CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO, que celebran por una
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO, que celebran por una
parte la persona moral denominada TAM ENERGÍA ALIANZA, S.A. DE C.V., representada por el C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, a quien en lo sucesivo se le denominará para efectos de este contrato como “EL PATRÓN”, y por la otra el C , a quien se denominará como “EL TRABAJADOR”; quienes están conformes en sujetarse a las cláusulas que más adelante se señalarán así como en las siguientes.
DECLARACIONES
l. El Patrón manifiesta ser persona moral legalmente constituida conforme a las leyes, con el objeto social la participación en las actividades del sector energético en los Estados Unidos Mexicanos y en el extranjero, mediante los actos jurídicos que son permitidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por las disposiciones legales aplicables al sector energético; permitiendo el objeto social de la Sociedad de manera enunciativa más no limitativa, el desarrollo de las actividades propias del sector mediante la celebración y ejecución de toda clase de contratos, asignaciones, asociaciones, así como la implementación y desarrollo de los mismos, su operación, dirección y administración, así como la participación en las licitaciones y/o concursos que se convoquen y con domicilio ubicado en Carretera Victoria – Xxxx la Marina, Kilometro 5.5, Parque Científico y Tecnológico TECNOTAM, Edificio Empresarial, Primer Piso (Ala Sur).
ll. El trabajador, declara llamarse como ha quedado escrito, de años de edad, sexo , estado civil y con domicilio ubicado en , con credencial de elector número .
CLAUSULAS
PRIMERA. El presente contrato lo celebran las partes por tiempo indeterminado, de conformidad con lo que establece la Ley.
SEGUNDA. El trabajador prestará sus servicios al patrón con el puesto de en el domicilio del patrón antes citado, y percibirá como salario mensual la cantidad de $
$$$$$.00 (XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. Las partes convienen que el trabajador prestará sus servicios al patrón los días LUNES, MARTES MIÉRCOLES, JUEVES Y VIERNES, en un horario de
.
CUARTA. Las partes convienen en que el día de descanso semanal del trabajador será el o los días SÁBADO Y DOMINGO de cada semana.
QUINTA. Las partes, convienen en que el salario que percibirá el trabajador, será pagado en moneda de curso legal el día 15 Y 30, por medio de transferencia bancaria a la cuenta bancaria que en empleado proporcione, de la cual él deberá ser el titular.
SÉPTIMA. Son Días de descanso obligatorio el 1 de enero, primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero, el tercer lunes xx xxxxx en conmemoración al 21 xx xxxxx, el 1o xx xxxx, el 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración al 20 de noviembre, 1o de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del PEF, 25 de diciembre, y los días que sean determinados por las Comisiones Electorales Estatales o Federales para periodos de Elecciones, con pago xx xxxxxxx íntegro cuando correspondan dentro del periodo de contratación.
OCTAVA. El trabajador, al cumplir un año de servicio o fracción de este al termino del contrato de trabajo que hoy se suscribe tendrá derecho al pago de 20 días de vacaciones o fracción de estas en el caso citado anteriormente, así como al pago del 25% por concepto de Prima Vacacional, de conformidad con lo establecido por los diversos 76,77 y relativos de la ley laboral.
Las vacaciones estarán divididas en dos períodos de 10 días hábiles cada uno, mismos que determinará la empresa de acuerdo con el período vacacional establecido por la Dirección General de Recursos Humanos del Gobierno del Estado de Tamaulipas. Cuando por causa justificada el trabajador no pudiese hacer uso de las vacaciones en los periodos señalados, disfrutará de ellas durante los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se reintegre el personal que hizo uso de ellas. En ningún caso los trabajadores que laboren el periodo vacacional tendrán derecho a doble pago xx xxxxxx.
NOVENA. Anualmente o en fracción de éste, el trabajador tendrá derecho al pago de 60 xxxx xx Xxxxxxxxx o a fracción de éste por el tiempo prestado.
DECIMA. El presente contrato obliga a las partes a lo expresamente pactado, conforme a lo que señala al diverso 31 de la Ley.
DECIMA PRIMERA. El trabajador se obliga a observar y respetar las disposiciones del reglamento interior del trabajo que existe en la Empresa, so pena de incurrir en alguna de las causales establecidas por la Ley.
DECIMA SEGUNDA. El trabajador se obliga a acatar todas y cada una de las disposiciones respecto a la capacitación y adiestramiento, planes y programas que para el efecto tenga la Empresa, de conformidad por lo establecido por la Ley.
DECIMA TERCERA. El trabajador se obliga a acatar las disposiciones de seguridad e higiene, que se llevan a efecto en la Empresa, en los términos de la Ley.
DECIMA CUARTA. Lo no previsto en este contrato se regirá por todas y cada una de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
DECIMA QUINTA. Se reconoce expresamente que el presente contrato se celebra por tiempo indeterminado. Leído que fue el presente contrato por las partes firman al margen en la primera y al calce para constancia y aceptación, ante la presencia de dos testigos al día de de .
TRABAJADOR PATRON
ING. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
TESTIGO TESTIGO