CONTRATO DE HOSPEDAJE DE LA
CONTRATO DE HOSPEDAJE DE LA
“RESIDENCIA LA XXXX AZUL”
Xxxxx Xxxxx, 00, 00000, Xxxxxxxxxx
Telf: 00 00 000 00 00 00 /00 00 000 00 00 00
En a de de 2022
REUNIDOS,
De una parte, Dña. XXXXX DE LA XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, provista de DNI nº 00.000.000-W que interviene en su calidad de administradora de la entidad “RESIDENCIA LA XXXX AZUL, con domicilio social en Xxxxx Xxxxx 00, xx Xxxxxxxxxx, Xxxx con C.P:24001
De otra parte el alumno D./Dña con domicilio en:
…………………....... …………………………………………………. con DNI/ Nº de Pasaporte
……………………………....
Y de otra parte D./Dña. ……………………………………..con DNI / Nº de Pasaporte .....................
y D./Dña.……………………con DNI/Pasaporte ambos con domicilio en:
………………………………………………………………………………………………………………… (Desde ahora referidos como los padres o tutores o como los avalistas).
Reconociéndose mutuamente la representación en la que actúan y la capacidad legal suficiente para este acto, conciertan de común acuerdo la contratación del alojamiento y de los servicios que se dirán, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Email: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Teléfonos: 00 00 000 00 00 00/ 000 00 00 00
CAPÍTULOS CONTENIDO
1. CLÁUSULAS PARTICULARES
2. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y DE FUNCIONAMIENTO
3. PAGO DEL PRECIO Y DEPÓSITO DE GARANTÍA
4. PLAZO DEL CONTRATO; ENTRADA Y SALIDA DE LA RESIDENCIA
5. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
6. MODIFICACIONES AL CONTRATO
7. NOTIFICACIONES
8.- PROTECCIÓN DE DATOS
1 - CLÁUSULAS PARTICULARES
a) – Edificio de Residencia La Xxxx Azul
b) – Condiciones del contrato:
b.1) El precio está determinado por los servicios contratados y son los que se fijan en el Anexo 1 de tarifas. La forma de pago será mediante recibos mensuales los días 1 al 5 de cada mes pagaderas anticipadamente
b.2) Depósito de garantía: seiscientos euros 600,00 €.
b.3) Matricula 66,00 €
b.4) Juego de llaves 20,00 € ( se devuelve junto con el depósito de garantía)
c) – Duración del contrato de obligado cumplimiento: Del 10 de Septiembre de 2022 hasta el 30 xx Xxxxx 2023.
Nº de meses: 10
d) – Los pagos se puede realizar en una único pago a su entrada al alojamiento estudiantil o mediante transferencia bancaria del 1 al 5 de cada mes.
2.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y DE FUNCIONAMIENTO
Junto con el presente contrato, el residente acepta el REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Y DE FUNCIONAMIENTO (se adjunta como ANEXO) que regula la convivencia de los residentes y el uso de las partes comunes del edificio.
El residente se obliga a cumplir sin restricción o reserva alguna, las reglas contempladas en el Reglamento de Régimen Interior de la Residencia y las distintas reglas de uso de los espacios
comunes, de Internet, de la red informática y/o de los aparatos o utensilios puestos a disposición del residente, tanto en el alojamiento contratado como en las zonas comunes, así como de todas y cada una de las modificaciones de las mismas que se aprueben en el futuro. Dichas modificaciones serán comunicadas personalmente a cada residente. Cualquier vulneración de las obligaciones contempladas en el presente contrato y de las distintas reglas de uso tendrán la consideración de falta grave a los efectos previstos en el ya citado Reglamento de Régimen Interior, salvo que se le califique expresamente de falta leve o muy grave, y conllevará los efectos disciplinarios y la imposición de las sanciones previstos al efecto en el repetido Reglamento.
En todo caso, la comisión de una falta muy grave conllevará la expulsión de la Residencia La Xxxx Azul y la resolución del presente contrato con todas las consecuencias previstas al respecto al mismo.
3.- PAGO DEL PRECIO Y DEPÓSITO DE GARANTÍA
a) El precio pactado en el presente contrato se ha fijado en atención a la duración de la estancia pactada; en consecuencia, ambas partes acuerdan que, en caso de que la estancia efectiva del residente sea inferior a la que se recoge en el Apartado c) de las Cláusulas Particulares de este contrato, el residente deberá abonar a la Residencia La Xxxx Azul, la totalidad del mes en el que se produzca la salida efectiva de la Residencia y se aplicará la tarifa conforme a lo descrito a la cláusula 4f) de este contrato según la duración real de su estancia, si pasa de Estancia de Curso completo (entre 9 y 10 meses) a Intermedia (entre 3 y 8 meses) o a Corta (entre 1 y 2 meses). A demás las partes contratantes acuerdan de forma consensuada que en este supuesto y en el supuesto que antes de ingresar el residente a la residencia se da de baja, la fianza depositada por el residente y la matricula todo ello se aplicará como indemnización a favor de la Residencia La Xxxx Azul por los daños producidos por la citada resolución anticipada.
b) El residente de estancia permanente deberá pagar la matrícula y la fianza por adelantado antes de alojarse en la Residencia.
c) La fianza tendrá por objeto garantizar los pagos puntuales y los gastos de reparación ocasionados por posibles daños a instalaciones o material, a juicio fundamentado de la Dirección, así como, más generalmente, responder del cumplimiento de las obligaciones del residente; dicha garantía le será devuelta, si procede, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de salida de la Residencia, una vez satisfechos los gastos, deterioros o faltas, si las hubiera, así como, eventualmente, el suplemento de precio a que se refiere el Apartado anterior, si hubiera lugar a ello.
Las cuotas mensuales se entienden como pagos fraccionados del total importe del curso, desde el 00 xx xxxxxxxxxx 0000 hasta el 00 xx xxxxx 0000, por tanto, queda entendido que los pagos mensuales (cuotas) no corresponden a periodos de tiempo contratados, sino a una fracción de todo periodo comprometido.
4.- PLAZO DEL CONTRATO; ENTRADA Y SALIDA DE LA RESIDENCIA
a) El plazo de vigencia del contrato es el que se indica en el Apartado c) de las Cláusulas Particulares; el presente contrato sólo podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes y mediante el otorgamiento de un nuevo contrato o de un contrato de prórroga. A estos efectos, el Residente que tenga interés en permanecer en la Residencia durante el período vacacional (entendiéndose como tal el período comprendido entre el último día del período de vigencia del contrato y la fecha del primer aniversario del inicio de dicho período de vigencia), deberá comunicarlo a la Dirección de la Residencia con un mínimo de dos meses de antelación respecto de la fecha de vencimiento del presente contrato.
Las vacaciones xx Xxxxxxx y de Semana Santa que serán según el calendario escolar ya están descontadas del presupuesto general del curso. No se descontaran de la vigencia de este contrato y de sus emolumentos las ausencias del residente, sean o no voluntarias y no se reintegrará cantidad alguna por este concepto.
b) La entrada del residente en la Residencia y en la plaza que la Residencia La Xxxx Azul le haya asignado se producirá el primer día laborable del período de duración del contrato, en horario de apertura de la oficina de Administración; en caso de que el residente no pueda personarse en la Residencia el citado día en el horario indicado, deberá comunicarlo a la Residencia por e-mail como muy tarde el mismo día previsto para la citada entrada, indicando el motivo de dicha circunstancia y la fecha y hora en la que podrá personarse en la Residencia (fecha y hora que deberán coincidir con un día y horario hábiles); esta circunstancia no podrá, en ningún caso, ser motivo de reducción de cualquier tipo del precio correspondiente al primer mes de estancia; en todo caso, la entrada efectiva en la Residencia deberá producirse inexcusablemente en los treinta primeros días del período de duración del contrato; en caso contrario, se entenderá que el residente habrá resuelto unilateralmente el presente contrato, y en consecuencia, La Residencia La Xxxx Azul podrá asignar su plaza a otra persona, sin perjuicio de la facultad de reclamarle los daños y perjuicios ocasionados conforme a Derecho, cuyo importe mínimo ambas partes fijan de común acuerdo en la cuantía del depósito de garantía y del precio del primer mes, que la Residencia La Xxxx Azul podrá hacer suyos a título xx xxxx convencional.
c) En el momento de la entrada en la Residencia La Xxxx Azul comunicará al residente el número del alojamiento asignado, se realizará en el momento de la entrada del residente una grabación en video de las condiciones del alojamiento y se entregará el PARTE DE REVISIÓN DE ALOJAMIENTO que tendrá que firmar el residente una vez haya realizado la inspección del alojamiento; en caso de que la Residencia La Xxxx Azul cambie el alojamiento asignado al residente, en el transcurso del período de vigencia del contrato, se procederá para el alojamiento inicialmente asignado el trámite de salida detallado en el apartado siguiente, y a un nuevo procedimiento de entrada conforme a lo dispuesto en el presente apartado para el nuevo alojamiento asignado.
d) La salida de la Residencia se producirá normalmente el último día del período de duración del contrato, salvo que el residente comunique previamente y por escrito a la Dirección de la Residencia su intención de abandonarla en fecha anterior (que en todo caso deberá
corresponder a un día hábil en horario laborable), en cuyo caso no procederá, bajo ningún concepto, reclamación alguna de abono parcial del precio del último mes de estancia.
En el transcurso de los últimos treinta días naturales del período de vigencia del contrato, se procederá a una visita conjunta del alojamiento a efectos de levantar y firmar el Acta descriptiva del estado de conservación del alojamiento y de los elementos de mobiliario de que se halle provista y compararlo con el Acta descriptiva firmado en la fecha de entrada en la Residencia.
El residente se obliga a pagar a la Residencia La Xxxx Azul el importe de todos aquellos elementos inmobiliarios o mobiliarios que, en el momento de realizarse la citada inspección, faltaren, estuvieren dañados o estropeados, hubieren sufrido un desgaste anormal, o debiesen ser objeto de una limpieza, siempre y cuando dichos elementos no hubiesen perecido o se hubieran menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.
Llegada la fecha de la salida de la Residencia, se procederá a una última inspección conjunta del estado del alojamiento y de sus elementos mobiliarios (y, en su caso, se modificará el Inventario), y el residente deberá sin dilación alguna recoger sus enseres personales, liberar el alojamiento y entregar las llaves de la misma a la Residencia La Xxxx Azul
e) En caso de que el residente no haya abandonado la residencia en el plazo anteriormente indicado, o no haya procedido junto con la Residencia La Xxxx Azul a la inspección del estado de conservación del alojamiento y del mobiliario y a la firma del Inventario correspondiente en
la fecha echa fijada para ello, la Residencia La Xxxx Azul podrá entrar en el alojamiento, levantar unilateralmente el Acta Descriptiva del estado de conservación del alojamiento y de los elementos del mobiliario de que el mismo se halle provisto en presencia de dos testigos no vinculados a la Residencia La Xxxx Azul o de un Notario, liquidar las sumas eventualmente debidas por el residente en razón a desperfectos o falta de limpieza del alojamiento o de sus elementos del mobiliario, recoger por sí misma los enseres personales del residente, almacenarlos y, finalmente, recuperar el uso del alojamiento, todo ello con total indemnidad de la Residencia La Xxxx Azul y sin perjuicio de la obligación del residente de abonar el precio correspondiente a los días de permanencia en la Residencia más allá del período de duración del contrato, calculado en base a las tarifas diarias de estancia que figuran en el cuadro de tarifas que se adjunta al presente contrato, así como del resarcimiento de todos los eventuales daños y perjuicios causados; en este caso, el residente deberá igualmente devolver las llaves del alojamiento y recoger sus enseres en un plazo máximo de treinta días naturales. En todo caso, dicha circunstancia tendrá la calificación de falta muy grave.
f) En caso de resolución anticipada del contrato por cualquiera de las causas admitidas en Derecho o previstas en el presente contrato, la tarifa que se aplicaría cuando la estancia real en el curso hubiese sido de 1 a 3 meses es de 590euros/mes la habitación individual más el importe de los servicios de manutención contratados (Pensión completa 480 euros/mes).
Cuando la estancia de la Residente hubiese durado de 3 a 6 meses la tarifa ascenderá a 490euros /mes la habitación individual más también el importe de los servicios de manutención contratados (Pensión completa 480euros/mes).
Se hace constar expresamente y así se acepta al suscribir el presente contrato, que si el residente causara baja voluntaria o involuntaria, en cualquier momento del curso o bien antes del comienzo del curso, no tendrá derecho a devolución de la matrícula y de la fianza.
g) El residente puede resolver el presente contrato siempre y cuando avise con dos meses de antelación, siempre deberá producirse por meses naturales de vigencia del contrato y deberá comunicarlo por escrito.
5.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del presente contrato:
a) El retraso en el pago del precio o de cualquier otra cantidad que el residente se haya obligado a pagar superior a treinta días.
b) La comisión de una falta muy grave conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interior y en el contrato, así como la comisión de dos faltas graves o de tres faltas leves durante el período de vigencia del presente contrato.
c) La alteración en el uso y/o destino de los alojamientos, así como de sus características.
d) El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones esenciales del contrato.
e) La realización por parte del residente de actividades ilícitas o que pongan en peligro la salud de los otros residentes, la salubridad, la seguridad, higiene e integridad de la Residencia, o que menoscaben la tranquilidad y sosiego de la convivencia en la Residencia.
f) Cualquier acto ú omisión calificado de falta o delito por la legislación penal vigente en la fecha de realización de dicho acto ú omisión.
g) La condena judicial de un residente por la comisión de una falta o delito implicará de suyo la expulsión definitiva de la Residencia.
h) Cualesquiera otras previstas en la legislación vigente, el presente contrato o en el Reglamento de Régimen Interior.
i) La ruina o la pérdida de la posesión de la Residencia por parte de La Residencia La Xxxx Azul por causa no imputable a la misma.
j) En todo caso, la resolución del contrato deberá producirse por meses naturales de vigencia del contrato y no podrá producirse sin previa comunicación por escrito con una antelación mínima de 2 meses.
6.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
EL RESIDENTE autoriza de forma expresa a la Residencia La Xxxx Azul., para que éste pueda, cuando sea necesario por imposición de alguna autoridad administrativa, hacer las modificaciones precisas al presente contrato y la documentación anexa al mismo.
7.- NOTIFICACIONES
A efectos de recibir cualquier notificación vinculada con los derechos y obligaciones reconocidos en este contrato, se designa como domicilio de La Residencia La Xxxx Azul. el señalado en el encabezamiento de este documento. El del Residente será el del citado alojamiento o indistintamente, el que figura en su ficha de preinscripción.
8.- PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Carácter Personal, el Residente queda informado que los datos personales contenidos en el contrato de hospedaje serán incorporados a un fichero informatizado denominado Base de
Datos de Residentes, cuya titularidad corresponde a la empresa La Xxxx Azul
Estos datos de carácter personal serán empleados por la citada empresa para la correcta formalización y tramitación de los contratos de hospedaje, incluyendo la promoción comercial de los servicios que prestan, entendiendo que la formalización y redacción del presente contrato implica el consentimiento para llevar a cabo dicho tratamiento.
Asimismo, el residente queda informado de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y/o oposición, en relación a sus datos personales en la dirección que se indica en el expositivo
Así lo otorgan y para que conste firman el presente documento por duplicado ejemplar, y a un sólo efecto, en el lugar y fecha ut supra indicados.
La Xxxxxxxxxx Xx Xxxx Xxxx XX XXXXXXXXX XXX XXXXXX X XXXXXXX