AVISO DE ADQUISICIÓN PARA CONTRATACIÓN INDIVIDUAL REF. 9411 PAN 2017
AVISO DE ADQUISICIÓN PARA CONTRATACIÓN INDIVIDUAL REF. 9411 PAN 2017
Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000.
Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx: Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx
Proyecto: 99193 - “Apoyo a la Gestión Integrada xx Xxxxxxx Contiguas a la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá y Estudios Sociales, Ambientales y Técnicos para la Elaboración del Diseño Conceptual de un Reservorio Multipropósito en la cuenca de Río Indio”
Descripción del Servicio: Consultoría para la reforestación y restauración en la parte alta de
la Cuenca de Río Indio.
Duración de la Consultoría: Doce (12) meses.
La propuesta deberá remitirse en idioma español, haciendo referencia al proceso 9411 PAN 2017 - Consultoría para la reforestación y restauración en la parte alta de la Cuenca de Río Indio, y debe hacerse llegar al correo electrónico abajo descrito a más tardar el día martes 2 xx xxxx de 2017 hasta las 23:59 p.m. (GMT -5), hora de la República de Panamá. No se recibirán las propuestas que se presenten posteriormente a la fecha y hora indicada.
ASUNTO: 9411 PAN 2017
Link de Publicación: xxxx://xxxxxxxxxxx-xxxxxxx.xxxx.xxx/xxxx_xxxxxx.xxx?xxxxxx_xxx00000
Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx.xxxxx@xxxx.xxx
Cualquier solicitud de aclaración deberá enviarse a más tardar hasta el día el jueves 27 xx xxxxx de 2017, hasta las 23:59 p.m. (hora de la República de Panamá). La solicitud de aclaración podrá enviarse por escrito a la dirección de correo electrónico arriba indicada y se responderá por vía electrónica, incluyendo una explicación de la consulta sin identificar la fuente; la misma será enviada a todos los consultores interesados.
Los procedimientos para adquisición de los servicios objeto de este llamado serán los del Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo.
Este proceso está dirigido a personas naturales en carácter individual. Cualquier oferta recibida de una persona jurídica o de dos (2) o más personas naturales conjuntamente, será rechazada. De igual forma serán rechazadas todas aquellas ofertas de consultores que hayan participado en la elaboración de los Términos de Referencia.
1. ANTECEDENTES, OBJETIVOS, ALCANCE DEL TRABAJO, REQUERIMIENTOS ACADÉMICOS Y EXPERIENCIA, ACUERDOS INSTITUCIONALES y ALCANCE DE LA PROPUESTA FINANCIERA Y CRONOGRAMA DE PAGOS:
Refiérase al Anexo I – Términos de Referencia
2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE CON LA OFERTA
Los consultores individuales deberán presentar los siguientes documentos debidamente identificados en uno o más archivos PDF (MÁXIMO 4MB POR CORREO) debidamente firmados.
1. Propuesta Técnica: breve descripción de cómo desarrollará y abordará la presente consultoría; el documento debe contener:
a. la metodología a utilizar para lograr los productos solicitados, considerando la utilización de especies nativas del área y el involucramiento de los miembros de OBCs y de Juntas o Comités de Agua;
b. Cronograma preliminar de trabajo.
*Documento escrito en idioma español con un máximo dos (2) página 8 ½ por 11.
2. Propuesta Financiera Debe incluir los honorarios especificados en una suma global (lump sum), la cual será establecida en función de las condiciones de pago alrededor de los productos esperados.
3. Carta de Interés: La misma deberá estar debidamente presentada para la Confirmación de interés y disponibilidad utilizando el modelo proporcionado por el PNUD en el enlace debidamente firmada (Anexo 2) y conteniendo una Breve descripción de por qué el individuo considera que él / ella es el/la más adecuada para el trabajo.
4. Formato P11 debidamente completado y firmado (Favor utilizar el formato del enlace), indicando toda la experiencia pasada de proyectos similares.
5. Referencias, Datos de contacto (correo electrónico y número de teléfono) del candidato y por lo menos tres (3) referencias profesionales. En caso de que las referencias no contesten a la solicitud efectuada por el PNUD para brindar referencias escritas, se solicitará al consultor que provea otros en su defecto. Asegurarse que los correos electrónicos de sus contactos se encuentren habilitados y disponibles para recibir la solicitud de referencias.
6. Beneficiario: Declaración de nombre, cédula, dirección completa y teléfono de un beneficiario en caso de muerte. Esta información es mandatorio en el evento de que el consultor resultara adjudicado. Incluir copia de la cédula o pasaporte del beneficiario.
7. Incluir la información de la dirección Skype.
8. Hoja de Vida (opcional).
3. PROPUESTA FINANCIERA
Debe incluir los honorarios especificados en una suma global (lump sum), la cual será establecida en función de las condiciones de pago alrededor de los productos esperados. Favor utilizar el formulario proporcionado por el PNUD del enlace. Viajes: Todos los gastos de viajes deben ser incluidos en su propuesta financiera. Esto incluye todos los viajes para incorporarse a la oficina/o viajes durante la consultoría en caso de que apliquen. En general, PNUD no aceptará los costos que excedan las tarifas en clase económica. En el caso de que un Contratista Individual desee viajar en una clase más alta él/ella puede hacerlo utilizando sus propios recursos. En el caso de que surja un viaje imprevisto como parte de la consultoría, el pago de los gastos de viaje, alimentación y gastos terminales deben ser acordados con anticipación, entre el área y el Contratista Individual, y serán reembolsados utilizando los formularios correspondientes (F-10) según las normas PNUD. |
4. EVALUACION Se utilizará el método de puntuación combinada - en donde las calificaciones y la metodología se ponderarán con un máximo de 70%, combinándose con la oferta financiera, la que se ponderará con un máximo de 30%; En el evento que el nombre del consultor se encuentre incluido en la lista de proveedores suspendidos ó removidos del PNUD, la propuesta será rechazada. * Valor de los Criterios Técnicos; 70% * Valor de la Oferta Financiera; 30% 4.1. EVALUACION TÉCNICA: Sólo los oferentes que alcancen el máximo de 70% del total de puntos indicado para la evaluación técnica se considerarán habilitados técnicamente y pasarán a la evaluación económica. Los criterios de evaluación técnica están indicados en el Anexo 4. 4.2 EVALUACION FINANCIERA: En una segunda etapa, se evaluará las ofertas financieras de los consultores técnicamente habilitados utilizando la formula indicada en el Anexo 4. El Comité evaluador recomendará la adjudicación de la oferta que alcance el mayor puntaje combinado. |
Este proceso está dirigido a consultores expertos en su carácter individual. Se rechazarán ofertas de empresas o de dos o más consultores ofertando conjuntamente, así como de aquellos cuyas referencias sean negativas. |
5. ADJUDICACIÓN: La Unidad de Adquisiciones del PNUD se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier propuesta y de anular el proceso así como de rechazar todas las propuestas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del contrato, sin incurrir por ello en ninguna responsabilidad con relación al Oferente que se viera así afectado y sin tener la obligación de informar al Oferente u Oferentes afectados de los motivos de dicha acción. Nota: En caso de resultar adjudicado y sea funcionario del gobierno; deberá presentar documentación adicional. |
ANEXOS
ANEXO 1 - TÉRMINOS DE REFERENCIA
ANEXO 2 - CARTA OFERENTE AL PNUD CONFIRMANDO INTERES Y DISPONIBILIDAD ANEXO 3 - MODELO DE CONTRATO INDIVIDUAL Y CONDICIONES GENERALES ANEXO 4 - FORMATO DE EVALUACION.
ANEXO 1
PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO | |
TÉRMINOS DE REFERENCIA | |
CLUSTER: Desarrollo Sostenible | |
A. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA CONSULTORÍA | |
Título del Proyecto: 99193 “Apoyo a la Gestión Integrada xx Xxxxxxx Contiguas a la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá y Estudios Sociales, Ambientales y Técnicos para la Elaboración del Diseño Conceptual de un Reservorio Multipropósito en la cuenca de Río Indio” Nombre de la Consultoría: Reforestación y restauración en la parte alta de la Cuenca de Río Indio. Tipo de Contrato: Contrato Individual. Supervisor Directo: Unidad de Gestión del Proyecto (UG), quien coordinará con la ACP, MiAMBIENTE y el PNUD. Modalidad de Ejecución: Support to NIM Lugar: Comunidades de Alto de la Mesa y Río Indio Nacimiento. Provincias de Panamá Oeste y Coclé. Fecha de Xxxxxx Xxxxxxxx: Mayo, 2017. Duración: Doce (12) meses. | |
B. DESCRIPCION DEL PROYECTO O ANTECEDENTES | |
Como resultado de un trabajo interinstitucional y con una amplia consulta pública, Panamá aprobó en agosto del 2016 el Plan Nacional de Seguridad Hídrica 2015-2050 “Agua para Todos” (PNSH), mediante Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx. 000 xx 00 xx xxxxxx (Xxxxxx Oficial Digital No. 28104-A, de 26 xx xxxxxx, 2016), cuyo objetivo es garantizar el acceso justo y equitativo del agua a toda la población y sectores productivos en cantidad suficiente y calidad aceptable, asegurando la disponibilidad y protección de los recursos hídricos y los ecosistemas en un clima cambiante. Mediante esta resolución de gabinete, también se creó el Consejo Nacional del Agua (CONAGUA) como la entidad encargada de impulsar, orientar, coordinar y garantizar el desarrollo e implementación del PNSH, y la Secretaría Técnica de CONAGUA, en calidad de coordinadora de CONAGUA, la cual estará adscrita al Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE). El CONAGUA aprobó su Plan de Trabajo 2016-2018, donde se incluye como parte de las acciones de corto plazo para el logro de la Meta 2, Agua para el desarrollo socioeconómico inclusivo, la realización de estudios de pre inversión de nuevos reservorios multipropósito (río indio, Santa Xxxxx, La Xxxxx, Xxxxxxx, Parita, Ocú). Para la realización de estos estudios, MiAMBIENTE firmó tres (3) contratos el 15 de diciembre de 2016 con la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), considerando la experiencia de la ACP, en la gestión xx xxxxxxx, el manejo del sistema |
de lagos del Canal, el desarrollo de estudios y análisis de prefactibilidad y factibilidad, y la ejecución de proyectos de gran envergadura. Uno de los Contratos es el denominado “Estudios para la elaboración del diseño conceptual del reservorio Multipropósito en la cuenca de río Indio y proyectos complementarios para el manejo de la cuenca, mediante el cual se llevarán a cabo los estudios técnicos, ambientales, sociales y económicos para el diseño conceptual de un reservorio y se ejecutarán proyectos para el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas y la gestión integral en la cuenca de río Indio”. En el marco de este contrato, la ACP, UG y MiAMBIENTE han coordinado acciones para ejecutar proyectos para mejorar y aumentar la cobertura boscosa en la cuenca de río Indio en general y la cuenca alta en particular, para promover la restauración y conservación de los recursos naturales que garantizan el recurso hídrico. |
C. OBJETIVO |
Contratación de un Consultor-a, para la reforestación y restauración con fines de conservación de 20 hectáreas con especies nativas en la parte alta de la cuenca de río Indio. OBJETIVOS ESPECÍFICOS a) Reforestar con especies nativas características de la zona para garantizar su establecimiento y restaurar áreas, especialmente de recarga hídrica. b) Promover la corresponsabilidad comunitaria e interinstitucional y crear alianzas para la protección de los recursos forestales e hídricos. c) Promover la participación de todos los actores comunitarios en los proyectos de reforestación. d) Capacitar a grupos comunitarios en el proceso de reforestación y restauración de áreas, incluyendo la producción de plantones y el mantenimiento de los árboles plantados. |
D. ALCANCE DE LOS SERVICIOS |
Se requiere la contratación de un Consultor-a, para la reforestación y restauración de zonas desprovistas de vegetación, degradadas o aquellas identificadas para la protección hídrica (establecimiento) para un máximo de 20 hectáreas con un distanciamiento de 5 metros por 5 metros entre plantas, dentro de las comunidades de Alto de La Mesa y Río Indio Nacimiento, ubicadas en la parte alta de la cuenca de río Indio. A estas comunidades se tiene acceso utilizando un vehículo 4 x 4, entrando por el Xxxxx xx Xxxxx hacia la comunidad de Alto de La Mesa (calle asfaltada), y de allí inicia el camino de tierra/tosca/piedra de aproximadamente 5 kilómetros hasta Rio Indio Nacimiento, trayecto que toma cerca de una hora. (Ver Anexo 4). El Consultor-a deberá seleccionar a los participantes (beneficiarios-as), capacitarlos en los temas requeridos: producción de plantones, establecimiento de la plantación, mantenimiento, entre otros; y ejecutar las otras tareas descritas en este término de referencia, incluyendo la elaboración de las siguientes guías y su implementación: 1. Guía de procedimientos de seguridad para los trabajos de campo: El Consultor-a deberá desarrollar una guía de procedimientos que incluya: las medidas de seguridad a ser implementadas, las acciones en caso de emergencia y llevar a cabo las sesiones de capacitación sobre este tema, para los trabajadores-as y los beneficiarios-as o participantes en el proyecto y las actividades que se desarrollen. |
2. Guía de procedimientos para evitar y controlar incendios en áreas reforestadas: El Consultor-a deberá desarrollar una guía de procedimientos y metodologías para evitar y controlar incendios en las áreas reforestadas y para tener una respuesta efectiva en caso de que ocurran. Esta guía debe detallar los insumos necesarios (equipos, herramientas, entre otros) para responder a eventos de este tipo, y que como mínimo, deben diseñarse para contar con dos equipos de control de incendios en las áreas del proyecto. 3. Matriz de evaluación de riesgos e identificación de medidas para evitar o reducir los riesgos: El Consultor-a deberá elaborar una matriz de identificación de riesgos y medidas para evitar o reducir los riesgos, considerando las diferentes actividades a desarrollar, con especial énfasis en las actividades que pudiesen tener impactos al ambiente o a la salud tales como el manejo y uso de agroquímicos. El Consultor-a deberá asegurar las herramientas, insumos y jornales requeridos para desarrollar las actividades aquí planteadas hasta un máximo de: 1. Herramientas. 1.1 Herramientas por Beneficiario Veinte (20) coas. Cuarenta (40) machetes. Ochenta (80) limas. 1.2 Herramienta por Comunidad Doce (12) xxxxxxxx. Seis (6) bombas. Dos (2) carretillas. Seis (6) martillos. Seis (6) palas. 2. Insumos. Sesenta (60) quintales de abono completo. Cuarenta (40) quintales de Urea 46%. Veinte litros (20) de Fitosanitarios. Veinte litros (20) de Abono Foliar. 3. Jornales. Los jornales se presentan por año: Carga de plantones al sitio de acopio veinte (20) jornales. Limpieza inicial doscientos cuarenta (240) jornales. Tres limpiezas seiscientos (600) jornales. Trazado de la plantación cuarenta (40) jornales. Hoyado cien (100) jornales. Tres plateos ciento ochenta (180) jornales. Carga de plantones en la siembra sesenta (60) jornales. Siembra especie nativas sesenta (60) jornales. Aplicación de abonos ciento veinte (120) jornales. |
Aplicación de urea sesenta (60) jornales. Aplicación fitosanitaria y control de plagas sesenta (60) jornales. Resiembra cuarenta (40) jornales El Consultor-a deberá producir los plantones en un vivero ubicado en las comunidades del proyecto o comprar los plantones en áreas cercanas al proyecto, prioritariamente. En este sentido, el consultor deberá evaluar si tiene el tiempo necesario para la producción de los plantones, debiendo considerar para esto los costos de producción y pago de jornales inherentes a esta actividad. Antes del inicio de los trabajos de campo, la UG y la ACP, junto con el Consultor-a, informarán en las comunidades del área sobre el inicio y propósito de este proyecto, a la vez que se presenta al Consultor-a seleccionada para desarrollar dicho proyecto. La ACP proveerá al Consultor-a información sobre el área, (mapas topográficos y de vías acceso). Cuando el Consultor-a requiera alojamiento u otro tipo de servicios por parte de las comunidades (ejemplo: permisos de acceso y alquiler de predios para la instalación de equipos que pudieran ser necesarios para realizar mediciones de campo), El Consultor-a deberá informar previamente a la UG y ACP. Estos arreglos serán responsabilidad completa del Consultor-a, con el apoyo de la UG y ACP única y exclusivamente para facilitar el relacionamiento con las comunidades. El Consultor-a deberá documentar los arreglos negociados a través de notas o acuerdos de compromiso u otro tipo de documentación que indique la conformidad de quienes presten estos servicios, y una vez requiera ser cancelados, emitir la factura correspondiente. Cuando el Consultor-a requiera la contratación de trabajadores (que están bajo su responsabilidad) temporales para actividades puntuales deberá documentar el pago realizado a cada persona a través de recibos que como mínimo contengan la siguiente información: nombre del Consultor que realiza la contratación con sus datos de contacto (teléfonos, correo electrónico), nombre completo de la persona contratada, número de cédula, tipo de trabajo realizado, duración de los trabajos realizados, monto del pago diario y la firma de la persona que recibe el pago (estos pagos son realizados por el Consultor-a). Todo recibo de pago debe incluir un pie de página o nota que indique lo siguiente: Para cualquier información relacionada a los proyectos que se ejecutan en el área puede comunicarse número de teléfono 000-0000, que es una línea gratuita, disponible de lunes a viernes en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., para atender su solicitud. El monto máximo a pagar por jornal es de quince balboas (B/. 15.00) Inducción inicial: El Consultor-a, deberá participar en una inducción en la que se les brindará los lineamientos y guías referentes a las normas de comportamiento de los trabajadores -as en las áreas de trabajo, las cuales serán de obligatorio cumplimiento y deberán observarse en todo momento durante la ejecución de los trabajos y permanencia en las comunidades donde se ejecuten los mismos. La sesión de inducción tendrá una duración aproximada de dos (2) horas y se realizará en las instalaciones de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), ubicadas en Balboa; la fecha de la inducción será coordinada con El Consultor- a. Manejo de consultas de la comunidad: En caso de que surjan preguntas en el área por parte de los moradores hacia El Consultor-a, éste deberá solamente recibir la consulta, solicitud, denuncia, queja o reclamo e informar al morador que oportunamente se le estará brindando respuesta por parte de la Oficina de Relaciones Comunitarias del Proyecto conforme se establece en el Procedimiento para que el Consultor-a, reciba consultas, denuncias, quejas o reclamos (Anexo 2). Si las consultas o preguntas están relacionadas con los estudios o trabajos que se realizan en el área, y existen los medios, se le informará al solicitante, que está disponible el número de teléfono |
000-0000, que es una línea gratuita, disponible de lunes a viernes en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., para atender su solicitud. El Consultor-a deberá documentar y llenar el Formato de Registro de la Consulta, denuncia, queja o reclamo (Anexo 3) e informar de manera inmediata a la UG sobre la consulta, solicitud, queja o reclamo recibido. El Consultor-a, deberá portar en todo momento, en el área de trabajo, su documento de identificación personal (cédula) y un ejemplar del manual de comportamiento (versión bolsillo) que le será suministrado al momento de recibir la inducción por parte de la UG. El Consultor-a está obligada a cumplir con los procedimientos y/o instructivos proporcionados. La UG y ACP supervisarán el cumplimiento de dichos procedimientos y/o instrucciones de trabajo. El Consultor-a deberá cumplir con toda la legislación ambiental vigente en la República de Panamá. | ||||
E. RESULTADOS ESPERADOS Y ENTREGABLES/PRODUCTOS | ||||
Responsabilidades y tareas El Consultor-a debe considerar como mínimos el siguiente alcance para la elaboración y entrega de los productos: | ||||
Entregable /Productos Reforestación y restauración de zonas de protección hídrica (20 has) | Tiempo Estimado para Completar Tarea | Revisión y Aprobación Requerida | ||
Producto 1. Plan de Trabajo que incluya el cronograma detallado para la ejecución de las actividades de los 12 meses. | Cuatro (4) días a partir de la orden de proceder. | PNUD y ACP | ||
Producto 2. Informe de avance que incluya el listado preliminar de los sitios y de los beneficiarios-as, tamaño de las áreas, reconocimiento de los sitios, listado de especies a utilizar, minutas de reuniones y listas de asistencia. Deberá presentar en este informe la guía de procedimientos de seguridad para los trabajos de campo. | Treinta (30) días a partir de la orden de proceder. | PNUD y ACP | ||
Producto 3. Informe de avance que incluya el establecimiento de los viveros para la producción de plantones requeridos y/o acuerdos de adquisición, el visto bueno por parte de MiAMBIENTE de las áreas a reforestar y la primera capacitación. Debe incluir la matriz de evaluación de riesgos e identificación de medidas para evitar o reducir los riesgos | Dos meses (2) a partir de la orden de proceder. | PNUD y ACP | ||
Producto 4. Informe de avance que incluya, las parcelas georreferenciadas, |
herramientas entregadas, los resultados de los análisis de suelos, el reforzamiento de la cerca perimetral (cuando aplique), la siembra de las 20 hectáreas con árboles (especies nativas), fertilización del 100% de las 20 hectáreas, evidencias de la primera y segunda limpieza y primer plateo. Deberá presentar en este informe la guía de procedimientos para evitar y controlar incendios en áreas reforestadas | Siete meses (7) a partir de la orden de proceder. | PNUD y ACP | ||
Producto 5. Informe de avance que incluya la tercera limpieza, segundo plateo, control de plagas y enfermedades, rondas corta fuego, la confección y colocación del 100% de los letreros en áreas definidas en las comunidades. | Diez meses (10) a partir de la orden de proceder. | PNUD y ACP | ||
Producto 6. Informe Final impreso, con la sistematización de la experiencia, equidad de género, identificando enseñanzas y lecciones aprendidas, especies utilizadas, cantidad, nombre común y científico, fotos de seguimiento (inicio y final) datos georreferenciados del área (UTM, WGS 84). El Informe debe incluir, la realización de la segunda capacitación, la cuarta limpieza, tercer plateo y la resiembra donde se requiera. | Doce meses (12) a partir de la orden de proceder. | PNUD y ACP | ||
El Consultor-a deberá entregar los productos e informes, en las fechas señaladas en el plan de trabajo y tendrá un plazo de cinco (5) días para atender y corregir las modificaciones o ajustes requeridos por la UG, ACP y PNUD, que a su vez, también tendrán un plazo xx xxxx (10) días para la revisión. El Consultor-a debe entregar los informes de avance y el Informe Final con la documentación relacionada en los TDR para cada fase. El Consultor-a debe entregar, como mínimo dos (2) ejemplares impresos a doble cara en papel bond blanco de 20 lb tamaño 8.5” x 11”; títulos y subtítulos en negrita; espacio sencillo; márgenes superior, inferior y derecho 2.5 cm. Los documentos deberán ser encuadernados en cartapacio de 3 argollas. La información debe ser entregada en formato electrónico, Microsoft Word 10.0 (office 2010); además, todos los otros datos (tablas, matrices, gráficas) deben ser entregados en formatos de Excel (office 2010), coordenadas UTM WGS84 y las fotografías en 16 Mega Pixeles y todo debe ser entregado en USB, en adición a las copias impresas. Todos los mapas deberán ser preparados en formato Arc-Info, Arc-View. El Consultor-a deberá incluir las minutas de reuniones y listas de asistencia de cada una de ellas. Los reportes y productos deben estar en idioma español, y entregar una versión digital en memoria USB debidamente etiquetada. Los archivos electrónicos deben ser identificados, etiquetados y formateados de tal forma que cuando se impriman sea igual al correspondiente reporte impreso suministrado por El Consultor-a. |
F.ACUERDOS INSTITUCIONALES |
El Consultor-a debe mantener permanentemente una amplia y estrecha comunicación con los productores-as beneficiarios-as del proyecto, MIDA, MiAMBIENTE, ACP, UG y PNUD e informar periódicamente a las comunidades de los avances del proyecto y de esta forma lograr la coordinación y eficiencia del proyecto. |
G. DURACIÓN DE LOS TRABAJOS |
Los servicios contratados tendrán una duración de doce (12) meses, a partir de la orden de proceder. |
H. LOCALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS |
Los trabajos se realizarán en las provincias de Panamá Oeste y Coclé en las comunidades de Altos de La Mesa (Provincia de Coclé, Distrito xx Xxxxx, Corregimiento de El Xxxxx) y Río Indio Nacimiento (Provincia de Panamá Oeste, Distrito de Capira, Corregimiento de Cirí Grande). |
I. REQUISITOS DE SELECCIÓN |
EL CONSULTOR-A: Formación Académica: Ingeniero Forestal. Debe tener idoneidad expedida por el Consejo Técnico Nacional de Agricultura (CTNA) y registrado en MiAMBIENTE. Experiencia General: Mínimo de cinco (5) años de experiencia general en el sector forestal. Experiencia Específica: Experiencia en ejecución de dos proyectos de reforestación con un alcance mínimo de 20 hectáreas cada uno. Uno de esos proyectos debe haberlo ejecutado en los últimos 3 años. Para verificación de los requisitos mínimos del profesional idóneo, el proponente debe remitir un listado de los proyectos ejecutados con la siguiente información: Listado y fechas de los proyectos ejecutados. Hectáreas reforestadas por proyecto. Ubicación de los proyectos Contactos y teléfonos. Dos cartas de referencia de trabajos anteriores, que evidencien los trabajos realizados por el profesional idóneo (con el alcance mínimo de 20 hectáreas). Suministrar el nombre del contacto y los números de teléfono, en las cartas de referencia, para localizarlos. El proponente debe presentar con su propuesta: CV personal o P11. Cronograma preliminar de trabajo. Propuesta que describa la metodología a utilizar para lograr los productos solicitados, considerando la utilización de especies nativas del área y el involucramiento de los miembros de OBCs y de Juntas o Comités de Agua. Nota: El PNUD, en coordinación con la UG se reserva el derecho de realizar la verificación de toda la información suministrada por el proponente. |
J.FORMA DE PAGO |
Las propuestas deberán expresarse con un monto por suma global del servicio que se solicita (describiendo los subtotales de costos por actividad). El monto por suma global debe ser "todo incluido" (honorarios, gastos de movilización y transporte de insumos en las comunidades, insumos, herramientas, materiales, jornales, alquiler de local, material didáctico, personal de apoyo y alimentación), en el contrato se establecerá claramente que el precio del contrato es fijo, independientemente de los cambios en los componentes de los costos. Las facturas de proveedores y del consultor deben cumplir con la legislación fiscal de Panamá. Entregable Fecha de Entrega Porcentaje /Productos a Pagar PRODUCTO 1 Y 2 Treinta días (30) días a partir de la orden de proceder. 10% PRODUCTO 3 Dos meses (2) a partir de la orden de proceder 15% PRODUCTO 4 Siete meses (7) a partir de la orden de proceder. 30% PRODUCTO 5 Diez meses (10) meses a partir de la orden de proceder. 25% PRODUCTO 6 Doce meses (12) a partir de la orden de proceder. 20% |
K. PRESENTACIÓN RECOMENDADA Y OTRAS OBLIGACIONES |
1. Reunión inicial del proyecto: se realizará dentro de los primeros cinco (5) días laborales contados a partir de la orden de proceder, en donde se presentará información general del proyecto y se aclarará cualquier duda por parte de El Consultor-a. Durante esta reunión se explicará a El Consultor-a la “Política Ambiental” del proyecto, así como las consideraciones sociales y ambientales en el área de trabajo. También se discutirá: Cronograma y presupuesto: El Consultor-a deberá presentar su esquema general de ejecución del proyecto, indicando metodología de ejecución de las principales fases (vivero o compra de plantones, plantación, capacitaciones, mantenimiento, entre otras.) para obtener comentarios que deberá integrar en su plan de trabajo a presentar diez días después de la adjudicación del contrato. La UG y ACP informarán formalmente y por escrito al consultor la aceptación del cronograma. Aspectos administrativos: se explicarán los procedimientos administrativos que se deben seguir para la ejecución del plan de pago por cumplimiento de tareas según los términos de referencia del contrato. Igualmente se definirán los procedimientos administrativos que El Consultor-a, debe realizar para el pago a tiempo a los beneficiarios de los incentivos por trabajo, entrega de insumos, herramientas y obras; y que los mismos se cumplan conforme a lo estipulado en estos términos de referencia. 2. Aspectos sociales y organizativos del proyecto: |
Beneficiarios-as: Los beneficiarios-as a ser seleccionados pueden ser: productores-as individuales, organizaciones de base comunitaria (OBC), cooperativas o Juntas Administradoras de Agua y su participación en el proyecto es completamente voluntaria. El Consultor-a, desarrollará las actividades de reforestación en las fincas que cuenten con derecho posesorio, título de propiedad o estén en proceso de obtención del mismo, y que no se encuentren en un área susceptible a derrumbes o inundaciones. Se seleccionarán áreas de entre una (1) a cinco (5) hectáreas. El Contratista deberá promover el establecimiento equitativo de las plantaciones por comunidad, conociendo que debe darse prioridad a áreas que requieran protección o ser restauradas, dando prioridad a áreas comunitarias. Para el caso de beneficiarios-as individuales podrá ser un máximo de 3 hectáreas, en caso de áreas comunales podrán ser hasta 5 hectáreas. La UG, la ACP y MiAMBIENTE entregarán un listado de las posibles áreas para reforestar, indicando los contactos de personas o grupos interesados/organizados que se han contactado previamente. El Consultor-a deberá considerar los sitios, organizaciones y personas incluidos en la lista y definir (de ser necesario puede buscar nuevas personas) a los interesados en desarrollar los proyectos de reforestación, hasta completar las hectáreas programadas en este contrato, previa aprobación de la UG. En todo momento, se promoverá la participación igualitaria de beneficiarios por comunidad. Los trabajos serán coordinados en estrecha colaboración entre la ACP, MiAMBIENTE y la UG. Se recomienda incentivar los trabajos en grupo (tipo juntas), siempre y cuando las mismas cumplan con los estándares de rendimiento requeridos por El Consultor-a. En caso de ser necesario, El Consultor-a ejecutará las actividades del proyecto con personal externo a las áreas de influencia del proyecto (que debe ser contratado por El Consultor-a), previa autorización de la UG. Previo a la ejecución de las actividades de establecimiento, el Consultor-a deberá gestionar la firma de acuerdos (con cada beneficiario), en donde se establezcan las responsabilidades y deberes de los beneficiarios, OBC, cooperativa o junta administradora del agua y el Proyecto, para lo cual la UG y ACP entregará un modelo. Se deberá incluir una copia digital de la cédula de identidad personal del beneficiario y/o representante o presidente. Cuando las actividades requieran la manipulación u operación de equipos especializados, será necesario que El Consultor-a ejecute dichas actividades, contratando personal que esté debidamente capacitado y con experiencia en dicha actividad. Mano de obra: En todo momento y durante el tiempo del proyecto se debe dar prioridad a los moradores del área, para que formen parte de los trabajos del proyecto. El Consultor-a debe tener un acuerdo laboral con cada uno de ellos y respetar el mismo. El Consultor-a debe pagar los días jornales considerando un monto máximo de quince balboas por jornal (B/15.00). Los acuerdos del pago por día jornal que realice El Consultor-a deberán presentarse en el informe de avance que se presenta a los treinta (30) días después de la orden de proceder. El consultor deberá detallar la cantidad estimada de jornales para la consultoría en el desglose de costos. Primera reunión con grupos comunitarios y posibles beneficiarios: la UG y la ACP, con la participación de MiAMBIENTE, presentarán formalmente El Consultor-a a los beneficiarios y explicarán las características del proyecto. Reunión de planificación de actividades: El Consultor-a se reunirá con los beneficiarios-as para planificar la reforestación, es decir las actividades detalladas en los términos de referencia (TDR). Todos los meses durante el establecimiento, El Consultor-a con la UG y la ACP, revisarán el avance de las actividades y los trabajos realizados en cada finca beneficiada. |
Responsabilidad en caso de accidente: El Consultor-a será responsable (traslado y pago) de las atenciones médicas por las lesiones y accidentes ocasionados a los trabajadores-as y/o productores-as beneficiarios-as que participen en la ejecución de las actividades propias, dentro de las parcelas de trabajo del presente proyecto. 3. Aspectos técnicos y de seguimiento: Presencia en las áreas de trabajo: Por el tamaño limitado del proyecto y considerando las diferentes fases, el consultor-a, deberá garantizar su presencia para la adecuada coordinación y ejecución de las actividades para cumplir con los productos solicitados y atender las necesidades de seguimiento, supervisión y asistencia técnica requerida, por lo que El Consultor-a: Planificará su tiempo de atención en campo considerando la etapa del proyecto. El Consultor deberá implementar un sistema de comunicación que le permita atender o responder las consultas e inquietudes de los beneficiarios del proyecto, cuando no haya estado planificada la estadía en el área. Los trabajos serán coordinados en estrecha colaboración con la ACP, MiAMBIENTE y UG. Xxxx enviar a la UG, un cronograma mensual de visitas y estadía (de acuerdo al cronograma original aprobado), cinco (5) días antes de iniciar el mes, durante el período de vigencia del proyecto, considerando las actividades de cada fase del proyecto. Debe asegurarse de que no habrá atrasos en los trabajos programados durante el desarrollo del proyecto; de lo contrario, podría ocasionar una discrepancia imputable al consultor y una posible penalización por parte de la UG. Reuniones y giras de seguimiento: Se realizarán reuniones periódicas de seguimiento por lo menos cada dos (2) meses con el representante de las oficinas regionales de MiAMBIENTE, el Consultor-a, la ACP y la UG, a fin de analizar el avance del contrato y efectuar los correctivos y ajustes correspondientes. Las reuniones y giras de seguimiento deben ser documentadas por El Consultor-a y entregadas por escrito y en formato digital a la ACP y UG una semana después de realizadas las mismas. La UG y el Consultor-a, establecerán giras periódicas de campo para analizar el estado y avances del proyecto y ventilar oportunamente las estrategias y acciones para el desarrollo del mismo. De ser necesario, el Consultor-a colaborará con la movilización de funcionarios de las instituciones participantes del proyecto: MiAMBIENTE y otras. Capacitaciones: El Consultor-a, a través de su experiencia o con el apoyo de facilitadores con experiencia en el tema (contratados por e El Consultor-a), desarrollará dos (2) capacitaciones teórico-prácticas, para orientar a los beneficiarios-as, moradores cercanos y a las comunidades participantes. Incluirán –sin limitarse a esto- los siguientes temas: 1. Primera capacitación (Mes 2 después de orden de proceder): o Medidas de seguridad en campo o Recolección de semillas, uso de regeneración o Producción de plantones en vivero (cuidados, abonamiento, otros) o Preparación de abono orgánico. o La restauración de áreas degradadas. o Técnicas de restauración y enriquecimiento. 2. Segunda capacitación (Mes 12 después de orden de proceder): o Identificación, prevención y control de plagas forestales. |
o Prevención y control de incendios Forestales. El Consultor-a deberá utilizar metodologías participativas, dinámicas de grupo, presentación de casos nacionales y ejemplos de la vida cotidiana de los participantes y del área de trabajo, para garantizar un mayor nivel de aprendizaje. La metodología propuesta para la transferencia de tecnología requiere necesariamente de una estrecha relación entre el componente técnico y social (niveles de escolaridad y patrones de cultura). El Consultor-a deberá presentar la propuesta metodológica para las capacitaciones, así como el facilitador de cada jornada de capacitación al menos veinte (20) días antes de la fecha prevista para su ejecución. Cada taller se deberá desarrollar en jornadas de seis (6) horas y debe contener dos (2) fases: o En la primera, en que se proporcionarán conocimientos teóricos básicos, utilizando como máximo el 20% del período de tiempo de la capacitación. o La segunda, una fase práctica de campo que abarcará el 80% del tiempo, para generar una mayor participación y garantizar niveles óptimos de aprendizaje y, por ende, permitir poner en práctica lo aprendido. o El Consultor-a, coordinará la fase práctica de campo en las fincas de los beneficiarios para realizar las acciones demostrativas y de sensibilización. El Consultor incorporará la participación de las autoridades e instituciones con responsabilidad en el área de trabajo. o En cada taller, El Consultor-a deberá incluir algún tema (20 minutos mínimo) relacionado a los valores como solidaridad, equidad e igualdad; socialización de género; corresponsabilidad comunitaria e interinstitucional y protección de los recursos hídricos, que forman parte de los objetivos de este proyecto El Consultor-a, deberá llevar un registro de asistencia y temas tratados, entregándolos a la UG y ACP, como constancia de las capacitaciones y también será entregado a la UG y ACP, en el informe de avance correspondiente. Supervisión, coordinación y logística: El Consultor-a seleccionado, deberá supervisar y coordinar los trabajos en campo, organizar el suministro de materiales, confección xx xxxxxxx o compra de plantones (en caso de ser necesario), insumos, fertilizantes y plaguicidas (biodegradables), semillas, herramientas, equipos y todos los insumos necesarios que garanticen la ejecución del proyecto. El consultor es responsable del transporte de los insumos, materiales, visitas de asistencia técnica, y cualquier necesidad de transporte inherente al desarrollo de las actividades del proyecto, para lo que requerirá transporte adecuado al área que cumpla con las regulaciones vigentes y los seguros aplicables (todo esto debe ser cubierto por El Consultor-a e incluido en sus gastos). El Consultor-a es la encargada de supervisar las labores que puedan ser requeridas para asegurar la salud de su personal al manejar los productos propios de la fertilización, control de malezas y control de enfermedades y plagas; así como el establecimiento y las condiciones saludables de las plantas (todo esto debe ser cubierto por El Consultor-a he incluido en sus gastos) y de todas las labores de la etapa xx xxxxxx si decide realizarlos en el área. Muestreo de suelo: Previo a la fase de siembra, El Consultor-a (no los productores) realizarán un muestreo de suelo que será cubierto por el El Consultor-a. El Consultor-a realizará un muestreo de suelo en cada zona beneficiada por el proyecto (Alto de La Mesa y Rio indio Nacimiento); en cada una de ellas tomará una muestra compuesta, basada en submuestras (no menos de 10) por muestra compuesta. El siguiente cuadro muestra los parámetros mínimos requeridos: | |||
Propiedades físicas | Propiedades Químicas |
Indicador | Indicador | ||
Color | Conductividad Eléctrica | ||
Textura del Suelo | Ph | ||
Estructura | Potasio | ||
Infiltración Básica | Fósforo | ||
Densidad Aparente | Calcio | ||
Humedad del suelo | Aluminio | ||
Magnesio | |||
Hierro | |||
Propiedades Biológicas | Zinc | ||
Respiración Microbiana | Materia Orgánica | ||
Lombrices | % Nitrógeno | ||
Acidez | |||
El Consultor-a utilizará los servicios de un laboratorio idóneo (que será costeado por el) para realizar los análisis físicos y químicos del suelo y las técnicas de muestreo deberán ser apropiadas a la vegetación objeto de evaluación (rastrojo, pastos, gramíneas) y referenciada a una metodología científica que valide la aplicación de la misma. Además, entregará a la UG y ACP, un informe con los resultados de los análisis, con la interpretación de los niveles de fertilidad y posibles problemas de acidez o basicidad. El muestreo de suelo se hará siguiendo las recomendaciones técnicas de métodos efectivos de muestreo de suelo, con el fin de que las muestras sean representativas de cada zona. Programa y cronograma beneficiario: El Consultor-a, con los beneficiarios-as (individual, comunitario, cooperativa o junta administradora del agua) participantes, analizarán y desarrollarán un programa de trabajo que incluirá producción de plantones necesarios, jornales para las actividades de limpieza inicial, siembra, mantenimiento, número adecuado de limpiezas anuales, herramientas, equipos e insumos necesarios. También, desarrollarán conjuntamente un cronograma, indicando los períodos de inicio y seguimiento de las actividades. El propósito es que los participantes conozcan las diversas actividades y los costos aproximados de las mismas. El cronograma detallado generado y acordado, será entregado y firmado de recibido por los participantes, y también será entregado a la UG y ACP, en el informe de avance correspondiente. El cronograma deberá presentar las actividades a ser desarrolladas en cada finca. Sobre cada actividad que realice El Consultor-a deberá con su firma certificar el cumplimiento. Área de plantación georreferenciada: El Consultor-a realizará con su equipo, la medición del predio de trabajo utilizando el sistema de posicionamiento global (GPS). Las coordenadas o puntos georreferenciados (X,Y) deberán tomarse en el sistema UTM y datum WGS-84. Estas mediciones deberán presentar a cabalidad la configuración del o los polígonos generados. El archivo de coordenadas deberá ser entregado a la UG y ACP, éste deberá presentarse en formato digital Excel. De igual forma deberá presentarse a la UG y ACP, el archivo en formato Shape (ArcGIS v.10) del polígono o polígonos levantados. El archivo shape de cada polígono en su tabla de contenido debe contar como mínimo con: el nombre del dueño-a de la finca, la comunidad y el área (en hectáreas). |
Área de plantación: El Consultor-a realizará una visita de inspección y reconocimiento del área de trabajo de la finca conjuntamente con el o los beneficiarios-as. El Consultor-a le entregará al o los beneficiarios-as una lista con las actividades que se realizarán durante el periodo de establecimiento de la plantación, la misma debe incluir el número de jornales para la limpieza inicial, jornales para la siembra, abonamiento, rodaja, y demás actividades que se contemplan en el proyecto. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DEL CONTRATO. El Consultor-a deberá pagar cada quincena y no debe atrasarse en los pagos en más de una quincena al personal contratado y /o los beneficiarios-as considerando los acuerdos generados con los participantes. El Consultor-a debe ser responsable de los pagos a terceros (productores de plantones, proveedores de insumos, proveedores de equipos, transportistas, entre otros), de acuerdo a los pactos verbales o escritos que con ellos hubieren acordado. El Consultor-a debe asegurarse de que no habrá atrasos en los pagos programados durante el desarrollo del proyecto, de lo contrario, se podría ocasionar una discrepancia imputable al Consultor-a y una posible penalización por parte de la UG y ACP. La forma de pago (cheque o efectivo) que el Consultor-a realiza a su personal, la realizará de acuerdo a lo estipulado en el contrato laboral pactado entre ambas partes. INSPECCIÓN La UG, conjuntamente con MiAMBIENTE y la ACP, realizarán visitas e inspecciones periódicas a las áreas de trabajo para la verificación de aspectos como capacitación, producción de plantones, limpieza inicial, marcación, plantación y visitas de seguimiento. Cualquier condición que sea considerada técnicamente no satisfactoria, deberá ser corregida por El Consultor-a, conjuntamente con los grupos participantes, en un plazo no mayor xx xxxx (10) días. La UG, verificará el cumplimiento de los aspectos e impactos ambientales significativos que en el desarrollo de la actividad de reforestación puedan surgir, como (pero sin limitarse a): generación de residuos como materia orgánica, papel, plásticos, vidrio, latas de aluminio y derrames accidentales de sustancias de productos (agroquímicos) al suelo o cuerpos de agua, la no utilización de equipo de seguridad adecuado y técnicas seguras. ACEPTACIÓN Periodo de siembra: Luego de concluido el periodo de establecimiento o siembra, la UG y la ACP realizarán una inspección final al trabajo para determinar la condición de la plantación. Las plantas deberán estar en condiciones silvícolas satisfactorias. En esta fase, El Consultor-a deberá entregar la plantación con el 95% de supervivencia de los plantones establecidos y en condiciones satisfactorias, sin clorosis, libre de plagas y enfermedades. Entregables: La UG y la ACP suministrarán a El Consultor-a, una ficha con las actividades que serán evaluadas durante el periodo de siembra y que El Consultor-a, deberá entregar al final de dicho periodo, en consideración de acuerdo a estos Términos de Referencia (TdR). También, la UG suministrará una ficha con las actividades que serán evaluadas durante el periodo de mantenimiento y que El Consultor-a, deberá entregar al finalizar el contrato. El Consultor-a, debe asegurarse de que no habrá atrasos en los trabajos programados durante el desarrollo del proyecto; de lo contrario, podría ocasionar una discrepancia imputable a El consultor-a y una posible penalización por parte de la UG y la ACP. |
Desastre natural: En caso de que ocurra un daño causado por una falla geológica, deslizamiento o desastre natural producto de inundaciones y sequías, se realizará una evaluación y análisis en conjunto entre El Consultor-a, la UG y la ACP, con el soporte de MiAMBIENTE, para determinar las causas y las mismas no se imputarán como falta de El Consultor-a, siempre y cuando El Consultor-a no haya seleccionado áreas conocidas previamente como inestables o vulnerables. DERECHOS DE LA UG Y LA ACP: La UG y la ACP tendrán la facultad y derechos de fiscalizar la gestión del Consultor-a en la ejecución y asistencia técnica de este contrato. ORDEN DE PROCEDER. El PNUD y la ACP, darán la orden de proceder al Consultor-a, para dar inicio, y no antes, a las actividades contempladas en estos términos de referencia (tdR) sobre todo en las actividades de establecimiento. Revisar las especificaciones y requerimientos técnicos y sociales listados en los Anexo 1, 2, 3 y 4, xxxxxxx x xxxx xxxxxxxxx. |
XXXXX 0: ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ANEXO 2: PROCEDIMIENTO PARA QUE EL CONTRATISTA RECIBA CONSULTAS, DENUNCIAS, QUEJAS O RECLAMOS. ANEXO 3: FORMATO DE REGISTRO DE LA CONSULTA, DENUNCIA, QUEJA O RECLAMO ANEXO 4: MAPA DEL ÁREA DE SITIOS DEL PROYECTO. |
ANEXO 1- A
ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
A. Reforestación y restauración (20 has)
1. Fases del proyecto
1.1. Establecimiento de la plantación. Esta fase incluye la producción (o compra) de plantones y el establecimiento de las hectáreas programadas. Actividades que se incluyen en los primeros siete (7) meses: dos limpiezas de la plantación, un plateo, una fertilización, análisis de suelo, control de plagas y enfermedades, cercado y otras labores.
1.2. Mantenimiento. El mantenimiento comprende cinco (5) meses: Dos (2) limpiezas de la plantación, dos (2) plateos, una (1) resiembra, una (1) rondas corta fuego, control de plagas y enfermedades, y otras labores.
2. Selección de sitio.
Además de lo especificado en el TdR, El Consultor-a, deberá coordinar con la UG la inspección y certificación por parte de MiAMBIENTE de los sitios a reforestar antes de iniciar las labores.
3. Plantas
3.1 Selección de especies: La selección de especies forestales para la reforestación y restauración debe tomar en cuenta los siguientes criterios:
Identificación de especies nativas del área.
Disponibilidad de semillas o plantones de esas especies.
Condiciones de sitio que aseguren una alta sobrevivencia y buen desarrollo de la especie.
Experiencia en el manejo y conocimiento de necesidades de la especie.
Anuencia de los grupos participantes.
Para lograr una verdadera mezcla de especies, se evitará la concentración de una misma especie (deben utilizarse un mínimo de cuatro (4) especies nativas de la zona) en el sitio de siembra o la siembra de una especie al lado de la misma.
El tamaño mínimo aceptable de los plantones, debe ajustarse a una altura sobre el nivel xxx xxxxx de la bolsa no menor de 20 centímetros y no mayor de 45 centímetros.
3.2 Vivero (en caso de establecerse en las comunidades): Para la producción de plantones se debe asegurar, primeramente, la participación a grupos comunitarios organizados cercanos al área del proyecto, con experiencia y/o interés en este tipo de trabajo, para la producción de toda o al menos una parte de los plantones requeridos. En caso que se requiera comprar plantones en otros sitios debido al poco tiempo para la producción en el área, se deberá informar oportunamente a la UG.
El Consultor-a, le dará seguimiento a la producción de los plantones para asegurar que sus condiciones sean buenas, los plantones con síntomas severos de clorosis y
con tamaños reducidos o superiores a los recomendados no serán aceptados. Los plantones que presenten el fenómeno de raíz de cuello de ganso (raíz pivotante doblada) o que su raíz sobresalga de la bolsa, no serán aceptados.
El Consultor-a, deberá entregar al coordinador de la unidad de gestión, en los informes de avance, copia de los acuerdos que realice con los grupos comunitarios para la producción de los plantones.
La producción de plantones estará en función de la cantidad de plantas para siembra, no se debe permitir la producción aislada de plantones, debido a que se pueden quedar sin siembra, lo que puede repercutir negativamente en el desarrollo del Proyecto.
La producción de los plantones será en bolsas, no en tubetes.
El Consultor-a, proporcionará los insumos necesarios para la confección de los viveros (con material desmontable o temporal) en áreas cercanas a los sitios a reforestar. Por otra parte, El Consultor-a, proporcionará los materiales necesarios para la producción de los plantones, tales como: semilla, y bolsas plásticas adecuadas para la producción de los plantones.
El vivero deberá estar en un área de preferencia plana y con fuente de agua disponible.
El Consultor-a debe garantizar la irrigación de los plantones en el vivero.
Microorganismos: El Consultor-a deberá asegurarse del uso de abono orgánico en la preparación del suelo para el vivero y una porción de xxxxxx xx xxxxxx natural, para el aporte de microorganismos.
Por otra parte, El Consultor-a, debe asegurar un almacenamiento en un 5 a 10% de plantones para ser utilizados para la resiembra.
3.3 Transporte y manipulación: Se deberá evitar el daño causado por el transporte de los plantones, cuando sean transferidos del área de producción xx xxxxxx al área de plantación. Los plantones deben manipularse cuidadosamente, para evitar la fragmentación o desmoronamiento del xxxxxx x xxxxx de tierra y el quiebre o daño de los mismos. Las plantas no deberán ser manipuladas, sujetadas o transportadas por el tronco o las ramas, el transporte de las plantas no debe realizarse desde largas distancias. Durante esta fase la se deberá realizar un control de calidad, eliminando las plantas que no cumplan con los requisitos y las condiciones silvícolas.
3.4 Condiciones Silvícolas: El Consultor-a, se asegurará de la producción o compra de los plantones a ser utilizados para la plantación y para la resiembra. Los plantones deben estar en condiciones saludables, libres de enfermedades y plagas que puedan provocar daños actuales o potenciales, deben presentar un buen balance.
4. Materiales
4.1 Abonos y fertilizantes: Los fertilizantes químicos se aplicarán en mezcla con materia orgánica. Estos deben ser llevados al sitio de plantación en su envase original cerrado, presentando la marca registrada, su fórmula química comercial, y su análisis garantizado. La mezcla de nutrientes de los fertilizantes (N,P,K) a utilizar deberá considerar los resultados de los análisis de suelos.
4.2 Plaguicidas: De preferencia se utilizará el control orgánico; sin embargo, de ser necesario el uso de plaguicidas para el control de plagas o enfermedades, se deberá utilizar la dosis prescrita por el fabricante, de acuerdo a la etiqueta del producto y previa aprobación para su uso por el coordinador de la UG, en coordinación con ACP, MiAMBIENTE y MIDA. No se permitirán los plaguicidas que estén prohibidos o restringidos por el MIDA, el MINSA y/o MiAMBIENTE. (Resuelto No. DAL-042-ADM-2011 de 14 septiembre de 2011 del MIDA, que aprueba los fundamentos, requisitos y principios mínimos para la aplicación de plaguicidas por vía terrestre (G.O Digital No. 26921-A de 29 noviembre, 2011); los Resueltos del MIDA Nos. 074-ADM de 1997, DAL-015-ADM de 2010, DAL-024-2011 de 2011, que contienen los plaguicidas prohibidos para uso en la agricultura de la República de Panamá; disposiciones de los plaguicidas restringidos para uso agrícola en la República de Panamá, establecidas en los siguientes Resueltos del MIDA: No. ALP-006-ADM de 1999, DAL-032-ADM -2006, de 2006, DAL-024-ADM- 2011 del 2011, DAL-043-ADM-2011 de 2011, DAL-041-ADM-2011 de 2011, DAL-044-ADM-2011 de 2011, y todas aquellas normas que sean aplicables).
Para la aplicación de plaguicidas, El Consultor-a, brindará capacitación previa y ejecutará los procedimientos aprobados por la UG, ACP y MiAMBIENTE de acuerdo a normas de seguridad y estándares aplicables. El Consultor-a, proporcionará el equipo de protección adecuado y supervisará estas labores. Evaluará y evitará los posibles aspectos e impactos ambientales que la operación pudiera generar, como el derrame accidental de productos al suelo o a cuerpos de agua, considerando las medidas de prevención y mitigación identificadas en su evaluación de riesgos.
4.3 Material Orgánico: Se requiere el uso controlado de material orgánico maduro (gallinaza, aserrín o cascarilla de café y otros), libre de malezas e impurezas y que no se encuentre en fase de descomposición o fermentación. El material orgánico que no cumpla, será rechazado y el la empresa consultora tendrá que disponerlo fuera del área de trabajo, en un lugar aprobado para tal fin. La empresa consultora deberá establecer, incentivar y capacitar al beneficiario en la elaboración y manejo de composta.
4.4 Herramientas: Antes de iniciar el periodo de establecimiento, la empresa consultora suministrará por hectárea las siguientes herramientas: una (1) coa, dos (2) machetes y seis (6) limas para las actividades de limpieza inicial, siembra y cercado.
Especificaciones:
Limas: Lima triangular regular de 6 pulgadas de largo.
Machetes: Machete de 28 pulgadas de largo, hoja pulida, con cacha de polipropileno inyectada, remachada y estriada.
Coas: Coa forjada de una sola pieza en acera de alto carbono, mínimo de 3 pulgadas de ancho en el filo y mínimo de 7 pulgadas de alto.
La copia del acta de entrega de herramientas firmada, se deberá enviar con el informe de avance correspondiente. Cada participante velará por su buen uso y conservación.
4.5 Control de insumos: El Consultor-a, debe verificar y supervisar la compra, distribución, almacenamiento y utilización de los fertilizantes y plaguicidas y la disposición de los envases, de acuerdo a las normas y estándares aplicables, indicados en los presentes términos de referencia y los que le serán proporcionadas por el coordinador de la UG.
5 Operación de Plantado (Establecimiento)
5.1 Limpieza inicial: Para la limpieza del área se eliminarán las malezas nocivas, principalmente, de encontrarse en el área de trabajo la paja blanca (Saccharumspontaneum) y la flemingia (Flemingiastrobilifera).
5.2 Densidad de plantación: El espaciamiento entre plantones será de 5 x 5 metros entre plantones, con el fin de reforestar y promover la restauración con especies pioneras o que se hayan regenerado de manera natural en el área.
5.3 Marcado: Para la ubicación y localización de cada plantón en la fase de trazado y marcado se debe colocar una estaca en el suelo antes de excavar cualquier hueco, de tal forma que las distancias queden uniformemente delineadas en el terreno y se logre la mejor distribución de los plantones. Dependiendo de la pendiente, la marcación se puede realizar de dos formas:
Tres bolillos
Cuadrado.
En el caso de las franjas se deberán trazar de manera perpendicular a la pendiente.
5.4 Rodajea: Se debe realizar una rodajea de un (1) metro de diámetro en los lugares estaquillados para el establecimiento de los plantones, colocando luego de sembrado el plantón, el residuo orgánico producto de la rodaja, en la pata xxx xxxxxxx.
5.5 Hoyado: La excavación (hoyo) para la plantación debe realizarse de acuerdo al sistema de producción de plantones en bolsas. La excavación (hoyo) debe realizarse de 25 centímetros de ancho por un 30 centímetros de profundidad o en su defecto el ancho de la pala coa, debe realizarse la excavación (hoyo) al lado derecho de la estaca tomando como referencia el norte en el mismo sentido, para garantizar que se mantengan las distancias establecidas en el trazado y marcado de plantación.
5.6 Siembra o plantación: Al momento de la plantación se debe mezclar con materia orgánica (aproximadamente 25%) el sustrato extraído xxx xxxx y comenzar a llenarlo. Cuando se pueda introducir el plantón quedando la parte superior xxx xxxxx a ras del suelo se debe colocar la planta y llenar los espacios laterales con el sustrato, procurando que no queden bolsas de aire y que el sustrato quede bien compacto. El plantón no debe permanecer hundido o bajo el nivel del suelo, sino al mismo nivel ya que podría ocurrir encharcamiento y posterior pudrición de la planta. Debe retirarse la bolsa con mucho cuidado para evitar que el pilón del sustrato se deshaga; así mismo, si vienen en otro tipo de envases. Antes de sembrar es importante verificar que al momento de plantar los hoyos no estén saturados de agua.
Durante esta fase El Consultor-a, deberá realizar un segundo control de calidad, eliminando las plantas que no cumplan con los requisitos y las condiciones silvícolas.
5.7 Fertilización: Se recomienda:
Al momento de la siembra se debe realizar una fertilización con abono recomendado y superfosfato mezclado con materia orgánica (aproximadamente dos (2) onzas de cada uno).
A los dos (2) meses una fertilización selectiva, es decir, a las plantas con menor vigor y crecimiento. Se debe aplicar abono recomendado más sulfato de amonio (aproximadamente dos (2) onzas de cada uno).
La aplicación de la mezcla se realizará distribuyéndola en dos (2) hoyos a ambos lados xxx xxxxxxx y cubiertas por una capa de tierra. Se debe tomar en cuenta la pendiente y el límite del sistema radicular xxx xxxxxxx.
5.8 Encalamiento: En el caso de ser necesario por la acidez de los suelos, se aplicará cal agrícola (una (1) libra por plantón), treinta (30) días antes de la siembra, y aumentar la cantidad de materia orgánica por hoyo.
NOTA: Durante este periodo El Consultor-a, deberá realizar las limpiezas necesarias de las parcelas establecidas para su entrega en condiciones satisfactorias finalizado el primer año.
6. Mantenimiento.
Se realizará luego de establecer la plantación, durante los próximos 5 meses.
El Consultor-a, debe supervisar los trabajos en campo, organizar y proveer el suministro de materiales, fertilizantes y plaguicidas (biodegradables), herramientas, equipos y todos los insumos necesarios que garanticen la ejecución del proyecto.
Es responsabilidad de El Consultor-a, a través del personal capacitado realizar las aplicaciones orgánicas o químicas para el control de plagas (principalmente arrieras y comején) y enfermedades que pudieran presentarse durante el mantenimiento de la plantación.
El Consultor-a, es la encargada de supervisar las labores necesarias para asegurar la salud de su personal al manejar los productos agroquímicos que sean requeridos durante el mantenimiento de la plantación.
6.1 Cercado: El Consultor-a, será responsable de reforzar o cercar cada parcela para proteger la plantación, y para ello confeccionará y/o reforzará una cerca con tres (3) cuerdas de alambre de púas. El alambre de púas debe tener las siguientes especificaciones: de dos (2) hilos calibre 15 (o calibre más grueso), púas de 4 puntas, cada 3.5 a 5 pulgadas, calibre 15 (o calibre más grueso), acero de alta resistencia, con triple galvanizado. Los estacones deberán establecerse a cada 10 metros y las estacas vivas cada 1.5 m.
6.2 Resiembra: Reposición de todos aquellos plantones perdidos luego de establecida la plantación. Las pérdidas ocurridas en el verano son resembradas en la época lluviosa del siguiente año.
6.3 Ronda corta fuego: El Consultor-a, como parte de la protección contra incendios realizará al iniciar el verano una ronda corta fuego, la cual consiste en realizar una limpieza de 4 metro de ancho a lo largo de todo el perímetro de la plantación, donde se debe limpiar dejando el suelo totalmente descubierto (raspado).
6.4 Número de limpiezas: Durante este periodo El Consultor-a, deberá realizar las limpiezas necesarias de las parcelas establecidas para garantizar su entrega en condiciones satisfactorias.
Durante estos mantenimientos se debe realizar el despeje, o eliminación de hierbas o enredaderas alrededor de los plantones y debe llevarse de manera rutinaria.
6.5 Plateos: El Consultor-a, deberá colocar los residuos orgánicos alrededor de la planta, como una forma de mejorar las condiciones micro climáticas.
6.6 Fertilización: Al iniciar la temporada lluviosa y después del plateo, se realizará una evaluación de visual del desarrollo de los plantones para realizar una fertilización selectiva.
6.7 Control de plagas: Durante los primeros años de la plantación se deberá evitar el ataque de plagas a los plantones. Normalmente no hay ataques o daños en estas especies. No obstante, en caso se requieran, se harán las aplicaciones de fitosanitarios permitidos por el Standard FSC (Forest Stewardship Council), certificado reconocido a nivel mundial para el manejo sostenible de los xxxxxxx.
XXXXX 0-X
Procedimiento para que el Contratista reciba consultas, denuncias, quejas o reclamos
El Contratista deberá seguir estos pasos cuando reciba una consulta, denuncia, queja o reclamo por parte de los moradores del área donde ejecuten trabajos:
1. Recibir solamente, las consultas, denuncias, quejas o reclamos por parte de los moradores u otra persona, donde se ejecuten trabajos y que se consideren afectados por las actividades que se realizan en el área.
2. Registrar, las consultas, denuncias, quejas o reclamos, que reciba, las cuales podrán ser presentadas en forma verbal o escrita.
3. El Contratista deberá indicar a la persona que presenta la queja, reclamo, que oportunamente se le estará brindando respuesta a través oficina de Relaciones Comunitarias.
4. El Contratista deberá documentar la queja, reclamo, entre otros, con los siguientes datos de la persona que presenta la solicitud:
o Fecha y hora en que recibe la solicitud
o Nombre completo
o N° de cédula de identidad
o Dirección completa (comunidad, sector, casa número)
o Teléfono o forma de contactarlo
o Realizar una breve descripción de la solicitud presentada
5. El Contratista deberá llenar el formato de registro de la consulta, queja o reclamo. (Ver formato adjunto).
ANEXO 1-C
FORMATO DE REGISTRO DE LA CONSULTA, DENUNCIA, QUEJA O RECLAMO
Fecha: | |
Hora de recepción: | |
Nombre del trabajador que registra la queja/reclamo/denuncia | Cargo: |
Datos de la persona que presenta la queja/reclamo/solicitud | |
Comunidad | |
Nombre | |
N° de cédula de identidad | |
Dirección completa | |
N° de teléfono Celular Correo electrónico Fax | |
DATOS DE LA CONSULTA, DENUNCIA, QUEJA O RECLAMO | |
Breve descripción de la consulta, denuncia, queja o reclamo |
Anexo 1-D
Mapa del área
ANEXO 2
CARTA DEL OFERENTE AL PNUD CONFIRMANDO INTERÉS Y DISPONIBILIDAD
PARA LA ASIGNACIÓN DE CONTRATISTA INDIVIDUAL (CI)
Fecha
Señores
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Centro Regional para América Latina y el Caribe
Estimados Señores:
Por la presente declaro que:
He leído, entendido y acepto los términos de referencia que describen las funciones y responsabilidades de 9411 PAN 2017 - Consultoría para la reforestación y restauración en la parte alta de la Cuenca de Río Indio.
a) También he leído, entendido y acepto las Condiciones Generales del PNUD para la contratación de servicios de contratistas individuales;
b) Por la presente propongo mis servicios y confirmo mi interés en realizar la asignación a través de la presentación de mi CV o Formulario de Antecedentes Personales (P11), que he firmado debidamente y que adjunto como Anexo 1
c) Propongo realizar los servicios basado en la siguiente tarifa:
Una suma global fija de [[indique el monto en palabras y números, indicando la moneda. FAVOR NOTAR QUE EL MONTO GLOBAL DEBE COINCIDIR CON EL DESGLOSE DE COSTOS SOLICITADO MÁS ABAJO EN ESTE FORMULARIO], pagadera en la forma
descrita en los Términos de Referencia.
d) Para efectos de la evaluación, se adjunta como Anexo 2 el desglose del monto de la suma global fija mencionada anteriormente;
e) Reconozco que el pago de las cantidades antes mencionadas se realizará con base a la entrega de mis productos dentro del plazo especificado en los Términos de Referencia, los cuales estarán sujetos a la revisión del PNUD, la aceptación de los mismos, así como de conformidad con los procedimientos para la certificación de los pagos;
f) Esta oferta será válida por un período total de límite de presentación;
(mínimo 90 días) después de la fecha
g) Confirmo que no tengo parentesco en primer grado (madre, padre, hijo, hija, cónyuge/ pareja, hermano o hermana) con nadie actualmente contratado o empleado por alguna oficina o agencia de la ONU [revele el nombre del familiar, la Oficina de Naciones Unidas que contrata o emplea al pariente, así como el parentesco, si tal relación existiese];
h) Si fuese seleccionado para la asignación, procederé a; [por favor marque la casilla apropiada]:
Firmar un Contrato Individual con PNUD;
Solicitar a mi empleador [indicar nombre de la compañía/organización/institución] que
firme con el PNUD, por mí y en nombre mío, un Acuerdo xx Xxxxxxxx Reembolsable (RLA por sus siglas en inglés). La persona de contacto y los detalles de mi empleador para este propósito son los siguientes:
Confirmo que [marcar todas las que apliquen]:
Al momento de esta aplicación, no tengo ningún Contrato Individual vigente, o cualquier otra forma de compromiso con cualquier Unidad de Negocio del PNUD;
Actualmente estoy comprometido con el PNUD y/u otras entidades por el siguiente
trabajo:
Asignación | Tipo de Contrato | Unidad de Negocio del PNUD / Nombre de Institución / Compañía | Duración del Contrato | Monto del Contrato |
De igual manera, estoy esperando resultado de la convocatoria del/los siguiente(s) trabajo(s) para PNUD y/u otras entidades para las cuales he presentado una propuesta:
Asignación | Tipo de Contrato | Nombre de Institución / Compañía | Duración del Contrato | Monto del Contrato |
i) Comprendo perfectamente y reconozco que el PNUD no está obligado a aceptar esta propuesta; también comprendo y acepto que deberé asumir todos los costos asociados con su preparación y presentación, y que el PNUD en ningún caso será responsable por dichos costos, independientemente del efecto del proceso de selección.
j) Si usted es un ex-funcionario de las Naciones Unidas que se ha separado recientemente de la Organización, por favor agregue esta sección a su carta: Confirmo que he cumplido con la interrupción mínima de servicio requerida antes que pueda ser elegible para un Contrato Individual de tres (3) meses.
k) Asimismo, comprendo perfectamente que, de ser incorporado como Contratista Individual, no tengo ninguna expectativa ni derechos en lo absoluto a ser reinstalado o recontratado como un funcionario de las Naciones Unidas.
Nombre completo y Firma: Fecha:
Anexos [favor marcar todos los que apliquen]:
Formulario P11 firmado
Desglose de los costos que respaldan el desglose de los costos por producto de acuerdo al formulario correspondiente.
Breve Descripción del Enfoque de Trabajo (De ser requerido en los Términos de Referencia)
Nota Importante: Favor enviar este documento debidamente firmado.
| |||
B. Desglose de costos por Entregables:
Productos | Porcentaje | Monto en USD |
1 Y 2 | USD. | |
3 | USD. | |
4 | USD | |
5 | USD | |
6 | USD | |
TOTAL | 100% | USD |
*Bases para los tramos de pago
UNITED NATIONS DEVELOPMENT PROGRAMME
Contract for the services of an Individual Contractor
Annex 3
No
This Contract is entered into on [insert date] between the United Nations Development Programme (hereinafter referred to as “UNDP”) and (hereinafter referred to as “the Individual Contractor”) whose address is
.
WHEREAS UNDP desires to engage the services of the Individual Contractor on the terms and conditions hereinafter set forth, and:
WHEREAS the Individual Contractor is ready and willing to accept this Contract with UNDP on the said terms and conditions,
NOW, THEREFORE, the Parties hereby agree as follows:
1. Nature of services
The Individual Contractor shall perform the services as described in the Terms of References which form an integral part of this Contract and are attached hereto as Annex I in the following Duty Station(s): .
2. Duration
This Individual Contract shall commence on [insert date], and shall expire upon satisfactory completion of the services described in the Terms of Reference mentioned above, but not later than [insert date], unless sooner terminated in accordance with the terms of this Contract. This Contract is subject to the General Conditions of Contract for Individual contractors which are available on UNDP website at xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx and are attached hereto as Annex II.
3. Consideration
As full consideration for the services performed by the Individual Contractor under the terms of this Contract, including, unless otherwise specified, his/her travel to and from the Duty Station(s), any other travel required in the fulfillment of the Terms of Reference in Annex I, and living expenses in the Duty Station(s), UNDP shall pay the Individual Contractor a total of [currency] in
accordance with the table set forth below1. Payments shall be made following certification by UNDP that the services related to each Deliverable, as described below, have been satisfactorily performed and the Deliverables have been achieved by or before the due dates specified below, if any.
DELIVERABLE | DUE DATE | AMOUNT IN [CURRENCY] |
If unforeseen travel outside the Duty Station not required by the Terms of Reference is requested by
UNDP, and upon prior written agreement, such travel shall be at UNDP’s expense and the Individual
1 For payments which are not output-based lump sum, indicate the maximum number of working days/hours/units, any out of pocket expense (travel, per diem…) and the corresponding fee/cost in the Deliverable (s) table.
Contractor shall receive a per diem not to exceed United Nations daily subsistence allowance rate in such other location(s).
Where two currencies are involved, the rate of exchange shall be the official rate applied by the United Nations on the day the UNDP instructs its bank to effect the payment(s).
4. Rights and Obligations of the Individual contractor
The rights and obligations of the Individual Contractor are strictly limited to the terms and conditions of this Contract, including its Annexes. Accordingly, the Individual Contractor shall not be entitled to any benefit, payment, subsidy, compensation or entitlement, except as expressly provided in this Contract. The Individual Contractor shall be solely liable for claims by third parties arising from the Individual Contractor’s own acts or omissions in the course of performing this Contract, and under no circumstances shall UNDP be held liable for such claims by third parties.
5. Beneficiary
The Individual Contractor selects as beneficiary of any amounts owed under this Contract in the event of death of the Individual Contractor while performing services hereunder. This includes the payment of any service-incurred liability insurance attributable to the performance of the services for UNDP.
Mailing address, email address and phone number of beneficiary:
Mailing address, email address and phone number of emergency contact (if different from beneficiary):
IN WITNESS WHEREOF, the Parties hereto have executed this Contract.
By signing below, I, the Individual Contractor, acknowledge and agree that I have read and accept the terms of this Contract, including the General Conditions of Contracts for Individual contractors available on UNDP website at xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx and attached hereto in Annex II which form an integral part of this Contract, and that I have read and understood, and agree to abide by the standards of conduct set forth in the Secretary-General’s bulletins ST/SGB/2003/13 of 9 October 2003, entitled “Special Measures for Protection from Sexual Exploitation and Sexual Abuse” and ST/SGB/2002/9 of 18 June 2002, entitled “Regulations Governing the Status, Basic Rights and Duties of Officials other than Secretariat Officials, and Experts on Mission”.
□ The Individual Contractor has submitted a Statement of Good Health and confirmation of immunization.
AUTHORIZING OFFICER: INDIVIDUAL CONTRACTOR:
United Nations Development Programme
Name; Name;
Signature; Signature;
Date; Date;
UNITED NATIONS DEVELOPMENT PROGRAMME GENERAL CONDITIONS OF CONTRACTS FOR THE SERVICES OF INDIVIDUAL CONTRACTORS
1. LEGAL STATUS
The Individual contractor shall have the legal status of an independent contractor vis-à-vis the United Nations Development Programme (UNDP), and shall not be regarded, for any purposes, as being either a “staff member” of UNDP, under the UN’ Staff Regulations and Rules, or an “official” of UNDP, for purposes of the Convention on the Privileges and Immunities of the United Nations, adopted by the General Assembly of the United Nations on 13 February 194ó. Accordingly, nothing within or relating to the Individual Contract shall establish the relationship of employer and employee, or of principal and agent, between UNDP and the Individual contractor. The officials, representatives, employees or subcontractors of UNDP and of the Individual contractor, if any, shall not be considered in any respect as being the employees or agents of the other, and UNDP and the Individual contractor shall be solely responsible for all claims arising out of or relating to its engagement of such persons or entities.
2. STANDARDS OF CONDUCT
In General: The Individual contractor shall neither seek nor accept instructions from any authority external to UNDP in connection with the performance of its obligations under the Individual Contract. Should any authority external to UNDP seek to impose any instructions on the Individual Contract regarding the Individual contractor’s performance under the Individual Contract, the Individual contractor shall promptly notify UNDP and shall provide all reasonable assistance required by UNDP. The Individual contractor shall not take any action in respect of its performance of the Individual Contract or otherwise related to its obligations under the Individual Contract that may adversely affect the interests of UNDP, and the Individual contractor shall perform its obligations under the Individual Contract with the fullest regard to the interests of UNDP. The Individual contractor warrants that it has not and shall not offer any direct or indirect benefit arising from or related to the performance of the Individual Contract or the award thereof to any representative, official, employee or other agent of UNDP. The Individual contractor shall comply with all laws, ordinances, rules and regulations bearing upon the performance of its obligations under the Individual Contract. In the performance of the Individual Contract the Individual contractor shall comply with the standards of conduct set in the Secretary General’s Bulletin ST/SGB/2002/9 of 18 June 2002, entitled “Regulations Governing the Status, Basic Rights and Duties of Officials other than Secretariat Officials, and Expert on Mission”. The individual contractor must comply with all Security Directives issued by UNDP. Failure to comply with such security directives is grounds for termination of the Individual contractor for cause. Prohibition of Sexual Exploitation and Abuse: In the performance of the Individual Contract, the Individual contractor shall comply with the standards of conduct set forth in the Secretary-General’s bulletin ST/SGB/2003/13 of 9 October 2003, concerning “Special measures for protection from sexual exploitation and sexual abuse”. In particular, the Individual contractor shall not engage in any conduct that would constitute sexual exploitation or sexual abuse, as defined in that bulletin. The Individual contractor acknowledges and agrees that any breach of any of the provisions hereof shall constitute a breach of an essential term of the Individual Contract, and, in addition to any other legal rights or remedies available to any person, shall give rise to grounds for termination of the Individual Contract. In addition, nothing herein shall limit the right of UNDP to
refer any alleged breach of the foregoing standards of conduct to the relevant national authorities for appropriate legal action.
3. TITLE RIGHTS, COPYRIGHTS, PATENTS AND OTHER PROPRIETARY RIGHTS
Title to any equipment and supplies that may be furnished by UNDP to the Individual contractor for the performance of any obligations under the Individual Contract shall rest with UNDP, and any such equipment shall be returned to UNDP at the conclusion of the Individual Contract or when no longer needed by the Individual contractor. Such equipment, when returned to UNDP, shall be in the same condition as when delivered to the Individual contractor, subject to normal wear and tear, and the Individual contractor shall be liable to compensate UNDP for any damage or degradation of the equipment that is beyond normal wear and tear. UNDP shall be entitled to all intellectual property and other proprietary rights, including, but not limited to, patents, copyrights and trademarks, with regard to products, processes, inventions, ideas, know-how or documents and other materials which the Individual contractor has developed for UNDP under the Individual Contract and which bear a direct relation to or are produced or prepared or collected in consequence of, or during the course of, the performance of the Individual Contract, and the Individual contractor acknowledges and agrees that such products, documents and other materials constitute works made for hire for UNDP. However, to the extent that any such intellectual property or other proprietary rights consist of any intellectual property or other proprietary rights of the Individual contractor: (a) that pre-existed the performance by the Individual contractor of its obligations under the Individual Contract, or (b) that the Individual contractor may develop or acquire, or may have developed or acquired, independently of the performance of its obligations under the Individual Contract, UNDP does not and shall not claim any ownership interest thereto, and the Individual contractor grants to UNDP a perpetual licence to use such intellectual property or other proprietary right solely for the purposes of and in accordance with the requirements of the Contract. At the request of UNDP, the Individual contractor shall take all necessary steps, execute all necessary documents and generally assist in securing such proprietary rights and transferring or licensing them to UNDP in compliance with the requirements of the applicable law and of the Individual Contract. Subject to the foregoing provisions, all maps, drawings, photographs, mosaics, plans, reports, estimates, recommendations, documents and all other data compiled by or received by the Individual contractor under the Individual Contract shall be the property of UNDP, shall be made available for use or inspection by UNDP at reasonable times and in reasonable places, shall be treated as confidential and shall be delivered only to UNDP authorized officials on completion of work under the Individual Contract.
4. CONFIDENTIAL NATURE OF DOCUMENTS AND INFORMATION
Information and data that are considered proprietary by either UNDP or the Individual contractor or that are delivered or disclosed by one of them (“Discloser”) to the other (“Recipient”) during the course of performance of the Individual Contract, and that are designated as confidential (“Information”), shall be held in confidence and shall be handled as follows. The Recipient of such Information shall use the same care and discretion to avoid disclosure, publication or dissemination of the Discloser’s Information as it uses with its own similar information that it does not wish to disclose, publish or disseminate, and the Recipient may otherwise use the Discloser’s Information solely for the purpose for which it was disclosed. The Recipient may disclose confidential Information to any other party with the Discloser’s prior written consent, as well as to the Recipient’s employees, officials, representatives and agents who have a need to know such confidential Information solely for purposes of performing obligations under the Individual Contract. Subject to and without any waiver of the privileges and immunities of UNDP, the
Individual contractor may disclose Information to the extent required by law, provided that the Individual contractor will give UNDP sufficient prior notice of a request for the disclosure of Information in order to allow UNDP to have a reasonable opportunity to take protective measures or such other action as may be appropriate before any such disclosure is made. UNDP may disclose Information to the extent as required pursuant to the Charter of the United Nations, resolutions or regulations of the General Assembly or its other governing bodies, or rules promulgated by the Secretary-General. The Recipient shall not be recluded from disclosing Information that is obtained by the Recipient from a third party without restriction, is disclosed by the Discloser to a third party without any obligation of confidentiality, is previously known by the Recipient, or at any time is developed by the Recipient completely independently of any disclosures hereunder. These obligations and restrictions of confidentiality shall be effective during the term of the Individual Contract, including any extension thereof, and, unless otherwise provided in the Individual Contract, shall remain effective following any termination of the Individual Contract.
5. TRAVEL, MEDICAL CLEARANCE AND SERVICE-INCURRED DEATH, INJURY OR ILLNESS
If the Individual contractor is required by UNDP to travel beyond commuting distance from the Individual contractor’s usual place of residence, a n d upon prior written agreement, such travel shall be at the expense of UNDP. Such travel shall be at economy car e when by air. UNDP may require the Individual contractor to submit a Statement of Good Health from a recognized physician prior to commencement of work in any offices or premises of UNDP or before engaging in any travel required by UNDP or connected with the performance of the Individual Contract. The Individual contractor shall provide such a Statement of Good Health as soon as practicable following such request, and prior to engaging in any such travel, and the Individual contractor warrants the accuracy of any such Statement, including, but not limited to, confirmation that the Individual contractor has been fully informed regarding the requirements for inoculations for the country or countries to which travel may be authorized. In the event of the death, injury or illness of the Individual contractor which is attributable to the performance of services on behalf of UNDP under the terms of the Individual Contract while the Individual contractor is traveling at UNDP expense or is performing any services under the Individual Contract in any offices or premises of UNDP, the Individual contractor or the Individual contractor’s dependants, as appropriate, shall be entitled to compensation equivalent to that provided under the UNDP insurance policy, available upon request.
ó. PROHIBITION ON ASSIGNMENT; MODIFICATIONS
The Individual contractor may not assign, delegate, transfer, pledge or make any other disposition of the Individual Contract, of any part thereof, or of any of the rights, claims or obligations under the Individual Contract except with the prior written authorization of UNDP, and any attempt to do so shall be null and void. The terms or conditions of any supplemental undertakings, licenses or other forms of Individual Contract concerning any goods or services to be provided under the Individual Contract shall not be valid and enforceable against UNDP nor in any way shall constitute an Individual Contract by UNDP thereto, unless any such undertakings, licenses or other forms of Individual Contract are the subject of a valid written undertaking by UNDP. No modification or change in the Individual Contract shall be valid and enforceable against UNDP unless provided by means of a valid written amendment to the Individual Contract signed by the Individual contractor and an authorized official or appropriate contracting authority of UNDP.
7. SUBCONTRACTORS
In the event that the Individual contractor requires the services of subcontractors to perform any obligations under the Individual Contract, the Individual contractor shall obtain the prior written approval of UNDP for any such subcontractors. UNDP may, in its sole discretion, reject any proposed sub contractor or require such subcontractor’s removal without having to give any justification therefore, and such rejection shall not entitle the Individual contractor to claim any delays in the performance, or to assert any excuses for the non-performance, of any of its obligations under the Individual Contract. The Individual contractor shall be solely responsible for all services and obligations performed by its subcontractors. The terms of any subcontract shall be subject to, and shall be construed in a manner that is fully in accordance with, all of the terms and conditions of the Individual Contract.
8. USE OF NAME, EMBLEM OR OFFICIAL SEAL OF THE UNITED NATIONS
The Individual contractor shall not advertise or otherwise make public for purposes of commercial advantage or goodwill that it has a contractual relationship with UNDP, nor shall the Individual contractor, in any manner whatsoever, use the name, emblem or official seal of UNDP, or any abbreviation of the name of UNDP, in connection with its business or otherwise without the written permission of UNDP.
9. INDEMNIFICATION
The Individual contractor shall indemnify, defend, and hold and save harmless UNDP, and its officials, agents and employees, from and against all suits, proceedings, claims, demands, losses and liability of any kind or nature, including, but not limited to, all litigation costs and expenses, attorney’s fees, settlement payments and damages, based on, arising from, or relating to: (a) allegations or claims that the use by UNDP of any patented device, any copyrighted material or any other goods or services provided to UNDP for its use under the terms of the Individual Contract, in whole or in part, separately or in combination, constitutes an infringement of any patent, copyright, trademark or other intellectual property right of any third party; or (b) any acts or omissions of the Individual contractor , or of any subcontractor or anyone directly or indirectly employed by them in the performance of the Individual Contract, which give rise to legal liability to anyone not a party to the Individual Contract, including, without limitation, claims and liability in the nature of a claim for workers’ compensation.
10. INSURANCE
The Individual contractor shall pay UNDP promptly for all loss, destruction or damage to the property of UNDP caused by the Individual contractor, or of any subcontractor, or anyone directly or indirectly employed by them in the performance of the Individual Contract. The Individual contractor shall be solely responsible for taking out and for maintaining adequate insurance required to meet any of its obligations under the Individual Contract, as well as for arranging, at the Individual contractor’s sole expense, such life, health and other forms of insurance as the Individual contractor may consider to be appropriate to cover the period during which the Individual contractor provides services under the Individual Contract. The Individual contractor acknowledges and agrees that none of the insurance arrangements the Individual contractor may make shall, in any way, be construed to limit the Individual contractor’s liability arising under or relating to the Individual Contract.
11. ENCUMBRANCES AND LIENS
The Individual contractor shall not cause or permit any lien, attachment or other encumbrance by any person to be placed on file or to remain on file in any public office or on file with UNDP
against any monies due to the Individual contractor or to become due for any work donor or against any goods supplied or materials furnished under the Individual Contract, or by reason of any other claim or demand against the Individual contractor.
12. FORCE MAJEURE; OTHER CHANGES IN CONDITIONS
In the event of and as soon as possible after the occurrence of any cause constituting force majeure, the Individual contractor shall give notice and full particulars in writing to UNDP of such occurrence or cause if the Individual contractor is thereby rendered unable, wholly or in part, to perform its obligations and meet its responsibilities under the Individual Contract. The Individual contractor shall also notify UNDP of any other changes in conditions or the occurrence of any event, which interferes or threatens to interfere with its performance of the Individual Contract. Not more than fifteen (15) days following the provision of such notice of force majeure or other changes in conditions or occurrence, the Individual contractor shall also submit a statement to UNDP of estimated expenditures that will likely be incurred for the duration of the change in conditions or the event. On receipt of the notice or notices required hereunder, UNDP shall take such action as it considers, in its sole discretion, to be appropriate or necessary in the circumstances, including the granting to the Individual contractor of a reasonable extension of time in which to perform any obligations under the Individual Contract. If the Individual contractor is rendered permanently unable, wholly or in part, by reason of force majeure to perform its obligations and meet its responsibilities under the Individual Contract, UNDP shall have the right to suspend or terminate the Individual Contract on the same terms and conditions as are provided for below, under “Termination”, except that the period of notice shall be five (5) days instead of any other period of notice. In any case, UNDP shall be entitled to consider the Individual contractor permanently unable to perform its obligations under the Individual Contract in the case of the Individual contractor’s suffering any period of suspension in excess of thirty (30) days. Force majeure as used herein means any unforeseeable and irresistible act of nature, any act of war (whether declared or not), invasion, revolution, insurrection, or any other acts of a similar nature or force, provided that such acts arise from causes beyond the control and without the fault or negligence of the Individual contractor. The Individual contractor acknowledges and agrees that, with respect to any obligations under the Individual Contract that the Individual contractor must perform in or for any areas in which UNDP is engaged in, preparing to engage in, or disengaging from any peacekeeping, humanitarian or similar operations, any delay or failure to perform such obligations arising from or relating to harsh conditions within such areas or to any incidents of civil unrest occurring in such areas shall not, in and of itself, constitute force majeure under the Individual Contract.
13. TERMINATION
Either party may terminate the Individual Contract, in whole or in part, upon giving written notice to the other party. The period of notice shall be five (5) days in the case of Individual Contracts for a total period of less than two (2) months and fourteen (14) days in the case of contracts for a longer period. The initiation of conciliation or arbitral proceedings, as provided below, shall not be deemed to be a “cause” for or otherwise to be in itself a termination of the Individual Contract. UNDP may, without prejudice to any other right or remedy available to it, terminate the Individual Contract forthwith in the event that: (a) the Individual contractor is adjudged bankrupt, or is Article II, section 7, of the Convention on the Privileges and Immunities of the United Nations provides, inter alia, that the United Nations, including its subsidiary organs, is exempt from all direct taxes, except charges for public utility services, and is exempt from customs restrictions, duties and charges of a similar nature in respect of articles imported or exported for its official use. In the event any governmental authority refuses to recognize the exemptions of the
United Nations from such taxes, restrictions, duties or charges, the Individual contractor shall immediately consult with UNDP to determine a mutually acceptable procedure. UNDP shall have no liability for taxes, duties or other similar charges payable by the Individual contractor in respect of any amounts paid to the Individual contractor under this Individual Contract, and the Individual contractor acknowledges that UNDP will not issue any statements of earnings to the Individual contractor in respect of any such payments. liquidated, or becomes insolvent, applies for moratorium or stay on any payment or repayment obligations, or applies to be declared insolvent;
(b) the Individual contractor is granted a moratorium or a stay or is declared insolvent; the Individual contractor makes an assignment for the benefit of one or more of its creditors; (c) a Receiver is appointed on account of the insolvency of the Individual contractor; (d) the Individual contractor offers a settlement in lieu of bankruptcy or receivership; or (e) UNDP reasonably determines that the Individual contractor has become subject to a materially adverse change in its financial condition that threatens to endanger or otherwise substantially affect the ability of the Individual contractor to perform any of its obligations under the Individual Contract. In the event of any termination of the Individual Contract, upon receipt of notice of termination by UNDP, the Individual contractor shall, except as may be directed by UNDP in the notice of termination or otherwise in writing: (a) take immediate steps to bring the performance of any obligations under the Individual Contract to a close in a prompt and orderly manner, and in doing so, reduce expenses to a minimum; (b) refrain from undertaking any further or additional commitments under the Individual Contract as of and following the date of receipt of such notice; (c) deliver all completed or partially completed plans, drawings, information and other property that, if the Individual Contract had been completed, would be required to be furnished to UNDP thereunder; (d) complete performance of the work not terminated; and (e) take any other action that may be necessary, or that UNDP may direct in writing, for the protection and preservation of any property, whether tangible or intangible, related to the Individual Contract that is in the possession of the Individual contractor and in which UNDP has or may be reasonably expected to acquire an interest. In the event of any termination of the Individual Contract, UNDP shall only be liable to pay the Individual contractor compensation on a pro rata basis for no more than the actual amount of work performed to the satisfaction of UNDP in accordance with the requirements of the Individual Contract. Additional costs incurred by UNDP resulting from the termination of the Individual Contract by the Individual contractor may be withheld from any amount otherwise due to the Individual contractor from UNDP.
14. NON-EXCLUSIVITY
UNDP shall have no obligation respecting, and no limitations on, its right to obtain goods of the same kind, quality and quantity, or to obtain any services of the kind described in the Individual Contract, from any other source at any time.
15. TAXATION
Article II, section 7, of the Convention on the Privileges and Immunities of the United Nations provides, inter alia, that the United Nations, including its subsidiary organs, is exempt from all direct taxes, except charges for public utility services, and is exempt from customs restrictions, duties and charges of a similar nature in respect of articles imported or exported for its official use. In the event any governmental authority refuses to recognize the exemptions of the United Nations from such taxes, restrictions, duties or charges, the Individual contractor shall immediately consult with UNDP to determine a mutually acceptable procedure. UNDP shall have no liability for taxes, duties or other similar charges payable by the Individual contractor in respect of any amounts paid to the Individual contractor under this Contract, and the Individual contractor
acknowledges that UNDP will not issue any statements of earnings to the Individual contractor in respect of any such payments.
1ó. AUDIT AND INVESTIGATION
Each invoice paid by UNDP shall be subject to a post-payment audit by auditors, whether internal or external, of UNDP or by other authorized and qualified agents of UNDP at any time during the term of the Individual Contract and for a period of two (2) years following the expiration or prior termination of the Individual Contract. UNDP shall be entitled to a refund from the Individual contractor for any amounts shown by such audits to have been paid by UNDP other than in accordance with the terms and conditions of the Individual Contract. The Individual contractor acknowledges and agrees that, from time to time, UNDP may conduct investigations relating to any aspect of the Individual Contract or the award thereof, the obligations performed under the Individual Contract, and the operations of the Individual contractor generally relating to performance of the Individual Contract. The right of UNDP to conduct an investigation and the Individual contractor’s obligation to comply with such an investigation shall not lapse upon expiration or prior termination of the Individual Contract. The Individual contractor shall provide its full and timely cooperation with any such inspections, post-payment audits or investigations. Such cooperation shall include, but shall not be limited to, the Individual contractor’s obligation to make available its personnel and any relevant documentation for such purposes at reasonable times and on reasonable conditions and to grant to UNDP access to the Individual contractor’s premises at reasonable times and on reasonable conditions in connection with such access to the Individual contractor’s personnel and relevant documentation. The Individual contractor shall require its agents, including, but not limited to, the Individual contractor’s attorneys, accountants or other advisers, to reasonably cooperate with any inspections, post-payment audits or investigations carried out by UNDP hereunder.
17. SETTLEMENT OF DISPUTES
Amicable Settlement: UNDP and the Individual contractor shall use their best efforts to amicably settle any dispute, controversy or claim arising out of the Individual Contract or the breach, termination or invalidity thereof. Where the parties wish to seek such an amicable settlement through conciliation, the conciliation shall take place in accordance with the Conciliation Rules then obtaining of the United Nations Commission on International Trade Law (“UNCITRAL”), or according to such other procedure as may be agreed between the parties in writing. Arbitration: Any dispute, controversy or claim between the parties arising out of the Individual Contract, or the breach, termination, or invalidity thereof, unless settled amicably, as provided above, shall be referred by either of the parties to arbitration in accordance with the UNCITRAL Arbitration Rules then obtaining. The decisions of the arbitral tribunal shall be based on general principles of international commercial law. For all evidentiary questions, the arbitral tribunal shall be guided by the Supplementary Rules Governing the Presentation and Reception of Evidence in International Commercial Arbitration of the International Bar Association, 28 May 1983 edition. The arbitral tribunal shall be empowered to order the return or destruction of goods or any property, whether tangible or intangible, or of any confidential information provided under the Individual Contract
, order the termination of the Individual Contract, or order that any other protective measures be taken with respect to the goods, services or any other property, whether tangible or intangible, or of any confidential information provided under the Individual Contract, as appropriate, all in accordance with the authority of the arbitral tribunal pursuant to Article 2ó (“Interim Measures of Protection”) and Article 32 (“Form and Effect of the Award”) of the UNCITRAL Arbitration Rules. The arbitral tribunal shall have no authority to award punitive damages. In addition, unless
otherwise expressly provided in the Individual Contract, the arbitral tribunal shall have no authority to award interest in excess of the London Inter-Bank Offered Rate (“LIBOR”) then prevailing, and any such interest shall be simple interest only. The parties shall be bound by any arbitration award rendered as a result of such arbitration as the final adjudication of any such dispute, controversy or claim.
18. LIMITATION ON ACTIONS:
Except with respect to any indemnification obligations in Article 7, above, or as are otherwise set forth in the Individual Contract, any arbitral proceedings in accordance with Article 17 above, arising out of the Individual Contract must be commenced within three years after the cause of action has accrued. The Parties further acknowledge and agree that, for these purposes, a cause of action shall accrue when the breach actually occurs, or, in the case of latent defects, when the injured Party knew or should have known all of the essential elements of the cause of action, or in the case of a breach of warranty, when tender of delivery is made, except that, if a warranty extends to future performance of the goods or any process or system and the discovery of the breach consequently must await the time when such goods or other process or system is ready to perform in accordance with the requirements of the Individual Contract, the cause of action accrues when such time of future performance actually begins.
19. PRIVILEGES AND IMMUNITIES
Nothing in or relating to the Individual Contract shall be deemed a waiver, express or implied, of any of the privileges and immunities of the United Nations, including its subsidiary organs.
ANEXO 4
FORMULARIOS DE EVALUACIÓN
Los consultores serán evaluados en sus aspectos técnicos y propuesta financiera utilizando las siguientes matrices:
Años de Experiencia | Puntaje |
5 a más años | 20 |
4 - 3 años | 10 |
Menos de 2 años | 5 |
Años de Experiencia | Puntaje |
5 a más años | 30 |
4 - 3 años | 20 |
Menos de 2 años | 5 |
CRITERIOS DE EVALUACION
PROPUESTA TECNICA | PUNTAJE MÁXIMO | % | |
CRITERIOS TÉCNICOS | REVISIÓN PRELIMINAR: Verificación de los documentos requeridos: Oferta Económica Firmada, Revisión de consultores Lista de Consultores Inelegibles, Carta de Interés firmada, Formulario P11, y breve descripción del por qué el individuo considera que él / ella es el/la más adecuado para desarrollar la presente consultoría. | CUMPLE/NO CUMPLE | 70% |
A. Educación | 30 | ||
Estudios universitarios en: Ingeniero Forestal. Debe tener idoneidad expedida por el Consejo Técnico Nacional de Agricultura de Panamá (CTNA) y registrado en MiAMBIENTE. | 30 | ||
B. Experiencia General | 20 | ||
Xxxxxx xx xxxxx (5) años de experiencia general en el sector forestal. | 20 | ||
C. Experiencia Específica | 30 | ||
Experiencia en ejecución de dos proyectos de reforestación con un alcance mínimo de 20 hectáreas cada uno. Uno de esos proyectos debe haberlo ejecutado en los últimos 5 años. | 30 | ||
Propuesta Técnica | 20 | ||
Breve descripción de cómo desarrollará y abordará la presente consultoría; el documento debe contener: * a. La metodología a utilizar para lograr los productos solicitados, considerando la utilización de especies nativas del área y el involucramiento de los miembros de OBCs y de Juntas o Comités de Agua; b. Cronograma preliminar de trabajo. *Documento escrito en idioma español con un máximo dos (2) página 8 ½ por 11. | 20 | ||
PUNTAJE MAXIMO EVALUACIÓN TÉCNICA TOTAL (100*70%) | 100 | ||
PROPUESTA FINANCIERA | 30% |
EVALUACION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
El máximo número de puntos se otorgará a la oferta más baja. Todas las otras propuestas recibirán puntos en proporción inversa, según la siguiente fórmula:
p = y (μ/z)
Donde:
p = puntos de la propuesta económica evaluada
y = cantidad máxima de puntos otorgados a la oferta financiera
μ = Monto de la oferta más baja
z = Monto de la oferta evaluada