CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO NO. 21-2010
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX. 00-0000
Convenio modificatorio al contrato de arrendamiento, número 21-2010 de fecha 28 de febrero de 2010 (el “Contrato”), que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, representada por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, en su carácter de Procurador General y por la otra, la empresa Corporativo Barcelona del Caribe, S.A. de C.V., representada por el C. Xxxxxx Xxxxxxxx Pol, en su carácter de representante legal, a quienes en lo sucesivo se les denominará “LA ARRENDATARIA” y “EL ARRENDADOR” respectivamente, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de febrero de 2010, “EL ARRENDADOR” y “LA ARENDATARIA” formalizaron el “Contrato”, cuyo objeto señalado en su cláusula PRIMERA es el arrendamiento del inmueble ubicado en el número 000 Xxx. 000 de la Av. Xxxxx, Colonia manzana nueve, supermanzana tres, Código Postal 77500, de la Ciudad de Cancún, Xxxxxxxx Roo, con una superficie rentable de 41.15 metros cuadrados sin cajón de estacionamiento.
II. En la Declaración 1 inciso a) del “Contrato” se estableció que Corporativo Barcelona del Caribe, S.A. de C.V., es la administradora del inmueble, objeto del “Contrato”, según se acredita con escrito de fecha 1 xx xxxxxx de 2007, signado por el C. Xxxxxx Xxxxxxxx Pol, en su carácter de socio mayoritario y administrador único de la Sociedad Anónima denominada Propiedad Administrada de Cancún, S.A. de C.V., quien es la propietaria del inmueble objeto contrato de arrendamiento, acreditando dicha personalidad con el testimonio notarial de la escritura número 26515, de fecha 00 xx xxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Abogado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Notario Público número Tres en el Estado xx Xxxxxxxx Roo, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Delegación Cancún, Q. Roo, en el libro 37 a fojas 401 a 414, Tomo I, Sección IV de fecha 27 xx xxxxxx de 1997.
DECLARACIONES
I. Declara “LA ARRENDATARIA” que:
I.1. Mediante escrito fechado el 01 xx xxxxx de 2010, el C. Xxxxxx Xxxxxxxx Pol, informo el cambio de Razón Social, el cual a partir de esta fecha, será Operadora Barcino, S.A. de C.V., en virtud de lo anterior, es necesario modificar el Xxxxxxxx Xx. 00-0000.
II. Declara “EL ARRENDADOR” que:
II.1. Es su deseo modificar el “Contrato” a efecto que se registre el cambio de Razón Social.
III. Declaran ambas partes que:
III.1. Recíprocamente se reconocen la personalidad con la que se ostentan.
III.2. Convienen suscribir el presente convenio modificatorio, con fundamento en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO MODIFICATORIO: “LA ARRENDATARIA” y
“EL ARRENDADOR” convienen que el objeto del presente convenio modificatorio es el cambio de la razón social de “EL ARRENDADOR”, por tanto, las partes acuerdan
en modificar la Declaración 1, incisos b), c) y e) así como la cláusula OCTAVA del “Contrato”, para que a partir de la firma del presente convenio modificatorio, queden de la siguiente forma:
b.).- Que es una Sociedad legalmente constituida, de nacionalidad mexicana, según se desprende de la Escritura Pública número 37943 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Abogado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Notario Público número 3 del Estado xx Xxxxxxxx Roo, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Delegación Cancún, Xxxxxxxx Roo., bajo el Folio Mercantil Electrónico No. 14998, de fecha 11 de febrero de 2005.
c).- Que comparece en este acto a través de su Representante Legal, el C. Xxxxxx Xxxxxxxx Pol, quien está facultado para suscribir el presente convenio según lo acredita con la escritura 36302, protocolizada ante la fe del LIc. Xxxxxxxx Xxxxxxxx de la Peña Xxxx, Notario Público número 20 del Estado xx Xxxxxxxx Roo, de fecha12 de febrero de 2008.
e).- Que tiene el Registro Federal de Contribuyentes número OBA050209M26 y que el número de cuenta de la boleta predial es 401- 1001.
Octava.- FORMA DE PAGO. La renta se pagará en un plazo no mayor de 20 días naturales contados a partir de la fecha de vencimiento de la mensualidad respectiva, mediante transferencia electrónica de recursos a la cuenta bancaria de “El Arrendador” que es la identificada con el número 65-50260408-3, con clave bancaria estandarizada (CLABE) número 014691655026040836, xx Xxxxxxxxx México, S.A., mediante la presentación de la factura o recibo correspondiente, mismo que deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia, desglosando el Impuesto al Valor Agregado.
SEGUNDA.- INALTERABILIDAD: Ambas partes convienen en que, con excepción de lo que expresamente se estipula en el presente convenio modificatorio, subsisten con su fuerza legal todas y cada una de las cláusulas del “Contrato”.
TERCERA.- VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: “LA PROCURADURÍA” y “EL
PROVEEDOR” reconocen que en la celebración y redacción del presente convenio modificatorio, no ha mediado error, dolo, lesión, violencia, ni vicio alguno del consentimiento que pudiera invalidarlo o nulificarlo.
CUARTA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN: Para la interpretación y cumplimiento del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, en el Estado xx Xxxxxxxx Roo, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa.
Leído que fue el presente convenio modificatorio y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, se firma por triplicado, en la Ciudad de México, Distrito Federal el día 30 xx xxxxx de 2010.
Por “LA PROCURADURÍA” El Subprocurador General de Conciliación y Defensoría. En ausencia del Procurador General, con fundamento en el artículo 40 del reglamento de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo | Por “EL PROVEEDOR” | |
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx. | C. Xxxxxx Xxxxxxxx Pol. |