Contract
Entre los suscritos, de una parte, XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, vecino de esta ciudad e identificado con cédula de ciudadanía No. 79.571.941, expedida en Bogotá D.C., quien actúa en calidad de RECTOR, de conformidad con la Resolución del Consejo Superior Universitario No. 031 del 1º de diciembre de 2021 y acta de posesión de la misma fecha, debidamente autorizado para contratar, según acuerdo No. 003 del 2015 (Estatuto de Contratación de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx) y Resolución de Rectoría 262 de 2015, quien en lo sucesivo se denominará LA UNIVERSIDAD, con NIT 899.999.230-7, y, de otra, XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, vecino de esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.355.245, quien actúa como representante legal, de la empresa XXXXXXX XXXXXXXXX Y LOGISTICA SAS - con NIT. 901.044.652-1, con domicilio en esta ciudad, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de Prestación de Servicios, previas las siguientes CONSIDERACIONES:
I. Que la misión de LA UNIVERSIDAD es la democratización del acceso al conocimiento, para garantizar, a nombre de la sociedad y con participación del Estado, el derecho social a una educación superior con criterio de excelencia, equidad y competitividad, mediante la generación y difusión, de saberes y conocimientos, con autonomía y vocación hacia el desarrollo sociocultural, para contribuir fundamentalmente al progreso de la Ciudad – Región de Bogotá y el país.
II. Que la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo 2018 – 2030, en su lineamiento número 35, con el fin de dar cumplimiento a la estrategia 5.2 del Plan Indicativo, en desarrollo de las metas 1, 2, 3 y 4 del Plan de Acción para la vigencia 2022, estableció, en concordancia con la Política Editorial consignada en el Xxxxxxx Xx. 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, el proceso de publicación y divulgación de la producción científica y académica de los integrantes de la Comunidad Universitaria, como el medio más significativo para alcanzar los objetivos de la misión institucional y la consolidación de la acción universitaria, como un foro permanente para la reflexión y espacio para la formulación y realización de propuestas para un posicionamiento de la institución en el contexto local, regional, nacional e internacional.
III. Que, en este orden, la Feria del Libro de Bogotá se constituye en un espacio que ayuda a cumplir esta misión institucional, ya que se reúnen más de 500 expositores nacionales y extranjeros, el 95% de la industria editorial colombiana participa activamente, más de 600.000 mil personas visitan la feria durante sus 14 días y diferentes entidades ofrecen 1.850 actividades de programación literaria, cultural, académica y profesional con más de 500 Invitados nacionales e internacionales y un Salón Internacional de Negocios con aproximadamente 350 participantes, con una expectativa de negocios superior a los USD 4 millones de dólares en un (1) año, además de un centenar de servicios en pro de la cultura de nuestro país, convirtiéndola en un espacio propicio para que la Universidad Distrital presente su producción editorial.
IV. Que la Sección de Publicaciones, por su parte, puso de manifiesto que este es un espacio de vital importancia para disponer de una sala de conferencias destinada a la presentación de las novedades de cada una de las colecciones que tiene la Editorial UD, con el fin de que dichos lanzamientos editoriales tengan una acogida importante e impacten favorablemente en la visibilización de la producción
académica, que es el fin último de la Editorial, constituyendo el apoyo logístico la pieza clave para impactar positivamente en la convocatoria de público, así como en su oportuna divulgación.
V. Que, así las cosas, la Sección de Publicaciones, dependencia a cargo del tema, requiere contratar la corrección de estilo de los libros y revistas de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx editados por dicha sección, el montaje del stand y el apoyo logístico, en el lanzamiento editorial y participación de la institución en el marco de la Feria Internacional del Libro - Filbo 2022.
VI. Que, en los términos del artículo 18 del Estatuto de Contratación1 , tanto por su cuantía como por la naturaleza de éstos, los bienes y servicios de que se viene hablando se adquieren mediante contratación privada. Sin embargo, desde la medianoche del pasado 28 de enero de 2022 y hasta que se elija Presidente de la República, lo cual puede ocurrir el 29 xx xxxx de 2022, en caso de que ocurra en primera vuelta, o el siguiente 19 xx xxxxx de 2022, de ocurrir en segunda, rige la prohibición a la contratación privada de que trata el artículo 33 de la Ley 996 de 20052 .
VII. Que, por su parte, la Oficina Asesora Jurídica de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, en el oficio OJ-323-18 de 20 de febrero de 2018, reiteró lo siguiente: "Durante el período xx xxx de garantías, la Universidad no podrá acudir a la contratación directa, y en todo caso deberá acudir a la convocatoria pública o a la invitación directa ('invitación privada', en los términos del Acuerdo 03 de 2015) (como mecanismos reglados por nuestro estatuto contractual que garanticen la pluralidad de oferentes, la transparencia, imparcialidad y publicidad), sistemas de selección que se encuentran reglamentados en nuestro régimen contractual, incluso si se trata de atender actividades indispensables e inaplazables para el normal funcionamiento de la institución, los cuales no pueden ser regulados o desconocidos...por interpretaciones de normas de inferior categoría " .
VIII. Que, a su vez, la Vicerrectoría Administrativa y Financiera y la misma Oficina Asesora Jurídica, de consuno, mediante Circular No. 02 de febrero 10 de 2021, señalaron que ante la necesidad inaplazable y debidamente justificada de contratar bienes y servicios que, en otras condiciones, son adquiridos mediante contratación directa, podrá acudirse a los procedimientos de selección de contratistas denominados convocatoria pública e invitación privada, de que tratan, en su orden, los artículos 15 y 17 del Estatuto de Contratación.
IX. Que, entratándose de la invitación privada, se señaló que se deberá agotar el procedimiento establecido en los artículos 60 y siguientes de la Resolución de Rectoría No. 262 de 20154 , en concordancia con el mencionado artículo 17 del Acuerdo No. 03 de 2015 del Consejo Superior Universitario, conforme a los cuales se deberá invitar mínimo a tres (3) personas, naturales o jurídicas, (i) mejores calificadas o
(ii) de forma aleatoria, en ambos casos, inscritas en el Directorio de Proveedores de la institución, esto último, con una antelación no menor a 90 días. Que, en razón a lo expuesto, el procedimiento que debía adelantarse para la selección del prestador del servicio de que se viene hablando, sería el de una invitación privada.
X. Que el presupuesto oficial para el proceso es de CIENTO DIEZ MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($110.000.000 M/Cte.), incluido IVA, y demás impuestos, tasas y contribuciones, así como los costos, directos e indirectos, aparejados a la ejecución del contrato o contratos, respaldados en los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal (CDP):
XI. Que el Comité Asesor de Contratación de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, en sesión del 24 xx xxxxx de 2022, según Acta No. 24, avaló la publicación, tanto en el Secop II como en la página Web de la entidad, de los estudios previos y del proyecto de términos de referencia del proceso, cuyo objeto es contratar la corrección de estilo de los libros y revistas de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx editados por la Sección de Publicaciones, el montaje del stand y el apoyo logístico, en el lanzamiento editorial y participación de la institucion en el marco de la Feria Internacional del Libro - Filbo 2022.
XII. Que, el Comité Asesor de Contratación aprobó remitir invitación a través de correo electrónico a las personas inscritas en el Banco de Proveedores Ágora con una antelación superior a noventa (90) días, para lo cual se aprobó remitir invitación a nueve (9) proveedores de las actividades XXXX 0000, 0000, 0000 x 0000, xxx xxxxxx fueron seleccionados aleatoriamente.
XIII. Que, durante el período comprendido entre el 24 y el 28 xx xxxxx de 2022, se recibieron observaciones al proyecto de términos de referencia, por parte de la empresa PROCEDITOR.
XIV. Que el Comité Asesor de Contratación, en sesión del día 28 xx xxxxx de 2022, según consta en el Acta No. 25, avaló las respuestas a las observaciones al proyecto de términos de referencia presentadas por los interesados en el proceso, recomendando la publicación de los términos de referencia definitivos, así como la apertura del proceso de Invitación Xxxxxxx Xx. 00 xx 0000, xxxx xxxxxx xx: “CONTRATAR LA CORRECCIÓN DE ESTILO DE LOS LIBROS Y REVISTAS DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX EDITADOS POR LA SECCIÓN DE PUBLICACIONES, EL MONTAJE DEL STAND Y EL APOYO LOGÍSTICO, EN EL LANZAMIENTO EDITORIAL Y
PARTICIPACIÓN DE LA INSTITUCION EN EL MARCO DE LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO - FILBO 2022”.
XV. Que el Rector de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, mediante Resolución No. 118 del 29 xx xxxxx de 2022, dio apertura a la Invitación Privada No. 02 de 2022.
XVI. Que fue necesario aclarar la resolución en la parte considerativa de la Resolución No. 118 del 29 xx xxxxx de 2022, pues se señaló de forma incorrecta el número de los componentes a ser contratados.
XVII. Que, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 1.11 CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN PRIVADA, el 31 xx xxxxx de 2022, a las 9:00:00 a.m., a través de la Plataforma Web Google Meet (xxxx.xxxxxx.xxx/xxx-xxxx-xxx), se llevó a cabo la diligencia de cierre de la invitación, en la cual se recibieron las siguientes ofertas:
XVIII. Que, en sesión No. 28 del día 1º xx xxxxx de 2022, el Comité Asesor de Contratación de la Universidad revisó, avaló y autorizó la publicación de la evaluación de los aspectos jurídicos, financieros y técnicos, de carácter habilitante, la cual arrojó el siguiente resultado:
XIX. Que, entre el 1º y el 4 xx xxxxx de 2022, el proponente CITY GROUP ARQUITECTURA Y EVENTOS
S.A.S. presentó subsanes y aclaraciones respecto de la evaluación inicial. Que, así las cosas, los resultados de la evaluación final son los siguientes:
Asignación de puntaje componente 2 (CITY GROUP ARQUITECTURA Y EVENTOS S.A.S.)
Asignación de puntaje componente 3 (XXXXXXX BANQUETES Y LOGISTICA S.A.S.)
XX. Que, por lo anterior, el Comité Asesor de Contratación decidió recomendar al suscrito Rector, en cuanto ordenador del gasto, adjudicar la Invitación Privada No. 02 de 2022, a la empresa CITY GROUP ARQUITECTURA Y EVENTOS S.A.S., con NIT 901.171.482-8, en cuanto al Componente No. 2 se refiere, por valor de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($54.700.000), y a la empresa XXXXXXX BANQUETES Y LOGISTICA S.A.S., con NIT 901.044.652- 1, el Componente No. 3, por valor de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ($14.310.000), en ambos casos, incluido IVA, y demás impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar, así como los costos, directos e indirectos, aparejados a la ejecución de los contratos.
XXI. Que, adicionalmente, el Comité Asesor de Contratación recomendó al suscrito Rector declarar desierta la Invitación Privada No. 02 de 2022, en cuanto al Componente No. 1 se refiere. Que, el día 4 xx xxxxx de 2022, a las 10:00 a.m., se realizó la audiencia de adjudicación o declaratoria de desierta, a través de la Plataforma Web Google Meet (xxxx.xxxxxx.xxx/xxx-xxxx-xxx.), haciendo presencia los oferentes señora XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX y el representante legal de la empresa PROCEDITOR LTDA, y durante la cual el delegado del suscrito Rector, informó los resultados de la evaluación, así como la decisión del Comité Asesor de Contratación de recomendar al ordenador del gasto la adjudicación del proceso en el señalado sentido.
XXII. CORRECCION RESOLUCIÓN No. l 3 6 O 5 ABR 2022 ) "Por la cual se corrige la Resolució11 No. 118 del 29 xx xxxxx 2022"ARTÍCULO PRIMERO: Corregir la parte considerativa de la Resolución 118 de 29 xx xxxxx de 2022, por medio de la cual se ordenó la apertura de la Invitación Privada 02 de 2022, cuyo objeto · es: "contratar la corrección de estilo de los libros y revistas de la Universidad Distrita/ Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx editados por la Sección de Publicaciones, el montaje del stand y el apoyo
logístico, en el lanzamiento editorial y participación de la institución en el marco de la Feria Jmernacional del Libro - Filbo 2022 ", en concreto, el Considerando No. 14, el cual quedará así: "Que el presupuesto oficial para el presente proceso, es de CIENTO DIEZ MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($110.000.000 M/Cte), incluido JVA, y demás impuestos, tasas, contribuciones, costos directos e indirectos aparejados a la ejecución del contrato o contratos, distribuidos así:
XXIII. Que el Rector de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx solicitó a la Oficina Asesora Jurídica la elaboración del presente contrato, mediante comunicación del 8 xx xxxxx de 2022, remitida a esta oficina, mediante correo electrónico.
XXIV. Que, conforme a lo establecido en los artículos 93 de la Ley 30 de 1992 y 3º del Acuerdo 003 de 2015, el régimen de contratación de la Universidad será el de derecho privado, salvo las excepciones consagradas en la Ley.
Por lo anterior, las partes celebran el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
Cláusula 1 - Definiciones. Las expresiones utilizadas en el presente Contrato con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que se asigna a continuación. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo con el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en las normas aplicables y al significado establecido en los pliegos de condiciones. Los términos no definidos en los documentos referenciados o en la presente cláusula, deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
DEFINICIONES:
Contratante - es LA UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX. Contratista - es XXXXXXX XXXXXXXXX Y LOGISTICA SA, con NIT: 901.044.652-1
Cláusula 2 - Objeto del contrato. Contratar los servicios para la ejecución de las actividades consagradas en los componentes 3 de laInvitación privada No. 02 de 2022, los cuales se describen a continuación:
COMPONENTE | OBJETO |
3 | CONTRATACIÓN DE APOYO LOGÍSTICO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL EN LA FERIA DEL LIBRO FILBO 2022 Y LA REALIZACIÓN DE LANZAMIENTOS EDITORIALES EN El MARCO DE LA FERIA. |
Cláusula 3 - Valor del contrato y forma de pago. El valor del presente Contrato corresponde a la suma de
CATORCE MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($14.310.000
M/CTE), incluido IVA, y demás impuestos, tasas, contribuciones y retenciones, así como los costos, directos e indirectos, en que incurra EL CONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones, que, para éste, se deriven de la celebración del contrato.
LA UNIVERSIDAD pagará a EL CONTRATISTA el valor del presente contrato, contra los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal:
COMPONENTE | OBJETO | VALOR | CDP |
3 | CONTRATACIÓN DE APOYO LOGÍSTICO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL EN LA FERIA DEL LIBRO FILBO 2022 Y LA REALIZACIÓN DE LANZAMIENTOS EDITORIALES EN El MARCO DE LA FERIA. | CATORCE MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL PESOS ($14.310.000) | XXX XXX. 000 XXX 00 XX XXXXX XX 0000. |
La Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx cancelará un único pago contra entrega a satisfacción del servicio correspondiente aprobado por el supervisor del contrato, a pagarse en un plazo de 30 días calendario contados a partir de la radicación de la correspondiente factura/cuenta de cobro, acompañados de los soportes correspondientes. El contratista asumirá todos los impuestos, tasas o similares, que se deriven de la ejecución del mismo, de conformidad con las normas vigentes en la materia.
Deberá anexar:
a) Cuenta de Cobro.
b) Informes de ejecución, los cuales deben contener, como mínimo, la siguiente información: Número de contrato, objetivos del informe, introducción, desarrollo, dificultades, logros y conclusiones.
c) Certificación de aportes parafiscales y pago al Sistema de Seguridad Social Integral.
d) Demás documentos de que tratan las Circulares 01 y 02 de 2006 de la División de Recursos Financieros.
Estos documentos serán confrontados con el resultado que valide el supervisor del contrato. En la correspondiente certificación de cumplimiento, el supervisor verificará y certificará, el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social, por parte del contratista.
Cláusula 4 - Declaraciones del Contratista. EL CONTRATISTA hace las siguientes declaraciones:
4.1 Xxxxxx y acepta los Documentos del Proceso.
4.2 Tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los Documentos del Proceso y recibió de LA UNIVERSIDAD respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
4.3 Se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente Contrato.
4.4 EL CONTRATISTA al momento de la celebración del presente Contrato no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad.
4.5 EL CONTRATISTA está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral.
4.6 El valor del Contrato incluye todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones relacionados con el cumplimiento del objeto del presente contrato.
4.7 EL CONTRATISTA manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera, manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
4.8 EL CONTRATISTA se compromete a no contratar menores de edad para el ejercicio del objeto contractual, así como a no permitir que se subcontrate a menores de edad para tales efectos, dando aplicación a la Resolución 1677 de 2008 del Ministerio de la Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
Cláusula 5 – Plazo. El plazo de ejecución del Contrato es de UN (1) MES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de la garantía, esto último, por parte de la Oficina Asesora Jurídica de LA UNIVERSIDAD.
Cláusula 6 - Derechos del Contratista.
6.1. Recibir la remuneración pactada en los términos de la Cláusula 3 del presente contrato.
6.2. Recibir de parte de LA UNIVERSIDAD toda la colaboración que requiera para la debida ejecución del contrato.
Cláusula 7 - Obligaciones particulares del Contratista. EL CONTRATISTA se obliga a cumplir las siguientes obligaciones, además de las que le corresponden, conforme a la naturaleza y esencia del contrato:
COMPONENTE | OBLIGACIONES |
3 | Componente No 3 “CONTRATACIÓN DE APOYO LOGÍSTICO PARA LA PARTICIPACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL EN LA FERIA DEL LIBRO FILBO 2022 Y LA REALIZACIÓN DE LANZAMIENTOS EDITORIALES EN EL MARCO DE LA FERIA”: Suministrar refrigerios en la mañana y en la tarde de acuerdo a las opciones seleccionadas durante toda la vigencia de la Feria del Libro, de acuerdo con las siguientes cantidades y requerimientos: |
7.1. Entregar los bienes objeto de este contrato con las especificaciones técnicas descritas en los respectivos estudios previos de cada componente y en el Anexo Técnico respectivo, en el lugar, plazos y demás condiciones establecidas en el presente contrato.
7.2. Entregar los bienes objeto del contrato en el lugar señalado por el Supervisor del contrato y asumir el valor requerido para el transporte de los bienes al lugar de la entrega.
7.3. Entregar los bienes objeto del contrato, nuevos, en buen estado y libres de defectos o vicios ocultos, garantizando que cuentan con plena idoneidad para el desarrollo de las funciones a las cuales se encuentran destinados.
7.4. EL CONTRATISTA asumirá, en el suministro de los bienes objeto del contrato, las obligaciones del vendedor, como productor, conforme a la regulación de protección al consumidor.
7.5. Sanear la venta de los bienes objeto de este contrato, tanto en casos de evicción como en casos de vicios ocultos.
7.6. Garantizar que los bienes que se entregan se encuentran libres de todo gravamen o impuesto y que tiene los derechos para su venta y/o licenciamiento.
7.7. Efectuar la instalación y configuración de los equipos en el lugar designado por el Supervisor, cuando a ello hubiere lugar.
7.8. Entregar a LA UNIVERSIDAD el cronograma de entrega de los bienes objeto de este contrato, así como un plan de trabajo para la ejecución de las obligaciones derivadas del mismo, detallado con sus fases, actividades, responsabilidades y tiempos.
7.9. Suministrar en la prestación de los servicios accesorios pactados para el cumplimiento del contrato, personal técnico especializado, el cual deberá estar bajo su permanente subordinación o dependencia, cuando deba realizarse de acuerdo con el objeto contratado.
7.10. Hacer los cambios pertinentes de los bienes entregados según las observaciones formuladas por el supervisor del contrato, cuando no cumplan con las características, condiciones y especificaciones indicadas en el Anexo Técnico. Cuando haya lugar a cambios, EL CONTRATISTA se obliga a realizarlos en el término acordado con el supervisor.
7.11. Si en virtud de una orden judicial, se retienen o se prohíbe el uso de los bienes objeto del contrato, EL CONTRATISTA deberá reemplazarlos por otros de igual o mejor calidad en forma inmediata.
7.12. Dar a conocer a LA UNIVERSIDAD cualquier reclamación que indirecta o directamente pueda tener algún efecto sobre el objeto del Contrato o sobre sus obligaciones.
7.13. Dejar los lugares donde se entregarán e instalarán los bienes, llegado el caso, en las mismas condiciones de aseo y orden en que se encontraban antes de los trabajos.
7.14. Entregar toda la documentación correspondiente a los bienes objeto del contrato necesario para demostrar su debido trámite de importación si hubiere lugar al mismo en el momento de la entrega.
7.15. Mantener durante todo el desarrollo del contrato los precios señalados en la propuesta presentada.
7.16. Mantener contacto permanente con el/los supervisores/es del contrato, a fin de solucionar cualquier dificultad que se pudiera presentar durante su ejecución.
7.17. Otorgar, sin ningún costo adicional para LA UNIVERSIDAD, la asistencia y recomendaciones necesarias para el buen desarrollo del contrato.
7.18. Mantener actualizada la garantía contractual durante el desarrollo del contrato.
7.19. Otorgar la garantía técnica en los términos de la propuesta presentada en la Convocatoria.
Cláusula 8 - Derechos particulares de LA UNIVERSIDAD. Además de los derechos que le corresponden a LA UNIVERSIDAD, estará facultada a ejercer los siguientes derechos:
8.1. Hacer uso de la cláusula de imposición de multas, la cláusula penal o cualquier otro derecho consagrado en favor de LA UNIVERSIDAD.
8.2. Rechazar los bienes entregados por EL CONTRATISTA cuando no cumplan las especificaciones técnicas contenidas en la cláusula 2 del contrato y/o el Anexo Técnico.
8.3. Solicitar el reemplazo de los bienes objeto del contrato cuando no cumplan las especificaciones técnicas contenidas en la cláusula 2 del contrato y/o el anexo técnico que las contenga.
Cláusula 9 - Obligaciones Generales de LA UNIVERSIDAD.
9.1. Ejercer el respectivo control en el cumplimiento del objeto del contrato y expedir el recibo de cumplimiento a satisfacción.
9.2. Pagar el valor del contrato de acuerdo con los términos establecidos.
9.3. Prestar su colaboración para el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA.
9.4. Aprobar las garantías exigidas, siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas en los estudios previos, bajo los criterios de vigencia y suficiencia establecidas en el presente contrato.
9.5. Ejercer la supervisión del contrato, a través del/de los Supervisor/es designado/s en el mismo.
9.6. Cumplir con las demás obligaciones que se deriven de la ley civil y comercial, de normas complementarias, de las especificaciones técnicas y de las propias de este tipo de contratos.
Cláusula 10 – Confidencialidad. En caso de que exista información sujeta a reserva, las partes deben mantener la confidencialidad de esta información. Para ello, la parte interesada debe comunicar a la otra parte que la información suministrada tiene el carácter de confidencial.
Cláusula 11 - Propiedad intelectual. EL CONTRATISTA garantiza a LA UNIVERSIDAD que, a través del cumplimiento de sus obligaciones contenidas en el presente contrato, no infringe o afecta derechos de propiedad intelectual o industrial de ninguna naturaleza en favor de terceros.
Cláusula 12 - Calidad de los bienes y servicios conexos.
12.1 EL CONTRATISTA también garantiza la calidad de los bienes objeto del presente contrato, de acuerdo a las normas técnicas aplicables.
12.2 La disponibilidad de soporte del producto por parte del contratista será la señalada en su propuesta, entre otros factores, en lo relacionado con horas diarias y compromisos adicionales en función de la criticidad del requerimiento.
12.3 El CONTRATISTA se obliga igualmente a cumplir con las demás condiciones de calidad y servicios conexos relacionados en su propuesta.
Cláusula 13 - Multas y cláusula penal pecuniaria. Las partes acuerdan que, en caso xx xxxx o retardo en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el contrato a cargo de EL CONTRATISTA, así como de cumplimiento defectuoso, y como apremio para que las atienda oportuna y adecuadamente, EL CONTRATISTA pagará, a favor de LA UNIVERSIDAD, multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor del contrato, por cada día de atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, sin que el valor total de éstas pueda exceder el diez por ciento (10%) del valor total del mismo. Si EL CONTRATISTA no diere cumplimiento, en forma total o parcial, al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, así como si, por su incumplimiento, se derivara perjuicio para LA UNIVERSIDAD, pagará a LA UNIVERSIDAD el veinte por ciento (20%) del valor total del mismo, como estimación anticipada de perjuicios, sin que lo anterior sea óbice para que se demande su valor real ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Cláusula 14 – Procedimiento para hacer efectiva la cláusula de multa y penal pecuniaria. En el evento de presentarse incumplimiento de sus obligaciones por parte de EL CONTRATISTA, previo informe del/de la Supervisor/a con los debidos soportes y acompañado de los correspondientes requerimientos, se adelantará el procedimiento de qué trata el capítulo III (de los posibles incumplimientos) de la Resolución de Rectoría 629 de noviembre 17 de 2016 (Manual de Supervisión e Interventoría), con citación de la compañía aseguradora que expidió la garantía única que ampara el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Declarado el incumplimiento y en firme el correspondiente acto administrativo, previa comunicación, EL CONTRATISTA o la aseguradora dispondrán de un (1) mes para realizar el respectivo pago. En el evento de que vencido este plazo no se realice el pago, este se demandará ante la jurisdicción contencioso-administrativa, mediante el procedimiento ejecutivo. El título ejecutivo lo constituirá el acto administrativo que declara el incumplimiento, su constancia de ejecutoria y la correspondiente garantía única.
Cláusula 15 - Garantías y Mecanismos de cobertura del riesgo. Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir en una Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, a favor de LA UNIVERSIDAD y dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de firma del presente contrato, una garantía única que ampare los siguientes riesgos:
AMPARO | VALOR | VIGENCIA |
Cumplimiento del contrato | 10% del valor del contrato | Plazo total de ejecución del contrato y 4 meses más. |
Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de personal | 10% del valor del contrato | Plazo del contrato y 2 años más |
Calidad y correcto funcionamiento | 20% del valor del Contrato | 2 años a partir de la entrega de los equipos* |
PARÁGRAFO. La póliza aquí estipulada será la denominada en el mercado asegurador Póliza de Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación y deberá ser aprobada por la Oficina Asesora Jurídica de LA UNIVERSIDAD.
Cláusula 16 - ESTAMPILLA U. D. F. J. C., PRO CULTURA Y ADULTO MAYOR. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 696 de diciembre 28 de 2017, del valor bruto del contrato y de sus adicionales, si las hubiere, se retendrá el 1.1% por concepto de la estampilla Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx 50 años. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 187 del 20 de diciembre de 2005 del Concejo de Bogotá, D.C., del valor bruto del contrato y de sus adicionales, si las hubiere, se retendrá el 0.5% por concepto de la Estampilla Pro- Cultura. De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 645 xx xxxxx 9 de 2016 del Concejo de Bogotá D.C., del valor bruto del contrato y de sus adiciones, si las hubiere, se retendrá el 2% por concepto de la Estampilla Adulto Mayor.
Cláusula 17 - Independencia del Contratista. EL CONTRATISTA es una entidad independiente de LA UNIVERSIDAD, y, en consecuencia, EL CONTRATISTA no es su representante, agente o mandatario EN ALIANZA SAS. no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de LA UNIVERSIDAD, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.
Cláusula 18 – Cesión. EL CONTRATISTA no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente Contrato, sin la autorización previa y por escrito de LA UNIVERSIDAD. Si EL CONTRATISTA es objeto de fusión, escisión o cambio de control, LA UNIVERSIDAD está facultada para conocer las condiciones de esa operación. En consecuencia, EL CONTRATISTA se obliga a informar oportunamente a LA UNIVERSIDAD de la misma y solicitar su consentimiento. Si la operación pone en riesgo el cumplimiento del Contrato, LA UNIVERSIDAD exigirá a EL CONTRATISTA, sus socios o accionistas una garantía adicional a la prevista en la cláusula 15 del presente Contrato. Si EL CONTRATISTA, sus socios o accionistas no entregan esta garantía adicional, LA UNIVERSIDAD puede válidamente oponerse ante la autoridad correspondiente a la operación de fusión o escisión empresarial o cambio de control.
Cláusula 19 – Modificación, adición y/o prórroga. El contrato solo podrá ser modificado, adicionado y/o prorrogado de mutuo acuerdo entre las partes, mediante OTROSI, el cual hará parte integral del presente contrato.
Cláusula 20 - Terminación. Serán causales de terminación del contrato el común acuerdo de las partes al respecto, la ocurrencia de cualquier circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución del contrato, así como el cumplimiento del plazo pactado para su ejecución. Adicionalmente, dará lugar a la terminación anticipada del contrato el incumplimiento de sus obligaciones, por parte del Contratista, debidamente comprobado, que impida continuar con su ejecución.
Cláusula 22 - Suspensión. Las partes contratantes podrán suspender la ejecución del contrato, mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie alguna de las siguientes causales: 1) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobadas, que imposibiliten su ejecución. 2) Por solicitud, debidamente sustentada, elevada por una de las partes. El término de suspensión no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. PARÁGRAFO: En caso de operar la suspensión del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a presentar certificado de modificación de la garantía única, ampliando su vigencia por el término que dure la suspensión.
Cláusula 23 - Indemnidad. EL CONTRATISTA se obliga a indemnizar a LA UNIVERSIDAD con ocasión de la violación o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato. EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA UNIVERSIDAD de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado. EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA UNIVERSIDAD por cualquier obligación de carácter laboral o
relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el Contratista asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Contrato.
Cláusula 24 - Caso Fortuito y Fuerza Mayor. Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito, debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana.
Cláusula 25 - Solución de Controversias. Las controversias o diferencias que surjan entre EL CONTRATISTA y LA UNIVERSIDAD, con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del Contrato, así como de cualquier otro asunto relacionado con el presente Contrato, serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra la existencia de una diferencia.
Cuando la controversia no pueda arreglarse de manera directa debe someterse a un procedimiento conciliatorio que se surtirá ante un centro de conciliación debidamente facultado para funcionar, previa solicitud de conciliación elevada individual o conjuntamente por las Partes. Si en el término de ocho (8) días hábiles a partir del inicio del trámite de la conciliación, el cual se entenderá a partir de la fecha de la primera citación a las Partes que haga el Centro de Conciliación, las Partes no llegan a un acuerdo para resolver sus diferencias, deben acudir a la jurisdicción contencioso administrativa.
Cláusula 26 – Supervisión. La supervisión de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA, a favor de LA UNIVERSIDAD, estará a cargo del JEFE DE LA SECCION DE PUBLICACIONES, acorde con lo establecido en el manual de interventoría y supervisión de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, adoptado mediante resolución No.629 de 32016 expedida por la Rectoría de la Universidad, así como los lineamientos establecidos en el pliego de condiciones.
Cláusula 27 – Anexos del Contrato. Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:
27.1. Los estudios previos.
27.2. El Pliego de Condiciones de la correspondiente Convocatoria Pública, sus anexos, adendas o cualquier otro Documento del Proceso.
27.3. La oferta presentada por EL CONTRATISTA.
27.4. Las actas, acuerdos, informes y documentos precontractuales.
27.5. Certificado de Disponibilidad Presupuestal.
27.6. Las instrucciones escritas a EL CONTRATISTA para la ejecución del contrato.
27.7. La comunicación escrita de LA UNIVERSIDAD, en que señala que se han cumplido los requisitos de ejecución del contrato y se ha elaborado el acta de iniciación, mediante la cual se define la fecha a partir de la cual se contará el plazo para la ejecución del mismo.
Cláusula 28 - Protección y cumplimiento a la normatividad ambiental. EL CONTRATISTA, en desarrollo del presente, contrato dará estricto cumplimiento a los lineamientos, normas, reglamentos, orientaciones y leyes ambientales aplicables.
Cláusula 29 - Perfeccionamiento y ejecución. El presente contrato requiere para su perfeccionamiento de la firma de las partes. Para su ejecución, requiere el registro presupuestal, la aprobación de la garantía de que trata la Cláusula 15 del presente Contrato y la suscripción del acta de inicio.
Cláusula 30 - Lugar de ejecución y domicilio contractual. El lugar de ejecución del presente contrato es la ciudad de Bogotá D.C.
8 días del mes xx xxxxx de 2022
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Representante legal
XXXXXXX BANQUETES Y LOGISTICA SAS 901.044.652-1
EL CONTRATISTA
Copias: Contratista – División Contabilidad – Supervisor/a - Presupuesto