PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA LICITACION PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO PARA LA EXPLOTACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DEL AYUNTAMIENTO DE COAÑA.-
PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA LICITACION PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO PARA LA EXPLOTACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DEL AYUNTAMIENTO DE COAÑA.-
CAPITULO I- OBJETO, NATURALEZA Y CONTENIDO.-
1- OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto de este contrato es la gestión de la explotación, mantenimiento y conservación de las estaciones depuradoras de aguas residuales del Ayuntamiento de Coaña, relacionadas en el Anejo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
2- PLAZO DEL CONTRATO.- Se estará a lo dispuesto en el Capítulo IV xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
3- NATURALEZA JURIDICA.- El contrato es de naturaleza administrativa al tratarse de un contrato de servicios al que es de aplicación el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP) y concordantes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por R.D. 1098/2001 de 12 de octubre. Se trata de un contrato de servicios al que se refiere el artículo 10 del TRLCSP y de categoría 1 de las contempladas en el Anejo II de la citada Ley.
4- CONTENIDO DEL SERVICIO.- Se estará a los dispuesto en los Capítulos III, V, VI, VII y VIII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
CAPITULO II.- CONTROL, VIGILANCIA E INSPECCION DEL SERVICIO.
5- CONTROL DEL SERVICIO.- El Alcalde o Concejal en quien delegue asumirá el control y seguimiento del servicio en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 21.1.d) de la LRBRL. Se tendrá en cuenta también lo dispuesto en el Capítulo VII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
CAPITULO III. PROCEDIMIENTO DE LICITACION.
6-TRAMITACION Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.- La adjudicación del contrato se efectuará por procedimiento abierto, conforme al artículo 157 a 161 del TRLCSP. El Ayuntamiento no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
7-PRESUPUESTO BASE DE LICITACION.- El presupuesto base de licitación que podrá ser mejorado a la baja será de CIENTO SETENTA Y TRES MIL, DOSCIENTOS DOS, DOCE euros (173.202,12 €) al que habrá de añadirse el IVA al tipo del 10%, que soportará el Ayuntamiento y que asciende a DIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE, VEINTIUNO euros (17.320,21 €). Por lo que el importe total es de CIENTO NOVENTA MIL QUINIENTOS VEINTIDOS, TREINTA Y TRES euros (190.522,33 €). Todo ello de conformidad con los artículos 26.1 f) y 88-6 d) del TRLCSP y Capítulo XI xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
8-CRITERIOS DE ADJUDICACION.- Serán de aplicación los señalados en el Capítulo XII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
9-CAPACIDAD PARA CONCURRIR.- Podrán participar en la licitación en general las personas naturales o jurídicas que no estén incursas en prohibición para contratar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP. El adjudicatario deberá cumplir los requisitos de solvencia a que se refieren los artículos 62 a 64 del TRLCSP. Dispondrá asimismo de la solvencia técnica y profesional que requiera la naturaleza del contrato.
10- PROPOSICIONES.-
1) Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento se presentarán en tres sobres tamaño folio. En el sobre A figurará el titulo siguiente: “Proposición para tomar parte en la licitación para la contratación del servicio de gestión para la explotación, mantenimiento y conservación de estaciones depuradoras de aguas residuales del Ayuntamiento de Coaña. “ DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”. En el Sobre B figurará en el exterior “DOCUMENTACIÓN TECNICA”. En el sobre C figurará en el exterior “OFERTA ECONOMICA”.
2) El modelo de proposición o solicitud será el siguiente:
“ D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .con DNI en posesión de su plena capacidad de
obrar, vecino de . . . . . . . . . . . . . . .con domicilio en. . . . . . . . . . . . . calle. . . . . . . . . . . . . . . . . . .nº. . .
. . . .,en nombre propio o en representación de la sociedad enterado de la
convocatoria de la licitación para la contratación del servicio de gestión para la explotación, mantenimiento y conservación de las estaciones depuradoras de aguas residuales del Ayuntamiento de Coaña, publicada en el BOPA número. . . . de fecha , manifiesta su interés en que
le sea adjudicado el contrato, aceptando en su integridad los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares que regulan dicha convocatoria.
En Coaña a de de 2014 firma
3) Documentación.- En el sobre A se incluirán los siguientes documentos:
a) Proposición o solicitud según modelo.
b) Documento Nacional de Identidad de quien firma la solicitud y poder y CIF de la sociedad a la que represente si se da el caso.
c) Escritura, estatutos o cualquier otro documento legal que acredite la capacidad de obrar y personalidad de los empresarios que sean personas jurídicas.
d) Declaración responsable de no hallarse incurso en los casos de prohibición para contratar con la Administración a que se refiere el artículo 60 del TRLCSP, que se materializará por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 73 de la citada Ley.
e) Documento acreditativo de la solvencia económica, financiera y técnica de la empresa, en particular el documento de clasificación empresarial.
f) Resguardo de constitución de la garantía provisional por importe de 1.000 euros.
g) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero.
h) Índice de los documentos incluidos en este sobre.
En el sobre B se incluirá únicamente la documentación técnica relacionada en el Capítulo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares y que junto con la oferta económica habrá de servir de base para efectuar la valoración de acuerdo con los criterios relacionados en el Capítulo XII del mismo Pliego y en el sobre C se incluirá exclusivamente la oferta económica en modelo libre.
La falsedad o falsificación de cualquiera de los documentos aportados conllevará automáticamente el rechazo de la solicitud o la resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran exigirse.
Los licitadores podrán presentar la documentación exigida mediante original o mediante copias de la misma autenticadas. El licitador estará obligado a mantener las condiciones ofertadas durante un plazo de tres meses desde la fecha del registro.
Se admiten mejoras siempre que respeten el presupuesto de licitación.
4) Las proposiciones se presentarán en la sede del Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx (BOPA).
Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse al Ayuntamiento de Coaña, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del suministro y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. Transcurridos no obstante 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición ésta no será admitida en ningún caso.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego, así como la de los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Anexos Técnicos y otros documentos contractuales si los hubiere. La declaración responsable se referirá a la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
5) Apertura de ofertas: En acto público a las doce horas del tercer día hábil siguiente a aquél en que se termine el plazo de presentación de proposiciones, excepto si fuese martes, viernes o sábado, en cuyo caso se pospondrá la apertura al primer día hábil inmediato, se procederá a la apertura de los sobres A. Si se hubieren anunciado ofertas por correo la apertura tendrá lugar el día que se acuerde por el órgano de contratación, lo que se comunicará. A continuación si es posible por razones de tiempo, se procederá a la apertura de los sobres B y C, si bien la valoración de las ofertas se realizará en acto no público. Si se apreciaran en la documentación defectos subsanables se concederá un plazo de tres días para su reparación conforme al artículo 81.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por R.D 1098/2001 de 12 de octubre, (a partir de ahora RGLCAP),
11- MESA DE CONTRATACION.- De conformidad con la Disposición Adicional Segunda 10 del TRLCSP, la Mesa de Contratación estará constituida por:
Presidente: El Alcalde Presidente
Vocales: La primera Xxxxxxxx xx Xxxxxxx
El Concejal Delegado de Obras e Infraestructuras, Patrimonio y Seguridad
Ciudadana.
El Aparejador Municipal
La Técnico Administrativo de Secretaría El Secretario-Interventor del Ayuntamiento
Secretario: La Auxiliar Administrativo funcionaria interina, con voz y sin voto.
Los miembros de la Mesa podrán efectuar delegación en las condiciones y términos que se señalan con carácter general en las normas de régimen y funcionamiento de la Administración Local y del Procedimiento Administrativo Común, que serán aplicables igualmente en aspectos tales como quorum de asistencia, votaciones, votos particulares, etc.
12- ADJUDICACION.-
1. La Mesa de contratación, conforme al artículo 81 del RGLCAP, calificará previamente los documentos y si procede presentará las proposiciones a los Técnicos en la materia para informe, sin efectuar adjudicación. Emitido este informe será devuelto a la Mesa que elevará al Alcalde su propuesta, para que en un plazo máximo de un mes contado desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 112.2 b) del TRLCSP para los expedientes calificados de urgentes. Este plazo se ampliará en quince días hábiles cuando se aprecien valores anormales o desproporcionados en las ofertas.
2- El Ayuntamiento de Coaña tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto mediante la aplicación de los criterios y la ponderación que a éstos se les atribuye, o declarar desierto el concurso motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación.
3- El adjudicatario provisional deberá acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, Alta o recibo del Impuesto de Actividades Económicas si es actividad sujeta al mismo y presentar la garantía definitiva, a cuyo efecto se le otorgará un plazo xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se le notifique. Dicha acreditación se efectuará mediante certificado de los organismos correspondientes. En caso de no presentación de los documentos en el plazo indicado, se correrá la lista según la puntuación obtenida hasta donde sea necesario.
4- En caso de que el adjudicatario, por razones ajenas a su voluntad, tales como trámites bancarios u otros debidamente justificados, no pueda presentar la garantía en el plazo indicado, y previa comunicación por su parte dentro del referido plazo, el Sr. Alcalde podrá conceder una prórroga al mismo.
5- Una vez presentada la documentación señalada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo para la presentación de los citados documentos, la adjudicación provisional se entenderá definitiva sin necesidad de nuevo acuerdo del órgano de contratación y sin perjuicio de la eventual revisión en vía de recurso especial en materia de contratación.
6- A los efectos de la expedición de certificaciones en materia de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, se considerarán que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones, cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de las correspondientes liquidaciones.
13- GARANTIAS.-
1. Se establece una garantía provisional de 1.000 €. La garantía definitiva será del 5% del precio de adjudicación.
2. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP y se constituirá de conformidad con lo preceptuado en los artículos 95 a 103 en concordancia con lo que establecen los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en la citada Ley, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en los Anexos al presente Xxxxxx.
3. La garantía responderá de las penalizaciones que pudieran corresponder al Adjudicatario en razón de la deficiente ejecución del contrato, retrasos, así como de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, de los gastos originados al Ayuntamiento por demora en el cumplimiento, y de cualesquiera daños y perjuicios ocasionados a éste con motivo de la ejecución del contrato.
4. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones, el Adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
14- GASTOS.- Correrán de cuenta del adjudicatario todos los gastos que se deriven de este procedimiento de contratación, tales como anuncios en diarios oficiales, publicidad de la adjudicación y formalización de este contrato. Se estará igualmente a lo dispuesto en el Capítulo IX xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
15- EXAMEN DE DOCUMENTACION Y PLIEGOS.- Se podrá examinar toda la documentación del expediente en la Secretaría Municipal en horas de oficina y en el perfil del contratante de la página Web del Ayuntamiento, facilitándose copia en formato CD de lo Pliegos a los interesados que lo soliciten.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
a. El Adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde que haya transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 156-3 del TRLCSP, el documento de formalización del contrato.
b. Cuando el Adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
c. El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el Adjudicatario, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el Adjudicatario deberá entregar al Ayuntamiento una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
d. Si por causa imputable al Adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, siendo trámite necesario la audiencia del interesado. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
17- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del contrato, los supuestos establecidos en los Artículos 223, 237 y 238, del TRLCSP, siendo que sus efectos se regularán por lo dispuesto en los Artículos 224, 225 y 239 del mencionado texto. A tales efectos, será causa de resolución el incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las obligaciones esenciales establecidas con carácter preceptivo en el presente Pliego.
18- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
1. De conformidad con el Artículo 210 del TRLCSP y, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en referida Ley, el Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
2. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde la notificación; con carácter previo deberá notificarse al Ayuntamiento de Coaña, la interposición del recurso contencioso administrativo, en un escrito en el que podrán los interesados señalar los motivos de oposición.
CAPITULO IV. REGIMEN SANCIONADOR
19- SANCIONES Y PROCEDIMIENTO.- Las sanciones a que se refiere el punto 9.4 del Capítulo IX xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, requerirán la incoación de procedimiento sancionador que se iniciará en cuanto el Ayuntamiento tenga conocimiento de la infracción por cualquier medio, en los términos del Titulo IX de la LRJAP-PAC y en el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por R.D. 1398/1993 de 4 xx xxxxxx de desarrollo de esta última.
CAPITULO V. LEGISLACIÓN APLICABLE
18- NATURALEZA DEL CONTRATO.- El contrato tendrá naturaleza administrativa, formalizándose en documento administrativo y resolviéndose las cuestiones litigiosas que pudieran plantearse por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
19- NORMAS APLICABLES.- En lo no dispuesto en este Pliego se estará a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Coaña a 24 xx xxxxx de 2014.
EL ALCALDE
Fdo. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
INFORME PREVIO DE SECRETARIA
A los efectos de los establecido en el artículo 115.6 en relación con la Disposición Adicional Segunda apartado 8, ambos del TRLCSP, examinado este Pliego que consta de 6 hojas a una sola cara, se informa favorablemente sobre la legalidad de sus cláusulas.
Coaña 24 xx xxxxx de 2014.
EL SECRETARIO
Fdo. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
DILIGENCIA DE APROBACIÓN
El presente Pliego que consta de 6 hojas a una sola cara, ha sido aprobado por el Sr. Alcalde mediante Resolución de 24 xx xxxxx de 2014, lo que certifico mediante rúbrica en cada folio.
Coaña 24 xx xxxxx de 2014.
EL SECRETARIO
Fdo. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx