: 188/2004 y 579/2008).-
Artículo 3 - DISPOSICIONES APLICABLES: El objeto de la presente Licitación queda sometido a lo dispuesto en las Ordenanzas Nº: 3.783/2.004 y Nº: 4.530/2008, Ley Provincial Nº: 3.186, Decreto Provincial Nº: 188/2.004 y Nº: 579/2008, por lo tanto las partes deberán ajustarse a sus requisitos y a las cláusulas especiales, complementarias y particulares del presente pliego.-
Asimismo es de cumplimiento obligatorio para los contratistas toda la legislación vigente aplicable a la actividad que desarrolle, y en particular la siguiente con sus reglamentaciones:
• Ley 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo
• Ley 24557 de Riesgos del Trabajo y sus Decretos Reglamentarios;
• Dec. 351/79 Reglamentario de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo
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• Dec. 911/96 Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción
• Dec. 1338/96 de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo;
• El Digesto Municipal;
• Todos los Decretos Reglamentarios, Resoluciones, Circulares y Laudos Sancionados, a la fecha, por la Superintendencia de Riesgos de Trabajos en la materia;
Artículo 4 – CONSULTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados en formular propuestas podrán consultar y adquirir los pliegos de bases y condiciones en la Municipalidad de General Roca, sito en la xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xx: 710, dentro del horario administrativo vigente, hasta 5 (cinco) días corridos antes de la fecha fijada para la apertura de las propuestas.-
Artículo 5 – CONSULTAS Y ACLARACIONES: Las consultas y aclaraciones de carácter administrativo y/ o técnico que deseen formular los interesados deberán ser efectuadas en las Direcciones de Contrataciones y Obras Públicas sito en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xx: 710 de esta Ciudad ó a las direcciones de e-mail: , hasta con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha de apertura establecida- Asimismo la Municipalidad evacuará tales consultas por medio de circulares aclaratorias hasta 5 (cinco) días hábiles antes de la fecha de apertura establecida.-
Artículo 6 –CONOCIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN Y DEL TRABAJO:
La presentación de una propuesta significará que quien la hace conoce el lugar en que se ejecutarán los trabajos, las condiciones, características propias y el objeto del servicio y su desarrollo, tenidas en el presente Xxxxxx y las acepta de conformidad y que se ha basado en ello para hacer su oferta. Que ha recogido
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todas las informaciones relacionadas con la ejecución de los trabajos, condiciones climáticas, medios de comunicación y transporte, precio y factibilidad para conseguir los materiales, mano de obra y todos los elementos de juicio necesarios para afrontar cualquier contingencia que pueda esperarse. Por consiguiente su presentación compromete el perfecto conocimiento de las obligaciones que vaya a contraer y la renuncia previa de cualquier reclamo posterior a la notificación y entrega fehaciente, de la Orden de Compra, basado en el desconocimiento del terreno y del proyecto.-
Artículo 7 - MANTENIMIENTO DE OFERTA: Todas las propuestas deberán indicar el plazo de mantenimiento de la oferta, el que deberá ser igual o superior al establecido en el presente pliego.-
Artículo 8 - DE LA ADJUDICACION: La Municipalidad integrará para la presente Licitación una Comisión de Preadjudicación con agentes y/ o funcionarios de la misma.- La Comisión emitirá dictamen de preadjudicación, de carácter no vinculante, que proporcionara al Intendente Municipal un análisis para el dictado del acto administrativo, con el cual se concluya el procedimiento de compra o contratación, donde se evaluará los aspectos formales y sustanciales de las ofertas.- A cuyo fin el menor precio no será factor exclusivamente determinante de la decisión, ya que para determinar la conveniencia de la o las oferta/s presentada/s deberán considerarse, además del precio propuesto, toda otra circunstancia relativa a las cualidades del objeto de la presente, que demuestre la mayor conveniencia para el Municipio de General Roca.- Principalmente se tendrá en cuenta, a la hora de tomar una decisión los antecedentes en Obras similares ejecutadas.-
La Comisión de Preadjudicación se reserva el derecho de solicitar a los Oferentes, durante el proceso de estudio y hasta la adjudicación, cualquier tipo de información o documentación que considere necesaria, sin que ello dé lugar a reclamo alguno.-
En el marco de la Ordenanza Municipal Nº: 4530/2008, cuando exista una diferencia de hasta un 5% a favor de la firma foránea, con respecto a la otra, que tributa en la Municipalidad de General Roca, ésta última podrá equiparar su oferta con la más baja.-
El dictamen de preadjudicación a que se hace alusión, se comunicará y difundirá, en el Transparente de la Secretaría de Hacienda de este Municipio, por el término de 3 (tres) días consecutivos, a fin de que todos los Oferentes participantes de la presente Licitación tomen conocimiento.-Los Oferentes
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dispondrán del citado plazo, para la presentación, por escrito, de un eventual pedido formal de impugnación, el cual deberá ser presentado ante Mesa de Entradas de la Municipalidad de General Xxxx y dirigido al Intendente de la Municipalidad de General Roca.- Pasado dicho término, y no habiéndose recepcionado en este Municipio pedido formal de impugnación, el Intendente de la Municipalidad de General Roca , dentro del plazo de validez de la oferta (30 días hábiles, contados a partir de la apertura de los sobres- propuestas), establecerá, por Resolución, la/s oferta/s, adjudicaría/s que considere más conveniente a los intereses municipales, reservándose el derecho de adjudicar en forma total o de rechazar todas las propuestas, declarando desierta la presente Licitación Publica, a su sólo juicio, sin que ello implique derecho a reclamo alguno por parte de los oferentes, por lo que las resoluciones adoptadas por el Municipio en tal sentido serán definitivas, irrecurribles e inapelables.-
Se deja claramente establecido que tanto la Preadjudicación como la Adjudicación no causarán estado, ni derecho, ni acreencia alguna a favor del oferente en virtud de la Licitación Pública de mención.-
Artículo 9 – INICIACIÓN DEL SERVICIO: Se deberá presentar al comienzo de la Contratación, la nómina de personal, seguros, certificados de buenas conducta, fotocopia autenticada de Libreta de Sanidad, según corresponda.-
En caso de producirse variantes (altas o bajas) durante el período contractual, se deberá informar a la Municipalidad en el mes que se produjeran.-
Mensualmente deberá presentarse fotocopia de todos los formularios entregados a la D.G.I., inherentes a los Aportes y Contribuciones Patronales y a la Obra Social del personal con el cual presta servicios al Municipio.-
Artículo 10 – INICIACIÓN DEL SERVICIO:
10.1. Plan de Trabajos: En cumplimiento del articulo Nº 28 del Decreto Reglamentario de la Ley General, el contratista deberá presentar un Plan Gráfico de los Trabajos, dentro los 10 (diez) días corridos de notificación y entrega fehaciente de la Orden de Compra.- El no cumplimiento de estos requisitos hará pasible al Contratista de una multa del 2% del deposito de garantía por cada día de demora.- Asimismo conjuntamente con lo mencionado el Contratista deberá comunicar, por escrito, a la Dirección, el detalle del equipo que utilizará para ejecutar los trabajos.-
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10.2. Acta de Iniciación: En oportunidad de iniciarse los trabajos referentes al servicio, se labrará el Acta correspondiente.-
10.3. Retraso en la iniciación de los trabajos: Si transcurridos los 10 (diez) días corridos de la entrega y notificación fehaciente de la Orden de Compra, el contratista no iniciara los trabajos correspondiente al servicio, establecidos en el plan de trabajo, se hará pasible de una multa de 0,5 % del total de la Orden de Compra actualizada, sin perjuicio de otras medidas que hubiera lugar.-
10.4. Suspensión de los trabajos: El Contratista no podrá en ningún caso suspender los trabajos sin autorización de la Inspección. El no cumplimiento de la presente cláusula hará pasible al Contratista de una multa diaria del 0,1% del total de la Orden de Compra actualizada, sin perjuicio de otras medidas que hubiera lugar.-
Artículo 11 – RESPONSABILIDAD POR INFRACCIONES
ADMINISTRATIVAS: El Contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las Disposiciones, Ordenanzas y Reglamentos policiales y/ o municipales vigentes en el lugar de la ejecución de las Obras. Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y resarcimiento de los perjuicios, o intereses si se cometiera cualquier infracción a dichas Disposiciones, Ordenanzas ó Reglamentos.-
El Contratista será el único y exclusivo responsable y se obligará a reparar la totalidad de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se produzcan con motivo o en ocasión del servicio, trabajo o suministro que se realice, ya sea por su culpa, dolo o negligencia, o por las cosas de su propiedad y/o que se encuentren bajo su guarda o custodia.-
Artículo 12 – MATERIALES A EMPLEAR: Todos los materiales a emplearse en el servicio de mantenimiento de alumbrado público deberán ser aprobados previamente por la Inspección, para luego permanecer en Obra.-
Artículo 13 – ERRORES DE OBRAS POR TRABAJOS DEFECTUOSOS: El
Contratista en ningún momento podrá alegar descargo de responsabilidad por mala ejecución de los trabajos o por las transgresiones a la documentación contractual, fundándose en incumplimiento por parte de subcontratista, personal, proveedores o excusándose en el retardo por parte de la inspección en entregar los detalles, planos o en la comprobación de errores o faltas.-
Todo trabajo que resultare defectuoso debido al empleo de malos materiales o de calidad inferior a la establecida en la documentación contractual o de la mano de obra deficiente o por descuido o por imprevisión o por falta de conocimiento técnico del contratista o de sus empleados, será deshecho y reconstruido por el contratista a su debida cuenta a la primera intimación que en ese sentido la haga la inspección en el plazo que ésta fije.-
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El hecho que se hayan formulado en su oportunidad por la Inspección las observaciones pertinentes por trabajos defectuosos o empleo de materiales de calidad inferior, no implicará la aceptación de los mismos y la Inspección en cualquier momento en que el hecho se evidencie y hasta la recepción definitiva, podrá ordenar al Contratista su corrección, demolición o reemplazo, siendo los gastos que se originen por cuenta de éste.-
En todos los casos, si el Contratista se negara a la corrección, demolición o reemplazo de los trabajos rechazados, la Municipalidad podrá hacerlos por sí o por otros y por cuenta del Contratista y sin intervención judicial. Si a juicio exclusivo de la Inspección, no resultare conveniente la reconstrucción de los trabajos en la etapa de terminación, es resorte de dicha Inspección la estimación de la disminución con carácter punitivo, del elemento o estructura observados.-
Artículo 14 – REPRESENTANTE TÉCNICO DEL CONTRATISTA: La
representación Técnica del Contratista será ejercida por profesional registrado en el Consejo Profesional de Ingeniería y Agrimensura de la Provincia de Río Negro, con incumbencia en el tipo de Obra que se Licita.-
Artículo 15 – REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA EN OBRA: El
Contratista tendrá en la Obra y en forma permanente un Ingeniero, Arquitecto o Personal técnicamente capacitado, debidamente autorizado y aceptado por la Dirección y con quien la Inspección pueda entenderse de inmediato con respecto a los trabajos que se realizan y con las debidas facultades para notificarse, en su nombre y representación de las ordenes de servicio, darles cumplimiento o formular las observaciones a que ellas dieran lugar. Si el contratista reuniera tales condiciones podrá actuar por sí mismo.-
El Personal técnico o administrativo del contratista que actúe en la obra y perjudique por su conducta, la buena marcha de los trabajos o no tenga la debida competencia o no sea todo lo diligente que corresponda, deberá ser retirado de la Obra si así lo resolviera la Inspección. El contratista, si no estuviera de acuerdo con lo dispuesto, tendrá derecho a apelación y podrá solicitar a la Dirección la reconsideración de la medida.-
Artículo 16 – LIBRO DE ORDENES DE SERVICIO: En lo que respecta a las instrucciones que la Dirección y/ o la Inspección debe impartir al Contratista, se dará cumplimiento en un todo de acuerdo al Articulo 32, Apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 y subsiguientes de la reglamentación de la Ley General.-
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Artículo 17 – LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO: Además del libro de Ordenes de Servicio exigido por el apartado 1) del Articulo 32 del decreto Reglamentario de la Ley General, el Contratista deberá presentar otro libro de las mismas características que se denominara LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO. En dicho libro la empresa comunicará todas las observaciones y sugerencias que estime conveniente, las que deben ser contestadas por la Inspección en un plazo no mayor de cinco (5) días, en dicho libro, dejándose debida constancia en el libro de Ordenes de Servicio.-
Artículo 18 – MULTA POR NO CUMPLIMIENTO DE LAS ORDENES DE
SERVICIO: Si el contratista no se aviniera a cumplir con una Orden de Servicio, se hará pasible de una multa diaria y equivalente al 2% del monto mensual contratado, sin perjuicio de otras medidas que hubiera lugar.-
Artículo 19 – INSPECCIONES QUE ORIGINEN GASTOS
EXTRAORDINARIOS: Las inspecciones que destaca la Dirección se limitarán a las indispensables para controlar la marcha de los trabajos y certificar los mismos, según lo establecido en el presente pliego. Cuando sea necesario repetirse inspecciones o recepciones por culpa del Contratista, según constancia que figure debidamente documentada en el libro de Órdenes de Servicio, los gastos emergentes de la inspección serán con cargo al Contratista.-
Artículo 20 – NORMAS DE MEDICIÓN: Para la medición, liquidación de trabajos, ampliación de obras, etc., regirán las Normas de Medición que indica la Ley General de obras Públicas.-
En los casos no previstos en dichas normas o en los documentos que integran la Orden de Compra, la Dirección resolverá lo pertinente con ecuanimidad y dentro de lo usual en la técnica de la Construcción.-
Artículo 21 – CERTIFICACIONES: La certificación será mensual y en un todo de acuerdo a lo estipulado en Articulo Nº 40 de la ley General. La inspección y/ o Dirección con la asistencia del contratista o su representante técnico autorizado, efectuará la medición de los trabajos. Los certificados se realizarán en los formularios o planillas que el Contratista confeccionará y proveerá al efecto, de acuerdo a las indicaciones que en tal sentido impartirá la Dirección.- La Contratista confeccionará un borrador del certificado, estando su corrección a cargo de la Dirección.- Una vez visado el mismo, el Contratista elaborará el certificado definitivo.-
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Artículo 22 – CONFECCIÓN DE CERTIFICADOS: Los Certificados serán confeccionados y conformados por la Inspección Municipal y su representante técnico, en original y tres (3) copias, para lo cual se aplicarán a las cantidades medidas y consignadas en actas respectivas, los precios unitarios correspondientes a la Orden de Compra, afectados al porcentaje de aumento o disminución estipulado y calculado, ya sea por unidades o ajuste alzado. El original y tres (3) copias serán entregados a la Inspección para la tramitación.- Se considerará como fecha de cada certificado la de su conformación por la Secretaria de Obras Públicas y Medio Ambiente, los certificados constituirán en todos los casos Documentos provisorios sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la recepción definitiva de la Obra.-
Artículo 23 – PAGO DE CERTIFICADOS: Se efectuará de acuerdo a los plazos y condiciones establecidos en las Cláusulas Legales Particulares y a lo establecido en el Artículo Nº: 45 de la Ley General.- Si se efectuare alguna observación a la documentación presentada anexada a la facturación el trámite de pago se interrumpirá hasta tanto se subsane el vicio.-
Artículo 24– GASTOS GENERALES: Todos los gastos que demande el cumplimiento de las obligaciones impuestas por este pliego y de las cuales no se hubieran establecido ítem en el presupuesto oficial, incluso los correspondientes a todos los tramites que requieran aprobación de planos, inspecciones, obtención de permisos, certificados, así como también instalaciones de conexiones, medidores, etc., se considerarán incluidos entre los gastos generales prorrateados entre los precios del presupuesto mencionado.-
Artículo 25 - EXTINCION DEL CONTRATO DEL SEVICIO: Vencido el plazo de vigencia contractual, todos los bienes deberán encontrarse en perfecto estado de uso y conservación, y pasarán a propiedad de la Municipalidad de General Xxxx, de pleno derecho y sin compensación alguna.
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Si el contratista, sin necesidad de intimación no restituyere las instalaciones al extinguirse el plazo de la contratación en las condiciones establecidas en el presente artículo, será pasible de la pérdida de la garantía contractual, la aplicación de una multa especificada en el presente Pliego y la demanda por daños y perjuicios que decida iniciar la concedente.
Artículo 26– DISPOSICIONES VARIAS:
26.1. Plazo de Ejecución: Cuando el Contratista se exceda en el plazo fijado para la ejecución de los trabajos, la Dirección otorgará la prórroga correspondiente a su solicitud y siempre que demuestre que la demora se ha producido por causas que no le son imputables, a juicio exclusivo de la misma.-
A efectos de considerar los casos de responsabilidad por xxxx en el plazo, se tendrá en cuenta en un todo lo establecido en el articulo 37 de la Ley General.-
26.2. De la rescisión: La Orden de Compra podrá ser rescindida por alguna de las partes cuando se configuren las causas establecidas en el capitulo X de la Ley General.-
26.3. Aplicación de Multas: Las multas establecidas por infracción a las disposiciones contractuales, serán aplicadas por la Inspección y su importe será deducido en el primer certificado que el Contratista deberá extender después de su notificación y en último término afectando la fianza rendida quedando obligado el contratista a completar ese fondo de reparo de la garantía si fueran afectados. La multa que correspondiera aplicar al contratista por incumplimiento del plazo de ejecución que se hará efectiva en la forma que lo indica el artículo 37 de la reglamentación de La Ley General.-
26.4 - SUBCONTRATACION: El Oferente deberá indicar, por escrito, si en caso de resultar adjudicatario en la presente Licitación, subcontratara el servicio en cuestión.-
26.5-Subcontratistas: El Contratista ocupará, únicamente, Subcontratistas que sean aceptados por este Municipio.- El Subcontratistas designado por el Contratista deberá estar inscripto en el Registro de Proveedores Municipal, disponiendo de un plazo de hasta 48 horas hábiles de recepcionada la Orden de compra por el Contratista, para gestionar tal inscripción .- Diariamente el contratista entregará a la Inspección partes indicativas del personal ocupado en los trabajos, de acuerdo a las instrucciones que se le formulen.-
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26.6 Responsabilidad de los subcontratistas: Xxxxxx subcontratista autorizado por la Dirección eximirá al contratista del cumplimiento de las obligaciones a su cargo. La responsabilidad derivada de las obras subcontratadas le corresponderá como si las hubiera efectuado directamente.-
Artículo 27– La Municipalidad, se reserva el derecho de rescindir la Contratación, en cuestión, sin invocar causa alguna , previa notificación, con una antelación de (30) treinta días, mediante telegrama colacionado , no teniendo , El Contratista, derecho a reclamo xxxxxx.- - - - - - - - - - - - - -
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CLÁUSULAS LEGALES PARTICULARES
Artículo 1 - OBJETO: Contratación del mano de obra, maquinarias y equipos necesarios, con la provisión de materiales, para la ejecución de los trabajos de “Conservación, Mantenimiento y/o Reposición, de los Elementos que conforman el Sistema de Alumbrado Público y Semafórico”, dentro del ejido de la ciudad de General Roca de la Provincia de Río Negro, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones.- - - - -
Artículo 2 - OFERENTES: Podrán participar del presente llamado formulando propuestas únicamente personas físicas o sociedades de derecho con capacidad para obligarse, que reúnan los requisitos que a continuación se detallan:
PERSONAS FISICAS: Para el caso que el oferente sea una persona de existencia visible: deberá ser persona capaz en todos los términos del Código Civil; fijar domicilio especial en la ciudad de General Roca (Río Negro) para el caso de no encontrarse radicado en esta ciudad., estar inscripto como Proveedor del Municipio de General Roca (Río Negro), presentar copia del DNI, LC o LE según los casos y encontrarse inscripto ante la AFIP, Ingresos Brutos y presentar constancia de CUIT.-
PERSONAS JURIDICAS: Para el caso que el oferente sea una persona de existencia ideal, deberá encontrarse constituida como sociedad regular, revistiendo alguno de los tipos societarios previstos por la ley 19.550; acompañar copia del Contrato Social y sus modificaciones con la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio de su domicilio, mediante el cual se establecerá la o las personas autorizadas para presentarse en nombre de la sociedad a esta licitación.- Será requisito esencial que la duración de la misma cubra el periodo de tiempo de la concesión que se licita.-
Los oferentes que deseen presentarse constituyendo una U.T.E. deberán cumplimentar lo establecido en el presente pliego y acompañar en el Sobre Nº: 2 el Compromiso Formal de Constitución de la misma instrumentado ante
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Escribano Público. Previo a la adjudicación, en su caso, se deberá presentar el contrato de constitución definitivo y la inscripción en el Registro Público de Comercio. En el instrumento público a presentarse oportunamente deberá constar:
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o El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y de cada una de las empresas asociadas, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato.
o El compromiso de mantener la vigencia de la U.T.E. por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato de la Obra en cuestión
o El compromiso de no introducir modificaciones en los Estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del licitante.-
o El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada aquí establecida, en todos los aspectos concernientes al Contrato.-
o Cada una de las partes integrantes de la U.T.E. deberá presentar la totalidad de la documentación que se exige a las sociedades legalmente constituidas debiendo unificar el domicilio y la personería.
o En caso de resultar adjudicataria una U.T.E. deberá acreditar su inscripción en la Inspección General de Justicia, como requisito previo a la firma del contrato. La falta de cumplimiento del requisito determinará la revocación de la adjudicación con la pérdida de la garantía de mantenimiento de la propuesta.
NO PODRÁN SER OFERENTES:
o Las personas físicas o jurídicas que tengan causas pendientes por estafa o contra la propiedad.-
o Las empresas en las que actúen como directores o administradores agentes de la administración publica, nacional, provincial o municipal.-
o Los quebrados mientras no obtengan su rehabilitación y los que tuvieren concurso de acreedores y cuyo acuerdo se encuentra pendiente de homologación.-
o Los que se encontraren suspendidos o inhabilitados en el Registro de Proveedores y contratistas de la Municipalidad de General Roca (Río Negro).-
o Los condenados en juicio y con sentencia firme por el cobro de tasa, impuestos y contribuciones municipales y que no hayan dado cumplimiento de las sanciones.-
o Lo que no tuvieren la libre disposición de sus bienes.-
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Artículo Nº 3 - APERTURA DE LOS SOBRES PROPUESTAS: Xxxxx
abiertos el día_14 de DICIEMBRE de 2009 a las 11:30 horas en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de General Xxxx, en presencia de los funcionarios respectivos y los interesados que deseen asistir, quienes podrán verificar la existencia y procedencia de los sobres, cajas ó
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paquetes dispuestos a ser abiertos, suscribiéndose posteriormente al acta de apertura correspondiente.- Si el día fijado fuera feriado o asueto administrativo, la apertura de esta Licitación Pública tendrá lugar el primer día hábil siguiente al establecido, en el mismo horario.- Sólo se considerarán las propuestas presentadas hasta la fecha y hora indicada para la apertura.- Las que se reciban por correspondencia u otra vía con posterioridad, serán acumuladas al expediente, sin abrir, y dejándose constancia en el sobre del día y hora de recepción.-
Artículo 4 - PRESUPUESTO OFICIAL - $ 1.959.912,00 (pesos un millón novecientos cincuenta y nueve mil novecientos doce).-
Artículo 5 - MANTENIMIENTO DE OFERTA: No podrá ser inferior a los 30 (treinta) días hábiles.-
Artículo 6 – TERMINO DE LA CONTRATACION: 24 (veinticuatro) meses corridos, con opción, a favor del Municipio, por 24 (veinticuatro) meses más.-
Artículo 7 - VALOR XXX XXXXXX - $ 1.960,00 (pesos: un mil novecientos sesenta).-
Artículo 8 - INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES: Los
oferentes, deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de General Roca.- La inscripción se podrá efectuar en la Dirección de Contrataciones de este Municipio, dentro del horario administrativo vigente.-
Artículo 9 - FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: Las
ofertas se presentarán hasta la fecha y hora indicada para el acto de apertura en Mesa de Entradas de este Municipio, y estarán integradas por los siguientes requisitos:
a) - Un sobre cerrado, caja o paquete individualizando la Licitación Pública en la cual se participa, con indicación del día y hora de apertura, sin membretes ni inscripciones que individualicen al oferente, y la leyenda "SOBRE NUMERO UNO". Todos estos datos en el frente del sobre, debiendo contener en su interior, únicamente, la propuesta económica en un todo de acuerdo a lo enunciado:
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-La Oferta NO deberá figurar en el SOBRE Nº 2;
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-Se deberá suscribir en idioma nacional, en Planilla de Cotización Anexo I y Formulario de Pedido de Cotización emitido por este Municipio Nº: 2962/2009 (los cuales se encuentran abrochados en la contratapa xxx Xxxxxx), firmados en todas sus fojas, por el oferente o su representante legal, con poder suficiente para obligar al Oferente en la presente Licitación;
-En moneda argentina (PESOS), en número y en letras, a consumidor final, incluyendo todos los impuestos, de manera tal, que refleje el valor total que este Municipio deberá pagar, ya que no se reconocerán variaciones de costos financieros, dentro de los plazos, que se establezcan para la adjudicación;
-Sin tachaduras o interlineaciones o testados, que no estén debidamente salvadas o aclaradas, formalmente, al pie de la oferta, nuevamente firmados por el Oferente;
- Indicar Mantenimiento de Oferta y Condición de Pago ;
b) - Un segundo sobre cerrado, caja o paquete, con los mismos datos que el anterior, salvo su leyenda que será "SOBRE NUMERO DOS", conteniendo en su interior la siguiente documentación:
b.1: Depósito de la Garantía de Oferta, según Artículo Nº: 11 de las Cláusulas Legales Particulares del presente Pliego. La documentación presentada deberá ser Original;
b.2: El Pliego de Bases y Condiciones (Original) firmado en todas sus fojas, por el oferente o su representante legal, en este último caso deberá acompañar poder, legal y vigente, certificado ante Escribano Público, que acredite que el firmante tiene poder suficiente para obligar al Oferente, y el Representante Técnico designado, con incumbencia en la presente Contratación.-
b.3:Recibo Municipal, original, a nombre del Oferente participante en el presente llamado, correspondiente a la adquisición xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones;
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b.4: Nota firmada por el oferente, en la cual a todos los efectos derivados del presente llamado, acepta y se somete a la competencia de las Cámaras en lo Civil y Comercial de la Segunda Circunscripción Judicial
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de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de las Normas Complementarias de la Constitución de la Provincia de Río Negro;
b.5: Nota firmada por el proponente, fijando domicilio legal en la Ciudad de General Xxxx, donde serán válidas todas las notificaciones que deriven del presente llamado;
b.6: Sellado Provincial, cuyo importe deberá responder a las disposiciones legales vigentes en la materia (comprobante de pago del timbrado suscripto por la Dirección General xx Xxxxxx Provincial y/o Estampilla del Sellado, en original), el cual deberá gestionarse ante la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Río Negro;
b.7: Fotocopia de la Constancia de Inscripción en el Registro de Proveedores de este Municipio, vigente;
b.8: Constancia de Inscripción en la A.F.I.P. (indicando Nº de C.U.I.T., su situación ante el I.V.A. e Impuesto a las ganancias) y constancia de inscripción en la D.G.R. de la Provincia de Río Negro, ó en su defecto Convenio Multilateral;
b.9: Para ejercer la representación en el acto de apertura, el oferente, sea éste persona física o jurídica, deberá adjuntarse en el Sobre Nº: 2 un Poder suficiente a nombre del representante, otorgado por Escribano Público debidamente legalizado;
Se deja constancia que el ejercicio de la representación implica participar en forma activa del acto de apertura;
b.10: Fotocopia autenticada de la Constancia de Inscripción en el Consejo Profesional de Ingeniería y Agrimensura de la Provincia de Río Negro, y/o en el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Río Negro, del Representante Técnico designado;
b.11: Fotocopia autenticada Estados Contables de los 2 (dos) últimos ejercicios económicos contables, auditados, y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
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b.12: En caso de tratarse de sociedad, deberá acompañarse fotocopia autenticada del contrato constitutivo, acta de distribución de cargos, vigente, y constancia de Inscripción en el Registro Público de Comercio;
b.13: Constancia de Inscripción como empleador en la AFIP;
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b.14: Antecedentes de Obras similares ejecutadas, certificación del contratante;
b.15: Referencias comerciales y bancarias para determinar la capacidad técnica, empresaria y económica - financiera de los Oferentes;
b.16: Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de la Industria de la Construcción. (Artículo 32 de la Ley Nº 22.250 "RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN");
b.17: Subcontratación de la Obra: Informar, por escrito, si la Obra en cuestión, será subcontratada, en caso de resultar preadjudicatario, y a que Empresa;
b.18: Nómina completa de los equipos que se emplearán para llevar a cabo el servicio de acuerdo a la modalidad de trabajo que desarrolle el oferente, con indicación de marca, características, número de motor y chasis, rendimiento y ubicación actual de los mismos
b.19: Certificado de habilitación para Licitación, expedido por el Consejo de Obras Públicas de la Provincia de Río Negro. Los Oferentes deberán tener, como mínimo las siguientes Capacidades:
CAPACIDAD TÉCNICO-FINANCIERA.
Saldo de Contratación Libre Anual (en Pesos): Como mínimo,
$ 2.000.000,00 (Pesos: Dos millones).
Capacidad Técnica de Contratación Individual: Deberán ser como mínimo en la siguiente Especialidad:
Capacidad Técnico de Contratación Individual: ESPECIALIDAD
Ingeniería Eléctricas: Como mínimo, $ 500.000,00 (Pesos: Quinientos mil). Y/O
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Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitación expedido por el Registro Nacional de Obras Públicas de la República Argentina. Certificado autenticado por Escribano Público y actualizado.-
CAPACIDAD REFERENCIAL
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Especialidad: Ingeniería Eléctrica (Total): Como mínimo, $ 2.000.000,00 (Pesos: Dos millones).
Especialidad: Ingeniería Eléctrica (Libre) Como mínimo, $ 500.000,00 (Pesos: Quinientos mil).
En este caso se deberá adjuntar: Antecedentes específicos de las Obras similares certificadas.-
Artículo 10 - CAUSAS DE RECHAZO DE LAS OFERTAS: La omisión de los requisitos exigidos en el artículo anterior inciso a) “respecto que la Propuesta Económica no deberá figurar en el Sobre Nº: 2” , y la falta de cumplimiento de lo exigido en los Puntos b.1, b.2, b.3 y b.6, serán causal de rechazo de la Oferta en el mismo Acto de Apertura.- La omisión de las exigencias indicadas en los Puntos b.4 y b.5 podrán ser suplidos en el mismo Acto de Apertura en caso de encontrarse presente el oferente, caso contrario será desestimada la propuesta presentada.- Lo solicitado en los Puntos b.7, b.8, b.10, b.11, b.12, b.13, b.14, b.15, b.16, b.17, b.18 y b.19 podrán presentarse hasta 48 horas después de efectuado el Acto de Apertura.-
También serán causales de rechazo de la oferta:
o Las tachaduras o raspaduras en partes fundamentales, que no estén debidamente salvadas;
o No ingresen a sobre cerrado, tal como se indica a fojas 15/16 del presente Xxxxxx;
o Estén escritas con lápiz;
o Xxxx presentadas por firmas no habilitadas por el Registro Unico de Proveedores;
o Contengan cláusulas que se contrapongan con las xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones;
o Ofrezcan variantes no previstas en el Pliego, o se realice sin cotizar el objeto básico o sin definir el monto total de la oferta;
o Remitan a muestras, en reemplazo de las especificaciones solicitadas, salvo que el Municipio solicite las mismas;
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o Contengan algún vicio que importe su nulidad absoluta;
o Ninguna oferta podrá ser desestimada en el Acto de Apertura, pero sí observadas, correspondiendo a la autoridad competente el análisis de aquellas que hubieran sido observadas, antes de proceder a declararlas incursas en causal de rechazo.-
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Las causas de rechazo que pasaran inadvertidas en el Acto de Apertura, serán consideradas durante el estudio posterior de las propuestas, pudiendo originar rechazos por parte de los organismos municipales competentes.-
Artículo 11: GARANTIA DE OFERTA: El Oferente deberá garantizar el Mantenimiento de la Oferta por el plazo propuesto, y el fiel cumplimiento de sus obligaciones según las siguientes formas:
a)-EFECTIVO: Se deberá efectuar en el Departamento Tesorería de la Municipalidad de General Roca, dentro del horario administrativo vigente, ó en su defecto mediante depósito en cuenta bancaria municipal;
b)-CHEQUE CERTIFICADO, GIRO POSTAL O BANCARIO;
c)- FIANZA BANCARIA extendida a favor de la Municipalidad:
1.-Quien la emita deberá constituirse en fiador como deudor liso y llano principal pagador, con renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del Articulo 2.013 del Código Civil.-
d) SEGURO DE CAUCION extendida a favor de la Municipalidad:
1- Quien la emita deberá constituirse en fiador como deudor liso y llano principal pagador, con renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos del Articulo 2.013 del Código Civil.-
2.-La misma deberá ser extendida por todo el término del mantenimiento de la oferta y sin restricciones ni salvedades.- Deberán contener la firma del o de los funcionarios que la emitan, certificada por ante Escribano Público quién deberá además certificar que el o los firmantes se encuentran legitimados para tal acto.-
3.-Si fueran emitidas fuera del territorio provincial, dicha certificación deberá estar legalizada por el Colegio de Escribanos respectivo, todo ello bajo pena de rechazo de la propuesta.-
e)-PAGARE A LA VISTA, EXTENDIDO A FAVOR DE LA
MUNICIPALIDAD.- El mismo deberá estar Sellado ante la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Río Negro; conteniendo la cláusula “sin protesto” y el domicilio de la Municipalidad como lugar de pago.-
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En todos los casos, el monto de la Garantía de Oferta, será del 1% del Presupuesto Oficial asignado para la presente Obra.-
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La presente Garantía podrá ser presentada hasta antes de iniciación del Acto de Apertura.-
Artículo 12: El Oferente que desistiera de su Oferta, con posterioridad al acto de apertura de los sobres-propuestas y antes del vencimiento del plazo de mantenimiento de la misma, perderá el importe total de la Garantía de Oferta.- La pérdida de la garantía se producirá de pleno derecho sin necesidad de interpelación ni pronunciamiento judicial previo.-
Artículo 13 - GARANTIA DE IMPUGNACION: El Oferente, en caso de presentar formal pedido de impugnación, deberá adjuntar al escrito, como requisito para su consideración un Depósito de Garantía de Impugnación, siendo igual al Depósito de Garantía de Oferta, la cual será devuelta de oficio, dentro de los 5 (cinco) días de notificado el acto administrativo que haga lugar a la impugnación efectuada.-
Artículo 14 - GARANTIA DE ADJUDICACION: El Adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento de la Orden de Compra, en algunos de las formas prevista para la constitución de la Garantía de Oferta, salvo lo detallado en el inc. E), pagaré a la vista, calculada en un 10% del monto del mismo, dentro del término de 8 (ocho) días de notificada fehacientemente la adjudicación.-
Artículo 15: El desistimiento de la adjudicación, acarreará la pérdida del depósito de la Garantía de Adjudicación sin más trámite, a cuyo efecto la Municipalidad la hará efectiva en la forma en que tal Garantía se hubiere cumplimentado.-
Artículo 16: El pago se efectuará a través de certificados, los que se abonarán a los treinta (30) días corridos posteriores a la fecha de la medición del mismo, así también del importe de todos los certificados de obra por cualquier concepto, La Municipalidad retendrá el cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparo con el objeto de cubrir las responsabilidades del contratista, vicios ocultos y/o redhibitorios y defectos de las obras ejecutadas y
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las obligaciones que la Orden de Compra impone a la contratista, pudiendo ser sustituida en un ciento por ciento (100%) a requerimiento de la contratista por fianza bancaria o seguros de caución.-
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Nota: El oferente podrá ofrecer alternativas, a la citada condiciones de pago, quedando sujeta/s la/s misma/s a un posterior análisis por este Municipio.-
Artículo 17 - REAJUSTES DE PRECIOS
La regla general es que no se admitirán ni reconocerán actualizaciones, repotenciaciones, indexación o ajuste de los precios cotizados que se produzcan fuera del mecanismo de revisión de precios que se pauta en este pliego.
La revisión de precios se establece semestralmente, a partir de la entrada en vigencia efectiva de este contrato, y se producirá entre el representante de la empresa adjudicataria de la presente licitación y la comisión que determine el Poder Ejecutivo de la Municipalidad de General Xxxx. La base principal de análisis para la revisión de precios será el Índice Promedio General de Costos de Productos Electromecánicos elaborado por la Cámara Argentina de Industrias Electrónicas, Electromecánicas, Luminotécnicas (CADIEEL).
Artículo Nº 18: MULTAS: El incumplimiento de las obligaciones contractuales dará lugar a la aplicación de las siguientes multas:
o Por incumplimiento de los plazos contractuales
M = K x d.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 5 % del monto mensual contratado, actualizado. d = Nº de días excedidos plazo contractual.
o Por suspensión de los trabajos sin causa justificadas
M = K x d.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 2 % del monto mensual contratado, actualizado. d = Nº de días no trabajados.
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o No iniciación de los trabajos en el tiempo previsto
M = K x d.
Siendo M = Multa a aplicar
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K = 3 % del monto mensual contratado, actualizado. d = Nº de días excedidos plazo contractual.
o Por no cumplimentar una Orden de Servicio
M = K x d.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 2 % del monto mensual contratado, actualizado. d = Nº de días excedidos plazo contractual.
o Falta de Responsable Técnico ó Representante del Contratista en Obra
M = K x d.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 2 % del monto mensual contratado, actualizado. d = Nº de días
o Violación de las Disposiciones de Seguridad
M = K
Siendo M = Multa a aplicar
K = 5 % del monto mensual contratado, actualizado.
o Solicitudes de Reparación del Servicio No Cumplimentadas
M = K x d x c
Siendo M = Multa a aplicar
K = 1 % del monto mensual contratado, actualizado. d = Nº de días excedidos plazo contractual
c = Nº de luminarias
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o Por falta de materiales en depósito M = K x d.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 2 % del monto mensual contratado, actualizado.
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d = Nº de días excedidos plazo contractual
o Por uso de materiales indebidos o por trabajos defectuosos M = K x c.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 2 % del monto mensual contratado, actualizado. c = Nº de luminarias
o Por suministro de información falsa M = K.
Siendo M = Multa a aplicar
K = 5 % del monto mensual contratado, actualizado.
.
o Por falta de comunicación de daños a terceros M = K
Siendo M = Multa a aplicar
K = 5 % del monto mensual contratado, actualizado.
o 13: Otras
Toda otra falta no comprendida específicamente en la precedente enumeración, será objeto de una penalidad que graduará la Municipalidad, de acuerdo a la magnitud de la misma y su incidencia en la prestación del servicio y/o de la seguridad pública.-
Donde en todos los casos, el monto de contrato actualizado es igual al monto de contrato a la fecha de aplicada la multa.-
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Artículo Nº 19: SEGURO CONTRA TODO RIESGO DE OBRA: El Contratista tomará a su cargo un Seguro Contra Todo Riesgo, que incluirá Responsabilidad Civil por daños y/o lesiones contra terceros, que otorgará cobertura para la totalidad de las operaciones involucradas y durante toda la vigencia del Contrato.-
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Artículo Nº 20: SEGURO TÉCNICO: Incluye el seguro de responsabilidad civil hacia terceros transportados y no transportados, y hacia bienes de terceros, de todas las máquinas y vehículos afectados a la obra.-
Artículo Nº 21: El Contratista deberá contar con cobertura de responsabilidad civil automotor obligatoria de todos sus vehículos y máquinas.-
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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 16/2.009
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
ARTÍCULO 01 - MATERIALES
Todos los materiales a emplear en la reparación o instalación en todo punto de luz deberán ser nuevos, sin uso previo.-
El Contratista deberá proveer la totalidad de los materiales necesarios para efectuar los distintos tipos de mantenimiento especificados, incluyendo entre otros: columnas, postes de eucaliptos, brazos pescantes, ménsulas, suspensiones, riendas, cables aéreos y subterráneos, aisladores, luminarias, lámparas, balastos, capacitores, ignitores, fusibles, además de los materiales de conexionado, materiales para amarre y sujeción, materiales para conducción, materiales de construcción, etc.-
ARTÍCULO 02 - EXISTENCIA DE MATERIALES
Al comenzar con el servicio, el contratista deberá disponer de una existencia mínima de materiales expresada en valores porcentuales del total instalado. La presente exigencia no implica el reconocimiento y pago de acopio.-
Estos materiales serán utilizados exclusivamente para la prestación del servicio, debiendo reponerse mensualmente.
Las cantidades de existencia mínima requeridas serán calculadas en forma mensual, aplicando los porcentajes establecidos a los totales instalados actualizados:
• Lámparas de SAP 150 w, 250 w y 400 w 3 %
• Bandeja de equipo auxiliares 150 w, 250 w, 400 w 1 %
• Artefactos completos (Vial / Peatonal) 0,10 %
• Jabalinas para descarga a tierra 0,20 %
• Cables para acometida (TPR 2 x 1,5 mm²) 4 %
• Cables aéreos preensamblado de AL/AL 2 x16 mm² 5 %
• Xxxxxxxx XX 00 / XX 0 / XX0 0 %
• Pinzas de anclaje DP1 P 0,50 %
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La Inspección tendrá libre acceso a los depósitos del Contratista, a fin de verificar la existencia de materiales ya sea en cantidad como estado de conservación.-
ARTÍCULO 03 – LUMINARIAS PARA ALUMBRADO PÚBLICO
03.01. PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN VIAL EN BRAZOS PESCANTES (Alternativa 1)
Los artefactos nuevos de iluminación a instalar, serán de las marcas XXXXX modelo L-210 ó marca IEP modelo ATRIA ó xxxxx XXXXXX modelo XX 000; armados con equipo auxiliar para lámpara a vapor de sodio de alta presión en 150 watt ó 250 watt según corresponda, se aclara que todos los componentes del equipo auxiliar anteriormente mencionado, deberán ser de marca ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS y las lámparas de marca GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS.-
03.02. PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN VIAL EN BRAZOS PESCANTES (Alternativa 2)
Los artefactos nuevos de iluminación a instalar, serán de las marcas XXXXX modelo F-23 ó IEP modelo AP 55 ó xxxxx XXXXXX modelo NC4V/B; armados con equipo auxiliar exterior autocompensados para lámpara a vapor de sodio de alta presión en 150 watt ó 250 watt según corresponda, se aclara que todos los componentes del equipo auxiliar anteriormente mencionado, deberán ser de marca ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS y las lámparas de marca GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS.-
03.03. PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN VIAL EN COLUMNAS METÁLICAS SIMPLES Ó DOBLES
Los artefactos nuevos de iluminación a instalar, serán de las marcas XXXXX modelo L-310 ó marca IEP modelo AP 7E ó xxxxx XXXXXX modelo MBA 70; armados con equipo auxiliar para lámpara a vapor de sodio de alta presión en 150 watt, 250 watt y 400 watt según corresponda, se aclara que todos los componentes del equipo auxiliar anteriormente mencionado, deberán ser de marca ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS y las lámparas de marca GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS.-
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03.04. PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE PROYECTORES DE ILUMINACIÓN EN COLUMNAS METÁLICAS RECTAS
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Los reflectores nuevos a instalar, serán de las marcas XXXXX Modelo Compacto 400 ó marca IEP modelo TERA SPORT x XXXXXX modelo PUL 4; con equipo auxiliar para lámpara a vapor de sodio alta presión ó mercurio halogenado en una potencia de 250 watt ó 400 watt según corresponda, se aclara que todos los componentes del equipo auxiliar anteriormente mencionado, deberán ser de marca ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS y las lámparas de marca GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS.-
Además a los reflectores nuevos a instalar, se les deberá fabricar un marco rejilla con alambre de tejido, fijado a la estructura del mismo, como protección de la lámpara.-
03.05. PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN PEATONAL EN COLUMNAS METÁLICAS SIMPLES
03.05.01 Las luminarias a instalar serán xxxxx XXXXX modelo EQ 57; armados con equipo auxiliar para lámpara a vapor de sodio de alta presión en 150 watts, se aclara que todos los componentes del equipo auxiliar anteriormente mencionado, deberán ser de marca ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS y las lámparas tubulares de las marcas GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS.-
03.05.02 Las luminarias a instalar serán xxxxx Xxxxxx línea URBANA modelo PAY 4V CP; armados con equipo auxiliar para lámpara a vapor de sodio de alta presión en 150 watts, se aclara que todos los componentes del equipo auxiliar anteriormente mencionado, deberán ser de marca ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS y las lámparas tubulares de las marcas GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS.-
ARTÍCULO 04 - LÁMPARAS A DESCARGA
04.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE LÁMPARAS A DESCARGA
Las lámparas a utilizar en las tareas de mantenimiento del sistema de alumbrado público ó nuevos puntos de luz, serán lámparas a vapor de sodio alta presión ó vapor de mercurio ó vapor de mercurio halogenado, en diseño tubular ó elipsoidal, de las marcas GENERAL ELECTRIC ó OSRAM ó PHILIPS, en la potencia que corresponda, según el equipo auxiliar instalado (150 watt / 250 watt ó 400 watt).-
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ARTICULO 05 - EQUIPOS AUXILIARES PARA LÁMPARAS A DESCARGA
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05.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPOS AUXILIARES PARA LÁMPARAS A DESCARGA
Todos los componentes de los equipos auxiliares para incorporar (interiores) y los equipos auxiliares autocompensados (exteriores), para lámparas a vapor de sodio alta presión ó lámparas a vapor de mercurio ó lámparas a vapor de mercurio halogenado, deberán ser de las marcas ITALAVIA ó WAMCO ó PHILIPS, en la potencia que corresponda (150 watt / 250 watt ó 400 watt).-
NOTA: El contratista en el momento de realizar las tareas de mantenimiento del sistema de alumbrado público deberá tener en cuenta, que siempre entre el equipo auxiliar y lámpara a descarga debe existir compatibilidad para su óptimo funcionamiento; en el caso de que no existiera, ocasionaría un mal funcionamiento de la luminaria, causando un servicio deficiente y un mayor costo operativo en el mantenimiento de la misma.-
ARTÍCULO 06 – INSTALACIÓN DE PROTECCIONES ELÉCTRICAS EN LUMINARIAS
06.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE PROTECCIONES ELÉCTRICAS EN LUMINARIAS CON LINEA DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELECTRICA AEREA.-
Se utilizará como elemento de protección eléctrica contra sobrecargas y cortocircuitos en las acometidas de las luminarias, fusible tipo neoced, alojado el mismo en un Morseto marca BRONAL modelo DP12/1.-
Además se aclara, que la conexión del neutro de las luminarias, al neutro de la línea de distribución de energía eléctrica, se realizara mediante un morseto marca BRONAL modelo DP 9.-
Cuando sea necesario realizar conexiones entre los conductores pilotos del sistema de alumbrado público, se utilizaran morseto marca BRONAL modelo DP7.-
06.02. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE PROTECCIONES ELÉCTRICAS EN LUMINARIAS CON LINEA DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELECTRICA SUBTERRANEA.-
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Se utilizará como elemento de protección eléctrica contra sobrecargas y cortocircuitos en las acometidas de las luminarias, porta fusible seccionables marca ZOLODA serie PMF 10 x 38.-
Además se aclara, que la conexión del neutro de las luminarias, al neutro de la línea de distribución de energía eléctrica, se realizara mediante una bornera azul para neutro (DIN), marca ZOLODA.-
ARTÍCULO 07 – INSTALACIÓN DE CONDUCTORES ELECTRICOS
07.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CABLEADO INTERNO EN LAS LUMINARIAS
El cableado interno de las luminarias deberán realizarse mediante cable de cobre con aislación de caucho siliconado en una sección de 1,5 mm²; no se aceptaran cables con recubrimiento de pvc, en función de la tensión de pulsos a soportar, como así también de la sobre-elevación localizada de la temperatura.-
07.02. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CONDUCTORES PARA ACOMETIDAS DE LUMINARIAS
El conductor a utilizar para la acometida de las luminarias, será cable envainado redondo (TPR) de 2 x 1.5 mm². Entiéndase como acometida, al conductor que une el artefacto de iluminación con la línea de suministro de energía eléctrica, sea esta aérea ó subterránea.-
07.03. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CONDUCTORES SUBTERRANEOS PARA SUIMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
En los casos donde el suministro de energía eléctrica sea subterráneo, se deberá utilizar cable subterráneo de cobre en una sección de 2 x 6 mm² ó 2 x 10 mm² ó 4 x 6 mm², según la carga eléctrica aplicada a la misma ó la distribución de circuitos ó las indicaciones de la inspección.-
Su instalación se realizará con su correspondiente protección mecánica, indicadas en el plano constructivo adjunto.-
Estas obras estarán en un todo de acuerdo a las normativas vigentes exigidas por la municipalidad para este tipo de instalación.-
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07.04. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CONDUCTORES AEREOS PARA SUMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA
En los casos donde el suministro de energía eléctrica para las luminarias sea aéreo, se deberá utilizar cable unipolar de aluminio en una sección de 1 x 25 mm² ó cable preensamblado de aluminio en una sección de 2 x 16 mm² ó cable preensamblado de cobre en una sección de 2 x 6 mm², según corresponda ó indique la inspección, con todos sus herrajes necesarios para su soporte y sujeción.-
Para las acometidas de los gabinetes de alumbrado público se utilizara cable preensamblado de cobre en una sección de 4 x 10 mm².-
Estas obras estarán en un todo de acuerdo a las normas exigidas por el EPRE, Ente Provincial Regulación de Energía Provincia de Río Negro, y EdERSA, distribuidora oficial de energía, respetando y cumpliendo con las Normas de Aplicación Vigentes respecto a la instalación de referencia.-
ARTÍCULO 08 – GABINETE DE COMANDO Y MEDICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO
08.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE GABINETE DE COMANDO Y MEDICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO
Los gabinetes de comando y medición deberán cumplir con las normativas vigentes en alumbrado público exigidas por este municipio, especificados en los planos constructivos adjunto y en los siguientes listados de materiales:
08.01.01 En los casos donde los conductores pilotos de AºPº sean aéreos, los materiales a utilizar, serán los siguientes:
Gabinete Metálico Estanco, Serie 9000, Marca GENROD, Alto = 750 mm x Ancho = 600 mm x Profundidad = 225 mm, c/ bandeja desmontable, grado de protección IP 65, con sistema de cierre metálico, bisagras metálicas ocultas y burlete de neoprene en el perímetro interno de la tapa.-
Bornera de tres polos p/ riel DIN de 35mm p/ cable de 16mm² (8WA1 304)
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XXX XXXXX
Bornera azul p/ neutro p/ riel DIN de 35mm p/ cable de 16mm² (8WA1 011-1BK11).-
Extremo de bornera ó soportes de cierre marca Siemens (8WA1 808) ó Zoloda ( EK 1).-
Seccionador fusible NH bajo carga hasta 100Amp (3NP35).-
Fusibles XX 00 (xX) de 63 Amper.-
Contactor SIEMENS 3RT 1044 ó General Electric XX 00 c/ bobina de 220v.
Interruptor manual SIEMENS 5TE ó Interruptor rotativo General Electric modelo Dilos 0- 63Amp- 3 polos p/riel DIN.-
Interruptores termomagnéticos SIEMENS ó General Electric p/riel DIN unipolares de 50 Amp para cada piloto de alumbrado.-
Conmutador para riel DIN unipolar de 3 posiciones General Electric ó Medex.-
Interruptores termomagnéticos SIEMENS ó General Electric para riel DIN, unipolares de 2 Amp, para protección de comandos.-
Indicadores luminosos a LED monoblock Ø 25 mm (220 volts).-
Porta precinto plastico autoadhesivo.-
Riel DIN normalizado de 35mm, para montaje de los componentes.-
Fotocontrol con zócalo y base para 10 Amp.-
Cable tipo taller 3 x 1 mm².-
Jabalina de cobre x/ xxxx xx xxxxx xx x” x 1.5mts c/ 5 mts de cable de cobre desnudo de 25 mm² soldado a la misma.-
Cable de cobre preensamblado ó subterráneo de 4 x 10mm² para acometida del Medidor y salida de la Caja de Comando.-
Cable de cobre de 1 x 10 mm² para cableado interno (Potencia).-
Cable de cobre de 1 x 1 mm² para cableado interno (Comando).-
Morsetos para cable preensamblado Marca BRONAL Mod. DP 7.-
Gabinete Metálico Estanco, Serie 9000, Marca GENROD, Alto = 450 x Ancho = 300 x Profundidad = 225, para alojar el medidor trifásico.-
Xxxx de Hº Gº de 1 ½” .-
Tuercas de Hº Gº de 1 ½".-
Abrazaderas de planchuela de Hº de 1 ¼” x 3/16”.-
Bulones MN 48 ó MN 60
Curvas de Hº Gº M-H de 1 ½”.-
Pinzas de anclaje DP 1 marca Bronal.-
Abrazaderas xx xxxxx PKD 31.-
Caja para inspección de puesta a tierra, de PVC alto impacto de 15 x 15 cm, con tapa ciega.-
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Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxx
XXX XXXXX
Interruptor Diferencial Bipolar marca General Electric ó Siemens de 25 Amp x 30 Mili Amper (220 volt) DIN.-
Interruptor termomagnético Bipolar marca General Electric ó Siemens de 20 Amp. (220 volt) DIN.-
Toma corriente capsulado domiciliario con tierra de 220 v x 10 Amp. para exterior.-
Interruptor de 1 punto capsulado.-
Receptáculo de baquelita con rosca E-27.-
Lámpara incandescente gota clara de 60 watt.-
Candado SEKUR Nº 40 (con 4 copias de la llave)
08.01.02 Para los casos donde los conductores pilotos de AºPº sean subterráneos, los materiales a utilizar, serán los siguientes:
Gabinete Metálico Estanco, Serie 9000, Marca GENROD, Alto = 750 mm x Ancho = 600 mm x Profundidad = 225 mm, c/ bandeja desmontable, grado de protección IP 65, con sistema de cierre metálico, bisagras metálicas ocultas y burlete de neoprene en el perímetro interno de la tapa.-
Bornera de tres polos p/ riel DIN de 35mm p/ cable de 16mm² (8WA1 304)
Bornera azul p/ neutro p/ riel DIN de 35mm p/ cable de 16mm² (8WA1 011-1BK11).-
Extremo de bornera ó soportes de cierre marca Siemens (8WA1 808) ó Zoloda ( EK 1).-
Seccionador fusible NH bajo carga hasta 100Amp (3NP35).-
Fusibles XX 00 (xX) de 63 Amper.-
Contactor SIEMENS 3RT 1044 ó General Electric XX 00 c/ bobina de 220v.-
Interruptor manual SIEMENS 5TE ó Interruptor rotativo General Electric modelo Dilos 0- 63Amp- 3 polos p/riel DIN.-
Interruptores termomagnéticos SIEMENS ó General Electric p/riel DIN unipolares de 50 Amp para cada piloto de alumbrado.-
Conmutador para riel DIN unipolar de 3 posiciones General Electric ó Medex.
Interruptor diferencial tetrapolar de 63 Amp _ 300 mA marca Siemens ó General Electric.-
Interruptores termomagnéticos SIEMENS ó General Electric para riel DIN, unipolares de 2 Amp, para protección de comandos.-
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Indicadores luminosos a LED monoblock Ø 25 mm (220 volts).-
Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
Porta precinto plastico autoadhesivo.-
Riel DIN normalizado de 35mm, para montaje de los componentes.-
Fotocontrol con zócalo y base para 10 Amp.-
Cable tipo taller 3 x 1 mm².-
Jabalina de cobre x/ xxxx xx xxxxx xx x” x 1.5mts c/ 5 mts de cable de cobre desnudo de 25 mm² soldado a la misma.-
Cable de cobre preensamblado ó subterráneo de 4 x 10mm² para acometida del Medidor y salida de la Caja de Comando.-
Cable de cobre de 1 x 10 mm² para cableado interno (Potencia).-
Cable de cobre de 1 x 1 mm² para cableado interno (Comando).-
Morsetos para cable preensamblado Marca BRONAL Mod. DP 7.-
Gabinete Metálico Estanco, Serie 9000, Marca GENROD, Alto = 450 x Ancho = 300 x Profundidad = 225, para alojar el medidor trifásico.-
Xxxx de Hº Gº de 1 ½” .-
Tuercas de Hº Gº de 1 ½".-
Abrazaderas de planchuela de Hº de 1 ¼” x 3/16”.-
Bulones MN 48 ó MN 60
Curvas de Hº Gº M-H de 1 ½”.-
Pinzas de anclaje DP 1 marca Bronal.-
Abrazaderas xx xxxxx PKD 31.-
Caja para inspección de puesta a tierra, de PVC alto impacto de 15 x 15 cm., con tapa ciega.-
Interruptor Diferencial Bipolar marca General Electric ó Siemens de 25 Amp x 30 Mili Amper (220 volt) DIN.-
Interruptor termomagnético Bipolar marca General Electric ó Siemens de 20 Amp. (220 volt) DIN.-
Toma corriente capsulado domiciliario con tierra de 220 v x 10 Amp. para exterior.-
Interruptor de 1 punto capsulado.-
Receptáculo de baquelita con rosca E-27.-
Lámpara incandescente gota clara de 60 watt.-
Candado SEKUR Nº 40 (con 4 copias de la llave).-
ARTÍCULO 09 – BRAZOS PESCANTES SIMPLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO
09.01. PROVISIÓN Y MONTAJES DE BRAZOS PESCANTES SIMPLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO
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C.P.N. XXXXXXXXX XXXXXXXX Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO de HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
El xxxx xx xxxxx negro biselados de Ø nominal de 1 1/4” (Ø exterior 42.20 mm y un espesor de 2,90 mm) a utilizar en la fabricación de los brazos pescantes, deberán ser nuevos, sin uso previo, de sección circular uniforme, de aspecto exterior liso, sin vestigios de corrosión superficial y no presentaran abolladuras o deformaciones de ningún tipo.-
Su interior estará libre de impurezas o residuos y no presentara corrosión que pudiera alterar las condiciones estructurales del mismo.-
El brazo pescante estará construido en una sola pieza, prohibiéndose expresamente la construcción del mismo con tramos de igual diámetro unidos por soldadura. Se deberá eliminar de sus extremos las rebabas o filos metálicos productos xxx xxxxx generado por las herramientas utilizadas en su seccionamiento a fin de evitar daños en la aislación del conductor eléctrico alojado en su interior.-
El fabricante de los brazos pescantes deberá seguir los lineamientos generales planteados en los planos constructivos adjunto, respetando las dimensiones y espesores mínimos allí indicados.-
Las abrazaderas soporte a emplear en cada brazo pescante, deberán ser xx xxxxxx galvanizado, normalizadas y del diámetro correspondiente al poste donde se instalara la luminaria, considerando el margen de ajuste apropiado.
09.02. PINTURA
Los brazos pescantes serán protegidos con un tratamiento anticorrosivo, según el siguiente detalle:
Preparación de la superficie:
Se ejecutará la limpieza de toda la superficie de la columna con la aplicación de un decapante químico apropiado, luego se deberá implementar un estricto enjuague en forma reiterada y con agua limpia, para eliminar por completo todo vestigio de la solución.-
Imprimación:
Se aplicarán dos manos de convertidor de óxido, debiendo alcanzar un espesor mínimo de 50 micrones en pintura seca.-
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Terminación:
Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
Se aplicarán mínimo dos manos de esmalte sintético brillante de la xxxxx XXXX color XXXX XXXXXXX (excluyente), hasta lograr un acabado uniforme de toda la superficie y debiendo alcanzar un espesor mínimo de 60 micrones en pintura seca.-
09.03. HERRAJES
Los bulones con tuerca a utilizar en el ajuste de los brazos pescantes, serán de material normalizado en las medidas que correspondan (MN 48 / MN51 / MN60
/ etc.) y con sus correspondientes arandelas planas (MN 30).No se aceptarán bulones con tuerca xx xxxxxx negro ó zincados.-
ARTÍCULO 10 – COLUMNA METÁLICA VIAL CON PESCANTE SIMPLE Ó DOBLE PARA ALUMBRADO PÚBLICO
10.01. PROVISIÓN Y MONTAJE, PARA SUSTITUCION Y REPARACION, DE COLUMNA METÁLICA VIAL CON PESCANTE SIMPLE Ó DOBLE PARA ALUMBRADO PÚBLICO
Los xxxxx xx xxxxx negro biselados con ó sin costura, a utilizar en la fabricación de las nuevas columnas metálicas a instalar, serán de las siguientes medidas: de 2” (Ø exterior 60.30 mm y un espesor de 3,25 mm); 3” (Ø exterior 88,9 mm y un espesor de 3,65 mm); 4” (Ø exterior 114,3 mm y un espesor de 4,05 mm; 5” (Ø exterior 140,2 mm y un espesor de 5,00 mm).-
Además deberán ser nuevos sin uso previo, de sección circular uniforme, de aspecto exterior liso, sin vestigios de corrosión superficial y no presentaran abolladuras o deformaciones de ningún tipo.-
Su interior estará libre de impurezas o residuos y no presentara corrosión que pudiera alterar las condiciones estructurales de la columna.-
La columna estará construida en una sola pieza, prohibiéndose expresamente la construcción de la misma con tramos de igual diámetro unidos por soldadura. Se deberá eliminar de los extremos de cada tramo utilizado en su construcción las rebabas o filos metálicos productos xxx xxxxx generado por las herramientas utilizadas en su seccionamiento a fin de evitar daños en la aislación del conductor eléctrico alojado en su interior.-
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C.P.N. XXXXXXXXX XXXXXXXX Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIO de HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
El fabricante de las columnas deberá seguir los lineamientos generales planteados en los planos constructivos adjunto al presente pliego, respetando las dimensiones y espesores mínimos allí indicados.-
El torso xxx xxxx de menor diámetro que se introduce en el xxxx del mayor diámetro llevara una guía metálica en todo su desarrollo radial (aros de ajuste) lográndose así una superficie entre esta y la cara interna xxx xxxx de mayor diámetro para no comprometer mecánicamente la soldadura eléctrica de la unión de los dos caños en la zona de reducción.-
Estos aros absorberán las diferencias de secciones entre caños de distintos diámetros.-
La penetración mínima xxx xxxx de menor diámetro en mayor será de 1,5 veces al diámetro menor.
La soldadura de empalme deberá ser continua y cerrada alrededor de toda la unión.
El esquema de soldadura a utilizar en las uniones tendrá tres pasadas según se indica:
Primera pasada: penetración Segunda pasada: relleno Tercera pasada: terminación
El tipo de electrodo a utilizar será de bajo contenido de hidrogeno y de diámetro según el tipo y espesor xx xxxxx a soldar.
No se admitirán la utilización de maquina soldadora del tipo estáticas.
10.02. ACCESORIOS:
Cuando el suministro de energía eléctrica sea del tipo aéreo, las columnas deberán ser provistas con una perforación de ¾” (18 a 20 mm) ubicado en el plano del brazo de la misma y en el comienzo del último tramo de la columna.-
Cuando el suministro de energía eléctrica sea del tipo subterráneo, las columnas deberán ser provistas de una boca de registro, donde se encontrara alojada la protección eléctrica de la luminaria y una boca de ingreso del cable subterráneo en su primer tramo inferior.-
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Se prestara especial atención en eliminar todo tipo de rebabas e imperfecciones, tanto internas como externas para evitar el eventual daño de los conductores de acometida.-
A efectos de materializar la puesta a tierra de protección de las columnas, estas deberán contar con un bloquete conformado por una tuerca de bronce de 3,8” x 16 – IRAM 5036 – soldada (soldadura oxiacetilénica con aporte de material) en todo su perímetro al interior de una arandela de mayor diámetro y esta a su vez a la estructura, de forma tal que asegure una buena continuidad eléctrica.
La tuerca se ubicara sobre la misma generatriz que el orificio de ingreso de la acometida de la luminaria.-
10.03. PINTURA:
Las columnas metálicas, serán protegidas de la siguiente manera: Preparación de la superficie:
Se ejecutará la limpieza de toda la superficie de la columna con la aplicación de un decapante químico apropiado, luego se deberá implementar un estricto enjuague en forma reiterada y con agua limpia, para eliminar por completo todo vestigio de la solución.-
1º Imprimación:
Se aplicará en el primer tramo inferior de la columna metálica, dos manos de protex al agua, marca prot-car subcarrocería al agua, cubriendo toda su superficie exterior y 40 cm. en su parte interior.-
2º Imprimación:
Se aplicarán dos manos de convertidor de óxido, debiendo alcanzar un espesor mínimo de 50 micrones en pintura seca.-
Terminación:
Se aplicarán mínimo dos manos de esmalte sintético brillante de la xxxxx XXXX color XXXX XXXXXXX, hasta lograr un acabado uniforme de toda la superficie y debiendo alcanzar un espesor mínimo de 60 micrones en pintura seca.-
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Consideración General
Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
Respetar condiciones de preparación de producto, como tiempo de preparación de la mezcla, tiempo de secado entre manos, condiciones ambientales de aplicación, diluciones, etc.
Si luego de montada la columna en su base y por efecto de su izaje u otro motivo a recepción, la pintura sufrirá deterioro, el contratista deberá retocar el sector afectado hasta dejarlo a satisfacción de obra.
10.04. INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN
La Inspección Técnica de la Municipal concurrirá a la fábrica del Proveedor a verificar si las columnas cumplen con las condiciones establecidas en el presente pliego.-
La verificación de los espesores de recubrimiento de la superficie, se realizara mediante micrómetro magnético debidamente contrastado.
La realización o no de los controles anteriormente mencionados, no exime al contratista de su responsabilidad por la calidad y las características del material suministrado.-
La Inspección se reserva el derecho de efectuar todas las inspecciones que considere necesarias durante el proceso de fabricación. Los gastos de traslado y estadía estarán a cargo del CONTRATISTA.
Por ello, el Contratista deberá mantenerla fehacientemente informada con la anticipación lógica necesaria de los plazos y cronogramas de fabricación.-
Además, la Inspección deberá tener libre acceso a la fábrica del Proveedor, debiendo este poner a su disposición todos los medios que sean necesarios para el desempeño de sus funciones.-
La inspecciones de los materiales, no liberara al Contratista de ninguna obligación o responsabilidad.
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ARTÍCULO 11 – COLUMNA METÁLICA DOBLE DE RETENSION CON BRAZO PESCANTE SIMPLE PARA ALUMBRADO PÚBLICO
11.01. PROVISIÓN Y MONTAJE DE COLUMNA METÁLICA DOBLE DE RETENSION CON BRAZO PESCANTE SIMPLE PARA ALUMBRADO PÚBLICO
Estas columnas deberán tener la geometría y las características detalladas en el plano constructivo adjunto, al presente pliego.-
Serán de plena aplicación las especificaciones señaladas para las columnas metálicas de pescantes simples y dobles para alumbrado público.-
ARTÍCULO 12 – COLUMNA METÁLICA RECTA PARA ALUMBRADO PÚBLICO
12.01. PROVISIÓN Y MONTAJE DE COLUMNA METÁLICA RECTA PARA ALUMBRADO PÚBLICO
Estas columnas deberán tener la geometría y las características detalladas en el plano constructivo adjunto al presente pliego y serán utilizadas para la instalación de proyectores de iluminación, en plazas, paseos, monumentos ornamentales, etc.-
Serán de plena aplicación las especificaciones señaladas para las columnas metálicas de pescantes simples y dobles para alumbrado público.-
ARTÍCULO 13 – COLUMNA METÁLICA PEATONAL CON PESCANTE RECTO Ó CURVO
13.01. PROVISIÓN Y MONTAJE DE COLUMNA METÁLICA PEATONAL DE PESCANTE RECTO (ALTERNATIVA 1) Ó CURVO (ALTERNATIVA 2)
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Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
Los xxxxx xx xxxxx negro biselados con ó sin costura Standard “X” xx xx 0” (X exterior 60.30 mm y un espesor de 3,25 mm); 3” (Ø exterior 88,9 mm y un espesor de 3,65 mm); 4” (Ø exterior 114,3 mm y con un espesor de 4,05 mm), a utilizar en la fabricación de las columnas metálicas, deberán ser nuevos (sin uso previo), de sección circular uniforme, de aspecto exterior liso, sin vestigios de corrosión superficial y no presentaran abolladuras o deformaciones de ningún tipo.-
Su interior estará libre de impurezas o residuos y no presentara corrosión que pudiera alterar las condiciones estructurales de la columna.-
El extremo libre superior de la columna deberá estar cerrado mediante chapa nº 12 soldada en todo su perímetro a fin de evitar la eventual entrada de agua y polvo.-
La columna estará construida en una sola pieza, prohibiéndose expresamente la construcción de la misma con tramos de igual diámetro unidos por soldadura.-
El fabricante de las columnas deberá seguir los lineamientos generales planteados en los planos constructivos adjunto al presente pliego, respetando las dimensiones y espesores mínimos allí indicados.-
13.02. TRANSPORTE
El estibaje de las columnas – tanto para su transporte desde la fábrica como para su almacenaje en el obrador – se deberá realizar en filas paralelas y no en más de tres capas superpuestas. Las capas se apoyaran en no menos de tres puntos alineados verticalmente y distribuidos de forma tal de no producir deformaciones (permanentes o temporarias) indeseables de las columnas.-
La capa inferior en ningún momento deberá estar en contacto con el piso del camión o de los almacenes; por lo tanto deberán disponerse los tirantes xx xxxxxx blanda que resulten necesarios, con un número mínimo de tres.-
Además, para evitar roces que deterioren la terminación superficial, entre columnas, entre estas y los tirantes, se colocaran almohadillas de aserrín o material similar.-
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Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
El traslado de las columnas deberá realizar mediante camión adecuadamente preparado para dar seguridad de transporte a la carga y a terceros. No se permitirá la utilización de carritos u otro medio de transporte que ponga en riesgo la seguridad de personas y bienes.-
13.03. MONTAJE
La empresa Contratista deberá proceder al montaje de las columnas dentro de las normas de arte y la ética que este tipo de obra requiere, siendo responsabilidad del Contratista realizar las tareas de replanteo correspondiente para la alineación de las columnas, tareas esta que, junto con la verticalidad, deberá ejecutarse con la utilización del instrumental óptico necesario para lograr su mayor precisión.-
Para la operación de izaje de las columnas y colocación en sus bases de fundación, necesariamente el Contratista deberá disponer de un equipo apropiado, que podrá ser mecánico o hidráulico, el que reunirá las condiciones técnicas suficientes que garantice la eficiencia del trabajo a realizar y que su operación no comprometa la “integridad física del personal de obra del contratista”, extremando todos los recaudos posibles a efectos de evitar cualquier tipo de accidentes hacia “terceros” ajenos a la Obra misma.-
Asimismo deberá tomar todas la previsiones necesarias que se requieran para mantener en “perfecto estado” los materiales a utilizar en la obra.-
Si el equipo a emplear en el izaje de las columnas no reúne las condiciones mencionadas para garantizar “seguridad pública y la del personal de la
Empresa Contratista” ni puede “asegurar la eficiencia del trabajo realizado”, la Inspección Municipal podrá “suspender las tareas iniciadas”, siendo el Contratista el único responsable de los días de atraso que indican el plazo fijado para la finalización de los trabajos.-
Al izar las columnas, el Contratista prestara especial atención para no “deteriorar la pintura” con las sogas de amarre y queda terminantemente prohibido el uso de “ganchos, cables xx xxxxx o cadenas” para amarrar la columna al equipo de elevación.-
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Si luego de montada la columna en su base y si por efecto de su izaje u otro motivo previo a recepción, la pintura sufriera deterioros, el Contratista deberá retocar el sector afectado hasta dejarlo a satisfacción de la inspección de Obra.
ARTÍCULO 14 – POSTES XX XXXXXX
14.01. PROVISIÓN Y MONTAJE, PARA SUSTITUCION O REPARACION , DE POSTES XX XXXXXX .-
Los postes xx xxxxxx que se utilizaran como elemento soporte de líneas de energía eléctrica ó luminarias, serán de eucaliptos en 7.50 mts de altura y 150 mm de diámetro en la cima, los mismos deberán cumplir con las normas exigidas por EPRE, Ente Provincial Regulación de Energía Provincia de Río Negro, y EdERSA, distribuidora oficial de energía.-
ARTÍCULO 15 – FUNDACIONES DE HORMIGÓN PARA COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
15.01. PROVISIÓN Y CARACTERISTICAS DEL HORMIGON PARA FUNDACIONES DE COLUMNAS VIALES
Las columnas metálicas de alumbrado público viales se fundaran en base de hormigón simple, de las medidas indicadas en el plano adjunto.-
El hormigón deberá elaborarse con la siguiente dosificación: HORMIGON SIMPLE
Cemento 300 kg./m3; arena 0,400 m3/m3; agregado pétreo de 1 a 3”
El contratista deberá otorgar especial atención en mantener toda la colada del hormigón la dosificación y granulometría indica, observado que no se queden espacio vacíos.-
Las tareas de colados deberán ser continuas, sin interrupciones
El hormigón debe ser elaborado a través de un equipo mezclador mecánico, quedando determinadamente prohibido realizar las mezcla para la fundación de las bases con herramientas manuales.
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Municipalidad de General Roca
RIO NEGRO
Las dimensiones de las bases del hormigón, estarán en un todo de acuerdo con el plano adjunto.-
MOLDES - ENCOFRADOS:
El molde metálico que se empleara para dejar “el vacío” en la fundación de hormigón, debe tener una pequeña conicidad para permitir su fácil desencofrado.-
En la etapa de excavación de las fundaciones, se tendrá sumo cuidado en el que el pozo tenga las dimensiones externas especificadas para la fundación, como así también la verticalidad de las paredes, a efectos que el terreno en estado natural (sin aflojamiento por acción de los operarios o maquinarias) actúe como encofrado.-
La municipalidad no reconocerá reclamos de costo adicional por mayor volumen de hormigón utilizado en la ejecución de fundaciones por fallas estructurales del terreno que provoquen la ejecución de fundaciones mayores o el empleo de encofrados y posterior compactación lateral.-
Tampoco se aceptaran reclamos similares de existir, la necesidad de depresión de napa o extracción de agua de las excavaciones.-
FIJACIÓN Y SELLADO:
El huelgo entre la columna ya aplomada y alineada y el hueco dejado en la fundación, será llenado con arena fina seca compactada hasta 5 cm. Por debajo del nivel superior.
Este volumen será completado, a modo de sello y terminación superficial, con un mortero de cemento, según plano adjunto.-
15.02. PROVISIÓN Y CARACTERISTICAS DEL HORMIGON PARA FUNDACIONES DE COLUMNAS PEATONALES
Las columnas metálicas de alumbrado público peatonales se fundaran en base de hormigón simple, de las medidas indicadas en el plano adjunto.-
El hormigón deberá elaborarse con la siguiente dosificación:
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HORMIGON SIMPLE
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RIO NEGRO
Cemento 300 kg./m3; arena 0,400 m3/m3; agregado pétreo de 1 a 3”
El contratista deberá otorgar especial atención en mantener toda la colada del hormigón la dosificación y granulometría indica, observado que no se queden espacio vacíos.-
Las tareas de colados deberán ser continuas, sin interrupciones
El hormigón debe ser elaborado a través de un equipo mezclador mecánico, quedando determinadamente prohibido realizar las mezcla para la fundación de las bases con herramientas manuales.
Las dimensiones de las bases del hormigón, estarán en un todo de acuerdo con el plano adjunto.-
MOLDES - ENCOFRADOS:
El molde metálico que se empleara para dejar “el vacío” en la fundación de hormigón, debe tener una pequeña conicidad para permitir su fácil desencofrado.-
En la etapa de excavación de las fundaciones, se tendrá sumo cuidado en el que el pozo tenga las dimensiones externas especificadas para la fundación, como así también la verticalidad de las paredes, a efectos que el terreno en estado natural (sin aflojamiento por acción de los operarios o maquinarias) actúe como encofrado.-
La municipalidad no reconocerá reclamos de costo adicional por mayor volumen de hormigón utilizado en la ejecución de fundaciones por fallas estructurales del terreno que provoquen la ejecución de fundaciones mayores o el empleo de encofrados y posterior compactación lateral.-
Tampoco se aceptaran reclamos similares de existir, la necesidad de depresión de napa o extracción de agua de las excavaciones.-
FIJACIÓN Y SELLADO:
El huelgo entre la columna ya aplomada y alineada y el hueco dejado en la fundación, será llenado con arena fina seca compactada hasta 5 cm. Por debajo del nivel superior.
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Este volumen será completado, a modo de sello y terminación superficial, con un mortero de cemento, según plano adjunto.-
15.03. REPARACION DE VEREDAS
Se deberá reparar las veredas, al estado original, en todos los lugares que por causa de la instalación de una columna ó cableado subterráneo, hubiese que romper. Este ítem incluye el retiro de los materiales sobrantes.-
El contratista deberá mantener constantemente la obra en perfectas condiciones de orden y limpieza de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se ejecute y cumplirá estrictamente las órdenes que en ese sentido le imparta la Inspección Municipal.-
ARTÍCULO 16 – PUESTA A TIERRA ELECTRICA EN LAS COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
16.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE PUESTAS A TIERRA ELECTRICA EN LAS COLUMNAS METALICAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
Como electrodo de puesta a tierra se emplearán jabalinas normalizadas, de cobre con xxxx xx xxxxx Ø = ½” y 1,50 mts de longitud como mínimo, que se introducirán en el terreno mediante hincado directo.-
El conductor de puesta a tierra deberá ser de cobre de 25mm² de sección; este tendrá que unirse en uno de sus extremos a la jabalina mediante soldadura oxiacetilénica con bronce como material de aporte y en el otro extremo se fijará a través de proceso de identación a un terminal de cobre estañado para una sección de conductor de 25 mm², a los efectos de permitir su fijación a la columna en el lugar dispuesto para tal fin por medio de un bulón de bronce de 3/8” x 1”.-
IMPORTANTE: El lugar de fijación de la puesta a tierra (bloquete) en cada columna existente ó nueva, deberá quedar tapada por el mortero de cemento (sello de hormigón).-
Cada Jabalina de puesta a tierra instalada, no se podrá tapar ó cubrir hasta tanto no se realice la inspección correspondiente, a cargo de la Inspección Municipal.-
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RIO NEGRO
La resistencia máxima admitida de cada toma de tierra individual será de 10 ohms, valor que la empresa Contratista es responsable de obtener sin costo adicional.
ARTÍCULO 17 – GLOBO REFRACTOR EN LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
17.01. PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE GLOBO REFRACTOR EN LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
El reemplazo de los globos refractores serán por uno de similares características constructivas en policarbonato ó en alambre tejido galvanizado (tela metálica) de 4 x 19 mm, con xxxxx xx xxxxxx Ø 4,2 mm, fabricado por el contratista en sus talleres.-
ARTÍCULO 18 – PINTURA EN COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES
18.01. PROVISIÓN Y ESQUEMA DE PINTURA EN COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES
Preparación de la superficie:
Se ejecutará obligatoriamente una limpieza de toda la superficie, a fin de lograr la remoción de restos de pintura vieja, floja y todo elemento adherido a esta, hasta obtener una uniformidad en la misma.
En este caso en particular no se realizara la aplicación de imprimación con antióxido al cromato de cinc, a menos que la situación lo requiera ó la inspección lo indique, por tratarse de columnas existentes ya pintadas, considerando que la mencionada protección, existe.-
Terminación:
Se aplicarán mínimo dos manos de esmalte sintético brillante de la xxxxx XXXX color XXXX XXXXXXX, hasta lograr un acabado uniforme de toda la superficie.-
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ARTÍCULO 19 – PODA Y DESRAME DE ÁRBOLES
Se realizara tareas de poda y desrame en los árboles que interfieran con las luminarias de alumbrado público y las líneas de energía eléctrica correspondientes al sistema de alumbrado público.-
El contratista deberá contratar un Técnico ó Ingeniero Agrónomo, que estará a cargo de la ejecución del trabajo
Previo al inicio de dichas tareas, el profesional deberá acordar con la Inspección Municipal, los trabajos a ejecutar.-
ARTÍCULO 20 – RETIRO DE LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES.
La Inspección indicara a la empresa los puntos de luz existentes, a retirar de la vía pública, esta tarea incluye todos los elementos que componen al mismo.-
Los elementos extraídos ó retirados de la vía pública por la empresa, deberán ser entregados en el Depósito de Infraestructura de la Municipalidad.-
ARTÍCULO 21 – DESPLAZAMIENTO DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES.
La Inspección indicara a la empresa el punto de luz a desplazar; este trabajo incluye las siguientes tareas:
DESINTALACIÓN
• Desconexión de la luminaria de la red de suministro de energía eléctrica correspondiente.-
• Retiro de la acometida de la luminaria y sus morsetos de conexión.-
• Retiro del artefacto de iluminación.-
• Retiro del elemento soporte (columna metálica ó poste xx xxxxxx)
• Reparación de vereda
•
INSTALACIÓN
• Realizar fundación de hormigón nueva.-
• Reparación integral del artefacto de iluminación.-
• Reparación integral del elemento soporte.-
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• Reemplazo de la acometida de la luminaria y de los morsetos de conexión a la línea de energía eléctrica.-
• Instalación completa del punto de luz.-
• Instalación de la puesta a tierra.-
• Realizar sello de hormigón.-
ARTÍCULO 22 – RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El Contratista tendrá a su cargo realizar los trabajos sobre la red aérea de baja tensión con piloto de alumbrado público, perteneciente a la empresa E.D.E.R.S.A.-
En oportunidad y antes de comenzar con los trabajos, coordinara con la empresa E.D.E.R.S.A el día y la hora en que la red de distribución domiciliaria podrá dejarse sin tensión a los efectos de facilitar la labor sobre la red de Alumbrado Público.-
Si por razones de servicio; E.D.E.R.S.A no pudiese prescindir de la energía en su red de distribución, el Contratista se vera en la necesidad de realizar los trabajos en presencia de tensión en la red.-
Cualquiera sea la situación de la red de distribución – con o sin tensión – el Contratista será responsable de todos los daños y perjuicio que causare tanto a los bienes, sean propios o de terceros y/o a las personas, sean estas de su plantel de operarios o terceros.-
También será responsable de todos los daños y perjuicio que pudieran ocasionarles a los usuarios o a los bienes del prestatario del servicio eléctrico y por las interrupciones del servicio eléctrico y/o de suministro que pudiesen ocurrir por alguna acción que cometiere el Contratista sobre las líneas de E.D.E.R.S.A con motivo de la realización de las obras que nos ocupan.-
El Contratista ejecutara los trabajos en altura en presencia de líneas aéreas energizadas, con operarios Oficiales Electricistas perfectamente consustanciados con los trabajos eléctricos que se realizan y con conocimiento pleno del peligro que representa para sus vidas el contacto accidental del cuerpo humano con algún elemento bajo de tensión.
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RIO NEGRO
Lo dicho hasta aquí es valido también en el momento en el que el Contratista este ejecutando la operación de izaje de las nuevas columnas metálicas, soportes de luminarias, o desmontando columnas existentes.-
En este caso el Contratista deberá prestar especial atención, por cuanto un accidente de electrocución puede ocurrirle a sus operarios con las redes de 380 V ó 13,2 kV cercanas a la columna metálica en que se encuentra, o al equipo que realiza las tareas.-
La Inspección obligara al Contratista, sin excepción, a los operarios que realicen trabajos eléctricos en obra, utilicen un equipo de seguridad mínimo, a saber:
a - Casco Protector de plástico de alto impacto, apto para trabajos bajo tensión, con arnés interior anatómico.
b – Guantes de goma aislante, para trabajos en redes de baja tensión. Serán para trabajo hasta 2500 V.-
c – Cinturón de Seguridad. Compuesto por un cinturón de cuero crudo con porta - herramienta y soga (cabo de vida) con dos mosquetones para amarre a columna.
d – Botines de Seguridad de cuero, con suela aislada, aptos para realizar trabajos con 15000V de tensión. Podrán ser con o sin puntera de seguridad, construidos según NORMA IRAM 3.600.
e – Escalera aislante construidas en madera o de “Fiber - Glass”, extensibles o fijas apta para trabajos a la intemperie. En perfecto estado de conservación. Durante todo el desarrollo de la tarea que realice el operario sobre la escalera, esta debe estar convenientemente amarrada con sogas al poste donde este apoyada.
f – Detectores de tensión provistos con lámparas de neón u otro instrumento que permita verificar la presencia de tensión en redes de 380 Volts.
h – Herramientas de mano. Deberán ser adecuadas al trabajo a realizar, en perfecto estado de uso y conservación. Las pinzas y destornilladores deberán contar con mango aislado para 10.000V.
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j – Botiquín de Primeros Auxilios. El contratista deberá tener en la Obra un “Botiquín de Primeros Auxilios”, con los elementos necesarios para la atención de accidentados que se desempeñen en actividades del rubro “eléctrico”.
E.D.E.R.S.A.-
ARTÍCULO 23 – MODIFICACIONES
Cuando el Contratista considere conveniente un cambio en la distribución de algún circuito o cualquier tipo de mejora del servicio, lo notificará por escrito en el libro de Pedidos de Empresa a la Inspección. Ésta estudiará las conveniencias y/o ventajas que resulten de la modificación, no pudiendo el Contratista realizar los trabajos sin la aprobación correspondiente, por escrito. Asimismo si se realizan las tareas, serán por cuenta y cargo del Contratista.
Si los cambios en las instalaciones se realizan sin la autorización de la Inspección, el contratista se hará pasible de las sanciones correspondientes.
Estas tareas también podrán ser encomendadas al contratista por la Municipalidad, debiendo ejecutarlas bajo orden, control y planificación de la Inspección, sin que ello implique adicional alguno sobre los montos contractuales.
ARTÍCULO 24 – SEGURIDAD PARA TRABAJOS EN LA VIA PÚBLICA
a) Señalización y cercado adecuado de zanjas, pozos, desniveles, plantaciones nuevas, montículos de material de relleno, obras recientes, pintura reciente, etc. de manera de advertir y proteger a la población.-
b) Señalización de desvíos.-
c) Coordinación de los frentes de obra a los efectos de no alterar la accesibilidad a viviendas, locales comerciales y equipamientos.-
d) Control de la disposición del material extraído durante zanjeo a fin de no bloquear o alterar la accesibilidad a viviendas y veredas.-
e) Señalización diurna y nocturna (peatonal y vehicular).-
f) Control de los movimientos de maquinas y personal obrero en el frente de obras.-
g) Control de emisión de polvos y ruidos.-
h) Control de la estabilidad de líneas eléctricas preexistentes.-
i) Control de extensiones o instalaciones eléctricas.-
j) Cobertura del material removido, arenas, etc. de manera de evitar voladura de polvos.-
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k) Apertura de zanjas por tramos.-
l) Verificar que la disposición final de escombros y materiales excedentes en general se realiza en sitios habilitados para tal fin.-
m) Control en la limpieza final de obra y de las áreas utilizadas para estacionamiento de maquinaria, áreas de acopio de material, etc.-
n) El personal de la empresa con responsabilidades en obra deberá estar en conocimiento de los alcances del Proyecto y en particular de los aspectos ambientales y sociales de la obra en particular.-
ARTÍCULO 25 - SEÑALIZACIÓN VERTICAL
El objeto de las presentes especificaciones comprende las normas de construcción e instalación de las señales viales verticales de prevención de obstáculos y su mantenimiento durante el período de construcción de la obra, como así también sus elementos de sujeción.-
El contratista deberá disponer de los elementos de elevación e instalación de señales adecuados, como así también los de seguridad y de desvío de obra establecidos en la Ord. Vigente y de los demás que serán necesarios para la protección del área de trabajo requeridos en la Ley Nacional Nº 24.449 y demás reglamentaciones. Este señalamiento de precaución, deberá mantenerse en perfectas condiciones, al igual que cualquier otro que resulte necesario emplazar para la seguridad pública, de peatones, vehículos y personal y equipos empleados en la obra incluyendo la Inspección, siendo la responsabilidad exclusiva el emplazarlo, conservarlo y retirarlo cuando el mismo haya efectivamente dejado de cumplir con su cometido.-
La Inspección podrá juzgarlo convenientemente requerir la agregación de medidas de seguridad adicionales en bien del servicio a prestar por el Contratista y de la seguridad vial, la implementación de las mismas deberá ser concretada antes de dar inicio a la obra.
ARTÍCULO 26 - VALLADO OBLIGATORIO
El xxxxxxx xx xxxxxx, deberá utilizarse en forma obligatoria en todo el perímetro de las excavaciones, mientras éstas permanezcan a cielo abierto, como así también se utilizarán para proteger estructuras de hormigón, mientras dure su período de fragüe, o cualquier otra estructura que deba ser protegida.-
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ARTICULO 27 - SUSPENSIÓN DEL TRÁNSITO Y DESVÍOS
Cuando la realización de cualquier trabajo de mantenimiento en la vía pública, inherente a la presente licitación, obstaculice total o parcialmente la calzada, o que el tránsito vehicular impida o dificulte la labor o signifique un peligro para los operarios; el Contratista, solicitará a la Dirección de Transito los agentes necesarios para un control efectivo del caudal vehicular.
Cuando sea necesario recurrir a la utilización xx xxxxxx y carteles para la señalización de desvíos y otros, la confección, colocación, traslado y retiro, correrá por cuenta y cargo del Contratista.
ARTÍCULO 28 - PEDIDOS DE INTERFERENCIAS
El contratista deberá obtener de los entes distribuidores de servicios la información correspondiente a la ubicación de los distintos servicios y redes (agua, gas, teléfono, cloacas, etc.).-
ARTÍCULO 29 - INSTALACIONES DE TERCEROS
El Contratista no podrá modificar la ubicación o emplazamiento de las instalaciones de terceros en la vía pública.
En caso de interferencia u obstaculización con instalaciones de terceros, deberá comunicar a la Inspección los inconvenientes encontrados y propondrá los recursos técnicos para la solución de los mismos. La Inspección aceptará o no la forma de solución propuesta, siendo su decisión inapelable.
El proponente deberá prever en su cotización los inconvenientes que significan todos los trabajos emergentes de esta situación, ya que no se reconocerán precios adicionales por las tareas especiales que ellos demanden.
Serán por cuenta del Contratista los gastos que origine la reparación de instalaciones de los prestadores de los servicios públicos que resulten deterioradas, con motivo de la realización de los trabajos objeto de este Pliego, estando a cargo del Contratista además, la formulación de la solicitud para la reparación de las instalaciones ante quien corresponda
Toda rotura o deterioro que se provoque en instalaciones de terceros, deberá ser comunicada por escrito a la Inspección, precisando fecha, lugar y características de la instalación afectada.
Antes de realizar cualquier zanjeo o reparación, el Contratista tendrá la obligación de consultar a las reparticiones públicas y empresas estatales o privadas que pudieran tener instalaciones subterráneas en el terreno de la obra.
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En caso que la información recabada sea insuficiente, se deberán efectuar los sondeos previos a fin de determinar con exactitud la ubicación y profundidad de las mencionadas instalaciones. En caso de que ocurriera cualquier accidente, el Contratista será el único y total responsable, comprometiéndose ante quien corresponda a abonar los gastos que resultaren de la reparación de lo destruido.-
ARTÍCULO 30 - TRABAJOS NOCTURNOS
Los trabajos podrán ser ejecutados tanto de día como de noche, de acuerdo con los horarios que establecen las leyes sobre el trabajo, pero ningún trabajo nocturno debe ser realizado sin previo conocimiento de la Inspección Técnica.-- Toda excepción al régimen común de trabajos (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o feriados) debe ser autorizada por la Inspección Técnica. En cualquier caso, se considerará que los gastos inherentes a los trabajos efectuados fuera del régimen común de trabajos a que se refiere la cláusula anterior están incluidos en los precios contratados.-
ARTICULO 31 - TRABAJOS DE ACUERDO A SU FIN
El contratista ejecutará los trabajos para que resulten enteros, completos y adecuados a su fin, en la forma que surge de las especificaciones, aunque en las mismas no se mencionen todos los detalles necesarios.
ARTÍCULO 32 - EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL DE MEDICIÓN
El contratista deberá contar con todo el equipamiento para realizar los trabajos licitados, en un todo de acuerdo a las reglas del buen arte y en cumplimiento estricto de las normas de seguridad.
El contratista deberá efectuar periódicamente y cuando la Inspección lo determine, mediciones eléctricas sobre las instalaciones. Deberán controlarse entre otros la tensión de servicio, consumo, resistencia de puesta a tierra, etc., para ello deberá contar con el instrumental necesario como ser: voltímetros; multímetros; pinzas amperométricas; telurímetros; luxómetros; etc., los cuales deberán ser puestos a disposición de la Inspección a su requerimiento.
Los defectos o roturas que se produzcan por cualquier causa, serán subsanados por cuenta y cargo del Contratista
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ARTÍCULO 33 - LIMPIEZA DE LA OBRA
Por razones de seguridad, a medida de que avanza los trabajos de la Obra de referencia, el Contratista esta obligado a retirar de las calles (calzadas y veredas), todos los sobrantes y desecho de materiales, cualesquiera sean su especie, como así mismo ejecutar el desarme y retiro de todas las construcciones provisorias utilizadas para la ejecución de los trabajos.-
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LICITACIÓN PÚBLICA Nº 16/2.009
PLIEGO DE ESPECICACIONES TECNICAS PARTICUALRES
PARA ALUMBRADO PÚBLICO
ARTÍCULO 01 – AREA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio, motivo de la presente licitación se extenderá a todas las luminarias correspondientes a alumbrado público ubicadas en las calles públicas, rutas provinciales y nacionales del ejido municipal de la Ciudad de General Roca, comprendiendo la planta urbana, el área subrural, la zona rural, las luminarias instaladas en plazas, paseos públicos, sendas peatonales, parques y espacios públicos de los complejos habitacionales (I.P.P.V., B.H.N., semipúblicas, etc.) que no cuenten con Consorcio Autónomos independientes..-
ARTICULO 02 - ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE ATENCION Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ALUMBRADO PUBLICO Y SEMÁFOROS
El encendido y apagado de las lámparas correspondientes al alumbrado público y el correcto funcionamiento de los semáforos de nuestra ciudad, es responsabilidad del contratista.
A continuación se describen genéricamente las tareas de mantenimiento preventivo ó por demanda a realizar sobre los distintos componentes de la instalación. Esta descripción no tiene característica taxativa ni limitativa, debiendo, el contratista, realizar todos los trabajos que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo expresado en el presente
Se entiende por mantenimiento preventivo a las tareas de reacondicionamiento, limpieza, reemplazos por términos de vida útil y reparaciones que resulten necesarias efectuar, para conservar las instalaciones en las mejores condiciones de servicios y a fin de evitar la no deseada puesta fuera de servicio, por la carencia de las citadas tareas de carácter preventivo.-
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Los materiales a utilizar en las tareas de mantenimiento del sistema de alumbrado público y semáforos, deberán cumplir con las marcas y modelos indicados en las especificaciones técnicas generales del presente pliego, caso contrario, la inspección rechazara los materiales instalados, se aplicara la multa correspondiente a instalación de materiales indebidos y el contratista deberá realizar los reemplazos de los mismos.-
02.01. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y POR DEMANDA
a) Sera obligación del contratista la conservación, mantenimiento, reparación y/o reposición de las luminarias y todos sus elementos que la componen (cuerpo, refractor o vidrio, reflector, cierre, junta hermética, tapa, bandeja portaequipo, etc.) y sus respectivos sistemas de soportes, cualquiera sea el tipo de éstos (postes, columnas, brazos pescantes y accesorios), y sus equipos auxiliares o auxiliares compactos, si los hubiere.-
b) La reposición de lámparas, el número de veces que sea necesario, cualquiera fuese la causa que la motive, (mortalidad, rotura, agotamiento u otro tipo xx xxxxx).
c) Para el caso de las lámparas a vapor de mercurio, no solo su reemplazo se realizara cumpliendo con el párrafo anterior, si no también cuando la medición de su flujo lumínico acuse una perdida de su eficacia superior al 50 %. El valor de comparación será el indicado por el fabricante o el determinado en las mediciones de campo.-
d) Limpieza sistemática y/o reposición de globos refractores.-
e) Cambio de cualquier componente del equipo auxiliar que por fallas, agotamiento de su vida útil o por cualquier otra causa, deje de funcionar correctamente e impida el normal desempeño de la luminaria.-
f) Mantenimiento preventivo de los capacitores, debiendo hacer el control de los mismos en cada uno de los artefactos en las que se realicen los trabajos y si se detecta que no funcionan correctamente se procederá a su reemplazo correspondiente.-
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g) La conservación, mantenimiento, reparación y/o reposición de cualquier elemento componente del sistema de alumbrado público que resultare dañado por acción de terceros, por causa de accidentes, depredaciones por vandalismo, robo y/o hurto o por cualquier otra causa. El Contratista deberá prever la incidencia de los hechos anteriormente descriptos en la elaboración de su oferta económica.
h) La luminaria que tenga instalado balasto exterior y correspondiera, por el tipo de luminaria, tener instalado un balasto interior; en el momento de efectuar alguna reparación en la misma, se deberá colocar los componentes apropiados.-
i) El traslado, retiro y/o modificación de instalaciones, cuando ello resultare indispensable, por motivos ocasionados por la construcción de obras públicas o privadas, o de los prestatarios de servicios públicos, construcción y/o modificación de inmuebles o cualquier otra razón de emergencia o de fuerza mayor; deberán arbitrarse los medios adecuados para la continuidad del servicio, instalando los cables en forma provisoria debidamente tensados y aislados, colocando, en caso de necesidad, columnas de sostén. Una vez finalizada la nueva construcción se instalaran nuevamente los cables en su ubicación original, cambiando si fuese necesario, el tramo correspondiente para lograr el recorrido adecuado.-
j) La reparación y/o retiro inmediato de instalaciones dañadas que representaren un peligro latente para la comunidad.
k) Retiro de carteles, pancartas, pasacalles, artefactos de iluminación ajenos al sistema de alumbrado público, riendas de soporte de carteles, canastos de residuos, etc., no autorizados por la municipalidad, que se encuentran adosados ó atados a las columnas ó postes del alumbrado público.-
l) La Inspección podrá realizar verificaciones ordenando, a su juicio exclusivo e inapelable, la reparación y/o reemplazo que considere necesario.-
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m) Deberá cumplirse permanentemente, dentro del límite técnico y jurisdiccional de la contratación, el correcto tensado mecánico de las suspensiones y líneas aéreas, la necesaria aislación eléctrica de todas las partes bajo tensión y la adecuada seguridad eléctrica y mecánica. En aquellos casos que, por efecto de estos trabajos, se comprueben condiciones eléctricas deficientes (deterioro o falta de aislación del conductor), y/o mecánicas de los cables, los mismos serán reemplazados. De la misma forma se procederá a la revisión, reparación o reemplazo de aisladores, crucetas y cualquier otro elemento de fijación
o soporte deteriorado.-
n) Los cables de alimentación, derivación ó acometidas de artefactos, se controlará periódicamente el estado de su aislación, conexiones y empalmes. En caso de registrarse condiciones de aislación que pongan en peligro a personas ó el funcionamiento del servicio, deberán ser reemplazados. Las conexiones y empalmes deberán mantenerse en buenas condiciones de aislación, (cinta aisladora, botella, etc.), procediendo al cambio de la misma si así fuese necesario.
o) El contratista procederá a la alineación en dirección y en altura, de aquellos puntos de luz, que así lo requieran, corrigiendo la posición del elemento soporte (brazo pescante) y/o artefacto, a fin de obtener un nivel y perpendicularidad respecto al eje de la calzada, asegurándolo firmemente a través de sus abrazaderas ó pernos pasantes según corresponda.-
p) Los brazos pescantes que tuvieran faltante de abrazaderas ó bulones correspondientes a su soporte y sujeción, el contratista deberá hacer la provisión de los mismos y el ajuste correspondiente.-
q) El contratista controlará y corregirá la alineación y verticalidad de postes xx xxxxxx y columnas metálicas que formen parte del sistema de alumbrado público.
r) Reparación de la puesta a tierras en columnas metálicas de alumbrado público existentes que se encuentran deterioradas, cortadas ó cuya medición de resistencia supere los 10 Ohms
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s) Control, limpieza ó reposición de las fotocélulas que funcionan en forma defectuosa; así mismo deberán reubicar aquellas que aun funcionando bien provoquen un inoportuno encendido y apagado de las luminarias afectadas por ellas, ya sea adelantándose o retrasándose respecto a una tomada como patrón, la tolerancia permitida será de + 15 minutos; se advierte al Contratista que este tema será motivo de una especial atención en virtud de la política de austeridad en el gasto de energía eléctrica que implemento el Municipio de Gral. Roca.-
t) Verificación integral de los gabinetes de comando y medición de alumbrado público, controlar su correcto funcionamiento y proceder de forma inmediata a las sustituciones de sus componentes, cada vez que se detecte fallas, que afecten el normal funcionamiento del sistema de alumbrado público ó cuando se desprenda que por dicha causa se pueden producir accidentes eléctricos con consecuencias para los operarios o terceros que se movilicen en cercanías de las mencionadas instalaciones.
u) Los gabinetes de alumbrado público que no tuvieran instalados en sus puertas, el herraje portacandado con su correspondiente candado, el contratista deberá realizar la provisión e instalación de los mismos, para evitar el acceso de personas ajenas a la empresa.-
v) Mantenimiento preventivo, reparación ó eventual sustitución de todos los elementos que conforman el sistema semafórico, tales como bases de hormigón, columnas metálicas de sostén, brazos soporte, módulos de unidad sellada multiled, lámparas, portalámparas, vidrios, acrílicos, líneas de suministro de energía, componentes eléctricos y electrónicos de los controladores y todo otro elemento ó tarea que no se detalla pero que hacen una prestación eficaz y eficiente del servicio que nos ocupa.-
w) A los semáforos se les deberá realizar una limpieza sistemática de sus módulos de unidad sellada multiled, lámparas, vidrios, acrílicos y todo otro elemento que no permita la correcta visualización de las luces verde-amarilla y roja. Esto incluye, de ser necesario, la poda de árboles que con su follaje cubran dichos módulos.-
x) El contratista deberá atender inmediatamente los reclamos correspondientes a semáforos que se encuentren fuera de servicio ó funcionando de manera incorrecta.-
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y) Cuando el contratista se encuentre realizando tareas de mantenimiento de alumbrado público y detecte un semáforo fuera de servicio ó funcionando incorrectamente, lo reparara inmediatamente, aunque el mismo no se encuentre registrado dentro de las planillas de reclamos; una vez reparado y que se encuentre funcionamiento correctamente, se registrara la reparación efectuada en la mencionada planilla y se le comunica telefónicamente a la inspección de lo ocurrido.-
z) El contratista es responsable por la prestación de los servicios que conforman el presente rubro, durante las veinticuatro (24) horas de todos los días comprendidos en el plazo de contratación, sin excepción alguna. Por lo tanto estará obligado a intervenir en toda situación de emergencia en que resulten involucradas las instalaciones propias de alumbrado público, y/ó en colaboración con las instalaciones de las distintas empresas prestadoras de servicios de nuestra ciudad, como distribuidora de energía eléctrica, telefonía, señal por cable, Internet, etc.; sea por acción de terceros, factores climáticos, defectos de sus propios elementos constitutivos o cualquier otra causa en la que derive peligro inmediato o potencial para la seguridad pública.
La intervención en tales casos tiene carácter de urgente, estipulándose para iniciarla un plazo de 30 (treinta) minutos a partir del momento en que el contratista reciba la novedad.
El primer objetivo será eliminar todo elemento dañado que pueda ocasionar situaciones de riesgo con consecuencias para los operarios o terceros que se movilicen en cercanías de las mencionadas instalaciones.
Posteriormente, sí fuesen instalaciones de alumbrado público, se procederá a la normalización del servicio, dentro de los plazos estipulados en el presente pliego y sí se tratare de instalaciones de distintas empresas prestadoras de servicios, el contratista notificara a la empresa correspondiente, para el reestablecimiento del servicio.-
aa)Queda a cargo del contratista requerir directamente ante la empresa prestadora del servicio eléctrico, la reparación xx xxxxxx que afecten el suministro de energía eléctrica o el inmediato restablecimiento del mismo en caso de interrupción, notificando debidamente a la inspección. Si la solución de las anomalías excediera el término de veinticuatro (24) horas, el contratista restablecerá el servicio mediante el tendido xx xxxxxxx provisorios desde otra toma de energía, hasta la normalización definitiva del suministro eléctrico, previo acuerdo con la inspección.-
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bb)Cuando se produjeran fallas o desperfectos de gran envergadura, ocasionados por agentes climáticos, accidentes o depredaciones; el contratista deberá comunicar la novedad a la Inspección. En este caso, previa verificación por parte de la Inspección, ésta podrá, si así lo considerase necesario, autorizar por escrito un mayor plazo para efectuar las reparaciones.
cc) Si por motivos de introducción de mejoras en el servicio, el contratista considerase necesario proceder al reemplazo de algún elemento componente de la instalación por otro igual o de mejor calidad, podrá hacerlo previa autorización de la inspección, sin que ello represente costo adicional alguno para la Municipalidad
dd)Dentro del presente listado se deben incluir todas aquellas tareas accesorias que, por razones de brevedad, no se han nombrado ni se detallan pero que hacen a una presentación eficaz o eficiente del servicio que nos ocupa, respetando las normas de seguridad propias del mismo y las indicaciones de la Inspección Municipal.-
ee)El contratista deberá tener en existencia, en sus depósitos, 3 (tres) pilares trifásicos móviles con sistema de medición de energía eléctrica (medidor trifásico propiedad de E.D.E.R.S.A), listos para ser instalados en donde la inspección lo indique, los mismos serán utilizados como punto de suministro de energía eléctrica en actos protocolares.-
Los pilares móviles se deberán construir según planos constructivos adjuntos al presente pliego.-
El contratista realizara los trámites necesarios, ante la empresa proveedora de energía eléctrica, para la instalación de los medidores trifásicos en cada uno de los pilares móviles, los gastos inherentes a la conexión y el consumo de energía eléctrica de los mismos, estarán cargo del contratista durante el periodo de contrato.-
ff) El contratista, durante el periodo de contrato, no solo será responsable de que el sistema de alumbrado público y semáforos, funcione correctamente, si no además, será único responsable de los perjuicios que pudiese ocasional a terceros las instalaciones de referencia, en virtud de la responsabilidad civil.-
Para el cumplimiento de todas las tareas anteriormente mencionadas, el contratista deberá proveer la mano de obra, equipos, herramientas y materiales necesarios.-
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ARTICULO 03 - CANTIDAD DE LUMINARIAS A MANTENER LUMINARIAS FUERA DE SERVCIO JUSTIFICABLES
La cantidad de luminarias instaladas en el momento de la presente Licitación es de 12.910 Unidades.-
No se aceptaran reclamos del Contratista por mayor cantidad de luminarias, dado que el hecho de haber presentado su propuesta, implica el conocimiento del lugar y las condiciones que presentan las instalaciones, habiendo realizado oportunamente su propio estudio de campo, quedando bajo su entera responsabilidad la verificación de los datos y referencias; quedando exclusivamente a su cargo las consecuencias de los eventuales errores cometidos.-
Se deberá tener en cuenta que del total de luminarias existentes en el ejido de la ciudad de General Xxxx, la cantidad máxima diaria que puede permanecer fuera de servicio, no debe superar el 1,00% (uno por ciento) sobre el total.-
Al momento de dar inicio a las tareas contratadas, el contratista se hará cargo de todas las luminarias apagadas en ese momento, considerando para este caso en particular, un plazo especial en la cantidad máxima diaria que puede permanecer fuera de servicio.
Dicha prorroga será establecida por la inspección municipal en el momento de el inicio de las tareas.-
ARTICULO 04 - AMPLIACIONES DEL SERVCIO – LUMINARIAS NUEVAS A INCORPORAR
Cuando la Municipalidad disponga la ejecución de una obra nueva, la renovación total o parcial del sistema de iluminación de una arteria o sector determinado, podrá, si así lo considera conveniente, realizar dichos trabajos por administración o por contrato a terceros; sin lugar a reclamo alguno por parte del contratista.
La Municipalidad se reserva el derecho de incorporar estas instalaciones al mantenimiento contratado. En caso de incorporarlas, el Contratista tendrá la obligación de recibirlas y el derecho de percibir los adicionales correspondientes.
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Además toda obra que realice la Municipalidad, modificando los sistemas existentes de capacitor-balasto-ignitor-lámpara y/o agregados de nuevos elementos con la finalidad de reducir el consumo de energía eléctrica en el alumbrado y/o controlar el funcionamiento de las luminarias, después del período de garantía respectivo, pasarán a mantenimiento, debiendo el contratista hacerse cargo de dichas instalaciones, preservando en las reparaciones y reposiciones que realice, la calidad de aquellas que deben ser renovadas. En estos casos los elementos a reponer, deberán cumplir con las marcas y modelos indicados en las especificaciones técnicas generales del presente pliego.-
La Municipalidad, para sus obras nuevas de alumbrado publico, exige en sus Pliegos de Bases y Condiciones, un periodo de garantía de 3 (tres) meses, superado este periodo y verificado el correcto funcionamiento y prestación del servicio, el mantenimiento es responsabilidad del Contratista.-
Debido a las obras de alumbrado publico que incluyen remodelaciones y ampliaciones del sistema existente, como así también incremento de la oferta habitacional por nuevos loteos; se producirán variaciones en el parque del sistema de iluminación.-
Xxxx provocara sin dudas quitas y demasías, para cuya evaluación se utilizara la siguiente metodología, durante el periodo de contrato:
1) Se determinara como “costo unitario mensual para nuevas luminarias (obras nuevas)”, el equivalente al 60 % (sesenta por ciento) del “costo unitario mensual básico de mantenimiento”.-
2) Cada luminaria que se retire del sistema de alumbrado público por resultar reemplazada por una “nueva luminaria”, producirá una quita en la certificación mensual equivalente al “costo unitario mensual de mantenimiento”, es decir al 100 % y un aumento equivalente al de “nueva luminaria”, es decir 60% del “costo unitario mensual de mantenimiento”, de acuerdo a lo expresado en el punto anterior.-
ARTICULO 05 - HORARIO PARA DESARROLLAR LOS TRABAJOS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE AºPº Y SEMAFOROS
El servicio de mantenimiento de alumbrado público deberá cubrir los 365 días de cada año de contrato, de la siguiente manera:
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El contratista dispondrá de dos equipos ó grupos de trabajo que realizaran turnos de 8 (ocho) horas cada uno, cada turno estará compuesto mínimamente, por dos operarios (un chofer y un electricista) y un camión hidroelevador, que cumplirán con los siguientes horarios tentativos:
Día Lunes
Estará en servicio un solo turno, que cubrirá el horario de 16:00 hs a 24:00 hs.-
Día Martes
Estarán en servicio los dos turnos, un turno cubrirá el horario de 08:00 hs a 12:00 hs y el otro turno, cubrirá el horario de 16:00 hs a 24:00 hs.-
De Miércoles a Viernes
Estarán en servicio los dos turnos, un turno cubrirá el horario de 08:00 hs a 16:00 hs y el otro turno, cubrirá el horario de 16:00 hs a 24:00 hs
Día Sábado
Estará en servicio los dos turnos, un turno cubrirá el horario de 08:00 hs a 12:00 hs y el otro turno, cubrirá el horario de 16:00 hs a 24:00 hs
Día Domingo
Estará en servicio un solo turno, que cubrirá el horario de 16:00 hs a 24:00 hs.-
LUNES | MARTES | MIERCOLES | JUEVES | XXXXXXX | XXXXXX | XXXXXXX | |
GRUPO 1 | ------- | 08hs / 12hs | 08hs / 16hs | 08hs / 16hs | 08hs / 16hs | 16hs / 24hs | 16hs / 24hs |
GRUPO 2 | 16hs / 24hs | 16hs / 24hs | 16hs / 24hs | 16hs / 24hs | 16hs / 24hs | 08hs / 12hs | ------- |
TOTAL | 8 horas | 12 horas | 16 horas | 16 horas | 16 horas | 12 horas | 8 horas |
El contratista deberá presentar un plan de trabajo similar ó distinto al detallado anteriormente, donde el servicio de mantenimiento de alumbrado público cubrirá los 7 siete días de cada semana y cada turno deberá cumplir semanalmente 44 hs de servicio.
El plan de trabajo alternativo será recepcionado por la inspección, quien analizara la propuesta y definirá los horarios más convenientes a cumplir por el contratista.-
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El contratista deberá realizar recorridas e inspecciones nocturnas para verificar el correcto funcionamiento de las reparaciones realizadas y del sistema de alumbrado público en su conjunto.-
Se reitera una vez más, que cuando surjan casos de emergencia, el contratista deberá asistir de manera inmediata, como se establece en el presente pliego.-
ARTÍCULO 06 - DIAS NO LABORABLES
Los trabajos, fundamentalmente el servicio de mantenimiento de alumbrado público, no deberán suspenderse bajo ningún aspecto por más de 24 horas .- En caso de producirse 2 (dos) o más días no laborables continuados, el contratista arbitrará los medios necesarios para dar cumplimiento efectivo al presente artículo, poniendo previamente en conocimiento a la Inspección.-
En caso xx xxxxxx consideradas como generales o masivas, que abarquen sectores importantes y afectando a conjuntos de vecinos, la solución – aunque sea en forma provisoria- no podrá suspenderse ni dilatarse bajo ningún punto de vista.-
ARTÍCULO 07 - PERSONAL DEL CONTRATISTA – VESTIMENTA
El Contratista ejecutará los trabajos en altura en presencia de líneas aéreas energizadas, con operarios oficiales electricistas perfectamente consustanciados con los trabajos eléctricos que se realizan y con conocimiento pleno del peligro que representa para sus vidas el contacto accidental del cuerpo humano con algún elemento bajo tensión.-
El personal deberá estar uniformado con pantalón, camisa, overol o similar y campera, los mismos deberán ser de color naranja, verde o amarillo brillante, con sus correspondientes bandas reflectivas, que permita su fácil identificación en horas de la noche.-
Los uniformes de los operarios afectados al servicio de mantenimiento de alumbrado público deberán llevar en un lugar visible la inscripción: Al servicio de la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA, cuyo texto y diseño serán indicados oportunamente.-
Irá además provisto de los elementos detallados en el presente pliego especificaciones técnicas, en lo que respecta a elementos de protección personal y herramientas.-
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El Contratista pondrá especial cuidado en la provisión, estado y uso de todas las prendas y elementos de protección personal, como así también en el cumplimiento de las normas de seguridad operativa.-
La falta de requerimiento expreso de la Municipalidad no exime al Contratista del estricto cumplimiento de las exigencias especificadas.-
El Contratista llevará un registro actualizado de todo el personal afectado al servicio, donde constarán los datos personales, domicilio y funciones que desempeña.-
ARTÍCULO 08 - EQUIPAMIENTO PARQUE AUTOMOTOR Y MAQUINARIAS
A los efectos de la prestación del servicio de mantenimiento de alumbrado público que se licita, los Oferentes deberán presentar el siguiente equipamiento mínimo:
a) 1 (uno) camión equipado con una hidrogrúa y barquilla para operar a 13 mts de altura.-
b) 1 (una) camioneta equipada con un hidroelevador ó una escalera dieléctrica plegable de 6 mts de altura final, para desempeñar distintas tareas en el servicio de mantenimiento de alumbrado público.-
c) Equipamiento menor y toda herramienta de mano, necesaria para cumplir con las tareas del servicio de mantenimiento de alumbrado público.-
Las unidades afectadas deberán adecuarse a las normas vigentes para cada tipo de vehículo, debiendo presentar la documentación que así lo certifique; cédula de identificación, verificación técnica vehicular, seguro obligatorio, certificación actualizada de verificación y aprobación para la puesta en servicio de los equipos de izaje (hidrogrúas y escaleras hidráulicas) extendido por un organismo oficial, competente en la materia, etc.-
Los conductores de las unidades afectadas al servicio de mantenimiento de alumbrado público, deberán presentar su carnet de conductor habilitante en la categoría que corresponda.-
El/los operador/es de los equipos de izaje, deberán presentar la documentación correspondiente que los habilite a cumplir con dicha función, extendido por un organismo oficial, competente en la materia.-
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Independientemente de ello, la Municipalidad se reserva el derecho de verificar el correcto funcionamiento y aptitud de los equipos para la tarea requerida.-
Si el domicilio de estadía de los equipos fuera superior a 50 km. Y el Oferente decidiere no trasladarlos a General Xxxx, los gastos emergentes de la verificación municipal estarán a cargo del Oferente respectivo.-
Los vehículos afectados a la ejecución de los trabajos estarán equipados con luces giratorias intermitentes de color amarillo, las que irán dispuestas sobre la carrocería de las unidades, de modo que resulten claramente visibles para los conductores de vehículos que circulan en el mismo sentido en que se efectúan los trabajos. Estas luces funcionarán durante el lapso que demanden las tareas, tanto en horario nocturno como diurno.
Todo el equipamiento que disponga el contratista, deberá ser puesto a disposición de la Inspección, cada vez que ésta lo requiera para el desarrollo de sus funciones específicas.
La dotación de vehículos que se propone debe ser considerada como la mínima necesaria para el cumplimiento del servicio, debiendo ser aumentada si las condiciones del mismo así lo requieran; en este caso podrán ser unidades alquiladas a terceros por cuenta del Contratista.
ARTÍCULO 09 - IDENTIFICACION DE LOS VEHICULOS DEL CONTRATISTA
Los vehículos y maquinarias del contratista afectadas al servicio de mantenimiento de alumbrado público deberán llevar en sus puertas o en un lugar visible la inscripción: Al servicio de la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA, cuyo texto y diseño serán indicados oportunamente.-
ARTÍCULO 10 - INSTALACIONES DEL CONTRATISTA: DEPOSITO - OFICINA Y TELEFONOS.
Al momento de iniciación de los servicios el Contratista deberá tener Habilitación Municipal del depósito y oficina a su nombre, demostrada fehacientemente y de la que será titular permanente mientras dure la concesión.-
El predio destinado al depósito deberá estar dentro del ejido de la Municipalidad de General Xxxx, en zona autorizada por el Código de Planeamiento Urbano.-
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Contará con una oficina instalada con los mobiliarios necesarios para efectuar reuniones con la Inspección (escritorio, sillas, computadora, teléfono fijo, archivos, etc.).-
Dentro del Centro Operativo del Contratista, se dispondrá de un local o zona cerrada de superficie adecuada, donde se aloje en forma conveniente y clasificada, la existencia mínima de materiales solicitada en el presente pliego. Se deberá llevar un archivo digital detallado por cada material, con toda la información necesaria para controlar características, entrada y salida de cada material.-
Taller de reparaciones, equipado con máquinas, equipos y herramientas adecuadas para efectuar el acondicionamiento de los componentes de las instalaciones, y demás equipamiento que haga al pleno funcionamiento del servicio licitado
Galpón para guardar todas las maquinarias, vehículos, herramientas y los elementos que se utilizarán en la prestación del servicio.-
Dispondrá de estacionamiento para la totalidad de los vehículos afectados al servicio de mantenimiento, bajo ningún concepto y en ningún momento, los vehículos y equipos podrán ser depositados o detenidos en la vía pública, fuera del horario de trabajo.-
El contratista y cada equipo de trabajo deberán disponer de un teléfono celular, para lograr establecer una comunicación rápida y eficaz.
Todo reclamo puntual (no general o masivo) que ingresara por cualquier vía, deberá ser resuelto dentro de un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas recibido.-
La no satisfacción en tiempo y forma de los reclamos, o la falta de una justificación lógica y fehaciente por escrito de tal situación, hará pasible al contratista de las sanciones previsto en el Pliego de Especificaciones Legales Particulares.-
ARTÍCULO 11 - EQUIPO PARA PROCESAMIENTO DE RECLAMOS
11.01. LINEA TELEFONICA FIJA GRATUITA (0-800)
El contratista deberá solicitar a su nombre una Línea fija 0800 Local con su correspondiente línea soporte, con horario de atención a definir y Mensaje de
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voz para el preatendedor, con domicilio de instalación en la Municipalidad de General Roca, sito en la calle MITRE Nº 710, en la Oficina de reclamos de alumbrado público, de la Dirección de Obras Públicas. Los gastos de instalación y cargo de facturación mensual, estarán a cargo del contratista por el tiempo que dure el presente Contrato.-
La misma será utilizada para recepcionar los reclamos de alumbrado público, por lo que la mencionada línea deberá contar con el servicio de llamadas entrantes únicamente.-
Además el contratista proveerá para este servicio telefónico:
• 1 (un) teléfono fijo marca PANASONIC
• 2 (dos) auriculares para telefonista (manos libre)
El plazo para la entrega de los equipos correspondiente será de (10) diez días contados a partir de la firma del contrato.
La provisión, instalación, mantenimiento y todo otro gasto que demande mantener este equipamiento, en correcto estado de funcionamiento durante el periodo de contrato, estarán a cargo del contratista.
ARTÍCULO 12 - PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE ATENCIÓN DE RECLAMOS.
La Municipalidad recepcionará, administrara y controlara los reclamos de alumbrado público.-
El Contratista deberá retirar en la Municipalidad, al inicio de cada turno, la PLANILLAS DE RECLAMOS de alumbrado público y una vez finalizado el turno, deberá hacer entrega en el mismo lugar, sin excepción, de las planillas con el detalle de cada una de las reparaciones realizadas y los materiales utilizados en la misma.-
El contratista completara íntegramente, de manera prolija y correcta la PLANILLAS de RECLAMOS de alumbrado público, donde se detallaran los siguientes ítems:
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• Tipo de reparación realizada.-
• Materiales utilizados en la reparación.-
• Registro exacto de la dirección de la luminaria reparada.-
• Croquis de ubicación de la luminaria reparada, en la cuadra.-
Dicha planilla será utilizada por la Inspección Municipal al momento de realizar los controles correspondientes en cada reparación realizada, donde se verificara:
• El correcto funcionamiento de la luminaria.-
• Los materiales utilizados en la reparación.-
• Calidad del trabajo ejecutado (terminación-ajustes-cierres-prolijidad- limpieza, etc.)
Se reitera una vez más, que todo el equipamiento que disponga el contratista, deberá ser puesto a disposición de la Inspección, cada vez que ésta lo requiera para el desarrollo de sus funciones específicas.
Esta documentación, cuya forma y extensión serán consensuadas entre ambas partes, permitirá realizar estadísticas de vida útil de los elementos, como así también llevar un estricto control de las tareas anuales que se ejecutaran.-
Los reclamos que pudieran recibirse en forma directa del público, en la oficina del contratista ó en la vía pública mientras su personal realiza las tareas de mantenimiento, deberán a su vez ser atendidos y asentados, mientras no se indique lo contrario.
ARTÍCULO 13 - ATRIBUCIONES DE LA INSPECCION – RELACION CON EL RESPONSABLE TECNICO Y REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA.
El contratista deberá acatar las órdenes que la Inspección de por escrito.-
Si el Contratista no estuviere de acuerdo con las órdenes recibidas deberá efectuar la objeción dentro de 24 horas de haberla recibido y también por escrito.-
A tal fin se habilitarán los libros de Órdenes de Servicio y Comunicaciones previstos en las Especificaciones Legales Generales, debidamente foliados y por triplicado.-
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El Representante Técnico del Contratista deberá ser profesional o técnico en la especialidad o bien idóneo aceptado por la Municipalidad.-
La Inspección podrá solicitar su reemplazo al Contratista, de observarse incompetencia, in conducta, maltrato, descortesía o desatención del contribuyente, ausencias reiteradas y/o demás causales.-
Las comunicaciones entre el Contratista y la Inspección se practicarán en un todo de acuerdo a las previsiones contenidas en la ley Nº 32.
La Inspección tendrá atribuciones para ordenar a sólo juicio:
a) La renovación de las identificaciones pintadas en los equipos, cuando aquéllas no sean de fácil lectura.-
b) La inmediata desafectación del servicio de aquel vehículo que no sea mantenido en buenas condiciones de operatividad, ya sea en lo referente a su funcionamiento mecánico como en lo concerniente a reglamentaciones de tránsito, prestación e higiene.-
c) La solicitud de separación del servicio, transitoria o permanente, de aquel personal del Contratista que presente exagerada falta de aseo, de decoro, de cortesía o de respeto en el trato con el vecindario o con el personal municipal, o que perturbe la normal prestación del servicio.-La decisión en su forma y extensión, será de responsabilidad exclusiva del Contratista, titular de la relación laboral particular.-
d) La suspensión de las tareas cuando el personal no esté equipado con la ropa uniformada y los elementos de seguridad exigidos.- En este caso, la suspensión será de exclusiva responsabilidad del Contratista, haciéndose pasible de las sanciones prevista en el presente Pliego.-
e) Cuando se verifique trasgresiones a las obligaciones contractuales.-
ARTÍCULO 14 - RECAUDOS A TOMAR POR EL CONTRATISTA
El Contratista deberá tomar los recaudos necesarios para llevar a buen fin el servicio contratado, tendiendo diariamente el normal encendido del sistema.-
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En caso de quedar fuera de servicio algún/os sector/es, deberá informa a la Inspección las causas del desperfecto y las razones de no haber efectuado de inmediato la reparación, en forma debidamente justificada.-
Corre por exclusiva cuenta del contratista, el inmediato reemplazo, por otros de similares características, de los vehículos que sufrieran desperfectos y que obligaran a sacarlos de circulación momentáneamente o definitivamente.-
Deberá tener especial cuidado en cualquier decisión, iniciativa o acción que deba tomar, puesto que primará en todos los casos y sin excepción la seguridad de la población y el cumplimiento de las normas que rijan en la materia.-
ARTÍCULO 15 - DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS EN CASOS DE RESCISION.
Cuando, por cualquiera de los motivos enumerados en el presente Pliego de Especificaciones Legales Particulares, se produjera la rescisión o resolución del Contrato, el Contratista deberá poner a disposición de la Municipalidad por un lapso de 120 (ciento veinte) días corridos, los vehículos y los medios materiales que tenía en actividad, para evitar la interrupción del servicio.-
La Municipalidad reconocerá el costo derivado del uso del equipo en servicio, a cuyo efecto se utilizará como base del cálculo el Análisis de Precios presentado con su Oferta, sin reconocimiento de los Gastos Generales y Beneficios.-
El pago de utilización de los equipos se efectuará de la misma forma en que se liquidaron los Certificados de Obra.-
Al vencimiento del plazo, la Municipalidad devolverá a la Contratista los equipos en el mismo estado en que los recibió.-
ARTICULO 16: PLAN DE TRABAJOS
Dentro de los 10 (diez) días corridos de la adjudicación del CONTRATO, se elaborará en conjunto con la INSPECCIÓN, un Plan de Trabajo Detallado para todas aquellas tareas sistemáticas y de mantenimiento preventivo; el que resultara valido para todo el periodo de contratación.
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ARTICULO 17 - PLANOS
A los doce (12) meses de la iniciación del servicio, el Contratista elaborará y hará entrega a la inspección de los planos completos de las instalaciones a su cargo, en los que consignarán detalladamente lo siguiente:
• Puntos de luz existentes, discriminados en viales y peatonales.
• Gabinetes de comando de AºPº con sus correspondientes circuitos, especificando tipos de líneas existentes y cargas eléctricas aplicadas.-
• Semáforos
• y cualquier otro detalle de interés, inherente a la obra.
Estos planos deberán elaborarse en Software AUTOCAD versión 2006, se entregará un original y una copia en CD.
Además se adjuntara una entrega impresa de los planos, y eventuales planillas anexas que completaran la información, deberán ser realizados en tamaño normalizado IRAM A3 (297 x 420 mm), utilizando la simbología indicada por la inspección.
Toda esta información deberá actualizarse anualmente o cuando la Inspección lo requiera.
Los originales impresos y las copias magnéticas quedarán en poder de la Municipalidad una vez finalizado la prestación del servicio.
ARTÍCULO 18 - TRABAJOS A COTIZAR EN EL CONTRATO BASICO.
Los oferentes cotizarán en la Oferta Básica los Ítems que a continuación se detallan:
1. Ítem 1: Mantenimiento del Alumbrado Público del ejido municipal de la Ciudad de General Xxxx, según especificaciones obrantes en el presente pliego
2. Ítem 2: Mantenimiento de los Semáforos en el ejido de la Ciudad de General Xxxx, según especificaciones obrantes en el presente pliego
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ARTÍCULO 19 - TRABAJOS A COTIZAR FUERA DEL CONTRATO BASICO.
Los Oferentes deberán cotizar por separado en la planilla preparada a tal efecto los trabajos y provisiones que se detallan a continuación:
19.01. LUMINARIAS PARA ALUMBRADO PÚBLICO
19.01.01 PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN VIAL EN BRAZOS PESCANTES (Alternativa 1), según artículo 03.01. de Especificaciones Técnicas Generales.-
19.01.02 PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN VIAL EN BRAZOS PESCANTES (Alternativa 2), según artículo 03.02. de Especificaciones Técnicas Generales.-
19.01.03 PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN VIAL EN COLUMNAS METÁLICAS SIMPLES Ó DOBLES, según artículo 03.03. de Especificaciones Técnicas Generales.-
19.01.04 PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE PROYECTORES DE ILUMINACIÓN EN COLUMNAS METALICAS RECTAS, según artículo 03.04. de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.01.05 PROVISIÓN, ARMADO E INSTALACIÓN DE ARTEFACTOS DE ILUMINACIÓN PEATONAL EN COLUMNAS METALICAS SIMPLES, según artículo 03.05.01 y 03.05.02 de Especificaciones Técnicas Generales.-
19.01.06 PROVISIÓN DE MATERIALES, EQUIPAMIENTO Y MANO DE OBRA PARA LA RECONVERSIÓN DE LUMINARIAS CON LAMPARAS Y EQUIPO AUXILIARES A VAPOR DE MERCURIO A LAMPARAS Y EQUIPOS AUXILIARES A VAPOR SODIO ALTA PRESIÓN EN 150 WATT Y 250 WATT, cumpliendo con lo indicado en los artículos 04, 05, 06 y 07 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
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19.02. INSTALACIÓN DE CONDUCTORES ELECTRICOS
19.02.01 PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CONDUCTORES SUBTERRANEOS PARA SUIMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, según artículo 07.03. de las Especificaciones Técnicas Generales.-
En las siguientes medidas:
19.02.01.01 Cable subterráneo de cobre en una sección de 2 x 10 mm² 19.02.01.02 Cable subterráneo de cobre en una sección de 2 x 6 mm² 19.02.01.03 Cable subterráneo de cobre en una sección de 4 x 6 mm²
19.02.02 PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE CONDUCTORES AEREOS PARA SUMINISTROS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, según artículo
07.04. de las Especificaciones Técnicas Generales.- En las siguientes medidas:
19.02.02.01 Cable aéreo de aluminio en una sección de 1 x 25 mm² 19.02.02.02 Cable aéreo de aluminio en una sección de 2 x 16 mm² 19.02.02.03 Cable aéreo de cobre en una sección de 2 x 6 mm²
19.03. GABINETE DE COMANDO Y MEDICIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE GABINETE DE COMANDO Y MEDICIÓN
DE ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 08.01.01 y 08.01.02 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.04. BRAZOS PESCANTES SIMPLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN Y MONTAJES DE BRAZOS PESCANTES SIMPLES PARA
ALUMBRADO PÚBLICO según artículo 09 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.05. COLUMNAS METÁLICAS DE PESCANTES SIMPLES Y DOBLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO
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19.05.01 PROVISIÓN Y MONTAJES DE COLUMNAS METÁLICAS DE PESCANTES SIMPLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 10 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.05.02 PROVISIÓN Y MONTAJES DE COLUMNAS METÁLICAS DE PESCANTES DOBLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 10 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.06. COLUMNAS METÁLICAS DOBLES DE PESCANTES SIMPLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN Y MONTAJES DE COLUMNAS METÁLICAS DOBLES DE PESCANTES SIMPLES PARA ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 11 de
las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.07. COLUMNAS METÁLICAS RECTAS PARA ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN Y MONTAJES DE COLUMNAS METÁLICAS RECTAS PARA
ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 12 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.08. COLUMNAS METÁLICAS PEATONALES DE PESCANTES RECTOS Y CURVOS
19.08.01 PROVISIÓN Y MONTAJES DE COLUMNAS METÁLICAS PEATONALES PESCANTES RECTOS, según artículo 13 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.08.02 PROVISIÓN Y MONTAJES DE COLUMNAS METÁLICAS PEATONALES PESCANTES CURVOS, según artículo 13 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.09. POSTES XX XXXXXX
PROVISIÓN Y MONTAJE DE POSTES XX XXXXXX, según artículo 14 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
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19.10. FUNDACIONES DE HORMIGÓN PARA COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN Y CARACTERISTICAS DEL HORMIGON, según artículo 15.01 y
15.02 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.11. PUESTA A TIERRA ELECTRICA EN LAS COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE PUESTAS A TIERRA ELECTRICA EN LAS COLUMNAS METALICAS DE ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 16.01.
de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.12. GLOBO REFRACTOR EN LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO
PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE GLOBO REFRACTOR EN LUMINARIAS DE
ALUMBRADO PÚBLICO, según artículo 17.01 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.13. PINTURA EN COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES
PROVISIÓN Y ESQUEMA DE PINTURA EN COLUMNAS DE ALUMBRADO
PÚBLICO EXISTENTES, según artículo 18.01. de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.14. PODA Y DESRAME DE ÁRBOLES
Según artículo 19 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.15. RETIRO DE LUMINARIAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES.
Según artículo 20 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
19.16. DESPLAZAMIENTO DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO EXISTENTES.
Según artículo 21 de las Especificaciones Técnicas Generales.-
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Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxx
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