CONTRATO DE SERVICIOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento abierto simplificado
Expediente nº: LAN/A-03/2019
Objeto: Servicio de mantenimiento y conservación de plantas y jardines de las oficinas de Lanbide
Contenido:
Cláusulas específicas del contrato.
CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.- Definición: Servicio de mantenimiento y conservación de plantas y jardines de las oficinas de Lanbide
1.2.- División por lotes: No 1.3.- Código CPV:
Objeto | Código principal |
Principal : Servicios de mantenimiento xx xxxxxxxx y parques | 77311000-3 |
1.4.- Otros sistemas de clasificación de actividades: No. 1.5.- Categoría de servicios:
1.6.- Tracto: Único
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula 2 de condiciones generales y los siguientes:
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
3.1.- El presupuesto base de licitación del contrato es de Veintiun mil setecientos ochenta euros, incluido el 21 % de IVA, y se imputa a la anualidad de 2019
3.2.- Aplicación presupuestaria: 19.0.1.41.01.0000.1.238.99.31110.002.B
3.3.- Tramitación anticipada: Sí la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.
3.4.- El gasto está cofinanciado: No
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
4.1.- El valor estimado del contrato es de 93.600 euros.
4.2.- Método de cálculo:
Presupuesto de licitación (sin IVA) | 18.000 euros |
Importe de las modificaciones previstas (sin IVA) | 3.600 euros |
Importe de los premios o primas pagaderos a las licitadoras (sin IVA) | 0,00 euros |
Importe de las opciones eventuales (sin IVA) | 0,00 euros |
Prórroga (sin IVA) | 72.000 euros |
TOTAL VALOR ESTIMADO | 93.600 euros |
5.- PRECIO Y PAGOS.
5.1.- Sistema de determinación del precio: Precio alzado
Las ofertas que superen el presupuesto base de licitación (sin IVA) que es de
18.000 euros serán rechazadas.
5.2.- Modalidad de pago del precio:
Los pagos serán mensuales y se realizarán una vez recepcionada la factura en el Servicio Económico y Presupuestario.
Junto a la factura, se presentará Anexo en el que se detallarán los servicios y trabajos realizados en cada oficina en el período que se factura.
Para el abono de la factura será preceptiva la aprobación de la Responsable del Servicio de Organización y Recursos Generales de Lanbide y del Responsable del Servicio Económico y Presupuestario de Lanbide.
5.3.- Existen operaciones preparatorias: No 5.4.- Revisión de precios: No
5.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: No
6.- VIGENCIA DEL CONTRATO: DURACIÓN DEL CONTRATO O PLAZO DE EJECUCIÓN. PRÓRROGA.
6.1.- Duración total o plazo de ejecución total o fecha límite: Hasta el 31 de diciembre de 2019
6.2.- Fecha de inicio: 1 de enero de 2019, o desde la firma de formalización del contrato, si ésta tiene lugar en fecha posterior al 1 de enero de 2019
6.3.- Plazos parciales: no
6.4.- Prórroga del contrato: Sí, se contemplan cuatro prórrogas
- Duración de cada prórroga: Un año cada una de las prórrogas por un importe de 21.780 euros (IVA incluido), salvo modificación del contrato que implique modificación económica.
7.- GASTOS DE PUBLICIDAD. No existen.
8.- GARANTÍAS.
8.1.- Garantía provisional: No
8.2.- Garantía definitiva: Sí, por un importe del 5% del importe de adjudicación (sin IVA)
8.3.- Garantía complementaria: No
8.4.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: No
8.5.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: No
Las garantías se constituirán a favor de: Lanbide – Servicio Xxxxx xx Xxxxxx NIF:
Q0100571I
9.- SEGUROS.
La contratista deberá tener los seguros obligatorios para la prestación del servicio
10.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: no procede
11.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
11.1.- De tipo social o relativo al empleo:
11.1.1.- Las recogidas en la cláusula 28.2 de condiciones generales en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
11.1.2.- Otras: No
11.2.- De tipo medioambiental: No 11.3.- De tipo ético: No
11.4.- De tipo lingüístico: las establecidas en la cláusula 28.1 de las condiciones generales.
11.5.- Otras: No
En el caso de que los hubiera, todas las condiciones especiales de ejecución serán exigidas a todos las personas subcontratistas.
12.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES DEL CONTRATO Y OTRAS OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL O LABORAL:
12.1.- Obligaciones contractuales esenciales:
Las condiciones especiales de ejecución indicadas en la cláusula 11 de cláusulas específicas del contrato.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales constituye
infracción grave a efectos del art. 71.2 c) LCSP.
12.2.- Otras obligaciones en materia medioambiental, social o laboral: 12.2.1.- Obligaciones en materia medioambiental: No
12.2.2.- Obligaciones en materia social o laboral:
12.2.2.1- Cumplir las condiciones salariales de las personas trabajadoras conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación, a los efectos del art. 122.2 LCSP.
12.2.2.2- Otros: No
13.- PENALIDADES.
13.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 31.1 de condiciones generales: No
13.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el art. 193.3 y
193.4 LCSP por demora en el cumplimiento de plazos: No, teniendo en cuenta que la no ejecución de los trabajos de obligado cumplimiento detallados en el punto 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas con la periodicidad indicada en el mismo, dará lugar a la aplicación de los artículos 193.3 y 193.4 de la LCSP
14.- SUBCONTRATACIÓN.
14.1.- Se establecen limitaciones a la posibilidad de subcontratar: No 14.2.- Obligación de las licitadoras de facilitar la siguiente información :
15.- COMPROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA.
15.1.- Forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación: Informe de comprobación del responsable del contrato.
15.2.- Plazo para la recepción: Un mes desde la finalización del contrato. 15.3.- Existen recepciones parciales: No
15.4.- Plazo de garantía: Sí, tres meses desde la finalización del contrato. 16.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Posibilidad de modificación del contrato: Sí, con arreglo a las circunstancias, alcance, límites, naturaleza y procedimiento que se detallan a continuación:)
a) Circunstancias: La constatación, durante la vigencia del contrato, de nuevos espacios ajardinados y plantas a mantener.
b) Método de verificación objetiva de concurrencia de las circunstancias: informe del responsable del contrato
c) Alcance, límites y naturaleza: la modificación consistirá en el incremento del número de espacios ajardinados y plantas a mantener, o de incremento del espacio de los actuales espacios ajardinados.
d) Porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueden afectar: 20 %
e) Procedimiento: El establecido en la letra a) de la cláusula 33.2.1 de condiciones generales.
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN ESPECÍFICAS.
Se establecen causas de resolución adicionales a las previstas en la cláusula 38 de las condiciones generales: No
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO.
18.1.- Obligación de la contratista de presentar el programa de trabajo que dispone la cláusula 25.2 de condiciones generales: No
El programa de trabajo reviste la condición de documento contractual: No
18.2.- Se establecen las medidas especiales adicionales de tratamiento de datos de carácter personal a que se refiere el apartado 2) de la cláusula 29.2. d) de condiciones generales: No.
18.3- Se exige que partes de la prestación o trabajos concretos sean realizados por la propia contratista de conformidad con lo dispuesto en el art. 75.4 LCSP: No
18.4- Otras: No
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
19.- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Y REGISTROS.
19.1.- Poder adjudicador: Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx 19.2.- Identificación de órganos.
19.2.1.- Órgano de contratación: Director General de Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx
19.2.2.- Órgano destinatario: Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx Código DIR3: A16007223
19.2.3.- Responsable del contrato: Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxxx
19.2.4.- Órgano competente en materia de contabilidad pública: Oficina de Control Económico
19.2.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: No
19.2.6.- Composición de la mesa de contratación:
Teniendo en cuenta el artículo 1.2 de la Orden de 20 de enero de 2012 del Consejero de Economía y Hacienda y de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales por la que se crea la Mesa de Contratación del Organismo Autónomo Lanbide – Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, la Mesa de Contratación estará compuesta por:
Titular: Suplente(s):
Responsable Servicio Económico y Presupuestario de Lanbide | Responsable Organización Generales | del | y | Servicio de Recursos |
Vocales del …1 :
Titulares: Suplentes:
Responsable del Servicio de Organización y Recursos Generales | Tecnico/a del Organización Generales | Servicio de y Recursos |
Técnico/a del Organización Generales | Servicio de y Recursos | |
Técnico/a del Organización Generales | Servicio de y Recursos |
Representante Oficina de Control Económico: Técnico/a Intervención Secretario/a:
Titular: Suplente:
Letrado/a de Asesoría Jurídica
Letrado/a de Asesoría Jurídica
19.2.7.-Comité de expertos/organismo técnico especializado: No
19.3.- Unidad administrativa encargada de tramitar el procedimiento de adjudicación: Asesoría Jurídica de Lanbide – Servicio Xxxxx xx Xxxxxx (Dirección de Servicios Generales)
1 Indicar el Departamento, Organismo autónomo o ente público de derecho privado.
19.4.- Contacto para atender consultas sobre aspectos técnicos:
Persona de contacto: Responsable del Servicio de Organización y Recursos Generales
Correo electrónico: xxxxxx.xxxx-xx-xxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Teléfono: 000.00.00.00
19.5.- Contacto para atender consultas sobre aspectos jurídicos:
Persona de contacto: Técnico de Contratación de Asesoría Jurídica
Correo electrónico: xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Teléfono: 000 000 000
19.6.- Registros:
19.6.1.- Registro de presentación de ofertas:
- Entidad: Registro de los servicios centrales de Lanbide – Servicio Xxxxx xx Xxxxxx, única y exclusivamente (no se admitirán ofertas remitidas a través del Servicio de Correos, Zuzenean o oficinas de empleo de Lanbide)
- Domicilio: X/ Xxxx Xxxxxxxx, 0
- Xxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxx: Xxxxxxx-Xxxxxxx 00000.
19.6.2.- Registro de presentación de certificaciones y facturas: Servicio Económico – presupuestario de Lanbide – Servicio Xxxxx xx Xxxxxx mediante la presentación de facturas electrónicas a través de cualquiera de los siguientes enlaces:
xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/x00-xxxxxxx/xx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx_xxxxxx/xx_xxx/xxxxx.xxxxx
xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxxx/x00-xxxxxxx/xx/
Los códigos a utilizar en los referidos enlaces serán los siguientes: Código del órgano gestor: A16007223
Código de la unidad tramitadora: A16007223 Código de la oficina contable: A16007243
19.6.3.- Fecha y hora límite de presentación: 26/07/2018, hasta las 11:00 horas.
19.6.4.- Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Un único sobre, con las siguientes indicaciones externas:
1) La identificación del contrato: nº de expediente y objeto.
2) La identificación de la licitadora: si es una persona jurídica se indicará su denominación social y CIF; y si es una persona física su nombre y apellidos y nº de DNI.
3) La identificación de la persona física que firme la oferta: nombre y apellidos y nº de XXX, y FIRMA
4) Dirección postal a efectos de comunicaciones, nº de teléfono, nº de fax y dirección de correo electrónico.
19.6.5.- Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: 2 meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el 149 de la Ley 9/2017 CSP (oferta anormalmente baja).
20.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
20.1.- Contrato sujeto a regulación armonizada: No 20.2.- Tramitación: Ordinaria
20.3.- Procedimiento: Abierto Simplificado
20.4.- Información sobre la división en lotes: No procede
20.5.- Medios de tramitación: No procede tramitación electrónica 20.6.- Subasta electrónica: No
20.7.- Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de inserción social y empresas de inserción o incluido en el marco de programas de empleo protegido: No.
20.8.- Contrato reservado a determinadas organizaciones por tratarse de un contrato de servicios de carácter social, cultural o de salud de conformidad con la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP: No
21.- SOLVENCIA, CLASIFICACIÓN, HABILITACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS.
21.1.- Obligación de disponer de unos requisitos mínimos de solvencia: Sí, de conformidad con la cláusula 21.2 de cláusulas específicas del contrato.
21.2.- Solvencia: los operadores económicos deben disponer de la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la cláusula 21.3 de cláusulas específicas del contrato:
•Económica y financiera. Requisito(s):
Los operadores económicos deberán acreditar un volumen anual de negocio por un importe mínimo de 18.000 euros (sin IVA) referido al año de mayor volumen de negocio de los siguientes tres años: 2015, 2016 y 2017.
•Técnica o profesional. Requisito(s):
El importe anual acumulado en la realización de contratos del mismo tipo o naturaleza al del objeto del contrato en el año de mayor ejecución de los ejercicios 2015, 2016 y 2017 debe ser igual o superior a 12.600 euros (sin IVA).
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 11.4 de condiciones generales, estos requisitos de solvencia deben ser acreditados solamente por la licitadora que haya presentado la mejor oferta mediante los documentos indicados en la cláusula 25.1 de cláusulas específicas del contrato.
21.3.- Clasificación: Sí, se podrá sustituir la solvencia exigida en la cláusula 21.2 de cláusulas específicas del contrato por la clasificación que se indica a continuación:
Se debe disponer bien de la clasificación indicada en la letra a) o bien la recogida en la letra b):
a) Clasificación otorgada de acuerdo con Real Decreto 773/2015:
Grupo: O Subgrupo: 6 Categoría: 1
b) Clasificación otorgada de acuerdo con la regulación anterior al Real Decreto 773/2015:
Grupo: O Subgrupo: 6 Categoría: a
Deberá indicarse la clasificación de la que se dispone en la sección A de la parte II del DEUC.
21.4.- Habilitación empresarial o profesional: No
21.5.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: No
21.6.- Adscripción obligatoria de medios: No
22.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
22.1.- Existe un único criterio de adjudicación: Sí, el siguiente: Xxxxxx. Se adjudicará el contrato a la oferta de precio más bajo.
22.2.- Existe una pluralidad de criterios de adjudicación: No
22.3.- Ofertas anormalmente bajas: Se establecen los siguientes parámetros o límites para su apreciación:
En cuanto al precio: Podrán ser consideradas como ofertas con valores anormales o desproporcionados en los siguientes casos:
Sí, en cuanto al precio, y de acuerdo a los siguientes supuestos:
Cuando, concurriendo una sola licitadora, el precio sea inferior en más de 25 unidades porcentuales respecto del importe de licitación
Cuando concurran dos licitadoras, la que oferte un precio inferior en más de 20 unidades porcentuales sobre el precio ofertado por la otra licitadora
Cuando concurran tres o más licitadores, la que oferte un precio inferior en más de 10 unidades porcentuales a la media de precios ofertados por todas las licitadoras. No obstante, si entre ellas existen precios, que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, se aplicará la fórmula establecida en el párrafo anterior.
En el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial presenten distintas ofertas para licitar individualmente, se tomará únicamente la oferta más baja para aplicar el régimen de apreciación de valores anormales o desproporcionados.
23.- CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DESEMPATE: Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las licitadoras, y en caso de igualdad, los recogidos en el punto 19 de las Condiciones Generales en el orden que en el mismo se establece.
24.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN UN UNICO SOBRE.
1. Anexo II.1 (obligatorio) Declaración Responsable
2. Anexo II.3 (opcional), Designación como confidencial de informaciones contenidas en la oferta
3. Anexo II.4 (solo para el caso de UTE), Compromiso de constituirse formalmente en UTE
4. Anexo II.5 (obligatorio), Declaración sobre los compromisos que asume respecto a las personas que realicen la actividad objeto del contrato
5. Anexo II.6 (solo para el caso que se presenten empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial)
6. Anexo II.8 (obligatorio), Datos a efectos de notificaciones y comunicaciones
7. Anexo VI.2 (solo en el caso de subcontratación)
8. Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el ANEXO III.1.
Deberán firmarse todas las hojas que constituyen el Anexo III.I.
En caso de presentarse en UTE, deberán ser firmadas todas las hojas por todos y cada uno los representantes de las empresas que forman la UTE.
25.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA.
Junto con el resto de documentación indicada en la cláusula 21.1 de condiciones generales, se deben presentar, en su caso, los siguientes documentos:
25.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional recogidos en la cláusula 21.2 de las cláusulas específicas del contrato: sí, los siguientes, salvo que se haya sustituido la solvencia por la clasificación indicada en la cláusula 21.3 de cláusulas específicas del contrato:
• Solvencia económica y financiera:
Certificación Oficial del Registro Mercantil en papel relativa a las cuentas anuales aprobadas y depositadas correspondientes al ejercicio de mayor volumen de negocio respecto de los ejercicios 2015, 2016 y 2017
Las empresas creadas en 2018, deberán aportar una copia compulsada de las Declaraciones trimestrales de IVA presentada hasta el momento de acreditar la solvencia económica y financiera.
• Solvencia técnica o profesional:
1. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los años 2015, 2016, y 2017, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
2. Certificados que acrediten la realización de contratos del mismo tipo o naturaleza al del objeto del contrato en el año de mayor importe anual acumulado de realización de contratos de entre los ejercicios 2015, 2016 y 2017, teniendo en cuenta que la suma de dichos contratos en ese año de mayor ejecución de sumar acumuladamente el importe de 12.600 euros
Los certificados deberán ser expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público;
cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este último certificado, mediante una declaración responsable del empresario.
25.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos a los que se refiere la cláusula 21.6 de cláusulas específicas del contrato: No procede
26.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO:
26.1.-Información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria: Sí.
26.1.1.- Fecha límite para su solicitud: 14/07/2018 26.1.2.- Fecha límite para su obtención: 20/07/2018
26.1.3.- Carácter vinculante de las aclaraciones sobre los pliegos o resto de documentación: Sí
26.2.- Se prevé una forma específica de compensación para los casos de renuncia a la celebración del contrato y de desistimiento del procedimiento por el poder adjudicador: No
26.3.- Plazo máximo para adjudicar el contrato distinto al establecido en el art. 158.2 LCSP: No
26.4.- Otra documentación a presentar con carácter previo a la formalización: no
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
27.- CESIÓN DEL CONTRATO. Se prevén otros supuestos de cesión del contrato además de los previstos en la cláusula 35.1.1 de condiciones generales: no
28.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES, MEDIOABIENTALES Y RELATIVOS A OTRAS POLÍTICAS PÚBLICAS INCORPORADAS EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
Aspectos: | SOCIALES O RELATIVAS AL EMPLEO | MEDIOAMBIENTAL ES | LINGÜÍSTICO S | |||
EN PARTICULAR | OTRAS | |||||
Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de riesgos laborales | ||||
Objeto del contrato | ||||||
Requisitos de solvencia | ||||||
Especificacione s técnicas | ||||||
Criterios de adjudicación | Sí | |||||
Condiciones especiales de ejecución | Sí |