Contract
1. OBJETIVO
Definir el procedimiento para dar trámite a las novedades contractuales que se deriven de la fase de puesta en marcha por oficio, por solicitud de los emprendedores, o por cualquier motivo de los contratos de cooperación empresarial, suscritos por el Emprendedor, la Universidad Nacional de Colombia (en adelante UNAL u Operador) y el Servicio Nacional de Aprendizaje (en adelante SENA).
2. ALCANCE
Este protocolo aplicará para los contratos perfeccionados de cooperación empresarial derivados del Contrato Interadministrativo No. 1-0168 de 2019, suscrito entre la UNAL y SENA, a fin de gestionar de oficio, por solicitud del emprendedor o por cualquier motivo, las modificaciones correspondientes a:
- Prórroga
- Terminación anticipada por cualquier motivo
- Renuncia parcial
- Suspensión1
- Y otras novedades en cumplimiento a la reglamentación del Fondo Emprender y el contrato de cooperación.
3. PROCEDIMIENTO PARA MODIFICACIÓN2, PRORROGA O SUSPENSIÓN CONTRACTUAL
I. Por solicitud del emprendedor
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
1 | El emprendedor deberá solicitar al Operador, a través de una comunicación, la solicitud de modificación, prórroga3 y/o suspensión temporal, con la correspondiente justificación. La comunicación deberá incluir: ● Identificación del solicitante ● ID y nombre del plan de negocios | Emprendedor | No aplica |
1 Se concede una vez y no es prorrogable, excepcionalmente y como resultado de un evento de fuerza mayor o caso fortuito debidamente soportado y justificado, el operador podrá analizar la prórroga o una segunda solicitud.
2 Por modificación se entiende renuncia parcial, es decir, en el caso en el cual el grupo emprendedor esté conformado por más de un emprendedor y uno de ellos desee renunciar, se aplicará este procedimiento.
3 La solicitud de prórroga debe ser solicitada por el emprendedor al menos 45 días calendario antes de la fecha de vencimiento del contrato de cooperación empresarial.
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
● Razones y/o argumentos de la solicitud (incluir soportes si aplica). ● En caso de suspensión, fecha de reanudación4 y compromiso de cumplimento de la normatividad vigente y aplicable durante este periodo5 6. Esta causal solo aplicará para casos de fuerza mayor debidamente soportados y validados por la interventoría. ● En caso de prórroga, número de meses (números enteros) de prórroga7. ● Comunicación suscrita por el Líder de Red o Líder de la unidad de emprendimiento en la que se señale un análisis de la justificación expuesta por el emprendedor y una recomendación frente a la solicitud del emprendedor. La comunicación y sus anexos deben ser registrados en el sistema de información del Fondo Emprender8 y remitido al correo: xxxxxxxx_xxxxx@xxxx.xxx.xx | |||
2 | El Operador solicitará a la Interventoría el informe correspondiente frente a la solicitud realizada por el emprendedor. | Operador | 1 día hábil |
3 | El interventor deberá emitir concepto sobre la solicitud del emprendedor revisando los respectivos soportes. | Interventoría | Hasta cinco (5) días calendario |
4 | La Universidad Nacional de Colombia realizará el análisis de la solicitud presentada por el emprendedor | Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
4 No implica prórroga, esto es, si se suspende el contrato por dos (2) meses, el contrato se ve recortado en el plazo de su ejecución en ese mismo lapso de dos (2) meses.
5 En todos los casos la fecha máxima de reanudación debe permitir que el contrato de cooperación empresarial se ejecute en el marco de la vigencia del contrato interadministrativo suscrito entre la UNAL y SENA. Ni el SENA ni la UNAL asumen ninguna obligación de garantizar un período de prórroga.
6 Aclaración para los emprendedores: La suspensión es sobre las obligaciones del contrato de cooperación empresarial; las obligaciones legales, tributarias, contables, etcétera de la empresa, no se suspenden.
7 En todos los casos el período de prórroga solicitado no puede superar cuatro (4) meses, y debe permitir que el contrato de cooperación empresarial se ejecute en el marco de la vigencia del contrato interadministrativo 0168 de 2019 suscrito entre la UNAL y SENA.
8 Se debe subir la información en la plataforma Fondo Emprender en la “Actividad 99 – Documentos Legales”
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
y el informe de la Interventoría y remitirá al SENA – Coordinación Nacional de Emprendimiento un oficio mediante el cual presentará las conclusiones de dicho análisis determinando de manera clara si recomienda o no aceptar la solicitud del emprendedor. | |||
5 | El SENA realizará la revisión de cada solicitud y según sea el caso, emitirá aval sobre la recomendación del Operador. | SENA - Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
En caso de dudas y/u observaciones sobre la información aportada, se podrá solicitar una mesa de trabajo con el Operador e Interventoría para ampliar el análisis conjunto. Posterior a ella, el SENA informará su decisión dando aval o no sobre la recomendación registrada en el oficio remitido por el Operador. NOTA: Si realizada la mesa de trabajo se establece un cambio en la recomendación del Operador, se procederá nuevamente con las etapas descritas en el punto 4 y 5. Previa comunicación del Operador, el SENA se pronunciará en un (1) día hábil. | Hasta cinco (5) días hábiles | ||
6 | El Operador remitirá al emprendedor un oficio notificando la decisión frente a la solicitud. | Operador | Hasta un (1) día hábil |
7 | En caso de respuesta positiva a la solicitud, el Operador proyectará el otrosí y se remitirá para revisión xxx XXXX. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles |
El SENA revisará el otrosí y notificará al Operador para iniciar el proceso de firma digital por las partes, de acuerdo con el procedimiento establecido por parte del Operador. NOTA 1: El SENA únicamente revisará el modelo de cada otrosí (modificación, prórroga, suspensión), y los que presenten diferencias sustanciales a este. NOTA 2: Excepcionalmente se realiza mediante documentos físicos. | Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
8 | El Operador realizará la carga del otrosí en la plataforma de firmas digitales y cada parte del contrato realizará la firma, así: • Emprendedor: Hasta dos (2) días hábiles. • Operador: Hasta tres (3) días hábiles. • SENA: Hasta ocho (8) días hábiles. NOTA: En caso de adelantar la actividad de forma física, el emprendedor imprimirá dos copias del documento las cuales firmará y remitirá al Operador por correo certificado; el emprendedor debe hacerlos llegar en máximo cinco (5) días hábiles9; el Operador firmará y remitirá al SENA para su firma. En todo caso, el emprendedor debe hacer llegar otrosí al menos un (1) día hábil antes de la fecha de finalización del contrato. | Operador – SENA – Emprendedor | Total, hasta trece (13) días hábiles |
4. PROCEDIMIENTO DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO SIN EJECUCIÓN DE RECURSOS10
El procedimiento descrito en éste numeral es aplicable para contratos de cooperación empresarial suscritos y con acta de inicio, teniendo dichos contratos como perfeccionados.
I. Por solicitud del emprendedor se seguirán todos los pasos indicados a continuación.
9 En caso de que este plazo no se pueda cumplir, el emprendedor deberá justificarlo debidamente, este plazo podrá ser prorrogado hasta por cinco (5) días hábiles adicionales.
10 Para el cumplimiento de este numeral deberá contarse con acta de inicio de los contratos de cooperación empresarial.
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
1 | El emprendedor deberá solicitar al Operador a través de comunicación escrita11 la terminación anticipada del contrato de cooperación empresarial, en la cual se establezca de manera clara lo siguiente: ● ID y nombre del plan de negocios. ● Razones y/o argumentos de la solicitud (incluir soportes si aplica) El emprendedor deberá registrar la comunicación y sus anexos en la plataforma Fondo Emprender12, y remitir su comunicación al operador al correo: xxxxxxxx_xxxxx@xxxx.xxx.xx | Emprendedor | No aplica |
2 | El Operador solicitará a la Interventoría el informe correspondiente frente a la solicitud realizada por el emprendedor. El Operador solicitará a la Fiduciaria certificado de no ejecución de recursos. | Operador | Un (1) día hábil |
3 | La interventoría emitirá informe escrito con la recomendación que aplique, certificando expresamente que no hubo ejecución de recursos. | Interventoría | Hasta diez (10) días calendario |
4 | El Operador realizará el análisis de la solicitud presentada por el emprendedor y el informe de la Interventoría y remitirá al SENA – Coordinación Nacional de Emprendimiento un oficio mediante el cual presentará las conclusiones de dicho análisis, incluido la certificación de la fiduciaria13, determinando de manera xxxxx si recomienda o no aceptar la solicitud del emprendedor o la forma de terminación del contrato y los pasos a seguir. | Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
5 | El SENA revisará cada solicitud, y decidirá así: | SENA | Hasta tres (3) días hábiles |
11 Documento firmado o enviado desde el correo electrónico registrado en la plataforma Fondo Emprender.
12 A través de la “actividad 99 – Documentos Legales”
13 La certificación de la fiduciaria deberá ser expedida con posterioridad o en la misma fecha de solicitud del emprendedor.
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
● Emitirá aval sobre la recomendación del Operador, o podrá ordenar acciones diferentes. | |||
● En caso de dudas, podrá solicitar una mesa de trabajo con el Operador en la que se ampliará el análisis conjunto. Posterior a la mesa, el SENA informará su decisión dando aval o no sobre la recomendación registrada en el oficio remitido por el Operador. Podrá citarse a la Interventoría en la señalada mesa de trabajo. | Hasta cinco (5) días hábiles | ||
6 | El Operador remitirá al emprendedor con copia a la Interventoría un oficio notificando el sentido de la decisión xxx XXXX frente a la solicitud. Sí la solicitud fue aprobada en el sentido de dar por terminado anticipadamente el contrato, la misiva que emita el Operador contemplará: - Se procederá a dar por terminado el contrato mediante oficio emitido por el Operador al emprendedor. - Anexo se remitirá un oficio en el cual se soporte la destrucción del pagaré con su respectiva carta de instrucciones. - El Operador emitirá instrucción a la Fiduciaria para que no se ejecuten recursos para el plan de negocios y realice su desinversión. - El Operador emitirá una certificación de terminación del contrato la cual será subida a la plataforma. Se aclara que no se requiere acta de liquidación. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles |
II. La terminación unilateral (de oficio), del contrato de cooperación por cualquiera de las causales indicadas en la cláusula 12 del contrato de cooperación empresarial, seguirá el siguiente procedimiento:
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
1 | Cuando el emprendedor esté incurso en una de las causales indicadas en la cláusula 12 del contrato de cooperación empresarial, y la Interventoría tenga conocimiento de ello por cualquier medio, la Interventoría emitirá el informe correspondiente, narrando claramente los hechos que fundamenten la terminación unilateral del contrato de cooperación y la causal; lo enviará por correo electrónico al Operador con copia al correo registrado del emprendedor en la Plataforma del Fondo Emprender, máximo dentro de los diez (10) días calendario siguientes al conocimiento de los hechos. | Interventoría | Hasta diez (10) días calendario |
2.1. | Debido proceso: El emprendedor dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al envío del correo electrónico podrá objetar el informe emitido por la Interventoría ante el Operador por medio del mismo correo electrónico. | Emprendedor (opcional) | Hasta tres (3) días hábiles |
2.2. | El Operador decidirá si continúa o no con las acciones descritas en el presente protocolo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo del comunicado del emprendedor, lo cual será informado a vuelta de correo. NOTA: No procede ningún recurso frente a este procedimiento. | Operador (opcional) | Hasta tres (3) días hábiles |
3 | El Operador solicitará a la Fiduciaria certificado de no ejecución de recursos. El Operador, una vez realizado el análisis del informe de la Interventoría y/o comunicación presentada por el emprendedor, remitirá al SENA – Coordinación Nacional de Emprendimiento un oficio mediante el cual presentará las conclusiones de dicho análisis, incluido la certificación de la fiducia. | Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
4 | El SENA revisará cada solicitud, y decidirá así: ● Emitirá aval sobre la recomendación del Operador, o podrá ordenar acciones diferentes. | SENA – Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
● En caso de dudas, podrá solicitar una mesa de trabajo con el Operador en la que se ampliará el análisis conjunto. Posterior a la mesa, el SENA informará su decisión dando aval o no sobre la recomendación registrada en el oficio remitido por el Operador. Podrá citarse a la Interventoría en la señalada mesa de trabajo. | Hasta cinco (5) días hábiles | ||
5 | El Operador remitirá al emprendedor con copia a la Interventoría un oficio notificando el sentido de la decisión xxx XXXX frente a la recomendación del Operador, según los siguientes escenarios: - Se procederá a dar por terminado el contrato mediante oficio emitido por el Operador al emprendedor. - Se emitirá anexo un oficio en el cual se soporte la destrucción del pagaré con su respectiva carta de instrucciones. - El Operador emitirá instrucción a la Fiduciaria para que no se ejecuten recursos para el plan de negocios y realice su desinversión. - El Operador emitirá una certificación de terminación del contrato la cual será subida a la plataforma. Se aclara que no se requiere acta de liquidación. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles |
5. PROCEDIMIENTO DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO CON EJECUCIÓN DE RECURSOS
El procedimiento descrito en éste numeral es aplicable para contratos de cooperación empresarial suscritos y con acta de inicio, teniendo dichos contratos como perfeccionados.
I. Por solicitud del emprendedor sin cumplimiento de los indicadores de gestión propuestos, se seguirán todos los pasos indicados a continuación.
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
1 | El emprendedor deberá solicitar al Operador a través de comunicación xxxxxxx00 la terminación anticipada del contrato de cooperación empresarial, en la cual se establezca de manera clara lo siguiente: ● ID y nombre del plan de negocios. ● Razones y/o argumentos de la solicitud (incluir soportes si aplica) ● Propuesta de devolución de recursos en el marco de lo definido por el Manual de Financiación. El emprendedor deberá registrar la comunicación y sus anexos en la plataforma Fondo Emprender15, y remitir su comunicación al operador al correo: xxxxxxxx_xxxxx@xxxx.xxx.xx | Emprendedor | No aplica |
2 | El Operador solicitará a la Interventoría el informe correspondiente frente a la solicitud realizada por el emprendedor. El Operador solicitará a la Fiduciaria la certificación del valor ejecutado del contrato de cooperación empresarial. | Operador | Un (1) día hábil |
3 | La interventoría emitirá informe escrito con la recomendación que aplique. En dicho informe deberá indicar el valor total de los recursos ejecutados. | Interventoría | Hasta diez (10) días calendario |
4 | El Operador realizará el análisis de la solicitud presentada por el emprendedor y/o el informe de la Interventoría y remitirá al SENA – Coordinación Nacional de Emprendimiento un oficio mediante el cual presentará las conclusiones de dicho análisis, incluido la certificación de la fiduciaria, determinando de manera clara si recomienda o no aceptar la solicitud del emprendedor o la forma de terminación del contrato y los pasos a seguir, incluido el plan de pagos para la devolución de los recursos. | Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
14 Documento firmado o enviado desde el correo electrónico registrado en la plataforma Fondo Emprender.
15 A través de la “actividad 99 – Documentos Legales”
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
5 | El SENA revisará cada solicitud, y decidirá así: ● Emitirá aval sobre la recomendación del Operador, o podrá ordenar acciones diferentes. | SENA – Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
● En caso de dudas, podrá solicitar una mesa de trabajo con el Operador en la que se ampliará el análisis conjunto. Posterior a la mesa, el SENA informará su decisión dando aval o no sobre la recomendación registrada en el oficio remitido por el Operador. Podrá citarse a la Interventoría en la señalada mesa de trabajo. | Hasta cinco (5) días hábiles | ||
6 | El Operador remitirá al emprendedor con copia a la Interventoría un oficio notificando el sentido de la decisión xxx XXXX frente a la solicitud. Sí el informe fue favorable, se deberá remitir adjunto a la misiva el modelo de acuerdo de pago y número de la cuenta bancaria a la cual deberá consignar el primer pago propuesto en su plan de pagos. El Operador emitirá instrucción a la Fiduciaria para que no se ejecuten recursos para el plan de negocios y realice su desinversión. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles |
7 | El emprendedor deberá enviar el acuerdo de pago firmado al Operador y realizar la consignación del primero abono. | Emprendedor | Hasta cinco (5) días hábiles |
8 | Elaborar el acta la terminación y liquidación en la que conste las conclusiones a las que se haya llegado en los oficios precedentes y que contenga la aceptación de la forma de devolución de recursos o alternativa propuesta, incluida la suscripción del acuerdo de pago. | Operador | |
9 | El Operador realizará la carga del acta de liquidación en la plataforma de firmas digitales, de acuerdo con el plan operativo establecido por el SENA, y cada parte del contrato tendrá un tiempo de firma así: | Operador – SENA – Emprendedor | Total, hasta diez (10) días hábiles |
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
● Emprendedor: Hasta dos (2) días hábiles. ● Operador: Hasta tres (3) días hábiles. ● SENA: Hasta cinco (5) días hábiles. NOTA: En caso de adelantar la actividad de forma física, el emprendedor imprimirá dos copias del documento las cuales firmará y remitirá al Operador por correo certificado; el emprendedor debe hacerlos llegar en máximo diez (10) días hábiles; el Operador firmará y remitirá al SENA para su firma. | |||
10 | El operador cargará a la plataforma el soporte de firma del acta de liquidación y el acuerdo de pago. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles. |
II. Por solicitud del emprendedor o concepto de interventoría con cumplimiento de los indicadores propuestos, de conformidad a la cláusula 3 del contrato de cooperación empresarial, se seguirán todos los pasos indicados a continuación.
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
1 | El emprendedor deberá solicitar al Operador a través de comunicación escrita16 la terminación anticipada del contrato de cooperación empresarial, en la cual se establezca de manera clara lo siguiente: ● ID y nombre del plan de negocios. ● Razones y/o argumentos de la solicitud (incluir soportes si aplica) ● Informe favorable de interventoría (opcional) El emprendedor deberá registrar la comunicación y sus anexos en la plataforma Fondo Emprender17, y remitir su comunicación al operador al correo: xxxxxxxx_xxxxx@xxxx.xxx.xx | Emprendedor | No aplica |
2 | El Operador solicitará a la Interventoría el informe correspondiente frente a la solicitud realizada por el emprendedor (no aplica si se adjuntó a la solicitud) | Operador | Un (1) día hábil |
16 Documento firmado o enviado desde el correo electrónico registrado en la plataforma Fondo Emprender.
17 A través de la “actividad 99 – Documentos Legales”
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
El Operador solicitará a la Fiduciaria la certificación del valor ejecutado del contrato de cooperación empresarial. | |||
3 | La interventoría emitirá informe escrito con la recomendación que aplique. • Si es favorable, en dicho informe deberá indicar el valor total de los recursos ejecutados, así como la verificación de cumplimiento de los indicadores, recomendando la condonación de recursos. | Interventoría | Hasta diez (10) días calendario |
4 | El Operador realizará el análisis de la solicitud presentada por el emprendedor y/o el informe de la Interventoría. • Si es favorable, remitirá al SENA – Coordinación Nacional de Emprendimiento un oficio mediante el cual presentará las conclusiones de dicho análisis, incluido la certificación de la fiduciaria, determinando de manera clara la recomendación de terminación del contrato y condonación de recursos. • Si no es favorable, responderá al emprendedor la no continuidad del protocolo, y los motivos. | Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
5 | El SENA revisará la solicitud, y decidirá así: ● En caso de hallar adecuado el informe de interventoría emitirá aval sobre la recomendación de la interventoría y del Operador. En caso contrario presentará las observaciones que considere pertinentes. | SENA – Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
● En caso de dudas, podrá solicitar una mesa de trabajo con el Operador en la que se ampliará el análisis conjunto. Posterior a la mesa, el SENA informará su decisión dando aval o no sobre la recomendación registrada en el oficio remitido por el Operador. Podrá citarse a la Interventoría en la señalada mesa de trabajo. | Hasta cinco (5) días hábiles | ||
6 | El Operador remitirá al emprendedor con copia a la Interventoría un oficio notificando el sentido de la decisión xxx XXXX frente a la solicitud, si la decisión | Operador | Hasta dos (2) días hábiles |
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
fue favorable, se continuará con los siguientes pasos del presente protocolo. El Operador emitirá instrucción a la Fiduciaria para que no se ejecuten los saldos del plan de negocios y realice su desinversión. | |||
7 | Elaborar el acta la terminación y liquidación en la que conste las conclusiones a las que se haya llegado en los oficios precedentes y que contenga la recomendación de condonación de recursos por parte de la interventoría. | Operador | Hasta cinco (5) días hábiles |
8 | El Operador realizará la carga del acta de liquidación en la plataforma de firmas digitales, de acuerdo con el plan operativo establecido por el SENA, y cada parte del contrato tendrá un tiempo de firma así: ● Emprendedor: Hasta dos (2) días hábiles. ● Operador: Hasta tres (3) días hábiles. ● SENA: Hasta cinco (5) días hábiles. NOTA: En caso de adelantar la actividad de forma física, el emprendedor imprimirá dos copias del documento las cuales firmará y remitirá al Operador por correo certificado; el emprendedor debe hacerlos llegar en máximo diez (10) días hábiles; el Operador firmará y remitirá al SENA para su firma. | Operador – SENA – Emprendedor | Total, hasta diez (10) días hábiles |
9 | El operador cargará a la plataforma el soporte de firma del acta de liquidación y el acuerdo de pago. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles. |
III. La terminación unilateral (de oficio), del contrato de cooperación por cualquiera de las causales indicadas en la cláusula 12 del contrato de cooperación empresarial, seguirán este procedimiento.
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
1 | Cuando el emprendedor esté incurso en una de las causales indicadas en la cláusula 12 del contrato de cooperación empresarial, y la Interventoría tenga conocimiento de ello por cualquier medio, la Interventoría emitirá el informe correspondiente, narrando claramente los hechos que fundamenten la | Interventoría | Hasta diez (10) días calendario desde el conocimiento de los hechos |
No. | Actividad | Responsable | Tiempo de gestión y/o respuesta |
terminación unilateral del contrato de cooperación y la causal; lo enviará por correo electrónico al Operador con copia al correo registrado del emprendedor. | |||
2 | Debido proceso: El emprendedor dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al envío del correo electrónico podrá objetar el informe emitido por la Interventoría ante el Operador por el mismo correo electrónico. | Emprendedor (opcional) | Hasta seis (6) días hábiles |
El Operador decidirá si continúa o no con el presente protocolo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo del comunicado del emprendedor, se lo informará a vuelta de correo. NOTA: No procede ningún recurso frente a este procedimiento. | Operador (opcional) | ||
3 | El Operador solicitará a la Fiduciaria la certificación del valor ejecutado del contrato de cooperación empresarial. | Operador | Un (1) día hábil |
4 | El Operador, una vez realizado el análisis, remitirá al SENA – Coordinación Nacional de Emprendimiento un oficio mediante el cual presentará las conclusiones de dicho análisis, incluida la certificación de la fiduciaria, determinando de manera clara la recomendación. | Operador | Hasta cinco (5) días hábiles |
5 | El SENA revisará cada solicitud, y decidirá así: ● Emitirá aval sobre la recomendación del Operador, o podrá ordenar acciones diferentes. | SENA – Operador | Hasta tres (3) días hábiles |
● En caso de dudas, podrá solicitar una mesa de trabajo con el Operador en la que se ampliará el análisis conjunto. Posterior a la mesa, el SENA informará su decisión dando aval o no sobre la recomendación registrada en el oficio remitido por el Operador. Podrá citarse a la Interventoría en la señalada mesa de trabajo. | Hasta cinco (5) días hábiles | ||
6 | El Operador remitirá al emprendedor con copia a la Interventoría un oficio notificando el sentido de la decisión xxx XXXX frente al informe de la Interventoría. Sí el informe fue favorable, se deberá remitir adjunto a la misiva el modelo de acuerdo de pago, propuesto por el Operador. El Operador emitirá instrucción a la Fiduciaria para que no se ejecuten recursos para el plan de negocios y realice su desinversión. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles |
7 | Elaborar el acta la terminación y liquidación en la que conste las conclusiones a las que se haya llegado en los oficios precedentes. | Operador | Hasta cinco (5) días hábiles |
8 | El Operador realizará la carga del acta de liquidación unilateral en la plataforma de firmas digitales, de acuerdo con el plan operativo establecido por el SENA, y será suscrito por el SENA y el Operador con un tiempo de firma así: ● Operador: Hasta tres (3) días hábiles. ● SENA: Hasta cinco (5) días hábiles. NOTA: En caso de adelantar la actividad de forma física, el Operador imprimirá dos copias del documento las cuales firmará y remitirá al SENA para su firma. | Operador – SENA | Total, hasta ocho (8) días hábiles |
9 | El operador cargará a la plataforma el soporte de firma del acta de liquidación. | Operador | Hasta dos (2) días hábiles. |
6. ACLARACIONES GENERALES
- Los documentos radicados hasta las 5:00:00 p.m. (según la hora de recepción del documento), de un día hábil se entienden radicados ese día. Los documentos radicados desde las 5:00:01 p.m., se entenderán radicados el día hábil siguiente.
- Si se hace necesario dar por terminado el proceso con un emprendedor que ha firmado el contrato pero que no ha tenido primera visita y por lo tanto no tiene suscrita acta de inicio, el Operador dará a conocer la situación al SENA con la respectiva recomendación de aceptación de desistimiento en un plazo no mayor a 3 días hábiles después de conocer la situación respectiva, y el SENA se pronunciará al respecto mediante oficio en un plazo no mayor a 3 días hábiles posteriores al oficio del operador. Finalmente, el Operador emitirá el certificado de no inicio el cual será subido a la plataforma, y operador solicitará a la fiduciaria la desinversión de los recursos.
- El plan de negocio quedará en el estado en que se encuentre en la Plataforma Fondo Emprender al momento de adelantar el procedimiento.