CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-008VST977-E10-2021
OFICINA CENTRAL GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
SUBGERENCIA DE ADQUISICIONES
CONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NÚMERO LA-000XXX000-E10-2021
RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA INTEGRAL DE SEGUROS DE LOS BIENES DE LICONSA, S.A. DE C.V.
1.- Datos de la Entidad Convocante.
LICONSA, S.A. de C.V en lo sucesivo “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfonos 0000-0000 y 0000 0000.
2.- Medio y Carácter de la Licitación.
En cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 24, 25, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 32 tercer párrafo, 36 y 36 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “LA LEY”, así como las demás disposiciones legales aplicables en la materia, “LA CONVOCANTE” celebra el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-000XXX000-E10-2021.
La presente Licitación Pública Nacional es Electrónica por lo que los participantes en lo sucesivo “LOS LICITANTES”, sólo podrán participar presentando sus proposiciones y documentación complementaria a través del medio remoto de comunicación electrónica, conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, en lo sucesivo el “ACUERDO”.
2.1 Para el presente procedimiento de licitación, no se aceptarán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
2.2 Los recursos destinados para la contratación corresponden al programa de gasto corriente de “LA CONVOCANTE” para el ejercicio fiscal 2021, de conformidad con la requisición 355 debidamente codificada y autorizada, se cuenta con la autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, mediante el folio No. 500.-0778-2020 para comprometer recursos para el ejercicio 2021.
2.3 “LOS LICITANTES” que muestren interés en participar en el presente procedimiento de licitación, deberán enviar sus proposiciones vía electrónica a través del sistema CompraNet, en idioma español.
2.4 Con fundamento en el artículo 32 tercer párrafo de “LA LEY”, está licitación se realizara a plazo recortado.
2.5 Este procedimiento de contratación, se realizara en observancia a los principios del Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, y a las disposiciones específicas de la Ley General de Responsabilidades Administrativas vigentes.
3.- Objeto de la Licitación.
Contratación del Programa Integral de Seguros de los Bienes de “LA CONVOCANTE” (Multi- póliza Empresarial (incluye Multi-póliza de Lecherías), Responsabilidad Civil y Transporte Terrestre), de “LA CONVOCANTE”, en lo sucesivo “LOS SERVICIOS” que se indican a continuación, conforme a las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos que se detallan en el Anexo V de esta convocatoria.
PARTIDA ÚNICA
Descripción |
Póliza 1.- Multi Póliza Empresarial |
Sección a) (Edificios y contenidos) |
Sección b) Calderas y recipientes sujetos a presión |
Sección c)Rotura de maquinaria |
Sección d)Equipo de contratistas |
Sección e)Equipo electrónico |
Sección f)Robo de contenidos |
Sección g)Dinero y valores |
Sección h) Cristales y anuncios luminosos y no luminosos |
Sección i) Montaje y obra civil |
Sección j) Lecherías |
Subsección a) Incendio (edificios y contenidos) |
Subsección b) Robo de contenidos |
Subsección c) Dinero y valores |
Póliza 2.- Responsabilidad Civil |
Póliza 3.- Transporte Terrestre |
“LOS LICITANTES”, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en esta convocatoria a la licitación y a los que deriven de la Junta de Aclaraciones.
3.1. La adjudicación se realizará por partida completa al “LICITANTE” que cumpla con los requisitos establecidos, y sus propuesta sea solvente técnicamente para “LA CONVOCANTE”, así mismo presente el precio más bajo, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo V de la presente convocatoria a la licitación.
3.2 Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana, de conformidad con los artículos 28, fracción I de “LA LEY” y 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”.
3.1.- Lugar y Condiciones para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
La vigencia de “LOS SERVICIOS” iniciará a partir de las 0:00.01 horas del 1° xx xxxxx de 2021 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2021, según los usos y horarios de los las diferentes entidades federativas.
“LOS SERVICIOS” deberán proporcionarse durante toda la vigencia de la contratación, respetando los usos y horarios de las diferentes entidades federativas, cumpliendo estrictamente con las especificaciones, requerimientos técnicos y demás condiciones establecidas. La cobertura de “LOS SERVICIOS” contratados deberá ser a nivel nacional.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá presentar la carta cobertura firmada por su representante legal a más tardar al siguiente día hábil posterior a la notificación del fallo de la licitación, en la que manifieste que quedan amparados todos los bienes patrimoniales de “LA CONVOCANTE”.
“LA CONVOCANTE”, a través de la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos, verificará que la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto de la presente licitación, cumplan con las características y especificaciones solicitadas en el Anexo V de la presente convocatoria a la licitación, con el propósito de otorgar la debida aceptación de “LOS SERVICIOS”, para lo cual, el licitante deberá de manifestar su conformidad de que hasta en tanto ello no se cumpla, “LOS SERVICIOS” no se tendrán por recibidos o aceptados, de conformidad con el Artículo 84 último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”.
El día anterior al que se inicie con la prestación de “LOS SERVICIOS”, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado debe coordinarse con la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos
Concernientes a la Administración de Riesgos, a los teléfonos 00 0000 0000 y 55 5237 9100 ext. 62246, con el fin de que de “LOS SERVICIOS” se realicen a satisfacción de “LA CONVOCANTE”.
Las pólizas a que se refieren “LOS SERVICIOS” deberán ser entregados a más tardar 20 días naturales posteriores a la notificación del fallo, cumpliendo estrictamente con las condiciones establecidas en la convocatoria y sus anexos, en Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos de “LA CONVOCANTE” ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Planta Xxxx, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000. No se aceptará diferimiento en la fecha de entrega de las pólizas.
Será total responsabilidad del “LICITANTE” adjudicado que “LOS SERVICIOS” sean llevados a cabo a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE”, en el tiempo determinado, por lo que se deberá tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de las penalizaciones establecidas.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicado no podrá solicitar el diferimiento de la fecha en el inicio de la prestación de “LOS SERVICIOS”.
3.2.- Xxxxxxx, Impuestos y Condiciones de Pago.
Los precios de “LOS SERVICIOS” motivo de esta licitación deberán presentarse en pesos mexicanos, unitarios por póliza y sección (desglosar prima por póliza, sección y subsección), así como por el total de la propuesta, conforme a las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos indicadas en el Anexo V y serán fijos hasta el cumplimiento total del contrato correspondiente, incluyendo todos los gastos, impuestos y derechos que se tengan que erogar para la prestación oportuna de “LOS SERVICIOS”, señalando el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por separado.
“LOS LICITANTES” no deberán considerar en sus propuestas ni en las primas de seguro, cargo alguno por comisiones, intermediación de seguros o figura análoga a agentes o intermediarios.
No se otorgará anticipo y los pagos se realizarán transferencia bancaria electrónica, a favor del
“LICITANTE” que resulte adjudicado, conforme a lo siguiente:
El pago se realizará por el 100% (cien por ciento) del valor de las pólizas entregadas, y se llevará a cabo dentro de 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y de las facturas a revisión, mismas que deberán coincidir con la descripción general y precios del contrato correspondiente, previa validación por la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos de “LA
CONVOCANTE”, de que cumplen con las cantidades, especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos, fechas pactadas y horarios de atención, conforme a “LOS SERVICIOS” requeridos y contratados.
Las facturas deberán estar en pesos mexicanos y ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre del proveedor, conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, en la Caja General de “LA CONVOCANTE” o en la cuenta bancaria de “EL LICITANTE” adjudicado e incluir el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML en forma electrónica, en una unidad de almacenamiento USB, en formato PDF.
“EL LICITANTE” adjudicado deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el apoderado, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Cuentas por Pagar de la “LA CONVOCANTE” junto con sus facturas.
Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE”, en los términos de la legislación aplicable, debiendo indicarse éstos al final de cada una de las facturas, por separado de los demás conceptos.
Los días para la presentación de facturas a revisión serán los viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el Departamento de Cuentas por Pagar de “LA CONVOCANTE”, ubicado en la calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Planta Xxxx, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo.
El día de pago será exclusivamente el viernes; mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido.
De conformidad con lo indicado en los artículos 89 y 90 “EL REGLAMENTO”, en caso de que las facturas entregadas por “EL LICITANTE” adjudicado para su pago, presenten errores o deficiencias, el Departamento de Cuentas por Pagar de "Liconsa", dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito “EL LICITANTE” adjudicado las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL LICITANTE” presente las facturas corregidas, no se computará para efectos del artículo 51 de “LA LEY”.
“EL LICITANTE” que resulte adjudicado se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento, en caso contrario deberá efectuar el pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a “LA CONVOCANTE”.
En el supuesto de que “EL LICITANTE” no haya cubierto los pagos de las penalizaciones, “EL LICITANTE” que resulte adjudicado deberá realizar el pago mediante transferencia bancaria electrónica.
El pago quedará condicionado, proporcionalmente al pago que deba efectuar por concepto de la pena convencional a la que se haya hecho acreedor.
“LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que él “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrán inconveniente en caso de que “EL LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeñas o medianas empresas, accedan y utilicen los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.
Esta es la liga para poderse afiliar xxxxx://xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx
3.3.- GARANTÍA DE “LOS SERVICIOS”
Como parte de su propuesta técnica, “LOS LICITANTES” deberá manifestar mediante escrito firmado de forma autógrafa por su representante, que en caso de resultar ganador, “LOS SERVICIOS” se prestarán estrictamente bajo las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos que se establecen en la convocatoria, sus anexos y el contrato respectivo, en dicho escrito se deberá considerar además lo siguiente:
• Que se obliga a no divulgar durante el desarrollo del proceso de licitación por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio la información que obtenga para el desarrollo del presente servicio, los resultados parciales y finales del mismo, absteniéndose de dar a conocer cualquier información al respecto.
• Que deberá contar con la infraestructura necesaria, personal profesional y técnico especializado en el ramo, para el tipo de servicio solicitado, a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de la licitación sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia
requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlos a satisfacción de “LA
CONVOCANTE”.
• Que deberá proporcionar reporte mensual acumulado de los siniestros, en un plazo no mayor a los 10 días naturales siguientes al mes xxx xxxxx; dicho reporte será entregado en la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y de los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos en archivo electrónico y deberá contener como mínimo los datos señalados en el Anexo V.
• Que quedará obligado ante “LA CONVOCANTE” a responder de las deficiencias en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria, en el contrato que se celebre derivado de este procedimiento de licitación y en la legislación aplicable.
3.4.- Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” cuando el monto del contrato exceda los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, el licitante deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” en sentido positivo, en la forma y términos previstos en la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, publicada el 29 de diciembre del 2020 en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o bien generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO “ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, publicado el 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, el licitante deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” en sentido positivo, y deberán contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de
amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
4.- Del Contrato.
Para efectos de lo establecido en los artículos 45 penúltimo párrafo de “LA LEY” y 81 fracción IV de “EL REGLAMENTO” la convocatoria a la licitación, el contrato y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones.
Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria de la licitación, sus anexos y las juntas de aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
“EL LICITANTE” adjudicado deberá presentarse a firmar el contrato correspondiente, en la Subgerencia de Adquisiciones, ubicada en calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez en el Estado de México, en días hábiles y en horario de 9:00 a 16:30 horas dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la comunicación del fallo. Para ello y dentro de este plazo “EL LICITANTE” adjudicado deberá comunicarse a cualquiera de los siguiente números telefónicos (55) 52290700 ext. 65595, a fin de coordinar la fecha y hora en que deberá presentarse para la formalización del documento contractual.
De conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “LA LEY”, si “EL LICITANTE” adjudicado no firma el contrato por causas imputables a él, dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al “LICITANTE” que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al 10% (diez por ciento).
Lo anterior, independientemente de la aplicación de las sanciones establecidas en el Titulo Quinto de “LA LEY” al “LICITANTE” adjudicado que no firme el contrato correspondiente, “LA CONVOCANTE” procederá a notificar a la Secretaria de la Función Pública, tal y como lo señala el artículo 60 de “LA LEY”.
“EL LICITANTE” adjudicado, no podrá por ningún motivo, subcontratar o ceder total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato objeto de la presente licitación, al
amparo de lo señalado por el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, salvo los derechos de cobro, previo consentimiento expreso y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
Documentos que “EL LICITANTE” adjudicado deberá presentar en la Subgerencia de Adquisiciones, al día siguiente de la notificación del fallo para que “LA CONVOCANTE” este en posibilidad de solicitar la elaboración del contrato respectivo.
a) Copia certificada del acta constitutiva y sus reformas, en la que conste que se constituyó conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el Territorio Nacional. (en caso de personas xxxxxxx).
b) Copia de su Cédula de Identificación Fiscal.
c) Copia certificada del poder otorgado ante Fedatario Público a su representante legal, (pudiendo ser un poder especial para efectos de procedimientos de esta naturaleza, o bien poder para actos de administración y/o poder para actos de dominio).
d) Copia de identificación oficial con fotografía y firma del representante legal (frente y reverso)
e) Comprobante de Domicilio con una vigencia no mayor a 30 (treinta) días.
f) Copia de su registro patronal ante el IMSS.
g) “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” en sentido positivo, expedida por el
Servicio de Administración Tributaria (SAT).
h) “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” en sentido positivo, y deberán contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
i) Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
j) Presentar Escrito en el que manifieste, que no existe se encuentra en ninguno de los supuestos señalados en el Articulo 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
k) Presentar Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no existe conflicto de interés.
En el Anexo IV incluye el Modelo de Contrato al que se sujetarán las partes, mismo que contiene los requisitos establecidos en el artículo 45 de “LA LEY”.
4.1.- Adjudicación del Contrato.
Con fundamento en los artículos 36 y 36 bis de “LA LEY” y 51 de “EL REGLAMENTO” el contrato se adjudicará a “EL LICITANTE” cuya propuesta resulte solvente al reunir las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas por “LA CONVOCANTE”, en cuanto a, especificaciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS” y las demás condiciones contenidas en esta convocatoria y sus anexos, y su precio sea el más bajo en comparación con las demás propuestas solventes o, al no existir tales, su precio resulte conveniente con base en la investigación xx xxxxxxx realizada, en el entendido de que ninguna de las condiciones establecidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por “LOS LICITANTES” serán negociables por ningún concepto.
En el caso que se obtuviera un empate entre dos o más “LICITANTES” en la partida de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 36 Bis de “LA LEY” y el 54 de “EL REGLAMENTO”, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, posteriormente se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre “LICITANTES” que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del “LICITANTE” que resulte adjudicado del sorteo por insaculación que realice “LA CONVOCANTE”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada “LICITANTE” empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del “LICITANTE” adjudicado y posteriormente las demás boletas de los “LICITANTES” que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese supuesto.
Cuando “LA CONVOCANTE” requiera llevar a cabo el sorteo por insaculación, se invitará al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo dicho sorteo; se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de “LOS LICITANTES” o invitados invalide el acto de conformidad con lo señalado en el artículo 54 de “EL REGLAMENTO”.
4.2.- De las Garantías de Cumplimiento
Conforme a lo señalado en el Criterio Normativo: Garantía de cumplimiento - Improcedencia de requerirla a Instituciones de Seguros (AD-02) y los artículos 14 y 62 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, las instituciones de seguros se encuentran impedidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que contraigan con motivo de los contratos que celebren con los usuarios de los servicios de aseguramiento que prestan, por lo que no será necesario que el “LICITANTE” que resulte adjudicado otorgue la garantía de cumplimiento de contrato a que se refiere el artículo 48 fracción II de “LA LEY”, ya que tal obligación implicaría para las referidas instituciones de seguros constituir una doble garantía, independientemente de que incurrirían en violación a las disposiciones que regulan su organización y funcionamiento. Sin embargo, el “LICITANTE” adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones derivadas del contrato adjudicado.
4.3.- Pena Convencional.
Para el caso de retraso en la prestación de “LOS SERVICIOS”, con fundamento en el artículo 53 de “LA LEY” 95 y 96 de “EL REGLAMENTO”, las penas convencionales que se aplicarán serán las siguientes:
✓ Cuando exista retraso en el pago de siniestros en un periodo mayor a 30 (treinta) días naturales posteriores a la entrega de la documentación completa para dicho trámite, “EL LICITANTE” adjudicado pagará 25 (veinticinco) días de la unidad de medida de actualización (UMA), por cada periodo de 5 (cinco) días hábiles de retraso.
El importe de la pena convencional aplicable, será calculado por el área solicitante o usuaria de “LOS SERVICIOS” y “EL LICITANTE” adjudicado lo cubrirá mediante transferencia bancaria electrónica a nombre de LICONSA, S.A. DE C.V.
Será total responsabilidad del “LICITANTE” adjudicado que “LOS SERVICIOS” se lleven a cabo oportunamente y a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE” por lo que se deberá tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de las penalizaciones establecidas.
4.4.- Causales de Rescisión y Terminación Anticipada del Contrato.
Rescisión del Contrato.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en el artículo 54 de “LA LEY” y 98 de “EL REGLAMENTO”, podrá en cualquier momento iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del contrato adjudicado, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del “LICITANTE” que se estipulen en ese documento, así como por la contravención a las disposiciones, lineamientos, convocatoria, procedimientos y requisitos que establece dicha Ley y demás normatividad aplicable en la materia, o en alguno de los siguientes casos:
a) Si “EL PROVEEDOR” es declarado en estado de quiebra o suspensión de pagos por
autoridades competentes.
b) Derivado del incumplimiento del proveedor en la entrega de “LOS SERVICIOS” en los plazos establecidos en la presente Convocatoria.
c) Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, sin responsabilidad alguna para “LA CONVOCANTE”, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, o podrá exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios o ambos, sin que medie resolución judicial.
⮚ El procedimiento de rescisión por incumplimiento a las obligaciones establecidas en el contrato respectivo, se llevará a cabo en los términos señalados en el artículo 54 de “LA LEY”.
⮚ En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
⮚ En caso de rescisión, no procederá el cobro de las penalizaciones.
Sin perjuicio de lo anterior, “LA CONVOCANTE” podrá aplicar a “LICITANTE” la pena convencional conforme a lo pactado en esta convocatoria y el contrato correspondiente que proceda y en su caso, hacer efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo, en forma proporcional al incumplimiento y sin contabilizar la pena convencional aplicada.
“LA CONVOCANTE”, tendrá derecho a su elección, a rescindir administrativamente el contrato sin responsabilidad alguna para ella, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes, o exigir el cumplimiento forzoso y el pago de los daños y perjuicios, sin que medie resolución judicial.
Terminación Anticipada del Contrato.
“LA CONVOCANTE”, con fundamento en lo establecido por el artículo 54 Bis de “LA LEY”, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato correspondiente, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA CONVOCANTE”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, en lo sucesivo “SFP”. En estos supuestos “LA CONVOCANTE” reembolsará a “EL LICITANTE” adjudicado los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
Cuando la terminación anticipada afecte en forma parcial las obligaciones pactadas en el contrato, es decir, respecto de algunos de los conceptos que lo integran, se celebrará convenio modificatorio.
4.5.- Modificaciones al Contrato.
Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito, en cuyo caso “EL LICITANTE”
adjudicado deberá entregar el endoso correspondiente a la garantía de cumplimiento.
Las modificaciones al contrato no podrán ser superior al 20% (veinte por ciento) en monto, volumen
o vigencia, conforme a lo previsto en los artículos 52 de “LA LEY” y 91 de “EL REGLAMENTO”.
El contrato podrá ser modificado a efecto de diferir las fechas para la prestación de “LOS SERVICIOS” cuando así lo determine “LA CONVOCANTE”, siempre y cuando se compruebe que existen condiciones derivadas de caso fortuito o fuerza mayor que impiden la ejecución en las fechas pactadas.
4.6.- Juicios, Reclamaciones o Controversias, Relación Laboral, Civil y Fiscal.
“LOS LICITANTES” y “LA CONVOCANTE” reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas son las derivadas del contrato que lleguen a formalizar, razón por la cual el personal que intervenga en el desarrollo del mismo será contratado por exclusiva cuenta del “LICITANTE” adjudicado, quien será el responsable ante dicho personal de todas y cada una de sus obligaciones que como patrón establece la Ley Federal del Trabajo y demás leyes y reglamentos
aplicables. “LOS LICITANTES” convienen por lo mismo en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores, empleados y demás personal que contraten para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del Contrato, presentasen en contra de “LA CONVOCANTE” en relación con dichos servicios; por lo que expresamente las partes reconocen que no existe ningún tipo de subordinación entre ellas.
Para la celebración del contrato, cada una de las partes tiene contratados y, cuando lo estime adecuado, contratará a los trabajadores que requiera, siempre a su cargo y bajo su propia responsabilidad (en lo sucesivo, el “PERSONAL”), y en ningún momento existirá relación laboral entre éstos y la otra parte, en la inteligencia de que cada una de las partes contrata al “PERSONAL” para sí y no en calidad de intermediarios y, por lo tanto, cada parte será responsable y a su cargo y por su cuenta exclusiva el pago de salarios, sueldos, bonos, primas de vacaciones, aguinaldos, indemnizaciones por riesgos profesionales y cualquier otra obligación o prestación en favor del Personal derivadas de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores, el Sistema de Ahorro para el Retiro o de cualquier otra índole.
“LA CONVOCANTE” y “LOS LICITANTES” expresamente convienen que sacarán en paz y a salvo a la otra por cualquier reclamación, demanda, juicio, procesos o procedimientos u obligaciones que surjan o sean resultado de obligaciones pendientes que cada una tenga para con cualquier empleado asignado a la otra parte, por lo que no podrá designarse a la contraparte como patrón sustituto.
El contrato no pretende y nada de lo incluido en el mismo deberá interpretarse en el sentido de que se crea una relación de mandante y mandatario, comitente y comisionista, patrón/patrón sustituto y empleado, socio y asociado entre “LA CONVOCANTE” y “LOS LICITANTES”. Ninguna de las partes estará facultada para representar y obligar a la otra de manera alguna, y cada una de las partes será responsable exclusivamente de sus propios actos.
5. Forma y Términos que Regirán los Diversos Actos del Procedimiento.
El presente procedimiento considera una reducción de plazo para la apertura de proposiciones en los términos de los artículos 32 tercer párrafo de “LA LEY” y 43 de “EL REGLAMENTO”.
Calendario de Eventos
Fecha de Publicación de resumen de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación | Obtención de Convocatoria | Disponibilidad de la Convocatoria |
18 de febrero de 2021 | xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxx.xxx.xx | 00 xx xxxxxxx xx 0000 |
Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxx:
DIA: | 19 | MES: | febrero | AÑO: | 2021 | HORA: | 10:00 |
LUGAR: | Sistema electrónico de contrataciones CompraNet |
Acto de Apertura de Proposiciones:
DIA: | 25 | MES: | febrero | AÑO: | 2021 | HORA: | 10:00 |
LUGAR: | Sistema electrónico de contrataciones CompraNet |
Acto de Notificación de Fallo:
DIA: | 26 | MES: | febrero | AÑO: | 2021 | HORA: | 17:00 |
LUGAR: | Sistema electrónico de contrataciones CompraNet |
Fecha de Formalización del Contrato:
DIA: | El contrato se firmará dentro de los 15 días naturales siguientes a la Notificación del Fallo de la presente licitación. |
LUGAR: | La oficina de la Subgerencia de Adquisiciones, ubicada en calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez en el Estado de México. |
5.1.- Consulta, Difusión y Disponibilidad de la Convocatoria del Procedimiento.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 30 de “LA LEY”, la presente licitación no tendrá costo alguno y estará a disposición de los interesados, a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria en “CompraNet” y del Resumen en el Diario Oficial de la Federación, en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx y en la página de Internet de “LA CONVOCANTE”: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx, siendo responsabilidad de los interesados obtenerla oportunamente.
Conforme al artículo 42 penúltimo párrafo de “EL REGLAMENTO”, se pondrá a disposición de “LOS LICITANTES” para consulta un ejemplar impreso en la Subgerencia de Adquisiciones ubicada en el domicilio de “LA CONVOCANTE” hasta el día 24 de febrero de 2021 en días hábiles, con horario de 9:00 a 13:00 horas.
La presente convocatoria contiene entre otros aspectos, las especificaciones condiciones y requerimientos técnicos, para participar en el procedimiento de contratación en cuestión, mismas a las que se sujetará el criterio de evaluación seleccionado para adjudicar el contrato al “LICITANTE” que resulte adjudicado.
De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 26 Bis Fracción II de “LA LEY”, la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de “LOS LICITANTES” en dichos actos.
No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública “SFP”, en los términos de “LA LEY” o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
5.2.- Junta de Aclaraciones a la Convocatoria de este Procedimiento.
La junta de aclaraciones a la presente convocatoria, se celebrará el día 19 de febrero a las 10:00 horas.
“LOS LICITANTES” que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la presente convocatoria, deberán enviar un escrito en hoja membretada en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y, en su caso de su representante conforme a los requisitos previstos en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO”; Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el
numeral o punto específico con el cual se relaciona; las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados podrán ser desechadas por “LA CONVOCANTE”, conforme al artículo 45 de “EL REGLAMENTO”, a elección de “LOS LICITANTES” podrán utilizar el formato del Anexo I.
De conformidad con los Artículos 33-Bis antepenúltimo párrafo de “LA LEY” y 45 de “EL REGLAMENTO”, las solicitudes de aclaración y el escrito en el que “LOS LICITANTES” expresen su interés en participar en este procedimiento (el cual deberá estar firmado por la persona facultada para ello) deberán enviarse a través de “CompraNet” (en formato PDF y Word, libre de virus conforme al “ACUERDO”, a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, a efecto de que “LA CONVOCANTE” esté en posibilidad de analizarlas y hacer las correspondientes aclaraciones; sin embargo, las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo señalado en este párrafo, no serán contestadas por “LA CONVOCANTE” por resultar extemporáneas; en caso de que algún “LICITANTE” envíe nuevas solicitudes de aclaración en la junta correspondiente, “LA CONVOCANTE” las recibirá, pero no les dará respuesta. Lo anterior de conformidad con el Artículo 46, fracción VI de “EL REGLAMENTO”.
La junta de aclaraciones será para despejar las dudas que existan en la convocatoria y sus anexos, en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características, conforme al artículo 33 de “LA LEY”.
“LOS LICITANTES” que envíen sus preguntas en tiempo y forma podrán realizar solicitudes de aclaración sobre las respuestas remitidas en un plazo de 6 (seis) horas, que se computarán a partir de que sea publicada el Acta con las respuestas otorgadas, una vez recibidas las preguntas, “LA CONVOCANTE” informará la fecha y hora en la que serán publicadas las repuestas correspondientes; esto con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 Fracción II de “EL REGLAMENTO”.
Cualquier punto señalado en la presente convocatoria respecto del cual no sea solicitada aclaración por parte de “LOS LICITANTES”, se considerará como plenamente entendido y aceptado, debiéndose cumplir en los términos de la presente convocatoria.
Con fundamento en el artículo 37 Bis de “LA LEY” el acta de la junta de aclaraciones se difundirá en “CompraNet” en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx, para efectos de notificación de “LOS LICITANTES” y se fijará un ejemplar de la misma en un lugar visible, de la Subgerencia de Adquisiciones ubicada en calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez en el Estado de México, por un término de cinco (5) días hábiles.
Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación y sus anexos, derivada del resultado de la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de la propia convocatoria y deberá tomarse en cuenta por “LOS LICITANTES” en la elaboración de sus proposiciones.
5.3.- Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
El acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se llevará a cabo el 25 de febrero de 2021, a las 10:00 horas.
El registro de “LOS LICITANTES” se efectuará a través de “CompraNet”, dicho registro se cerrará el día 25 de febrero de 2021, a las 9:59 horas, tiempo límite para él envió de sus propuestas, siendo éste el único registro válido para los efectos de la presente licitación.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo, conforme a lo siguiente:
• “LOS LICITANTES”, enviarán su propuesta técnica y económica y documentación adicional por
“CompraNet” conforme al “ACUERDO”.
• Dicha documentación deberá ser elaborada en formatos PDF (versión 4 o superior), utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, en WinZip, según se requiera.
• Deben identificarse cada una de las páginas que integran la propuesta, con el RFC, número de licitación y número de página, dicha identificación debe reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de proposiciones.
En sustitución de la firma autógrafa, se emplearán los medios de identificación electrónica que para tal fin debe certificar previamente la “SFP”. (Deberá incluir el archivo pdf.p7m que se genera al firmar de manera electrónica las proposiciones).
El programa informático que la “SFP” les proporcione, una vez concluido el proceso de certificación de su medio de identificación electrónica, generará los archivos que mediante el uso de tecnologías resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
“LOS LICITANTES” admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por “LA CONVOCANTE”, cuando los archivos que las contengan presenten virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
“LOS LICITANTES”, deberán concluir el envío de éstas a las 9:59 horas del día 25 de febrero de 2021.
ATENCIÓN: La plataforma CompraNet, no permite visualizar otro tipo de documentos firmados electrónicamente adicionales al resumen de las propuestas que el mismo sistema proporciona a los licitantes, por lo que estas deberán ser el único conjunto de documentos que el licitante firme y adjunte a la proposición.
Desarrollo de la Apertura de Proposiciones.
Conforme a lo establecido en el Art. 35 de la “LA LEY” el procedimiento será el siguiente:
El servidor público que presida el Acto de apertura de presentación de proposiciones, verificará que existan proposiciones depositadas en CompraNet, para dar inicio a la apertura de las propuestas recibidas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 47 de “EL REGLAMENTO”.
“LA CONVOCANTE” procederá a la apertura de los archivos que fueron enviados a través de CompraNet, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido e imprimirá los documentos contenidos en las proposiciones.
Recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidas en esta convocatoria, no podrán dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento, hasta su conclusión.
En el supuesto de que en el acto de presentación y apertura de proposiciones por causas no imputables a la “SFP” o a “LA CONVOCANTE”, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por el sistema CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se corrijan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
Lo anterior será aplicable una vez que “LA CONVOCANTE” haya intentado abrir los archivos más de una vez y se haya entablado comunicación con el personal que administra el sistema CompraNet en la “SFP”. En términos de lo dispuesto en el artículo 47 de “EL REGLAMENTO”, el Presidente del evento tomará las decisiones que correspondan para continuar con este acto.
En caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, la proposición será
desechada de conformidad con el “ACUERDO”.
Si derivado del caso fortuito o fuerza mayor, no fuera posible realizar el acto de presentación y apertura de proposiciones en la fecha señalada en esta convocatoria, el mismo se celebrará el día
que indique “LA CONVOCANTE”, dentro de los plazos previstos en el artículo 32 de “LA LEY”, lo cual
se dará a conocer a los presentes en el acto y por medio del sistema CompraNet.
Se levantará acta de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones en la que se hará constar el importe de cada una de ellas, y se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la presente convocatoria.
Al finalizar dicha acta, se difundirá en CompraNet y se fijará un ejemplar del acta en algún lugar visible, en la Subgerencia de Adquisiciones, ubicada en calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez en el Estado de México por un término no menor de (5) cinco días hábiles.
5.4.- Documentación Legal y Administrativa que Deben Exhibir el “LICITANTE”.
5.4.1. Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” “LOS LICITANTES” o sus representantes, deberán enviar escaneo del escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes:
a) Del “LICITANTE”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y
b) Del representante legal del “LICITANTE”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron
otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
“LOS LICITANTES” podrán optar por enviar, en lugar del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo III (Manifestación de Identidad y Facultades), debidamente requisitado.
5.4.2. Escaneo de identificación oficial vigente del “LICITANTE” y en caso de personas xxxxxxx de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional).
5.4.3. Declaración de integridad, escaneo del escrito firmado de manera autógrafa por “LOS LICITANTES”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas
para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en la fracción IX del artículo 29 de la “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”, Anexo VIII.
5.4.4 Con fundamento en el artículo 29 fracción VIII de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” deberán enviar escaneo de la declaración por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VII.
5.4.5. Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” deberán enviar escaneo del escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación, que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la licitación, no podrán ser transferidos por el “LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”.
5.4.6. Escaneo de la Cédula de Identidad Fiscal, del “LICITANTE”.
5.4.7. Copia de la Registró patronal ante el I.M.S.S. del “LICITANTE”, en forma escaneada.
5.4.8. Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, el “LICITANTE” deberá presentar mediante documento escaneado la declaración de la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo VI. (En el caso de que el “LICITANTE”, no se encuentre dentro de este rubro, deberá presentar escrito donde manifieste no encontrarse en dicho supuesto)
5.4.8. En su caso, “LOS LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán enviar escaneo del convenio celebrado en los términos de la fracción II del artículo 44 de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”.
5.4.9. “El LICITANTE” debe presentar en forma escaneada el documento “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el
Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el contrato correspondiente. Numeral 3.4.
5.4.10. “El LICITANTE” debe presentar en forma escaneada el documento “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social”, con una antigüedad menor a 30 días naturales, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, o bien carta manifestando que no cuenta con trabajadores directos.
5.4.11. Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.
5.4.12. Escaneo del escrito en el que el “LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es
de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”.
5.4.13. “EL LICITANTE” deberá presentar Escrito en forma escaneada en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no existe conflicto de interés. .
5.5.- Contenido de la Propuesta Técnica.
5.5.1. La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyéndose en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo estar foliada en cada una de las hojas e integrarse con toda la información y documentación técnica de “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LA CONVOCANTE”, así como sus especificaciones detalladas, condiciones y requerimientos técnicos de prestación de “LOS SERVICIOS”. Se deberá presentar una sola propuesta técnica y económica por la partida completa conforme al Anexo V, aplicando las modificaciones o precisiones que, en su caso, hayan derivado de la (s) Junta (s) de Aclaraciones.
5.5.2. Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete
con “LA CONVOCANTE” a prestar “LOS SERVICIOS” que se ofrecen, de acuerdo con lo señalado en las condiciones y requerimientos específicos del Anexo V durante la vigencia de las 0:00.01 horas del 01 xx xxxxx de 2021 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2021 y bajo las condiciones pactadas, así como las que se deriven de la (s) Junta (s) de Aclaraciones.
5.5.3. Adjuntar archivo con el listado de sus oficinas de servicios por regiones de la República Mexicana.
5.5.4. Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste contar con el personal profesional y técnico especializado en el ramo, suficiente para la ejecución, operación y supervisión continua de los servicios.
5.5.5. Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal mediante el cual garantice la calidad de “LOS SERVICIOS” a realizar, señalando que cuentan con la infraestructura necesaria, los recursos, técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados para el tipo de servicio solicitado, para cumplir con “LOS SERVICIOS” a satisfacción de “LA CONVOCANTE” durante la vigencia del contrato que derive de la licitación.
5.5.6. Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste que en caso de resultar ganador, se compromete a garantizar “LOS SERVICIOS”, contra defectos en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en la presente convocatoria de licitación, en el contrato que derive de este procedimiento de contratación y/o en la legislación aplicable.
5.5.7. Escaneo de escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que se mencionen en forma específica para “LA CONVOCANTE”, los estándares de servicio, establecidos en el Anexo V de esta convocatoria.
5.5.8. Escaneo del Escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste compromiso de emitir reporte de siniestralidad de acuerdo a lo establecido en el Anexo V.
5.5.9. Escaneo del escrito en hoja membretada firmado por el representante legal del licitante, mediante el cual manifieste compromiso de realizar las reuniones de trabajo extraordinarias que en forma especial sean requeridas por Xxxxxxx, así como garantizar la visita de un ejecutivo del licitante a la
Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos por lo menos dos veces al mes y cuando la operación de la póliza así lo requiera.
5.5.10. Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal manifestando proporcionará por su cuenta y responsabilidad y sin costo alguno para “LA CONVOCANTE” los recursos financieros, humanos, técnicos, y materiales que garanticen la prestación del servicio en los términos ofertados.
5.5.11. Escaneo del currículo actualizado “LOS LICITANTES” que acrediten, dado el volumen de bienes a asegurar, que cuenta con una experiencia en todos los xxxxx de esta licitación de por lo menos 1 año.
5.5.12. Escaneo de la autorización vigente y más reciente emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para operar como compañía de seguros y que confirme que el licitante está autorizado para operar en todos los xxxxx de la licitación para la partida que está participando.
5.5.13. Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante en el que manifieste que no tiene impedimento de carácter penal, civil, fiscal o administrativo determinado por autoridad competente, que le impida participar en concursos de esta naturaleza; así como que no se le ha rescindido o cancelado contrato alguno.
5.5.14. Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante en el que manifieste que no le ha sido a su representada, desechada propuesta en procesos de Licitación Pública por haber presentado documentación legal, administrativa, propuestas técnicas o económicas, en las que manifestó información falsa o que se encuentre en proceso de dictamen por parte del Órgano Interno de Control de alguna dependencia o la Secretaría de la Función Pública.
5.5.15. Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante en el que manifieste que tanto en su oferta como en las primas del seguro, no existe cargo alguno por comisiones, intermediación de seguros o figura análoga a agentes o intermediarios.
5.5.16. Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste aceptar que “EL LICITANTE” ganador presentará a “LA CONVOCANTE” el directorio de ajustadores para la atención de siniestros en la partida I;
sin embargo “LA CONVOCANTE” a través de la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos designará el despacho de ajustadores que dará atención a todos los siniestros, el cual no será necesariamente del listado presentado.
5.5.17. Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste de conformidad que “LOS SERVICIOS” objeto de la presente Licitación, no se tendrán por recibidos o aceptados hasta que el área requirente y administradora del contrato, verifique su total cumplimiento cumpliendo con todas las especificaciones y características solicitadas en el Anexo V de esta convocatoria.
5.5.18. Escrito con membrete debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste el compromiso de pagar la penalización a las que se haga acreedor, mediante transferencia bancaria electrónica.
5.6.- Contenido de la Propuesta Económica.
5.6.1 Escaneo de la propuesta económica que deberá identificarse como tal, incluyéndose en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, debiendo estar foliada en cada una de las hojas indicando la descripción general de los servicios, así mismo deberá proporcionar los precios unitarios por cada póliza y sección, así como el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos.
Para tal efecto deberán utilizar los formatos abajo indicados desglosando el impuesto al Valor Agregado (IVA), en caso de que este aplique, así como la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidas por “LA CONVOCANTE”.
5.6.2. La propuesta económica deberá contener la siguiente información:
PARTIDA ÚNICA
Descripción | Prima Neta | Gastos | IVA | Prima Total |
Póliza 1.- Multi Póliza Empresarial | ||||
Sección a) Incendio (Edificios y contenidos) | ||||
Sección b)Calderas y recipientes sujetos a presión | ||||
Sección c)Rotura de maquinaria | ||||
Sección d)Equipo de contratistas | ||||
Sección e)Equipo electrónico |
Descripción | Prima Neta | Gastos | IVA | Prima Total |
Sección f)Robo de contenidos | ||||
Sección g)Dinero y valores | ||||
Sección h)Cristales y anuncios luminosos | ||||
Sección i) Montaje y obra civil | ||||
Sección j) Lecherías | ||||
Subsección a) Incendio (Edificios y contenidos) | ||||
Subsección b)Robo de contenidos | ||||
Subsección c)Dinero y valores | ||||
Póliza 2.- Responsabilidad Civil | ||||
Póliza 3.- Transporte Terrestre | ||||
Prima Total |
5.6.3. Escaneo de la Carta compromiso en la que manifieste que su proposición económica no se elabora en condiciones de prácticas desleales de comercio.
5.6.4. En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas y los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del contrato respectivo.
5.6.5. “LOS LICITANTES” deberán presentar manifestación por escrito, firmada de manera autógrafa por su apoderado, en la que se indique que conocen y aceptan el contenido del modelo de contrato.
5.7.- Propuestas Conjuntas.
En términos de lo establecido en los artículos 34 de “LA LEY” y 44 de “EL REGLAMENTO”, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la licitación, sin necesidad de constituir una nueva persona moral, siempre y cuando la asociación sea congruente con los criterios de adjudicación, para ello, los proponentes celebrarán un convenio en términos de la legislación aplicable, cuyo original deberán presentar indistintamente en el interior o fuera del sobre de las propuestas, en el cual se establecerán con precisión los siguientes aspectos:
• Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de
las personas xxxxxxx, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en ellas;
• Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
• La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición;
• La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se les exigirá el cumplimiento de sus obligaciones;
• Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
• En términos de lo establecido en el artículo 44 de “EL REGLAMENTO”, cuando resulte adjudicada una propuesta conjunta, el convenio con la descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, indicado en este numeral y la acreditación de las facultades del apoderado legal que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, xxxxxxx acreditar su respectiva personalidad.
• Presentar en forma individual los escritos señalados en el artículo 48 fracción VIII de “EL REGLAMENTO”.
5.8.- Criterios Específicos para Evaluar Proposiciones y Adjudicar el Contrato.
Una vez recibida la documentación, en términos de lo establecido en el artículo 36 segundo párrafo de “LA LEY”, “LA CONVOCANTE” efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de las proposiciones, para lo cual revisará y analizará la documentación legal, administrativa, técnica y económica, presentada por las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar solvente, se evaluará las que sigan en precio.
Para la evaluación de las proposiciones se establece el criterio binario (cumple, no cumple), con fundamento en los artículos 36 segundo párrafo y 36 Bis de “LA LEY” y artículo 51 de “EL REGLAMENTO”, mediante el cual se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo por partida completa, En este supuesto, la convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio, los criterios de evaluación se sustentarán en los siguiente.
“LA CONVOCANTE”, a través de la Subgerencia de Adquisiciones realizará la evaluación de los requisitos legales y administrativos, verificando que cumplan con lo solicitado en esta convocatoria, o en su caso señalar aquellos incumplimientos, motivando y fundando dicha evaluación.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento por sí mismo o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no será objeto de evaluación y se tendrán por no establecidas; La inobservancia por parte de los “LICITANTES” respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la “CONVOCANTE” o los “LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
Criterios de Evaluación de la Propuesta Técnica.
La revisión, análisis detallado, evaluación y dictamen de las proposiciones técnicas que presenten los licitantes, será efectuadas por la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos de “LA CONVOCANTE”.
A través de la documentación presentada por los “LICITANTES”, “LA CONVOCANTE” verificará que los requisitos establecidos en esta convocatoria sean cubiertos, conforme a lo siguiente:
• Se verificará que las propuestas incluyan todos los documentos requeridos en el numeral 5.5 y del Anexo V de esta convocatoria.
• A través de la propuesta técnica presentada por los licitantes se verificará que “LOS SERVICIOS” propuestos cumplan con las características, especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos solicitados en el Anexo V, el incumplimiento de uno o más conceptos derivará en el desechamiento de la propuesta, toda vez que las especificaciones detalladas son las mínimas que deberán cumplir “LOS SERVICIOS” requeridos. Dicha evaluación se efectuará en el siguiente formato:
Dictamen de la evaluación
Abrev | Participantes | Cumplimiento | |
Técnica | Económica | ||
Mejores ofertas económicas
1 | Participante | Importe |
En letra | ||
2 | Participante | Importe |
En letra |
Observaciones de la evaluación técnica
Participante | Comentarios |
1. |
Observaciones de la evaluación económica
Participante | Importe | Comentarios |
1. |
Evaluación de las condiciones y requerimientos técnicos
Aspectos contemplados en convocatoria, anexo técnico y junta de aclaraciones | Participantes ( cumplimiento) | |
Prov 1 | Prov 2 | |
Apartado “a” del anexo técnico........ |
La omisión de cualquiera de los requisitos de cumplimiento establecidos en esta convocatoria será motivo de desechamiento de la proposición.
En ningún caso “LA CONVOCANTE” o “LOS LICITANTES” podrán suplir o corregir las deficiencias de
la propuesta presentada.
En los casos en que las propuestas por sí o como resultado de la impresión presenten tachaduras o presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, respecto la prestación de “LOS SERVICIOS” o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, serán consideradas insolventes y serán desechadas.
Criterios de Evaluación de la Propuesta Económica.
“LA CONVOCANTE”, efectuará el análisis, revisión y cotejo de la documentación económica presentada por cada uno de “LOS LICITANTES” y efectuará la evaluación cuantitativa y cualitativa de sus propuestas económicas de conformidad con los términos y condiciones de esta convocatoria.
“LA CONVOCANTE” a través de Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos, realizarán en forma conjunta la evaluación de las propuestas económicas respecto de su solvencia, la cual cotejará con la propuesta técnica, a fin de verificar que la propuesta económica sea congruente con la propuesta técnica presentada, en caso de existir discrepancia entre ambos documentos, la propuesta será considerada insolvente y será desechada.
“LOS LICITANTES” deberán presentar el precio unitario cotizado de acuerdo a la cantidad señalada en el Anexo V, por lo que deberán incluir precios fijos y en ningún caso procederán ajustes, ya que “LA CONVOCANTE” únicamente pagará el precio ofertado por “LOS LICITANTES” ganadores más el IVA correspondiente.
En caso de que sólo sea aceptada una proposición solvente, se tomarán en cuenta los resultados de la investigación xx xxxxxxx realizada por la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos, esto para constatar que, los precios ofertados no sean mayores a los existentes en el mercado o no resulten convenientes para “LA CONVOCANTE”, de conformidad a lo señalado en el Artículo 36 Bis fracción II de “LA LEY”.
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONVOCANTE”, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades solicitadas estas podrán corregirse, en términos de lo señalado por el artículo 55 de “EL REGLAMENTO”.
5.9.- Causas de Desechamiento de las Proposiciones Presentadas por el “LICITANTE”.
Será motivo de desechamiento de las proposiciones presentadas por “LOS LICITANTES”:
a) La omisión de la presentación y entrega dentro de su proposición de cualquiera de los requisitos administrativos y legales establecidos en el numeral 5.4 de esta convocatoria.
b) La omisión de los requisitos que afectan la solvencia de las proposiciones, establecidos en el numeral 5.5 de la presente convocatoria.
c) Condicionar la proposición o establecer condiciones adicionales a las establecidas en esta convocatoria.
d) Será causa de desechamiento la contravención de las condiciones establecidas en esta convocatoria y sus Anexos.
e) Que las proposiciones presentadas no se encuentren debidamente foliadas, de conformidad
con lo establecido en el artículo 50 de “EL REGLAMENTO”.
f) La comprobación de que algún “LICITANTE” ha acordado con otro u otros elevar los precios de “LOS SERVICIOS” objeto de esta licitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás “LICITANTES”.
g) Cuando “LOS LICITANTES” presenten cualquiera de los documentos legales, técnicos y económicos fuera de los términos establecidos en esta convocatoria.
h) Cuando el objeto social del “LICITANTE” no corresponda con el objeto de la adquisición en la
presente licitación.
i) Cuando la propuesta económica no coincida con los términos establecidos por el “LICITANTE”
en la propuesta técnica.
j) Cuando los conceptos ofertados sea menor al 100% de los conceptos solicitados por “LA CONVOCANTE” en cada partida.
k) Cuando cualquiera de los documentos de la proposición, se presenten sin la firma autógrafa o la firma electrónica (archivo pdf.p7m) y/o sin el nombre del representante legal, en donde lo indiquen los formatos establecidos por “LA CONVOCANTE” en el presente procedimiento.
l) Cuando alguno de los documentos de las propuestas técnicas y económicas se presente con xxxxxxxxxx y enmendaduras.
m) Cuando los precios propuestos por “LOS LICITANTES” no fueran aceptables por “LA CONVOCANTE”.
n) Si se contraviene cualquier disposición de “LA LEY”, o “EL REGLAMENTO” o de las demás disposiciones vigentes en la materia.
o) Si el precio indicado en la propuesta no se considera conveniente para “LA CONVOCANTE”, conforme a la investigación de precios realizada por la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos.
Circunstancias que, en su caso, “LA CONVOCANTE” comunicará a “LOS LICITANTES”, por escrito debidamente fundado y motivado en Fallo que será publicado en CompraNet.
5.10.- Causas que Determinan Declarar Desierta la Licitación.
a) Ningún “LICITANTE” envíe sus proposiciones en la fecha y horario establecido.
b) Ninguna de las proposiciones enviadas reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria.
c) Cuando el importe de la propuesta solvente más baja sea superior al monto del presupuesto autorizado a “LA CONVOCANTE” para “LOS SERVICIOS” objeto de la presente licitación y no sea posible obtener la reasignación de recursos en términos de lo señalado por el artículo 56 de “EL REGLAMENTO”, ni efectuar las reducciones indicadas en dicho precepto.
d) Cuando los precios de las propuestas presentadas, conforme a la investigación xx xxxxxxx realizada por la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos no fueren convenientes para “LA CONVOCANTE”.
5.11.- Cancelación del Procedimiento de Contratación.
Con fundamento en el artículo 38 de “LA LEY” “LA CONVOCANTE” podrá cancelar esta licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar “LOS SERVICIOS” y que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia “LA CONVOCANTE”.
La determinación de dar por cancelada la licitación o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento del “LICITANTE”, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”.
5.12.- FALLO.
Comunicación del Fallo.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de “LA LEY” el fallo de este procedimiento de licitación se dará a conocer a través de CompraNet, la cual se llevará a cabo, el 26 de febrero de 2019, a las 17:00 horas, enviándoles un aviso a “LOS LICITANTES” que ya se encuentra disponible en la página, el mismo día en que se realice el acto. Asimismo, se fijará un ejemplar del acta en un lugar visible de la oficina de la Subgerencia de Adquisiciones, ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez en el Estado de México, por un término de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la celebración del acto, en horario comprendido de las 09:00 a las 16:30 horas.
Efectos del Fallo.
Conforme a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 46 de “LA LEY” con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en el modelo de contrato adjunto a esta convocatoria sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo.
Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo será potestativo para “LOS LICITANTES” presentar inconformidad en términos de lo establecido Título Sexto, Capítulo Primero de “LA LEY”.
De conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 37 de “LA LEY” cuando se advierta en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por “LA CONVOCANTE”, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección, con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente, en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a “LOS LICITANTES” que hubiere participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de su firma.
Si el error cometido en el fallo no fuera susceptible de corrección conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, se dará vista de inmediato al Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE”, a efecto de que, previa intervención de oficio, se emitan las directrices para su reposición.
6.- Inconformidades.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” podrán presentar inconformidades por escrito, en las oficinas de la “SFP”, sita en Av. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, xxxxxx xxxx xxx xxx, xxxxxxx Xxxxxxxxx Xnn, C.P. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, México D.F. o ante el Órgano Interno de Control de “LA CONVOCANTE” ubicado en Xxxxxxx Xxxxxx número 1, tercer piso, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 53390, Naucalpan de Juárez, Estado de México, dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes en que ocurra el acto impugnado.
Dicha inconformidad podrá presentarse a través del sistema CompraNet en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
7.- Anexos.
I. Formato de Participación a la Junta de Aclaraciones.
II. Relación de Documentación Requerida para Participar en el Acto de Presentación y
Apertura de Proposiciones.
III. Manifestación de Identidad y Facultades.
IV. Modelo de Contrato.
V. Especificaciones, Condiciones y Requerimientos Técnicos.
VI. Formato para la Manifestación que deberán Presentar los LICITANTES que Participen en los Procedimientos de Adquisición para dar Cumplimiento a lo Dispuesto en los Lineamientos para Fomentar la Participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los Procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles, así como la Contratación de Servicios que Realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
VII. Formato de Presentación de Carta de Manifestación del Art. 50 y 60.
VIII. Declaración de Integridad.
IX. Propuesta Económica.
X. Declaración de Conflicto de Interés.
Anexo I
FORMATO DE PARTICIPACIÓN A LA JUNTA DE ACLARACIONES
De conformidad con lo previsto por el artículo 33 Bis de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por mi propio derecho (o en representación) de: manifiesto mi interés de participar en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica No. , convocada por “LA CONVOCANTE”, para la adquisición de:
, para lo cual proporciono mis datos generales (o los de mi representado)
DATOS GENERALES | ||
Nombre de la persona física o moral: | ||
Registro Federal de Contribuyentes: | ||
Domicilio: Calle y Número: | ||
Colonia: | Delegación o Municipio: | |
Código Postal: | Entidad Federativa: | |
Teléfonos: | Fax: | |
Correo Electrónico: | ||
I. Del LICITANTE: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas, y II. Del representante del LICITANTE: Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. |
Firma Nombre
ANEXO I
NOMBRE DE LA EMPRESA.
SOLICITUD DE ACLARACIÓN A LA CONVOCATORIA
LICITACION PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No. LA-000XXX000-E10-2021 PREGUNTAS
TÉCNICA O ADMINISTRATIVA
NUMERAL DE LA CONVOCATORIA A QUE SE REFIERE:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
PREGUNTA No.:
NOMBRE:
FIRMA -
ANEXO II
Relación de Documentación Requerida para Participar en el Acto de Apertura de Proposiciones
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA:
NOMBRE DEL LICITANTE:
RELACIÓN DE DOCUMENTOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA: | |||||
5.4.1. | Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “EL REGLAMENTO” “LOS LICITANTES” o sus representantes, deberán enviar escaneo del escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada y suscribir las proposiciones correspondientes. Mismo que contendrá los datos siguientes: a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. Los licitantes podrán optar por envío del escrito a que se ha hecho referencia, el formato Anexo III (Manifestación de Identidad y Facultades), debidamente requisitado. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.2. | Escaneo de identificación oficial vigente del “LICITANTE” y en caso de personas xxxxxxx de su apoderado, con fotografía y firma (credencial para votar, pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional). | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.3 | Declaración de integridad, escaneo del escrito firmado de manera autógrafa por “LOS LICITANTES”, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que por sí mismo o por interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de “LA CONVOCANTE”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás “LICITANTES”, de acuerdo a lo indicado en la fracción IX del artículo 29 de la “LA LEY” y el artículo 39 fracción VI inciso f) de “EL REGLAMENTO”, Anexo VIII. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.4. | Con fundamento en el artículo 29 fracción VIII de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” deberán enviar escaneo de la declaración por escrito firmada de manera autógrafa por sí mismo, o en su caso por el apoderado, bajo protesta de decir verdad, de que ni él ni su representada se encuentran en ninguno de los supuestos que señalan los artículos 50 y 60 de “LA LEY”. Anexo VII. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.5. | Con fundamento en el Artículo 46 último párrafo de “LA LEY”, “LOS LICITANTES” deberán enviar escaneo del escrito en papel membretado de la empresa y firmado por el Representante Legal, que contenga la manifestación, que los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria a la licitación, no podrán ser transferidos por el “LICITANTE” adjudicado a favor de cualquier otra persona física o moral en forma parcial ni total, salvo los derechos de cobro previa autorización expresa y por escrito de “LA CONVOCANTE”. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.6. | Escaneo de la Cédula de Identidad Fiscal, del “LICITANTE”. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.7. | Copia de la Registró patronal ante el I.M.S.S. del “LICITANTE”, en forma escaneada. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.8 | Con fundamento en el artículo 34 de “EL REGLAMENTO”, el “LICITANTE” deberá presentar mediante documento escaneado la declaración de la estratificación a la que pertenece dentro de las MIPYMES, de acuerdo al Anexo VI. (En el caso de que el “LICITANTE”, no se encuentre dentro de este rubro, deberá presentar escrito donde manifieste no encontrarse en dicho supuesto) | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.9. | En su caso, “LOS LICITANTES” que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán enviar escaneo del convenio celebrado en los términos de la fracción II del artículo 44 de “EL REGLAMENTO”; así como presentar en forma individual los escritos señalados en la fracción VIII del artículo 48 de “EL REGLAMENTO”. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.10. | “El LICITANTE” debe presentar en forma escaneada el documento “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” vigente y en sentido positivo, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), requisito sin el cual no podrá formalizarse el contrato correspondiente. Numeral 3.4. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.11. | “El LICITANTE” debe presentar en forma escaneada el documento “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social”, con una antigüedad menor a 30 días naturales, conforme a lo establecido en el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, o bien carta manifestando que no cuenta con trabajadores directos. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.12. | Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.13. | Escaneo del escrito en el que el “LICITANTE” manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, conforme a lo señalado en el artículo 35 de “EL REGLAMENTO”. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.4.14. | “EL LICITANTE” deberá presentar Escrito en forma escaneada en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no existe conflicto de interés. Anexo X. | Sí ( | ) | No ( | ) |
DOCUMENTACION TECNICA: | |||||
5.5.1 | La propuesta técnica deberá identificarse como tal, incluyéndose en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA TÉCNICA”, debiendo estar foliada en cada una de las hojas e integrarse con toda la información y documentación técnica de “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LA CONVOCANTE”, así como sus especificaciones detalladas, condiciones y requerimientos técnicos de prestación de “LOS SERVICIOS”. Se deberá presentar una sola propuesta técnica y económica por la partida completa conforme al Anexo V, aplicando las modificaciones o precisiones que, en su caso, hayan derivado de la (s) Junta (s) de Aclaraciones. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.2 | Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en donde manifieste que en caso de resultar ganador se compromete con “LA CONVOCANTE” a prestar “LOS SERVICIOS” que se ofrecen, de acuerdo con lo señalado en las condiciones y requerimientos específicos del Anexo V durante la vigencia de las 0:00.01 horas del 01 xx xxxxx de 2021 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2021 y bajo las condiciones pactadas, así como las que se deriven de la (s) Junta (s) de Aclaraciones. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.3 | Adjuntar archivo con el listado de sus oficinas de servicios por regiones de la República Mexicana. | Sí ( | ) | No ( | ) |
DOCUMENTACION TECNICA: | |||||
5.5.4 | Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste contar con el personal profesional y técnico especializado en el ramo, suficiente para la ejecución, operación y supervisión continua de los servicios. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.5 | Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal mediante el cual garantice la calidad de “LOS SERVICIOS” a realizar, señalando que cuentan con la infraestructura necesaria, los recursos, técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados para el tipo de servicio solicitado, para cumplir con “LOS SERVICIOS” a satisfacción de “LA CONVOCANTE” durante la vigencia del contrato que derive de la licitación. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.6 | Escaneo del escrito con membrete de “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste que en caso de resultar ganador, se compromete a garantizar “LOS SERVICIOS”, contra defectos en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en la presente convocatoria de licitación, en el contrato que derive de este procedimiento de contratación y/o en la legislación aplicable. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.7 | Escaneo de escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que se mencionen en forma específica para “LA CONVOCANTE”, los estándares de servicio, establecidos en el Anexo V de esta convocatoria. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.8 | Escaneo del Escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste compromiso de emitir reporte de siniestralidad de acuerdo a lo establecido en el Anexo V. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.9 | Escaneo del escrito en hoja membretada firmado por el representante legal del licitante, mediante el cual manifieste compromiso de realizar las reuniones de trabajo extraordinarias que en forma especial sean requeridas por Xxxxxxx, así como garantizar la visita de un ejecutivo del licitante a la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación; y Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos por lo menos dos veces al mes y cuando la operación de la póliza así lo requiera. | Sí ( | ) | No ( | ) |
DOCUMENTACION TECNICA: | |||||
5.5.10 | Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal manifestando proporcionará por su cuenta y responsabilidad y sin costo alguno para “LA CONVOCANTE” los recursos financieros, humanos, técnicos, y materiales que garanticen la prestación del servicio en los términos ofertados. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.11 | Escaneo del currículo actualizado “LOS LICITANTES” que acrediten, dado el volumen de bienes a asegurar, que cuenta con una experiencia en todos los xxxxx de esta licitación de por lo menos 1 año. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.12 | Escaneo de la autorización vigente y más reciente emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas para operar como compañía de seguros y que confirme que el licitante está autorizado para operar en todos los xxxxx de la licitación para la partida que está participando. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.13 | Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante en el que manifieste que no tiene impedimento de carácter penal, civil, fiscal o administrativo determinado por autoridad competente, que le impida participar en concursos de esta naturaleza; así como que no se le ha rescindido o cancelado contrato alguno. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.14 | Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante en el que manifieste que no le ha sido a su representada, desechada propuesta en procesos de Licitación Pública por haber presentado documentación legal, administrativa, propuestas técnicas o económicas, en las que manifestó información falsa o que se encuentre en proceso de dictamen por parte del Órgano Interno de Control de alguna dependencia o la Secretaría de la Función Pública. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.15 | Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante en el que manifieste que tanto en su oferta como en las primas del seguro, no existe cargo alguno por comisiones, intermediación de seguros o figura análoga a agentes o intermediarios. | Sí ( | ) | No ( | ) |
DOCUMENTACION TECNICA: | |||||
5.5.16 | Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste aceptar que “EL LICITANTE” ganador presentará a “LA CONVOCANTE” el directorio de ajustadores para la atención de siniestros en la partida I; sin embargo “LA CONVOCANTE” a través de la Subgerencia de Mantenimiento y Conservación y los Asuntos Concernientes a la Administración de Riesgos designará el despacho de ajustadores que dará atención a todos los siniestros, el cual no será necesariamente del listado presentado. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.17 | Escaneo del escrito con membrete “LOS LICITANTES” debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste de conformidad que “LOS SERVICIOS” objeto de la presente Licitación, no se tendrán por recibidos o aceptados hasta que el área requirente y administradora del contrato, verifique su total cumplimiento cumpliendo con todas las especificaciones y características solicitadas en el Anexo V de esta convocatoria. | Sí ( | ) | No ( | ) |
5.5.18. | Escrito con membrete debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste el compromiso de pagar la penalización a las que se haga acreedor, mediante transferencia bancaria electrónica. | Sí ( | ) | No ( | ) |
DOCUMENTACION ECONÓMICA: | ||
5.6.1 | Escaneo de la propuesta económica que deberá identificarse como tal, incluyéndose en la parte superior de la primera hoja la leyenda “PROPUESTA ECONÓMICA”, debiendo estar foliada en cada una de las hojas indicando la descripción general de los servicios, así mismo deberá proporcionar los precios unitarios por cada póliza y sección, así como el importe total de la propuesta, en pesos mexicanos. Para tal efecto deberán utilizar los formatos abajo indicados desglosando el impuesto al Valor Agregado (IVA), en caso de que este aplique, así como la forma de pago, de conformidad con los requisitos y condiciones establecidas por “LA CONVOCANTE”. •Carta compromiso en la que manifieste que en su proposición económica, no se cotizan condiciones de prácticas desleales de comercio | Sí ( ) No ( ) |
5.6.2 | La propuesta deberá contener la información solicitada en el formato de este numeral página 22. | Sí ( ) No ( ) |
5.6.3 | Escaneo de la Carta compromiso en la que manifieste que su proposición económica no se elabora en condiciones de prácticas desleales de comercio. | Sí ( ) No ( ) |
5.6.4. | En la propuesta económica se deberá indicar que ésta tiene una vigencia mínima de 40 (cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de presentación de propuestas y los precios señalados en ella serán fijos hasta el total cumplimiento del contrato respectivo. | Sí ( ) No ( ) |
5.6.5 | “LOS LICITANTES” deberán presentar manifestación por escrito, firmada de manera autógrafa por su apoderado, en la que se indique que conocen y aceptan el contenido del modelo de contrato. | Sí ( ) No ( ) |
Este formato se utilizará como constancia para el “LICITANTE” de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya y solo da constancia, de la recepción de dicha documentación, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en la Convocatoria será verificado y evaluado por “LA CONVOCANTE”.
La omisión de la presentación de este formato por parte de “LOS LICITANTES”, no será motivo de desechamiento de su proposición.
NOTA: El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida.
XXXXXX, X.X. X XX XXX 0000
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO III
MANIFESTACIÓN DE IDENTIDAD Y FACULTADES.
Xx, (nombre del apoderado) _, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi o por mi representada, a través de la propuesta en el presente procedimiento Licitación Pública Nacional Electrónica No. , a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio: Calle y Número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario que las protocolizó:
Relación de Socios:
Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial o profesional:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario que las protocolizó:
Nombre y domicilio del apoderado:
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:
Escritura pública número:
Fecha:
Nombre, número, y circunscripción xxx Xxxxxxx o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha Protesto lo necesario.
(Firma autógrafa de licitante o de su apoderado)
Notas:
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada LICITANTE en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, en el orden indicado.
2.- El LICITANTE deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
3.- De igual forma, tratándose de personas físicas podrá ser adecuado a lo conducente.
NOTA: EL PRESENTE FORMATO PODRÁ SER REPRODUCIDO POR CADA PARTICIPANTE EN EL MODO QUE ESTIME CONVENIENTE, DEBIENDO RESPETAR SU CONTENIDO, EN EL ORDEN INDICADO.
ANEXO IV
MODELO DE CONTRATO
ANEXO V
ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE LOS BIENES DE LICONSA, S.A. DE C.V.
Multi-póliza Empresarial (Incluye Multipóliza de lecherías), Responsabilidad Civil, Transporte Terrestre.
La aseguradora, deberá admitir la responsabilidad sobre los bienes patrimoniales propiedad de Xxxxxxx, S.A. de C.V. (muebles e inmuebles), así como de los que se encuentren bajo su responsabilidad, posesión, custodia, o bien, tomados en comodato y en el que se tenga un interés asegurable, y del que jurídicamente sea responsable, incluyendo mejoras y adaptaciones.
VIGENCIA DEL SEGURO
El seguro de bienes patrimoniales de “LICONSA” inicia su vigencia a partir de las 0:00.01 horas del día 1º xx xxxxx de 2021 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2021.
PÓLIZAS DE SEGURO
• Multi-póliza Empresarial (Incluye Multi-póliza de lecherías)
• Responsabilidad civil
• Transporte terrestre
MULTIPÓLIZA EMPRESARIAL
Condiciones y requerimientos técnicos de las pólizas de seguro que amparan los bienes patrimoniales de Liconsa, S.A. de C.V.
COBERTURA PARA TODO BIEN A TODO RIESGO A PRIMER RIESGO ABSOLUTO
Valores de reposición al 100%, sumas aseguradas en pesos mexicanos.
BIENES CUBIERTOS
Bienes muebles e inmuebles, maquinaria y equipo, mobiliario, enseres, mercancías, inventarios y en general todo bien que constituya el patrimonio de “LICONSA” incluyendo los que se encuentren bajo su responsabilidad, posesión, custodia, o bien, tomados en comodato, y del que jurídicamente la empresa sea responsable, incluyendo mejoras y adaptaciones realizadas por el asegurado para reformar, adaptar o mejorar el (los) inmueble(s) por él ocupado (s).
Así mismo quedarán cubiertas las mejoras y adaptaciones dentro de la indemnización de un siniestro, cuanto éstas sean indispensables para evitar que se repita el daño causado por un nuevo siniestro, hasta un sublímite del 30% del valor total de la reparación y hasta un límite de 2 eventos por año.
Quedan cubiertos para todos sus riesgos sin excepción, los sótanos, bajo niveles, estacionamientos subterráneos, tanto en sus edificios, como los contenidos que se encuentren en estos, de manera enunciativa y no limitativa se trata de materias primas, productos en proceso y/o terminados y equipos, incluyendo mobiliario, archivos y equipos de oficinas, incluyendo la papelería que se encuentre en estos.
De forma enunciativa pero no limitativa se cubre : toda clase de bienes propiedad del asegurado y/o de terceras personas que estén bajo su cuidado, custodia, control y/o bajo su responsabilidad sobre todos los contenidos en general, pero sin estar limitados a: mobiliario y equipo de oficina, maquinaria y equipo, papelería en general, equipo de laboratorio, accesorios, equipos lectores y sus bases en tránsito, equipo especializado y protecciones contra incendio, herramientas, herramientas y sus accesorios en tránsito, inventarios de todo tipo y naturaleza propios e inherentes al giro del negocio asegurado, materias primas en general, producto en proceso y/o terminados, todo tipo de materiales de envase y empaque así como sus canastillas de transporte y propaganda y existencias de leche en polvo y liquida en cualquier envase y/o presentación y contenidos en general e inventarios en general, bienes que por su naturaleza se encuentren a la intemperie tales como antenas, escaleras entre otros. Mejoras y adaptaciones hechas al local o edificio cuando el asegurado sea arrendatario.
Almacenamiento de existencias de acuerdo al giro de “LICONSA”, pero sin estar limitados a, leche en polvo entera, descremada, liquida (pero sin estar limitada a entera, semi-descremada, descremada o saborizada), producto terminado, vitaminas, productos químicos, incluyendo derrames, aceite vegetal, saborizantes y azúcar en cualquiera de sus modalidades y/o presentaciones, en los almacenes en uso o bajo responsabilidad de éste, almacenes en renta o en donde se tenga un interés asegurable, bodegas propias y de terceros, plantas de proceso, y/o programas xx xxxxxx social, sus
bodegas anexas y centros de acopio, instalaciones propiedad de “LICONSA” ubicadas en los
diferentes centros de distribución como son lecherías de concesionarios y distribuidores.
RIESGOS CUBIERTOS
Todo riesgo de pérdida o daño físico accidental, súbito e imprevisto, de pérdidas ocasionadas a las propiedades aseguradas, sin estar limitados a los siguientes xxxxx: incendio y coberturas adicionales, equipo de contratistas, equipo electrónico (equipo fijo portátil en tránsito o dentro de los inmuebles y portadores externos de datos; dentro de oficinas se cubre el robo sin violencia), montaje, obra civil, rotura de maquinaria, calderas y recipientes sujetos a presión, robo con violencia y/o asalto, rotura xx xxxxxxxxx, anuncios luminosos y no luminosos y dinero y/o valores (robo con violencia y/o asalto, incendio y explosión, incapacidad física de la persona portadora de los bienes y accidente del vehículo portador), daños por fauna nociva pero sin estar limitada a roedores, insectos y aves refiriéndose de manera enunciativa mas no limitativa a la contaminación provocada a la materia prima, tarimas y por daño a empaques, entre otros, cualquier riesgo que sufra el producto de Liconsa en cualquiera de sus modalidades y/o presentaciones como leche en polvo entera, descremada, líquida pero sin estar limitada a semi-descremada, descremada o saborizada, producto terminado, vitaminas, aceite vegetal, saborizantes y azúcar dentro de las instalaciones de LICONSA, almacenes propios o de terceros.
SECCIONES INCLUIDAS Y RIESGOS CUBIERTOS:
Con sujeción a las exclusiones particulares previstas en cada sección se cubre la pérdida o daño físico accidental, súbito e imprevisto de pérdidas ocasionadas a las propiedades aseguradas, con base a las siguientes secciones:
A) Incendio, explosión, extensión de cubierta y coberturas aliadas (Edificios y contenidos)
B) Xxxxxxxx y recipientes sujetos a presión
C) Rotura de maquinaria
D) Equipo de contratistas
E) Equipo electrónico
F) Robo con violencia y/o asalto
G) Dinero y/o valores
H) Rotura xx xxxxxxxxx y anuncios luminosos y no luminosos
I) Montaje y obra civil
J) Lecherías (Incendio, Robo de Contenidos/Existencias, y, Dinero y valores)
Todos los bienes y riesgos que deban ampararse mediante convenio expreso, quedarán cubiertos de forma automática a menos que se exprese lo contrario.
SECCIÓN A) INCENDIO, EXPLOSIÓN, EXTENSIÓN DE CUBIERTA Y COBERTURAS ALIADAS (EDIFICIOS Y CONTENIDOS EN GENERAL)
Cobertura: todo bien, todo riesgo, primer riesgo absoluto, describiendo en forma ilustrativa y no limitativa los siguientes riesgos:
▪ Incendio, rayo, explosión
▪ Fenómenos hidrometeorológicos
▪ Terremoto y/o erupción volcánica
▪ Combustión espontánea
▪ Riesgos y bienes cubiertos mediante convenio expreso
▪ Daños causados directamente por obstrucción en las bajadas pluviales a causa de acumulación xx xxxxxxx.
▪ Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
Texto para cubrir las pérdidas o daños físicos directos ocasionados por fenómenos hidrometeorológicos.
Cláusula 1ª. Cobertura
Con sujeción a las condiciones generales y especiales de la póliza de seguro y con límite en la suma asegurada contratada, los bienes materia del seguro quedan cubiertos, contra pérdidas o daños físicos directos ocasionados por: Huracán, vientos tempestuosos, granizo, helada, nevada, marejada, inundación, lluvia, inundación por lluvia, avalanchas de lodo, y golpe de mar.
Cláusula 2ª. Bienes que deberán ser cubiertos mediante convenio expreso
Los bienes que a continuación se indican serán cubiertos mediante convenio expreso entre
“LICONSA” y La aseguradora.
1) Instalaciones fijas que por su propia naturaleza deban estar a la intemperie, tales como, pero no limitados a:
a) chimeneas metálicas.
b) molinos y bombas de viento.
c) xxxxxx de enfriamiento.
d) xxxxxx xx xxxxx estructural y antenas de transmisión.
e) antenas de recepción de señales.
f) tanques de almacenamiento, cisternas, aljibes y sus contenidos.
g) subestaciones eléctricas.
h) maquinaria y equipo industrial diseñado expresamente para operar a la intemperie.
i) anuncios y rótulos.
j) instalaciones deportivas.
k) estaciones meteorológicas.
l) albercas.
m) toldos y cortinas.
n) palapas.
o) jardines y construcciones decorativas.
p) muros de contención, caminos, calles pavimentadas, guarniciones o patios propiedad
de “LICONSA”.
q) cimentaciones e instalaciones subterráneas.
r) bienes muebles o inmuebles que se localicen en sótanos o semisótanos considerándose como tales: cualquier recinto donde la totalidad de sus muros perimetrales se encuentren parcial o totalmente bajo el nivel natural del terreno.
s) muebles de jardín fijos.
t) edificios desocupados o deshabitados.
u) edificios en construcción o reconstrucción.
v) cimentaciones e instalaciones subterráneas
w) plantas de emergencia
2) Edificios terminados que por la naturaleza de su ocupación carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros macizos, siempre y cuando dichos edificios hayan sido diseñados y/o construidos para operar bajo estas circunstancias.
3) Responsabilidad civil general.- Responsabilidades que quedan amparadas bajo convenio expreso:
a) Xxxxxx, en las que el asegurado, por convenio o contrato, se comprometa a la sustitución del obligado original, para reparar o indemnizar eventuales y futuros daños a terceros en sus personas o en sus propiedades.
b) Daños ocasionados a bienes propiedades de terceros:
I. Que estén en poder del asegurado por arrendamiento, comodato, depósito o por disposición de autoridad.
II. Por incendio o explosión tratándose de arrendamiento de inmuebles.
III. Que hayan sido ocasionados por las actividades normales del asegurado en estos bienes (elaboración, manipulación, transformación, reparación, examen y otras análogas).
c) Por daños ocasionados a terceros por los productos fabricados, entregados o suministrados por el asegurado o bien por los trabajos ejecutados.
d) Derivada de daños a vehículos propiedad de terceros, por la actividad propia de estacionamiento o taller de reparación o bien por operaciones de carga y/o descarga.
e) Por daños originados por contaminación u otras variaciones perjudiciales de aguas, atmosfera, suelos, subsuelos o bien por ruidos.
f) Por daños causados con motivo de obras, construcciones, ampliaciones o demoliciones.
4) Cristales.- Riesgos que quedan amparados bajo convenio expreso:
a) Al decorado del xxxxxxx x xxxxxxxxx asegurados (tales como plateado, dorado, teñido, pintado, grabado, corte, rótulos, realces y análogos) o a sus xxxxxx.
b) Por reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del inmueble y/o del xxxxxxx x xxxxxxxxx asegurados.
5) Anuncios luminosos y no luminosos.- Riesgos que quedan amparados bajo convenio expreso:
a) Por remoción de los anuncios y mientras no queden debidamente instalados
b) Por reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del anuncio asegurado o de los inmuebles o predios donde estén instalados.
c) A los motores eléctricos que accionan los anuncios.
6) Equipo electrónico.- Bienes que quedan amparados bajo convenio expreso
a) Equipos móviles y portátiles fuera de los predios señalados en la caratula de la póliza.
b) Portadores externos de datos auxiliares a las instalaciones electrónicas procesadoras de datos.
c) Incremento en el costo de operación por la utilización de una instalación electrónica de procesamiento de datos ajena.
Riesgos que quedan amparados bajo convenio expreso
a) Cobertura de equipos móviles y/o portátiles fuera de los predios asegurados.
b) Xxxxx (robo sin violencia).
c) Gastos por flete aéreo.
d) Daños ocurridos por siniestro en el equipo de climatización.
e) Valor nuevo de reposición a consecuencia de un daño total.
Cláusula 3ª Exclusiones Generales aplicables a todos los incisos
1. Bienes excluidos. La aseguradora en ningún caso será responsable por pérdidas o daños a:
a) Cualquiera de los bienes mencionados en la cláusula 2ª, cuando no se haya convenido expresamente su cobertura.
b) Contenidos de los bienes mencionados en la cláusula 2ª.
c) Cultivos en pie, huertas, bosques, parcelas.
d) Animales.
e) Aguas estancadas, aguas corrientes, xxxx y aguas freáticas
f) Terrenos, incluyendo superficie, rellenos, drenaje y alcantarillado
g) Diques, espigones, depósitos naturales, canales, pozos, túneles, puentes y equipos e instalaciones flotantes
h) Cimentaciones.
i) Cualquier tipo de bien construido, o que se encuentre total o parcialmente sobre o bajo agua.
j) Daños a la playa o pérdida de playa.
k) Campos de golf
2. Riesgos excluidos. En ningún caso La aseguradora será responsable por pérdidas o daños causados por:
a) Daños por mojadura o humedades o sus consecuencias debido a filtraciones:
• De aguas subterráneas o freáticas.
• Por falta de mantenimiento.
• Por la falta de puertas, ventanas o muros o deficiencias constructivas de los mismos.
b) Daños por mojaduras, viento o lluvia al interior de los edificios o a sus contenidos a menos que los edificios sean destruidos o dañados en sus techos, muros, puertas o ventanas exteriores por la acción directa de los vientos, o del agua o xxx xxxxxxx
o por la acumulación de éste, o por algún riesgo cubierto, que causen aberturas permanentes o grietas a través de las cuales se haya introducido el agua o viento.
c) Por corrosión, herrumbre, erosión, moho, plagas de toda especie y cualquier otro deterioro paulatino a consecuencia de las condiciones ambientales y naturales.
d) Daños o pérdidas preexistentes al inicio de vigencia de este seguro, que hayan sido
o no del conocimiento de “LICONSA”.
e) Pérdidas o daños de cualquier tipo ocasionados por deficiencias en la construcción
o en su diseño, o por falta de mantenimiento de los bienes materia del seguro.
f) Retroceso de agua en alcantarillado, falta o insuficiencia de drenaje en los predios
de “LICONSA”.
g) Acción natural de la marea.
h) Daños o perjuicios causados por contaminación, a menos que los bienes cubiertos sufran daños materiales directos causados por los riesgos amparados, causando contaminación a los bienes cubiertos. No se amparan tampoco los perjuicios o gastos ocasionados por la limpieza o descontaminación del medio ambiente (tierra, subsuelo, aire o aguas)
Cláusula 4ª Exclusiones particulares
a) Para la cobertura de marejada
• Edificios o bienes materia del seguro ubicados en las cercanías o a las orillas del mar que no se encuentren protegidos por muros de contención cimentados con estructura de concreto armado o protegidas por escolleras de tetrápodos de concreto armado.
• Todo bien ubicado entre el muro de contención y el límite del oleaje.
• Muros de contención hechos con materiales distintos a concreto armado y en general cualquier edificación que no esté sustentada sobre cimentación de concreto armado o que carezca de cimentación.
b) Para la cobertura de inundación, inundación por lluvia y avalancha de lodo.
• Contaminación directa por agua de lluvia, a menos que haya ocurrido un daño físico a las instalaciones aseguradas.
Cláusula 5ª Integración de reclamaciones por un evento Hidrometeorologico (72 horas)
Todas las pérdidas originadas por los riesgos cubiertos a los bienes cubiertos se considerarán como un solo siniestro si ocurren durante un evento que continúe por un período hasta de 72 horas, cualquier evento que exceda de 72 horas consecutivas, se considerará como dos o más eventos.
Cláusula 6ª Definiciones Generales
a) Bajada de agua pluvial: conducto instalado desde la cubierta de un edificio hasta el nivel del piso para desalojar aguas pluviales.
b) Cimentación: parte de un edificio bajo el nivel del suelo o bajo el primer nivel al que se tenga acceso, hecho de mampostería, de concreto armado, acero o concreto, que transmite las cargas que soporta una estructura al subsuelo.
c) Depósitos o corrientes artificiales de agua: vasos, presas, represas, embalses, pozos, lagos artificiales, xxxxxxx xx xxxx y vertederos a cielo abierto.
d) Depósitos o corrientes naturales de agua.- los que provienen de afluentes, xxxx, manantiales, riachuelos x xxxxxxx, aguas contenidas en lagos o lagunas.
e) Falta o insuficiencia de drenaje en los inmuebles de “LICONSA”: falta o insuficiencia de capacidad de los sistemas de drenaje y de desagüe pluvial propios de la instalación hidrosanitaria del inmueble asegurado para desalojar los residuos generados en el uso del inmueble o la captación pluvial del mismo y que provoca un saturación de dichos sistemas, teniendo como consecuencia su desbordamiento.
f) Edificio terminado: el inmueble listo para su ocupación, que cuenta con todas sus ventanas y vidrios instalados, pisos terminados, puertas colocadas y muros.
g) Muros macizos: los construidos xx xxxxxx, tabique, block de concreto, concreto armado, pudiendo existir secciones xx xxxxxx block o cualquier igualmente resistente.
h) Muros de contención: los que confinan y retienen el terreno pudiendo encontrarse bajo el nivel del piso accesible más bajo, trabajando también como cimentaciones y pueden ser independientes encontrándose fuera de un edificio sin recibir ninguna carga y no estar ligados a la estructura de un edificio.
Valores declarados y límites de responsabilidad: Para efectos de cálculo y de manera informativa, los valores fueron re-expresados sobre el valor de adquisición en términos de las prácticas contables.
Valores re-expresados contablemente:
EDIFICIOS | $944,150,818.00 M.N. |
CONTENIDOS | $1,499,273,262.00 M.N. |
TOTAL DE EDIFICIOS Y CONTENIDOS | $2,443,424,080.00 M.N. |
Límites máximos de responsabilidad:
Límite por ubicación y evento para edificios y contenidos. $600,000,000.00 M.N. (seiscientos millones de pesos 00/100 m.n.)
El sub-límite para edificios y contenidos de $600,000,000.00 M.N. (seiscientos millones de pesos
00/100 m.n.) opera para cualquier ubicación de “LICONSA” en donde existan bienes amparados que
involucren inmuebles, contenidos en general, maquinaria y equipo, excepto existencias en bodega. Para la sección de Lecherías se cubrirá hasta dos eventos por vigencia el exceso en la cobertura de incendio.
Cobertura de Existencias
Límite Único Y Combinado: $885´455,755.00 M.N. (ochocientos ochenta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y cinco pesos 00/100 m.n.)
Para todas las bodegas en donde tenga interés asegurable “LICONSA” incluyendo bodegas propias.
Para la cobertura fauna nociva pero sin estar limitada a roedores, insectos y aves: $1´000,000.00 M.N. (un millón de pesos 00/100 m.n.) como agregado anual
Las bodegas con que cuenta “LICONSA” se describen en la relación proporcionada, sin embargo se aclara que cada planta y centro de trabajo cuenta con sus propias bodegas, además de que circunstancialmente “LICONSA” puede tomar en arrendamiento nuevas bodegas en cualquier momento.
DEDUCIBLES
• Oficinas y Plantas
a) Incendio y otros riesgos
b) Terremoto y erupción volcánica
c) Riesgos hidrometeorológicos
Para estos tres incisos, se aplicará el deducible conforme a lo siguiente:
DESDE | HASTA | DEDUCIBLE |
$0.00 M.N. | $10’000,000.00 M.N. | 10% sobre el monto de siniestro |
$10’000,001.00 M.N. | en adelante | el porcentaje de deducible de la tarifa del riesgo que corresponda a la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguro (AMIS) |
• Existencias
a) Incendio y otros riesgos: 10% del monto del siniestro con mínimo de 30 (treinta) días de UMA al momento del siniestro.
b) Roedores, insectos y aves: 10% sobre el valor del siniestro sin mínimo.
c) Riesgos hidrometeorológicos: 10% del monto del siniestro con mínimo de 30 (treinta) días de UMA al momento del siniestro.
d) Terremoto y erupción volcánica: 10% del monto del siniestro sin mínimo.
BIENES EXCLUIDOS:
La presente sección no ampara los bienes que sufran daños y/o pérdidas a consecuencia de cualquiera de los riesgos cubiertos por esta sección, tales como:
• Terrenos (incluyendo superficies, relleno, drenaje o alcantarillado), calles públicas, pavimento de vías públicas, caminos, vías de acceso, vías de ferrocarril que no sean propiedad de “LICONSA”, diques, depósitos naturales, canales, pozos, túneles, puentes y embarcaderos.
• Dinero en efectivo, cheques, giros postales, valores, comprobantes de tarjetas de crédito, timbres, certificados u otros documentos negociables y registros de información de cualquier tipo y descripción, los cuales se cubre bajo los términos de la sección de dinero y/o valores.
• Equipos electrónicos de procesamiento de datos, los cuales se cubren bajo los términos de la sección de equipo electrónico.
RIESGOS EXCLUIDOS:
• Contaminación: quedan excluidos de este contrato perjuicios y/o daños causados por contaminación. Sin embargo, si los bienes asegurados sufrieren daños materiales directos causados por algún riesgo amparado que provocara contaminación en los mismos, estos daños estarán cubiertos, incluyendo los causados por derrame de equipos de protecciones contra incendio o algún combustible. No obstante, el seguro no incluye los gastos de limpieza o descontaminación del medio ambiente (tierra, subsuelo, aire, aguas).
• Deterioro de los bienes por cambios de temperatura o humedad o por falla u operación defectuosa de sistemas de enfriamiento, aire acondicionado o calefacción con excepción de los contenidos en plantas refrigeradoras o aparatos de refrigeración, cuando se contraten.
• Rotura, daños o fallas mecánicas o eléctricas xx xxxxxxxx, maquinaria, equipo, computadoras e instalaciones electrónicas y el costo de su reparación, rectificación y sustitución.
• Perdidas puramente financieras o daños que no ocurran específicamente a los bienes asegurados, tales como: merma, derrame, fraude, robo, pérdida xx xxxxxxx por retraso en
entrega de mercancías o por mala calidad del producto, o por paro de actividades de los trabajadores, incluyendo deudas pendientes o daños o perdidas por retraso.
• Daños a los bienes de los procesos de fabricación, prueba, reparación, limpieza, restauración, alteración, renovación o servicio.
• Daños a bienes en proceso de construcción, montaje o desmantelación.
• Cualquier clase de restricciones de la autoridad pública en lo que se refiere a la construcción u operación; la falta de capital suficiente por parte de “LICONSA” para la construcción a su debido tiempo o el reemplazo a su debido tiempo de los bienes perdidos, destruidos o dañados; y la pérdida del negocio que se deba a causas tales como suspensión o cancelación de una licencia de arrendamiento o de un pedido, que se produzca después del momento en el que los bienes perdidos, destruidos o dañados estén de nuevo en condiciones de funcionar y las operaciones hubieran podido ser reanudadas en caso de que esta licencia de arrendamiento no hubiera expirado o este pedido no hubiera sido objeto de suspensión o de cancelación.
• Daños causados por asentamientos normales del terreno.
• Por cualquier gasto adicional en exceso del valor de reposición motivado por leyes o reglamentos que regulen la construcción, reparación o reposición de los bienes dañados.
• Por daños o perdidas que sufran objetos raros o de arte.
• Por cualquier cantidad mayor del valor de reposición de la o las partes dañadas cuando la pérdida o daño afecte a una de esas partes de un bien cubierto que para estar completo para su uso conste de varias partes.
• Edificios, instalaciones, indirecta, próxima o remotamente por reacciones nucleares, radiaciones o contaminaciones radioactivas, ya sean controladas o no como consecuencia de terremoto y/o erupción volcánica.
• Causados por vibraciones o movimientos naturales del subsuelo que sean ajenos al terremoto, tales como hundimientos, desplazamientos y asentamientos normales no repentinos.
• Accidente ocurrido a máquinas o equipos eléctricos mientras tales bienes estén sometidos a una prueba xx xxxxx de aislamiento o durante su secado o mantenimiento y que no estén amparados en la sección rotura de maquinaria.
• Incremento en el costo del siniestro, requerido por la aplicación de cualquier ordenanza, ley o reglamentación que norme, regule o restrinja la reparación, alteración, uso, construcción, operación o instalación de los bienes asegurados.
• Acción hostil o bélica, incluyendo acciones para impedir, combatir o defender contra un ataque real, inminente o esperado, por: cualquier gobierno, agente o poder soberano (de jure o de facto) de cualquier autoridad que mantenga o emplee fuerzas militares, navales o aéreas.
• Insurrección, rebelión, revolución, guerra civil o poder usurpado, incluyendo toda acción para impedir, combatir o defender contra tal hecho o por confiscación por orden de cualquier gobierno o autoridad pública.
• Terrorismo y Sabotaje
SECCIÓN B) CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN
Bienes cubiertos: se cubre todo tipo xx xxxxxxxx correspondiente al giro de “LICONSA”.
RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico súbito y/o imprevisto, causado directamente a los bienes asegurados, comprendiendo en forma ilustrativa y no limitativa los siguientes riesgos:
• La rotura súbita y violenta de cualquier parte de la caldera o recipiente, causada por presión de vapor, agua u otro líquido dentro de las mismas.
• La explosión súbita y violenta de gas proveniente del combustible no quemado dentro del horno de la caldera o recipiente de los conductos de gas que van desde el horno hasta su descarga en la chimenea y siempre que se esté utilizando el combustible mencionado en la especificación.
• La deformación súbita y violenta de cualquier parte de la caldera o recipiente provocada por presión o vacío del agua, vapor u otro fluido dentro de la misma y que inmediatamente evite o haga inseguro su uso.
• El agrietamiento de cualquier parte xx xxxxxx, cobre, bronce o cualquier otro material fundido, en calderas de baja presión, siempre que tal agrietamiento permita la fuga del fluido contenido.
• La quemadura por insuficiencia de agua, vapor u otro fluido dentro de la caldera o recipiente y que inmediatamente evite o haga inseguro su uso.
• Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
Valores declarados y Límites de responsabilidad: A valor de reposición al 100% Calderas y recipientes sujetos a presión valor total: $130´000,000.00 M.N.
Sub-límite por equipo (equipo de mayor valor): $13´000,000.00 M.N. (trece millones de pesos 00/100 M.N)
Deducible: 2% del valor del siniestro BIENES EXCLUIDOS:
• Chimeneas que no estén directamente soportadas por la estructura de las calderas.
• Discos de seguridad, diafragmas de ruptura, tapones, fusibles y juntas.
• Ventiladores de tiro inducido o tiro forzado que no se encuentren integrados al cuerpo o a la estructura de las calderas.
• Transportadores alimentadores de combustible.
• Bombas alimentadoras de agua o de combustibles y cualquier otro equipo que no se encuentre sobre la estructura del equipo asegurado.
• Pulverizadores de carbón.
• Recipientes o equipos que no sean metálicos.
• Compresores (recíprocos o alternativo, rotativos o centrífugo).
RIESGOS EXCLUIDOS
• Actos dolosos o culpa grave directamente atribuibles a “LICONSA” o a cualquier persona que actué a nombre de la misma en la dirección de la empresa o a la persona responsable de la dirección técnica.
• Defectos existentes en los equipos asegurados al iniciar la vigencia de este seguro.
• Incendio.
• Explosión ocurrida fuera de las calderas o recipientes sujetos a presión.
• Fenómenos de la naturaleza, tales como terremoto, temblor, erupción volcánica, huracán, ciclón, tempestad, vientos, heladas, granizo, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento y desprendimiento de tierra de rocas. Rotura, desgaste o deterioro paulatino, como consecuencia del uso o de cavitaciones, erosiones, corrosiones, herrumbres o incrustaciones.
• Fugas o deformaciones graduales, evolución de ampollas u otras imperfecciones del material de que estén construidos los equipos asegurados.
• Reparaciones efectuadas a los equipos en forma provisional, salvo las que formen parte de la reparación definitiva.
• Someter normalmente los equipos a presión superior a la máxima autorizada en la especificación anexa a esta póliza, o sujetarlos a cualquier clase de pruebas no acorde con la operación normal de dichos equipos.
• Caída de chimeneas que no estén soportadas directamente por la estructura de las calderas.
• Fallas electromecánicas, en equipos asegurados que se dañen por su propia operación o por influencias extrañas.
• Las pérdidas resultantes directa o indirectamente de: paralización o interrupción de negocios o de procesos de manufactura, falta de fuerza motriz, electricidad, calor, vapor o refrigeración, reclamaciones por pérdidas o daños que sufran terceros, cualquier otra consecuencia indirecta del riesgo realizado, las responsabilidades legales o contractuales imputables al fabricante o al
vendedor de los bienes asegurados, los gastos erogados por “LICONSA”, en forma adicional a los gastos extraordinarios, como consecuencia de la realización de un riesgo cubierto por esta póliza, por concepto de gratificaciones o prestaciones extraordinarias concedidas a sus empleados u obreros, o de honorarios a técnicos suyos, cuyos servicios no hayan sido autorizados por La aseguradora.
• Escape de o daños a, contenidos a menos que se haya contratado la cobertura adicional de contenidos, en cuyo caso se aplicarán las siguientes exclusiones especiales: Escape o daños a los contenidos por: operación incorrecta de los equipos, válvulas o conexiones.
• Apertura de dispositivos de seguridad por sobrepresión.
• Defectos de juntas, empaques, prensa, estopas, conexiones o básculas, discos de seguridad, diafragmas de ruptura y tapones fusibles.
• Fisuras o agrietamiento xx xxxxxxxx, recipientes y tuberías, salvo las contempladas en los riesgos cubiertos de esta sección.
• Daños a recubrimientos que no sean causados por los riesgos cubiertos en esta póliza
• El derrame o fuga de los contenidos de las calderas o recipientes - sobre otra propiedad de
“LICONSA” o de terceros
• Desgaste normal, deterioro gradual, vicio inherente, oxidación, corrosión, fisuración, asentamiento, deformación o fatiga, así como cualquier otro defecto que se desarrolle en forma gradual. Si como consecuencia de los riesgos excluidos en esta cláusula, surgiere una pérdida, daño y/o gasto proveniente de un riesgo de otra forma cubierto por la póliza, La aseguradora será responsable por la pérdida, daño o gasto resultante de dicho riesgo cubierto.
• Terrorismo y sabotaje.
SECCIÓN C) ROTURA DE MAQUINARIA
Bienes cubiertos: se cubre todo tipo de maquinaria correspondiente al giro de “LICONSA”.
RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico súbito y/o imprevisto, causado directamente a los bienes asegurados, comprendiendo en forma ilustrativa y no limitativa los siguientes riesgos:
• Sabotaje del personal de “LICONSA” o de extraños.
• La acción directa de la energía eléctrica como resultado de cortos circuitos, arcos voltaicos y otros efectos similares, así como el daño material por la acción indirecta de electricidades atmosféricas.
• Errores en diseño, defectos de construcción, fundición y uso de materiales defectuosos.
• Defectos de mano de obra y montaje incorrecto.
• Rotura debida a fuerza centrífuga.
• Cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados.
• Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
El seguro amparado por este servicio cubre la maquinaria y equipo dentro de los predios en cuestión, ya sea que la maquinaria esté o no trabajando o haya sido desmontada para reparación, limpieza, revisión, reacondicionamiento o cuando sea desmontada, trasladada, montada y probada dentro del predio mencionado.
BIENES EXCLUIDOS
Combustibles, lubricantes, medios refrigerantes y otros medios de operación, no quedan cubiertos por este seguro.
Este seguro no cubrirá las siguientes partes: bandas de transmisión de todas clases, cadenas y cables xx xxxxx, bandas de transportadores, matrices, dados, troqueles, rodillos para estampar, herramientas cambiables, fieltros y telas, tamices, cimientos, revestimientos refractarios, así como toda clase xx xxxxxxx y peltre.
Valores declarados y Límites de responsabilidad: A valor de reposición al 100% Rotura de maquinaria valor total: $1,285,639,441.00 M.N.
Sub-límite por equipo (equipo de mayor valor): $80´127,245.00 M.N. (ochenta millones ciento veintisiete mil doscientos cuarenta y cinco pesos 00/100 m.n.)
Los valores proporcionados fueron re-expresados en base a las prácticas contables de uso general actualizadas.
Deducible: 2% del valor del siniestro
RIESGOS EXCLUIDOS:
• Actos intencionales o culpa grave de “LICONSA” o sus administradores o personas responsables de la dirección técnica, siempre y cuando los actos intencionales o culpa grave sea atribuible a dichas personas directamente.
• Defectos existentes al iniciarse el seguro de los cuales tenga conocimiento “LICONSA”, sus
administradores o persona responsable de la dirección técnica.
• Actividades u operaciones xx xxxxxx declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, revolución, rebelión, insurrección, suspensión de garantías, tumultos, conmoción civil, motines, conspiraciones, poder militar o usurpados, confiscación, requisición o destrucción de bienes por orden de cualquier gobierno de jure o de facto, de cualquier autoridad federal o municipal.
• Fenómenos de la naturaleza, tales como terremoto, temblor, erupción volcánica, huracán, ciclón, tempestad, vientos, heladas, granizo, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento y desprendimiento de tierra de rocas. Rotura, desgaste o deterioro paulatino, como consecuencia del uso o de cavitaciones, erosiones, corrosiones, herrumbres o incrustaciones, los cuales se encuentran cubiertos en la Sección A).
• Pérdidas o daños de los cuales fueren responsables legal o contractualmente el fabricante de los bienes asegurados.
• Desgaste normal, deterioro gradual, vicio inherente, oxidación, corrosión, fisuración, asentamiento, deformación o fatiga, así como cualquier otro defecto que se desarrolle en forma gradual. Si como consecuencia de los riesgos excluidos en esta cláusula, surgiere una pérdida, daño y/o gasto proveniente de un riesgo de otra forma cubierto por la presente póliza, La aseguradora será responsable por la pérdida, daño o gasto resultante de dicho riesgo cubierto.
• Deshonestidad o infidelidad de cualquier empleado de “LICONSA”, así como por la transferencia de “LICONSA” de algún título de propiedad, por pérdida inexplicable, desaparición misteriosa o acto voluntario que produzca una pérdida.
SECCIÓN D) EQUIPO DE CONTRATISTAS
Bienes cubiertos: se cubre todo tipo de maquinaria correspondiente al giro de la entidad. RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico súbito y/o imprevisto causado directamente a los bienes asegurados, comprendiendo en forma ilustrativa y no limitativa los siguientes riesgos:
• Incendio x xxxx.
• Ciclón, tornado, vendaval, huracán y granizo.
• Colisión, descarrilamiento o volcadura del medio de transporte terrestre en el que los bienes asegurados fueren transportados.
• Hundimiento o rotura de alcantarillas, puentes para vehículos, muelles o plataformas de carga.
• Inundación (alza del nivel del agua o avenidas, desbordamiento xx xxxx, esteros y lagos).
• Temblor, terremoto o erupción volcánica.
• Explosión (excepto explosión interna o la ocurrida dentro xx xxxxxxxx de vapor).
• Incendio, xxxx, xxxxxx, hundimiento.
• Caída, colisión, atascamiento, hundimiento o volcadura.
• Robo de unidades completas.
• Derrumbes y deslaves.
• Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil.
Valores declarados y límites de responsabilidad: a valor de reposición al 100% Equipo de contratistas valor total: $13´403,225.00 M.N.
Sub-límite por equipo (equipo de mayor valor): $788,425.00 (Setecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos veinticinco pesos 00/100 m.n.)
Deducible: 2% del valor del siniestro RIESGOS EXCLUIDOS:
• Operaciones bélicas, ya fueren provenientes xx xxxxxx extranjera x xx xxxxxx civil, insurrección, subversión, rebelión, expropiación, requisición confiscación, incautación o detención por las autoridades o por cualquier otra causa semejante.
• Corrientes eléctricas en máquinas, aparatos o accesorios que se empleen para producirlas, transformarlas o utilizarlas, debido a disturbios eléctricos que provengan de causas naturales o artificiales, a menos que tengan como consecuencia un incendio y en este caso, solo por perdida debido a incendio.
• Deterioro, desgaste, congelación o rotura mecánica por el uso.
• Sobrecarga de la capacidad normal registrada, o utilización en trabajos para los que no fueron construidos.
• Su destrucción por actos de autoridad.
• Infidelidad de empleados de “LICONSA” o de las personas a quienes se les confíen los bienes.
• Cualquier riesgo que afecte a planos, copias heliográficas, diseños o especificaciones.
• Desgaste normal, deterioro gradual, vicio inherente, oxidación, corrosión, figuración, asentamiento, deformación o fatiga, así como cualquier otro defecto que se desarrolle en forma gradual. Si como consecuencia de los riesgos excluidos en esta cláusula, surgiere una pérdida, daño y/o gasto proveniente de un riesgo de otra forma cubierto por la póliza de seguro, La aseguradora será responsable por la pérdida, daño o gasto resultante de dicho riesgo cubierto.
• Deshonestidad o infidelidad de cualquier empleado de “LICONSA”, así como por la transferencia de “LICONSA” de algún título de propiedad, por pérdida inexplicable, desaparición misteriosa o acto voluntario que produzca una pérdida.
SECCIÓN E) EQUIPO ELECTRÓNICO
BIENES CUBIERTOS:
Todo el equipo electrónico, tales como más no limitados a: sistemas de cómputo para el procesamiento de datos, incluyendo sus equipos y componentes, accesorios, ya sean propiedad de “LICONSA” o alquilados o bajo control de “LICONSA” o bajo control de terceros, incluyendo equipos de fotografía, de control, operación, telefonía, radiocomunicación, equipos electrónicos de aplicación científica de campo, equipos de laboratorio entre otros: médicos, de medición, de transmisión, de comunicación, de investigación propios y necesarios a las actividades de” LICONSA” así como equipos móviles de procesamiento de datos, de medición, de comunicación entre otros.
Portadores externos procesados en sistemas electrónicos de procesamiento de datos y/o programas y/o sistemas de información, así como el software, utilizados en cualesquier sistema de cómputo o de comunicación o de control y operación hasta el límite señalado en esta sección.
Incremento en el costo de operación en el caso de daños a los equipos amparados en esta póliza, por la interrupción parcial o total de la operación del sistema electrónico de procesamiento de datos, correspondiente a cualquier gasto adicional realizado por “LICONSA” al usar un sistema ajeno y suplente, hasta el límite señalado en esta sección.
Equipo móvil de cómputo (tránsito) y lectoras entre otros. RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico, súbito y/o imprevisto, causados directamente a los bienes asegurados bajo esta sección, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa los siguientes riesgos.
• Terremoto y/o erupción volcánica
• Huracán, ciclón, tifón, inundación y daños por agua por cualquier causa
• Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
• Robo con violencia y/o asalto
• Xxxxx y robo sin violencia
• Equipo de climatización
• Variación de temperatura e interrupción o fallas del suministro de corriente eléctrica de la red pública, de gas o de agua
Valores declarados y Límites de responsabilidad: A valor de reposición al 100% Valor total de equipos: $68´879,414.00 M.N.
Monto total en software: $30´000,000.00 M.N.
Sub-límites:
• Por ubicación y por evento costo de operación: $21´713,883.00 M.N. (veintiún millones setecientos trece mil ochocientos ochenta y tres pesos 008/100m.n.)
• Valor SITE oficina central: $50´000,000.00 M.N. (cincuenta millones de pesos 00/100 m.n.)
• Equipo de mayor valor: $1´500,000.00 M.N. (un millón quinientos mil pesos 00/100 m.n.)
• Valor más alto de los equipos de comunicación (CORE SWITCH EXTREME): $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 m.n.)
• Equipo móvil (LAP TOP y similares) por equipo: $40,000.00 M.N. (cuarenta mil pesos 00/100 m.n.)
• Equipo de comunicación por equipo: $15,000.00 M.N. (quince mil pesos 00/100 m.n.)
Los valores proporcionados fueron re-expresados con base a las prácticas contables de uso general actualizadas.
Deducibles para equipo fijo y portátil de acuerdo al riesgo afectado como sigue:
a) Incendio:
DESDE | HASTA | DEDUCIBLE |
$1.00 M.N. | $100,000.00 M.N. | 10% del valor del siniestro |
$100,001.00 M.N. | En adelante | $10,000.00 M.N. |
b) Hurto: 10% del monto del siniestro
c) Terremoto y erupción volcánica: 10% del monto del siniestro
d) Demás coberturas, costo de operación: 10% sobre el monto del siniestro
BIENES EXCLUIDOS
• Partes desgastables, tales como bulbos, válvulas, tubos, fusibles, sellos, cintas, muelles, resortes, cadenas, herramientas recambiables, rodillos grabados, objetos xx xxxxxx, porcelana o cerámica; sin embargo, sí quedan cubiertos cuando los daños sufridos sean a consecuencia de un riesgo cubierto.
• Lubricantes, combustibles, agentes químicos, a menos que los daños sufridos sean a consecuencia de un riesgo cubierto.
• Pérdidas o daños ocurridos a equipos que operen bajo tierra, en el agua, en el aire, naves aéreas o espaciales.
• Equipos que no tengan patente.
• Máquinas, aparatos y/o equipos cuyo valor de la parte mecánica sea superior al 50% con respecto a la parte electrónica.
• Programas en desarrollo e investigación.
• Falta de material necesario para proseguir normalmente el procesamiento de datos.
• Máquinas, aparatos y equipos que no sean instalaciones de procesamiento electrónico de datos.
RIESGOS EXCLUIDOS:
• Fallas o defectos de los bienes asegurados, existentes al inicio de vigencia de este seguro.
• Pérdidas o daños que sean consecuencia directa del funcionamiento prolongado o deterioro gradual debido a condiciones atmosféricas o ambientales imperantes en el predio, tales como: desgaste, erosión, corrosión, incrustación, agrietamiento, cavitación.
• Cualquier gasto efectuado con objeto de corregir deficiencias de capacidad u operaciones del equipo asegurado.
• Cualquier gasto erogado con respecto al mantenimiento que efectúen terceros, mediante un contrato. Entendiéndose como mantenimiento aquel que obligue a un tercero a revisar periódicamente y reemplazar partes desgastadas o defectuosas.
• Pérdidas o daños de los que sean legalmente o contractualmente responsables el fabricante o el proveedor de los bienes asegurados.
• Pérdidas o daños a equipos tomados en arrendamiento o alquiler, cuando la responsabilidad recaiga en el arrendador ya sea legalmente o según convenio de arrendamiento y/o mantenimiento.
• Daños y responsabilidad por reducción de ingresos y/o cualquier otra pérdida consecuencial.
• Vibración x xxxxxx xxxxxx causados por aviones u otros mecanismos.
• Actos dolosos o culpa grave de “LICONSA”, con sus representantes o personas responsables de la empresa, siempre que dichos actos o culpa grave sean directamente atribuibles a dichas personas.
• Interrupción o fallas del suministro de corriente eléctrica de la red pública, de gas o de agua.
• Interferencia de huelguistas u otras personas en la reparación o restauración del daño o en la reanudación o contaminación del negocio.
• Perdida de información causada por campos magnéticos.
• Reproducción y regrabación de información que no sea necesaria o si no se hiciere dentro de los 12 meses posteriores al siniestro, en cuyo caso La aseguradora solo indemnizara el importe que corresponda al material de los portadores externos.
• Daños y responsabilidad por reducción de ingresos y/o cualquier otra pérdida consecuencial.
• Cualquier beneficio adicional obtenido mediante una alteración o modificación de la información originalmente contenida en los portadores.
• Incremento del periodo de indemnización causado por ampliaciones o mejoras de la instalación electrónica procesadora de datos dañada.
• La aplicación de cualquier ley estatal o federal que limite o impida reconstrucción o reparación de los bienes.
• La suspensión, vencimiento o cancelación de cualquier permiso, licencia, contrato de arrendamiento o cesión.
• Pérdida xx xxxxxxx o cualquier otra pérdida consecuencial diferente a la asegurada en esta sección.
• Desgaste normal, deterioro gradual, vicio inherente, oxidación, corrosión, figuración, asentamiento, deformación o fatiga, así como cualquier otro defecto que se desarrolle en forma gradual. Si como consecuencia de los riesgos excluidos en esta cláusula, surgiere una pérdida, daño y/o gasto proveniente de un riesgo de otra forma cubierto por la póliza de seguro, La aseguradora será responsable por la pérdida, daño o gasto resultante de dicho riesgo cubierto.
• Reparar o reponer partes defectuosas en su diseño, mano de obra o materiales, pero exceptuando los daños provocados por dichos defectos, si de otra manera no están excluidos.
• Contaminación, a menos que resulte como consecuencia de otros daños físicos no excluidos bajo los términos de esta póliza.
• La liberación, descarga o dispersión de bifenoles policlorados, ya sea directa o indirecta, total o parcial.
• Errores en la programación de las maquinas o en las instrucciones dadas a las maquinas.
• Cualquier gasto resultante de falsa programación, perforación, clasificación, inserción, anulación accidental de informaciones o descarte de portadores externos de datos y perdidas de información causadas por campos magnéticos y virus informáticos.
• Terrorismo y sabotaje.
SECCIÓN F) ROBO DE CONTENIDOS
BIENES CUBIERTOS:
De forma enunciativa mas no limitativas se cubren inmuebles, maquinaria y equipo, mobiliario, enseres, mercancías, inventarios y en general todo bien que constituya el patrimonio de “LICONSA” incluyendo los que se encuentren bajo su responsabilidad, posesión, custodia, o bien, tomados en comodato y en el que se tenga un interés asegurable, y del que jurídicamente la empresa sea responsable.
Se incluyen las existencias en almacén y/o bodegas. RIESGOS CUBIERTOS
Todo riesgo de pérdida o daño físico, robo con y sin violencia en oficinas y/o existencias en bodegas y almacenes, incluyendo herramientas y equipos a bordo de unidades automotoras, asalto o intento de asalto, daños materiales que se causen con motivo del robo y/o asalto o intentos de estos; robo, asalto o intento de ambos por medio de uso de violencia física o moral.
Se cubre el robo de materia prima y/o producto terminado en cualquier presentación en donde LICONSA sea sujeto de abuso de confianza en los que intervengan personas por las cuales “LICONSA” no fuese civilmente responsable o con los que “LICONSA” no tenga relación laboral.
Valores declarados y Límites de responsabilidad: A valor de reposición al 100% Sublímites:
Límite único y combinado a primer riesgo absoluto, por evento:
• Contenidos (excepto existencias):$600,000.00 M.N. (seiscientos mil pesos 00/100 m.n.)
• Existencias: $400,000.00 M.N. (cuatrocientos mil pesos 00/100 m.n.)
(Para la sección de Lecherías se cubrirá hasta dos eventos por vigencia el exceso en la cobertura de robo de contenidos)
En la mayoría de almacenes y bodegas las medidas de seguridad con las que se cuenta son básicas, como malla ciclónica, almacenes con veladores o seguridad policial contratada, cajas fuertes, cajas o cajones con cerradura, y en algunos almacenes circuito cerrado de televisión.
DEDUCIBLES:
• Contenidos (excepto existencias): 10% del monto de la pérdida con mínimo de 30 UMA
• Existencias (Materia prima y/o producto terminado incluye robo con violencia y sin violencia): 10% del monto de la pérdida
RIESGOS EXCLUIDOS:
• Pérdidas que provengan del robo de títulos, obligaciones o documentos de cualquier clase, timbres fiscales o postales, dinero en efectivo en metálico o billete de banco, valores u otros documentos negociables, tales como, pero no limitados a: letras de cambio, pagarés, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios, Xxxxxxx, vales de despensa, vales de restaurantes, vales de gasolina, libros de contabilidad u otros libros comerciales, así como contenidos generales en caja fuerte, cilindros invertidos, bóvedas o cajas registradoras.
• Xxxx en el que intervengan personas por las cuales “LICONSA” fuese civilmente responsable, con las que “LICONSA” tenga alguna relación laboral, o que desarrollen alguna función a favor de “LICONSA”, cualquier beneficiario o causahabiente de “LICONSA” o por los apoderados de cualquiera de ellos.
• Cualquier acto fraudulento, deshonesto o criminal de “LICONSA”, socio, directores, ejecutivos o empleados de “LICONSA”, sea que actúen por si solos o en colusión con otras personas.
• Desaparición misteriosa y extravío.
• Pérdidas o daños bajo los riesgos amparados en esta póliza, si “LICONSA” no demuestra la pérdida con: registros contables, avalúos o inventarios de su negocio que permitan a La aseguradora determinar con exactitud el monto de la pérdida o daño
SECCIÓN G) DINERO Y VALORES
BIENES CUBIERTOS
Dinero en efectivo, billetes de banco, valores y todo tipo de documentos negociables y no negociables, dentro de las instalaciones de “LICONSA” o en poder de pagadores, cobradores o portadores del mismo existiendo partidas extraordinarias (aguinaldos, nominas, bonos, etc.)
Para la sección de Lecherías se cubrirá el exceso en la cobertura de dinero y valores (en poder de concesionarios, distribuidores y terceros tanto en tránsito como estadía dentro de la República Mexicana).
BIENES EXCLUIDOS
Dinero en efectivo, billetes de banco, valores y todo tipo de documentos negociables y no negociables propiedad de “LICONSA” mientras se encuentren en poder y custodia de sistemas financieros.
RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico a los bienes asegurados contemplándose en forma ilustrativa y no limitativa, los siguientes:
• Robo con violencia
• Asalto o intento de asalto
• Incapacidad física de la (s) persona (s) portadora (s)
• Accidente del (los) vehículo(s) portador(es)
• Incendio y/o explosión en cajas fuertes o bóvedas
• Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil VALORES DECLARADOS Y LÍMITES DE RESPONSABILIDAD:
Sublimite único y combinado a primer riesgo absoluto
• Por evento: $1´000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.)
• 2 (dos) días al mes (incluye vales de despensa): $1´400,000.00 M.N. (un millón cuatrocientos mil pesos 00/100 m.n.)
• 4 (cuatro) días al mes (incluye vales de despensa): $1´400,000.00 M.N. (un millón cuatrocientos mil pesos 00/100 m.n.)
• 1 (una) vez al año (dos días seguidos):
• Por aguinaldos $5´200,000.00 M.N.
• Por fondo de ahorro $3´700,000.00 M.N.
En la mayoría de almacenes y bodegas las medidas de seguridad con las que se cuenta son básicas, como malla ciclónica, almacenes con veladores o seguridad policial contratada, cajas fuertes, cajas o cajones con cerradura, y en algunos almacenes circuito cerrado de televisión.
Deducibles: 10% de la pérdida con mínimo de 10 (diez) días UMA RIESGOS EXCLUIDOS:
• Perdida y/o daño atribuible a los riesgos amparados en esta póliza si “LICONSA” no demuestra fehacientemente con registros contables y/o fiscales de su negocio que puedan permitir a La aseguradora determinar con exactitud el monto de la indemnización.
• Xxxx en el que intervengan personas por las cuales “LICONSA” fuere civilmente responsable; personas con las que “LICONSA” tuviera alguna relación laboral; personas que desarrollen alguna función en favor de “LICONSA”; cualquier beneficiario, causahabiente de “LICONSA” o por los apoderados de cualesquiera de ellos.
• Cualquier acto fraudulento, peculado, mal uso de fondos, mala inversión, o cualquier acto deshonesto o criminal de “LICONSA”, socio, directores, ejecutivos o empleados de “LICONSA”, sea que actúen por si solos o en colusión con otras personas.
• Robo sin señales visibles de violencia sobre el inmueble o caja de seguridad conteniendo los valores; la desaparición misteriosa y el extravío.
• Pérdida derivada de errores contables.
• Perdida de dinero en máquinas de autoservicio o entretenimiento.
• Cheques expedidos por “LICONSA”, empleados o funcionarios bajo coacción física o moral.
• Dinero en efectivo retirado de cajeros automáticos y/o instituciones bancarias, por “LICONSA”,
empleados o funcionarios bajo coacción física o moral.
• Perdida de dinero y/o valores cuando la responsabilidad del traslado de los bienes amparados
recayere en un tercero ajeno a “LICONSA”.
• Terrorismo y sabotaje.
SECCIÓN H) CRISTALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS Y NO LUMINOSOS
BIENES CUBIERTOS:
Todos los cristales, anuncios luminosos y no luminosos, domos, acrílicos y vitrales en cualquier ubicación de “Liconsa” o que se encuentren bajo su responsabilidad, con espesor mínimo de 4mm., en el interior y exterior o xx xxxxxx que estén debidamente instalados y sus películas protectoras.
RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico accidental o fortuito propiedad del asegurado, que estén bajo su responsabilidad o exista interés asegurable de forma enunciativa y no limitativa a los siguientes:
• Remoción del cristal y mientras no quede debidamente colocado.
• Al decorado del cristal (tales como emplomado, plateado, dorado, teñido, pintado, grabado, corte, rótulos y análogos) o a sus xxxxxx.
• Por reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pinturas del local aquí descrito y/o del xxxxxxx x xxxxxxxxx asegurados.
• Cristales pertenecientes a los contenidos como espejos, cubiertas y lunas, así como los domos y tragaluces
Cubre las pérdidas o daños materiales de los cristales y anuncios luminosos asegurados, su instalación y remoción causados por la rotura accidental súbita e imprevista o por actos de huelgas vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
Los daños o pérdidas materiales causados a los cristales y anuncios luminosos asegurados cuando dichos daños se originen por la realización de reparación, alteración, mejoras y/o pintura del inmueble y/o de los cristales y anuncios luminosos asegurados ya sea que estén removidos o debidamente colocados.
Valores declarados y límites de responsabilidad: a valor de reposición al 100%
Cristales, y su película de protección: $200,000.00 M.N. (doscientos mil pesos 00/100 M.N.)
Límite máximo de responsabilidad a primer riesgo absoluto, como Límite único y combinado para todas las ubicaciones.
Anuncios luminosos y/o no luminosos de cualquier material: $400,000.00 M.N. (cuatrocientos mil pesos 00/100 m.n.)
Límite máximo de responsabilidad, como límite único y combinado para todas las ubicaciones, a primer riesgo absoluto.
Deducibles:
Cristales: 5% del valor del cristal
Anuncios luminosos y no luminosos: 10% de la pérdida con mínimo de $500.00 M.N.
RIESGOS EXCLUIDOS:
• Los daños o pérdidas materiales causadas por raspaduras u otros defectos superficiales de los cristales.
• En caso de daños a los anuncios luminosos no habrá responsabilidad para La aseguradora, en caso de explosión, reventamiento, corto circuito y otros desordenes eléctricos que ocurran dentro del propio anuncio, a menos que ocasione incendio y entonces solo será responsable por la pérdida causada por incendio.
• La aseguradora no será responsable por cristales o acrílicos con espesor menor de 4 mm.
• Por destrucción de los bienes por actos de autoridad legalmente constituida, con motivo de sus funciones.
• Por hostilidades, actividades u operaciones xx xxxxxx declarada o no, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, rebelión, insurrección, suspensión de garantías o acontecimientos que originen esas situaciones de hecho o de derecho.
• Cuando provengan de siniestros causados por dolo, mala fe, o culpa grave de “LICONSA”.
• Terrorismo y sabotaje.
SECCIÓN I) MONTAJE Y OBRA CIVIL EN CONSTRUCCIÓN
BIENES CUBIERTOS:
Todos los bienes propios y necesarios a cada uno de los proyectos de inversión 2021 que la Dirección de Producción de “LICONSA” tiene programados en el anteproyecto en los Programa xx Xxxxxx Social de Chihuahua, Jalisco, GM Sur, Michoacán, Aguascalientes, Campeche, Guanajuato, Oaxaca, Toluca, Hidalgo, Morelos, Chiapas, Guanajuato, Sinaloa, San Xxxx Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Querétaro, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas de las cuales se notificará a la aseguradora con 5 (cinco) días hábiles antes de iniciar la obra correspondiente para que se contemple la cobertura, cuya especificación de obra forma parte integrante de la póliza en el apartado correspondiente incluyendo otras propiedades de “LICONSA”. Se informa que el periodo de obras iniciará en marzo y concluirá en diciembre de 2021; así mismo se confirma que todas y cada una de las obras señaladas en el anteproyecto realizadas por terceros, son realizadas mediante un contrato entre Liconsa, S.A. de C.V. y el contratista en el cuál se solicita cuenten con un seguro que ampare dicha obra durante el tiempo de ejecución.
Cualquier cambio o inclusión será avisado a La aseguradora con 30 (treinta) días naturales de anterioridad a los trabajos.
Se entiende y conviene que cualquier modificación al programa objeto de esta sección no limitará el alcance de la cobertura, por lo que cualquier cambio o inclusión al mismo podrá ser reportado a La aseguradora para los ajustes a que hubiera lugar en costos.
En esta sección se cubren construcciones y/o remodelaciones, en los casos donde por el tipo de obra se requiera un periodo de pruebas de operación y resistencias, las cuales quedarán cubiertas bajo la póliza hasta por 60 (sesenta) días naturales adicionales, sin cobro de prima.
RIESGOS CUBIERTOS:
Todo riesgo de pérdida o daño físico súbito y/o imprevisto causado directamente a los bienes asegurados bajo esta sección contemplándose en forma ilustrativa y no limitativa los siguientes riesgos:
• Incendio, rayo y/o explosión, caída de aviones (u otros objetos caídos de ellos), vehículos y humo, granizo, terremoto, erupción volcánica e inundación.
• Gastos adicionales para horas extraordinarias de trabajo, trabajo nocturno, trabajo en días festivos, flete expreso, etc.
• Terremoto y erupción volcánica
• Ciclón, huracán.
• Error en diseño
• Mantenimiento.
• Huelgas vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
VALORES DECLARADOS Y LÍMITES DE RESPONSABILIDAD: $5´000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.)
Periodo de pruebas por 60 (sesenta) días naturales Deducibles:
Estructuras:
a) Cobertura básica y demás coberturas no especificadas por evento: $6,000.00 M.N. (seis mil pesos 00/100 m.n.)
b) Xxxxxxxxx, huracán y pruebas $12,000.00 M.N. (doce mil pesos 00/100 m.n.)
RIESGOS EXCLUIDOS:
• Dolo o imprudencia manifiesta de “LICONSA” o de sus representantes responsables de la construcción, siempre y cuando el dolo o la imprudencia manifiesta sean atribuibles a dichas personas directamente.
• Actividades u operaciones xx xxxxxx declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, revolución, rebelión, insurrección, asonadas, xxx xxxxxxx, conmoción civil, motines, conspiraciones, poder militar o usurpado, confiscación, requisición o destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional, departamental o municipal.
• Detonación intencional de cualquier tipo de explosivos cuyo autor sea cualquier persona o grupo de personas mal intencionadas. Se aclara que la presente exclusión no involucra a los daños por explosión accidental física o química que sí se encuentran amparados.
• Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva.
• Perdida de beneficio, demora, paralización del trabajo sea total o parcialmente.
• Desgaste, deterioro, corrosiones, herrumbres o incrustaciones, raspaduras de superficies, oxidación, deterioro debido a la falta de uso y a condiciones atmosféricas normales.
• Daños sufridos durante el transporte de los bienes al sitio de construcción, aun cuando tales daños sean advertidos posteriormente.
• Perdida o daño debido a cálculo o diseño erróneo, salvo que haya sido acordado específicamente por endoso.
• Costos de reemplazo, reparación o rectificación de materiales y/o mano de obra defectuosa, pero esta exclusión está limitada a los bienes inmediatamente afectados y no se excluye pérdida o daño material a otros bienes construidos resultante de un accidente debido a tal material o mano de obra defectuosa.
• Falla o daño mecánico y/o eléctrico interno o descompostura de equipo y maquinaria de construcción.
• Sanciones impuestas a “LICONSA” por incumplimiento de los contratos de construcción de
los bienes asegurados, así como deficiencias o defectos de estética.
• Faltantes que se descubran al efectuar inventarios físicos o revisiones de control.
• Daños o defectos de los bienes asegurados, existentes al iniciase los trabajos.
• Los gastos en que se incurra por la rectificación o la reparación de trabajos deficientes que no haya originado daños.
• Para efectos de esta cláusula, se entiende por componentes lógicos los sistemas operativos, programas, bases de datos, líneas de código, aplicaciones y demás elementos de computación electrónica, también denominados software, y por componentes físicos, los dispositivos electrónicos o electromecánicos, tales como procesadores, microprocesadores, tarjetas de
circuitos impresos, discos, unidades lectoras, impresoras, reproductoras, conmutadores, equipos de control y demás elementos conocidos bajo la denominación genérica de hardware.
• Queda también excluido de la cobertura del contrato al que se adiciona esta cláusula, el reembolso de cualquier gasto generado por cambios o modificaciones realizadas o intentadas respecto de los componentes físicos o lógicos ya definidos, con motivo de la llegada de las fechas a que se hizo referencia en el primer párrafo de esta cláusula.
• Cualquier estipulación en la presente póliza respecto del deber por parte de La aseguradora de investigar, atender o defender reclamaciones no será aplicable a riesgos excluidos bajo esta cláusula.
• Pérdidas, daños o costos que sean causados, surjan o experimenten un aumento notable a causa de vicios inherentes, desgaste, empeoramiento paulatino, dilatación o contracción de los bienes asegurados a consecuencia de fluctuaciones de la temperatura, corrosión y herrumbres.
• Pérdidas o daños causados, ocurridos o agravados por el hecho de que “LICONSA” no haya
mantenido los bienes asegurados en buen estado de conservación.
• Daños consecuenciales de cualquier clase.
• Pérdidas o daños resultantes de sobrecargas intencionales durante las pruebas.
• Pérdidas o daños causados o imputables a contratistas o empresas que lleven a cabo mantenimiento a los bienes asegurados, de los que dichos contratistas o empresas son responsables por ley o contractualmente.
• Asentamientos y hundimientos paulatinos, así como daños por socavación paulatina o erosión.
• Pérdidas resultantes de negligencia de “LICONSA” al no tomar las medidas razonablemente necesarias para salvaguardar y preservar los bienes al momento posterior de la ocurrencia de cualquier pérdida o daño.
• Terrorismo y sabotaje
SECCIÓN J) LECHERÍAS (INCENDIO, ROBO DE CONTENIDOS, DINERO Y VALORES)
En adición a lo señalado en las secciones antes descritas, se establece lo siguiente para las lecherías propiedad de Xxxxxxx, S.A. de C.V., así como de las que se encuentren bajo su responsabilidad, posesión, custodia, o bien, tomados en comodato y en el que se tenga un interés asegurable, y del que jurídicamente sea responsable.
INCENDIO, EXPLOSIÓN, EXTENSIÓN DE CUBIERTA Y COBERTURAS ALIADAS (EDIFICIOS Y CONTENIDOS EN GENERAL EN LECHERÍAS)
Cobertura: todo bien, todo riesgo, primer riesgo absoluto, describiendo en forma ilustrativa y no limitativa los siguientes riesgos:
▪ Incendio, explosión, extensión de cubierta y coberturas aliadas (Edificios y Contenidos)
▪ Fenómenos hidrometeorológicos
▪ Terremoto y/o erupción volcánica
▪ Combustión espontánea
▪ Riesgos y bienes cubiertos mediante convenio expreso
▪ Daños causados directamente por obstrucción en las bajadas pluviales a causa de acumulación xx xxxxxxx.
▪ Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil Límites máximos de responsabilidad:
Ubicaciones | Suma Asegurada por evento y ubicación | |
Lecherías establecidas | 2,131 | $215,000.00 (Doscientos quince mil pesos 00/100 MN.) |
Deducibles
• Inmuebles/lecherías
a) Incendio y explosión: sin deducible ni coaseguro.
b) Riesgos hidrometeoro-lógicos: 10% del monto del siniestro, con mínimo de 50 UMA.
c) Terremoto y erupción volcánica: 10% del monto del siniestro
d) Otros riesgos: 10% del monto del siniestro con mínimo de 50 UMA, sin coaseguro
• Contenidos/Existencias
a) Incendio y otros riesgos: 10% del monto del siniestro con mínimo de 30 (treinta) días de UMA al momento del siniestro.
b) Roedores, insectos y aves: 10% sobre el valor del siniestro sin mínimo.
c) Riesgos hidrometeorológicos: 10% del monto del siniestro con mínimo de 30 (treinta) días de UMA al momento del siniestro.
d) Terremoto y erupción volcánica: 10% del monto del siniestro sin mínimo.
ROBO DE CONTENIDOS/EXISTENCIAS (LECHERÍAS)
Sobre todos los contenidos en general, pero sin estar limitados a: mobiliario y equipo de oficina, existencias de leche en polvo y fluida en cualquier envase y/o presentación a precio neto de venta (en el precio de venta debe considerarse el precio oficial, sin considerar los subsidios especiales otorgados a municipios).
Todo riesgo de pérdida o daño físico, robo con violencia en oficinas, asalto o intento de asalto, daños materiales que se causen con motivo del robo y/o asalto o intentos de estos; robo, asalto o intento de ambos por medio de uso de violencia física o moral.
Se cubre todo riesgo o pérdida que sufra el producto terminado (sin estar limitado a leche en cualquier presentación) cuando la venta de la misma se efectué de manera directa al beneficiario, es decir que dicha venta no se realice dentro del local establecido (lechería).
Límites máximos de responsabilidad:
Ubicaciones | Suma Asegurada por evento | |
Lecherías establecidas (concesionarios y distribuidores) | 6,341 | $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) |
Venta en diferentes ubicaciones, según las necesidades de las poblaciones | Variable | $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) |
DEDUCIBLES:
Contenidos/Existencias: 10% del monto de la pérdida
DINERO Y VALORES (LECHERÍAS)
Dinero en efectivo, billetes de banco, valores y todo tipo de documentos negociables y no negociables, dentro de las instalaciones de “LICONSA” o en poder de concesionarios, distribuidores, pagadores, cobradores o empleados portadores del mismo.
Respecto a lecherías y centros de acopio, dinero en efectivo y valores en general en poder del personal encargado y/o de terceros tanto en tránsito como estadía dentro de la república mexicana, quedan amparadas todas las acumulaciones de dinero y valores.
Todo riesgo de pérdida o daño físico a los bienes asegurados contemplados en forma ilustrativa y no limitativa, a los siguientes:
• Robo con violencia
• Asalto o intento de asalto
• Incapacidad física de la (s) persona (s) portadora (s)
• Accidente del (los) vehículo(s) portador(es)
• Incendio y/o explosión en cajas fuertes o bóvedas
• Huelgas, vandalismo, alborotos populares y conmoción civil
Se cubre el robo de dinero derivado de la venta de leche en cualquier presentación realizada en forma directa sin estar limitada a que dicha venta se realice en local establecido.
Límites máximos de responsabilidad:
Ubicaciones | Suma Asegurada por evento | |
Lecherías establecidas (concesionarios y distribuidores) | 6,341 | $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) |
Venta en diferentes ubicaciones, según las necesidades de las poblaciones | Variable | $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) |
DEDUCIBLES:
Deducibles: 10% de la pérdida con mínimo de 10 (diez) días UMA BIENES Y RIESGOS EXCLUIDOS:
Los bienes y riesgos excluidos para toda la Sección J), son los mismos que se especifican en las Secciones A), F) y G), respectivamente.
RESPONSABILIDAD CIVIL
Condiciones y requerimientos técnicos de las pólizas de seguro que amparan los bienes patrimoniales de Liconsa, S.A. de C.V.
COBERTURA PARA TODO BIEN A TODO RIESGO A PRIMER RIESGO ABSOLUTO
Valores de reposición al 100%: sumas aseguradas en pesos mexicanos.
Giro: la rehidratación, reconstrucción y enriquecimiento de todo tipo de leche y su derivado; así como su empaque transportación, distribución y comercialización dentro de la república mexicana.
Entre los productos de “LICONSA” encontramos en forma enunciativa y no limitativa leche líquida en cualquier envase y/o presentación, leche en polvo, suplemento alimenticio y sus derivados de ésta.
RESUMEN DE COBERTURAS:
• Actividades e inmuebles
• Espuelas de F.F.C.C.
• Arrendatario
• Carga y descarga
• Daños por la carga
• Unión y mezclas
• Productos únicamente a nivel nacional
• Asumida por contratistas independientes son contratados por medio de licitación y se desconoce el nombre de los contratistas.
• Estacionamiento
• Parque vehicular en exceso de la cobertura contratada en el paquete integral, esta cobertura aplicará una vez agotada la suma asegurada contratada en la cobertura del parque vehicular.
• Se cubre responsabilidad civil por contaminación que se presente en forma repentina, súbita e imprevista.
• Responsabilidad civil contaminación ambiental para el total de plantas se cubren con base al texto autorizado y que es el estándar para este tipo de cobertura.
Nota: Todas las plantas industriales propiedad de “LICONSA” utilizan amoniaco para enfriamiento, el
cual cumple con todas las medidas de seguridad desde su recepción y en su proceso.
La operación de “LICONSA” requiere contar con espuelas de ferrocarril para la recepción y descarga de contenedores.
LÍMITES DE RESPONSABILIDAD:
• $130'000,000.00 m.n. (ciento treinta millones de pesos 00/100 m.n.) como límite único y combinado (quedan amparados los gastos de defensa), incluyendo las lecherías (opera en agregado anual).
• Responsabilidad civil estacionamiento: por unidad será del orden de $1´000,000.00 con un máximo de $10´000,000.00 por evento.
• R.C. estacionamientos: vehículo a valor comercial y vehículos del año a valor factura sin considerar ningún tipo de depreciación al momento del siniestro.
• Los estacionamientos operan sin acomodadores, con control de acceso y personal de seguridad.
• Contratistas independientes se sublimita hasta $20’000,000.00 M.N.
• Parque vehicular se sublimita hasta $1’000,000.00 m.n. por unidad en exceso a la póliza del seguro de automóviles, camiones y camionetas de “LICONSA”
MATERIA DEL SEGURO:
La aseguradora se obliga a pagar los daños, así como los perjuicios y daño moral consecuencial, que “LICONSA” cause a terceros y por lo que éste deba responder, conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en los Estados Unidos Mexicanos, por hechos u omisiones no dolosos ocurridos durante la vigencia de la póliza, y que causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos terceros, o el deterioro o la destrucción de bienes propiedad de los mismos, según las cláusulas y especificaciones pactadas en esta póliza.
ALCANCE DEL SEGURO:
La obligación de La aseguradora comprende:
1. El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable “LICONSA”, conforme a lo previsto en la póliza y en las condiciones particulares respectivas.
2. El pago de los gastos de defensa de “LICONSA”, dentro de las condiciones de la póliza. Esta cobertura incluye, entre otros:
2.1) El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que “LICONSA” deba otorgar en garantía del pago de las sumas que se le reclamen a título de responsabilidad civil cubierta por esta póliza. En consecuencia, no se considerarán comprendidas, dentro de las obligaciones que La aseguradora asuma bajo esta póliza, las primas por fianzas que deban otorgarse como caución para que “LICONSA” alcance su libertad preparatoria, provisional o condicional, durante un proceso penal.
2.2) El pago de los gastos, costos e intereses legales que deba pagar “LICONSA” por
resolución judicial o arbitral ejecutoriadas.
2.3) El pago de los gastos en que incurra “LICONSA”, con motivo de la tramitación y liquidación de las reclamaciones.
DELIMITACIÓN DEL ALCANCE DEL SEGURO.
1. El límite máximo de responsabilidad para La aseguradora, por uno o todos los siniestros que puedan ocurrir durante un año de seguro, es la suma asegurada indicada en la póliza.
2. La ocurrencia de varios daños durante la vigencia de la póliza, procedentes de la misma o igual causa, será considerada como un solo siniestro, el cual, a su vez, se tendrá como realizado en el momento en que se produzca el primer daño de la serie.
RESPONSABILIDADES CUBIERTAS:
ACTIVIDADES E INMUEBLES DENTRO DE LOS PREDIOS DE “LICONSA”
Dentro del marco de las condiciones de la póliza de seguro, está asegurada la responsabilidad civil en que incurriere “LICONSA” por daños a terceros, derivada de su actividad relacionada con el giro que se menciona en la cédula de la póliza y siempre que dichos daños se ocasionen dentro de los predios asegurados; amparándose, además, responsabilidades derivadas de su participación en ferias y exposiciones, de la realización de excursiones y actos festivos organizados para su personal, así como de instalaciones de propaganda fuera de los inmuebles.
También está asegurada la responsabilidad civil objetiva de “LICONSA” por daños a terceros, derivada de la posesión legal y uso de inmuebles, instalaciones y aparatos utilizados para la actividad y operaciones de “LICONSA”, por ejemplo:
1.- Inmuebles:
a) Como propietario, arrendatario o usufructuario de terrenos, edificios o locales, que sean utilizados para las actividades de “LICONSA” incluyendo espuelas de ferrocarril.
b) Por la responsabilidad legal del arrendatario con motivo de daños que sufran los inmuebles tomados en arrendamiento a consecuencia de incendio y/o explosión.
2.- Tenencia y uso de instalaciones: como propietario, arrendatario o usufructuario de instalaciones comprendidas en los terrenos, edificios o locales mencionados en la póliza, derivada de la posesión y mantenimiento de:
a) Instalaciones de carga y descarga, así como de máquinas de trabajo.
b) Áreas de estacionamiento de vehículos a su servicio.
c) Instalaciones de sanidad y de aparatos e instalaciones reconocidas por la ciencia médica, en caso de contar con consultorio de empresa.
d) Instalaciones de seguridad a su servicio (servicio contra incendio, perros guardianes, sistemas de alarmas y similares).
e) Instalaciones sociales a su servicio de comedores en algunas instalaciones.
f) Instalaciones de propaganda (anuncios, carteles publicitarios u otras), dentro o fuera de sus inmuebles.
g) Ascensores, escaleras eléctricas y montacargas.
3. Actividades de “LICONSA” y de su personal.
a) Derivada de la responsabilidad civil legal personal de empleados y trabajadores en el desempeño de sus funciones o trabajos.
b) Derivada de excursiones y actos festivos organizados para su personal.
c) Derivada de su participación en ferias y exposiciones.
ACTIVIDADES FUERA DEL INMUEBLE DE “LICONSA”:
Dentro del marco de las condiciones suscritas de la póliza, adicionalmente queda cubierta la
responsabilidad civil en que incurra “LICONSA” por daños a terceros, derivada de la ejecución de la
actividad relacionada con el giro de “LICONSA” cuando dichos daños sean ocasionados fuera de los predios asegurados.
Quedan cubiertas las responsabilidades que resulten computables a “LICONSA” en forma directa o por insolvencia o insuficiencia de garantías del causante del accidente por pérdidas o daños causados por la carga de las unidades propiedad de “LICONSA” y/o de sus contratistas.
La presente cobertura no tiene por objeto cubrir responsabilidades contractuales o profesionales en el desempeño de obras y/o trabajos.
UNIÓN, MEZCLA O TRANSFORMACIÓN QUÍMICA
Dentro del marco de las condiciones suscritas en la póliza, adicionalmente queda cubierta la responsabilidad civil en que incurra “LICONSA” por daños a terceros, a consecuencia de una unión, mezcla o transformación química de productos de “LICONSA” con productos de terceras personas.
La aseguradora indemnizará, única y exclusivamente, con respecto a las siguientes reclamaciones:
1. Deterioro o destrucción del otro producto.
2. Costos de fabricación del producto final. La aseguradora no indemnizará el precio del
producto propio de “LICONSA”.
3. Los gastos adicionales que sean, jurídica o económicamente, necesarios para la rectificación del producto final o la suspensión de cualquier otro daño. La aseguradora no indemnizará aquella proporción de los gastos mencionados que corresponda a la relación entre el precio del producto de “LICONSA” y el precio de venta del producto final.
4. Otros perjuicios que resulten del hecho de que el producto final no pueda venderse o se pierda con reducción del precio. La aseguradora no indemnizará aquella proporción de los perjuicios mencionados que corresponda a la relación entre el precio del producto de “LICONSA” y el precio de venta con que se hubiera podido contar en el caso de que el suministro del producto de “LICONSA” estuviese libre de defectos.
Queda entendido y convenido que este seguro en ningún caso ampara ni se refiere a:
• Las reclamaciones resultantes del incumplimiento de obligaciones contractuales entre “LICONSA” y el tercero, por ejemplo, las resultantes de la xxxx, de la devolución o de la reducción del precio, salvo lo que se indica en el párrafo anterior.
• Las reclamaciones por interrupción de producción.