Modificado Acuerdo 011 de julio 30 de 2012)
XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX Xx. 000 xx 0000
(Modificado Acuerdo 000 xx xxxxx 00 de 2012)
Por el cual se adopta el Contrato de Condiciones Uniformes de Empresas Publicas de Armenia ESP para la Prestación del servicio de ASEO
La Junta Directiva de Empresas Públicas de Armenia ESP, en uso de sus atribuciones legales conforme a lo establecido en el Acuerdo No.014 de 2007 Estatutos, y
CONSIDERANDO:
Que EPA ESP ha venido prestando el servicio público de aseo continuamente, y desde el 15 xx xxxxxx del año 2003 a través de un contrato de operación suscrito con Xxxxxxxxxxxxxx S.A. ESP, servicio que prestará esta empresa hasta el 31 de diciembre de 2011 en virtud de la terminación del contrato de operación suscrito con EPA ESP.
Que una vez terminado el plazo de ejecución del mencionado contrato de operación y gestión integral del servicio de aseo, suscrito con la firma Servigenerales SA ESP, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP RETOMA SU CALIDAD DE PRESTADOR
– OPERADOR DEL SERVICIO PÚBLICO DOMICILIARIO DE ASEO EN EL MUNICIPIO DE ARMENIA.
Que se hace necesario establecer las Condiciones Uniformes con las cuales Empresas Públicas de Armenia ESP retomará la calidad de PRESTADOR – OPERADOR del servicio público domiciliario de aseo y que regularán las relaciones entre la Entidad y los suscriptores y/o usuarios del servicio.
Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante resolución CRA 376 de 2006, modificó el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación del servicio público domiciliario de Aseo.
Que Empresas Publicas de Armenia ESP cuenta en la actualidad con un Contrato de Condiciones Uniformes para los servicios públicos de Acueducto y Alcantarillado, aprobado mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 021 de diciembre 15 de 2008.
Que se hace necesario aprobar un Contrato de Condiciones Uniformes para el servicio de Aseo y realizar las modificaciones que sean necesarias para ajustarlo a lo establecido por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, al igual que a la normatividad vigente y los parámetros establecidos por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Que en mérito de lo expuesto, la Junta Directiva de Empresas Publicas de Armenia ESP,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Expedir el contrato de condiciones uniformes de Empresas Publicas de Armenia ESP para la prestación del servicio de ASEO, el cual tendrá el siguiente articulado:
CAPITULO I
Disposiciones generales.
Cláusula 1. Objeto. El Contrato tiene por objeto que EMPRESAS PUBLICAS DE ARMENIA EPA ESP, preste el servicio público domiciliario de aseo, en favor del suscriptor y/o usuario, en un inmueble urbano o rural del municipio de Armenia y su área de influencia, dentro de la zona en la que la Entidad presta el servicio, siempre que las condiciones técnicas lo permitan, a cambio de un precio en dinero, el cual se determinará de conformidad con la regulación tarifaria vigente.
Cláusula 2. Definiciones. Al interpretar las condiciones uniformes del presente contrato se aplicarán las definiciones consagradas en la Ley 142 de 1994, sus Decretos Reglamentarios, los actos administrativos de carácter general expedidos por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y la Superintendencia de Servicios Públicos, las normas técnicas aplicables y cualquier otra norma que las adicione, modifique, derogue, complemente o desarrolle y que tenga relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo.
En especial, se aplicarán las siguientes definiciones:
1. Aforo de residuos sólidos: Determinación puntual de la cantidad de residuos sólidos presentados para la recolección por un suscriptor y/o usuario determinado.
2. Contribución de solidaridad: Aporte que de manera obligatoria deben hacer los suscriptores y/o usuarios del servicio de aseo pertenecientes a los estratos 5 y 6 del sector residencial y los usuarios no residenciales pertenecientes a los sectores industrial y comercial, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expidan la Comisión de Agua Potable y Saneamiento Básico y el Gobierno Nacional.
3. Factura de servicios públicos: Cuenta presentada con la información mínima establecida en el presente contrato, que una persona prestadora de servicios públicos entrega o remite al suscriptor y/o usuario, por causa del servicio y demás bienes y servicios inherentes al desarrollo del contrato de prestación de servicios públicos. De conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, la factura expedida por la empresa y debidamente firmada por el representante legal de la entidad prestará mérito ejecutivo, de acuerdo con las normas del Derecho Civil y Comercial.
4. Falla en la prestación del servicio: Incumplimiento por parte de la persona prestadora en la prestación continua de un servicio de buena calidad, en los términos del artículo 136 de la Ley 142 de 1994 y de la regulación vigente expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
5. Gran generador o productor: Suscriptor y/o usuario no residencial que genera y presenta para la recolección, residuos sólidos en volumen superior a un metro cúbico mensual o a la cantidad que defina la normatividad vigente.
6. Pequeño productor: Suscriptor y/o usuario no residencial que genera residuos sólidos en volumen menor o igual a un metro cúbico mensual o en la cantidad que defina la normatividad vigente.
7. Residuo sólido o desecho: Es cualquier objeto, material, sustancia o elemento sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales o de servicios, que el generador abandona, rechaza o entrega y que es susceptible de aprovechamiento o transformación en un nuevo bien, con valor económico o de disposición final.
8. Residuo sólido o desecho ordinario: Es aquello no calificado como especial en el presente contrato.
9. Residuo sólido o desecho especial: Es aquel considerado como peligroso, aquel proveniente de la limpieza xx xxxxxxxx y parques, corte de césped y poda de árboles o arbustos, aquel que por su composición, tamaño, volumen y peso no puede ser recolectado, manejado, tratado o dispuesto normalmente por la persona prestadora del servicio, así como todo residuo sobrante de las actividades de construcción, reparación o demolición de obras civiles o de otras actividades conexas, complementarias o análogas.
10. Saneamiento básico: Son las actividades propias del conjunto de los servicios domiciliarios de alcantarillado y aseo.
11. Servicio público de aseo: Es el servicio de recolección municipal de residuos, principalmente sólidos. También se aplicará a las actividades complementarias de transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de tales residuos.
Igualmente incluye, entre otras, las actividades complementarias de corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas, xx xxxxxx de estas áreas, transferencia, tratamiento y aprovechamiento.
12. Subsidio: Diferencia entre lo que se paga por un bien o servicio y el costo de este, cuando tal costo es mayor al pago que se recibe. De acuerdo con la Ley 142 de 1994, se podrán dar subsidios por parte del Estado, como inversión social a los usuarios de los estratos 1 y 2, y al 3 en las condiciones que para el efecto establezca la Comisión.
13. Suscriptor: Persona natural o jurídica con la cual se ha celebrado un contrato de condiciones uniformes de servicios públicos.
14. Suscriptor potencial: Persona natural o jurídica que ha iniciado consultas para convertirse en suscriptor del servicio público ofrecido por la persona prestadora.
15. Usuario: Persona que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario de un inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio, equiparándose este último con el término consumidor.
16. Usuario no residencial: Es la persona natural o jurídica que produce residuos sólidos derivados de la actividad comercial, industrial o de servicios, y otros no clasificados como residenciales y se beneficia con la prestación del servicio de aseo.
17. Usuario residencial: Es la persona natural o jurídica que produce residuos sólidos derivados de la actividad residencial privada o familiar, y se beneficia con la prestación del servicio de aseo. Se considera como servicio de aseo residencial el prestado a aquellos locales conexos a la vivienda que ocupen menos de veinte (20) metros cuadrados de área, exceptuando los que produzcan más de un metro cúbico de residuos sólidos al mes.
Cláusula 3. Partes. Son partes en el Contrato de Servicios Públicos, en adelante CSP, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP y los usuarios y/o suscriptores.
Cláusula 4. Solidaridad. Los propietarios o poseedores del inmueble en el que se presta el servicio, los demás usuarios y los suscriptores son solidarios en sus obligaciones y derechos en el contrato de servicios públicos.
Con el fin de que el inmueble urbano destinado a vivienda, entregado en arriendo no quede afectado al pago de los servicios públicos domiciliarios, al momento de celebrar el contrato de arrendamiento, el arrendador podrá exigir al arrendatario la prestación de garantías o fianzas con el fin de garantizar el pago de las facturas correspondientes en los términos del artículo 15 de la Ley 820 de 2003.
Cláusula 5. Régimen legal del contrato. El contrato de servicios públicos se regirá por lo dispuesto en la Ley 142 de 1994, por las condiciones especiales que se pacten con los suscriptores y/o usuarios, por las condiciones uniformes previstas en el CSP y por las normas del Código de Comercio y del Código Civil.
PARÁGRAFO. La modificación de la normatividad que hace del presente CSP se entenderá incluida en el mismo, desde el momento en que entre en vigencia la modificación respectiva.
Cláusula 6. Vigencia del contrato. (Modificado art. 1º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) El CSP se entiende celebrado por un término indefinido, a partir del momento del
perfeccionamiento del contrato, salvo que las partes decidan darlo por terminado por las causales previstas en este documento y en la ley. No obstante lo anterior, los usuarios tendrán una permanencia mínima con Empresas Públicas de Armenia ESP por el termino de dos (2) años, a partir de cuya finalización, dicha permanencia mínima se supondrá renovada automáticamente por periodos no superiores a un (1) año, renovación que es de carácter ilimitada.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7º de la Resolución CRA. 413 de 2006, esta modificación será aplicable para los nuevos usuarios y/o suscriptores. En el caso de usuarios pre-existentes, este nuevo término de duración solo será aplicable si se cuenta con el consentimiento expreso y escrito del suscriptor y/o usuarios.
Cláusula 7. Condiciones del suscriptor y/o usuario. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP está dispuesta a celebrar el contrato para prestar el servicio público domiciliario de aseo y por lo tanto, a tener como suscriptor y/o usuario, a cualquier persona capaz que lo solicite, siempre que sea propietaria, poseedora o tenedora del inmueble, o de una parte de él, si ese inmueble o la parte respectiva, reúnen las condiciones de acceso a que se refieren las cláusulas primera y octava de este documento.
Cláusula 8. Solicitud del servicio. La solicitud para la prestación del servicio puede presentarse verbalmente o por escrito en las oficinas de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, bien de modo personal, por correo o por otros medios que permitan identificar al suscriptor y/o usuario potencial, conocer su voluntad inequívoca y establecer la categoría de suscriptor y/o usuario a la cual pertenece.
Al recibir la solicitud, uno de los funcionarios dejará constancia escrita de ello, y de los datos pertinentes, en un formulario preparado para ese efecto. Los formularios se ofrecerán de manera gratuita a todos los suscriptores y/o usuarios.
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP definirá, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, si esta se ajusta a las condiciones que se expresan en este CSP, y la fecha en que comienza la ejecución del contrato. Si se requiere la práctica de alguna prueba o informe o documento adicional para tomar esas decisiones, se deberá informar así al interesado, expresando los motivos y la fecha en que se resolverá o dará respuesta, y se comenzará la ejecución.
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá negar la solicitud por encontrarse el inmueble fuera del área de prestación del servicio definida por la persona prestadora, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico.
Con todo, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar 15 días hábiles contados desde el momento en el que la persona prestadora indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el suscriptor y/o usuario ha atendido las condiciones uniformes.
PARÁGRAFO 1º. Cuando haya servicio público de aseo disponible será obligatorio vincularse como usuario y cumplir con los deberes respectivos. Las autoridades de policía, de oficio o por solicitud de cualquier persona procederán a sellar los inmuebles residenciales o abiertos al público, que estando ubicados en zonas en las que se pueden recibir los servicios de acueducto y saneamiento básico no se hayan hecho usuarios de ellos y conserven tal carácter.
PARÁGRAFO 2º. Cuando se trate de productores marginales deberá acreditarse que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad. En este caso, la Superintendencia de Servicios Públicos será la entidad competente para determinar si la alternativa propuesta no causa perjuicios a la comunidad.
Cláusula 9. Perfeccionamiento. El CSP se perfecciona cuando EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP define las condiciones uniformes en las que está dispuesta a prestar el servicio y el propietario o quien utiliza un inmueble determinado, solicita recibir allí el servicio, si el solicitante y el inmueble se encuentran en las condiciones previstas por la persona prestadora. Del mismo modo se entenderá que existe CSP, en el caso de haber recibido efectiva y legalmente la prestación del servicio objeto del presente CSP.
PARÁGRAFO. No habrá más de un contrato con el mismo objeto en relación con la misma unidad independiente.
Cláusula 10. Publicidad. El CSP será objeto de adecuada publicidad por parte de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP para su conocimiento por parte de suscriptores y/o usuarios efectivos o potenciales, por medio de los siguientes medios:
1. La entrega de copias del contrato y de su anexo técnico, siempre que lo solicite el suscriptor y/o usuario o el suscriptor potencial. En el caso de solicitud del suscriptor y/o usuario, las copias serán gratuitas.
2. La difusión y publicación de los textos de condiciones uniformes en los centros de atención al suscriptor y/o usuario y en las oficinas de peticiones, quejas y recursos en lugar visible y fácilmente accesible, con las explicaciones que sean necesarias para su comprensión. En todo caso, la empresa debe disponer en las oficinas donde se atiende a los usuarios, de ejemplares de las condiciones uniformes de su contrato.
PARÁGRAFO 1o. El CSP y sus modificaciones adolecerán de nulidad relativa si se celebran sin dar copia al suscriptor y/o usuario que lo solicite. Para constancia de la entrega el prestador deberá llevar un registro en el que obre constancia de dicha entrega.
PARÁGRAFO 2o. En todo caso, del presente CSP no se derivan obligaciones y derechos hasta tanto no se perfeccione el mismo.
CAPITULO II
De las obligaciones y derechos de las partes
Cláusula 11. Obligaciones de la empresa prestadora. (Modificado art. 2º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, las siguientes:
1. Suministrar continuamente un servicio de buena calidad en el inmueble para el cual se hizo la solicitud, de acuerdo con los parámetros fijados por las autoridades competentes y con las especificaciones técnicas determinadas por la persona prestadora, las cuales se encuentran contenidas en el Anexo Técnico, el cual se entiende que forma parte integrante de este documento.
2. Iniciar la prestación del servicio, en los términos del numeral 1 de la presente cláusula, dentro del término previsto en la cláusula octava de este contrato.
3. Realizar los aforos de la producción de residuos cuando lo solicite el suscriptor y/o usuario a su costo, siempre y cuando sea técnicamente posible. No habrá costos para el suscriptor y/o usuario en los casos de reclamación debidamente justificados y en los casos que así lo permita la regulación vigente.
4. Facturar el servicio de acuerdo con la normatividad vigente y con la periodicidad señalada en el presente CSP. Al cabo de 5 meses de haber entregado las facturas, la persona prestadora no podrá cobrar bienes o servicios que no facturó por error, omisión, o, en el caso de grandes productores, por investigación de la producción de residuos sólidos de períodos anteriores. Se exceptúan los casos en que se compruebe dolo del suscriptor y/o usuario. Para efectos de la determinación de la fecha de entrega de la factura, se tomará aquélla señalada para el primer vencimiento.
5. Permitir al suscriptor y/o usuario elegir libremente al proveedor de los bienes necesarios para la utilización del servicio.
6. Entregar oportunamente las facturas de acuerdo con lo establecido en la cláusula 19 del presente contrato y discriminar en la factura cuando se cobren varios servicios, cada uno por separado.
7. Hacer los descuentos y reparar e indemnizar los perjuicios ocasionados como consecuencia xx xxxxx en la prestación del servicio, salvo que medie caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo con lo establecido por la Ley 142 de 1994 y demás normas reglamentarias y regulatorias.
8. Devolver los cobros no autorizados, de conformidad con la regulación vigente.
9. Informar a los suscriptores y/o usuarios acerca de la manera de utilizar con eficiencia y seguridad el servicio y adelantar campañas masivas de divulgación sobre el particular.
10. Mantener informados a los suscriptores y/o usuarios en el caso de presentarse interrupción del servicio por cualquier causa, e implementar las medidas transitorias requeridas. En caso de suspensiones programadas del servicio, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP deberá avisar a los suscriptores y/o usuarios con cinco
(5) días de anticipación, a través de medio de difusión más efectivo de que se disponga en la población o sector atendido.
11. Observar la plenitud de las formas propias de la actuación administrativa prevista en el presente CSP.
12. Respetar el debido proceso y derecho de defensa al usuario, observando la plenitud de las formas propias de la actuación administrativa prevista en la Constitución Política, el Código Contencioso Administrativo y otras normas aplicables sobre el particular.
13. Entregar a los interesados en extinguir la solidaridad a la que se refiere el Artículo 15 de la Ley 820 de 2003 y el Decreto 3130 de 2003 y normas que lo modifiquen o sustituyan, un formato plenamente ajustado a las disposiciones contempladas en tal artículo y sus Decretos Reglamentarios.
14. Aplicar al suscriptor y/o usuario el estrato correspondiente, de conformidad con el establecido para tal fin por la autoridad competente.
15. Asignar al inmueble objeto del servicio la categoría del uso correspondiente y modificarlo en los casos que corresponda.
16. Cobrar las contribuciones de solidaridad y otorgar los subsidios de acuerdo con la ley.
17. Asegurar la disposición final de los residuos sólidos, de conformidad con las normas sanitarias, ambientales y regulatorias vigentes.
18. Realizar el barrido de vías y áreas públicas que le correspondan de conformidad con las disposiciones regulatorias vigentes.
19. Tener a disposición de los suscriptores y/o usuarios, informes sobre los aforos de la producción de residuos sólidos.
20. Evitar las situaciones relativas al manejo de los residuos sólidos a las cuales hace referencia el artículo 116 del Decreto 1713 de 2002 y normas que lo modifiquen o sustituyan.
21. Dar a conocer los días y horarios de recolección que le correspondan a cada suscriptor y/o usuario.
22. Remitir a la SSPD los expedientes para resolver el recurso de apelación de las reclamaciones de los suscriptores y/o usuarios, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
23. Disponer de formatos que faciliten a los usuarios presentar peticiones, quejas y recursos.
24. Constituir una oficina de peticiones, quejas y recursos, la cual tiene la obligación de recibir, atender, tramitar y responder las peticiones o reclamos y recursos verbales o escritos que presenten los suscriptores y/o usuarios o los suscriptores potenciales en relación con el servicio o los servicios que presta dicha empresa.
Cláusula 12. Obligaciones del suscriptor y/o usuario. (Modificado art. 3º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario las siguientes:
1. Hacer buen uso del servicio, de modo que no genere riesgos excepcionales o se constituya en una carga injustificada para EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP o los demás miembros de la comunidad.
2. Informar de inmediato a EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP sobre la variación del propietario, dirección u otra novedad que implique modificación a las condiciones y datos registrados en el contrato de servicios públicos y/o en el sistema de información comercial.
3. Verificar que la factura remitida corresponda al inmueble receptor del servicio. En caso de irregularidad, el suscriptor y/o usuario deberá informar de tal hecho a EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP.
4. Pagar oportunamente las facturas que hayan sido entregadas cumpliendo los requisitos legales.
5. Solicitar la factura a EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP cuando aquella no haya llegado oportunamente. El no recibir la factura no lo exonera del pago, salvo que la persona prestadora no haya efectuado la facturación en forma oportuna.
6. En el caso de suscriptores y/o usuarios no residenciales, garantizar con un título valor el pago de las facturas a su cargo, en los siguientes eventos:
a. Por financiación o refinanciación previstos por la Empresa.
b. Por acuerdo extra procesal suscrito ante el funcionario encargado de la jurisdicción coactiva.
7. En caso de ser multiusuario, cumplir los requisitos de presentación de residuos y demás procedimientos contemplados por la regulación vigente para la aplicación de la opción tarifaria.
8. No depositar sustancias líquidas, excretas ni residuos considerados especiales, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público domiciliario de aseo.
9. Presentar los residuos sólidos para su recolección en las condiciones establecidas en el Decreto 1713 de 2002, normas que lo modifiquen o sustituyan, de conformidad con el programa de aprovechamiento viable y sostenible que desarrolle la persona prestadora del servicio y en la forma y tipos de recipientes prescritos en el Anexo Técnico.
10. Vincularse al servicio público domiciliario de aseo, siempre que haya servicios públicos disponibles o acreditar que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad, previa certificación de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en los términos del artículo 16 de la Ley 142 de 1994.
11. Mantener limpios y cerrados los lotes de terreno de su propiedad, así como las construcciones que amenacen ruina. Cuando por ausencia o deficiencia en el cierre y/o mantenimiento de estos se acumulen residuos sólidos en los mismos, la recolección y transporte hasta el sitio de disposición final será responsabilidad del propietario del lote, quien deberá contratarlo como servicio especial con la persona prestadora del servicio de aseo legalmente autorizada.
12. Recoger los residuos sólidos originados por el cargue, descargue o transporte de cualquier mercancía.
13. No cambiar la destinación del inmueble receptor del servicio sin el lleno de los requisitos exigidos por las autoridades competentes.
14. Ubicar los recipientes de residuos sólidos en el andén, evitando obstrucción peatonal o en lugares de recolección y en los días y horarios previamente determinados por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP. Los recipientes no deberán permanecer en los sitios señalados durante días diferentes a los establecidos por la persona prestadora para la prestación del servicio.
Cláusula 13. Derechos de las partes. Se entienden incorporados en el CSP, además de los que se desprendan de este contrato, los derechos que a favor de los suscriptores y/o usuarios y de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, se encuentran consagrados en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, en el Título IV del Decreto 605 de 1996, el Decreto 1713 de 2002, el Decreto 1140 de 2003 y demás disposiciones concordantes así como las normas que las modifiquen, adicionen o subroguen.
Cláusula 14. Derechos de la persona prestadora. Constituyen derechos de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP:
1. Cobrar, de conformidad con la normatividad vigente, el valor de los servicios prestados.
2. Solicitar a los suscriptores y/o usuarios no residenciales una garantía adicional de pago para la prestación del servicio, en los términos dispuestos en la Ley 142 de 1994.
3. Incluir dentro de la facturación cualquier obligación, a favor o en contra del suscriptor y/o usuario, derivada de la prestación del servicio público domiciliario de aseo o de los aforos solicitados por el suscriptor y/o usuario, conforme a la normatividad vigente.
4. Verificar que los usuarios del servicio no depositen sustancias líquidas, excretas ni residuos de los contemplados para el servicio especial, en recipientes destinados para la recolección en el servicio público domiciliario de aseo.
5. Realizar en cualquier momento visitas de control al suscriptor y/o usuarios y darle recomendaciones operativas que deban ser acogidas por éste.
6. Ejecutar acciones de cobro prejuridico y coactivo de las obligaciones en xxxx, de conformidad con la ley.
Cláusula 15. Derechos del suscriptor y/o usuario. Constituyen derechos del suscriptor y/o usuario:
1. A ser tratado dignamente por la persona prestadora.
2. Al debido proceso y defensa, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI del presente CSP.
3. A no ser discriminado por la persona prestadora de servicios públicos domiciliarios. Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a obtener tratamiento igual para situaciones iguales.
4. A ser informado xxxxx y oportunamente de sus obligaciones y de las consecuencias de incumplirlas.
5. A la libre elección del prestador del servicio.
6. A obtener, a su xxxxx, el aforo de los residuos sólidos, de conformidad con la regulación vigente. La persona prestadora debe estimar estos costos para darlos a conocer al suscriptor y/o usuario antes de prestar el servicio. No habrá costos para el suscriptor y/o usuario en los casos de reclamación debidamente justificados.
7. A obtener información completa, precisa y oportuna sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio.
8. A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a las peticiones, actuaciones, solicitudes o quejas que se propongan realizar, así como a llevarlas a cabo.
9. A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados y obtener copias, a su xxxxx, de documentos contenidos en ellos.
10. A abstenerse de presentar documentos no exigidos por las normas legales aplicables a los procedimientos de que trate la gestión.
11. A reclamar cuando la empresa aplique un estrato diferente al establecido por la respectiva entidad territorial competente para tales fines.
12. A reclamar en contra del uso asignado por la persona prestadora al inmueble objeto del servicio, cuando se le hubiere asignado uno diferente al real.
13. A conocer las condiciones uniformes de los contratos de servicios públicos.
14. A ser protegido contra el abuso de posición dominante contractual de las personas prestadoras de servicios públicos.
15. A la prestación continua de un servicio de buena calidad y a las reparaciones por falla en la prestación del servicio, de conformidad con el artículo 137 de la Ley 142 de 1994.
16. A una información clara, completa, precisa y oportuna en las facturas.
17. A presentar peticiones, quejas y recursos relativos al contrato de servicios públicos.
18. A recibir la factura a su cargo por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de pago oportuno señalada en la misma.
19. A la participación en los comités de desarrollo y control social.
20. Al cobro individual por la prestación del servicio en los términos previstos en la legislación y la regulación vigente.
21. A obtener los bienes y servicios ofrecidos en calidad o cantidad superior a las proporcionadas de manera masiva, siempre que ello no perjudique a terceros y que el usuario asuma los costos correspondientes.
CAPITULO III
Facturación
Cláusula 16. Principio general de facturación. La factura solo incluirá valores expresamente autorizados conforme a la ley, la regulación y las condiciones uniformes del presente CSP.
Cláusula 17. Contenido mínimo de las facturas. (Modificado art. 4º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) La factura que expida EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
1. El nombre de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP responsable de la prestación del servicio y su NIT.
2. El nombre del suscriptor y/o usuario y dirección del inmueble receptor del servicio.
3. La dirección del inmueble a donde se envía la factura o cuenta de cobro.
4. El estrato socioeconómico, cuando el suscriptor y/o usuario sea residencial, y clase de uso del servicio.
5. El período de facturación del servicio y fecha de expedición de la factura.
6. Los sitios y modalidades donde se pueden realizar los pagos. El pago que se haga en las oficinas de la persona prestadora, siempre será aceptable.
7. Discriminación de los cobros realizados de conformidad con la normatividad vigente.
8. El cálculo de las toneladas imputables al suscriptor y/o usuario durante el período de facturación y durante los dos períodos inmediatamente anteriores, cuando se dé aplicación a lo previsto en la Resolución CRA 352 de 2005.
9. La comparación entre el valor del servicio facturado con el de los tres períodos inmediatamente anteriores, si la facturación es bimestral y seis períodos, si la facturación es mensual.
10. El valor y factor de los subsidios o de las contribuciones de solidaridad, según el caso, en los términos establecidos por la Ley 142 de 1994 y las normas que la desarrollen, modifiquen o remplacen.
11. El valor y fechas de pago oportuno.
12. La frecuencia de recolección de los residuos.
Cláusula 18. Facturación de otros cobros y servicios. En la factura podrán incluirse otros cobros a los que EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP tenga derecho, relacionados con la prestación del servicio, pero estos se distinguirán de los que originan los servicios facturados y la razón de los primeros se explicará en forma precisa. En las facturas expedidas por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, esta cobrará el servicio público domiciliario de aseo, prestado directamente.
La persona prestadora podrá convenir, bajo su responsabilidad, con otras personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios para que se efectúe conjuntamente la facturación y cobro el servicio domiciliario de aseo con la de aquellos servicios que ellas presten. La persona prestadora velará porque en dichos acuerdos se respete lo establecido en el presente CSP sobre el contenido de la factura.
Cuando se facture el servicio de aseo, conjuntamente con otro servicio público domiciliario, no podrá cancelarse este último con independencia del servicio de aseo, salvo en aquellos casos en que exista prueba de mediar petición, queja o recurso debidamente interpuesto ante la entidad prestataria del servicio de aseo.
Es deber del prestador de aseo, comunicar de manera oficial y oportuna al prestador con quien factura conjuntamente, las novedades que se presenten en el período a facturar.
PARÁGRAFO 1o. En las facturas en las que se cobren varios servicios, el pago que se haga se entiende que incluye, en primer término, el valor correspondiente al servicio público domiciliario de aseo.
PARÁGRAFO 2o. En las facturas en las que se cobren varios servicios, será obligatorio totalizar por separado cada servicio, cada uno de los cuales podrá ser pagado independientemente de los demás con excepción del servicio público domiciliario de aseo y demás servicios de saneamiento básico. Los cargos aplicables por incumplimiento de pago procederán únicamente respecto del servicio que no sea pagado.
Cláusula 19. Período de facturación. (Modificado art. 5º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) Las facturas se entregarán mensualmente, en cualquier hora y día hábil, en el predio en el que se presta el servicio. En todo caso, la factura deberá ponerse en conocimiento de los suscriptores y/o usuarios vinculados al contrato con al menos
cinco (5) días de antelación a la fecha del primer vencimiento, mediante los mecanismos de reparto y sectorización que garanticen su entrega oportuna.
La fecha máxima de entrega de la factura al usuario, ha sido definida por ciclos de facturación, que se encuentran expresos en la factura, fecha a partir de la cual el suscriptor y/o usuario podrá solicitar duplicado de la misma:
CICLO | Fecha máxima de entrega de la Factura |
Ciclo 1 | Día 8 de cada mes |
Ciclo 2 | Día 9 de cada mes |
Ciclo 3 | Día 10 de cada mes |
Ciclo 4 | Día 11 de cada mes |
Ciclo 5 | Día 12 de cada mes |
Ciclos 6 y 7 | Día 13 de cada mes |
Ciclo 8 | Día 15 de cada mes |
Ciclo 9 | Día 17 de cada mes |
Ciclo 10 | Día 19 de cada mes |
Ciclo 11 | Día 21 de cada mes |
Ciclos 12 y 13 | Día 23 de cada mes |
Ciclo 14 | Día 24 de cada mes |
Ciclo 15 | Día 26 de cada mes |
Ciclo 16 | Día 28 de cada mes |
Ciclo 17 | Día 02 de cada mes |
Ciclo 18 | Día 03 de cada mes |
Ciclo 19 | Día 04 de cada mes |
PARÁGRAFO. En caso que sea necesario para la adecuada facturación del servicio prestado, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá ajustar su período de facturación. Tal ajuste no excluirá la obligación de poner en conocimiento la factura al usuario y/o suscriptor en los términos establecidos en la presente cláusula.
Cláusula 20. Sitio de entrega de la factura. En las zonas urbanas, las facturas se entregarán en la dirección del inmueble receptor del servicio, salvo que el suscriptor y/o usuario registre para estos efectos dirección diferente; en las zonas rurales en el predio en el que se presta el servicio o en el lugar acordado entre las partes.
Cláusula 21. Estimación de la producción. La producción de residuos base para el cálculo de la factura correspondiente a cada suscriptor y/o usuario, será estimada de conformidad con lo establecido en la regulación vigente.
Cláusula 22. Cobro de sumas adeudadas. Las deudas derivadas del contrato podrán ser cobradas ejecutivamente ante los jueces competentes o ejerciendo la jurisdicción
coactiva. La factura expedida por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP y debidamente firmada por el representante legal de la misma, prestará mérito ejecutivo.
PARÁGRAFO. Al cabo de cinco (5) meses de haber entregado las facturas, la persona prestadora no podrá cobrar bienes o servicios que no facturó por error u omisión. Se exceptúan los casos en que se compruebe dolo del suscriptor y/o usuario.
CAPÍTULO IV
Obligaciones accesorias y falla en la prestación del servicio
Cláusula 23. Interés xx xxxx. (Modificado art. 6º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) En el evento en que el usuario y/o suscriptor de inmuebles residenciales incurra en xxxx en el pago de las tarifas por concepto de la prestación del servicio objeto del CSP, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, podrá aplicar intereses xx xxxx sobre saldos insolutos de conformidad con la tasa de interés moratorio fijado por el Código Civil.
Con respecto a los suscriptores y/o usuarios no residenciales, la tasa de interés moratorio aplicable será el de una y media veces (1 ½ veces) del interés bancario corriente, certificado por la superintendencia financiera, el cual no podrá exceder el límite de usura.
Cláusula 24. Reporte a centrales de riesgo. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá, siempre que el suscriptor y/o usuario haya otorgado su consentimiento expreso al momento de la celebración del presente contrato, informar a una entidad que maneje y/o administre bases de datos, la información sobre la existencia de deudas a su favor cuyo hecho generador sea la xxxx de un suscriptor y/o usuario en el cumplimiento de sus obligaciones.
PARÁGRAFO. El consentimiento expreso al que hace referencia el presente artículo deberá ser manifestado por el suscriptor y/o usuario en documento independiente de este CSP. La celebración del CSP no implica el consentimiento del suscriptor y/o usuario al que hace referencia el presente artículo. En todo caso, la no suscripción de la autorización a la que hace referencia el presente parágrafo, no será causal para que EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP niegue la prestación del servicio.
Cláusula 25. Garantías exigibles. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá exigir garantías mediante títulos valores para el pago de la factura a cargo del suscriptor y/o usuario de inmuebles no residenciales.
Cláusula 26. Falla en la prestación del servicio. El incumplimiento de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP en la prestación continua de un servicio de buena calidad, atendiendo los parámetros establecidos en el Anexo Técnico del presente documento, se denomina falla en la prestación del servicio.
El acaecimiento de una falla en la prestación del servicio confiere el derecho al suscriptor y/o usuario, desde el momento en que se presente a su cumplimiento con las reparaciones de que trata el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, en especial a que no se le cobre el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, si en cualquier lapso de treinta días la frecuencia de recolección es inferior al cincuenta por ciento (50%) de lo previsto en el contrato para la zona en la que se halla el inmueble. La indemnización de perjuicios no procede si hay fuerza mayor o caso fortuito.
CAPITULO V
Peticiones, quejas, reclamaciones y recursos
Cláusula 27. Peticiones, quejas y recursos. El suscriptor y/o usuario tiene derecho a presentar peticiones, quejas y recursos.
Las peticiones, quejas y recursos se tramitarán sin formalidades en las oficinas organizadas para atención al usuario. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender la reclamación.
Cláusula 28. Procedencia. Las peticiones se presentarán en las instalaciones de la DIRECCIÓN COMERCIAL de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, oficina de
peticiones quejas y recursos, y podrán formularse verbalmente o por escrito, a través de cualquier sistema, incluido fax, Internet u otro medio electrónico.
PARÁGRAFO. Las peticiones y quejas, no requerirán presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
Cláusula 29. Requisitos de las peticiones. Las peticiones escritas deberán contener, por lo menos, los siguientes requisitos:
1. La designación del prestador al que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. Lo que se solicite y la finalidad que se persigue.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
El funcionario que reciba la petición verificará el cumplimiento de los requisitos señalados.
Si quien presenta una petición verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, la persona que reciba su petición, la expedirá en forma sucinta.
Cláusula 30. Decisión de peticiones verbales. Las peticiones verbales se resolverán en la misma forma e inmediatamente si fuere posible. Cuando no se puedan resolver en estas condiciones, se levantará acta en la cual se dejará constancia de la fecha, del cumplimiento de los requisitos previstos en la cláusula 29 de este contrato y se responderá dentro de los términos establecidos para las peticiones. Copia del acta se entregará al peticionario si este la solicita.
Cláusula 31. Cumplimiento de requisitos o información adicional. Si las informaciones o documentos que proporciona el peticionario no son suficientes para decidir, el funcionario competente, para dar trámite a lo solicitado lo requerirá por una sola vez, mediante oficio dirigido a la dirección registrada en el escrito, para que en el término máximo de dos (2) meses aporte lo que haga falta. Si dentro de los dos (2) meses siguientes a la solicitud de cumplimiento de requisitos o de información adicional, el interesado no se pronunciare al respecto o no hubiere enviado la información requerida, se entenderá que ha desistido de la misma, procediéndose en consecuencia a ordenar su archivo, sin perjuicio de que el interesado presente posteriormente una nueva solicitud.
PARÁGRAFO. Los funcionarios no podrán exigir a los particulares constancias, certificaciones o documentos que reposen en los archivos del prestador. De igual forma, para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, únicamente podrán exigirse las autorizaciones, requisitos o permisos que estén previstos taxativamente en la ley o se encuentren autorizados expresamente por esta. En tales casos las autoridades públicas no podrán exigir certificaciones, conceptos o constancias.
Cláusula 32. Peticiones incompletas. Si al verificar el cumplimiento de los requisitos, la recepción de correspondencia encuentra que no se acompañan las informaciones y documentos necesarios, en el acto de recibo se indicará al peticionario, los que hacen falta para que proceda de conformidad. Si el peticionario insiste se radicará la petición, dejando constancia expresa de las advertencias que le fueron hechas, la cual se anexará a la misma.
Cláusula 33. Rechazo de las peticiones. Habrá lugar a rechazar las peticiones si ellas son presentadas en forma irrespetuosa o desobligante, utilizando amenazas, improperios, insultos, ofensas, afrentas o provocaciones, entre otros.
PARÁGRAFO. La negativa de cualquier petición deberá ser siempre motivada, señalando expresamente la razón por la cual no se atendió y se notificará al interesado
en los términos y con los requisitos establecidos en el Código Contencioso Administrativo.
Cláusula 34. Recursos. Los recursos se regirán por las siguientes reglas:
1. Los recursos se presentarán, tramitarán y decidirán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo cuando no exista norma aplicable en la Ley 142 de 1994, y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o reglamenten, se tendrán en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, siempre y cuando estas últimas no contraríen disposiciones legales, reglamentarias, regulatorias o contractuales.
2. Contra los actos en los cuales se niegue la prestación del servicio, así como los actos de facturación que realice la persona prestadora proceden el recurso de reposición, y el de apelación en los casos en que expresamente lo contempla la ley.
3. El recurso de reposición debe interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquel en que la persona prestadora ponga el acto en conocimiento del suscriptor y/o usuario en las oficinas de ATENCION CLIENTES PQR de la DIRECCION COMERCIAL. El (los) funcionario(s) encargado(s) de resolverlo será el responsable de la oficina de atención Clientes PQR o el Director Comercial.
4. El recurso de reposición contra los actos que resuelvan las reclamaciones por facturación debe interponerse por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión.
5. Estos recursos no requieren presentación personal ni intervención de abogado aunque se emplee un mandatario.
6. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá practicar pruebas, cuando quien interpuso el recurso las haya solicitado o cuando el funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio. La práctica de dichas pruebas se sujetará a lo previsto en el Código Contencioso Administrativo.
7. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP no exigirá la cancelación de la factura como requisito para atender un recurso relacionado con esta. Sin embargo, para interponer los recursos contra el acto que decida la reclamación, el suscriptor y/o usuario deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso o del promedio de la producción de residuos de los últimos cinco períodos, salvo que las sumas en discusión correspondan precisamente al promedio del consumo de los últimos cinco períodos.
8. El recurso de apelación será subsidiario del recurso de reposición y procede contra los actos que resuelvan reclamaciones por facturación y terminación, debiendo interponerse ante EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, dentro de los cinco (5)
días hábiles siguientes a la fecha de conocimiento de la decisión. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP deberá remitirlo junto con el expediente respectivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que lo resuelva, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión mediante la cual se decidió el recurso de reposición.
Cláusula 35. Término para resolver las peticiones, quejas y recursos. Las peticiones en interés particular, así como las quejas y los recursos que presente un suscriptor y/o usuario en desarrollo de la ejecución del contrato de servicios públicos, deberán ser resueltas dentro del término de 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación.
Pasado ese término, salvo que se demuestre que el suscriptor y/o usuario auspició la demora o que se requirió la práctica de pruebas, se entenderá que la petición, queja o recurso ha sido resuelto en forma favorable. Dentro de las 72 horas siguientes al vencimiento del término de los 15 días hábiles, la entidad prestadora del servicio público domiciliario reconocerá al suscriptor y/o usuario los efectos del silencio administrativo positivo. Si no lo hiciere, el peticionario podrá solicitar de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la imposición de las sanciones a que haya lugar conforme a la ley, sin perjuicio de que ella adopte las decisiones que resulten pertinentes para hacer efectiva la ejecutoriedad del acto administrativo presunto.
Cláusula 36. Notificaciones y comunicaciones. A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.
CAPITULO VI
Modificaciones y terminación del contrato
Cláusula 37. Modificaciones. El CSP sólo podrá ser modificado en los siguientes eventos:
1. Por acuerdo entre las partes.
2. Por parte de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, haciendo efectivas las siguientes garantías:
a) Deberá informar al suscriptor y/o usuario de la modificación propuesta con un mes de antelación a la entrada en vigencia de la misma;
b) Deberá permitir al suscriptor y/o usuario el ejercicio efectivo de su derecho a no aceptar la modificación propuesta.
3. Por decisión de autoridad competente.
PARÁGRAFO. Lo dispuesto en el numeral 2 de la presente cláusula no será aplicable en caso de modificación unilateral por parte de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP dado el evento de caso fortuito o fuerza mayor, en los términos del artículo 64 del Código Civil.
Cláusula 38. Terminación del contrato. El contrato de servicios públicos se terminará:
Por mutuo acuerdo, cuando lo solicite un suscriptor y/o usuario vinculado al contrato, si convienen en ello EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP y los terceros que puedan resultar afectados; y cuando lo solicite EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, si el suscriptor y/o usuario, los usuarios vinculados, y los terceros que puedan resultar afectados convienen en ello.
Para efectos de proteger los intereses de terceros que puedan resultar afectados, se enviará comunicación a las personas que se conozca que viven en el inmueble donde se presta el servicio, y posteriormente se fijará copia de ella en una cartelera en un lugar público de las oficinas de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP; al cabo de cinco (5) días hábiles de haberla fijado en cartelera, si EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP no ha recibido oposición, se terminará el contrato.
En el caso de contratos a término fijo, podrá terminarse al vencimiento del mismo, caso en el cual EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP deberá informar tal situación al suscriptor y/o usuario, con al menos dos (2) meses de anterioridad a la terminación del contrato.
En el caso de contratos a término indefinido, el mismo podrá terminarse unilateralmente previo cumplimiento del preaviso, que no podrá ser inferior a 2 meses.
PARÁGRAFO. No será procedente la terminación del contrato de servicios públicos cuando no exista otra empresa en disposición de prestar el servicio o cuando este se preste bajo la modalidad de Área de Servicio Exclusivo, salvo que se cumplan las previsiones del artículo 16 de la Ley 142 de 1994. La desvinculación de un suscriptor y/o usuario que tenga por objeto su vinculación con otro prestador, no perjudica a la comunidad. El prestador respecto del cual se solicita la desvinculación no podrá negarla aludiendo falta de capacidad legal, técnica u operativa del operador al cual se pretende vincular el usuario y/o suscriptor.
CAPITULO VII
Disposiciones finales
Cláusula 39. Cesión del contrato. Salvo que las partes dispongan lo contrario, cuando medie enajenación del bien raíz al cual se le suministra el servicio, se entiende que hay cesión del contrato, la cual opera de pleno derecho. En tal caso, se tendrá como nuevo suscriptor y/o usuario al cesionario, a partir del momento en que adquiera la propiedad.
Sin perjuicio de lo anterior, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP conservará el derecho a exigir al cedente el cumplimiento de todas las obligaciones que se hicieron exigibles mientras fue parte del contrato, pues la cesión de estas no se autoriza, salvo acuerdo especial entre las partes de este CSP.
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá ceder el contrato cuando en este se identifique al cesionario. Igualmente, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá ceder el contrato cuando, habiendo informado al suscriptor y/o usuario de su interés en cederlo con una antelación de por lo menos (2) meses, no ha recibido manifestación explícita al respecto.
Cláusula 40. Acuerdos especiales. Sin perjuicio de los acuerdos que llegaren a celebrarse en desarrollo del contrato, el suscriptor y/o usuario potencial que no estuviere de acuerdo con alguna de las condiciones del contrato, podrá manifestarlo así, y hacer una petición con la contrapropuesta del caso.
Si EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP la acepta, se convertirá en suscriptor y/o usuario con acuerdo especial, sin que por ello deje de ser un contrato uniforme de servicios públicos. Salvo lo previsto en ese acuerdo, a tal suscriptor y/o usuario se aplicarán las demás condiciones uniformes que contiene este CSP. Cuando haya conflicto entre las condiciones uniformes y las condiciones especiales se preferirán estas.
Cláusula 41. Solución de controversias. Las diferencias que surjan entre EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP y cualquiera de las otras personas que sean partes en el contrato, con ocasión de la celebración, ejecución, terminación o liquidación del contrato, y que no hayan podido resolverse aplicando las normas que este contiene sobre recursos, se someterán a la decisión judicial. Lo anterior, sin perjuicio de que las partes puedan acudir a otros mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Si se optare por decisión de un tribunal de arbitramento, tal decisión deberá constar en las condiciones especiales del contrato y se seguirán las siguientes reglas:
Se someterá a la decisión de un árbitro único, quien decidirá en Derecho, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. El arbitramento se llevará a cabo en el municipio en el que deben prestarse los servicios objeto de este contrato y el proceso no deberá durar más de seis meses.
Asimismo, las partes pueden solicitar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la designación de personas que puedan colaborar en la mejor prestación de los servicios públicos o en la solución de controversias que puedan incidir en su prestación oportuna, cobertura o calidad (Artículo 79.3 de la Ley 142 de 1994).
La negativa a suscribir la cláusula compromisoria a la que hace referencia el inciso segundo de esta cláusula, no será motivo para negar la celebración del contrato de servicios públicos.
Cláusula 42. Anexos. (Modificado y adicionado art. 7º, 8, 9 y 10 del Acuerdo 010 xx xxxxx 00 xe 2012) Hace parte del contrato, y es obligatorio de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas anteriores, el Anexo Técnico del servicio público domiciliario de aseo, el cual contiene:
1. La zona de prestación del servicio. Comprende el mapa de la zona dentro de la cual EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP está dispuesta a prestar el servicio.
2. Las condiciones técnicas y de acceso. Descripción de las condiciones técnicas y de acceso y oportunidad que deben cumplirse para que EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP pueda comprometerse a prestar el servicio público objeto de este contrato en un inmueble ubicado en la zona hábil.
3. Las condiciones para la prestación del servicio. Describe las condiciones de calidad, frecuencia que debe llenar el servicio de aseo y características que deben cumplir los distintos tipos de recipientes.
Cláusula 43. Régimen legal: Además de las condiciones anteriores, hacen parte de este anexo la ley 142 de 1994 y demás normativa concordante y toda la normativa técnica aplicable al servicio de aseo.
En constancia de lo anterior, se suscribe este original, previa aprobación por parte de la Junta Directiva de EPA ESP según sesión extraordinaria llevada a cabo el día lunes 24 de octubre de 2011, por el gerente de la EPA ESP y por el Presidente y Secretario de la Junta Directiva de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP.
Armenia, 24 de octubre de 2011.
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX
Presidente Junta Directiva EPA ESP Gerente General EPA ESP
ANEXO II
CONDICIONES TÉCNICAS Y DE ACCESO AL SERVICIO DE ASEO
SERVICIO ORDINARIO DE ASEO (Adicionado art. 7º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012): Es la modalidad de prestación de servicio público domiciliario de aseo para residuos sólidos de origen residencial y para otros residuos que pueden ser manejados de acuerdo con la capacidad de la persona prestadora del servicio de aseo y que no corresponden a ninguno de los tipos de servicios definidos como especiales. Está compuesto por la recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos originados por estas actividades.
También comprende este servicio las actividades de barrido y limpieza de vías y áreas públicas y la recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos originados por estas actividades.
SERVICIO ESPECIAL DE ASEO (Adicionado art. 7º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012): Es el relacionado con las actividades de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso no pueden ser recolectados, manejados, tratados o dispuestos normalmente por la persona prestadora del servicio. Incluye las actividades de corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas; la recolección, transporte, transferencia, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de los residuos originados por estas actividades; lavado de las áreas en mención; y el aprovechamiento de los residuos sólidos de origen residencial y de aquellos provenientes del barrido y limpieza de vías y áreas públicas.”
RECOLECCIÓN I.
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. realizará la recolección a partir de la acera, de las unidades de almacenamiento colectivo x xx xxxxx de almacenamiento, salvo para los casos especiales en los cuales se requiera de una previa evaluación técnica.
FRECUENCIAS DE RECOLECCIÓN
La frecuencia de recolección dependerá de la naturaleza de los residuos y de los programas de aprovechamiento de la zona. Para residuos que contengan material putrescible, la frecuencia mínima del servicio de recolección dependerá de las características del clima o de la zona y deberá incrementarse para prevenir la generación de olores y la proliferación de vectores asociados con la acumulación y descomposición de tales residuos. En el caso de servicios a grandes generadores, la frecuencia dependerá de las características de la producción. EMPRESAS PÚBLICAS
DE ARMENIA E.S.P. ha establecido que la frecuencia de recolección de residuos sólidos en el área de operación será de tres (3) veces por semana, a excepción de la zona centro de la ciudad de Armenia, en la cual por necesidades del servicio, la frecuencia de recolección se ha establecido en siete (7) veces por semana, como se evidencia en el plano adjunto (Anexo I).
En relación con la prestación del servicio en el área rural, la EMPRESA PRESTADORA será autónoma para establecer las frecuencias y horarios que garanticen la eficiencia en la prestación del servicio.
HORARIOS DE RECOLECCIÓN (Modificado art. 8º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012): EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP ha determinado el horario de recolección de los residuos sólidos teniendo en cuenta la cantidad de residuos generados, las características de cada zona, la jornada de trabajo, el clima, la capacidad de los equipos, las dificultades generadas por el trafico vehicular o peatonal y cualquier otro elemento que pueda tener influencia en la prestación del servicio, así:
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
1_3_5_D_La Brasilia | C.CER. BRISAS DE LA SECRETA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR TRES ESQUINAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | GALERIA EL RETIRO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB VERACRUZ | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR XXXXX XXXXX XXXXXX | XXXXX, XXXXXXXXX, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB XXXXX XXXXXXX | XXXXX, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR LOS NARANJOS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB SAN XXXXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB SERRANIAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB XXXX XXXXXX XXXXX | XXXXX, XXXXXXXXX, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR REFUGIO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB LOS GIRASOLES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | C.CER. CAMINOS DEL CAMPO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | CONJ CRISTALES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | ACACIAS BAJO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR LAS ACACIAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR FARALLONES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB XXXXXXXX | XXXXX, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB VILLA DEL CAFÉ | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR NVA BRASILIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | URB VILLA XXXXXXX XXXX 1 X XXXX 8 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR BRASILIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | BR 19 DE ENERO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Brasilia | C.R. BRISAS DE LA SECRETA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Fachada | BR XXXXX XXXXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_La Fachada | C.R. ALEJANDRIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
1_3_5_D_La Fachada | URB LINDARAJA ETAP 1, 2 Y 3 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_La Fachada | URB MANANTIALES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | URB VILLA DE LA VIDA Y EL TRABAJO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | BR LA FACHADA ENTRE XXXX 1 Y XXXX 20 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | BR XXXXXXX DEL CAFE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | BR LA FACHADA ENTRE XXXX 20 Y XXXX 40 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | BR LA FACHADA ENTRE XXXX 40 Y XXXX 60 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | BR LA FACHADA ENTRE XXXX 60 Y XXXX 70 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Fachada | BR JARDIN DE LA FACHADA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_La Fachada | URB EL POBLADO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_La Fachada | CIUD PUERTO ESPEJO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Fachada | URB NUEVO HORIZONTE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Fachada | URB LA VIRGINIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Fachada | URB TESORITO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | BR LA ISABELA | LUNES, XXXXXXXXX, VIERNES | 7:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | BR ARRAYANES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_La Xxxxxxx | XXXX INDUSTRIAL DE TRES ESQUINAS A GLORIETA DE GUADUALES DE LA VILLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | C.R. LA VILLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | C.R. PARQUE DE LA VILLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | COND SANTA XXXXX DEL PARQUE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | CONJ BALCONES XXX XXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | CONJ LA VILLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | VIA AL EDEN | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | BR BELLO HORIZONTE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | URB LAS BRISAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | BR XXXXX XXXXXXXXX | XXXXX, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_La Isabela | BR SANTA XXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | C.R. EL XXXXXXX | XXXXX, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | BR 14 DE OCTUBRE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB LA ARCADIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB VILLA MARAVELEZ | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | BR EL XXXXXXX XX XXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB COMFENALCO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB VILLA DEL CENTENARIO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB LA XXXXX | XXXXX, XXXXXXXXX, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB GUADUALES DE LA VILLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 2:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | URB AGUAZUL | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 2:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_La Isabela | HOSPITAL DEL SUR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 2:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | CIUD DEL CAFE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | URB XXXXX XXX XXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR XXXXX XXXXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:30 AM | 8:30 AM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR LOS XXXXXXX ETAPA 3 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:30 AM | 9:30 AM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR LOS XXXXXXX ETAPA 1 Y 2 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | URB MARBELLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR LAS VERANERAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR GIBRALTAR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | CONJ BOSQUES DE GIBRALTAR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR XXXXXXX XXXXXX | XXXXX, XXXXXXXXX, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR ZULDEMAYDA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR 8 XX XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR XXXXX XXXXX XXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR SAN XXXXXXX XX XXXX | XXXXX, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | COND PORVENIR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BR CALIMA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Los Xxxxxxx | BRR LA XXXXXXXXX XXXX 9 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Pinares | URB PORTAL XX XXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_Pinares | BLOQUES DE XXXXXXX XX XXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:30 AM | 8:00 AM |
1_3_5_D_Pinares | URB XXXXXXX XX XXXXXXX XXXX 13 X XXXX 10 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_Pinares | URB XXXXXXX XX XXXXXXX XXXX 11 X XXXX 1 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 PM |
1_3_5_D_Pinares | CIUD XXXXX XXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Pinares | URB CANAS GORDAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Pinares | BR PINARES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Plan Piloto | CRX 00 XXXXX 00 X XALLE 50 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 8:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | BR FARALLONES CRA 19 A CRA 24 CON CALLES 50 Y 50A | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 8:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | BR ARENALES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | SECTOR DE TRES ESQUINAS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | SEXXXX XXXXXXXXXX XXX 00 X XXX 00 XNTRE CALLE 44 Y 51 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | URB PORTAL XXX XXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | URB EL PALMAR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | URB GENESIS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | URB GUADUALES XXX XXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | URB NTRA. SRA. DE LA PAZ | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | URB VISTA HERMOSA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | SECTOR INDUSTRIAL ARENALES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 AM | 12:00 AM |
1_3_5_D_Plan Piloto | BR EL EMPERADOR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Plan Piloto | BR CASTILLA GRANDE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 12:00 PM | 2:00 PM |
1_3_5_D_Plan Piloto | BR LA CASTILLA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Santader | BR MIRAFLORES CRA 19A ENTRE SETTA Y GLORIETA DEL WILLYS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_Santader | BR PORVENIR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
1_3_5_D_Santader | URB BOSQUES DE VIENA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 AM | 7:30 AM |
1_3_5_D_Santader | BR POPULAR | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:30 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_Santader | BR CINCUENTENARIO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:30 AM | 9:00 AM |
1_3_5_D_Santader | BR XXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_Santader | BR XXXXXX BAJO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_Santader | URB VILLA XXXXXXX XXXX 9 X XXXX 16 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_Santader | BR BOYACA COSTADO DERECHO DE LA CRA 19 ENTRE CALLE 36 A CALLE 39 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 AM | 10:00 AM |
1_3_5_D_Santader | BR SANTANDER | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 AM | 11:00 AM |
1_3_5_D_Santader | BR LA MIRANDA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Santader | BR SANTA XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Santader | BR SANTA XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 AM | 1:00 PM |
1_3_5_D_Santader | BR BELENCITO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Santader | BR EL XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_D_Santader | PRADITO BAJO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 1:00 PM | 3:00 PM |
1_3_5_N_Granada | AV CAMELLOS ENTRE GLORIETA BOMBEROS Y GLORIETA GRANADA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 6:00 PM |
1_3_5_N_Granada | CRA 23 - SEPARADOR DEL GRANADA DE HORIENTE A OCCIDENTE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 6:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR LA XXXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Granada | C.R. GUAYACANES | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR XXXXXXX - XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX X XXXXXXXX X XXX 00X XALLE 7 A CALLE 14 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR LOS ALAMOS | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR CORBONES CRA 24A ENTRE CALLE 13 Y CALLE 10 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR MODELO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 PM | 12:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR GRAN BRETANA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BR NIAGARA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Granada | BALCON DE ARMENIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | BR BERLIN | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | BR XXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | BR MONTEVIDEO CENTRAL | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | URB PALMARES DEL RECREO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | BR RECREO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | CAXXX 00 X XALLE 19 ENTRE CRA 20 Y CRA 23 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 PM | 10:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | SECTOR PARQUE VALENCIA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 PM | 10:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | CENTRO XXX 00, 00, 00, 00, CLL 19 A CLL 9 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 PM | 12:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | BRR LA CABAÑA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Recreo | BRR VIEJA LIBERTAD | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | URB LA ALDEA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 6:00 PM | 8:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
1_3_5_N_Uribe | BR SAN XXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR XXXXXX XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | XXX 00 X XXX00 XXXXX CALLE 26 Y CALLE 21 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | SAN XXXXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | XXX 00 XXXXX XXXXX 00 Y CALLE 8 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | FLORIDA NORTE | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR BUENOS AIRES ALTO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR BUENOS AIRES PLANO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR XXXXXXX XXXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | XXX 0 XXXXX XXXXX 00 Y CALLE 2 | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 8:00 PM | 10:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR PATIO BONITO PLANO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 PM | 11:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR PATIO BONITO ALTO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 9:00 PM | 11:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR LA XXXXX | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 PM | 12:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR BUENOS AIRES BAJO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 PM | 12:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR LA FLORIDA | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 10:00 PM | 12:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR GUAYAQUIL | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Uribe | BR GUAYAQUIL ALTO | LUNES, MIERCOLES, VIERNES | 11:00 PM | 1:00 PM |
1_3_5_N_Centro Calles | CALLE 26 A CALLE 24 ENTRE CRAS 13 Y 19 | MARTES, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Centro Calles | CALLE 23 A CALLE 21 ENTRE CRAS 13 Y 19 | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Centro Calles | CALLE 20 A CALLE 18 ENTRE CRAS 13 Y 23 | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Centro Calles | CALLE 17 A CALLE 15 ENTRE CRAS 13 Y 23 | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 PM | 10:00 PM |
1_3_5_N_Centro Calles | CALLE 14 A CALLE 12 ENTRE CRAS 13 Y 23 | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
1_3_5_N_Centro Calles | CALLE 11 A CALLE 09 ENTRE CRAS 13 Y 23 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 PM | 1:00 AM |
1_3_5_N_Centro Xxxxxxxx | XXX 00 X 00 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 5:00 PM | 7:00 PM |
1_3_5_N_Centro Xxxxxxxx | XXXX 00 X 00 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 6:00 PM | 8:00 PM |
1_3_5_N_Centro Xxxxxxxx | XXXX 00 X 00 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 7:00 PM | 9:00 PM |
1_3_5_N_Centro Xxxxxxxx | XXXX 00 X 00 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 8:00 PM | 11:00 PM |
1_3_5_N_Centro Xxxxxxxx | XXXX 00, 00 X 00 XXXXX XXXXXX 26 Y 9 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Centro Xxxxxx | XXXXX 00 X XXXXX 00 XXXXX XXXX 00 X 00 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Centro Xxxxxx | XXXXX 00 X XXXXX 00 XXXXX XXXX 00 X 00 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Centro Xxxxxx | XXXXX 00 X XXXXX 00 XXXXX XXXX 00 X 00 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Centro Xxxxxx | XXXXX 00 X XXXXX 00 XXXXX | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 8:00 PM | 10:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
CRAS 13 Y 23 | ||||
2_4_6_N_Centro Xxxxxx | XXXXX 00 X XXXXX 00 XXXXX XXXX 00 X 00 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Centro Xxxxxx | XXXXX 00 X XXXXX 00 XXXXX XXXX 00 X 00 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 10:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Centro Calles | CRAS 13 Y 15 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Centro Calles | CRAS 14 Y 16 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Centro Calles | CRAS 17 Y 19 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Centro Calles | CRAS 18 Y 20 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 8:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Centro Calles | CRAS 20, 21 Y 23 XXXXX XXXXXX 00 X 0 | XXXXXX, XXXXXX X XXXXXX | 10:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR NUEVO ARMENIA ETAPA 2 | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | URB VILLA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | URB CORDILLERA | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | CIUD EL XXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 9:00 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR COOPERATIVO | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 9:00 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR CIUDAD DORADA | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:30 AM | 10:30 AM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | URB ARCO IRIS ETAPA 3 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR LA XXXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR NUEVO ARMENIA ETAPA 3 | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | URB MONTECARLO | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | URB CASA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR 13 XX XXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR XXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR EL PLACER | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR 25 XX XXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR XXXXXXX XXXXXXX BAJA | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | URB ARCO IRIS ETAPA 1 Y 2 | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR LA CRISTALINA | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Ciudad Dorada | BR MESON DEL SINAI | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | CIUD NUEVO AMANECER | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB LOS KIOSKOS | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | BR LA XXXXXX ETAPA 1, 2 Y 3 | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 9:00 AM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB LAS COLINAS | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 10:00 AM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB LA XXXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB VILLA HERMOSA | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB LA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB LOS ARCADES | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB TERRAZA JARDIN | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | BR LA XXXXXXX ETAPA 3 | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | BR LA XXXXXXX ETAPA 2 | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | BR LA XXXXXXX ETAPA 1 | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | URB VILLA ITALIA | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_La Xxxxxx | XXX XXXXXXX XX XX XXXXXX | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 1:00 PM | 3:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
2_4_6_D_La Clarita | XX XXX XXXX XXXXXX XXX 00 XX XXXX XX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXX 00 X 00 | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | P.R. XXXXXXXX Y MINORISTA | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | BR LAS AMERICAS SECTOR SUPER INTER | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | URB LA XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | URB XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | COND SAN XXXX DE LA SIERRA | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | BR QUINDIO | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:30 AM | 9:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | BR ORIENTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:30 AM | 9:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | BR XXXXX XXXXXXX ETAPA 2 | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:30 AM | 9:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | BR LOS CAMBULOS | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:30 AM | 10:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | URB VILLA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 9:30 AM | 10:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | URB LOS FAROLES | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:30 AM | 10:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | COND RES LOS ARBOLES | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:30 AM | 10:30 AM |
2_4_6_D_La Clarita | BR LA CLARITA CRA 27 ENTRE CALLES 37 Y 40 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | URB VILLA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | URB SANTA XXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | URB EL PARQUE | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | URB VILLA XXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | C.R. EL CORTIJO | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | BR XXXXX XXXXXXX ETAPA 1 | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | BR SAN XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | URB VILLA XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_La Clarita | BR LA MONTANA | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_La Patria | BR LAS AMERICAS | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 8:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB VILLA DE LAS AMERICAS | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 8:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | CIUD LOS ANDES | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 9:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB LOS ALMENDROS | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 9:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | XXX XXXXXXXXXXX XXXXX 0 X 0 | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB XXXXXXX DE XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB PROVIVIENDA UNIVERSAL | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB LA XXXXXX XXXX 1 X XXXX 7 | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB XXXXXXX DE LOS ANDES | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Patria | URB LA XXXXXX XXXX 8 X XXXX 25 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Patria | URB XXXXXXXXXXX ETAPA 3 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Patria | URB LA XXXXXX XXXX 34 X XXXX 79 | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Patria | URB LA XXXXXX XXXX 79 X XXXX 85 | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_La Patria | VÍA LA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 3:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
2_4_6_D_La Unión | BR LAS MARGARITAS | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 7:30 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR XXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | URB NUEVO RECREO | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:30 AM | 8:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR 7 XX XXXXXX XXXX 1 X XXXX 6 Y XXXX 16 X XXXX 25 | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 10:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR LA UNION | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 10:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | URB XXXXXXXXXXX (TCC) | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR MONTEPRADO | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR 1 XX XXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | URB EL SILENCIO | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR 7 XX XXXXXX XXXX 7 X XXXX 15 Y XXXX 26 X XXXX 30 | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 11:00 AM |
2_4_6_D_La Unión | BR MONTEVIDEO | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | BR MONTEVIDEO BAJO | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | BR NUEVA XXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | BR ARTESANAL | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | URB VILLA XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | URB XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | URB XXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | BR LA XXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_La Unión | URB ALTOS DE LA XXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | XX XXX XXXX XXXXXX XXX 00 X XXX 00 ENTRE CALLES 19 Y 21 | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 AM | 8:00 AM |
2_4_6_D_Paraiso | BR CORBONES CRA 24 ENTRE CALLE 19 Y URB XXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_Paraiso | CONJ ALTOS DE LA XXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_Paraiso | URB XXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 8:00 AM | 8:30 AM |
2_4_6_D_Paraiso | URB AHITAMARA | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:30 AM | 9:00 AM |
2_4_6_D_Paraiso | URB LIMONAR | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 10:00 XX |
0_0_0_X_Xxxxxxx | XXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 9:00 AM | 10:00 AM |
2_4_6_D_Paraiso | BR VILLA XXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 9:00 AM | 10:00 AM |
2_4_6_D_Paraiso | BR LA DIVISA | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR SAN XXXX SECTOR CRA 24 ENTRE CALLES 17, 18 Y 19 | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR XXXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 AM | 12:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | XX XXXXXXXX XXXXX XXX 00 X XXX 00, X CALLE 14 Y CALLE 11 | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR LIBERTADORES | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR COLINAS DEL CENTRO | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | URB CENTENARIO | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 AM | 1:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR LAS MERCEDES DEL CENTRO | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | URB EL JUBILEO | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 2:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR PARAISO | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR LA XXXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
2_4_6_D_Paraiso | URB XXXXXXXXX EL XXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | BR NUEVO BERLIN | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_D_Paraiso | URB VILLA INGLESA | MARTES, JUEVES, SABADO | 1:00 PM | 3:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR XXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Galan | CONJ SOTAVENTO | MARTES, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Galan | SECTOR BAVARIA | MARTES, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Galan | URB XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Galan | C.R. XXXXXXX XXX XXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Galan | URB EL REMANSO | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Galan | URB RINCON DEL XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Galan | SECTOR COMERCIAL NISA BULEVAR | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR LAS PALMAS | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR LA XXXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR 60 CASAS | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR BUENOS AIRES | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 PM | 10:00 PM |
2_4_6_N_Galan | C.R. BOREAL | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 PM | 10:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR BOLIVAR | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR FUNDADORES | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 PM | 12:00 PM |
2_4_6_N_Galan | BR FUNDADORES BAJO | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Laureles | XXX 00 XXXXX 0 XXXXX X CALLE 19 NORTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. BADAJOZ | MARTES, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | XXX XXXXXXXX XXX XXXXX | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | URB JARDIN DE LAS XXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | URB XXXX XXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | XXX XXXXXXX XXX XXXXX | XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | URB XXXXXXXX XX XXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | BR LAURELES | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | COND TULIPANES | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | BR LA SUIZA | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. PORTAL DE LA COLONIA | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.CER. LA COLONIA | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | COND XXXXXX XX XXXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. PLAZOLETA XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 8:00 PM | 10:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. BOSQUES DE VIENA | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 PM | 10:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | BR ABORIGENES | MARTES, JUEVES, SABADO | 8:00 PM | 10:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | XX XXXXXX XX XXXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | URB COINCA | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. XXXXXXX DE SAN XXXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. XXXXXXX DE SAN XXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. PALMAS DE LA XXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | XX. XXXXXXX XXXXX XXXXX 00 XXXXX X XXX XXXX XXX SENTIDO SUR NORTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Laureles | CRA 19 ENTRE GLORIETA REGIVIT A CALLE 20 NORTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Laureles | LA ESPAÑOLA | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 AM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE POR BARRIOS | ||||
XXXX | XXXXXXX QUE ATIENDE | FRECUENCIA | HORARIO | |
ENTRE | Y | |||
2_4_6_N_Laureles | C.R. RESERVA DE LA XXXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Laureles | C.R. LA XXXXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Laureles | XXX 00 XXXXX XXXXX 00 XXXXX X CALLE 9 NORTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 11:00 PM | 1:00 AM |
2_4_6_N_Providencia | BR NUEVA XXXXXXX | XXXXXX, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR LOS PROFESIONALES | MARTES, JUEVES, SABADO | 5:00 PM | 7:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | XX XX XXXXXX XXX 00 X XXX 00 ENTRE CALLE 8 NORTE Y CALLE 10 NORTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR PROVIDENCIA | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | XXX 00 XXXXX XXXXX 00XXXXX A CALLE 2 SENTIDO NORTE SUR | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | URB TEJARES DEL PARQUE | MARTES, JUEVES, SABADO | 6:00 PM | 8:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | C.C. Y RES BALEARES | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR FUNDADORES | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR XXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | C.R. XXXXXX XX XXXXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | XX XX XXXXXX XXX 00 X XXX 00 ENTRE CALLE 8 NORTE Y 10 NORTE | MARTES, JUEVES, SABADO | 7:00 PM | 9:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR LA CASTELLANA | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR LA CAMPINA | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR EL NOGAL | MARTES, JUEVES, SABADO | 9:00 PM | 11:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR LA FOGATA | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 PM | 12:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | XXX 00 X XXX 00 XXXXX XXXXX 00 XXXXX X XXXXX 00XXXXX | MARTES, JUEVES, SABADO | 10:00 PM | 12:00 PM |
2_4_6_N_Providencia | BR FUNDADORES BAJO | MARTES, JUEVES, SABADO | 12:00 PM | 1:00 PM |
CUMPLIMIENTO DE RUTAS.
Todo cambio en las rutas, horarios o frecuencias EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. notificará con tres (3) días de anterioridad a los usuarios afectados, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS ACUMULADOS POR EL BARRIDO MANUAL DE CALLES
La recolección y el transporte de los residuos sólidos provenientes del barrido manual de calles, será realizado por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. Los residuos de barrido no podrán permanecer en las calles por más de doce (12) horas.
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DE PODA DE ÁRBOLES Y DESECHOS XX XXXXXXXX
La recolección y transporte de los residuos sólidos originados por el arreglo xx xxxxxxxx, parques, poda de árboles o arbustos, árboles caídos por cualquier motivo y corte del césped en áreas públicas, será realizada por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P mediante operativos especiales, dentro del plazo establecido para estos casos.
RECOLECCIÓN DE ANIMALES MUERTOS
El servicio de retiro de animales muertos será prestado por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. y se efectuará en el transcurso de las seis (6) horas siguientes a la recepción de la solicitud de retiro, la cual puede ser presentada por cualquier ciudadano. La recolección de pequeños animales muertos que se encuentren en la zona donde se presta el servicio de aseo se hará dentro de los operativos ordinarios.
RECOLECCIÓN DE ESCOMBROS
Es responsabilidad de los productores de escombros su recolección, transporte y disposición en las escombreras autorizadas. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP podrá prestar este servicio, el cual se considerará un servicio especial. En cualquier caso, la recolección, transporte y disposición final de escombros deberá efectuarse en forma separada del resto de residuos sólidos.
Empresas Públicas de Armenia ESP será responsable de la recolección de escombros generados por los diferentes usuarios del servicio de aseo que sean menores de un (1) m3/mes y de los desechos de construcción cuando sean arrojados clandestinamente en las áreas o vías públicas, andenes y separadores de vías.
Empresas Públicas de Armenia ESP ofrecerá el servicio de recolección y transporte a los respectivos generadores de escombros de más de un (1) metro cúbico, sean ellos de obras nuevas o de remodelaciones, servicio que será pactado entre el usuario y Empresas Públicas de Armenia ESP de acuerdo a precios xxx xxxxxxx.
Los escombros de arrojo clandestino serán programados para su recolección a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al reporte efectuado por los supervisores de Empresas Públicas de Armenia ESP, o el reporte a través de la línea de atención al usuario de la EMPRESA o por cualquier otro medio de información y/o atención al usuario. La recolección de los escombros de generador conocido será programada dentro de los (2) dos días hábiles siguientes a la solicitud, salvo casos de fuerza mayor.
RECOLECCIÓN DE TIERRA
La recolección de tierra será considerada como un servicio especial de acuerdo con los términos establecidos en el Decreto 1713 de 2002. La tierra deberá separarse de los
residuos que contenga, con el fin de permitir su uso en zonas verdes, jardines y similares o como material de cobertura en el sitio de disposición final.
ALMACENAMIENTO Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS GENERADOS EN EVENTOS ESPECIALES Y ESPECTÁCULOS
En la realización de eventos especiales y de espectáculos masivos se deberá disponer de un sistema de almacenamiento y recolección de los residuos sólidos que allí se generen, para lo cual el organizador del evento deberá coordinar las acciones con EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. El servicio que preste EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. al organizador del evento será considerado como especial. Será requisito para la realización del evento, que EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. garantice el almacenamiento, recolección y disposición final adecuada de los residuos sólidos que se generarán, previa cancelación del respectivo servicio por parte del ente organizador.
ALMACENAMIENTO Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS GENERADOS EN PUNTOS DE VENTAS EN ÁREAS PÚBLICAS
Los vendedores estacionarios localizados en áreas públicas, debidamente autorizados, deberán mantener limpios los alrededores de sus puestos, tener recipientes accesibles al público para el almacenamiento de los residuos generados en su actividad y presentarlos para su recolección. El control y vigilancia de estas obligaciones estará a cargo de las autoridades de policía, los vendedores estacionarios serán considerados usuarios no residuales.
RESPONSABILIDAD POR LOS RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS EN EL CARGUE Y DESCARGUE DE MERCANCÍAS Y MATERIALES
Los responsables de cargue, descargue y transporte de cualquier tipo de mercancías o materiales, deberán recoger los residuos sólidos originados por esas actividades y entregarlos a EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. El control y vigilancia de esta obligación estará a cargo de las autoridades de policía.
BARRIDO Y LIMPIEZA DE LAS ÁREAS PÚBLICAS RESPONSABILIDAD EN BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y ÁREAS PÚBLICAS
Las labores de barrido y limpieza de vías y áreas públicas es responsabilidad de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. y la realizará con una frecuencia tal que las vías y áreas públicas estén siempre limpias y aseadas. En calles no pavimentadas y en áreas donde no sea posible realizar el barrido por sus características físicas, se desarrollarán labores de limpieza manual. El desempapele reemplazará el barrido en vías y zonas sin pavimentar. En el caso de producirse accidentes o hechos imprevistos que generen suciedad en la vía pública, EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P.
estará en el lugar correspondiente a más tardar dos (2) horas después de haber sido notificado del hecho pertinente por parte de los usuarios o de la entidad competente.
FRECUENCIA DE BARRIDO
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. prestará el servicio de barrido de la siguiente manera: todos los días en la zona centro de la ciudad, tres veces por semana en las principales avenidas de ciudad y dos (2) veces por semana en las demás zonas del área de operación del servicio en las cuales se tenga cobertura con este componente, según la condiciones técnicas y requerimientos de la zona, tal como se detalla en el plano anexo a este documento.
XXXXXXXX XX XXXXXXX: (Adicionado art. 9º, Xxxxxxx 000 xx xxxxx 00 xx 0000) XXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXX XXX ha determinado el horario de barrido de vías y áreas públicas, teniendo en cuenta la cantidad de residuos generados, las características de cada zona, la jornada de trabajo, el clima, las dificultades generadas por el trafico vehicular o peatonal y cualquier otro elemento que pueda tener influencia en la prestación del servicio, así:
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y AREAS PÚBLICAS | ||
FRECUENCIA 2: Dos (2) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL BARRIO | FRECUENCIA | HORARIO |
13 xx Xxxxx | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
14 de Octubre | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
19 de Enero | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
00 xx Xxxx | XXXXXXXXX X XXXXXX | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
7 XX XXXXXX | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
AHITAMARA: Mz A y Mz B | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
AHITAMARA: Mz C hasta Mz H | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Xxxxxxx del Café | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Xxxxxxx Xxxxx | XXXXX Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
ALTOS DE LA XXXXXX | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
AMERICAS: XX 00, 00, 00 X 00 DESDE LA CR 32 HASTA CR 35 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Xxxxxxx Xxxxxx | XXXXXX Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Arco Iris | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Arenales | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Arrayanes | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Asentamiento Puerto Rico | JUEVES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Asentamiento Xxxxxxxx Xxxxxxx | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bambusa | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BARRIO EL PARQUE | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Barrio La Xxxxxxx | XXXXXX Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Barrio Providencia | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Belén | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BELENCITO | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bello Horizonte | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y AREAS PÚBLICAS | ||
FRECUENCIA 2: Dos (2) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL BARRIO | FRECUENCIA | HORARIO |
BERLIN | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bloques de Casablanca | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bosques de Gibraltar | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bosques de Pinares : Mz 1, 2 , 3 Y 4 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bosques de Pinares : Mz 5, 6, 7 Y 8 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bosques de Pinares : Mz 9, 10, 11, 12 Y 13 | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Bosques de Viena (Urb.) | MARTES, JUEVES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BOYACA | MARTES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BRASILIA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BRASILIA NUEVA | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BUENOS AIRES BAJO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BUENOS AIRES PLANO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BUENOS AIRES: Sector contemplado entre las CR 11 Y 12 entre CL 10 Y 12 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
BUENOS AIRES: Sector contemplado entre las CR 11, 12 y 13 entre CL 10 Y 7 | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Calima | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Cañas Gordas | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Casablanca | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Castilla Grande | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
CENTENARIO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
CINCUENTENARIO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Ciudad Dorada: Mz 1 a 4, Canchas de Futbol y Mz 17 a 31 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Ciudad Dorada: Mz 5 a 16 y Mz 32 a 50 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Ciudadela El Sol | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
CIUDADELA LOS ANDES | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Ciudadela Puerto Espejo | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Coinca, El Retiro, Quintas de San Julian (Vías Externas a los Conjuntos) | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
COLINAS DEL CENTRO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Cooperativo | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
CORBONES | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
CORTIJO | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
El Nogal | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
EL ORIENTE | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
El Palmar | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
El Placer | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
El Poblado | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
El Poblado II etp. | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
El Prado | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
EL SILENCIO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Emperador | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Farallones | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Farallones | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
GAITAN BAJO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Génesis | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Gibraltar MZ 1 a Mz 9 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Gibraltar MZ 10 a Mz 21 | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Girasoles | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Guaduales de la Villa | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
GUAYAQUIL | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
GUAYAQUIL ALTO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Jardín de La Fachada | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Jesús María Ocampo | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y AREAS PÚBLICAS | ||
FRECUENCIA 2: Dos (2) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL BARRIO | FRECUENCIA | HORARIO |
JORGE ELIECER GAITAN | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
JUBILEO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
KENNEDY | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Adiela I: Mz 1 a 11 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Adiela II Etapa | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Adiela III Etapa | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Alhambra | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Arcadia | NO BARREMOS AL INTERIOR DE CONJUNTOS CERRADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Cecilia | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA CLARITA | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Cristalina | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA DIVISA | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Esmeralda | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA ESPERANZA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Fachada: Mz 1 hasta Mz 4. | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Fachada: Mz 42 hasta Mz 49, Mz 17 hasta Mz 22, Mz 26 hasta Mz 30, Mz 36 hasta Mz 39. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Fachada: Mz 46 hasta Mz 48, Mz 50 hasta Mz 61, Mz 65. | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Fachada: Mz 5 hasta Mz 9, Mz 12 hasta Mz 16, Mz 23 hasta Mz 25, Mz 31 hasta Mz 34, Mz 40 y Mz 41. | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Fachada: Mz 62 hasta Mz 64, Mz 66 hasta Mz 74. | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Grecia: Mz 1 a 16 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Grecia: Mz 17 en adelante | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA IRLANDA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Isabela: Mz 1 a Mz 14, Mz 23 a 27 y CR 20 desde colegio Teresita Montes hasta CL 57 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Isabela: Mz 14 a Mz 22, Mz 30 a 36 y CR 20 desde CL 57 hasta Mz 31 | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Linda | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
la Milagrosa | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA MONTANA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA PATRIA: Mz 1 hasta Mz 14 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA PATRIA: Mz 15 hasta Mz 26 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA PATRIA: Mz 30 a Mz 32, Mz 34 a Mz 37, Mz 41 a Mz 52, Mz 69, Mz 71 a Mz 79. | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA PATRIA: Mz 33, Mz 38, Mz 39, Mz 53 hasta Mz 68, Mz 82 hasta Mz 92. | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA PAVONA | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Rivera | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA UNION: Mz 1 hasta Mz 19, Mz 32 | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA UNION: Mz 20 hasta Mz 24 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LA UNION: Mz 25 hasta Mz 30 | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Virginia: Mz 1 hasta Mz 10, Mz 13 hasta Mz 16. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
La Virginia: Mz 11, Mz 12, Desde Mz 17 Hasta Mz 37. | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Las Acacias | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Las Brisas: No barremos al interior del Conjunto. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Las Colinas PARTE 2 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Las Colinas: PARTE 1 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LAS MARGARITA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LAS MERCEDES | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Las Veraneras | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Laureles | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LIBERTADORES: Mz A hasta Mz N | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LIBERTADORES: Mz O hasta Mz R | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y AREAS PÚBLICAS | ||
FRECUENCIA 2: Dos (2) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL BARRIO | FRECUENCIA | HORARIO |
LIMONAR I | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LIMONAR II | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LIMONAR III | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LIMONAR IV | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Lindaraja I ETP. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Lindaraja II ETP. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Loma Verde (Conjunto C.) | NO BARREMOS AL INTEROR DEL CONJUNTO CERRADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LOS ALMENDROS | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Los Árcades | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
LOS CAMBULOS | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Los Kioskos | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Los Naranjos | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Los Quindos III Etapa: Mz 1 hasta Mz 12 | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Los Quindos: Mz 1 hasta Mz 18, Mz 35 hasta Mz 39, Mz 41 y Parroquia San Vicente de Paul. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Los Quindos: Mz 19 hasta Mz 34, Mz 40 y La Plazoleta. | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Luis Carlos Galán | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Manuela Beltrán Alta | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Manuela Beltrán Baja | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Marco Fidel Suarez | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Mesón del Sinaí | LUNES, MIERCOLES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MIRAFLORES ALTO | MARTES, JUEVES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Miraflores Bajo | LUNES, MIERCOLES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MIRAFLORES BAJO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Miranda | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEBLANCO I: Mz A, Mz B y Mz C | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEBLANCO I: Mz D, Mz E, Mz F y Mz G. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEBLANCO II | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEBLANCO III: Mz A, B, C, D, G y H | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEBLANCO III: Mz E y F | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Montecarlo | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEPRADO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEPRADO BAJO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEVIDEO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
MONTEVIDEO CENTRAL | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Nuestra Señora de la Paz | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
NUEVA LIBERTAD | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Nuevo Amanecer | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Nuevo Amanecer | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Nuevo Armenia | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
NUEVO BERLIN | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
NUEVO RECREO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
OBRERO MUNICIPAL | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Ocho de Marzo | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PALMARES DEL RECREO | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PARAÍSO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PARQUE VALENCIA | MARTES, JUEVES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PATIO BONITO ALTO | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PATIO BONITO BAJO | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PIAMONTE | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Pinares | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
POPULAR | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Portal de Pinares | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y AREAS PÚBLICAS | ||
FRECUENCIA 2: Dos (2) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL BARRIO | FRECUENCIA | HORARIO |
Portal del Edén | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PORVENIR | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PRADO | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
PRIMERO DE MAYO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Puerto Espejo III ETP | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
QUINDÍO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
QUINTAS DE JULIANA | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Quintas de la Marina | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
QUINTAS DE LOS ANDES | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
RECREO: Mz A hasta Mz E, Mz S, Mz P, Mz Q, Mz R,Mz O, Mz P, Avenida Principal. | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
RECREO: Mz F hasta Mz M, Mz T, Mz U, Mz V, Mz X, Vía Principal Frente Plaza de Toros. | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
REFUGIO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
RINCÓN SANTO | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
ROJAS PINILLA I | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
ROJAS PINILLA II | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
SALAZAR | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
SAN ANDRES | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
San Diego (Conjunto C.) | LUNES, MIERCOLES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
San José Sur | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
SAN JOSE Y EL BOSQUE | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
SAN NICOLÁS | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
San Vicente de Paul | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Santa Elena | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Santa Rita | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
SANTAFE | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
SANTANDER | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Sector Fundadores | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Simón Bolívar | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Sinaí (Conjunto C.) | NO BARREMOS AL INTEROR DEL CONJUNTO CERRADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
TERRANOVA EL ALBA | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Tesorito | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Tres Esquinas | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
UNIVERSAL: Mz 1 hasta Mz 7, Mz 10 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
UNIVERSAL: Mz 8 y Mz 9, desde Mz 11 hasta Mz 19 | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Urb. Mercedes del Norte | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
URBANIZACION BOSQUES DE VIENA: PERO NO BARREMOS AL INTERIOR DEL CONJUNTO | LUNES, MIERCOLES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Urbanización Castilla | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Urbanización Manantiales | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Urbanización Puerto Espejo I etp | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Urbanización San Francisco | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
URIBE URIBE | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VÉLEZ | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VENECIA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Veracruz | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Vereda San Juan | CARRIL SUBIENDO: LUNES, MIERCOLES Y VIERNESCARRIL BAJANDO: MARTES, JUEVES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA LILIANA: Mz A hasta Mz L | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA LILIANA: Mz M hasta Mz W | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Alejandra II etp: Mz 1 hasta Mz 8 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Alejandra II etp: Mz 9 hasta Mz 18 | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
FRECUENCIAS Y HORARIOS DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS Y AREAS PÚBLICAS | ||
FRECUENCIA 2: Dos (2) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL BARRIO | FRECUENCIA | HORARIO |
VILLA ANDREA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Ángela y Cordillera C. | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA CAROLINA I | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA CAROLINA II | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA CELMIRA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Claudia | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa de la Vida y el Trabajo | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA DE LAS AMERICAS | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA DEL CAFÉ | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa del Carmen | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa del Centenario | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Hermosa | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Italia | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA JULIANA | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Villa Laura | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA MARCELA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA SOFIA | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
VILLA XIMENA I | MIERCOLES Y SABADOS | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Vista Hermosa | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Zuldemayda Mz 1, Mz 2, Mz 3 y Mz 4 | MARTES Y VIERNES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Zuldemayda Mz 16 A, desde Mz 19 hasta Mz 30 | MIERCOLES Y SABADO | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
Zuldemayda Mz 5 hasta Mz 19 y Mz 31 | LUNES Y JUEVES | 6:00 AM hasta 2:00 PM |
CENTRO DE LA CIUDAD | ||
FRECUENCIA 7: Siete (7) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL SECTOR | FRECUENCIA DE BARRIDO | HORARIO |
CR 13 A 17 CL 23 A 26 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
COMPLEJO VIAL LA CEJITA DESDE LA CR 17 HASTA CR 20A Y CL 23 HASTA CL 26 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 13 CL 23 A 12 | LUNES A SABADO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 14 CL 23 A 12 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 15 CL 23 A 12 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 16 CL 23 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 17 CL 23 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 18 CL 23 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 19 CL 23 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 20 CL 24 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 21 CL 23 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 18 Y 19 CL 24 A 35 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 21A Y 22 CL 16 A 21 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 17 A 19 CL 15 A 10 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 13 A 16 CL 12 A 9 | LUNES A SABADO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
PLAZA DE BOLIVAR, PARQUE DE LA CONSTITUCIÓN | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CAM | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 10:00 AM 1:00 PM HASTA 4:00 PM |
CR 22 CL 23 A 15 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CORBONES-SAN JOSE | LUNES A SABADO | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
CENTRO DE LA CIUDAD | ||
FRECUENCIA 7: Siete (7) días a la Semana | ||
NOMBRE DEL SECTOR | FRECUENCIA DE BARRIDO | HORARIO |
CL 21 CR 23 A 28 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 23 GLORIETA CAMELLO , CL 23, HASTA CR 19 | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 14 CL 10 A 4 NORTE | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 14 CL 4N A 16 NORTE | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
CR 14 CL 16N A 24 NORTE | LUNES A DOMINGO | 5:00 AM HASTA 1:00 PM |
PRINCIPALES AVENIDAS | ||
FRECUENCIA 3: Tres (3) días a la Semana | ||
NOMBRE DE LA AVENIDA | FRECUENCIA DE BARRIDO | HORARIO |
ARCADIA-CENTENARIO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
AV ANCIZAR LOPEZ | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
AV CENTENARIO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
AV 14 CL 18N PLANTA DE TRATAMIENTO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
CR 19 BAJANDO Y SUBIENDO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
PRINCIPALES AVENIDAS | ||
FRECUENCIA 3: Tres (3) días a la Semana | ||
NOMBRE DE LA AVENIDA | FRECUENCIA DE BARRIDO | HORARIO |
CR 19 BAJANDO Y SUBIENDO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
CR 18 Y 19 SUR | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
CR 18 Y 19 SUR | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
VIA MONTENEGRO-ESTADIO BAJANDO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
VIA MONTENEGRO-ESTADIO SUBIENDO | 3 DIAS A LA SEMANA | 6:00 AM HASTA 2:00 PM |
ACTIVIDAD DE BARRIDO MANUAL DE CALLES
Los residuos resultantes de la labor de barrido manual de calles deberán ser colocados en bolsas plásticas ubicadas en los carros, las cuales al colmarse su capacidad serán cerradas atando su parte superior y ubicadas en el sitio preestablecido para su posterior recolección. Se incluye en esta actividad la recolección de bolsas de los residuos sólidos de las cestas públicas, colocadas en las áreas públicas de tráfico peatonal.
INSTALACIÓN DE CESTAS DE ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN LAS CALLES
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. colocará canastillas o cestas para almacenamiento exclusivo de residuos sólidos producidos por los transeúntes, en número y capacidad que estén de acuerdo con la intensidad del tránsito peatonal y vehicular, previa aprobación del Municipio.
RESPONSABILIDAD DE LOS ANUNCIADORES EN MATERIA DE LIMPIEZA
La limpieza y remoción de los avisos publicitarios o propaganda colocada en áreas públicas serán obligación del anunciador, quien podrá contratar EMPRESAS
PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. la remoción y el manejo de los residuos sólidos generados, como un servicio especial.
SERVICIO DE PODA Y CORTE DE CESPED
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. podrá prestar el servicio de poda y corte de césped en parques, glorietas, andenes con zona verde, avenidas, separadores y bermas de la parte urbana de la ciudad de Armenia, para lo cual realizará los convenios y contratos a que haya lugar.
Las actividades de corte de césped contratadas con terceros por el MUNICIPIO DE ARMENIA no serán responsabilidad de Empresas Públicas de Armenia ESP, así como las áreas públicas (parques y zonas verdes) que sean atendidas por otras entidades de orden oficial y/o particular.
DISPOSICIÓN FINAL
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP garantizará la disposición final de los residuos sólidos, de acuerdo a la oferta de sitios de disposición final presentada en la región, cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad ambiental y sanitaria vigente.
Para el caso de los residuos de plazas de mercado, corte de césped y poda y/o tala de árboles, residuos especiales y residuos con potencial de aprovechamiento, la EMPRESA PRESTADORA del Servicio de Aseo podrá implementar sistemas de aprovechamiento o tratamiento biotecnológico que cumpla con las exigencias técnicas y ambientales señaladas en la normatividad y previo estudio de comercialización de subproductos y prueba piloto. El desarrollo de estos sistemas estará sujeto a las recomendaciones de factibilidad y viabilidad, así como de los permisos ambientales que se requieran.
EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP descargará los residuos que recolecte en las instalaciones que cuenten con la capacidad técnica y legal para tal evento, de acuerdo con lo señalado anteriormente, según los tipos de residuos, así:
Residuos ordinarios: Sitio de disposición final de residuos sólidos, Relleno Sanitario.
Corte de césped: Sitio de disposición final y/o tratamiento de residuos sólidos, Relleno Sanitario.
Escombros: Escombreras debidamente autorizadas, Plantas de tratamiento y/o de aprovechamiento, Celda de escombros en el sitio de disposición final de residuos sólidos, Relleno Sanitario.
Material aprovechable: Sitios de aprovechamiento autorizados, en caso de que se establezca la recuperación de material aprovechable.
ANEXO III
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PRESENTACIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS PARA RECOLECCIÓN
Los residuos sólidos que se entreguen para la recolección deben estar presentados de forma tal que se evite su contacto con el medio ambiente y con las personas encargadas de la actividad y deben colocarse en los sitios determinados para tal fin, con una anticipación no mayor de tres (3) horas a la hora inicial de recolección establecida para la zona.
Cuando en desarrollo del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS del municipio de Armenia se establezcan programas de separación en la fuente y aprovechamiento de residuos sólidos, la presentación de los residuos deberá adecuarse a los requerimientos de dichos programas, los cuales serán informados oportunamente, por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP.
CARACTERÍSTICAS DE LOS RECIPIENTES RETORNABLES PARA ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Los recipientes retornables utilizados por los usuarios del servicio de aseo para el almacenamiento y presentación de los residuos sólidos, deberán estar construidos de material impermeable, liviano, resistente, de fácil limpieza y cargue, de forma tal que faciliten la recolección y reduzcan el impacto sobre el medio ambiente y la salud humana. Los recipientes retornables para almacenamiento de residuos sólidos en el servicio ordinario, deberán ser lavados por el usuario con una frecuencia tal que sean presentados en condiciones sanitarias adecuadas.
CARACTERÍSTICAS DE LOS RECIPIENTES DESECHABLES
Los recipientes desechables, utilizados para almacenamiento y presentación de los residuos sólidos deberán tener las siguientes características básicas:
Proporcionar seguridad, higiene y facilitar el proceso de recolección convencional o recolección selectiva.
Permitir el aislamiento de los residuos generados del medio ambiente.
Tener una capacidad proporcional al peso, volumen y características de los residuos que contengan.
Ser de material resistente y preferiblemente biodegradable. Facilitar su cierre o amarre.
SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO COLECTIVO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Todo Multiusuario del servicio de aseo, deberá tener una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla como mínimo con los siguientes requisitos:
Los acabados serán superficies lisas, para permitir su fácil limpieza e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo de microorganismos en general.
Tendrá sistemas de ventilación, suministro de agua, drenaje y de prevención y control de incendios. Construida de manera que se impida el acceso y proliferación de insectos, roedores y otras clases de vectores e impida el ingreso de animales domésticos.
Diseñada con la capacidad suficiente para almacenar los residuos generados acorde con las frecuencias de recolección y alternativas de recuperación consideradas en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos y los respectivos programas para la prestación del servicio de aseo. Permitir el fácil acceso y recolección de los residuos por los vehículos recolectores.
Adecuada accesibilidad para los usuarios. La ubicación del sitio no debe causar molestias e impactos a la comunidad.
Tener cajas para realizar el respectivo almacenamiento.
Las unidades de almacenamiento serán aseadas, fumigadas y desinfectadas por el usuario, con la regularidad que exige la naturaleza de la actividad que en ellas se desarrolla de conformidad con los requisitos y normas establecidos.
SITIOS DE UBICACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS
La presentación de los residuos, se realizará en el andén del inmueble del generador o en la unidad de almacenamiento en caso de edificaciones, pero siempre evitando la obstrucción peatonal o vehicular, de tal manera que se facilite el acceso para los vehículos y las personas encargadas de la recolección y la fácil limpieza en caso de presentarse derrames accidentales.
OBLIGACIÓN DE TRASLADAR RESIDUOS SÓLIDOS HASTA LOS SITIOS DE
RECOLECCIÓN (Modificado art. 10º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012)
En el caso de urbanizaciones, barrios o conglomerados cuyas condiciones impidan la circulación de vehículos de recolección, así como en situaciones de emergencia, los usuarios están en la obligación de trasladar los residuos sólidos hasta el sitio determinado por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P., actividad que deberá reflejarse en las tarifas. EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P determinará los sitios de recolección de residuos, establecerá los horarios de recolección notificando como mínimo con tres (3) días de anterioridad a los usuarios, de tal manera que se
evite la acumulación prolongada de los residuos en el espacio público y se causen problemas ambientales y/o de salud. En estas circunstancias, ante la imposibilidad técnica de recolección puerta a puerta, los suscriptores y/o tendrán derecho de un descuento del 10% en la tarifa máxima correspondiente al componente recolección y transporte de conformidad con el artículo 36 de la resolución CRA 351 de 2005.
CARACTERÍSTICAS DE LAS CAJAS DE ALMACENAMIENTO (Modificado art. 10º,
Acuerdo 011 de julio 30 de 2012)
El tamaño, la capacidad y el sistema de cargue y descargue de las cajas de almacenamiento públicas o privadas, serán determinados por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, con el objeto que sean compatibles con su equipo de recolección y transporte. La capacidad de las cajas de almacenamiento debe determinarse en función de la generación y la frecuencia de recolección, de tal manera que nunca se rebase la capacidad máxima de contenido de la caja. Además, las cajas de almacenamiento para residuos sólidos, deben estar situadas y provistas de elementos, de tal manera que se evite la humedad, la dispersión de los residuos y el acceso de animales.
Las características, en cuanto a peso y volumen, máximas y mínimas, aceptadas por EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP, serán:
TIPO DE RECIPIENTE | PESO MÍNIMO | PESO MÁXIMO | VOLUMEN MINIMO | VOLUMEN MAXIMO |
CONTENEDOR | 140 Kg | 1.5 Ton | 2 Yd3 | 3 Yd3 |
CAJA ESTACIONARIA | 2.5 Ton | 12 Ton | 10 Yd3 | 20 d3 |
SITIOS DE UBICACIÓN PARA LAS CAJAS DE ALMACENAMIENTO
El sitio escogido para ubicar cajas de almacenamiento para residuos sólidos, deberá permitir, como mínimo, lo siguiente:
Accesibilidad para los usuarios.
Accesibilidad y facilidad para el manejo y la evacuación de los residuos sólidos. Tránsito de peatones o de vehículos, según el caso.
Conservación de la higiene y la estética del entorno. Tener la aceptación de la propia comunidad usuaria. Evitar los posibles impactos ambientales negativos.
RESPONSABILIDAD POR LA PRESENTACIÓN INADECUADA DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS
El usuario del servicio público de aseo, que almacene y presente, residuos no objeto del servicio ordinario, será directamente responsable por los impactos negativos que estos ocasionen a la salud humana y al medio ambiente. Quien entregue los residuos a
personas o entidades no autorizadas para tal fin, será responsable por los impactos negativos que estos ocasionen a la salud humana y al medio ambiente.
PROCEDIMIENTO DE DIVULGACIÓN DE RUTAS Y HORARIOS: (Adicionado art.
11º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012) Empresas Públicas de Armenia E.S.P. realiza una correcta divulgación de las rutas y horarios de recolección y barrido que ha establecido para atender el área de operación en el municipio de Armenia. La operación del servicio de aseo se efectúa según frecuencias y horarios en macro y micro rutas establecidas previamente, las cuales se dan a conocer a nuestros usuarios a través de los diferentes medios de comunicación de amplia audiencia, como radio, pagina web y algunos canales de televisión local; adicionalmente en las socializaciones de la promoción del servicio de aseo se explica detenidamente esta información, cumpliendo de manera eficaz y personalizada en la difusión en las comunas y barrios de la ciudad en operación.
PLAN DE CONTINGENCIA PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE ASEO DE LA CIUDAD DE ARMENIA EN CASOS DE EMERGENCIA (Adicionado
art. 11º, Acuerdo 011 de julio 30 de 2012)
Empresas Públicas de Armenia E.S.P. cuenta con un conjunto de procedimientos preestablecidos para dar respuesta inmediata, con el fin de atender en forma efectiva y eficiente las necesidades del servicio de Aseo de manera alternativa y para restablecer el funcionamiento del sistema después de la ocurrencia de un evento de origen natural o antrópico que cause dificultades para el desarrollo del servicio.
OBJETIVO GENERAL:
Planificar la respuesta ante el desencadenamiento de un evento natural o antrópico que afecte el sistema de aseo y la prestación del servicio.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
✓ Realizar el diagnostico de los principales factores que de ocurrir podrían afectar el sistema de aseo y la prestación del servicio.
✓ Identificar los componentes del Sistema de Aseo afectados ante la ocurrencia de una eventualidad.
✓ Realizar el inventario de Recursos disponibles, para afrontar una emergencia.
✓ Planificar y coordinar las actividades de atención.
✓ Definir funciones y responsabilidades.
1. DIAGNOSTICO DE LOS PRINCIPALES FACTORES QUE DE OCURRIR PODRÍAN AFECTAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
En el área urbana y rural de la ciudad de Armenia, en donde EPA E.S.P. presta el Servicio Público de Aseo, las amenazas más probables para la alteración del Sistema, del servicio y para la infraestructura física asociada son:
1.1 Sismos.
1.2 Fenómenos de remoción en masa.
1.3 Inundaciones.
1.4 Incendios.
1.5 Problemas de orden público.
1.6 Eventos Culturales, Religiosos y Deportivos.
1.7 Posible Erupción Volcán Machín.
2. IDENTIFICACIÓN LOS COMPONENTES DEL SISTEMA DE ASEO AFECTADOS ANTE LA OCURRENCIA DE UNA EVENTUALIDAD.
En la Tabla No. 1 mostrada a continuación, se establecen los componentes y la Infraestructura Física del Sistema de Aseo que se verían afectados ante la ocurrencia de alguno de los eventos que se identificaron que son factibles de ocurrir.
Tabla No. 1 Principales amenazas y posibles afectaciones sobre el sistema de aseo en la Ciudad de Armenia.
EVENTO | COMPONENTE POSIBLEMENTE AFECTADO | INFRAESTRUCTURA FISICA INVOLUCRADA | COBERTURA |
Sismo | Recolección, Transporte y Disposición Final. | Base Operativa del Servicio de Aseo, Red Vial, Sitio de Disposición Final. | Extensiva |
Fenómenos de Remoción En Masa | Recolección, Transporte y Disposición Final. | Red vial, Base Operativa de Aseo. | Puntual |
Posible Erupción Volcán Machín. | Recolección, Transporte y Disposición Final. | Red Vial, Base Operativa de Aseo y Sitio de Disposición Final Alterno (Municipio de Calarcá-Villa Karina). | Puntual |
Inundaciones | Recolección, Transporte y Disposición Final. | Específicamente en Vías en sitios de confluencia con quebradas. | Puntual |
Incendios | Recolección, Transporte, Barrido, Sitio de Disposición Final y Limpieza de Vías y Áreas Públicas. | Obstaculización de la Red Vial, Base Operativa del Servicio de Aseo y Sitio de Disposición Final. | Puntual |
Problemas de orden público. | Recolección, Transporte, Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas. | Obstaculización de la Red Vial. | Puntual o Local. |
EVENTO | COMPONENTE POSIBLEMENTE AFECTADO | INFRAESTRUCTURA FISICA INVOLUCRADA | COBERTURA |
Eventos Culturales, Religiosos y Deportivos. | Recolección, Transporte, Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas. | Obstaculización de la Red Vial del Área de Influencia del Evento. | Puntual |
3. INVENTARIO DE RECURSOS PARA PREVENIR O ATENDER UNA CONTINGENCIA ASOCIADA CON EL SERVICIO DE ASEO:
Los principales recursos y elementos disponibles con que cuenta La Gestión de Aseo de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP para prevenir o atender una emergencia asociada con el sistema de aseo y la prestación del servicio se encuentran detallados a continuación:
3.1 Infraestructura Física Para La Prestación Del Servicio De Aseo
3.1.1 Sitios De Disposición Final
✓ Relleno Sanitario: El sitio actual de disposición final de residuos es el Relleno Sanitario Andalucía, ubicado en la hacienda Potosí de la Vereda San José del Municipio de Montenegro – Quindío, con una vida útil hasta el año 2013 y en el cual se proyecta realizar una ampliación de la capacidad del mismo que permita operar hasta el año 2038; en caso de emergencia o contingencia se deberá tener en cuenta los sitios de disposición final que actualmente se encuentran en operación dentro de la Región, entre los más factibles se muestran en la Tabla No 2.
Tabla No 2. Alternativas de Sitios de Disposición Final.
Relleno Sanitario Villa Karina: Ubicado en la Vereda Chagualá del Municipio de Calarcá - Quindío. |
Relleno Sanitario La Glorita: Se localiza en la finca La Gloria, corregimiento de Combia Baja, a 14 Km. del casco urbano de la ciudad de Pereira. Con una vida útil proyectada al año 2015. |
Relleno Sanitario La Esmeralda: Ubicado a dos kilómetros de Manizales vía a Neira, se calcula que la vida útil podría ir hasta el año 2.019 pero con una posibilidad de ampliación por 25 años más. |
✓ Escombreras: Actualmente EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. realiza la disposición final de los escombros contiguo al Estadio Centenario de la Ciudad de Armenia en la Escombrera Municipal, la cual se encuentra ubicada entre el Conjunto Residencial Aguazul y La Arcadia, ésta es operada directamente por la empresa, lo que garantiza el acceso y disponibilidad a la misma.
De igual forma se realizó un estudio técnico en conjunto con Planeación Municipal en donde se detectaron algunas alternativas para el momento de cierre de la misma, las más factible se encuentran ubicadas en la Vereda el Mesón y el barrio los Quindos, en la Ciudad de Armenia - Quindío.
3.1.2 Parque Automotor
La Gestión de Aseo de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA E.S.P. cuenta con un parque automotor de 13 vehículos para la prestación del servicio, tanto para transporte de personal como recolección de residuos domiciliarios, especiales y escombros, los cuales relacionamos a continuación en la Tabla No 3:
Tabla No 3. Inventario Parque Automotor
TIPO DE VEHICULO | CAPACIDAD | CANTIDAD |
Recolector Doble Troque | 25 Y3 | 4 |
Recolector Sencillo | 16 Y3 | 5 |
Ampliroll | 14 Y3 | 2 |
Volqueta | 6 M3 | 1 |
Turbo | ------------ | 1 |
De igual forma EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP cuenta con vehículos en sus diferentes áreas los cuales pueden ser de apoyo en situaciones de contingencia de manera trasversal como son los mostrados en la Tabla No 4:
Tabla No 4. Parque Automotor de Apoyo ante la ocurrencia de un Evento.
TIPO DE VEHICULO | CANTIDAD |
Turbo | 3 |
Volqueta | 2 |
Bac Com | 2 |
Retroexcavadora | 2 |
3.1.3 Telecomunicaciones
La empresa cuenta con un sistema de comunicación tipo Hals Dúplex, en donde tanto los vehículos de la Gestión de Aseo como supervisores y jefes de sección cuentan con un Radio que permite su permanente comunicación.
En caso de que dicho sistema presente fallas, se cuenta con dos líneas telefónicas en las instalaciones del servicio de Aseo, de igual forma el personal a cargo de la Gestión
tiene Teléfonos celulares de su propiedad, cuyos números se encuentran detallados en la base de datos donde reposa la información completa de cada uno de ellos.
3.2 Medios De Difusión
Uno de los elementos básicos dentro de la prevención y atención de emergencias es el de las comunicaciones, por ello a continuación relacionamos los principales medios a utilizar en caso de algún tipo de eventualidad.
✓ Prensa: Los principales medios de prensa escrita en la ciudad de Armenia son La Crónica, Q’Hubo y Vea Pues, los cuales son de circulación diaria.
✓ Radio: Existen además diversas emisoras radiales entre ellas Olímpica, Oxigeno, Radio Policía Nacional, La Mega, Radio Ciudad Milagro, entre otras.
✓ Televisión: De igual forma en la ciudad de Armenia podemos encontrar el canal UNE, Telecafé, entre otros.
4. PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE ATENCIÓN.
4.1 Sismos: Como punto de partida para la planificación de las actividades de atención que se deben llevar a cabo ante un sismo, se tomará la experiencia vivida y afrontada por EPA ESP como operador del servicio de Aseo en el terremoto del 25 de enero de 1999 ocurrido en el eje cafetero, el cual dejó un saldo de más de 1.000 muertos, 4.000 heridos y 250.000 damnificados; 20.000 viviendas destruidas y 60.000 averiadas, entre otros efectos.
4.1.1 Efectos ocasionados a raíz de un Sismo sobre el sistema de aseo y la prestación del servicio.
✓ Aumento Considerable en la Generación de Volumen total de Residuos Sólidos y Escombros en el tiempo inmediato al evento y en la reconstrucción de viviendas y desarrollos de otros proyectos.
✓ Poco personal para la recolección de residuos, escombros y atención de la emergencia.
✓ Requerimiento de disponer del parque automotor al servicio del sistema de Aseo para el desplazamiento de cadáveres y otras actividades ajenas al aseo.
✓ Inadecuada presentación de los residuos.
✓ Reducción de vida útil de la escombrera y del sitio de disposición final.
4.1.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la ocurrencia de un Sismo.
✓ Diseñar las rutas de recolección de residuos dando prioridad a la atención diaria de albergues inducidos y espontáneos, antes que a zonas comerciales y galerías.
✓ Diseñar una ruta especial de residuos hospitalarios con recolección diaria y acondicionar una celda exclusiva para este tipo de desechos en el relleno sanitario, lo cual debe ser coordinado con la empresa responsable de la recolección de residuos hospitalarios y los sitios de disposición final.
✓ Realizar programas interinstitucionales (Empresas Públicas de Armenia, CRQ, Universidad del Quindío, Contraloría Municipal), con el objetivo de desarrollar campañas en puntos como mercados y albergues temporales.
✓ Identificar nuevos posibles puntos para realizar la disposición de escombros, adecuándolos cuando fuera necesario, con el desarrollo de obras geotécnicas como la construcción de muros de contención, cunetas perimetrales para aguas de lluvia, canalización de aguas superficiales, localización de filtros y arreglo de taludes; construcción y modificación de redes de alcantarillado y levantamiento de cámaras; desarrollo de procesos de compactación y recubrimiento final con suelo orgánico para forestación.
✓ Desarrollar un programa de reciclaje y reúso de los escombros lo cual implica la recuperación de material útil en cada etapa del proceso. La recuperación de materiales se debe desarrollar en la fuente, en puntos de almacenamiento temporal y en escombreras.
4.2 Fenómenos de Remoción En Masa: La presentación de un deslizamiento genera grandes volúmenes de material que debe ser removido inmediatamente del sitio donde se presenta el evento, ya sea para facilitar el rescate de personas, rehabilitar el paso de una vía, entre otros.
4.2.1 Efectos ocasionados a raíz de Fenómenos de Remoción en Masa sobre el sistema de aseo y la prestación del servicio.
✓ Obstaculización de vías, interrumpiendo el normal funcionamiento y cumplimiento del servicio.
✓ Incremento considerable del volumen de material para trasportar y disponer en la escombrera, reduciendo la vida útil de la misma.
✓ Eventualmente se pueden generar daños que ocasionen el cierre prolongado de la vía.
4.2.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la ocurrencia de Fenómenos de Remoción en Masa.
✓ Diseñar las rutas de evacuación.
✓ Identificar nuevos posibles puntos para realizar la disposición de escombros.
✓ Disponer del parque automotor, maquinaria y personal adecuado para la evacuación del material producto del deslizamiento.
4.3 Inundaciones: Teniendo en cuenta que por la topografía de la ciudad de Armenia es poco probable que pueda presentarse este tipo de evento, sin embargo, en caso que llegara a ocurrir en la malla vial afectaría directamente la prestación del servicio de Aseo.
4.3.1 Efectos ocasionados a raíz de Inundaciones sobre el sistema de aseo y la prestación del servicio.
✓ Obstaculización de vías, interrumpiendo el normal funcionamiento y cumplimiento del servicio.
✓ Eventualmente se pueden generar daños que ocasionen el cierre prolongado de la vía.
4.3.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la ocurrencia de Inundaciones.
✓ Diseñar rutas alternas para la prestación del servicio.
✓ Disponer del parque automotor, maquinaria y personal adecuado para la evacuación del material producto de la inundación.
4.4 Incendios: Puede presentarse el evento en las instalaciones propias de la base operativa del servicio de Aseo, infraestructura vial utilizada para el cumplimiento de las rutas y en el sitio de disposición final.
4.4.1 Efectos ocasionados a raíz de Incendios sobre el sistema de aseo y la prestación del servicio.
✓ Alteración de orden público, que genera obstaculización de vías.
✓ Incineración de parte del Parque Automotor con el que cuenta el Servicio de Aseo.
✓ Cierre prolongado del sitio de disposición final.
✓ Generación de residuos para trasportar hacia el sitio de disposición final.
4.4.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la ocurrencia de Incendios.
✓ Diseñar rutas alternas para la prestación del servicio.
✓ Informar a los usuarios sobre el evento ocurrido, buscando minimizar la generación de residuos sólidos, además realizar e informar sobre los cambio de horarios y frecuencias.
✓ Iniciar negociaciones con las demás alternativas de sitios de disposición final de la región para realizar la disposición de residuos sólidos.
✓ Disponer del parque automotor, maquinaria y personal adecuado para la evacuación del material incinerado.
4.5 Problemas de orden público: Pueden presentarse problemas de orden público originadas por: manifestaciones de vendedores ambulantes y trasportadores, marchas y riñas posteriores a eventos deportivos como el futbol.
4.5.1 Efectos ocasionados a raíz de Problemas de Orden Público sobre el sistema de Aseo y la prestación del servicio.
✓ Obstaculización de vías.
✓ Daño sobre el Parque Automotor y personal del servicio público de Aseo.
4.5.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la ocurrencia de Incendios.
✓ Diseñar rutas alternas para la prestación del servicio.
✓ Informar a los usuarios sobre el evento ocurrido, buscando minimizar la generación de residuos sólidos, además realizar e informar sobre los cambio de horarios y frecuencias, mientras se normaliza la situación.
4.6 Eventos Culturales, Religiosos y Deportivos: A menudo en la ciudad de Armenia se realizan diferentes eventos de este tipo, lo que conlleva a una programación especial para su atención y cubrimiento.
4.6.1 Efectos ocasionados sobre el sistema de Aseo y la prestación del servicio por la realización de Eventos Culturales, Religiosos y Deportivos.
✓ Obstaculización de vías.
✓ Incremento en la generación de Residuos Sólidos.
✓ Demanda de Mano de Obra.
4.6.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la ocurrencia de Eventos Culturales, Religiosos y Deportivos.
✓ Diseñar rutas alternas para la prestación del servicio.
✓ Realizar la Programación especial para la atención de los eventos.
4.7 Posible Erupción Volcán Machín: En caso que llegara ocurrir una erupción del volcán Machín y que ésta afecte el área de la prestación del servicio de Aseo, EPA ESP, deberá estar presta para proporcionar el trasporte de residuos generados por este evento.
4.7.1 Efectos ocasionados sobre el sistema de Aseo y la prestación del servicio por la posible Erupción del Volcán Machín.
✓ Obstaculización de vías.
✓ Incremento en la generación de Residuos Sólidos.
✓ Generación de residuos para trasportar hacia el sitio de disposición final.
✓ Demanda de Mano de Obra.
4.7.2 Medidas de Emergencia para restablecer la prestación del servicio ante la posible Erupción del Volcán Machín.
✓ Diseñar rutas alternas para la prestación del servicio.
✓ Realizar la Programación especial para la atención del evento.
✓ Disponer del parque automotor, maquinaria y personal adecuado para la evacuación del material incinerado.
✓ Coordinas con los diferentes entes institucionales que conforman el CLOPAD.
5. DEFINIR ACTIVIDADES Y RESPONSABLE DE EJECUTAR LA MISMA EN EL MOMENTO DE LA CONTINGENCIA.
En la Tabla No. 5 que se muestra a continuación, se establecen las actividades generales que se deben realizar ante la ocurrencia de los eventos mencionados anteriormente, según sea el caso; además, se establece el nombre del cargo responsable de realizar cada una de las actividades y su posible sustituto.
Tabla No. 5. Actividades y Responsables en el momento de la Contingencia.
ACTIVIDAD | RESPONSABLE 1 | RESPONSABLE 2 | RESPONSABLE 3 |
Diseñar las rutas de recolección de residuos dando prioridad a la atención diaria de albergues inducidos y espontáneos, antes que a zonas comerciales y galerías. | GESTOR ASEO | JEFE DE RECOLECCION Y TRASPORTE | SUPERVISORES RECOLECCION Y TRANSPORTE |
Diseñar una ruta especial de residuos hospitalarios con recolección diaria y acondicionar una celda exclusiva para este tipo de desechos en el relleno sanitario, lo cual debe ser coordinado con la empresa responsable de la recolección de residuos hospitalarios y los sitios de disposición final. | GESTOR ASEO | JEFE DE RECOLECCION Y TRASPORTE | SUPERVISORES RECOLECCION Y TRANSPORTE |
Realizar programas interinstitucionales (Empresas Públicas de Armenia, CRQ, Universidad del Quindío, Contraloría Municipal), con el objetivo de desarrollar campañas en puntos como mercados y albergues temporales. | GERENTE GENERAL | SUBGERENTE TECNICO | GESTOR ASEO |
Identificar nuevos posibles puntos para realizar la disposición de escombros, adecuándolos cuando fuera necesario, con el desarrollo de obras geotécnicas como la construcción de muros de contención, cunetas perimetrales para aguas de lluvia, canalización de aguas superficiales, localización de filtros y arreglo de taludes; construcción y modificación de redes de alcantarillado y levantamiento de cámaras; desarrollo de procesos de compactación y recubrimiento final con suelo orgánico para forestación. | GESTOR ASEO | JEFE DE RECOLECCION Y TRASPORTE | SUPERVISORES RECOLECCION Y TRANSPORTE |
Desarrollar un programa de reciclaje y reúso de los escombros lo cual implica la recuperación de material útil en cada etapa del proceso. La recuperación de materiales se debe desarrollar en la fuente, en puntos de almacenamiento temporal y en escombreras. | GESTOR ASEO | COORDINADOR PGIRS | TECNICOS PGORS |
Diseñar rutas alternas de evacuación, ante cualquier tipo de evento presentado. | GESTOR ASEO | JEFE DE RECOLECCION Y TRASPORTE | SUPERVISORES RECOLECCION Y TRANSPORTE |
Disponer del parque automotor, maquinaria y personal adecuado para la evacuación del material producto del deslizamiento. | GESTOR ASEO | JEFE DE RECOLECCION Y TRASPORTE | JEFE DE BARRIDO Y LIMPIEZA |
ACTIVIDAD | RESPONSABLE 1 | RESPONSABLE 2 | RESPONSABLE 3 |
Informar a los usuarios sobre el evento ocurrido, buscando minimizar la generación de residuos sólidos, además realizar e informar sobre los cambio de horarios y frecuencias. | COMUNICACIONE S EPA ESP. | COMUNICACIONE S ALCALDÍA MUNICIPAL | GESTOR ASEO |
Realizar la Programación especial para la atención de los eventos. | GESTOR ASEO | JEFE DE BARRIDO Y LIMPIEZA | SUPERVISORES BARRIDO Y LIMPIEZA |
Iniciar negociaciones con las demás alternativas de sitios de disposición final de la región para realizar la disposición de residuos sólidos. | GERENTE GENERAL | SUBGERENTE TECNICO | GESTOR ASEO |
En constancia de lo anterior, se suscribe este original, previa aprobación por parte de la Junta Directiva de EPA ESP según sesión extraordinaria llevada a cabo el día lunes
24 de octubre de 2011, por el Presidente y Secretario de la Junta Directiva de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP.
Armenia, 24 de octubre de 2011.
GILBERTO LÓPEZ GONZALEZ JUAN CARLOS MARIN BEDOYA
Presidente Junta Directiva EPA ESP Gerente General EPA ESP
MAURICIO ALBERTO SOSSA GARCÍA
Secretario Junta Directiva EPA ESP
En constancia, se suscribe este original, compilado con la modificación realizada mediante Acuerdo 011 de julio 30 de 2012, previa aprobación por parte de la Junta Directiva de EPA ESP según sesión extraordinaria llevada a cabo el día lunes 30 de julio de 2012, por la Presidenta y Secretario de la Junta Directiva de EMPRESAS PÚBLICAS DE ARMENIA ESP.
Armenia, 31 de julio de 2012.
LUZ PIEDAD VALENCIA FRANCO JAVIER ROA RESTREPO
Presidente Junta Directiva EPA ESP Secretario Junta Directiva EPA ESP