REUNIDOS
CONVENIO REGULADOR DE LA SUBVENCIÓN DE CONCESIÓN DIRECTA VÍA CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX Y LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE BALONCESTO PARA LA ORGANIZACIÓN DEL CAMPEONATO DE ESPAÑA DE SELECCIONES AUTONÓMICAS DE MINIBASKET QUE SE CELEBRARÁ EN SAN XXXXXXXX DEL 25 AL 29 XX XXXXX DE 2021
REUNIDOS
De una parte Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Presidenta de la Diputación Provincial xx Xxxxx con domicilio en Cádiz, Plaza de España s/n, en nombre y representación de dicha Institución, conforme a las atribuciones que tiene conferidas, por acuerdo de Pleno de la Diputación de 27 xx Xxxxx de 2019.
Y de otra parte, D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, en representación de la Federación Española de Baloncesto, con
C.I.F número Q-2878005D, inscrita con el número 6 en el Registro de Entidades Deportivas y con domicilio social en la Avenida xx Xxxxxx nº 8, portal A –planta 9, de Madrid con código postal 28036.
Ambas partes se reconocen la capacidad legal para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
PRIMERO.- Que la Federación Española de Baloncesto, con C.I.F número Q-2878005D, es una asociación sin ánimo de lucro, ni fines lucrativos, cuyo objetivo exclusivo es la práctica y la promoción del deporte.
SEGUNDO.- El representante legal de la Federación Española de Baloncesto presenta declaración responsable junto a la solicitud.
TERCERO.- La competencia exclusiva en materia de deportes y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas la ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con los arts. 60 y 72 del Estatuto de Autonomía. La legislación sectorial en la materia se desarrolla en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía que establece los niveles de intervención y los sectores de población a los que van dirigidas las acciones, incluyendo las de las Administraciones Locales.
CUARTO.- Que la Diputación Provincial xxx Xxxxx conforme al artículo 36.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local en su nueva redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, tiene entre sus competencias la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito, por lo que dedica esfuerzos en la promoción del deporte conforme al 25.2.l) de la LRBRL para mejorar el bienestar social y económico de su ciudadanía
QUINTO.- Por la citada Federación se solicita una subvención para cubrir durante 2021 los gastos derivados del Campeonato de España de Selecciones Autonómicas de Minibasket, por importe de CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000 €).
Esta actuación a la que se compromete la Federación con la celebración del Convenio está incluida dentro de sus fines, objeto y ámbito de actividad que, según sus Estatutos le son propias.
SEXTO.- La Diputación xx Xxxxx, xxxxxx esta iniciativa de interés deportivo, dado su carácter beneficioso para la zona y para la provincia y por la concurrencia de circunstancias singulares, accediendo a prestar su colaboración, proponiéndose desde el Área de Desarrollo de la Ciudadanía una subvención de concesión directa en favor de la
Federación Española de Baloncesto por importe de CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000 €), de
conformidad con el informe de excepcionalidad que consta en el expediente, con cargo a la aplicación presupuestaria 07/341C/48000 del presupuesto en vigor.
La Federación declara que no ha solicitado ni le ha sido ha sido concedida subvención alguna de ninguna administración para este fin.
El Convenio tiene por objeto regular la concesión de la subvención directa vía Convenio a la Federación Española de Baloncesto que se comprometerá en el mismo a destinar el importe de la subvención que se concede al pago de los gastos derivados del Campeonato de España de Selecciones Autonómicas de Minibasket en 2021
Por la Federación se expone que el Campeonato de España de Selecciones Autonómicas de Minibasket es el campeonato de mayor nivel para esta categoría y, en el mismo, participan los mejores jugadores y jugadoras de minibasket de las diferentes Comunidades Autónomas y, por ende, los y las mejores de nuestro país.
El Campeonato se celebrará del 25 al 29 xx xxxxx de 2021, y congregará a unos 450 participantes lo que, junto con entrenadores, auxiliares, familiares, etc., supone una afluencia superior al millar de personas durante esos cinco días
Desde nuestros Servicios técnicos se expone que en razón a las causas anteriormente citadas concurren razones de ámbito deportivo, turístico y económico para la provincia xx Xxxxx. Estos campeonatos fomentan el deporte y generan un atractivo y un gran valor añadido para la provincia, poniéndose como epicentro a nivel nacional y europeo para las competiciones de regatas, incrementando la riqueza xx Xxxxx de manera tangible e intangible. Con ello se justifica la excepcionalidad en el presente expediente y procedería colaborar con una subvención directa de carácter excepcional por el importe solicitado de cuarenta y cinco mil euros (45.000 €), justificado por el interés público a través del deporte y a los ingresos económicos que dejarán estos campeonatos a los municipios de la Bahía xx Xxxxx y a los municipios próximos con la llegada de numerosos participantes, familiares, entrenadores, etc.
Considerando todo lo anterior, la excepcionalidad viene justificada por el interés público y económico a través de las competiciones deportivas objeto, por lo que la Diputación xx Xxxxx valora estos eventos, prestando su colaboración a través de una subvención, por concesión directa excepcional, en favor de la Federación Española de Baloncesto.
Queda justificada la excepcionalidad e igualmente, en base a todo lo anterior, la necesidad y oportunidad del convenio, por el interés deportivo de la celebración del mismo, interés además común entre ambas instituciones y que promueve el bienestar social de los ciudadanos.
SÉPTIMO.- La subvención se concede de forma directa, concurriendo razones de excepcionalidad, y se instrumenta a través del presente Convenio, rigiéndose por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Igualmente le es de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial xx Xxxxx (BOP nº. 140, de 18 xx xxxxx de 2004).
Además, al generarse para la Diputación xx Xxxxx obligaciones de contenido económico, también serán de aplicación el régimen general de los procedimientos de gestión, ejecución y control del gasto público establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el R.D. 500/1990, de 20 xx xxxxx, las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación y lo dispuesto en el RD 424/2017, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local y el desarrollo del mismo en la Diputación Provincial xx Xxxxx a través del Acuerdo de aprobación de medidas para la aplicación del Real Decreto 424/2017, de 28 xx xxxxx, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local de la Diputación Provincial y los entes dependientes a los que resulte de aplicación,
aprobado mediante acuerdo de Xxxxx en Sesión Ordinaria del día 18 de julio de 2018.
De conformidad con la referida normativa, los convenios, se presentan como instrumentos para canalizar y materializar estas subvenciones, debiéndose recoger en ellos, las condiciones y compromisos que resultaran aplicables.
Ambas partes, en base a lo anterior y a la potestad que se establece en el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, en uso de sus títulos competenciales y en aplicación de la normativa referenciada, acuerdan suscribir el presente Convenio, sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto regular la concesión directa vía Convenio de subvención a la Federación Española de Baloncesto para el pago de los gastos derivados del Campeonato de España de Selecciones Autonómicas de Minibasket en el año 2.021
SEGUNDA.- La Diputación xx Xxxxx colaborará con la Federación Española de Baloncesto mediante la concesión de una subvención directa vía Convenio por importe de CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 07/341C/48000 contemplada en el ejercicio económico de 2021.
Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, siendo de obligado cumplimiento comunicar dicha circunstancia y que el importe conjunto no supere el coste del objeto de la presente subvención.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste total de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
TERCERA.- La Federación Española de Baloncesto se compromete a destinar el importe de la subvención que se concede al pago de los gastos derivados del Campeonato de España de Selecciones Autonómicas de Minibasket en el año 2.021
Si como consecuencia de la pandemia del COVID-19 y de las medidas que se adopten por las distintas administraciones públicas para evitar su propagación, el proyecto planteado no pudiera llevarse a cabo de forma presencial, se admitirán aquellas actividades realizadas de forma online o telemática, directamente relacionadas con el proyecto presentado por la entidad, que sirvan para llevar a cabo el mismo y cumplir con los objetivos propuestos.
A estos efectos, serán gastos subvencionables, en estos casos, los gastos de internet y teléfono así como aquellos otros necesarios para poder realizarlos. No serán gastos subvencionables los gastos de bienes inventariables (adquisición de equipos informáticos, etc).
CUARTA.- La Federación Española de Baloncesto se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y de las siguientes:
1. Facilitar cuanta documentación le sea solicitada en relación con las facultades de control de la actividad subvencionada.
2. Hacer constar en cualquier acto o acción de difusión del proyecto que está subvencionado por el Área de Desarrollo de la Ciudadanía de la Diputación Provincial xx Xxxxx.
3. Realizar la actividad con el personal necesario para su desarrollo, el cual no estará sujeto a ningún tipo de relación laboral o administrativa con la Diputación Provincial xx Xxxxx.
4. Comunicar al Área de Desarrollo de la Ciudadanía, por escrito y en el plazo de quince días,
contados a partir del siguiente de su producción, cualquier eventualidad o cambio en el desarrollo de los proyectos y actividades, fechas, horarios, etc., que se pudiera producir e informar al personal técnico de dicha Área, y en el momento en que éstos lo requieran, sobre el grado de ejecución de las actuaciones y los resultados obtenidos.
5. Mantener las condiciones y elementos declarados en el proyecto que sirvieron de base para otorgar la subvención.
6. La Entidad solicitante deberá cumplir lo estipulado en la legislación sectorial vigente, en materia de seguridad, cuidado medioambiental y salud, eximiendo a la Diputación Provincial xx Xxxxx, de cualquier reclamación judicial o administrativa derivada del incumplimiento de lo anteriormente expuesto.
7. Asumir las cargas y obligaciones legales (tales como la obtención de permisos y licencias necesarios, abonar los cánones y/o impuestos exigidos en cada caso, etc.) que, en su caso, devengue la realización de la actividad, quedando la Diputación xx Xxxxx exenta de responsabilidad frente a cualquier otra Administración Pública, Organismos Oficiales y privados.
QUINTA.- La subvención se abonará previa justificación por parte de la entidad beneficiaria. El plazo de vigencia del Convenio será hasta 15 de julio de 2021.
La justificación del gasto realizado deberá presentarse como fecha límite el 15 de julio de 2021, no admitiéndose justificación alguna que se presente con fecha posterior.
La fecha de ejecución será del 1 de enero de 2021 al 30 xx xxxxx de 2021.
A estos efectos, su justificación se realizará mediante la cuenta justificativa regulada en el artículo 72 del Reglamento General de Subvenciones, aportando el modelo suministrado a tal efecto por el Área de Desarrollo de la Ciudadanía (ANEXO I).
No serán admisibles justificaciones de gastos realizados para el cumplimiento de fines distintos de los del proyecto subvencionado.
Sólo son admisibles justificaciones de gastos realizados en el periodo de ejecución; siendo éste desde el 1 de enero al 15 de julio de 2021.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor xx xxxxxxx.
Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad al 15 de julio de 2.021, fecha en la cual, finalizará el período de justificación.
La entidad deberá presentar originales de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Serán estampillados por la Intervención de forma que permitan el control de la concurrencia de subvenciones. Los originales serán devueltos a los interesados una vez diligenciados, quedando copia autorizada en los archivos de la Corporación.
En el caso de gastos de personal, la documentación a presentar será la siguiente:
- Recibos de las nóminas, en original o copia compulsada, del personal propio que ha participado en el proyecto.
- Original o copia compulsada de los boletines acreditativos de las cotizaciones a la Seguridad Social (TC1 y TC2) del personal que ha participado en el proyecto.
- Justificantes del pago de nóminas y del abono de las cotizaciones.
En el caso de que se haya contratado nuevo personal exclusivamente para el proyecto, deberá presentarse original o copia compulsada de su contrato de trabajo.
La Diputación podrá comprobar el valor xx xxxxxxx de los gastos subvencionados por cualquiera de los
medios previstos en el artículo 33 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuando las actividades objeto del presente Convenio hayan sido financiadas además de con ésta subvención con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación, como mínimo, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en el punto 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
SEXTA.- Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación del presente convenio.
La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de las entidades firmantes y se recogerá en una Addenda.
SÉPTIMA.- Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
El procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho de cobro de la subvención será el establecido en el artículo 42 de la Ley General de Subvenciones, dando lugar al reintegro total o parcial de la subvención, según concurran o no las circunstancias previstas en los citados artículos.
Se entiende por devolución voluntaria aquella que es realizada por la entidad sin el previo requerimiento de la Diputación, cuando dentro del periodo de justificación constate la existencia de un remanente sin ejecutar. En este caso la entidad beneficiaria deberá, con carácter previo, comunicarlo al órgano concedente para proceder a la devolución.
Una vez efectuado el reintegro, la entidad beneficiaria incorporará el original o copia compulsada de la carta de pago a la documentación de justificación dirigida al órgano concedente.
Cuando se produzca la devolución voluntaria, la Diputación calculará los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario.
OCTAVA.- El incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones por alguna de las partes será causa suficiente para la denuncia y resolución del Convenio.
NOVENA.- A partir de la firma de este Convenio se podrá constituir una Comisión de Seguimiento cuyas funciones serán interpretar y resolver las posibles incidencias en la ejecución del mismo.
Cada una de las partes designará a dos personas a tal fin. La Comisión de Seguimiento podrá realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efectuará dicho seguimiento.
La Comisión de Seguimiento y Evaluación será la encargada de definir para su implementación un Sistema de Evaluación integral en relación a su aplicación a todas las fases del ciclo de la intervención y efectos del presente convenio. Esta evaluación integral habrá de tener en cuenta a la hora de definir los criterios que la caracterizan: los objetivos, los criterios de actuación y los resultados.
El Área de Desarrollo de la Ciudadanía realizará controles administrativos para determinar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos por la entidad beneficiaria.
DÉCIMA.- El régimen sancionador será el previsto en el Titulo IV de la Ley General de Subvenciones.
UNDÉCIMA.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes. Si no pudiera alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de conformidad con la Ley 29/1998 de 13 de Julio, reguladora de dicha jurisdicción.
DUODÉCIMA.- Los datos de carácter personal que se puedan tratar en este procedimiento, cumplirán lo establecido en el régimen jurídico de la protección de datos. Básicamente el Reglamento (UE) 2019/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Además del resto de disposiciones específicas que se puedan dar. Asimismo, los sistemas de información donde serán tratados dichos datos, cumplen las exigencias del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
El responsable del tratamiento es la Diputación xx Xxxxx, con domicilio en Plaza de España s/n y se podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en el correo xxx@xxxxxxxxx.xx.
Los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación del tratamiento, Portabilidad y Oposición se podrán ejercer directamente en la sede electrónica de la Diputación (xxxx.xxxxxxxxx.xx) o presentando la instancia correspondiente en el Registro General (Avda. 4 de Diciembre de 1977, nº 12).
Y en prueba de conformidad de cuanto anteceda, firman el presente Convenio las partes intervinientes en lugar y fecha reseñada en su encabezamiento.
LA PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN EL REPRESENTANTE DE LA FEDERACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX ESPAÑOLA DE BALONCESTO
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx.: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx
Código Seguro De Verificación | jVKIc8llOLRsTs2GZhRQlA== | Estado | Fecha y hora |
Firmado Por | La Presidenta: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx | 18/06/2021 07:20:01 |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | Firmado | 17/06/2021 12:47:31 | |
Observaciones | Página | 6/11 | |
Url De Verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/xXXXx0xxXXXxXx0XXxXXxXxx |
ANEXO I
JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES (art. 72 RD 887/2006)
1. DATOS | DE | ||
IDENTIFICACIÓN DE | LA | ||
ENTIDAD | |||
Nombre o razón social | |||
Domicilio a efectos | de | ||
notificación: | |||
Correo electrónico a efectos | |||
de notificación electrónica: | |||
NIF: | |||
Localidad | Provincia | C.P. | Tlf. |
Representada por (persona que tenga responsabilidad):
Apellidos y Nombre:
CERTIFICA que se ha realizado el programa denominado
, subvencionado con
y presenta los siguientes documentos adjuntos:
1º Memoria justificativa del proyecto, con las siguientes especificaciones como mínimo:
• Fecha de ejecución del programa.
• Actuaciones realizadas.
• Resultados obtenidos.
• Balance económico en el que se especifica los gastos e ingresos definitivos del coste total de la actividad (incluida la parte no aportada por la Diputación).
• Conclusiones.
2º Originales o copias compulsadas de Facturas (que reúnan los requisitos fijados en el RDL 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación) o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente (art. 30.3 Ley 38/2003), que acrediten el destino de la aplicación de los fondos subvencionados. Se ha de justificar el importe total de la subvención concedida.
3º (Según los casos) Dado que el importe de la subvención superan los 39.999€, en caso de ser gasto subvencionable por ejecución de obras, o de 14.999€ I.V.A. excluido en el supuesto de que suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultaría o asistencia técnica, se presentan las tres
ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la realización del compromiso de la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención (art. 31.3 ley 38/2003).
4º Certificados vigentes del estar al día en la Seguridad social y las Haciendas públicas estatal y autonómica.
CERTIFICA que la subvención concedida ha financiado como máximo el % del gasto total efectuado en la actividad/proyecto objeto de subvención, y que los fondos se han aplicado a la finalidad para la cual fueron concedidos.
Igualmente CERTIFICA que no se ha recibido ninguna otra subvención para la misma finalidad o, en caso contrario, que conjuntamente no superan el coste total del proyecto/actividad subvencionada.
SOLICITANDO la aprobación de la cuenta justificativa y
□ (Señalar cuando proceda) y el número de cuenta para proceder al REINTEGRO de la cantidad no ejecutada que asciende a un total de €.
Se adjunta detalle de ingresos y gastos
EL SECRETARIO/A PRESIDENTE
(PERSONA QUE TENGA LA RESPONSABILIDAD)
Firma | Firma | |
Nombre y apellidos, DNI | Xxxxx de la entidad | Nombre y apellidos, DNI |
Sra. Presidenta de Diputación o Diputado Delegado
RELACIÓN DE INGRESOS.
Subvenciones concedidas por otra administración o entidades privadas u otros ingresos (incluida la otorgada por la Diputación)
Fecha | Administración/ Ente Público/ Entidades Privadas / Otros | Importe |
Código Seguro De Verificación | jVKIc8llOLRsTs2GZhRQlA== | Estado | Fecha y hora |
Firmado Por | La Presidenta: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx | 18/06/2021 07:20:01 |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | Firmado | 17/06/2021 12:47:31 | |
Observaciones | Página | 8/11 | |
Url De Verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/xXXXx0xxXXXxXx0XXxXXxXxx |
TOTAL |
CUENTA JUSTIFICATIVA SUBVENCIONES
Relación de gastos / Inversiones efectuadas con cargo al proyecto / Actividad subvencionada
Nº Orden | Fecha justificante/Fra. | Nº Justi f./Fra . | Proveedor | Descripción/Concepto | Importe Justifican te | Fecha pago | Importe imputado a Diputación | Importe imputados otros |
Código Seguro De Verificación | jVKIc8llOLRsTs2GZhRQlA== | Estado | Fecha y hora |
Firmado Por | La Presidenta: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx | 18/06/2021 07:20:01 |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx | Firmado | 17/06/2021 12:47:31 | |
Observaciones | Página | 10/11 | |
Url De Verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/xXXXx0xxXXXxXx0XXxXXxXxx |
Nº Orden | Fecha justificante/Fra. | Nº Justi f./Fra . | Proveedor | Descripción/Concepto | Importe Justifican te | Fecha pago | Importe imputado a Diputación | Imp | orte imputados otros |
Import e total gastos justific ados | |||||||||
Import e Subve nción | |||||||||
Result ado | Diferencia (-) falta de justificación (+) exceso de justificación |
EL SECRETARIO/A PRESIDENTE/A(PERSONA QUE TENGA LA RESPONSABILIDAD)
Firma | Firma | |
Nombre y apellidos, DNI | Xxxxx de la entidad | Nombre y apellidos, DNI |