PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES - ANEXOS
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES - ANEXOS
PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, PROVINCIA DE SANTA FE
2022
INDICE GENERAL
CAPÍTULO I.- CONDICIONES GENERALES COMPLEMENTARIAS
GLOSARIO
ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL LLAMADO ARTÍCULO 2.- SISTEMA DE CONTRATACIÓN ARTÍCULO 3.- PRESUPUESTO OFICIAL
ARTÍCULO 4.- REGIMEN DE ANTICIPO DE FONDOS ARTÍCULO 5.- LEY APLICABLE
ARTÍCULO 6.- JURISDICCIÓN ARTÍCULO 7.- PLAZO DE EJECUCIÓN
ARTÍCULO 8.- DOMICILIO Y NOTIFICACIONES ARTÍCULO 9.- ACCESO AL PLIEGO Y DATAROOM
ARTÍCULO 10.- LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 11.- VISITA DE OBRA ARTÍCULO 12.- COMPRE PROVINCIAL
CAPÍTULO II.- DE LOS OFERENTES
ARTÍCULO 13.- OFERENTE.
13.1 PRESENTACIÓN PRELIMINAR.
13.2 INHABILITADOS.
13.3 CAPACIDAD LEGAL
13.4 CAPACIDAD ECONOMICA FINANCIERA
13.5 CAPACIDAD DE CONTRATACION
13.6 CAPACIDAD TECNICA
CAPÍTULO III.- DE LAS OFERTAS.
ARTÍCULO 14.- CONOCIMIENTO DE ANTECEDENTES Y LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA. VISITA DE OBRA
ARTÍCULO Nº 15.- FORMA DE COTIZAR
ARTÍCULO Nº 16.- PRECIOS UNITARIOS ARTÍCULO 17.- PERMISOS PREVIOS
ARTÍCULO 18.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO Nº 19.- CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1
A) Garantía de Mantenimiento de Oferta
B) Documentación relativa a la Capacidad Legal del Proponente
C) Declaraciones Juradas, Garantías y Certificaciones.
D) Antecedentes para determinar la Capacidad Técnica.
E) Antecedentes Económico-Financieros.
F) Propuesta Técnica
ARTÍCULO Nº 20.- CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2
ARTÍCULO 21.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA ARTÍCULO 22.- ERRORES EN LA COTIZACIÓN
ARTÍCULO Nº 23.- APERTURA DE LOS SOBRES
ARTÍCULO 24.- VISTA Y OBSERVACIONES AL CONTENIDO DE DELOS SOBRES ARTÍCULO 25.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
ARTÍCULO Nº 26.- EFECTOS
ARTÍCULO 27.- PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DEL SOBRE 1
ARTICULO 28.- ANTECEDENTES MÍNIMOS, CAPACIDAD ECONÓMICO- FINANCIEROS ARTÍCULO 29.- ANTECEDENTES MÍNIMOS, CAPACIDAD TÉCNICA
ARTÍCULO 30.- EVALUACIÓN DEL RESTO DE LOS ANTECEDENTES REQUERIDOS Y DE LAPROPUESTA TECNICA
ARTÍCULO 31.- CRITERIO DE EVALUACION DEL SOBRE 2.-
ARTÍCULO 32.- DESEMPATE DE OFERTAS
CAPÍTULO IV.- ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
ARTÍCULO 33.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO 34.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 35.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
ARTÍCULO 36.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
CAPÍTULO V.- DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
ARTICULO 37.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
ARTICULO 38.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS DEL CONTRATO ARTICULO 39.- TRANSFERENCIAS DEL CONTRATO
ARTICULO 40.- SUB-CONTRATOS
ARTICULO 41.- INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS ARTICULO 42.- DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
ARTICULO 43.- CONDICIONES EXIGIDAS PARA EL DIRECTOR/A TÉCNICO/A DE LA EMPRESA, EL REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA EMPRESA EN OBRA Y EL O LA RESPONSABLE DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
ARTICULO 44.- DOCUMENTACIÓN EN OBRA
ARTICULO 45.- ORDEN DE INICIACIÓN. ACTA DE INICIO DE OBRA
ARTICULO 46.- INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES ARTÍCULO 47.- PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO
ARTÍCULO 48.- REPLANTEO DE LA OBRA ARTÍCULO 49.- PLANOS DE OBRA
ARTÍCULO Nº 50.- OBRADOR Y SEGURIDAD DE LA OBRA ARTÍCULO Nº 51.- LIMPIEZA DE OBRA
ARTÍCULO 52.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ARTÍCULO 53.-SEGUROS
ARTÍCULO 54.- CARTEL- DOCUMENTACION EN LA OBRA
ARTÍCULO Nº 55.- NORMATIVA A CUMPLIR SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ARTÍCULO Nº 56.- PERSONAL DEL CONTRATISTA EN EL OBRADOR
ARTÍCULO Nº 57.- FORMAS PARA AMPLIACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL POR LLUVIA ARTÍCULO 58.- CALIDAD DE MATERIALES Y EQUIPOS.
ARTÍCULO 59.- APROBACIÓN O RECHAZO DE LAS OBRAS, MATERIALES Y EQUIPOS ARTÍCULO 60.- INSPECCIONES EN TALLERES Y DEPÓSITOS
ARTÍCULO 61.- INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN
ARTÍCULO 62.-GARANTIA DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS ARTÍCULO 63.- PRUEBAS DE LA OBRA
ARTÍCULO Nº 64: GESTIONES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO Nº 65.- PLANOS CONFORME A OBRA
ARTÍCULO 66.- MEDIO AMBIENTE. RESPONSABILIDADES
ARTÍCULO Nº 67.- NORMAS DE MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN ARTICULO Nº 68.- MEDICIÓN DE ESTRUCTURAS OCULTAS ARTICULO Nº 69.- PAGO DE LOS CERTIFICADOS
ARTÍCULO Nº 70.- RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS. FONDO DE REPARO ARTICULO Nº 71.- PLANO CONFORME A OBRA
ARTICULO Nº 72.- RECEPCIÓN PROVISORIA
ARTÍCULO 73.- DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA PREVIO A LA RECEPCIÓN PROVISORIA.
ARTÍCULO 74.- PLAZO DE GARANTÍA
ARTÍCULO 75.- RECEPCIÓN DEFINITIVA ARTÍCULO 76.- LIQUIDACIÓN FINAL DE LA OBRA
ARTÍCULO 77.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO ARTÍCULO 78.- MULTAS
ARTÍCULO 79.- PROCEDIMIENTO PARA LA PLICACIÓN DE MULTAS ARTÍCULO 80.- SANCIONES
ARTÍCULO 81.- CONTRATOS DE SUBCONTRATISTAS
ARTICULO 82.- DE LA RESCISION DEL CONTRATO POR CULPA DEL CONTRATISTA
ARTICULO 83.- CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
ARTICULO 84.- DE LA RESCISION DEL CONTRATO POR CULPA DEL COMITENTE
ARTICULO 85.- CONSECUENCIAS DE LA RESCISION POR CULPA DEL COMITENTE
ARTÍCULO 86.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
GLOSARIO
ADJUDICATARIO: Es el oferente o proponente al que se ha comunicado la adjudicación de la obra a su favor y hasta la firma del Contrato.
BOLETÍN OFICIAL: Diario oficial de publicaciones de la PROVINCIA DE SANTA FE, donde se publican las normas jurídicas, y en él se difunde, entre otras cosas la principal etapa vinculada con el procedimiento licitatorio: convocatorias.
CIRCULAR ACLARATORIA, AMPLIATORIA Y/O MODIFICATORIA: Comunicación
emitida por ENERFE destinada a aclarar, incorporar y/o modificar cuestiones vinculadas con la presente licitación o a los fines de responder consultas formuladas por los interesados.
CEPA: Comisión de Evaluación y Pre adjudicación: Es el Órgano Colegiado cuya tarea consiste en examinar la totalidad de las Ofertas recibidas, aconsejar la precalificación y/o adjudicación de la Propuesta más conveniente y el rechazo de las que, conforme a los Pliegos, no resulten admisibles.
COMITENTE o LICITANTE: ENERFE
CONTRATO: Instrumento por el cual se perfecciona la relación entre el adjudicatario y ENERFE.
CONTRATISTA: Es el adjudicatario de la licitación que ha firmado el Contrato.
ENERFE: Nombre comercial de SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. (SOCIEDADANÓNIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA).
INSPECCIÓN DE OBRA: Personal Técnico designado al efecto por ENERFE para supervisarintegralmente la ejecución del Contrato.
INTERESADO: Toda persona física, jurídica o UT que adquirió un ejemplar xxx Xxxxxx. IVA: impuesto al valor agregado
LEGAJO DE OBRA: Conjunto de documentos necesarios para la ejecución de la obra. A saber: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Pliego de Condiciones Generales y Especiales; Documentación Técnica; Planos generales y de detalle de arquitectura e ingeniería; y Circulares aclaratorias, ampliatorias y/o modificatorias.
LICITACIÓN: Es el procedimiento destinado a la contratación, construcción y ejecución del Proyecto denominado "Planta Piloto para revalidar Procesos de Biorrefineria – Etapa 1 – Departamento La Capital- “
LISTO PARA FUNCIONAR: Se denomina así a la condición de operación inmediata en que deberán encontrarse los servicios, suministros, instalaciones y obras necesarias para la ejecución del Proyecto, cualesquiera que sean, al momento de la recepción provisoria.
MINISTERIO: Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat (de conformidad a las nuevas competencias asignadas por Ley N° 13920/19).
OBRA o PROYECTO: Es el conjunto de trabajos necesarios para la ejecución del Proyecto "Planta Piloto para revalidar Procesos de Biorrefineria – Etapa 1 – Departamento La Capital- “”
OFERENTE o PROPONENTE: Es el Interesado que presenta una oferta en la presente licitación, ya sea una persona física o jurídica o una UT.
OFERTA o PROPUESTA: Es la declaración de voluntad irrevocable, unilateral y recepticia efectuada por el Oferente para la ejecución de la Obra, de conformidad con el Pliego, que se compone de la Oferta Técnica (Sobre N° 1) y de la Oferta Económica (Sobre N° 2). En el presente Pliego oferta y propuesta se emplean como sinónimos.
PET: Pliego de Especificaciones Técnicas compuesto para la presente Obra por la documentación técnica integrada por la Memoria Descriptiva individualizada como “Planta Piloto para validar procesos de Biorrefineria – Etapa I- Departamento La Capital – BIOR01-IP- C-MD-0001- Ingenieria y Desarrollo de Proyectos, y planos de arquitectura y planos de ingeniería involucrados en la presente Licitación.
PUBCG: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de ENERFE
PCGYE X XXXXXX: refiere al presente Pliego de Condiciones Generales y Especiales.
SUBCONTRATISTA: Es la persona física o jurídica o UT c quien el Contratista subcontrata determinados trabajos de la Obra.
UT: Es la Unión Transitoria de dos más partes para el desarrollo o ejecución de obras, servicios o suministros, de conformidad con lo previsto en los artículos 1463 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Los títulos, organización numérica y ordenamiento de los artículos, así como las referencias en los artículos a otros artículos de este documento son para facilitar la lectura del mismo. Los Oferentes tienen la obligación de comprender la totalidad de la documentación aquí incluida y la relación que tienen entre sí los artículos, aun cuando las referencias entre éstos no hayan sido expresamente dadas.
Las palabras en singular incluyen también el plural, y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (PBYCP)
ARTÍCULO Nº 1: OBJETO DEL LLAMADO
El objeto de la presente licitación es la ejecución de la obra: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, PROVINCIA DE SANTA FE
Se llevará a cabo dentro del Parque Industrial Sauce Viejo, Ruta Nacional Nº 11 km 455, en la localidad de Sauce Viejo, provincia de Santa Fe.
El objeto de esta Licitación es que el Contratista ejecute la Obra completa y la entregue en perfecto estado, incluye la ejecución de la estructura portante del proyecto, incluyendo bases, vigas de fundación, columnas, encadenados verticales y horizontales de hormigón armado; plateas y solados de hormigón armado; vigas, columnas y reticulados de cubierta de conformación metálica. Además, el cerramiento perimetral de bloques de hormigón y el cerramiento de cubierta liviana xx xxxxx.
También se contemplan los cerramientos perimetrales de mampostería de bloques de hormigón y tejido, y el mejorado de la calle interna. El Contratista deberá llevar a cabo todas las tareas necesarias y proveer la totalidad de la mano de obra, de materiales requeridos para la ejecución de los trabajos solicitados en la Memoria descriptiva, como también su acopio, mano de obra especializada, representante técnico, realizar y presentar para la aprobación por parte de la Empresa toda la documentación apta para construcción y cronograma de obra, transporte, grúas, volquetes, combustibles e insumos requeridos, equipos y herramientas, cerco de obra, obrador, baño de obra y Documentación y Planimetría conforme a final obra.
Será también a cargo del Oferente todo otro suministro no indicado pero necesario para el correcto logro de los objetivos solicitados en el legajo Licitatorio y la Ordenes de Servicio impartidas.
IMPORTANTE: Los Oferentes deberán presentar la Oferta para la ejecución de todos los trabajos objeto de la presente Licitación, sin restricciones o salvedades. La no cotización de alguno de los trabajos traerá aparejado el rechazo de toda la Oferta.
ARTÍCULO Nº 2: SISTEMA DE CONTRATACIÓN
ENERFE contratará la ejecución de la Obra bajo el Sistema de Precio Global, con redeterminación de precios. Los precios del Contrato se redeterminarán conforme a la Ley Provincial Nº 12.046, y sus normas reglamentarias vigentes al momento del llamado a licitación.
La licitación, contratación y ejecución de los trabajos se ajustarán en un todo a la ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe Nº 5188 y su Decreto Reglamentario. La Obra se contratará bajo
la modalidad “Listo Para Funcionar” concentrándose la responsabilidad por la realización integral del Proyecto respectivo, provisión de materiales y la prestación de los servicios vinculados con la ejecución, construcción, puesta en marcha y coordinación de las obras, por parte de quien resulte Contratista.
Cada Oferente acepta, por la sola presentación de su Oferta, dicha modalidad de contratación, asumiendo el compromiso de ejecutar y entregar, en tiempo y forma, los trabajos contratados para ejecutar la Obra, conforme a su finalidad y a los requerimientos técnicos y legales del presente Pliego licitatorio y el Pliego técnico compuesto de Memoria Descriptiva y planos de referencia, por un precio fijo total y definitivo.
ARTÍCULO Nº 3: PRESUPUESTO DE LA LICITACIÓN
Para la obra objeto de la presente licitación, se ha previsto un Presupuesto de $80.066.000 I.V.A. incluido (Pesos ochenta millones sesenta y seis mil I.V.A. incluido).
El Presupuesto Oficial incluye todos los gastos y beneficios por cualquier concepto requeridos para la completa ejecución de los trabajos hasta la recepción definitiva de la Obra, todos los insumos, tareas específicas, honorarios, aportes, impuestos, tasas y derechos que correspondan, y las prestaciones necesarias para el cabal cumplimiento de los fines perseguidos, como así también el IVA correspondiente a la fecha de Licitación. El Proponente incluirá de igual forma en su precio ofertado, todos los conceptos que sean necesarios para dar cumplimiento acabado de la Obra, conforme lo prevé este Legajo Licitatorio.
ARTÍCULO Nº 4: RÉGIMEN DE ANTICIPO DE FONDOS
ENERFE otorgará al Contratista un anticipo financiero equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del Contrato, el que será reintegrado por el Contratista mediante el descuento proporcional que se practicará en cada certificado de obra.
El CIENTOCINCUENTA POR CIENTO (150%) del mencionado anticipo será garantizado en cualquiera de las formas indicadas en el Artículo 20 -A) del presente Pliego.
El anticipo financiero será facturado por el Contratista a los CINCO (5) días hábiles de la firma del Contrato y bajo condición de haber constituido previamente la Garantía de Anticipo. Será pagado por ENERFE dentro de los TREINTA (30) días siguientes a la recepción de la factura, con entrega de las constancias de las deducciones efectuadas, a fin de poder amortizar el monto de la Garantía presentada.
Atento a la redeterminación del anticipo Financiero, se tomará de referencia el Decreto Provincial N°3116/2021 y la Resolución del Ministerio Provincial de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat Nº 636/2022.
ARTÍCULO Nº 5: LEY APLICABLE
La presente licitación se realizará en el marco de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe N° 5118, sus modificatorias y Decreto Reglamentario; por este Pliego y las Circulares que en el futuro se emitan.
Para la redeterminación de los precios, será de aplicación la Ley Provincial N° 12.046 y sus Decretos Reglamentarios N° 3599/02 y 3873/02. Asimismo, será de aplicación la Ley Provincial N° 13.505, y sus modificatorias y decreto reglamentario.
La presentación de ofertas implicará pleno conocimiento y aceptación de toda la normativa aplicable y de todas las condiciones y requisitos establecidos en la documentación licitatoria.
Si durante el desarrollo del llamado a Licitación o durante la ejecución del Contrato se produjesen discrepancias o incompatibilidades, la documentación de la licitación deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación:
A). - Reglamento de Contrataciones de ENERFE
B). - El presente Pliego de Condiciones Generales y Especiales (PCGYE) C). - Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (PUBCG)
D). - Las circulares, disposiciones y/o aclaraciones efectuadas y comunicadas por escrito a los interesados
E) -El Pliego de Especificaciones Técnicas (PET)
F) - El Contrato de Obra
G) - La Oferta
ARTÍCULO Nº 6: JURISDICCIÓN
Los interesados, oferentes, adjudicatario y contratista se someten, para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones emanadas del presente Pliego, a la jurisdicción de los Tribunales Provinciales en lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, judicial o arbitral, nacional o internacional, que pudiere corresponder y a la posibilidad de recusar sin causa. La sola presentación de la Oferta importa la aceptación de esta jurisdicción.
El Oferente o su apoderado o representante legal, deberá completar la Declaración de Aceptación de Competencia contenida en el ANEXO 12 del presente Xxxxxx.
ARTÍCULO Nº 7: PLAZO DE EJECUCIÓN
El Plazo de Ejecución del total de los trabajos será de 8 (OCHO) meses calendarios.
Cuando este Pliego no exprese lo contrario, todos los plazos establecidos serán computados en días calendarios.
ARTICULO N° 8: DOMICILIO y NOTIFICACIONES
Los Proponentes deberán constituir domicilio especial en la Ciudad de Santa Fe y un correo electrónico específico para esta Licitación, donde serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que les sean remitidas con relación a la presente Licitación, y se reputarán subsistentes hasta que no se notifique a ENERFE por medio fehaciente la modificación del domicilio y/o del correo electrónico con una antelación no inferior a diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de dicha modificación.
Todas las notificaciones entre el Licitante y/o Comitente y los interesados Oferentes, Adjudicatarios o Contratistas, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente:
a) Por carta documento
b) Por correo postal
c) Por notario público
d) Por correo electrónico denunciado
e) Por difusión en la página web de ENERFE xxx.xxxxxx.xxx.xx
ARTÍCULO Nº 9: ACCESO AL PLIEGO Y DATAROOM
El presente llamado a licitación será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe en los términos del apartado II.4 del Reglamento de Contrataciones de ENERFE.
9.1 ACCESO AL PLIEGO
Todo interesado en concurrir a la Licitación, podrá acceder gratuitamente al Pliego y a toda la documentación que constituye el Legajo de Obra completo, publicado a tal efecto en los siguientes portales: xxx.xxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxx.xxx.xx. Los documentos que integran el Legajo de Obra serán públicos y estarán disponibles en todo momento a los fines de garantizar la transparencia, igualdad y concurrencia de los eventuales oferentes.
9.2 DOCUMENTOS, MEMORIA TÉCNICA Y PLANOS DE OBRA
Formará parte del legajo de Obra, y, por lo tanto, estarán a disposición en formato digital (PDF), el Pliego de Especificaciones Técnicas consistente en Memoria Técnicas y los planos de Arquitectura e Ingeniería de la Obra.
9.3 CONSULTAS Y ACLARACIONES AL PLIEGO
Los interesados podrán efectuar todas las consultas que les resulten necesarias para la mejor interpretación de la documentación, incluyendo las relacionadas a planos, cómputos métricos, y demás elementos del Legajo de Obra. Las mismas podrán realizarse vía correo electrónico a: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, solicitando concretamente las aclaraciones que estimen necesarias, hasta el día 14 de diciembre inclusive hasta las 12 hs. ENERFE comunicará la respuesta vía correo electrónico. Asimismo, las consultas que se reciban y sus respuestas se publicarán oportunamente al finalizar el período de consultas en el portal web de ENERFE.
ENERFE se reserva el derecho de emitir en cualquier momento que lo considere necesario, Circulares que comprendan aclaraciones, ampliaciones y/o modificaciones a los documentos de la presente Licitación.
En oportunidad de realizar una consulta de cualquier naturaleza al Pliego o a los documentos del Legajo de Obra, los interesados que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día anterior a la presentación de las ofertas.
No se aceptarán consultas telefónicas. No serán contestadas aquellas consultas que se presenten fuera de término, ni ante otras reparticiones o dependencias del Estado.
Todas las circulares emitidas por ENERFE, pasarán a formar parte del presente Xxxxxx y del Legajo de Obra.
ARTÍCULO Nº 10: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Deberán ser presentadas en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx000, Xxxxx Xx Xxxxxx, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto.
Cuando sin expresa habilitación de día y hora, se hubiera fijado para el acto un día feriado o cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil a la misma hora. No serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio, con posterioridad al acto de apertura, aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haberse despachado a tiempo.
ARTÍCULO Nº 11: VISITA DE OBRA
El Proponente deberá concurrir y declarar expresamente que ha visitado los lugares donde se emplazará la Obra y que conocen, por sí, todas las condiciones del terreno donde se habrán de erigir las Obras, así como las características del ámbito local en materia de recursos, tipo de terreno, materiales, regulaciones, etc.; todo lo cual le permite aseverar que se encuentra en condiciones de realizar la Obra de conformidad con las exigencias de la documentación licitatoria.
Además, asumirá la responsabilidad absoluta y exclusiva por vicios del suelo, sus características y naturaleza; y en consecuencia no podrá invocar en el futuro ninguna dificultad material imprevista.
La fecha de la Visita a Obra será el día 12 de diciembre a las 10 hs. Anunciarse en el ingreso al parque Industrial Sauce Viejo, Ruta Nacional N° 11 km 455.
Es obligatorio para los Oferentes, ya sea personalmente o a través de su Representante Técnico y/o Especialista en el trabajo, asistir a la visita de Obra. El no cumplimiento de este requisito será causal de descalificación de la Oferta. Asimismo, se aclara que deberá concurrir con la declaración jurada del ANEXO 2 que forma parte del presente, la que será suscrita por un representante de ENERFE y posteriormente deberá presentarse con la Oferta, siendo su acreditación indispensable para considerar la misma.
Las consultas relacionadas con la visita de Obra, deberán ser dirigidas por correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Sin perjuicio de lo expuesto y de ser necesario, los Interesados podrán solicitar una visita de Obra adicional, la que se otorgará o no a criterio exclusivo de ENERFE.
ARTÍCULO Nº 12: COMPRE PROVINCIAL
Esta convocatoria se rige también por la Ley N° 13.505 de Compre Santafesino, sus modificatorias (Ley 13.619), y el Decreto Reglamentario N° 549/2019. En consecuencia, el Oferente quedará obligado a adquirir los materiales, materias primas y mano de obra de origen provincial necesarios para el cumplimiento del Contrato, cuando hubiere oferta local suficiente. Asimismo, deberán dar prioridad a favor de los trabajadores locales en la contratación de mano de obra demandada para la realización de las Obra, considerándose local a todo trabajador que acredite residencia permanente en la Provincia de Santa Fe.
El contratista, siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precios y calidad respecto de productos, bienes y servicios producidos o elaborados fuera del territorio de la provincia de Santa Fe, deberá adquirir materiales, mercaderías y productos de origen provincial.
De autorizarse subcontrataciones en los términos del art. 32 del PByCP deberán encuadrarse en las disposiciones de la Ley Nº 13.505 y modif.
CAPÍTULO II.- DE LOS OFERENTES ARTÍCULO Nº 13: OFERENTES
13.1 PRESENTACIÓN PRELIMINAR.
Por la sola circunstancia de formular la Oferta, se considerará que el Oferente conoce y acepta las bases y condiciones del llamado a la presente Licitación y de las características de la Obra licitada, por lo que no podrá con posterioridad invocar en su favor los errores en que pudiere haber incurrido al
formular la Oferta, o duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables. La sola presentación de la Oferta implicará la aceptación de las condiciones establecidas en el Pliego.
Pueden ser Oferentes las personas físicas y jurídicas que reúnan los requisitos establecidos en el Pliego.
Cada uno de los Oferentes o, en su caso, cada uno de los integrantes quedarán obligados ilimitada y solidariamente por toda y cualquier obligación o responsabilidad emergente de la presentación de la Oferta, la Adjudicación y la suscripción del Contrato, debiendo así declararlo expresamente en su carta de presentación y en su caso, en los poderes acordados al representante común.
Los y las oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.
En el caso de una Unión Transitoria (UT), sus integrantes cumplirán con tal requisito.
13.2 INHABILITADOS.
No podrán concurrir como Proponentes:
1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal y las empresas en las que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, ni dirigir, ni administrar, ni representar ni patrocinar ni asesorar ni prestar servicios de forma alguna en violación a lo dispuesto por la Ley de Ética Pública N° 25.188, en relación a la presente contratación.
2) Los que posean condena por delito dolosos, y se encuentren procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional o contra la fe pública, o los que tengan obligaciones pendientes de cumplimiento en materia tributaria y/o previsional.
3) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación judicial, y los concursados que no tengan un avenimiento aprobado y homologado judicialmente.
4) Toda persona a la que, dentro del término de los diez (10) años anteriores a la fecha de presentación de la Oferta, se le hubiera rescindido un contrato de cualquier índole por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal.
5) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de ENERFE.
6) Toda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales.
13.3 CAPACIDAD LEGAL
1) Pueden ser Proponentes las personas humanas o jurídicas que reúnan los recaudos del Art. 9 del PUBCG.
2) Xxxxxxx acreditar no hallarse incursas en ninguna de las causales de inhabilitación previstas en el apartado anterior, y en apartado I- 10. del PUBCG.
3) Los Proponentes deberán presentar toda la documentación que se establece en el presente Xxxxxx.
Quienes actúen como representantes legales o apoderados, deberán acreditar la representación que invocan, acompañando copia certificada del respectivo instrumento (poder, acta de designación, etc.).
El Oferente o su apoderado deberán suscribir la Oferta en todas sus hojas, considerándose una causal de desestimación no subsanable la ausencia de firmas en las partes esenciales de la misma (formulario de la propuesta y declaraciones juradas).
13.4 CAPACIDAD ECONOMICA FINANCIERA
1) Deberán presentar los últimos tres (3) balances de cierre de ejercicio suscriptos por Contador Público y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Cuando la fecha de cierre del último ejercicio del último balance sea igual o mayor a seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse un estado de situación patrimonial correspondiente al período comprendido entre la fecha del último balance aprobado y el 31de octubre de 2022.
Cabe destacar que el Estado de Situación Patrimonial al que se hace referencia deberá ser suscripto por Contador Público y legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Deberá acompañarse una nota donde el profesional interviniente exprese los criterios que ha utilizado para la evaluación, y exponga los rubros que integran los estados contables respectivos. En caso de que la moneda original del balance no sea cotizada por el Banco de la Nación Argentina, se admitirá que la conversión sea efectuada en primer lugar a dólares estadounidenses tomando como base el tipo de cambio vendedor de la Reserva Federal de los Estados Unidos, y luego de dólares a pesos de acuerdo al tipo de cambio establecido por el presente artículo.
13.5 CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
La capacidad de contratación mínima requerida debe ser igual o mayor al resultado que arrojen las fórmulas que a continuación se detallan, la que se calculará para cada Oferente de acuerdo al Presupuesto Oficial:
CC = (PORx12) /PE.
CC: capacidad de contratación anual
POR: presupuesto oficial definido en el Artículo 3.
PE: plazo de ejecución de la obra en meses o fracción.
13.6 CAPACIDAD TÉCNICA
La experiencia técnica específica requerida será determinada en función de la Memoria Descriptiva presentada, las características particulares de la Obra, de acuerdo a lo indicado en la documentación licitatoria, teniendo en cuenta los antecedentes que las empresas registren ante el Licitante, los certificados que acrediten la ejecución satisfactoria de otras obras análogas a la licitada y algún otro medio que el Licitante considere pertinente.
13.6.1 Memoria Descriptiva de toda la Obra
El Proponente deberá presentar una memoria descriptiva de la obra en la que se indique claramente la metodología que utilizará el Proponente para la construcción, en la que se deberá incluir un histograma del personal directo e indirecto en sus distintas categorías, histograma de equipos y el organigrama propuesto para el desarrollo de los trabajos, de acuerdo con lo especificado en la Documentación Licitatoria.
13.6.2 Antecedentes de obras
Los/las Oferentes declararán en su propuesta, según Anexo Nº 2, las obras que por su tipo y naturaleza sean consideradas similares.
Como requisito mínimo para ser preseleccionada, la proponente si concurre en forma individual, o una de las empresas de la Asociación en caso de tratarse de UT, deberán haber construido en los últimos 5 (cinco) años contados a partir de la apertura de la presente licitación, por lo menos 1 (una) obra de ingeniería o arquitectura pública o privada, considerada similar a la que se licita, debiendo comprobarlo con las respectivas certificaciones de los Comitentes.
En lo que respecta a la magnitud del antecedente declarado, si éste resultare de una UT anterior, será considerado válido en la medida que la parte proporcional de su participación en el total, arroje un valor no
inferior al mínimo exigido, en cuanto a los Antecedentes Técnicos de la Empresa. Aclarar si las tareas fueron ejecutadas como contratista o como sub-contratista.
A tal efecto, deberán adjuntar copia autenticada de los certificados de recepción provisoria y/o definitiva emitida por el/los Entes Contratantes, que indique: a) monto del contrato, b) descripción breve de la Obra, c) fechas de inicio y finalización de los trabajos, d) lugar o jurisdicción de pertenencia de la obra indicada (indicando direcciones y teléfonos del comitente), e) características de la obra, y todo dato relevante que permita evaluar las obras realizadas frente a las licitadas en la presente Licitación.
En todos los casos, la documentación respaldatoria deberá estar certificada por escribano o autoridad competente.
En caso que los antecedentes presentados correspondan a trabajos efectuados en UT, a los efectos de la evaluación de la capacidad técnica, se considerará el porcentaje de participación del Oferente en dicha UT.
El Licitante se reserva el derecho de indagar y solicitar mayor información sobre los datos relativos al cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos por el Proponente.
A fin del cumplimiento del presente apartado, se acompaña como Anexo 2, una declaración jurada mediante la cual el Proponente indicará el detalle de obras ejecutadas.
13.6.3 Nómina de subcontratistas
El Proponente podrá presentar un listado de subcontratistas especializados que se proponga subcontratar en el marco de la ejecución de la Obra, indicando los antecedentes de trabajos ejecutados de naturaleza similar a los que se propone que realicen.
En ningún caso se aceptará la subcontratación de un porcentaje superior al 30% de la Obra.
Asimismo, queda establecido que quien resulte subcontratista deberá cumplir obligatoriamente la Ley N° 13.505 de Compre Santafesino, su modificatoria ley 13.619 y el Decreto reglamentario N° 549/2019.
Todo subcontratista que pretenda ser incorporado a la Obra, deberá ser aprobado previamente por el representante del Comitente.
13.6.4 Antecedentes del Representante Técnico y del Jefe de Obra
El Contratista designará en calidad de Representante Técnico permanente en Obra, a un profesional con experiencia, de la especialidad de la Ingeniería, el que deberá ser previamente aceptado por el Comitente y deberán presentar el detalle en la forma que se indica en el Anexo 6.
El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el Contratista para recibir órdenes de la Inspección de Obra, notificarse de órdenes de servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al Contratista ante el Comitente.
El Representante Técnico deberá firmar la declaración mediante la cual compromete su participación en la Obra licitada conforme con las reglas del arte y el oficio.
La obligación de permanencia en Obra del Representante Técnico podrá ser transitoriamente delegada mediante la designación de Jefe de Obra, conforme con lo que establezca el presente, quien deberá ser previamente aceptado por el Comitente.
En caso de infracción a las obligaciones emergentes de este artículo en que incurriere el Contratista, lo hará pasible de las multas que prevé el presente Pliego.
En caso de reiteración de esta infracción, y si el Comitente lo juzga conveniente, el Contratista deberá proceder al inmediato reemplazo de su Representante Técnico, y proponer el sustituto, que deberá ser debidamente autorizado.
Los Oferentes deberán presentar los antecedentes (curriculum vitae) del Representante Técnico y del Jefe de Obra, quienes deberán poseer matrícula vigente en el Colegio Profesional de las jurisdicciones donde se ejecutará la Obra en caso de resultar Adjudicatarios, los cuales como requisito mínimo a cumplimentar es que hayan participado en posiciones similares en obras de igual o mayor magnitud a la que se licita, dentro de los últimos diez (10) años previos a la presentación de las Propuestas.
13.6.5 Detalle del Personal Especializado afectado a la obra
Los oferentes deberán presentar el detalle del personal propio especializado afectado a la obra, con sus respectivos currículum vitae y dentro de las siguientes categorías y en la forma que se indica en el Anexo 6 del presente:
-Representante Técnico
- Jefe de Obra
- Encargado de Personal
-Encargado de Higiene y Seguridad en el trabajo
13.6.6 Equipos a afectar a la obra
Los Oferentes deberán presentar el detalle del equipamiento a afectar a la Obra, indicando cuales serán propios y cuáles alquilados, cantidad, año, lugar de emplazamiento, marca, modelo y el tiempo de afectación de cada uno de ellos para la obra, etc.)
El Licitante se reserva el derecho de visitar los equipamientos, tanto de propiedad del Proponente como en alquiler a efectos de la evaluación de los mismos, con lo cual deberá indicarse el lugar en donde se encuentran.
Los tipos y cantidad de equipos que incorpore el contratista a la obra serán parte de la evaluación por parte del Licitante.
13.6.7 Listado de Materiales y marcas que el Oferente propone utilizar para la realización de los trabajos licitados.
13.6.8 Toda otra documentación técnica que se indique en la Memoria Descriptiva.
CAPÍTULO III.- DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO Nº 14: CONOCIMIENTO DE ANTECEDENTES Y LUGAR DE EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA. VISITA DE OBRA
Se deja expresamente aclarado que el solo hecho de presentarse a esta Licitación implica por parte del Oferente aceptar, en pleno conocimiento, el contenido de las cláusulas que componen el Pliego
Único de Bases y Condiciones (PUBCG), el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PByCP), el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, asimismo conocer la totalidad de los documentos que integran el Legajo para la presente Licitación y las condiciones en que se ejecutará la Obra, los precios de los materiales, mano de obra, impuestos y tasas vigentes, así como cualquier otro dato que pueda influir en los trabajos, en su costo, en su ritmo y en su duración. No se aceptarán reclamaciones provenientes o fundadas en hechos directamente relacionados con lo expuesto.
Además, crea presunción absoluta de que el Proponente y su Representante Técnico han estudiado la documentación completa xxx Xxxxxx, que han efectuado sus propios cómputos y cálculos de los costos de la totalidad de las obras y equipamiento involucrados y que se han basado en ellos para formular su Oferta. En ese sentido los datos suministrados por la Repartición, solo tendrán carácter ilustrativo y en ningún caso darán derecho a la contratista a reclamos si fueran incompletos o erróneos.
Quien concurre a la Licitación no podrá alegar en caso alguno, falta o deficiencia de conocimiento de la normativa aplicable, y el solo hecho de concurrir implica el perfecto conocimiento y comprensión de sus cláusulas, como asimismo de los lugares donde la obra debe ejecutarse, naturaleza de los terrenos, régimen de los cursos de agua de construcción, condiciones climáticas y otras condiciones locales. etc.
Quedan expresamente incluidos en el Monto de la Oferta los honorarios profesionales y otros reconocimientos de prestaciones laborales que este Pliego y la legislación vigente establezcan a cargo de la Contratista para la totalidad de los trabajos contratados.
ARTÍCULO Nº 15: FORMA DE COTIZAR
El precio unitario o de aplicación de cada uno de los ítem que conforman el presupuesto de obra, deberá incluir la provisión de todos los materiales, insumos, mano de obra, equipos, impuestos, imprevistos, trámites o permisos ante Reparticiones u Organismos Nacionales o Provinciales, cánones, etc., y toda otra tarea o gasto necesario para la correcta ejecución de la obra totalmente terminada de acuerdo con sus fines, aunque ellos no estén detallados o referidos en los documentos de la licitación.
ARTÍCULO Nº 16: PRECIOS UNITARIOS
El oferente deberá acompañar a la propuesta, como parte de la misma y en el mismo sobre, el análisis del coeficiente resumen que integra cada precio unitario de aplicación. A tal fin deberá ajustarse “obligatoriamente” a la metodología de cálculo que obra en el Anexo Nº 4. El precio unitario o de aplicación surge del producto entre el costo neto del ítem y el coeficiente resumen. Queda definitiva e innegablemente entendido que los precios unitarios o de aplicación, incluyen explícitos e implícitos todos los insumos y valores agregados necesarios para la ejecución total del ítem correspondiente, en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas generales y particulares del presente pliego, las reglas del arte consagradas para el buen construir, planos generales, detalles que se adjuntan.
ARTÍCULO Nº 17: PERMISOS PREVIOS
El Contratista tendrá presente que los permisos ante Reparticiones o Empresas Nacionales, Provinciales, Municipales o Comunales que afecten terrenos, estructuras, instalaciones, etc. ya existentes, serán gestionados por su cuenta y cargo, en nombre de la Empresa. Los gastos de su gestión incluyen: elaboración de toda la documentación conforme las exigencias del organismo concedente, honorarios de
Gestión y aprobación, aranceles y/o cánones y demás gastos inherentes y consecuentes del otorgamiento del permiso. Estas erogaciones se consideran incluidas en el Presupuesto de Oferta y no darán lugar a compensación extra de ninguna especie, pudiendo ser explicitadas como gastos directos dentro del costo neto del ítem involucrado.
ARTICULO Nº 18: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
LUGAR, FECHA y FORMALIDADES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deberán presentarse en:
Lugar: Mesa de Entradas de “Santa Fe Gas y Energías Renovables S.A.P.E.M.” (ENERFE). Dirección: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0, Xxxxx XX, XX: 0000 -Xxxxxx xx Xxxxx Xx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx, Xxxxxxxxx, los días hábiles de 8:00 a 16:00 hs a partir del día 15 de diciembre de 2022 en el horario de 8 a 15 horas y hasta las 11.00 hs del día 16 de diciembre de 2022.
Los Proponentes deberán cotizar la totalidad de la Obra según se indica en la Memoria Descriptiva y en la Planillas de Cotización, y no podrán resultar adjudicatarios parciales. Además, cabe aclarar que el Oferente no podrá, bajo ningún concepto, presentar variantes o alternativas a su Oferta.
18. 1 Formalidades de los sobres
Los sobres deberán cumplir con las formalidades establecidas en el PUBCG, y además con las que a continuación se puntualizan. Todo proponente presentará en el acto de apertura:
Sobre Nº 1: Índice. Presentación, Antecedentes y Propuesta Técnica Sobre Nº 2: Índice. Propuesta Económica
Las propuestas se presentarán en un sobre EXTERIOR cerrado y lacrado o de forma tal que no se pueda abrir sin su rotura. Dentro de este deben estar el sobre N° 1 y sobre N° 2.
En el sobre exterior se deberá consignar los datos relativos a la presente Licitación (número de licitación:15/22 y objeto "Licitación Pública, Obra: “PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE "), y la fecha y hora establecidas para la apertura. En los Sobres N° 1 y 2 (que estará dentro del Sobre Exterior) deberá incorporarse además, el nombre del Oferente.
18.2. Redactadas en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o errores que no hayan sido debidamente salvados. Se presentarán en original, foliadas, debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los Representantes legales y Técnicos de los Proponentes.
Toda la documentación presentada en fotocopia deberá ser legible y estar debidamente certificada por escribano público o autoridad competente y legalizada si correspondiere. Los documentos emitidos por autoridades extranjeras deberán presentarse legalizados por autoridad consular con su respectiva apostilla o el trámite de autenticación pertinente de acuerdo a la legislación argentina y convenios internacionales vigentes con el país de procedencia.
La documentación presentada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al español, realizada por traductor público matriculado, y certificada por el Colegio de Traductores respectivo. En caso de discrepancias entre la versión en idioma extranjero y su traducción al castellano, prevalecerá esta última.
18.3 Balances, documentos y asientos contables: Los balances, documentos y asientos contables deberán hallarse firmados en todas sus hojas por Contador Público matriculado en la jurisdicción que corresponda, y certificados por el Consejo Profesional de la jurisdicción de que se trate.
18.4 Cantidad de juegos: Los Oferentes deberán entregar toda la documentación requerida en un (1) juego original y un (1) juego completo en formato digital, los que se denominarán original y duplicado, conteniendo los archivos en formato pdf para los documentos, y en formato excel para las planillas de cálculos.
Las que se reciban después del día y hora fijados serán rechazadas y devueltas sin abrir con prescindencia de la fecha en la que fueron despachadas. El licitante no asume responsabilidad alguna, ni admitirá reclamos por la no apertura de dicha propuesta.
ARTÍCULO Nº 19: CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1
El Sobre Nº 1 deberá contener la información que a continuación se detalla, encarpetada separadamente de acuerdo a la siguiente clasificación y respetarse el orden indicado a continuación: (con índice)
A) Garantía de Mantenimiento de Oferta
B) Documentación relativa a la Capacidad Legal del Proponente
C) Declaraciones Juradas, Garantías y Certificaciones.
D) Antecedentes para determinar la Capacidad Técnica.
E) Antecedentes Económico-Financieros.
F) Propuesta Técnica
A) Garantía de Mantenimiento de Oferta
El Proponente deberá asegurar el mantenimiento de la Oferta que presenta, mediante la constitución de una garantía irrevocable a favor de ENERFE, equivalente al 1% del presupuesto oficial de la Obra detallado en el Artículo 2 de este Pliego.
La falta de presentación de la Garantía de Mantenimiento junto con la Oferta será causal de inadmisibilidad automática de la Oferta y se tendrá por no presentada, sin lugar a reclamo o recurso alguno.
1 Formas de constitución
La constitución de esta garantía deberá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
1.1 Mediante depósito de dinero efectuado en el Banco Nuevo Banco de Santa Fe, a nombre de SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVAB, Cuenta Corriente en pesos Nº 599- 103257/01, CBU 3300599515990103257015, Alias ENERFE, acreditándose el mismo con el correspondiente recibo sellado por el cajero o por transferencia electrónica realizada a dicha cuenta por el Oferente, acreditándose con copia certificada por Escribano Público del comprobante de transferencia y confirmación de la correcta recepción de la misma.
1.2 Fianza bancaria que cubra el valor exigido a primera demanda, conforme el artículo 1810 y sgs. del Código Civil y Comercial, en la que conste que la entidad bancaria propuesta, se constituye ante ENEFE en fiador, codeudor solidario liso, llano y principal pagador del Oferente, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos de los artículos 1584, 1590 y 1591 del Código Civil y Comercial. Deberán presentarse originales o copia con la respectiva certificación por escribano público y la correspondiente legalización en caso de tratarse de diferente jurisdicción de la Provincia de Santa Fe.
1.3 Póliza de seguro de caución, bajo las condiciones establecidas en el Decreto n° 411/69, por medio del cual la aseguradora asuma el carácter de fiador, codeudor solidario liso y llano y principal pagador, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, emitida a favor de ENERFE. Deberán presentarse originales o copia con la respectiva certificación por escribano público y la correspondiente legalización en caso de tratarse de diferente jurisdicción a la Provincia de Santa Fe. La póliza deberá tener las condiciones generales para "pólizas de seguros de caución en garantía de mantenimiento de oferta" establecidas en la Resolución nº 17.047/82 de la Superintendencia de Seguros de la Nación. La caución deberá ser emitida por una compañía nacional aprobada por la mencionada Superintendencia, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 20.091 y en la Resolución SSN Nº 21.523/92.
En los casos indicados en los apartados 1.2 y 1.3, deberá dejarse constancia de que la fianza o seguro caución se constituyen hasta tanto se den por finalizadas todas las obligaciones asumidas por el Proponente dentro del procedimiento licitatorio, incluyendo todas las relacionadas a la etapa de ejecución del Contrato en caso de resultar Adjudicatario, así como también deberá dejarse expresa constancia del número de licitación y el nombre del Licitante.
1.4 No se aceptarán pagarés, cheques, letras de cambio, facturas, títulos de deuda públicos o privados, acciones, fideicomisos, depósitos a plazo fijo, fondos comunes de inversión, ni ningún otro
título que no esté expresamente indicado en el presente Xxxxxx como instrumento aceptable como garantía de mantenimiento de Oferta.
2 Vigencia
La Garantía de Mantenimiento de la Oferta tendrá validez por un plazo de noventa días (90) días corridos desde la presentación de la Oferta y, en su caso, de su prórroga por períodos de TREINTA
(30) días. Esta disposición será aplicable también en el caso que se prorrogue el período de validez de la Oferta. Siempre que la Oferta sea prorrogada, ya sea en forma expresa o tácita, se entenderá que la Garantía de Mantenimiento que la acompaña ha sido también ampliada en su validez, debiendo acompañar el Oferente, antes del vencimiento original de la Oferta, la respectiva conformidad del fiador o asegurador en caso de tratarse de fianza bancaria o póliza de seguro caución.
3 Pérdida
La Garantía de Mantenimiento de Oferta se perderá, sin perjuicio de las demás causales que se indiquen en otras cláusulas de este Pliego, en los siguientes casos:
3.1 Si un Oferente:
3.1.1 Retira su oferta durante el período de Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
3.1.2 Falsea la información consignada en la Oferta con carácter de declaración jurada.
3.1.3 No subsana los defectos formales, una vez intimado por ENERFE, dentro del término que a tal efecto se le fije.
3.2 Si el Adjudicatario:
3.2.1 No firma el Contrato, de acuerdo a lo estipulado en este Xxxxxx;
3.2.2 No suministra la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto por este Xxxxxx.
B) Documentación relativa a la Capacidad Legal del Oferente
El Oferente deberá acompañar toda la documentación tendiente a acreditar su capacidad como persona física o jurídica. A tal efecto, presentará los documentos y consignará los datos institucionales que se enuncian a continuación:
B.1 Nombre, denominación o razón social.
B.2 En las Ofertas se consignarán los domicilios real y legal de los Oferentes, siendo requisito indispensable que se fije domicilio especial dentro del radio de la Ciudad de Santa Fe, a los fines previstos en el Artículo 8 de este Pliego, como así también la constitución de un domicilio electrónico indicando un correo electrónico específico para esta Licitación.
B.3 Copias certificadas por Escribano Público, y en su caso legalizadas por el Colegio de Escribanos correspondiente, del Acto Constitutivo de la Sociedad y/o Contrato Social y de sus modificatorias, últimas actas de designación de Autoridades y de distribución de cargos, con su correspondiente inscripción ante el Registro Público respectivo. Las sociedades extranjeras que se presenten a la licitación deberán acompañar la documentación correspondiente a su constitución con arreglo al artículo 118 de la Ley N°19.550 y, en su caso, la presentación efectuada ante la Inspección General de Justicia y Registro Público de Comercio que corresponda.
B.4 Los representantes legales o apoderados de los proponentes deberán acreditar su calidad de tales, mediante la presentación de la documentación societaria pertinente o del poder original o su copia certificada y debidamente legalizada en caso de corresponder. Deberán tener facultades suficientes para obligar a sus representadas al cumplimiento de todas las obligaciones que se establecen en el marco de esta Licitación.
B.5 Constancia de inscripción como contribuyente o responsable de los impuestos o regímenes que se encuentran a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, de acuerdo con lo dispuesto en la correspondiente Resolución General AFIP, firmada en original o constancia de solicitud de la misma. Dicha constancia podrá ser obtenida del sitio xxx.xxxx.xxx.xx.
B.6 CONFORMACIÓN DE UT: si se presentaran dos o más empresas asociadas transitoriamente para la licitación pública, las mismas adjuntarán, junto con los documentos para la evaluación, una copia del Compromiso Constitutivo de la Asociación, bajo declaración jurada y ante Escribano Público manifestando que, a todos los efectos de la licitación, cada empresa es solidaria con la/s otra/s frente al comitente, por todas las responsabilidades que puedan surgir por el incumplimiento y sus consecuencias.
• Sólo se admitirán modificaciones al Contrato de Asociación cuando existan razones fundadas y aceptadas por ENERFE.
• Toda la documentación que presente para evaluación de antecedentes deberá ser realizada por cada integrante de la Asociación de Empresas.
• Una de las empresas será la mandataria de la/s otra/s, la cual deberá acreditar como mínimo el 51% de participación.
• Las empresas participantes serán responsables solidarias y mancomunadamente del cumplimiento del contrato que suscriban con ENERFE, y no habrá porcentajes de participación menores al 20%.
• La empresa mandataria podrá contraer obligaciones, recibir instrucciones y pagos en nombre de la Asociación y de cada una de sus integrantes. La relación entre ENERFE y la UT, si no se establece otra cosa en el Contrato de Asociación, se formalizará a través de la mandataria.
C) Declaraciones Juradas, Garantías y Certificaciones
C.1 Certificado de Cumplimiento Fiscal ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
C.2 Constancia de inscripción en el Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe.
C.3 Declaración jurada de aceptación de competencia judicial (Anexo 8).
C.4 Declaración jurada de juicios con el Estado Nacional, Provincial y Municipal, sus Organismos descentralizadas y/o con ENERFE, ya sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito e individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría, entidad demandada y estado procesal (Anexo 9).
C.5 Declaración jurada de que no poseen deudas exigibles por ningún concepto con el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y/u Organismos descentralizados ni con ENERFE.
C.6 Declaración Jurada de cumplimiento de la Ley N° 13.505 de Compre Santafesino (Anexo 3).
C.7 Declaración de Visita de Obra y conocimiento del lugar: conforme lo dispuesto en el Art. 11 del presente Pliego. (Anexo 2)
D) Antecedentes para determinar la Capacidad Técnica
D.1 Cada Oferente deberá acompañar una declaración jurada en la que indique los contratos y órdenes de compra de obras de envergadura similares a la que se licita, en los que ha resultado adjudicatario y/o contratista, incluyendo localización, una breve descripción del objeto de contratación, información del cliente, tipo de obra, cantidades provistas, fecha de inicio, y de finalización y monto de cada contrato. ENERFE se reserva el derecho de solicitar la documentación tendiente a demostrar la información consignada en la declaración jurada y/o el desempeño del oferente en dichos contratos. En caso de que los Oferentes hayan participado de obras donde el comitente haya sido el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, ya sea en forma directa y/o a través de empresas de control estatal, ya sea directa mente o en UT ó como subcontratista, deberá incluir, además de otros contratos u órdenes de compras, éstos antecedentes dentro de la declaración jurada. Conforme artículo 13.6.2. y Anexo 5.
D.2 Copias certificadas de los certificados de ejecución de los contratos y órdenes de compra mencionados en el punto precedente. También se deberá indicar claramente los datos de contacto de los comitentes de las obras que el Oferente presente.
D.3 Procedimientos de calidad y Manuales de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional, y Manual de Respuesta ante Emergencias de acuerdo a la reglamentación vigente.
D.4 Designación del profesional que actuará en carácter de Representante Técnico y del Jefe de Obra, con la conformidad de dichos profesionales respecto de la designación, matriculación en el Colegio Profesional de la Provincia de Santa Fe respectivo y su Currículum Vitae.
D.5 Información relativa a la idoneidad de planteles humanos, materiales, medios económicos y técnicos, que permitan verificar que el Oferente se encuentra en condiciones de cumplimentar las obligaciones emergentes del presente pliego.
D.6 Los Oferentes deberán acompañar a su Oferta la documentación requerida en el presente Legajo de Licitación y toda la documentación que consideren pertinente tendiente a posibilitar la evaluación técnica de la Propuesta.
E) Antecedentes Económicos-Financieros
E.1 Últimos tres (3) balances de cierre de ejercicio suscriptos por Contador Público y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Cuando la fecha de cierre del último ejercicio del último balance sea igual o mayor a seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse un estado de situación patrimonial correspondiente al período comprendido entre la fecha del último balance aprobado y el 31 de octubre de 2022.
E.2 Certificado de Capacidad de Contratación Anual extendido por el Registro Provincial de Licitadores de Obras Públicas, en la sección que corresponda y vigente a la fecha de la apertura de las propuestas.
F) Propuesta Técnica
F.1 Memoria Descriptiva de toda la Obra, conforme artículo 13.6.1.
F.2 Plan de Trabajo de acuerdo a lo indicado en el Anexo 6, que demuestre el avance físico porcentual esperado de la Obra, dividido en etapas o fases. Dicho plan deberá tener la apertura de ítems conforme se indique en la Planilla de Cotización. Este Plan de Trabajos deberá ser del tipo Diagrama xx Xxxxx y se confeccionará con el programa Microsoft Project 2010 (o posterior) o software similar además deberá ser presentado impreso en papel.
F.3 Nómina de Subcontratistas que se afectará a la a la Obra, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.6.3.
F.4 Detalle del Personal Especializado afectado a la Obra a ofertar con sus respectivos currículums vitae, conforme lo dispuesto en el artículo 13.6.5.
F.5 El proponente deberá presentar declaración jurada de conformidad con el: PROTOCOLO DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, elaborado por la Cámara Argentina de la Construcción, a partir del acuerdo nacional xx XXXXXXX y el gremio UOCRA al respecto, y respetando los criterios establecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe y de la Resolución número 41/2020 de dicho ministerio.
F.6 Listado de Equipos que el Oferente propone utilizar para la realización de los trabajos licitados en el presente Xxxxxx, según la metodología de trabajo indicada en su Memoria Descriptiva. Deberá indicar si los equipos son propios o alquilados, presentando la documentación que avale el compromiso del alquiler y las revisiones técnicas exigibles para su uso, conforme artículo 13.6.6.
F.7 Listado de Materiales y marcas que el Oferente propone utilizar para la realización de los trabajos licitados conforme artículo 13.6.7.
F.8 El Oferente debe tener probada experiencia en proyectos con sistemas de gestión de la calidad.
G. LEGAJO DE OBRA cargado en el Portal Web de ENERFE al que refiere el art. 9 del presente, visado por el proponente y el Representante Técnico. Dicha presentación podrá efectuarse en formato digital, acompañado al efecto Declaración Jurada, suscripta por los mencionados, de conocer los términos, condiciones y alcances exigidos en el Legajo de Obra.
H. Toda otra documentación técnica que se indique en la Memoria Descriptiva o el Pliego Técnico.
ARTÍCULO 20.- CONTENIDO DEL SOBRE N° 2
Sobre Nº 2 – OFERTA ECONÓMICA
El Sobre propuesta económica debidamente cerrado, deberá estar dentro del SOBRE EXTERNO, conforme lo indicado en el Artículo 19. Dicha Oferta Económica, deberá estar debidamente volcada en el Formulario que se indica como Anexo 1.
El precio global ofertado se mantendrá durante todo el Contrato para el caso de ser Adjudicatario, no pudiendo ser modificados, ni variados bajo ninguna circunstancia. ENERFE no reconocerá ningún adicional o gastos por cualquier concepto que no esté especificado en la Oferta. Los precios serán cotizados en Pesos Argentinos y a todos los efectos serán considerados fijos e inamovibles, sin perjuicio de lo dispuesto respecto de la redeterminación de precios.
Asimismo, se deberá presentar la Planilla de Cotización prevista en el Anexo 4. Además, deberá acompañar el Plan de Certificación propuesto, de acuerdo con el presente Xxxxxx, que deberá estar alineado con el Plan de Trabajo mencionado. El precio de la Oferta Económica deberá desagregarse de acuerdo a lo establecido en la ley 12.046 y su decreto reglamentario.
El Proponente deberá presentar la siguiente documentación económica:
20.1. Oferta Económica
Deberá contener la Oferta Económica correspondiente, por el monto total incluyendo el IVA, conforme Anexo 1.
El Proponente expresará su Oferta en números y letras respecto de los precios del total cotizado.
A los efectos del IVA, el Comitente será considerado Responsable Inscripto y el Contratista deberá presentar facturas tipo "A".
20.2. Planilla de Cotización
El Proponente deberá cotizar los precios unitarios y el precio total de la Obra conforme a la Planilla de Cotización de precios que figura como Anexo 4. Los Montos deberán estar expresados en PESOS ARGENTINOS (AR$).
Todos los precios deberán expresarse con hasta DOS (2) decimales.
En caso de discrepancia entre el monto establecido en letras y en números, prevalecerá lo expresado en letras.
En caso de errores en la sumatoria de los precios unitarios, se tomará como válido el precio total cotizado, el que deberá además indicarse en números y en letras. En tal caso, y a los efectos de la posterior certificación y pago, ENERFE podrá solicitar la adecuación de los precios unitarios al precio total cotizado. Todo error de cotización que no sea inmaterial, denunciado por el Oferente antes de la Adjudicación, producirá automáticamente la desestimación de la Oferta, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
En los casos en que la contratación, a juicio del Oferente, no estuviera gravada por el IVA, o el Oferente estuviera exento de tributarlo, deberá indicarlo expresamente, haciendo mención de la normativa o resolución que lo establezca. En el caso de resultar Adjudicatario un Oferente que haya cotizado sin IVA, por considerar que la contratación no está alcanzada por el gravamen, ENERFE no reconocerá bajo ningún concepto dicho impuesto con posterioridad.
La información deberá ser proporcionada en formato Excel.
20.3. Plan de Certificación y Curva de Inversión
El Proponente deberá presentar el plan de certificación y curva de inversión según la Planilla de Cotización en porcentuales y PESOS ARGENTINOS (AR$). Dicho plan de certificación deberá indicar con precisión el monto o porcentaje total de la Obra a certificar para cada mes del Contrato.
ARTÍCULO Nº 21: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes están obligados a mantener sus Ofertas por el término de noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha de su presentación. La obligación de mantenimiento de la Oferta se renovará en forma automática y consecutiva por períodos de TREINTA (30) días corridos, contados desde el primer vencimiento. No obstante ello, el Oferente podrá manifestar en forma expresa, por escrito, hasta cinco (5) días corridos antes del vencimiento de cada período de TREINTA (30) días, su voluntad de no prorrogar la Oferta, sin que ello genere la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO 22.- ERRORES EN LA COTIZACIÓN
En caso de errores en la sumatoria de los precios unitarios, se tomará como válido el precio total cotizado, el que deberá además indicarse en números y en letras. En tal caso, y a los efectos de la posterior certificación y pago, ENERFE podrá solicitar la adecuación de los precios unitarios al precio total cotizado. Todo error de cotización que no sea inmaterial, denunciado por el Oferente antes de la Adjudicación, producirá automáticamente la desestimación de la Oferta, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
En los casos en que la contratación, a juicio del Oferente, no estuviera gravada por el IVA, o el Oferente estuviera exento de tributarlo, deberá indicarlo expresamente, haciendo mención de la normativa o resolución que lo establezca. En el caso de resultar Adjudicatario un Oferente que haya cotizado sin IVA, por considerar que la contratación no está alcanzada por el gravamen, ENERFE no reconocerá bajo ningún concepto dicho impuesto con posterioridad.
ARTÍCULO Nº 23: APERTURA DE LOS SOBRES
El acto de apertura de los Sobre Nº 1 y N° 2 será realizado en fecha 16 de diciembre de 2022 a las 12 horas, en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx000, xxxxxx xx Xxxxx Xx, xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx.
En dicha oportunidad se labrará un acta ante Escribano Público donde se consignarán los siguientes datos: A) nombre y/o denominación social de los Oferentes, B) el monto y la forma de constitución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, C) Oferta económica.
ARTÍCULO Nº 24: VISTA Y OBSERVACIONES AL CONTENIDO DELOS SOBRES
Durante un (1) día hábil posterior al acto de apertura de las Ofertas los Oferentes podrán tomar vista del contenido de la Propuesta de los demás Oferentes, y tendrán un (1) día hábil para impugnar cualquiera de las restantes. Dicho plazo es improrrogable.
La vista de las actuaciones podrá ser solicitada únicamente por los Oferentes que hayan presentado Ofertas, en las oficinas de ENERFE, sitas en X. Xxxxxxx Xx000, Xxxx0x, Xxxxxx xx Xxxxx Xx, Xxxxxxxxx
de Santa Fe, CP (3000), República Argentina, de 12.00 a 16.00 horas. No se aceptarán consultas ni pedidos de vista telefónicos o por correo electrónico. No serán contestadas aquellas vistas que se presenten fuera de término.
Los Oferentes podrán impugnar el acto o cualquiera de las propuestas, dentro del término señalado; en todos los casos, las impugnaciones deberán ser presentadas por escrito y fundadas. Serán resueltas, sin más trámite, por ENERFE en la Resolución de Adjudicación.
Vencido dicho plazo de vista y de observaciones, comenzará el período de Evaluación de las Ofertas, durante el cual el Legajo de Licitación permanecerá reservado a disposición de la Comisión de Evaluación (CEPA) conformada al efecto, hasta que se emita el dictamen respectivo.
ARTÍCULO Nº 25: GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
Junto con el escrito de impugnación, y como requisito esencial para su consideración, deberá constituirse una garantía de impugnación a favor de “SANTA FE GAS Y ENERGÍAS RENOVABLES S.A.P.E.M.”, equivalente al CINCO POR MIL (5/000) del precio de la Oferta. La garantía podrá ser constituida en cualquiera de las modalidades previstas en el ARTICULO 20.A) GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. La garantía se constituirá será por tiempo indeterminado, será irrevocable, y se perderá de pleno derecho sin necesidad de trámite algún, en caso de que la impugnación sea rechazada. En caso de que resulte procedente, se reintegrará el importe de dicha garantía dentro de los CINCO (5) días posteriores al acto de Adjudicación.
ARTÍCULO Nº 26: EFECTOS
Las impugnaciones presentadas no implicarán, en ningún caso, la suspensión o interrupción del trámite de la Licitación.
ARTICULO 27.- PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DEL SOBRE N° 1
La CEPA procederá a examinar las Ofertas y podrá requerir de los Oferentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales no esenciales que considere necesarias, quienes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo que a tal efecto se les fije. La CEPA procederá al estudio de cada una de las Ofertas y descartará las que por deficiencias insubsanables no permitan su comparación en condiciones de igualdad, o no hayan cumplido con todos los requisitos formales requeridos para su presentación.
ARTICULO 28.- ANTECEDENTES MÍNIMOS, CAPACIDAD ECONÓMICO- FINANCIEROS
Los antecedentes Económicos–Financieros se calificarán sobre la base de la información proporcionada por los Oferentes en cumplimiento de lo solicitado en los Pliegos y de aquella información complementaria o ampliatoria que la CEPA obtenga como consecuencia de las inspecciones, verificaciones y toda otra diligencia llevada a cabo durante la etapa de evaluación de las propuestas.
Para los índices especificados en el Cuadro 1- Indicadores Económico-Financieros que a continuación se indica, los Oferentes deberán cumplir con el valor establecido para cada uno de ellos.
El valor de cada índice del oferente se calculará como el promedio simple del valor del índice obtenido en cada uno de los tres (3) últimos Balances de cierre de ejercicio presentados de conformidad con lo especificado en el Artículo 18, ítem E.1, Antecedentes Económicos Financieros, de este Pliego.
En el caso de que el Oferente sea una Unión Transitoria (UT), se considerará el valor del índice del oferente en su conjunto calculado de la siguiente forma:
IUT= ([IEMPRESA 1 x P1] + [IEMPRESA 2 x P2] +…+ [IEMPRESA nxPn])
Donde: (IEMPRESA 1…n = Valor del Índice correspondiente a cada una de las empresas que conforman la UT.
Se calculará promediando los Índices que surjan de los últimos TRES (3) balances.
P1…n = Representa la participación porcentual de cada uno de los miembros de la UT. IUT = Es el valor del indicador obtenido para la UT. Cuadro 1 – Indicadores Económicos Financieros
Se considerará que los Proponentes han acreditado capacidad económico-financiera suficiente si, cumpliendo en forma excluyente los índices de Solvencia y Liquidez Corriente, el resultado del análisis de los índices promedio de los TRES (3) últimos ejercicios, arroja valores admisibles en por lo menos TRES (3) de los CINCO (5) indicadores a saber:
B | Índice | Composición | Valor |
B1 | Rentabilidad sobre el Patrimonio Neto | Utilidad Neta/Patrimonio Neto | Mayor a 2% |
B2 | Liquidez Corriente | Activo Corriente / Pasivo Corriente | Mayor o igual que 1,15 |
B3 | Liquidez Inmediata | Caja y Bancos / Pasivo Corriente | Mayor o igual que 0,1 |
B4 | Solvencia | Activo Total/Pasivo Total | Mayor o igual que 1,3 |
B5 | Endeudamiento | Pasivo total/Patrimonio Neto | Menor o igual que 1,5 |
De no reunir los requisitos mínimos, la Oferta será considerada como inadmisible y descalificada automáticamente.
ARTICULO 29: ANTECEDENTES MÍNIMOS, CAPACIDAD TÉCNICA
Cada Oferente deberá presentarse documentación que acredite la construcción de por lo menos una planta o similar de la envergadura de la solicitada, en los últimos cinco (5) años.
Asimismo, deberán presentar documentación que acredite la ejecución de mejorado xx xxxxx conforme se requiere en la presente Licitación.
ARTICULO 30: EVALUACIÓN DEL RESTO DE LOS ANTECEDENTES REQUERIDOS Y DE LA PROPUESTA TECNICA
La CEPA analizará el resto de los antecedentes presentados a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este Pliego, así como la adecuación de la Propuesta Técnica propiamente dicha al objeto del llamado y demás documentación licitatoria.
ARTÍCULO 31: CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL SOBRE N°2.
El parámetro de evaluación del Sobre Nº 2 radicará en la conveniencia económica de las Ofertas teniendo en cuenta el precio total ofertado por cada Oferente.
Una vez concluida la etapa de evaluación del contenido de los Sobres de cada Oferente, la CEPA emitirá el Dictamen de Evaluación que elevará al Directorio.
ARTICULO 32.- DESEMPATE DE OFERTAS
En caso de igualdad de precios, la CEPA podrá solicitar a los respectivos Oferentes que, por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. Las nuevas propuestas de precios que en su consecuencia se presenten, serán recibidas y abiertas en la misma forma prevista para la apertura de Sobres.
Se considerará la existencia de igualdad de precios cuando entre las mejores Ofertas exista una diferencia inferior al UNO POR CIENTO (1%), respecto de la más económica. El silencio por parte del Oferente invitado a mejorar se considerará como que mantiene su Oferta original sin mejora.
De subsistir la igualdad de precios después de la mejora, se procederá a la realización de un sorteo público de las Ofertas que correspondan. Para ello, se fijará día, hora y lugar y se notificará por medio fehaciente a los Oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y el Escribano Público presente labrará el acta correspondiente.
CAPÍTULO IV.- ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO ARTÍCULO 33.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
ENERFE emitirá la Resolución de Adjudicación dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes, la que será publicada en la página oficial de ENERFE xxx.xxxxxx.xxx.xx y en xxx.xxxxxxx.xxx.xx y se notificará a los Oferentes a sus respectivos correos electrónicos denunciados. En el mismo acto, ENERFE resolverá las observaciones o impugnaciones que hubieren presentado los Oferentes.
La adjudicación recaerá en la Propuesta más conveniente, entendiendo como tal la que haya cumplido con los requerimientos establecidos en la Documentación Licitatoria y bajo los parámetros de evaluación dispuestos en el presente Xxxxxx, haya sido la que tuviera el mejor precio total ofertado. Asimismo, la aprobación y adjudicación se realizará conforme las previsiones del Reglamento de Contrataciones de ENERFE VI.
ENERFE se reserva la facultad de adjudicar aun cuando se haya presentado una sola Propuesta, de adjudicar o no a la propuesta más económica, como también y en caso de no estimar convenientes
ninguna de las Ofertas presentadas, rechazar todas las Propuestas; todo ello sin que derecho a reclamación alguna por parte de los Oferentes.
En el mismo acto en que disponga la adjudicación (Resolución de Adjudicación), se ordenará la restitución de las Garantías de Mantenimiento de Oferta a quienes no hubiesen resultado adjudicatarios. A tal efecto, los Oferentes o sus apoderados, una vez notificados del acto, deberán concurrir a las oficinas de ENERFE, en Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxx 0x, Xxxxxx xx Xxxxx Xx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, de9.00 a 15.00 horas. Las garantías solamente serán entregadas al Proponente o a su Representante Legal, o bien a persona debidamente autorizada por éstos.
La interposición de impugnaciones contra la Resolución de Adjudicación de ENERFE no implicará en ningún caso la suspensión, interrupción y/o cancelación del trámite de la Licitación.
ARTÍCULO 34.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El Licitante podrá dejar sin efecto la presente Licitación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los Proponentes.
ARTÍCULO 35.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El Contrato quedará perfeccionado con su firma, previa constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato prevista en el Artículo siguiente, en los términos y las condiciones establecidas en el presente Pliego.
Si el Adjudicatario no concurriere a firmar el Contrato dentro de los CINCO (5) días hábiles de haber sido convocado para su suscripción, la Adjudicación podrá ser dejada sin efecto, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, y se adjudicará al siguiente Oferente en el orden de mérito.
Serán por cuenta del Adjudicatario el pago de los impuestos, tasas u otros gastos que exigieren las normas municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de sellado del Contrato.
ARTÍCULO 36.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El Proponente que resulte Adjudicatario en la presente Licitación deberá constituir una Garantía de Cumplimiento del Contrato, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del Contrato, en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 20.A) del presente Xxxxxx.
La garantía deberá mantenerse vigente hasta el total cumplimiento de las obligaciones contractuales. Si el Adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento del Contrato dentro del plazo de CINCO
(5) días hábiles de haber sido convocado para la suscripción del Contrato, o lo hiciera en forma defectuosa o insuficiente, el Licitante podrá dejar sin efecto la Adjudicación, en cuyo caso el Contratista perderá la Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
En todos los casos, la eventual ejecución de la Garantía lo será sin perjuicio de la responsabilidad total por los daños y perjuicios que el Contratista haya causado.
La Garantía de Anticipo constituida le será devuelta al Contratista una vez reintegrado el total del monto adelantado en concepto de anticipo, dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibido el pedido escrito y expreso de su parte.
CAPÍTULO V.- DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
ARTICULO 37: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante de todo contrato que se celebre para la ejecución de obras, los siguientes documentos:
1. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
2. El presente Pliego.
3. El Pliego de Especificaciones Técnicas particulares, Memoria Descriptiva y Planos anexos.
4. La propuesta
5. El acto de adjudicación.
6. Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias de los documentos de licitación, que ENERFE hubiera hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.
ARTICULO 38: DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS DEL CONTRATO
Se considera documentación complementaria a la siguiente:
1.- Las Actas que las partes suscriban a los fines de la ejecución del contrato. 2.- Las Órdenes de Servicio.
3.- Las Notas de Pedido.
4.- El Plan de Trabajos y los Planes de Inversiones y de Acopios cuando fueren presentados y aprobados por la Inspección de Obra.
5.- Los planos complementarios que ENERFE entregue durante la ejecución de la obra y los preparados por el Contratista que fueran aprobados por ENERFE.
6.- Alteraciones de las condiciones de contrato debidamente autorizadas.
ARTICULO 39: TRANSFERENCIAS DEL CONTRATO
Firmado el contrato, el Contratista no podrá transferirlo ni cederlo en todo o en parte a otra persona o entidad, ni asociarse para su cumplimiento. Ello podrá autorizarse excepcionalmente y en casos plenamente justificados, siempre que el nuevo contratista reúna por lo menos iguales condiciones y solvencia técnica, financiera y moral.
ARTICULO 40: SUB-CONTRATOS
El contratista no podrá ceder o subcontratar total o parcialmente la contratación o la obra y sólo podrá hacerlo, previa autorización escrita de ENERFE, aplicándose el PUBCG Capítulo V- apartado 16.
ARTICULO 41: INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS
ENERFE ejercerá la inspección, vigilancia y contralor de los trabajos por intermedio del personal que designe al efecto y que dentro de la jerarquía y en la forma que se establezca, constituirá la Inspección de Obras.
ARTICULO 42: DE LA INSPECCIÓN DE OBRA.
42.1 ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN
La Inspección tiene a su cargo el control y vigilancia de todo lo relativo al desarrollo de los trabajos y en todo momento libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista, para revisar la documentación pertinente, materiales acopiados y trabajos realizados o en ejecución, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones del contrato, caso contrario, efectuará las observaciones e impartirá instrucciones, las que deben ser acatadas por el Contratista.
Desde el inicio y durante el desarrollo de la obra, ENERFE tendrá pleno derecho de realizar las inspecciones que considere necesarias con el propósito de verificar la correcta ejecución de los trabajos y la calidad de los materiales.
El proveedor deberá entregar para aprobación de ENERFE toda la documentación que se indica en el PET.
Será coordinada una reunión de lanzamiento, con el objeto de establecer todos los lineamientos relacionados con la inspección de la Obra, dicha reunión será establecida por el Comitente.
La ejecución del Contrato se realizará bajo la inspección del Personal Técnico designado al efecto por ENERFE, el que se denominará en este Pliego como “Inspección de Obra”.
42.2. FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
Sin que el siguiente listado sea taxativo ni limitativo, y de lo previsto en el PET, la Inspección de Obra tendrá las siguientes funciones:
a) Seguimiento y aprobación del proceso de fabricación de equipos y materiales a proveer por el Contratista y/o del Comitente, y aprobación de los ensayos de recepción de los mismos.
b) Realizar las inspecciones, y en conformidad con el Comitente, el visado del cronograma de entrega, curva de inversiones, etc., necesarios para emitir los certificados de avance descriptos en el presente Pliego.
c) Verificación de cumplimiento de los procedimientos para la trazabilidad de la perfilería, máquinas y equipos críticos, desde su fabricación hasta su completa ejecución.
d) Verificar que los trabajos en la Obra cumplan con los requisitos de los Pliegos, determinando a tal fin si las mismas se ajustan o no a la calidad especificada. Detectar los posibles desvíos de la Obra y, en consecuencia, deberá aprobar o rechazar las entregas estipuladas en el cronograma.
e) Inspeccionar en cualquier momento las tareas, y efectuar aquellas verificaciones que crea conveniente a los efectos de asegurar el fiel cumplimiento de los pliegos y la documentación aprobada.
f) Resolver todas las cuestiones técnicas, calidad de los materiales, marcha de los trabajos y correcta ejecución de los mismos;
g) Ordenar rehacer, a costo del Contratista, todo trabajo que a su juicio se halle mal ejecutado.
h) Establecer las condiciones mínimas para recepcionar las entregas, rechazando lo que no se ajuste al PET y a toda aquella documentación que haya sido aprobada.
i) Controlar el cumplimiento de normas medioambientales, de seguridad e higiene, y otras obligaciones a cargo del Contratista.
j) Verificar la documentación técnica emitida por el Contratista, desde la ingeniería de detalle para construcción de los trabajos, como así también los planos conforme a Obra.
k) Verificar y eventualmente aprobar en conformidad con el Comitente todo desvío de los trabajos a ejecutar.
l) Aprobar las Actas de Medición emitidas por el Contratista
m) Emitir los certificados de Recepción Provisoria, previo a la suscripción del Acta respectiva por el Comitente.
n) Emitir los certificados de Recepción Definitiva, previo a la suscripción del Acta respectiva por el Comitente.
ñ) Seguimiento de los Partes Diarios de las tareas con indicación de personal involucrado, especificando función de los mismos y equipos utilizados
o) Seguimiento de los seguros de Contratistas y eventuales Subcontratistas, en un todo de acuerdo a lo exigido en la Documentación Licitatoria.
p) Seguimiento y acción de corresponder, sobre las gestiones de los Contratistas para obtención de permisos para derechos de acceso y paso para la construcción, servidumbres, mensuras, catastro, registros, cruces especiales, base de datos de Propietarios o Superficiarios de los predios afectados a la traza.
q) Y todo aquello expresado en el presente Xxxxxx y el PET.
Durante la ejecución del Contrato, el Contratista deberá facilitar la actuación de la Inspección de Obra y toda la documentación técnica que requiera la misma para lograr su cometido.
42.3 DESIGNACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE OBRA.
El Comitente comunicará por escrito al Contratista los nombres de las personas encargadas de la Inspección de Obra, aclarando la función a desempeñar por cada una de ellas a través del Libro de Órdenes de Servicio.
42.4 DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
La Inspección tendrá a su cargo la dirección de los trabajos, pudiendo variar el orden en que deben ejecutarse las obras, cuando las circunstancias, a juicio de ella, requiera modificar el Plan de Trabajos presentado por el Contratista.
Cuando el Contratista dejara de cumplir con alguna orden de la Inspección y no manifestara expresamente su divergencia con la misma, el Inspector podrá proceder a la paralización de la obra,
comunicando de inmediato la novedad a ENERFE, a los fines que hubiere lugar. El tiempo de paralización no se descontará de plazo previsto para la ejecución de la obra.
42.5 COMODIDADES PARA EL COMITENTE Y LA INSPECCIÓN DE LA OBRA
Gastos de Funcionamiento: La contratista deberá prever en los Gastos Generales de su cotización, los costos derivados del funcionamiento xxx Xxxxxxx, con relación a la actuación de la Inspección de la Obra, durante el plazo de ejecución de los trabajos.
Para la Obra y dentro de las instalaciones xxx xxxxxxx, la Contratista deberá disponer, un espacio en oficina (climatizado frío/calor) con un (1) escritorio, una (1) silla y un mueble para guardar documentación. Conexión Wifi
- Una (1) impresora
Deberá prever el abastecimiento de papelería y artículos de oficina para el personal de la Inspección de Obra y el Comitente que ocupe este espacio, incluyendo cartuchos de tóner para las impresora y copiadora.
Las instalaciones y todos los elementos son de propiedad del Contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y conservación de las instalaciones hasta la Recepción Provisoria, salvo que en la misma se hagan observaciones de tareas pendientes a ejecutar, con lo cual la limpieza, conservación y mantenimiento se mantendrá hasta tanto las mismas estén resueltas.
El Contratista proveerá, a su exclusiva cuenta, un botiquín con material sanitario mínimo para satisfacer las necesidades de una emergencia sanitaria, de acuerdo con las especificaciones requeridas por los organismos de la salud pública con competencia en la materia.
La Contratista facilitará a la Inspección de Obra, mientras dure la obra y hasta la Recepción Definitiva, todo el instrumental necesario para el replanteo, mediciones de obra y verificaciones y/o pruebas estructurales, hidráulicas o las que ésta estime necesario realizar.
ARTICULO 43: CONDICIONES EXIGIDAS PARA EL DIRECTOR/A TÉCNICO/A DE LA EMPRESA, EL REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA EMPRESA EN OBRA Y EL O LA RESPONSABLE DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
43.1. Condiciones exigidas para él o la Representante Técnico/a en Obra.
a) Tener la matrícula habilitante, expedida por el Colegio Profesional respectivo.
b) Poseer antecedentes en el desempeño como Representante Técnico en obras similares a la que se licita, de acuerdo a lo especificado en el presente pliego.
c) El cumplimiento de lo exigido en los incisos a) y b) deberá efectuarse proporcionando datos y antecedentes, que bajo declaración jurada se entregarán en planilla indicada en el Anexo Nº 7 y resultará a plena satisfacción de ENERFE. En el caso de considerar que el o la profesional propuesto no reúna las condiciones necesarias para esta obra se podrá
solicitar el reemplazo del mismo. El Contratista o su Representante Técnico, tiene la obligación de permanecer en las obras durante todas las horas de trabajo, para recibir, atender y hacer ejecutar las instrucciones, observaciones u órdenes que imparta la Inspección y firmar recibo de las mismas, estando el Contratista por ese solo hecho, obligado a su cumplimiento.
Sin la correspondiente y explícita aceptación por parte de ENERFE, del o de los profesionales propuestos por el Contratista para su Representación Técnica en Obra, no podrá darse inicio a los trabajos. No corresponderá por tal causa reconocimiento alguno ni modificación de los plazos de obra establecidos, siendo pasible la Contratista de las penalidades que correspondan por incumplimientos de tal aspecto.
43.2. Condiciones exigidas para él o la Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
a) Tener la matricula habilitante expedida por el colegio profesional respectivo referidos a Higiene y Seguridad en el Trabajo.
b) Poseer antecedentes en el desempeño como Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo en obras similares a la que se licita, de acuerdo a lo especificado en el presente pliego.
c) El cumplimiento de lo exigido en los incisos a) y b) deberá efectuarse proporcionando datos y antecedentes, que bajo declaración jurada se entregarán en planilla indicada en el ANEXO 7. En el caso de considerar que el o la profesional propuesto/a no reúna las condiciones necesarias para esta obra se podrá solicitar el reemplazo del mismo.
Sin la correspondiente y explícita aceptación por parte de ENERFE del o de los profesionales propuestos por el Contratista para su Responsable en Seguridad e Higiene en el Trabajo, no podrá darse inicio a los trabajos. No corresponderá por tal causa reconocimiento alguno ni modificación de los plazos de obra establecidos, siendo pasible la Contratista de las penalidades que correspondan por incumplimientos de tal aspecto.
ARTICULO 44: DOCUMENTACIÓN EN OBRA
El Contratista conservará en la obra copia ordenada de todos los documentos del contrato, a los efectos de facilitar el debido contralor e inspección de los trabajos que se ejecuten.
ARTICULO 45: ORDEN DE INICIACIÓN. ACTA DE INICIO DE OBRA
El Contratista realizará la Obra dentro del plazo estipulado en el presente Pliego. Todo plazo de ejecución se entiende contando a partir del Acta de Inicio de Obra, momento a partir del cual comenzarán a correr los plazos contractuales. El Contratista será responsable de toda demora en la ejecución de la Obra, salvo prueba en contrario a cargo del mismo.
Extendida el Acta de iniciación de los trabajos, el Contratista debe iniciar los trabajos dentro de los diez
(10) días subsiguientes, bajo los apercibimientos y penalidades que este pliego establece. En caso de no ser necesario el replanteo, el plazo será de 15 (quince) días desde la fecha de la firma del contrato.
ARTICULO 46: INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES
El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución o conservación de la misma, hasta la recepción definitiva. Cualquier deficiencia o error que comprobare en el proyecto o en los planos, debe comunicarlo a ENERFE antes de iniciar los trabajos.
ARTÍCULO 47.- PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO
El adjudicatario presentará a ENERFE para su aprobación, los planos y toda otra documentación necesaria para la construcción, el Plan de Trabajos y Curva de Inversiones definitivo, ajustado a los días calendarios del año, además de una metodología constructiva conforme a las características y al plazo de la Obra. Cabe aclarar que, bajo ningún concepto el Contratista podrá presentar variantes o alternativas a su Oferta oficial. incluyendo la totalidad de la información requerida, suficientemente discriminada para posibilitar su seguimiento.
El Plan de Trabajo y Curva de Inversiones se ajustará al Anexo 6.
El Plan de Trabajo y la Curva de Inversiones definitivo, con la cuantificación de las tareas o ítem previstos, servirá de base para la certificación de la Obra.
Las observaciones que plantee ENERFE serán subsanadas por el Contratista dentro de los 5 (cinco) días hábiles desde su presentación, en cuyo defecto y no mediando observación, vencido dicho término quedará aprobado.
De comprobarse demoras por insuficiencia de los recursos que dispone la Contratista, se exigirá incrementar las cantidades de esos recursos o adecuar el equipamiento y/o mano de obra, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades previstas.
El Contratista elaborará un Plan de Trabajos Definitivo desarrollado por el método Xxxxx, que permita el análisis de la ejecución completa de la Obra, y que deberá contener la siguiente información:
- Detalle de todas las actividades a desarrollaren la Obra, con la indicación, de la duración.
- Detalle de las fechas de comienzo y finalización de cada actividad.
- Programa de inversiones mensuales (%) por actividades, sobre la base del Plan de Trabajos presentado. Las inversiones serán imputadas en ese programa en correspondencia con el mes en que se ejecutan las respectivas tareas.
Las actividades a ejecutar, estarán perfectamente definidas, serán desagregadas en una cantidad adecuada de forma de permitir su rápida interpretación. Además, las actividades serán compatibles con los rubros o ítem en los que se indique la cotización de la obra.
El Plan de Trabajos Definitivo será el que resulte de incorporar las observaciones del Comitente y de actualizar las fechas de acuerdo al Acta de inicio de Obra. Luego de aprobado por ENERFE, se
considerarán fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
Una vez iniciados los trabajos, el Contratista estará obligado a presentar mensualmente, conjuntamente con el certificado de obra, un informe pormenorizado del avance registrado. En ese informe deberá, en caso de corresponder, hacer reserva fundada de todo atraso sufrido en el período por causas que no le resulten imputables. Estas reservas se tendrán por consentidas únicamente cuando el Comitente otorgue una ampliación de plazos sobre la base de las mismas.
El Contratista no deberá registrar disminución en el ritmo de la Obra, ni otros incumplimientos en las obligaciones asumidas, como así también no deberá registrase falta de respuesta a las Órdenes de Servicio que se impartan desde la Inspección de Obra y/o del representante del Comitente. La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las multas establecidas en la documentación licitatoria.
Si por cualquier causa no imputable al Contratista se produjeran alteraciones en el Plan de Trabajo Definitivo, el Contratista deberá actualizar el mismo dentro de los DIEZ (10) días subsiguientes. Las nuevas programaciones que se efectúen sólo servirán para salvarlas alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación, en modo alguno, servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por la Inspección y el Comitente.
Cuando fuere necesario, a exclusivo criterio del Comitente realizar cambios o alteraciones, o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución de la Obra.
La falta de cumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas en la presente documentación contractual.
La aprobación del Plan de Trabajos no implica responsabilidad alguna de ENERFE por los errores que el mismo pudiera contener en su formación, no obstante, una vez detectados, podrá exigir su rectificación y la realización de las obras de acuerdo al resultante de dichas correcciones.
ARTICULO 48: REPLANTEO DE LAS OBRAS
Debe ser realizado dentro de los diez (10) días de firmado el contrato conforme lo previsto en el apartado 6.1 de la Memoria Descriptiva del PET.
Es obligación del Contratista realizar las operaciones del replanteo y en caso que no lo hiciera, se le dará expresamente por conforme con las actuaciones de la Inspección, no admitiéndose sobre el particular reclamo alguno de ninguna naturaleza, que interpusiera posteriormente. Las operaciones de replanteo serán efectuadas prolijamente, estableciendo marcas, mojones o puntos de referencias que el Contratista está obligado conservar a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad.
Al terminar las operaciones de replanteo total o parcial, se labrará acta, en la que se hará constar: 1.- Lugar y fecha del acto.
2.- Denominación y ubicación de las obras a ejecutar.
3.- Nombre de los actuantes.
4.- Todo otro antecedente que la Inspección crea oportuno incluir (cantidades, cómputos, croquis). 5.- Observaciones que el Contratista estime necesario formular sobre las operaciones de replanteo.
6.- El acta deberá ser firmada por el Inspector y el Contratista o su Representante expresamente autorizado y el Representante Técnico de la obra.
Todos los gastos que origine el replanteo, tanto de personal como de materiales, útiles u otros, será por exclusiva cuenta del Contratista. Si ocurriera el extravío de señales o estacas y fuera menester repetir las operaciones de replanteo, el Contratista deberá pagar además de los nuevos gastos, el importe proveniente de los gastos de movilidad, viáticos, sueldos y jornales de los empleados de ENERFE que tengan que intervenir.
ARTÍCULO 49: PLANOS DE OBRA
49.1. El Contratista está obligado a confeccionar a su costo, toda la documentación de obra necesaria para su ejecución, según corresponda (planos, especificaciones técnicas, detalles constructivos, cálculos estructurales, estudio de suelos, etc.) y lo que la Inspección de Obra le solicite, debiendo someter esta documentación a la aprobación de la Inspección. Una vez aprobado sacará las copias que necesite para su uso y entregará a la Inspección de Obra el original acompañando además el soporte magnético. El Comitente, previa conformidad de la Inspección de Obra, será el responsable de la aprobación de toda la documentación del Proyecto Constructivo.
49.2. Si correspondiere para el objeto de la Obra, todos los cálculos de las estructuras de hormigón, metálicas y estudios de suelos deberán ser verificados por el Contratista y rubricados por un profesional con título habilitado en el Consejo Profesional de Ingeniería correspondiente a la jurisdicción donde se ejecutará la obra, el cual será responsable por los cálculos y estudios, debiendo presentarse memorias de cálculos, planos y todo otro elemento necesario para permitir el estudio y aprobación por parte del Comitente. En ese caso, el Comitente no asume responsabilidad alguna por errores de cálculos y estudios que se cometan y no sean advertidos en la revisión, siendo éstos de exclusiva responsabilidad del Contratista y de los profesionales por éste contratados.
49.3. El Contratista procederá a desarrollar el Proyecto Constructivo, complementando la información emanada del Licitante en los presentes documentos que forman parte de la documentación Licitatoria, incluyendo la definición de cada una de las partes componentes de la Obra.
49.4. El Contratista realizará todas las tramitaciones necesarias para la ejecución de la Obra, ante las autoridades correspondientes, incluyendo los Colegios Profesionales de todas las actividades y especialidades involucradas en el Proyecto Constructivo y correrá por su cuenta el pago de derechos, aranceles, aportes profesionales y todo otro gasto que ello implique.
49.5. Es indispensable que el Contratista presente a la Inspección de Obra los planos de proyecto rotulados con la leyenda “planos de proyecto” firmados por su Representante Técnico. Se podrá solicitar, sin que ello implique adicional deprecio, la ejecución de planos parciales de detalle, sobre puntos del proyecto que no resultaren claros para la correcta evaluación de los trabajos.
49.6. Todo plano o documento técnico que el Contratista presente para su aprobación, deberá tener un rótulo en su parte inferior derecha, con los datos:
● Nombre de la Obra.
● Datos del Contratista.
● Datos y firmas de los responsables técnicos del proyecto.
● Título del plano o documento técnico.
Se deberá reservar sobre dicho rótulo un espacio para futuras revisiones y otro espacio para las calificaciones.
49.7. El Comitente o a quien el delegue revisarán los planos de proyecto y/o la documentación técnica a los efectos de que los mismos se adecuen al anteproyecto emanado del Comitente y cumplan con los requisitos de los documentos del Contrato. La aprobación que otorgue el Comitente no relevará al Contratista de la responsabilidad por errores de cualquier tipo, desviaciones con respecto a las especificaciones técnicas o conflictos que pudieran surgir con los trabajos de terceros como consecuencia de tales desviaciones. Los planos se devolverán al Contratista dentro de los QUINCE
(15) días subsiguientes a su recepción en el área correspondiente, mediante una copia con alguna de las calificaciones subsiguientes:
● Aprobado.
● Aprobado con las correcciones indicadas.
● Devuelto para su corrección.
● Rechazado.
El Contratista no podrá dar inicio a la Obra cuando los planos de proyecto y/o documentación técnica estén calificados con los DOS (2) últimos renglones precedentes.
49.8. Las características del Proyecto a realizar deben adecuarse al tipo de instalaciones y materiales que cumplan con las reglamentaciones y normativa vigente.
ARTÍCULO Nº 50: OBRADOR Y SEGURIDAD DE LA OBRA
Antes de iniciar los trabajos, el Contratista deberá proporcionar los planos y especificaciones de los obradores o depósitos, o en su defecto del lugar propuesto para la instalación de oficinas, y el acopio y salvaguarda de materiales y herramientas, a la Inspección de Obra, debiendo ajustar sus instalaciones a las observaciones formuladas por éstA.
El Contratista construirá y/o instalará las oficinas, sanitarios, depósitos, plantas hormigoneras, etc., que sean necesarias para la correcta ejecución en tiempo y forma de los trabajos contratados los cuales se ajustarán estrictamente a las disposiciones vigentes sobre seguridad e higiene del personal. El Contratista será el responsable del diseño de las obras provisionales; y la aprobación de la Inspección de Obra y/o del Comitente según corresponda no alterará la responsabilidad del Contratista al respecto. El Contratista, de corresponder, deberá obtener las aprobaciones y/o permisos de terceros que sean necesarios respecto del diseño y ejecución de las obras, atento a que la misma se emplaza dentro del Parque Industrial Sauce Viejo.
La vigilancia y el control de ingreso a la obra estarán a cargo del Contratista.
El Contratista será responsable de la vigilancia, seguridad e higiene de todas las actividades que se desarrollen en el lugar de la Obra y en el obrador u obradores. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las partes contratantes o terceros, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos.
La responsabilidad respecto de la vigilancia continua de la Obra, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes, le incumbe al Contratista.
La adopción de las medidas de vigilancia y seguridad a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las consecuencias de los hechos referidos.
La obligación de vigilancia y el régimen de responsabilidad establecido en el presente artículo rigen durante todo el período comprendido entre el Inicio de la Obra y la Recepción Provisoria, salvo que en la misma se hagan observación de tareas pendientes a ejecutar, con lo cual la Vigilancia, Seguridad e Higiene se mantendrán hasta tanto las mismas estén resueltas. En este caso, el Contratista deberá proveer las comodidades complementarias necesarias, como también proveerá el transporte de los mismos.
Se incluyen también a cargo del Contratista la provisión de todos los elementos e instalaciones necesarias para que el personal de seguridad, vigiladores y serenos cumplan correctamente con la tarea a su cargo.
El personal del Comitente afectado a la obra y de la Inspección de Obra, será provisto por cuenta del Contratista con elementos de seguridad pasiva personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.), bajo normas IRAM.
Asimismo, en la Obra se instalarán los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo responsable el contratista de los accidentes ocasionales o agravados por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados.
Sin perjuicio de lo expuesto, la Inspección de Obra podrá exigir el uso o la colocación de los elementos que considere convenientes.
Al momento de la suscripción del Contrato, el Contratista deberá adecuar las medidas de seguridad del personal a la legislación vigente.
ARTÍCULO Nº 51: LIMPIEZA DE LA OBRA
La limpieza se efectuará permanentemente, de tal forma de mantener la Obra limpia y transitable. Por cada infracción a esta norma, la Contratista será pasible de una multa. Al momento de entregar la Obra, la misma debe encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza, extrayéndose fuera del todos los desperdicios, escombros, basura, etc.
ARTÍCULO 52: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
52.1 PERSONAL
El Contratista deberá cumplir con toda la legislación laboral aplicable y, a los fines de la contratación de mano de obra deberá observar las disposiciones de la Ley N° 13.505 de Compre Santafesino
modificada por Ley 13619 y reglamentada por Decreto 549/2019, considerándose local a todo trabajador que acredite residencia permanente en la Provincia de Santa Fe.
El personal empleado por el Contratista para ejecutar el Contrato, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con el Comitente, ni con la Distribuidora, siendo por cuenta del Contratista todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado bajo cualquier forma de contratación. Queda bajo exclusiva responsabilidad del Contratista todo accidente que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la ejecución de la Obra, como así también del cumplimiento y pago de todos los impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, normas de higiene, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del Contrato. El Contratista deberá cumplir con la totalidad de sus obligaciones fiscales, previsionales, de la Seguridad Social y sindicales.
53.2 DERECHOS, GESTIONES Y HABILITACIONES
El Contratista deberá tramitar las autorizaciones, habilitaciones y demás trámites, exigidos por entes Nacionales, Provinciales y Municipales o empresas prestadoras de servicios, y abonar todos los impuestos, tasas, contribuciones, aranceles y cualquier otro derecho que surja de la construcción.
El Contratista deberá abonar el impuesto de sellos en su totalidad, incluyendo aquella porción que podría corresponder al Comitente conforme a la determinación del mismo que hagan las respectivas jurisdicciones locales.
52.3 PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA Y OTROS SERVICIOS
De ser necesaria la utilización de agua, energía eléctrica y/o cualquier otro servicio para la ejecución de la Obra, ésta deberá ser costeada por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todas las facturas y derechos relacionados con dichos servicios, los que no le serán reembolsados.
52.4 DEMANDAS Y/O RECLAMOS PROMOVIDOS CONTRA EL COMITENTE/ DISTRIBUIDORA/TRANSPORTISTA.
El Contratista mantendrá indemne al Comitente frente a todo tipo de reclamo ya sea administrativo, judicial, y/o extrajudicial relacionado con la ejecución de la Obra, incluidos los de carácter laboral que pudiesen interponer terceros o personas vinculadas al Contratista, dependiesen o no de él. Si el Comitente fuese demandado por terceros o personas vinculadas con el Contratista, éste se compromete a asumir la responsabilidad tanto en la contestación de los reclamos, imputaciones, multas, recursos, demandas, etc. como en el seguimiento del proceso que se instaure.
Para ello se compromete a: a) Efectuar todas las gestiones para evitar que el Comitente sea incluido en dichos reclamos, imputaciones, multas, recursos, demandas, etc. b) De ocurrir que el Comitente resulte condenado o deba efectuar cualquier erogación con motivo de un reclamo, imputación, recurso, demanda, etc., el Contratista se compromete a efectuar por su cuenta y cargo los trámites y pagos correspondientes antes del vencimiento.
El Contratista se compromete a abonar todas las sumas pagadas por el Comitente por causa del Contratista, más los intereses, dentro de los cinco (5) días a contar de la fecha del pago realizado por el Comitente.
En caso que el Contratista no cumpliera con lo dispuesto en el párrafo anterior, el Comitente podrá deducir lo pagado de los Certificados correspondientes, o en su defecto del Fondo de Reparo, o de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
El Comitente tendrá amplias facultades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones laborales del Contratista, pudiendo exigirle la exhibición de toda la documentación que acredite su cumplimiento, en cualquier momento.
ARTÍCULO Nº 53: SEGUROS
53.1 CONDICIONES GENERALES
El Contratista contratará y mantendrá vigentes en compañía aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de acuerdo con las leyes y demás disposiciones vigentes en la materia y a su costo, desde el primer día que comience a correr el plazo total del contrato y hasta el día del Acta de Finalización del mismo, como mínimo los seguros que se indican a continuación.
Respecto del período indicado en el párrafo anterior, se exceptúan aquellos seguros que tengan principio dentro y finalicen antes de la terminación del período del contrato en cuyo caso los seguros se contratarán y mantendrán vigentes por el período que medie entre el principio y fin de las tareas, hitos éstos que deberán ser documentados mediante actas.
La obligación de contratar los seguros que se indican se extiende a los subcontratistas, consultores y/o proveedores. La falta de contratación de los seguros por parte de éstos, no exime al Contratista de la cobertura del riesgo de que se trate.
Los seguros que contraten el Contratista y sus subcontratistas, proveedores y/o consultores, deberán contar con la aprobación previa de la Inspección, antes del inicio de cualquier trabajo.
El Contratista deberá, a su costo, obtener y mantener vigentes durante el plazo total del contrato, todos aquellos seguros que estime necesarios para proteger sus propios intereses y responsabilidades.
El Contratista deberá tomar todas las precauciones y medidas necesarias para preservar de daños a los materiales, equipos y obras que se encuentren en el emplazamiento, así como a la propiedad del Comitente, de la Inspección de Obra y de Terceros.
Será responsabilidad del Contratista, durante el plazo total del contrato, todo accidente que cause daños materiales o lesiones corporales o muerte, ya sea a sus trabajadores o a terceros, y que sea consecuencia de la ejecución del Contrato, por acciones u omisiones de su personal o de sus contratados, por ejemplo: subcontratistas, consultores o proveedores.
Sin perjuicio de las pólizas de todo riesgo de construcción y montaje y de responsabilidad civil por daños a terceros, que se detallan más adelante, en caso de reclamo de terceros contra el Comitente, por asuntos respecto de los cuales el Contratista sea responsable bajo los términos del Contrato, o relacionados con ellos, se notificará inmediatamente de recibido al Contratista y deberá, a su propio
costo, llevar a cabo las gestiones ante el asegurador, u otros, para resolver sobre los mismos y respecto a cualquier otro litigio que surja de ellos, liberando y manteniendo indemne al Comitente de toda responsabilidad.
En todas las pólizas de seguro que el Contratista esté obligado a tomar de conformidad con el Contrato, deberá incluir una cláusula por la que la respectiva compañía aseguradora renuncia a todos sus derechos de subrogación contra el Comitente y/o sus funcionarios y empleados, y/o quien le preste servicios, siempre y cuando no implique dispensa de dolo del Comitente y/o sus funcionarios y empleados.
A requerimiento de la Inspección, el Contratista estará obligado a acreditar en cualquier momento y al primer requerimiento la contratación y pago de las primas de los seguros.
El Contratista requerirá la contratación de los seguros a cada uno de sus contratados, por ejemplo: Subcontratistas, proveedores y/o consultores, o bien los incluirá en sus pólizas como asegurados adicionales.
Todas las pólizas que presente el Contratista, o sus contratados, contendrán una Cláusula de Notificación que señale: "La presente póliza no podrá ser anulada, modificada, total o parcialmente o enmendada sin previo consentimiento del Comitente. Asimismo, la Compañía Aseguradora se compromete a notificar al Comitente, cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriese el Asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial con una antelación mínima de QUINCE (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación al Comitente.
Si el Contratista no contratare, ampliare o mantuviere en vigencia los seguros referidos en el presente capítulo o cualquier otro seguro que le pudiere ser exigido de acuerdo a los términos de la documentación contractual; el Comitente, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que pudiese ejercer, tendrá la facultad de contratar, mantener en vigencia, o recontratar dichos seguros según corresponda, pagando las primas necesarias. En tal caso el Comitente podrá, en cualquier momento, ejecutar las sumas desembolsadas a valor actualizado por estos conceptos de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato, o bien deducir dicho importe de cualquier certificado suma que deba ser pagada al Contratista, a sola elección del Comitente y sin perjuicio de la multa correspondiente.
Los gastos que demanden la toma de las pólizas, así como también los deducibles o franquicias de estas pólizas serán de cargo y costo del Contratista y sus montos deberán ser claramente señalados en la misma.
La Contratista deberá comunicar inmediatamente a las compañías aseguradoras de todos los seguros tomados con arreglo al presente PCGYE, toda circunstancia cuya denuncia conforme a lo establecido en las pólizas correspondientes. Igualmente deberá en forma simultánea, informar sobredichos hechos a la Inspección.
El Contratista será responsable por todas las pérdidas, demandas o reclamos, judiciales o extrajudiciales, así como los gastos y costas de cualquier tipo originados por el incumplimiento de la comunicación a los aseguradores antes referida.
53.2. SEGURO DE TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE
El seguro será emitido por el 120% del Monto Total del Contrato adjudicado (Monto Total del Contrato más cláusula de variación automática de la suma asegurada del 20%) y cubrirá todos los bienes del mismo; es decir, obras civiles, materiales, equipamiento y maquinaria incorporado o a ser incorporado a la Obra, así como campamentos e instalaciones provisionales o instalaciones existentes del Contratista y del Comitente.
53.2.1. COBERTURA MÍNIMA DE DAÑOS MATERIALES
La póliza del seguro de todo riesgo de construcción y montaje deberá cubrir sobre la base de una cobertura de todo riesgo las pérdidas o daños causados por, o a consecuencia de incendio, rayos, explosión, fenómenos de la naturaleza incluyendo pero no limitado a huracán, ciclón, vendaval o tornado, inundación, nieve y/o peso de nieve, huelga, actos terroristas, sabotaje, accidentes en las pruebas y puesta en servicio, material y mano de obra defectuosa, error de diseño y demás riesgos propios de construcción y montaje.
53.2.2. COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El seguro de todo riesgo de construcción y montaje incluirá una cobertura de responsabilidad civil por daños a terceras personas inclusive lesiones corporales o muerte y/o en su propiedad, como consecuencia de siniestros que ocurran durante la ejecución de los trabajos, hasta un límite de pesos veinte millones ($20.000.000) por evento.
Este seguro incluirá una cláusula de responsabilidad civil cruzada y amparará los daños y/o lesiones corporales o muertes causados en el área de la Obra y amparará, además, las responsabilidades civiles causadas por equipo móvil o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el Contratista utilice con motivo de los trabajos dentro del radio de las obras.
El seguro considerará como asegurado principal al Contratista y, en forma adicional al Comitente, a la Inspección de Obra y a contratados por el Contratista (como subcontratistas, proveedores y/o consultores) y en cuanto a sus actividades dentro de la obra, a proveedores, ingenieros, técnicos y demás profesionales, como así también a todas aquellas partes involucradas en la realización de la Obra por sus respectivos derechos e intereses.
53.2.3. COBERTURA DEL EQUIPO MÓVIL DEL CONTRATISTA
El seguro de todo riesgo de construcción y montaje deberá amparar todos aquellos equipos móviles o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el Contratista utilice con motivo de los trabajos, amparando los daños físicos ocurridos a dichos equipos. Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del Contrato, y podrá ser contratada como una póliza específica, independiente del seguro de Todo Riesgo Construcción y Montaje, en la medida que posea las cláusulas de notificación previa de modificaciones y/o caducidades y de renuncia de la aseguradora a la repetición a favor del Comitente.
53.2.4. CLÁUSULAS OBLIGATORIAS
El Contratista deberá incluir en la póliza del seguro de todo riesgo de construcción y montaje:
a) Una cláusula mediante la cual la póliza cubrirá los gastos necesarios y razonablemente incurridos en la remoción de escombros y/o limpieza, como consecuencia de un siniestro amparado por la misma.
b) Una cláusula de reinstalación automática de suma asegurada en el evento de un siniestro amparado bajo la póliza.
c) Una cláusula de prórroga automática de la vigencia de cobertura del seguro si la misma cesara en fecha anterior a la terminación final y total de las obras.
d) Cubrirá también el transporte terrestre del suministro nacional y almacenaje fuera del emplazamiento.
e) Extensión de cobertura a daños causados directamente por terremoto, temblor y erupción volcánica, ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, maremotos y enfangamiento.
f) También cubrirá pérdidas o daños a la propiedad situada en o adyacente al sitio de montaje que pertenezca o se encuentre a cargo, custodia o control del Contratista o de los contratistas asegurados, hasta un límite no inferior al diez por ciento (10%) del Valor Total del Contrato.
53.2.5. EXCLUSIONES ADMITIDAS
Las exclusiones al seguro de todo riesgo de construcción y montaje sólo podrán limitarse a los siguientes eventos:
a) Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades (haya guerra declarada o no), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, motín, lockout, conmoción civil, poder militar o usurpado, actos malintencionados de personas o grupos de personas que actúen por orden de o en conexión con organizaciones políticas, conspiración, confiscación, apropiación, requisición o destrucción o daño por orden de cualquier gobierno de jure o de facto o por cualquier autoridad pública;
b) Reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radiactiva;
c) Acción dolosa intencionada de los asegurados o sus representantes. Sin embargo, las negligencias operacionales, que figuran previamente en este artículo, o sabotaje, no serán considerados como exclusiones.
53.2.6. VIGENCIA DE LA COBERTURA
La cobertura del seguro de todo riesgo de construcción y montaje deberá estar vigente desde la firma del Acta de Inicio de las tareas y hasta la terminación total y definitiva de las Obra, la que se acreditará únicamente con la emisión del Certificado de Recepción Definitiva de la Obra.
53.3. SEGURO DE TRANSPORTE
El Contratista contratará un seguro en modalidad todo riesgo, que ampare los riesgos de transporte marítimo y/o aéreo y/o fluvial y/o terrestre, carga, trasbordos, descarga, almacenamiento y huelga, sobre suministros, maquinarias, piezas, partes, equipos, repuestos y otros elementos importados.
El monto asegurado para cada embarque será equivalente al valor de lo transportado, su flete más los derechos de aduana y otros que correspondan.
El seguro deberá considerar como asegurado principal al Contratista y como asegurados adicionales a sus contratados (como por ejemplo: subcontratistas, proveedores y/o consultores) y al Comitente, y sus montos deberán ser claramente señalados.
Los deducibles de esta póliza serán de cargo y costo del Contratista y sus montos deberán ser claramente señalados. El límite de indemnización de la póliza deberá corresponder al monto máximo esperado en un sólo embarque.
53.4. SEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO
El Contratista deberá contratar con una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) los riesgos de trabajo de acuerdo a lo legislado en la Ley Nº 24.557 y modificatorias, con las coberturas que esta norma y sus complementarias y reglamentarias prevé, y las que en el futuro puedan modificarse o crearse, dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos, legales y administrativos definidos en las normas reglamentarias de las mismas. Deberá incluir a todo el personal dependiente, cualquiera sea su modalidad de contratación, tanto en las etapas de proyecto, ingeniería, construcción, operación y mantenimiento, en la forma más amplia permitida, como asimismo deberá cubrir la responsabilidad civil patronal.
En el contrato de afiliación con la ART se deberá contener la cláusula de no repetición de acuerdo con el siguiente texto: “Cláusula de no-repetición: Conste que [ART o empleador auto asegurado] renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Comitente y/o sus Funcionarios y/o empleados y/o obreros y/o cualquier sujeto que en el futuro por modificación del contrato se establezca, bien sea con fundamentos en el art.39, ap.5 de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex-dependiente de [Contratista / Subcontratista],alcanzado por la cobertura del presente Contrato de Afiliación, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, sufridos o contraído por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo. La [ART] se obliga a comunicar al Comitente en forma fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los diez días de verificados”.
En todos los casos el Contratista y/o Subcontratista presentará las constancias de afiliación a una ART o auto seguro y sus comprobantes de pago, por el personal asignado al presente Contrato y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal.
La Contratista deberá mantener, en todo momento indemne al Comitente. En el caso que en un reclamo judicial iniciado por personal propio de aquella o de sus Subcontratistas y/o sus asesores o toda otra persona haya sido contratada por cualquier partícipe en las Obras, o bien se declare la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la ley N° 24.557 y se determine la aplicación de la normativa del Código Civil y Comercial Argentino, cualquiera sea su fundamento, será de aplicación el artículo
53.4. (DEMANDAS Y/O RECLAMOS PROMOVIDOS CONTRA EL CONTRATANTE) del presente PBCP.
53.5. SEGURO DE VIDA
El Contratista deberán contratar para su personal, el seguro de Vida Obligatorio (Decreto / Ley Nº 1567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convención colectiva u otra disposición específica al gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
Su cobertura será exigible para todo su personal durante la vigencia del Contrato hasta la terminación del mismo.
53.6. SEGURO DE AUTOMOTORES
El Contratista deberá contratar los seguros de los vehículos automotores quesean de su propiedad o de terceros, incluidos los asignados al servicio de inspección que se hallen afectados permanente, temporal o accidentalmente a la ejecución de los trabajos o en el cumplimiento del contrato, durante toda su vigencia sea dentro o fuera del emplazamiento o de la zona de la obra.
El riesgo mínimo a cubrir será la responsabilidad civil de acuerdo a leyes vigentes por lesiones y/o daños corporales y/o muerte a terceros, transportados o no y daños y perjuicios a cosas de terceros no transportados, provocados por el vehículo, sus partes componentes y/o la carga transportada. Los límites de coberturas no serán inferiores a pesos tres millones ($ 3.000.000) por cada automóvil y/o Pick Ups, y pesos diez millones ($ 10.000.000) por cada ómnibus, camión, acoplado y carretón.
La póliza deberá contener una cláusula especial en los siguientes términos: “En caso que un tercero reclame directa o indirectamente al Comitente por un siniestro indemnizable por la presente cobertura, éste será considerado como asegurado a tales efectos. No obstante, el Comitente mantendrá en todo momento su condición xx xxxxxxx frente a cualquier hecho amparado por la póliza”.
Para el caso que la Contratista cuente con un seguro más amplio que el de Responsabilidad Civil, la aseguradora deberá renunciar a ejercer derecho de subrogación contra el Comitente.
El presente artículo, al igual que todas las previsiones del capítulo de seguros, es de cumplimiento obligatorio también para los subcontratistas.
Su cobertura será exigible durante la vigencia del Contrato hasta la terminación del mismo. El Comitente podrá impedir el ingreso a su Terreno de todo vehículo de la Contratista o sus Subcontratistas o de sus asesores, cuyo titular no haya cumplido la exigencia instituida en este inciso.
53.7. SEGURO POR DAÑO AMBIENTAL
El Contratista deberá presentar un Seguro que garantice la ejecución de las tareas de recomposición del daño ambiental de incidencia colectiva a efectos de cumplir con las exigencias del Artículo 22 de la Ley N° 25.675 y que acrediten su capacidad técnica y factibilidad operativa para realizar acciones de recomposición del ambiente dañado a través de operadores legalmente habilitados.
ARTÍCULO Nº 54: CARTEL / DOCUMENTACIÓN EN LA OBRA
La contratista proveerá e instalará en el sitio que fije la Inspección, 2 (dos) cartel/es, la que no podrá ser modificada sin autorización expresa de XXXXXX.Xx provisión y colocación tendrá que realizarse dentro de los 20 (VEINTE) días de firmado el contrato. Si en el transcurso de la obra fueran destruidos, se lo repondrá en igual lapso. Los carteles estarán despegados del nivel del terreno 2,00 m.
1) Cartel de obra:
El lugar de emplazamiento del mismo será determinado por la Inspección y el Contratista tomará especial precaución en cuanto a su sujeción (fundamentalmente la resistencia contra vientos) y mantenimiento, pues el mismo deberá permanecer en el lugar durante todo el transcurso de la obra. La información que se deberá incluir en el cartel será la especificada en el Decreto Nº 1732/08.
2) Cartel informativo:
Se realizará en la medida de 6,00 MTS. x 3,00 MTS. y sujeción y anclaje metálico. Se deberá considerar principal atención en su sujeción (estimando una adecuada resistencia a los vientos) y mantenimiento, el mismo deberá permanecer en el lugar durante todo el transcurso de la obra.
El emplazamiento de este mismo será estipulado por ENERFE.
Todos los gastos que se originen por este concepto son por cuenta exclusiva de la contratista, siendo pasible de multa si no cumpliera en tiempo y forma con lo dispuesto en este Artículo. Durante el desarrollo de la obra, y en el sitio de ejecución de los trabajos, la Contratista deberá mantener a disposición de la Inspección toda la documentación técnica y administrativa correspondiente a la misma, bajo apercibimiento de aplicación de multa si se comprobare lo contrario.
ARTÍCULO Nº 55: NORMATIVA A CUMPLIR SOBRE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
En todo momento “El Contratista” es responsable del cumplimiento de la legislación vigente de Higiene y Seguridad en el trabajo, en el ámbito Municipal, Provincial y Nacional: Decreto Ley 19587/72 dto. Reglamentario 351/79, Decreto 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la Industria de la Construcción, Decreto 1057/2003, Resolución SRT, Resolución SRT 35/1998. Resolución SRT 51/1997, Resolución SRT 319/1999, Resolución SRT 231 de 1996; Ley de Riesgo de Trabajo, Ley 24557 decretos concordantes y por toda derivación civil y/o penal que pueda originar su incumplimiento.
La Empresa adjudicataria deberá presentar, dentro de los 5 (cinco) días posteriores a la firma del Contrato y antes de dar inicio a los trabajos la siguiente documentación EL PROGRAMA ÚNICO DE SEGURIDAD PARA LA ACTIVIDAD EN OBRA que deberá ser confeccionado por un Profesional habilitado en Higiene y
Seguridad, sobre la base de lo establecido por el Artículo 20 dec. 911/96; Artículo 3 res. SRT 231/96; Artículos 2, 3 y Anexo I res. SRT 51/97; Artículos 1° y 2° res. SRT 35/98; y, Artículos 1°, 2° y Anexo I res. SRT 319/99, aprobado y firmado por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.) y por el Representante Técnico de la Empresa adjudicataria.
Los trabajos de Coordinación de Higiene y Seguridad, conforme a lo establecido en los Artículos 1°, 2° y Anexo I de la res. SRT 319/99, serán realizados por el Dpto. de Seguridad e Higiene en el Trabajo del Contratista Adjudicatario en carácter de Contratista principal, sin que este pueda trasladar dicha facultad al comitente, siendo este motivo de recesión de contrato.
El Contratista está obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes de Accidentes de Trabajo y de Seguridad e Higiene y su Reglamentación y todas aquellas otras disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro. Asimismo, será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal, haciendo suyas las obligaciones que de ella deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada. Es rigurosamente obligatorio para el Contratista tener en las obras un botiquín, suficientemente provisto con los medicamentos y útiles de curación que se requieran para los casos de accidentes o indisposiciones transitorias que puedan ocurrir a su personal. Además, la contratista deberá presentar, previo a la emisión de la certificación mensual, una constancia de cumplimiento de las normas vigentes correspondiente al mes inmediato anterior. La misma deberá estar debidamente rubricada por el Representante Técnico de la Contratista y por el Representante habilitado para el servicio de Prestación de Higiene y Seguridad en el Trabajo avalada mediante copia certificada de la documentación aprobada por el organismo competente.
En caso de no presentación de dicha constancia o que la misma ponga de manifiesto el incumplimiento por parte de la Contratista, la Comitente retendrá en forma automática un 3% de la certificación mensual correspondiente, la que será reintegrada en la certificación posterior a la normalización de la situación debidamente acreditada. Si la contratista incurriere en esta falta en tres certificaciones, sean estas consecutivas o no, el Comitente no reintegrará las retenciones vigentes hasta ese momento.
Ante el incumplimiento de las Normas de Higiene y Seguridad la Inspección de Obra solicitará a la Superioridad la aplicación de las sanciones que se estime pertinente, apercibimientos, multas y/o paralización de los trabajos en obra.
La inspección podrá inspeccionar los equipos, herramientas, ropa adecuada de trabajo, elementos de protección personal, etc. que utilice el personal de la firma contratada.
Serán obligaciones del contratista:
• Verificar que todas las máquinas, equipos, herramientas y material usado en la obra sean de primera calidad, exentos de defectos visibles y tengan una resistencia adecuada a los esfuerzos a los que vayan a ser sometidos.
• Informar a la inspección, los incidentes y/o accidentes que surjan en la tarea mediante el envío de una copia del formulario que remite a la ART al MTSS.
• Señalizar convenientemente el lugar donde se trabaja marcando en especial los lugares donde haya mayores riesgos, con cintas indicativas y preventivas, o por conos reflexivos, a fin de evitar que otras personas sufran lesiones o heridas por caídas de objetos o herramientas.
• Vallar físicamente y señalizar según los riesgos, con carteles normalizados IRAM el área de realización de las tareas. Cuando se realicen montajes u obras civiles se deben seguir las reglas del arte respectivo considerándose los sistemas de protección para el personal a su cargo. Esto incluye la construcción de andamios, pantallas, entablado de protección, vallado perimetral delimitando el lugar afectado a la obra y zonas de incidencias.
• Proveer a la obra de una instalación eléctrica segura, con elementos normalizados, prolongaciones con cable doble aislamiento y fichas adecuadas al sistema vigente en el edificio, arrolladores portátiles y resguardo de posibles daños, tableros provisorios que incluyan: llave interruptora general, protección térmica adecuada al consumo de la instalación, cables de alargador tipo TPR, conexión a tierra que podrá ser la propia del edificio, y disyuntor diferencial. Los cables eléctricos que se coloquen en sectores de paso, trabajo o circulación del personal, deben estar elevados (no en el suelo) a una altura mínima de 2.20 a 2.50 m.
• Inspeccionar periódicamente las instalaciones provisorias, máquinas y herramientas, pudiendo la inspección de obra señalar y observar las imperfecciones de ellas, las que quedarán asentadas por escrito en el libro de obra.
• Proveer a sus empleados, obreros y personal de inspección de obras de los equipos de protección personal que corresponda en función del riesgo a que se expongan, los que deberán estar y mantenerse en perfecto estado.
Estos son de:
o Uso continuo y obligatorio:
• Zapatos o botines de seguridad con punteras xx xxxxx.
• Protección craneana.
• Anteojos de seguridad.
• Vestimenta (adecuada al riesgo).
o Específico por riesgo: Según normativas vigentes
• El Contratista es responsable de las protecciones mecánicas y eléctricas que a cada maquinaria y/o herramientas le corresponda incorporar para su mayor seguridad, debiendo las mismas encontrarse en buenas condiciones, bien mantenidas y en los lugares correspondientes.
• El Contratista es responsable por los riesgos creados por las instalaciones provisorias que sean realizadas a causa de la ejecución de la obra, sean ellas, efluentes líquidos, gaseosos, electricidad, calefacción, etc.
• Cuando se efectuaren trabajos en altura, es decir más de 2 m del nivel del piso Deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
• Usar elementos adecuados, pasarelas, barandas, arnés de seguridad, redes de contención, etc., que puedan reducir al máximo las posibilidades de que el personal sufra accidentes.
• Cerrar el paso a la circulación en el área ubicada debajo de la zona de trabajo, ya que la misma queda afectada a los riesgos de los trabajos que se realizan en altura.
• En ningún caso deben realizarse trabajos en altura sin el correspondiente elemento de protección. Según lo establecido por Decreto Nº 911/96 sobre Salud y Seguridad en la Construcción.
• Los andamios deben complementarse según lo establecido por el Decreto Nº 911/ 96 Salud y Seguridad en la Construcción - uso de andamios.
Cuando se usen escaleras, estas deben estar "en perfectas condiciones de uso" y deben sujetarse en su extremo superior o poseer zapatas antideslizantes o estar sostenidas desde abajo por una persona. Las mismas deberán ser de aluminio y/o fibra xx xxxxxx.
No se podrá efectuar trabajos de soldaduras y/o corte con soplete oxiacetilénico en ningún lugar del edificio sin haber obtenido la correspondiente autorización por escrito de parte del representante de Seguridad e Higiene de la contratista.
Al realizar trabajos de soldaduras o corte se protegerán las áreas circundantes de las radiaciones.
De usar disolventes o solventes, deberán estar contenidos en recipientes pequeños y con tapa, no pudiendo utilizar envases de más de 5 (cinco) litros en el interior del edificio.
Los derrames de líquidos inflamables serán cubiertos inmediatamente por arena o algún material absorbente efectivo, de manera tal de evitar posibles incendios, dando aviso inmediato al Responsable Técnico de la Obra.
No se depositarán materiales, herramientas, etc., en zonas de tránsito, junto a equipos de incendio, salida de emergencias, sectores de alarma, canillas e interruptores.
Todo el personal usará ropa de trabajo adecuada a las tareas a realizar, en buen estado de uso en condiciones de higiene aceptables. Su uso será obligatorio, como así también el uso de los elementos de protección personal en las tareas que implican riesgos particulares.
ARTÍCULO Nº 56: PERSONAL DEL CONTRATISTA EN EL OBRADOR
Los jornales abonados no serán inferiores a los establecidos por el convenio laboral que rija para el gremio de la construcción al momento de ejecución de los trabajos.
La Contratista deberá presentar mensualmente dos ejemplares de las Planillas de Sueldos y Jornales correspondientes al personal conformado por los operarios. De estos ejemplares, uno quedará en la Oficina que la Inspección posea en la Obra y otro se archivará en el Departamento Técnico.
ARTÍCULO Nº 57: FORMAS PARA AMPLIACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL POR LLUVIA
Para el reconocimiento de ampliación del plazo contractual por lluvias caídas en el lugar durante la ejecución de las obras, se estipula que sólo se reconocerá la incidencia de aquellas lluvias que sobrepasen los registros normales de la zona, según datos suministrados por organismos oficiales, y siempre que a juicio y evaluación de ENERFE signifiquen un real y concreto motivo de demora justificada, en base al estado de los trabajos y las posibilidades de acceso al Obrador.
Dado lo puntualizado precedentemente, al estudiar los plazos a fijar para cada tarea, con el objeto de definir el Plan de Trabajos, se tendrá en cuenta los inconvenientes que puedan provocar las lluvias menores, dejándose expresamente establecido que no se reconocerán ampliaciones de dichos plazos por tales causas.
ARTÍCULO Nº 58: CALIDAD DE MATERIALES Y EQUIPOS
El Contratista deberá presentar antes de gestionar las compras de materiales y equipos que formarán parte de la Obra, el Listado de Proveedores para aprobación de la Inspección de Obra. Dicho listado formará parte de la documentación contractual y contendrá como mínimo:
● Nombre, dirección y contacto del proveedor.
● Elemento, material o equipo a suministrar.
Ningún material será aceptado por la Inspección si el proveedor no se encuentra incluido en el Listado de Proveedores presentado por el Contratista y aprobado por la Inspección de Obra.
El Contratista podrá en el transcurso de la obra solicitar la aprobación de la Inspección de Obra para incorporar nuevos proveedores al listado.
Todos los materiales serán nuevos y sin uso, adecuados a los requerimientos del Contrato.
El Contratista realizará todos los ensayos de los materiales y equipos de acuerdo a lo establecido en la Documentación Técnica, o como lo indique la Inspección de Obra en los casos no previstos en los mismos. Serán por cuenta del Contratista todos los gastos relativos a los ensayos y controles de calidad.
Cuando no se establezca plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, el mismo será xx XXXX (10) días hábiles para los materiales y equipos inspeccionados en el lugar que corresponda y de QUINCE (15) días hábiles, en el caso de materiales y equipos que deben ser estudiados en el laboratorio o proveedores del Contratista.
Independientemente de la aprobación inicial del material empleado, la Inspección de Obra podrá tomar muestras en los lugares de trabajo y cuando algún material no reuniera las condiciones previstas, procederá a su inmediato rechazo. Serán imputables al Contratista todas las demoras motivadas por rechazo de materiales y equipos presentados en forma no satisfactoria para la Inspección de Obra.
El Contratista será asimismo responsable de cualquier reclamo o denuncia que pudiera originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados.
ARTÍCULO 59. APROBACIÓN O RECHAZO DE LAS OBRAS, MATERIALES Y EQUIPOS
Como norma general, todos los materiales, equipos y obras deberán satisfacer lo especificado en la Documentación Técnica y especificaciones del fabricante, salvo que razones excepcionales de orden técnico aconsejaren otra alternativa que, de todos modos, quedará a criterio y aprobación de la Inspección de Obra.
La Inspección de Obra podrá solicitar sin cargo alguno los ensayos correspondientes en el lugar que indique.
El Contratista deberá tomar precauciones para que los materiales, equipos y obras se conserven en buen estado y no sufran perjuicios de ningún tipo, ya sea por la acción de los agentes atmosféricos o por cualquier otra causa.
Los equipos y materiales serán depositados en un depósito de acopio transitorio, propuesto por la Contratista y aprobado previamente por la Inspección de obra.
La Inspección de Obra podrá tomar las medidas que considere necesarias con respecto a cualquier equipo o material que el Contratista tenga en depósito.
ARTÍCULO 60. INSPECCIONES EN TALLERES Y DEPÓSITOS
El Comitente o su representante y/o la Inspección de Obra designada a tal fin, tendrá libre acceso a los talleres y depósitos del Contratista y Subcontratistas y de proveedores previo aviso razonable de inspección, en cualquier momento en que se efectúen las tareas de fabricación y armado, y/o verificación y ensayo de materiales, elementos y productos.
Las inspecciones que se realicen en talleres y depósitos, no liberan al Contratista de su responsabilidad respecto al comportamiento ulterior de los productos en su lugar de destino, ni representan responsabilidad para el Comitente.
En consecuencia, el Contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para verificar la procedencia, calidad y condiciones de los materiales que se utilicen, y la bondad de la mano de obra por cuanto será el único responsable por las fallas y deficiencias que se pudieran originar hasta que venzan los plazos de garantía.
ARTÍCULO 61. INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN
Para todas aquellas operaciones de medición, verificaciones, pruebas o ensayos de las obras previstas en las especificaciones, el Contratista deberá disponer de los implementos necesarios, toda vez que ello le sea requerido por el Comitente o la Inspección de Obra y en particular cuando solicite
mediciones, verificaciones o pruebas donde se haga necesario contar con los mismos para constatar el fiel cumplimiento del Contrato.
Todos los instrumentos de medición del Contratista deberán tener el certificado de calibración vigente a la fecha de su utilización.
ARTÍCULO 62. GARANTÍA DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS
El Contratista garantiza que todos los bienes y materiales suministrados en virtud del contrato son nuevos y sin uso. El contratista garantiza además que todos los bienes y materiales suministrados en virtud del contrato estarán libres de defectos resultantes: del diseño, de los materiales o la mano de obra o de algún acto u omisión del contratista, que puedan manifestarse durante el uso normal de los bienes en las condiciones imperantes para el destino de los mismos.
ARTÍCULO Nº 63: PRUEBAS DE LA OBRA
Antes de la Recepción Provisoria de las obras, ENERFE podrá disponer el control de las mismas y efectuar pruebas de las instalaciones y estructuras. Dichos controles serán determinados por el tipo de obra y consistirán fundamentalmente en verificaciones de estanqueidad, resistencia, dimensiones, valor soporte, estabilidades, dosajes, etc., así como las nivelaciones, calidad de mano de obra y terminación de los trabajos, siendo este detalle enunciativo, pero no limitativo.
ENERFE inspeccionará todos los materiales a utilizar en la obra. Éstos se ajustarán a las condiciones de calidad exigidas por las normas vigentes. Los ensayos que se realicen para determinar su aprobación, serán por cuenta de la empresa contratista. Los materiales provistos tendrán el sello o certificado IRAM de conformidad con las Normas IRAM, Normas Cirsoc para Estructuras Metálicas en vigencia, y en caso de no tenerlo regirán las normas internacionales más exigentes con referencia al producto.
Estas inspecciones serán efectuadas por personal técnico del ENERFE o del organismo o persona que éste designe. La Inspección deberá ser solicitada por el Contratista con la suficiente anticipación para que ésta pueda realizarse desde el comienzo de la obra.
En caso que convenga realizar la inspección en fábrica o taller, los gastos que ello origine correrán por cuenta del Contratista. El Contratista efectuará a su cargo los ensayos que se especifican en la Documentación Técnica, apartado.
Si la Inspección de la obra advirtiera desperfectos debido a la mala calidad de los materiales empleados, deficiente ejecución de las obras, o inferior calidad de los equipamientos varios provistos, notificará a la Contratista, quien deberá repararlos, corregirlos, o reponerlos de inmediato, a su exclusiva cuenta.
En caso de que, la Contratista no hiciera las reparaciones y/o reposiciones exigidas, previo emplazamiento de 15 (quince) días calendarios, ENERFE podrá hacerlo por cuenta de aquella, liquidando estos trabajos bien sea con los créditos que tenga la Contratista, la Garantía del Contrato o el Fondo de Reparo.
La Contratista deberá presenciar por intermedio de sus representantes autorizados todas las operaciones emergentes de este Artículo.
El hecho de que cualquier trabajo o estructura hubiera sido oportunamente aprobado por el personal autorizado, no exime a la Contratista de su responsabilidad por la calidad resultante de sus obras. Todos los gastos de personal, instrumental, materiales y/o elementos necesarios que demande la realización de estos trabajos estarán a cargo del Contratista.
ARTÍCULO Nº 64: GESTIONES ADMINISTRATIVAS
Toda gestión que se origine como consecuencia directa del contrato de esta obra deberá ser ingresada por la Mesa General de Entradas de ENERFE.
La Gestión no será considerada sin la fecha y sello de recepción.
ARTÍCULO Nº 65: PLANOS CONFORME A OBRA
La Contratista deberá presentar obligatoriamente para su aprobación, sin pago directo alguno, previo a la recepción provisoria, los Planos Originales de arquitectura y de ingeniería conforme a Obra, según el siguiente detalle:
a) Planimetría general, detalles de estructuras, cortes, diagramas y detalles de cada uno de los servicios incorporados a la obra, planillas de locales y todo otro plano o planilla que a juicio de la Inspección fuera necesario para completar la fiel interpretación de las obras ejecutadas, fijando éstas las escalas respectivas.
b) La totalidad de la documentación se confeccionará en papel debiéndose acompañar 3 copias en el mismo material, todas debidamente rubricadas.
c) Lo requerido en el apartado anterior se entregará también en formato *.DWG en soporte óptico. Si el Contratista no lo proporciona en forma completa y acabada en la forma estipulada, se hará pasible de la aplicación de una multa equivalente al 0,1 por 1000 del precio del contrato, por cada día de atraso para los planos y otro tanto para los manuales.
ARTÍCULO 66.- MEDIO AMBIENTE. RESPONSABILIDADES
66.1. Estudio de Impacto Ambiental (EsIA)
El Contratista, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) y el Plan de Gestión Ambiental (PGA), realizados de acuerdo a las exigencias de la Legislación y Normativa Provincial del Ambiente; los que deberán estar aprobados previamente al inicio de los trabajos.
La Contratista dará cumplimiento al Anexo III del Decreto Reglamentario Nº 101/03 de la Ley de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 11.717 / 99 de la Provincia de Santa Fe.
La tramitación, gestión y aprobación definitiva ante "Ministerio de Ambiente y Cambio Climático" de la Pcia. de Santa Fe, será responsabilidad exclusiva de la Contratista.
66. 2. Plan de Gestión Ambiental (PGA)
El Plan de Gestión Ambiental es un conjunto de actividades y acciones que durante y posteriormente a la ejecución de cada obra prevista por el Proyecto, deberán realizarse con el objeto de evitar impactos negativos sobre el medio ambiente o en su defecto minimizar sus consecuencias.
El Contratista deberá presentar los lineamientos generales del Plan de Gestión Ambiental (PGA) para su aprobación ante la inspección antes de dar comienzo al inicio de obra.
El contratista deberá designar un profesional de las ciencias ambientales como responsable Ambiental con experiencia de 5 años y antecedentes comprobables en la Gestión Ambiental de obras de infraestructura de igual o similar envergadura. Serán funciones del Responsable Ambiental de la obra, entre otras:
– Verificar la gestión de todos los permisos ambientales de manera previa a la ejecución de los trabajos
– Implementar las medidas de mitigación de impactos ambientales
– Implementar el seguimiento ambiental de la obra y los monitoreos ambientales
– Implementar las acciones previstas en el PGA
El Contratista deberá presentar el PGA a la Inspección de Obra, para su aprobación, desarrollado para la ejecución de la obra, desde el inicio hasta la recepción definitiva. Esta presentación deberá hacerse previo al inicio de las tareas.
Las medidas y acciones previstas y las actividades resultantes de su desarrollo deberán fundamentarse en aspectos preventivos adoptados en el Estudio Impacto Ambiental y Autorizaciones Provinciales emitidas para la ejecución de la obra, cumpliendo con la normativa vigente para cada caso particular, a nivel nacional, provincial y/o municipal. En el caso de existir superposiciones jurisdiccionales se adoptará la legislación más exigente.
Será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems:
- Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial.
- Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo.
- Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes.
- Contenciones secundarias.
- Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas.
- Manejo de la vegetación en el área del Proyecto.
- Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural.
- Plan de Auditorías Ambientales.
El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental.
Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y
autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ello.
Además, el Contratista será el encargado de ejecutar las acciones de restitución al finalizar la obra.
En lo que respecta al movimiento de suelo, teniendo en cuenta que la obra se llevará a cabo sobre una platea preexistente, no deberían producirse impactos negativos sustanciales ya que no deberán realizarse nuevos movimientos de suelo.
En relación a los distintos tipos de residuos que se generen durante la construcción, así como el material extraído que no sea usado en la obra, el Contratista deberá encargarse del correcto almacenamiento durante la obra y de su correcta disposición, según lo establecido por las normas vigentes (por ejemplo: los Residuos Sólidos Urbanos y de obra que se generen en el obrador deben manejarse según la ley sobre residuos sólidos urbanos asimilables a éstos; los restos de reparaciones o cambios de aceite de las maquinarias deben manejarse teniendo en cuenta el Dec N° 1844/02 sobre Residuos peligrosos; etc.).
Por otro lado, en los casos que sea necesario eliminar cobertura vegetal y afectar espacios verdes se tendrá que contar con la aprobación del organismo pertinente.
Además, se deben recomponer las áreas que hayan sufrido degradación por la realización de la obra. Por ejemplo, deberán realizarse las actividades pertinentes para la restitución de la cubierta vegetal.
Por último, se deben restituir las condiciones previas a la intervención de maquinaria e instalación del campamento y otros lugares de operación.
ARTÍCULO Nº 67: NORMAS DE MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN
El Contratista deberá presentar para cada certificación como mínimo la siguiente documentación:
● Certificado mensual de avance de obra propiamente dicho, el mismo deberá indicar el número de ítem o ítems a certificar, la descripción correspondiente al Plan de Certificaciones contractual, el porcentaje total del ítem, el porcentaje acumulado anterior, el porcentaje a certificar del presente mes, el acumulado total y el porcentaje pendiente de certificación.
Junto con el Certificado, el Contratista presentara a la Inspección de Obra:
● Memoria Descriptiva de los trabajos realizados y detalle de las novedades del mes con eventual incidencia en el costo, plazo y calidad de las obras.
● Detalle del avance físico de las obras, discriminado por ítem, en cantidades y porcentajes. Acta de Medición conformada por la Inspección de Obra.
● Detalle del avance financiero de las obras, discriminado por ítem, en pesos. Certificado básico conformado por la Inspección de Obra.
● Detalle de multas y penalidades aplicadas y pendientes de aplicar con indicación de los montos correspondientes.
● Documentación fotográfica que ilustre los aspectos salientes de los trabajos ejecutados
● Documentación soporte que avale la correcta ejecución de los trabajos a certificar: documentación al día de calidad (certificados de calidad de los materiales, actas de pruebas y ensayos, actas de inspecciones y controles dimensionales), certificados de los END (Ensayos No destructivos), mapas de
soldadura y toda otra documentación que a criterio de la Inspección y/o del Comitente sea necesaria para la certificación de los trabajos.
● Manifiestos de transporte y certificados oficiales de disposición final de residuos generados en el periodo a certificar.
● Formulario de estadísticas de accidentes.
● Registro de fechas y duración de las visitas a la obra del profesional de Higiene y Seguridad del Contratista.
● Registro de altas y bajas del personal afectado a la obra.
● Certificación de máquinas y equipos propios y alquilados afectados a la obra.
● Constancia de pago de todos los seguros propios del Contratista y los de sus sub- contratistas.
● Constancia de pago de todas las obligaciones laborales y previsionales del personal del Contratista y los de sus sub-contratistas.
El Comitente se reserva el derecho de realizar todas las auditorias que considere conveniente a los efectos de verificar la documentación acompañada por el Contratista.
Cabe destacar especialmente que la Inspección de Obra y/o el Comitente no efectuará la certificación de los trabajos realizados hasta tanto no se disponga de toda la documentación detallada previamente.
ARTICULO Nº 68: MEDICIÓN DE ESTRUCTURAS OCULTAS
En el libro de actas se detallarán las mediciones de los trabajos que deban quedar ocultos a medida que se vayan ejecutando. Estos detalles que se acompañarán con los croquis que se crean necesarios para su perfecta interpretación, serán firmados por la Inspección y el Contratista. Para proceder a la liquidación de dichos trabajos, los valores consignados en el libro de actas serán los únicos a considerar.
ARTICULO Nº 69: PAGO DE LOS CERTIFICADOS
El Contratista deberá presentar, en la oficina del Comitente o de quien éste designe a tal efecto, el Certificado debidamente firmado por su Representante Técnico con las correspondientes fojas de medición, para su trámite de aprobación y pago.
Junto con el Certificado, el Contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el Certificado. El pago de cada Certificado se efectuará dentro de los TREINTA (30) días corridos de la fecha de aprobación, en forma completa, de la documentación pertinente.
Dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la fecha de presentación del certificado firmado por parte del Representante Técnico del Contratista y convalidado por la Inspección de Obra, el Comitente deberá aprobar el mismo de modo fehaciente. Si dentro de este último plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará a correr en el momento de la presentación del certificado corregido conforme lo observado.
El Contratista tendrá derecho a reclamar intereses si los pagos se retardasen por más de TREINTA
(30) días a partir de la fecha en que según el contrato deben hacerse, acorde a la normativa vigente. Será de aplicación la tasa activa del BNA Cartera General. El Contratista no tendrá derecho a imputar al pago de intereses el importe de los certificados que se abonen en xxxx.
Si el retraso fuere causado por el Contratista, debido a reclamaciones sobre mediciones u otras causas con motivo de la ejecución de la obra y ellas resultan ser infundadas, o se interrumpiesen la emisión o el trámite de los certificados u otros documentos por actos del mismo, no tendrá derecho al pago de intereses.
ARTÍCULO Nº 70: RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS. FONDO DE REPARO
De cada Certificado se efectuarán las retenciones tributarias pertinentes que incluirán aquellas establecidas en: a) la Resolución General N° 1439/03 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (retención Impuesto al Valor Agregado), b) Resolución General N° 830/00 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (Impuesto a las Ganancias) y c) Resolución General N° 4052/95 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
(SUSS – Sistema Único de la Seguridad Social).
Del importe total de cada Certificado, ya sean de valores básicos de Contrato o los de reajuste de precios, se retendrá el importe del CINCO POR CIENTO (5%) para su aplicación al Fondo de Reparo. Este fondo quedará en poder del Comitente hasta la recepción definitiva de la Obra, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias y que el Contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado.
El Comitente no pagará intereses por las retenciones realizadas en dicho concepto.
En caso de ser afectado este Fondo de reparo al pago de multas o devoluciones que por cualquier concepto debiera efectuar el Contratista, corresponderá al mismo reponer la suma afectada en el plazo xx XXXX (10) días hábiles de ocurrida la notificación, bajo apercibimiento de rescisión del Contrato.
Podrá sustituirse el monto resultante de la retención, a solicitud del Contratista, mediante Seguro de Caución a favor de ENERFE, sobre Compañías Aseguradoras o entidades Bancarias con domicilio legal o sucursal en la ciudad de Santa Fe, y expresar el sometimiento expreso a los Tribunales Ordinarios de esta ciudad, todo a satisfacción del Comitente y en las modalidades previstas en el apartado 19.A).
ARTICULO Nº 71: PLANO CONFORME A OBRA
El Contratista presentará al terminar los trabajos y antes de la Recepción Provisoria, los planos completos conforme a la obra realizada para su aprobación.
ARTICULO Nº 72: RECEPCIÓN PROVISORIA
1. Una vez terminada la ejecución de los trabajos, el Contratista solicitará a la Inspección de Obra la Recepción Provisoria de la Obra.
2. Se entenderá por fecha de efectiva terminación de los trabajos, aquella en la que el Contratista comunique por Nota de Pedido a la Inspección de Obra que la Obra está terminada, de conformidad con lo previsto en el Contrato, y que esa solicitud es procedente por estar la Obra en condiciones de recibo.
3. La fecha de efectiva terminación de los trabajos representa la finalización del periodo de ejecución de la Obra. Si la Recepción Provisoria de la Obra se efectúa de oficio por negligencia del Contratista, a requerimiento del Comitente por el motivo que fuere, la fecha determinación efectiva de los trabajos, será la fecha del acta o del instrumento que acredite dicha recepción.
4. A fin de materializar la Recepción Provisoria, el Contratista deberá haber presentado la documentación Conforme a Obra.
5. La Inspección de la Obra emitirá el Certificado de la Recepción Provisoria luego de habilitada la totalidad de la obra, entregado la totalidad de los planos conforme a obra, recompuesto la totalidad del terreno, realizadas las pruebas mencionadas en la Documentación Técnica, entregada la totalidad de la documentación de calidad, los planos, fotografías y documentos finales, todo conforme el Pliego.
6. La recepción de la Obra por el Comitente no liberará al Contratista de las responsabilidades que determinan los Artículos 1271, 1273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
7. Al momento de la Recepción Provisoria de la Obra, se labrará un acta en presencia del Contratista o de su Representante Técnico debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía. En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el Contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para las reparaciones.
.
ARTÍCULO 73.- DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA PREVIO A LA RECEPCIÓN PROVISORIA.
Es condición indispensable para efectuar la Recepción Provisoria de la Obra, que el Contratista haga entrega a la Inspección de Obra de la siguiente documentación:
a) Planos y/o croquis conforme a obra, según corresponda, de acuerdo a lo indicado en el PET.
b) Asimismo, el Contratista deberá presentar, de corresponder, los planos de acuerdo a lo exigido en cada Municipio o Provincia.
La documentación será verificada por la Inspección de Obra y la Licenciataria, a los efectos de detectar las eventuales faltas de concordancia con la realidad, para luego ser devuelto al Contratista para su corrección y posterior aprobación por parte del Comitente.
Esta documentación conforme a obra estará integrada por los planos, especificaciones y memorias de la Obra ejecutada, incluyendo los estudios técnicos realizados por el Contratista (ambientales, geotécnicos, hidrológicos, estructurales, mensura, etc.).
Todas las medidas se expresarán en el sistema métrico decimal.
ARTÍCULO Nº 74: PLAZO DE GARANTÍA
Se establece en 12 (doce) meses calendarios a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria de los respectivos trabajos. Durante dicho lapso, la Contratista tendrá a su exclusivo cargo los trabajos de conservación y mantenimiento de las obras y equipos instalados.
Durante ese plazo la Contratista es responsable de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia del uso indebido de las Obras.
Si durante el período de garantía el Contratista no solucionara, a satisfacción de la Inspección de Obra, las observaciones a los trabajos ejecutados consignadas en el Acta de Recepción Provisoria y los desperfectos ocurridos durante el período de garantía, el Comitente podrá subsanar las deficiencias contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al Fondo de Reparo del Contrato o ejecutando la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La finalización del plazo de garantía sin que existieren observaciones dará lugar a la Recepción Definitiva de la Obra.
ARTICULO Nº 75: RECEPCIÓN DEFINITIVA
76.1. Transcurrido el plazo de conservación y garantía establecido, tendrá lugar la Recepción Definitiva que se efectuará con las mismas formalidades que la provisional, previa comprobación del buen estado de la obra, la ausencia de vicios aparentes, los posibles defectos originados en vicios ocultos, así como que se hayan subsanado las deficiencias consignadas en el Acta de Recepción Provisoria y se haya entregado y aprobado la documentación conforme a obra debidamente aprobada, de acuerdo con lo establecido en la documentación licitatoria. Asimismo, si la Inspección de Obra lo considera pertinente, se ejecutarán las pruebas y ensayos necesarios para demostrar el buen estado y correcto funcionamiento de la Obra, pudiendo repetirse, con ese fin, parcial o totalmente las establecidas para la Recepción Provisoria de la Obra.
76.2. De verificarse deficiencias o defectos, la Inspección de Obra intimará al Contratista para que en un plazo perentorio los subsane. Vencido dicho plazo sin que el Contratista haya dado cumplimiento a lo ordenado, el Comitente podrá hacerse cargo de oficio de la Obra, dejando constancia del estado en que se encuentra, y efectuar por sí o por medio de terceros los trabajos y provisiones necesarios, cargando los importes que esto insuma al Contratista, en la liquidación final. Si las deficiencias verificadas son subsanadas por el Contratista, el Plazo de Garantía respecto de las partes afectadas de la Obra se extenderá hasta una fecha que no excederá el doble del plazo de garantía original, todo esto a exclusivo juicio del Comitente.
76.3. La recepción se formalizará con el Acta de Recepción Definitiva que será labrada en presencia de un representante del Comitente y la Contratista o su Representante Técnico, ad referéndum del Comitente.
76.4. La Recepción Definitiva de la Obra extinguirá de pleno derecho las garantías otorgadas por el Contratista por la parte recibida y lo liberará de las responsabilidades contractuales, con excepción de
la responsabilidad por ruina de la Obra y por los vicios ocultos que pudieran aparecer en los términos y plazos previstos en el Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTÍCULO 76.- LIQUIDACIÓN FINAL DE LA OBRA.
Una vez efectuada la Recepción Definitiva de la Obra y antes de liberar los fondos retenidos, se efectuará la liquidación final de la Obra.
Esta liquidación final se efectuará computando, mediante una medición final, la obra total autorizada ejecutada por el Contratista, con lo que se corregirán los eventuales errores u omisiones que pudieran contener los certificados parciales mensuales.
Para la liquidación final se tomarán en cuenta, de resultar procedentes, los reclamos no resueltos efectuados por el Contratista sobre las mediciones y certificaciones mensuales. Además de la liquidación de la obra total autorizada ejecutada, en esta liquidación final se incluirán todos los créditos y cargos que le corresponda efectuar al Contratista en forma tal que el resultado de la misma refleje el saldo total y definitivo resultante de la vinculación contractual entre el Comitente y el Contratista.
Asimismo, la liquidación final contemplará la provisión de materiales que haya efectuado el Comitente cual debe corresponder con la obra certificada, el haber un saldo resultante el Contratista junto con la Inspección de Obras verificarán cantidades y estados de los mismos y se informará al Comitente quien instruirá al Contratista el destino de los mismos (siempre dentro del área de influencia de la obra) y con cargo al Contratista.
Esta liquidación final, una vez aprobada por el Comitente adquirirá el carácter de liquidación definitiva por la ejecución de la Obra contratada.
Si resultara de esta liquidación un saldo a favor del Contratista, se le abonará el mismo dentro del plazo fijado para los Certificados mensuales a contar desde la fecha de aprobación de la liquidación final.
Si resultara un saldo a favor del Comitente, se notificará al Contratista e intimará a su pago en el término xx XXXX (10) días hábiles administrativos de recibida la notificación.
Vencido ese término sin que el Contratista hubiere efectuado el pago, se procederá a afectar, en primer lugar, el fondo de reparo. De no resultar suficiente, el Comitente procederá a la ejecución de la garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 77.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.
Todo incumplimiento del Contrato, de las condiciones previstas en la Documentación Contractual y/o de las Ordenes de Servicio, dará lugar a la aplicación de sanciones, debiéndose tener en cuenta que las multas son progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del Contrato.
A tal efecto, deberá habilitarse una cuenta de méritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las faltas cometidas por el Contratista, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por éste desde el inicio del Contrato. A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del Contrato al monto original del mismo más los importes de las modificaciones que fueren aprobadas.
La acumulación de multas del Contratista por un valor xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto del Contrato, podrá ser considerada por el Comitente como causal suficiente para la rescisión del Contrato, sin necesidad de librar intimación ni declaración judicial o extrajudicial alguna.
ARTÍCULO 78.- MULTAS.
Se impondrán multas por las causales especificadas en el presente artículo, sin perjuicio de otras penalidades que pudieran corresponder.
1. Multas por xxxx en la iniciación de los trabajos: Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo establecido, se le aplicará una multa xx XXXX COMA UNO POR CIENTO (0,1%) del monto total del Contrato por cada día de demora en iniciar la Obra.
2. Multa por entrega tardía de las obras: Cuando el Contratista no entregare las obras dentro del plazo estipulado en este Pliego, se le podrá aplicar una multa equivalente al VEINTIDÓS CENTÉSIMOS POR CIENTO (0,22%) del monto total del Contrato por cada día de demora.
3. Multas por xxxx en la finalización de los trabajos: Si el Contratista no diera total y correcta terminación a los trabajos dentro del plazo contractual, se le aplicará una multa equivalente a CERO COMA UNOPOR CIENTO (0,1%) del monto total del Contrato por cada día de atraso en la terminación de la Obra. Las multas que se apliquen por demora en la iniciación o en la finalización de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la Obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el cómputo del plazo del Contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
4. Multas por la paralización de los trabajos sin causa justificada: Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente a UN DÉCIMO POR MIL (0,1‰) del monto total del Contrato por cada día de paralización.
5. Multas por faltas, negativa a recibir o incumplimiento de Órdenes de Servicio: Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a lo dispuesto contractualmente, o incumpliera las Ordenes de Servicio emanadas de la Inspección de Obra, se hará pasible de la aplicación de multas que podrán variar de CINCO DÉCIMAS AL DIEZ POR MIL (0,5‰ al 10‰) del monto del Contrato, según la importancia de la infracción o incumplimiento. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción o incumplimiento.
Las infracciones y la cuantificación de su sanción son las siguientes:
a. Ausencia injustificada del Representante Técnico: UNA DÉCIMA POR MIL (0,10‰) del monto contractual por cada día de ausencia injustificada.
b. Negativa a notificarse de una Orden de Servicio: VEINTICINCO CENTÉSIMAS POR MIL (0,25‰) del monto contractual.
c. Incumplimiento de disposiciones municipales vigentes para el cierre de obras y seguridad en la vía pública: UNA DÉCIMA POR MIL (0,10‰) del monto contractual.
d. Incumplimiento de una Orden de Servicio: CINCO DÉCIMAS PORMIL (0,5‰) del monto contractual por cada día de incumplimiento contado a partir de su notificación.
e. Paralización de trabajos (total o parcial) por divergencias no resueltas: CINCO DÉCIMAS POR MIL (0,5‰) del monto contractual por cada día de paralización.
A los fines del presente artículo, se entenderá por monto del contrato, el monto original del contrato con más sus ampliaciones y las adecuaciones y/o redeterminaciones de precios – según corresponda- que se hubieren aprobado en el marco de la Ley N° 12.046
ARTÍCULO 79.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.
Para la aplicación de multas se seguirá el siguiente procedimiento:
80.1 Producido un incumplimiento que implicará la aplicación de multas, la Inspección de Obra intimará mediante Orden de Servicio en plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO (48) horas, prorrogable por causa debidamente justificada de conformidad a la naturaleza del objeto en cuestión, al cumplimiento bajo apercibimiento de sanción.
80.2 La Inspección de Obra comunicará al Comitente los fundamentos de la procedencia de la intimación, a lo cual el Comitente dictará la correspondiente resolución sobre el particular.
80.3 Las multas por incumplimiento del plazo de ejecución de la Obra, así como las establecidas por infracción a las disposiciones de este pliego o en cualquiera de los instrumentos que integran el Contrato, serán aplicadas directamente por el Comitente (resolución mediante), a requerimiento de la Inspección de Obra o en forma directa, cuando así corresponda.
80.4 El importe de las multas podrá ser percibido por el Comitente o bien deducido de créditos y fondos retenidos que éste posea. En este último caso, la deducción o afectación se hará en el siguiente orden:
a. Deducción del importe de la multa del primer certificado que el Contratista debe cobrar después de la aplicación de ésta.
b. Afectación del fondo de reparos en el monto de la multa, el que deberá ser repuesto por el Contratista de inmediato ante la intimación del Comitente.
80.5 La afectación del fondo de reparos significará la transferencia a favor del Comitente del monto de la multa.
80.6 Los montos afectados deberán ser repuestos por el Contratista en los términos establecidos en el Artículo 65 – Retenciones sobre los certificados. Fondo de Reparo, bajo apercibimiento de rescisión del Contrato sobre la base de lo estipulado en el Rescisión del Contrato.
ARTICULO 80.- SANCIONES
El Comitente también podrán aplicar las siguientes sanciones:
80.1 Al Contratista
a) Multas previstas en el Artículo 72 del presente Pliego
b) Descuentos por deficiencias en la calidad de los productos entregados.
En los casos que se compruebe la carencia en la resistencia, materiales o dimensiones exigidos, o por incumplimiento de lo establecido en el Pliego, siempre y cuando dicha situación no implique, a juicio de la Inspección de Obra, un riesgo para la construcción de la red de Media Presión. Este descuento es de carácter sancionatorio y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente, sino al de disminución de la cantidad de resistencia o durabilidad que este hecho es susceptible de producir, en comparación con lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias. Dicho descuento será determinado por ENERFE, cuya decisión será inapelable. De no ser aceptado por el Contratista, el mismo deberá efectuar la reposición del producto en cuestión, a satisfacción de la Inspección de Obra.
c) Solicitud de suspensión en el Registro Provincial de Licitadores de Obras Públicas.
Cuando se compruebe fehacientemente que el Contratista ha realizado actos dolosos con el objeto de beneficiarse ilícitamente (empleo de materiales prohibidos o que no cumplan con lo establecido en los Pliegos de Especificaciones Técnicas, etc.).
d) Aumento de los plazos de garantía
Cuando los productos, o parte de los mismos adolezcan de defectos o mala terminación que, a juicio de la Inspección de Obra, no afecte esencialmente su finalidad o vida útil.
80.2 Al Representante Técnico y/o al Jefe en Obra
a) Llamado de atención
- Por día de ausencia injustificada.
- Por no concurrir a citación debidamente notificada, en el horario, fecha y lugar establecidos
b) Apercibimiento.
- Cuando se produzca un segundo motivo para el llamado de atención, se aplicará apercibimiento.
c) Suspensión
- Al cumplirse dos apercibimientos, corresponderá suspensión automática de un (1) mes.
- Por la reiteración de hechos que puedan comprometer la calidad de los productos la suspensión será entre uno (1) y tres (3) meses.
d) Pedido de sustitución
- Cuando habiendo sido suspendido anteriormente cometiera hechos pasibles de una nueva suspensión.
- Por faltas graves o comprobación de dolo.
e) Comunicación al Colegio Profesional correspondiente de la sanción impuesta.
Las aplicaciones de sanciones serán complementarias y sin perjuicio del derecho que tiene ENERFE de rescindir el Contrato por incumplimientos del Contratista.
ARTÍCULO 81.- CONTRATOS DE SUBCONTRATISTAS.
El Comitente será competente para la aprobación de los contratos con los que el Contratista pretenda ejecutar parte de la Obra a través de subcontratistas.
Cuando se hubiere presentado subcontratista especializado solamente se admitirá su reemplazo por probada fuerza mayor.
ARTICULO 82.- DE LA RESCISION DEL CONTRATO POR CULPA DEL CONTRATISTA.
82.1. Sin perjuicio de las causales genéricas de rescisión de Contrato previstas en la legislación vigente y en las disposiciones de la documentación licitatoria de la presente, ENERFE tendrá derecho a la rescisión del Contrato por culpa del Contratista, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento doloso o grave negligencia de cualquiera de las obligaciones emergentes xxx Xxxxxx, del Contrato y de los Documentos Licitatorios que lo integran.
b) Cuando en la Oferta se hubiera incurrido dolosamente en inexactitudes graves que determinaron la adjudicación.
c) Cuando el Contratista sea culpable de fraude, o negligentemente incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el Contrato.
d) Vencido el plazo de cumplimiento de Contrato o en su caso de su prórroga, sin que se hubiese ejecutado la totalidad de su objeto del presente llamado, ENERFE podrá considerar la causal de rescisión del contrato.
e) Cuando exista cesión de todo o parte del Contrato, se asocia con terceros para la construcción o subcontrata la ejecución de la Obra en un porcentaje mayor autorizado en el Contrato, sin previa autorización de ENERFE. Cuando exista APE, concurso o quiebra del Contratista.
f) Cuando las multas aplicadas superen el DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del Contrato.
g) Cuando el Contratista proceda a la ejecución de las obras con lentitud, previa intimación al Contratista que ponga los medios necesarios para acelerar los trabajos hasta alcanzar el nivel de ejecución previsto en el Contrato en el plazo que se le fije, y a juicio exclusivo de la Comitente no puedan terminarse en los plazos estipulados.
h) Cuando el Contratista se exceda del plazo fijado en las bases de Licitación para la iniciación de las obras; al contratista que ponga los medios necesarios para acelerar los trabajos hasta alcanzar el nivel contractual de ejecución en el plazo que se le fije.
i) Cuando el Contratista abandone las Obras, el obrador o interrumpa los trabajos por plazo mayor de OCHO (8) días en tres ocasiones, o cuando el abandono o interrupción sean continuados por el término de TREINTA (30) días.
82.2. En todos los casos, la rescisión operada acarreará la pérdida de la garantía del cumplimiento del contrato por la parte no cumplida hasta el momento.
82.3. Asimismo, ENERFE podrá establecer las sumas líquidas exigibles y retener de los importes que deba al Contratista, las multas y correcciones por deficiencias originadas en tal rescisión, o emergentes del desenvolvimiento del Contrato, sin necesidad de consentimiento de los saldos por parte del Contratista, quien podrá oportunamente realizar las acciones que estime pertinentes.
ARTICULO 83.- CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
Resuelta la rescisión del Contrato por culpa del Contratista, y, ella tendrá las siguientes consecuencias:
a) Se ejecutará, sin necesidad de aviso previo, la Garantía de Cumplimiento de Contrato presentada por el Contratista;
b) El contratista responderá civilmente por todos los daños y perjuicios que sufra ENERFE derivados del incumplimiento, incluyendo los mayores costos que implique el llamado a nueva licitación para la continuación de las Obras, o por la ejecución de estas directamente;
c) ENERFE estará facultada a tomar de pleno derecho, si lo cree conveniente y sin aumentos ni reconocimientos de ninguna especie, la posesión de los equipos y materiales necesarios para la continuación de la Obra;
d) Los créditos que resulten por los materiales que ENERFE reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas u obras inconclusas que sean de recibo, y por fondos de reparos, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de la Obra;
e) ENERFE comunicará la rescisión al Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe;
f) En ningún caso el Contratista tendrá derecho a percibir algún beneficio que se obtuviese en la continuación de las Obras con respecto a los precios del contrato rescindido.
ARTICULO 84.- DE LA RESCISION DEL CONTRATO POR CULPA DEL COMITENTE
El contratista tendrá derecho a rescindir el contrato, en los siguientes casos:
a) Cuando la ENERFE suspenda por más de seis (6) meses consecutivos la ejecución de las obras;
b) Cuando el Contratista se vea obligado a suspender las obras por más de tres (3) meses, o a reducir el ritmo previsto en más de un 50 % durante el mismo período, como consecuencia de la falta de cumplimiento en término, por parte de ENERFE, de la entrega de elementos o materiales a que se hubiera comprometido.
ARTICULO 85. – CONSECUENCIAS DE LA RESCISION POR CULPA DEL COMITENTE
Producida la rescisión del contrato en virtud de las causales previstas en el artículo anterior, ella tendrá las siguientes consecuencias:
a) Liquidación a favor del Contratista, previa valuación practicada de común acuerdo con él sobre la base de los precios, costos y valores contractuales, de los materiales acopiados y los contratados, en viaje o en elaboración, que sean de recibo;
b) Si hubiera trabajos ejecutados, el Contratista deberá requerir la inmediata recepción provisional de los mismos, debiendo realizarse su recepción definitiva una vez vencido el plazo de garantía;
c) Liquidación a favor del contratista de los gastos improductivos que probare haber tenido como consecuencia de la rescisión del contrato. El importe de dichos gastos improductivos en ningún caso podrá exceder el monto del Contrato pendiente de ejecución;
d) No se liquidará a favor del Contratista suma alguna por concepto de indemnización o de beneficio que hubiera podido obtener sobre las Obras no ejecutadas.
ARTÍCULO 86: REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
La redeterminación de los precios en PESOS ARGENTINOS del presente Contrato se realizará de conformidad con lo previsto en las Ley N°12.046 sus normas modificatorias, complementarias y decretos reglamentarios. Además, deberá tomarse referencia del decreto provincial N°3163/2021 y Resolución del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat N° 636/2022.
La estructura de ponderación de insumos principales o la estructura de costos estimada (la que también será de aplicación para establecer el porcentaje de adecuación provisoria) y las fuentes de información de los índices de precios correspondientes es la siguiente:
Insumo | Índice de referencia | Ponderación |
Mano de Obra | 9000011- "OBRAS DE LA DPOH" | 0,48 |
Materiales | 80% respecto a 0917001 xxxx xx xxxxx c/costura p/ perforaciones | 0,26 |
20% respecto a 0801216 hormigón elaborado | ||
Equipos | 1023002- "amortización equipos obras DPOH y SPAR" | 0,18 |
Combustibles y Lubricantes | 0101010- "Gas Oil - Base 100= Junio 2014" | 0,08 |
TOTAL | 1 |
Los oferentes deberán presentar juntamente con la oferta, la documentación que se indica a continuación:
I. El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.
II. Los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias.
III. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios o en la estructura de costos.
IV. El presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems en soporte digital.
La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará descalificación de la Oferta correspondiente.
A los índices referidos se podrá tener acceso mediante el siguiente link: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxx/xxxxxxx/xxxx/xxxx/000000/(xxxxxxx)/000000
ANEXOS:
ANEXO N°1: Propuesta económica ANEXO N°2: Visita de obra
ANEXO N°3: Compre santafesino ANEXO N°4: Planilla de cotización ANEXO N°5: Obras similares ANEXO N°6: Plan de trabajo ANEXO N°7: DD JJ Personal
ANEXO N° 8: DDJJ Competencia Judicial ANEXO N°9: DDJJ Juicios
ANEXO Nº 1
FORMULARIO DE PROPUESTA (Nº )
Ref.: LICITACION PUBLICA N.º 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, ..-
Sr. ..............................................................
Su Despacho
De nuestra consideración:
Los que suscriben, proponente y representante tecnico ..............................................................
respectivamente, de la Empresa................................................................................ Inscripta en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe se presentan a la Licitación de referencia y cotizan precio de ejecución de los trabajos indicados en la documentación correspondiente.
El monto de la propuesta, en un todo de acuerdo a los planos, especificaciones, presupuesto oficial, pliegos de condiciones y otros, asciende a la suma de: $................................... en números) (en letras).
Dejamos expresa constancia que el mantenimiento de la presente oferta es de 60 (sesenta) días calendario; prorrogables de conformidad al Artículo Nº 20 xxx Xxxxxx Complementario de Bases y Condiciones.
Saludamos con atenta consideración.
…………………………………………………
….
Firma y Sello del Proponente
……………………………………………………
…
Firma y Sello del Representante Técnico
ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA DE VISITA DE OBRA
LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE-
S / D
Yo,………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento ……………………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que el Proponente conoce el lugar donde se ejecutará la Obra denominada " PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, PROVINCIA DE
SANTA FE " y que se ha recogido en el sitio la información relativa a las condiciones locales que puedan influir sobre la ejecución de los trabajos, y que conoce todas las condiciones del terreno donde se habrá de ejecutar la Obra, así como las características del ámbito local en materia de recursos, materiales, regulaciones, etc.; todo lo cual le permite comprometerse sin restricciones a realizar los trabajos de conformidad con las exigencias xxx Xxxxxx.
En consecuencia, el Proponente asume la responsabilidad absoluta y exclusiva por vicios del suelo y de la cañería, sus características y naturaleza; y en consecuencia no podrá invocar en el futuro ninguna dificultad material imprevista, comprometiéndose al estricto cumplimiento de las obligaciones emergentes a esta Licitación, y que se abstendrá de presentar cualquier tipo de reclamo o adicional alegando desconocimiento o falta de información sobre dichas cuestiones.
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO LEY N° 13.505 DE COMPRE SANTAFESINO Y NORMATIVA REGLAMENTARIA
LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE-
S / D
Yo, ………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento ………………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa.......................... [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que la Oferta presentada cumple con las condiciones requeridas por la Ley Nº 13.505 (“Compre Santafesino”) y su Decreto Reglamentario N° 549/2019, en consecuencia, el Proponente se obliga a adquirir los materiales, materias primas y mano de obra de origen provincial necesarios para la ejecución de los trabajos en el marco de la Obra de referencia, cuando hubiere oferta local suficiente. Asimismo, la Oferta otorga prioridad a favor de los trabajadores locales en la contratación de mano de obra demandada para la realización de la Obra, considerándose local a todo trabajador con residencia
permanente en la Provincia de Santa Fe.
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
ANEXO Nº 4
PLANILLA DE COTIZACIÓN LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENO VABLES S.A.P.E.M. -ENERFE-
S / D
Yo,………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento …………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”), adjunto
la siguiente planilla de cotización de todos los trabajos para la ejecución de la Obra de referencia y declaro bajo juramento que la misma incluye la cotización de todos los precios unitarios y el precio total de la Obra, y me comprometo a no presentar ningún variación o alternativa a la presente cotización. Todos los montos están expresados en PESOS ARGENTINOS (AR$) y con hasta DOS (2) decimales con el IVA incluído.
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
NRO | DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS | UN. | CANT | PRECIO M + MO | IMPORTE | IMPORTE | INCID. | |
RUB. | ITEM | UNITARIO | ITEM | RUBRO | ||||
1 | TRABAJOS PRELIMINARES | $ - | ||||||
1,01 | Limpieza inicial del terreno, periódica y final de la obra | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
1,02 | Replanteo de obra | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
1,03 | Plan Higiene y Seguridad - Constucciones Provisorias,obrador - baño- Pañol | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
2 | CERRAMIENTOS | $ - | ||||||
2,01 | Fundaciones xx xxxxxx corrida - según planimetria adjunta | m3 | 40,50 | $ - | $ - | |||
2,02 | Mamposteria de zocalo - ladrillos comunes - según planimetria | m3 | 18,00 | $ - | $ - | |||
2,03 | Mamposteria en elevación de bloques de hormigon - 20 cm - | m2 | 204,77 | $ - | $ - | |||
2,01 | Encadenado superior - hormigon armados sobre ladrillo de hormigon "U" - 20 cm | m3 | 3,41 | $ - | $ - | |||
2,01 | Cerco de tejido metalico olimpico - con postes premoldeados y lineas de alambre de puas | ml | 126,60 | $ - | $ - | |||
3 | ESTRUCTURAS | $ - | ||||||
3,01 | Bases aisladas de hormigon armado - según planimetria adjunta | m3 | 16,70 | $ - | $ - | |||
3,02 | Columnas de Hormigon armado -según planimetria y especificaciones adjuntas | m3 | 14,08 | $ - | $ - | |||
3,03 | Refuerzos verticales - según planimetria y especificaciones adjuntas | m3 | 2,40 | $ - | $ - | |||
3,04 | Cubierta metalica - chapa t-90 sobre vigas metalicas reticuladas - según planimetria y detalles | m2 | 916,80 | $ - | $ - | |||
3,05 | Cimiento corrido inferior - según detalle adjunto | m3 | 14,76 | $ - | $ - | |||
3,06 | Encadenado horizontal - según detalle adjunto | m2 | 6,56 | $ - | $ - | |||
3,07 | Mamposteria en elevacion de bloques de hormigon - 20 cm | m2 | 738,00 | $ - | $ - | |||
4 | PISOS | $ - | ||||||
4,01 | Pisos de Hormigon Llaneado mecianizado - h-30 - según descripcion adjunta - incluye rehundida derrame | m2 | 1042,00 | $ - | $ - | |||
4,02 | Mejorado xx xxxxx - según descripción adjunta | m2 | 74,00 | $ - | $ - | |||
5 | CARPINTERIAS Y XXXXXXXXX | $ - | ||||||
5,01 | Xxxxxxxxx para rejillas derrame | ml | 180,00 | $ - | $ - | |||
5,02 | Portones xx xxxxxx según planimetria y detalles adjuntos | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
5,03 | Aberturas Aluminio color - tipo Modena - según planimetria y detalles adjuntos | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
6 | INSTALACIÓNES | $ - | ||||||
6,01 | Instalación Electrica completa - según planimetría adjunta | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
6,02 | Instalación Sanitaria completa - según planimetría adjunta | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
7 | VARIOS Y FINALES DE OBRA | $ - | ||||||
10,01 | Detalles de terminación en general | Gl | 1,00 | $ - | $ - | |||
TOTAL CON IVA | $ - |
ANEXO Nº 5
Ref.: LICITACION PUBLICA N.º 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
OBRAS SIMILARES A LA QUE SE LICITA
Nº | COMITENTE | OBRA (1) | |||||||
NOMBRE DOMICILIO | NOMBRE UBICACION | DATOS CONTRACTUALES FECHA INICIO FECHA TERM. | SUP. | VOLUMEN | CANTIDAD DE NIVELES | MONTO DE CONTRATO (2) | PORCENTAJE DE AVANCE | ||
(3) | |||||||||
NOTAS IMPORTANTES:
(1) Las obras que se detallen no podrán tener una antigüedad mayor de 5 (cinco) años, contada desde la fecha de firma del Acta de Recepción Definitiva, cuya copia debidamente certificada o Certificación del Comitente, deberá acompañar para su acreditación.
(2) El Monto de Obra se consignará a valores de contrato
(3) Declarar una sola planilla aunque se trate de una UT. En este caso aclarar a que Firma de la Asociación corresponde la obra.
ANEXO Nº 6
PLAN DE TRABAJO E INVERSIONES
LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE-
S / D
Yo,………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento …………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa
...........................[NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”), formulo el presente Plan de Trabajo físico y el Cronograma de Inversiones que forma parte de la Propuesta Técnica para la ejecución física de la Obra, a ejecutar de acuerdo al siguiente cronograma:
PLAN DE TRABAJO FISICO (1)
Nº DESCRIPCION DE | % INCID. | PLAZO DE OBRA | |||||
LAACTIVIDAD- | 1 2 | 3 4 | ... | ... | |||
RUBRO/ TRABAJO | |||||||
ITEM | |||||||
INVERSION MENSUAL % | |||||||
INVERSION ACUMULADA % | |||||||
INVERSION MENSUAL | $ | ||||||
INVERSION ACUMULADA | $ | 100 | MONTO OBRA |
NOTAS IMPORTANTES:
(1) El Plan de Trabajo de avance físico deberá realizarse a través de Diagramas xx Xxxxxx (Xxxxx) discriminando por ítems de acuerdo a Planilla de Cotización
(2) La Curva de Inversiones se representará con los % acumulados derivados del Plan de Trabajo.
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER]
PROPONENTE]
ANEXO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA NOMINA DE REPRESENTANTE TECNICO, JEFE DE OBRA, ENCARGADOS DE PERSONAL, DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE-
S / D
Yo,………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento ……………………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa
.......................[NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que las siguientes personas que se enumeran en la tabla adjunta, forman parte del Personal Especializado propio que será afectado a los trabajos, y que el “Proponente” mantendrá la responsabilidad primaria y su correcta ejecución:
Nombre | Documento | Título Universitario / Categoría | Tarea asignada |
Representante Técnico | |||
Jefe de Obra | |||
Encargado de Personal | |||
Encargado de Higiene y Seguridad en el Trabajo |
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
IMPORTANTE: En todos los casos deberá suministrarse los siguientes datos, certificaciones de vigencia de matrícula de los Colegios Profesionales y currículums vitae de cada uno de los profesionales designados.
Apellido y Nombre..............................................
Documento de Identidad (Tipo y Nº.) Título:................................................................................................................................
Especialización:................................................................................................................
Universidad:......................................................................................................................
Facultad:...........................................................................................................................
Matrícula Nº ..............................................................
Colegio Profesional:........................................................Distrito ..…………………....................
Fecha de Inscripción..................................... Categoría:......................................................................
Antecedentes:(1)..............................................................................................................
Consignar los siguientes datos en Planilla:
- Obra (Tipo Obra/ Trabajo/ Plazo / Rol cumplido/ Fechas)
- Nombre / Ubicación / Ejecución / Rol (breve descripción) / Xxxxxx (desde / hasta)
- Comitente
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
ANEXO Nº 8
DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE COMPETENCIA LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE-
S / D
Yo,…………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento ………………….... [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa..................................... [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que el Proponente acepta irrevocablemente que, en caso de cualquier controversia que pudiere suscitarse en relación con la presente Licitación, se someten a la jurisdicción de los Tribunales Provinciales en lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, República Argentina, para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones emergentes de la misma, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, judicial o arbitral, nacional o internacional, que pudiere corresponder y a la posibilidad de recusar sin causa.
[ LUGARYFECHA] [FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
ANEXO N°9
DECLARACIÓN JURADA DE JUICIOS CONTRA EL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPAL, ENTIDADES DESCENTRALIZADAS y/o ENERFE
LICITACION PUBLICA N° 15/22
OBRA: PLANTA PILOTO PARA VALIDAR PROCESOS DE BIORREFINERÍA – ETAPA 1 - EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE
S / D
Yo,………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento ………………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa...........
[NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que a la fecha de suscripción de la presente, el Proponente tiene / no tiene juicios con el Estado Nacional ni con ninguno de los Estados Provinciales y Municipales dentro del territorio de la República Argentina o sus entidades descentralizadas, ni con ENERFE:
Carátula | Nº de Expediente/CUIJ | Monto Reclamado | Fuero,Juzgado y Secretaría | Entidad demandada |
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
NEXO Nº 3 PLANILLA DE PRESUPUESTO PARA COTIZAR
Ref.: LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Valores a ………………………….
Nº | INDICACION DE LAS OBRAS | U | Cantidad | Costo Unitario | Importe | % Inc. |
100%
$
……………
…
TOTAL COSTO
Coeficiente Resumen [K] | ……….. | $ …………… … |
TOTAL
$
……………
…
PLANILLA DE DESAGREGACIÓN DE COEFICIENTE RESUMEN
SUBTOTAL COSTO NETO | 1,000 | ||||
SUBTOTAL | (1) | ||||
GASTOS GENERALES | % de (1) | --,--- | --,--- | ||
BENEFICICIOS | % de (1) | --,--- | --,--- | ||
SUBTOTAL | (2) | ||||
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO | % de (2) | 21,00 | --,--- | (3) | |
COEFICIENTE RESUMEN | Suma de 2 y 3 |
COEFICIENTE ADOPTADO: (*)
………………...
(*) El Coeficiente de
Resumen ADOPTADO
para el cálculo de precios será redondeado a 2 (dos) dígitos decimales, excluyendo los subsiguientes.
NOTA IMPORTANTE: Se deberá desagregar la estructura del Precio cotizado según este modelo, considerando para cada uno de los conceptos las alícuotas que se consignan o que correspondan, siguiendo lo
………………………………………………
…….
Firma y Sello del Proponente
consignado en el coeficiente de resumen.
…………………………………………………
……
Firma y Sello del Reprentante Técnico
ANEXO Nº 4
Ref.: LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
PLANILLA DE ANÁLISIS DE PRECIOS (1)
Nº | CONCEPTO | UNID. | CANTIDAD | PRECIO IMPORTE UNITARIO PARCIAL | IMPORTE TOTAL | |
1 | MATERIALES | |||||
SUBTOTAL MATERIALES | ||||||
2 | MANO DE OBRA | |||||
SUBTOTAL MANO DE OBRA | ||||||
3 | EQUIPO | |||||
SUBTOTAL EQUIPO | ||||||
4 | SUBTOTAL COSTO (1+2+3) | COSTO- COSTO |
NOTA IMPORTANTE:
(1) La presente Planilla de Análisis de Precios contiene una estructuración y desagregación mínima que el Oferente deberá respetar en su presentación.
Se deberán presentar los Análisis de Precios Unitarios de todos los Ítem correspondientes a todos los Presupuestos que componen la Cotización de la presente obra.
…………………………………………………
….
Firma y Sello del Proponente
……………………………………………………
…
Firma y Sello del Representante Técnico
ANEXO Nº 5
Ref.: LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE PLAN DE TRABAJOS FÍSICOS (1)
Nº RUBRO/ ITEM | DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD- TRABAJO | % INCID. | PLAZO DE OBRA | ||||||
1 | 2 | 3 | 4 | ... | ... | ||||
INVERSION % | |||||||||
INVERSION % | ACUMULADA | ||||||||
INVERSION | $ | ||||||||
INVERSION ACUMULADA $ | 100 | MONTO OBRA |
INVERS. (%) | CURVA DE INVERSIONES (2) | |
100 | ||
90 | ||
80 | ||
70 | ||
60 | ||
50 | ||
40 | ||
0 | 1 2 3 4 | PLAZO |
(período)
NOTAS IMPORTANTES:
(1) El Plan de Trabajo de avance físico deberá realizarse a través de Diagramas xx Xxxxxx (Xxxxx) discriminando por Xxxxxx, de acuerdo a Presupuestos.
(2) La Curva de Inversiones se representará con los % acumulados derivados del Plan de Trabajos Previo a la firma del contrato la Adjudicataria deberá presentar el Plan de Trabajos e Inversión, “ajustado” de acuerdo a lo establecido al artículo Nº 48.
…………………………………………………
….
Firma y Sello del Proponente
……………………………………………………
…
Firma y Sello del Representante Técnico
ANEXO Nº 6 (DEBERÁ PRESENTARSE CON LA PRESENTACION DE LA OFERTA) Ref.: LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Representante Técnico/Jefe de Obra/ Encargado de Personal/ Encargado de Higiene y Seguridad en el trabajo/ Encargado de Medio Ambiente e Impacto Ambiental (*)
Apellido y Nombre................................................................................................................................
Documento de Identidad (Tipo y No.) ..................................................................................................
Título:.........................................................................Universidad:......................................................
Especialización:..........................................................Institución:.........................................................
Matrícula Nº .................... Colegio:.........................................................Distrito...................................
Fecha de Inscripción......................................Categoría:......................................................................
Antecedentes:(1)...................................................................................................................................
(1) Consignar Datos en Planilla:
Obra | Tipo Obra | Tarea/Rol cumplido | Fecha desempeño | |||
Nombre | Ubicación | Comitente | Trabajo | Plazo de ejecución | (breve descripción) | (desde/hasta) |
Deberá agregarse Curriculum Vitae al momento del inicio de la obra.
*Por la presente declaro la veracidad de los datos consignados más arriba; como así también estar habilitado para el ejercicio profesional durante el año en curso; y me comprometo a prestar mis servicios profesionales conforme lo exigen las Reglamentaciones vigentes y el presente Pliego.
Santa Fe, ..-
…………………………………………………
….
Firma y Sello del Proponente
……………………………………………………
…
Firma y Sello del Representante Técnico/Jefe de Obra/ Encargado de Personal/Encargado de Higiene y Seguridad en el trabajo/Encargado de Medio Ambiente e Impacto Ambiental
Notas: Deberá agregarse a la presente Certificación de Habilitación Anual del Colegio Profesional
correspondiente al momento del inicio de la obra.
ANEXO N° 7
LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo/Medio Ambiente e Impacto Ambiental. (*)
Apellido y Nombre................................................................................................................................
Documento de Identidad (Tipo y No.) ……………
Título:.........................................................................Universidad:.....................................................
Especialización:..........................................................Institución:.......................................................
Matrícula Nº .................... Colegio:.........................................................Distrito...................................
Fecha de Inscripción......................................Categoría:......................................................................
Antecedentes:(1).................................................................................................................................
(1) Consignar Datos en Planilla:
Obra | Tipo Obra | Tarea/Rol cumplido | Fecha desempeño | |||
Nombre | Ubicación | Comitente | Trabajo | Plazo de ejecución | (breve descripción) | (desde/hasta) |
Deberá agregarse Curriculum Vitae al momento del inicio de la obra.
Por la presente declaro la veracidad de los datos consignados más arriba; como así también estar habilitado para el ejercicio profesional durante el año en curso; y me comprometo a prestar mis servicios profesionales conforme lo exigen las Reglamentaciones vigentes y el presente Pliego.
Santa Fe, ….-
…………………………………………………
….
Firma y Sello del Proponente
……………………………………………………
…
Firma y Sello del Representante Técnico
Notas: Deberá agregarse a la presente Certificación de Habilitación Anual del Colegio Profesional
correspondiente al momento del inicio de la obra.
ANEXO Nº 8
LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
Cláusula de No Repetición de la ART contra el Comitente.
El siguiente texto debe incluirse como parte del contrato de Seguro de Riesgo de Trabajo que presente oportunamente la contratista
“(Indicar Nombre de la A.R.T.) A.R.T. renuncio en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o regreso contra el Comitente, sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el Art. 39 inc.5 de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que me vea obligada a abonar al personal dependiente o ex-dependiente de (Indicar Nombre de la empresa contratista) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedad profesional sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa.- (Indicar Nombre de la A.R.T.) A.R.T. me obligo a comunicar a ENERFE, en forma fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado, y especialmente en la falta de pago en término de la misma, dentro de los 10 (diez) días de verificados.-“
ANEXO Nº 09
DECLARACIÓN JURADA A PRESENTAR POR CADA PROPONENTE Y POR CADA PRESIDENTE, DIRECTOR, SÍNDICO, SOCIO GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE, DE NO ENCONTRARSE INCURSO EN NINGUNA DE LAS CAUSAS DE INCOMPATIBILIDAD PREVISTAS EN EL ARTICULO 11 XXX XXXXXX Y EN EL APARTADO I-10 DEL PUBCG
LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
OFERENTE:……………………………………………………………..
Yo, .………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento …………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa
.............................[NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que el Proponente, presidente, directores, síndicos, socios gerentes, representantes legales y/o apoderados de personas jurídicas, no se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilitación previstas en el Artículo 13 del PCGYP, y en el apartado I- 10. del PUBCG, a saber:
No soy agente ni funcionario de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, ni pertenezco a empresas que tengan participación suficiente para formar la voluntad social, ni dirijo ni administro ni represento ni patrocino ni asesoro ni presto servicios de forma alguna en violación a lo dispuesto por la Ley de Ética Pública N° 25.188, en relación a la presente contratación.
No poseo condena por delito dolosos, y no me encuentro procesado por delitos contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública, o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
No poseo obligaciones pendientes de cumplimiento en materia tributaria ni previsional.
No me encuentro inhabilitado por quiebra, ni concursado sin avenimiento aprobado y homologado judicialmente.
No se me ha rescindido ningún contrato por culpa del Proponente, con ningún organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante últimos diez (10) años.
No me encuentro incurso en ninguna causal de inhabilitación prevista en el régimen de contrataciones vigente de ENERFE.
No me encuentro inhabilitado de acuerdo a regímenes especiales.
Asimismo, declara no encontrarse inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – Ley Nº 11945, acreditando lo expuesto con el Certificado Negativo correspondiente, expedido por las autoridades de dicho Registro.
Firma y aclaración Lugar y fecha……………………………………………
ANEXO Nº 10
LICITACION PUBLICA N.º .../22
OBRA: PLANTA DE BIORREFINERÍA EN SAUCE VIEJO, SANTA FE, PROVINCIA DE SANTA FE
DECLARACIÓN JURADA DE JUICIOS CONTRA EL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPAL, ENTIDADES DESCENTRALIZADAS y/o ENERFE
Santa Fe, …….. de de 2022
SEÑORES
SANTA FE GAS Y ENERGIAS RENOVABLES S.A.P.E.M. -ENERFE
S / D
Yo,………………………………………………………….. [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento ………………………………… [TIPO Y Nº], en carácter de
…………………………………………………………………………. [CARÁCTER] de la empresa...........
[NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que a la fecha de suscripción de la presente, el Proponente tiene / no tiene juicios con el Estado Nacional ni con ninguno de los Estados Provinciales y Municipales dentro del territorio de la República Argentina o sus entidades descentralizadas, ni con ENERFE: