Modelo de Contrato
Xxxxxx xx Xxxxxxxx
Xx xx xxxxxx xx xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, a los días del mes de entre la ESSAP S.A. representada por el Ing.
con Cedula de Identidad Nº , domiciliada en Xxxx Xxxxxx Xx 000 xxxxx Xxx Xxxx x Xxxxxx con Tel Nº: 225-001/3, RUC Nº 80024191-6 en la República del Paraguay, denominada en adelante el COMPRADOR, por una parte, y, por la otra, la firma
, domiciliada en , Tel Nº RUC Nº, en la República del Paraguay, representada para este acto por , con Cédula de Identidad N°
,denominada en adelante el EL CONTRATISTA, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente contrato de conformidad a la Contratación Directa Nº 35/2012 “Reacondicionamiento de Registros de Macromedidores". El cual estará sujeto a las cláusulas y condiciones siguientes.
ARTÍCULO 1º OBJETO.
CLÁUSULA 1.1 Por el presente Contrato CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras en el marco de la Contratación Directa Nº
35/2012 “Reacondicionamiento de Registros de Macromedidores”.
ARTÍCULO 2º DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO.
CLÁUSULA 2.1. Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
(a) Contrato;
(b) Carta de Invitación y sus Adendas o modifica;
(c) La oferta del CONTRATISTA
(d) La resolución de adjudicación del Contrato y su respectiva notificación; y,
Los documentos que forman parte del Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o diferencia entre los documentos que forman parte integral del Contrato, la prioridad de los mismos será en el orden enunciado anteriormente.
ARTÍCULO 3º IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO.
CLÁUSULA 3.1. El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está objeto del gasto específico 240 incluidos en el Presupuesto General de Gastos de la Essap S.A.
CLÁUSULA 3.2. Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el Código Nº 242857
ARTÍCULO 4º PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
4.1. El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Licitación Contratación Directa Nº 35/2012 “Reacondicionamiento de Registros de Macromedidores”, por la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay S.A., y adjudicado según Resolución de Presidencia del Directorio N° …../2012 de fecha ………del año 2012.
ARTÍCULO 5º. PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS.
Ítem Nº | Concepto | Cantidad | Precio Unitario (Iva incluido) | Precio Total (Iva incluido) |
Total |
CLÁUSULA 5.1. El monto total del contrato asciende a la suma de Gs. (guaraníes ) IVA incluido. CLÁUSULA 5.2. En consideración a los pagos que la Contratante hará al CONTRATISTA conforme a lo estipulado en este contrato, EL CONTRATISTA se compromete a proveer los Servicios a ESSAP S:A: y a subsanar los defectos de estos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
CLÁUSULA 5.3 La ESSAP S.A. se compromete a pagar al CONTRATISTA como contrapartida del suministro de los servicios el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescriptos en este..
CLÁUSULA 5.4. Conforme a lo establecido en el Art. 41º de la Ley 2.051/03 modificado por el Art. 1º de la Ley 3.439/07 de “Contrataciones Públicas” se retendrá el equivalente al cero punto cuatro por ciento (0,4%) sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes
ARTÍCULO 6º VIGENCIA DEL CONTRATO.
CLÁUSULA 6.1. El plazo de vigencia de este Contrato es de 60 (sesenta) días, contados a partir de la fecha de suscripción del mismo
ARTÍCULO 7º PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA
CLÁUSULA 7.1. La obra deberá ser ejecutada en el plazo de treinta (30) días calendario
CLÁUSULA 7.2. Lugar de Ejecución de la Obra. Planta de Tratamiento VK1, Xxxxx Xxx de la ESSAP S.A.
CLÁUSULA 7.3. Sector Responsable: La Gerencia Técnica a través de la Asesoría de Obras Especiales, se encargará de la Fiscalización de los trabajos ejecutados conforme a las Ordenes de Servicio
ARTÍCULO 8º MULTAS
CLÁUSULA 8.1. En caso de demora en la entrega parcial o total de los servicios y cumplimiento del plan de entregas establecido en la Carta de Invitación se sancionará a EL CONTRATISTA con una multa equivalente al 0,5 % (cero punto cinco por ciento) por cada día calendario de retraso, calculado sobre el valor del servicio no proveído.
En caso de que los atrasos, devengan una multa acumulada del 10% del valor total del contrato, ESSAP S.A. se reserva el derecho de la rescisión del Contrato.
Se descontará del plazo total, los días de atraso por fuerza mayor, siempre y cuando hayan sido presentado por escrito, a consideración de ESSAP S.A. dentro de los ocho (8) días calendario de haberse producido.
ARTÍCULO 9º CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO.
CLÁUSULA 9.1. La ESSAP S.A. podrá cancelar la licitación por caso fortuito o fuerza mayor.
De igual manera, podrá cancelarla cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad del servicio adquirir los bienes, o que de continuarse con el procedimiento, se pudiera ocasionar daño o perjuicio a la EMPRESA, en todos los casos de cancelación de la licitación los oferentes no tendrán derecho a reembolso de gastos ni a indemnización alguna.
Asimismo, la ESSAP S.A. podrá ordenar la cancelación de la licitación pública, como consecuencia de la resolución de una protesta, en los términos del Articulo 83 Inciso B), de la Ley 2051/03 “DE CONTRATACIONES PUBLICAS”.
CAUSAS DE RESCISION DEL CONTRATO POR PARTE DE ESSAP S.A.: El Directorio de la ESSAP S.A. podrá
rescindir administrativamente el contrato, en los siguientes casos:
a) por incumplimiento del contratista;
b) por quiebra o insolvencia del contratista.
c) Cuando el valor de las multas supera el 10% del valor total del contrato;
d) por suspensión del servicio, imputable al contratista, por más de sesenta (60) días calendario, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito;
e) por fraude o colusión debidamente comprobado del contratista desde la adjudicación hasta la finalización del contrato;
f) por haberse celebrado un contrato contra expresa prohibición xx xxx 2051/2003; y,
g) en los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza.
La ESSAP S.A. iniciará el procedimiento de rescisión dentro de los quince días calendario siguientes a aquél en que se hubiere agotado el plazo límite de aplicación de las penas convencionales.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere entrega de los servicios y/o bienes, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, sin perjuicio de las responsabilidades del contratista.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
1) se iniciará a partir de que al contratista le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término xx xxxx días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
2) transcurrido el plazo a que se refiere el inciso anterior, se resolverá considerando los argumentos, pruebas y circunstancias del caso; y,
3) la determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al contratista dentro de los quince días hábiles siguientes a lo señalado en el inciso a) de esta cláusula.
RESCISION DEL CONTRATO POR PARTE DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA podrá dar por terminado el
contrato, por las siguientes causas imputables a la ESSAP S.A.
a) por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta días calendario;
b) por la suspensión del servicio por más de sesenta días calendario, dispuestos por la ESSAP A., sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; y,
c) cuando las especificaciones sean técnicamente inejecutables y no se hubiesen solucionado los defectos dentro de los sesenta días calendario siguientes a aquel en que el contratista lo hubiere hecho del conocimiento de la ESSAP S.A.
ARTÍCULO 9º SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
CLÁUSULA 9.1. Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los Contratos se dirimirá conforme las reglas establecidas en la legislación aplicable.
Para el caso que las Partes no resuelvan las controversias mediante negociación directa o avenimiento, éstas se obligan a someter
sus diferencias a arbitraje conforme a las disposiciones de la Ley N° 1879/02 de Arbitraje y Mediación y de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, siempre que la materia sea arbitrable. A tales efectos, las Partes someterán el arbitraje ante un tribunal arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista del Cuerpo Arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo vinculante para las Partes. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regule dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las Partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato.
Para la ejecución xxx xxxxx arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la ciudad de la Capital de la República del Paraguay.
ARTÍCULO 10º ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN POR PARTE DE LA D.N.C.P.
CLÁUSULA 10.1 Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre las partes, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir las partes las responsabilidades y obligaciones derivadas de la parte ejecutada del contrato.
En prueba de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
…………. ESSAP S.A.
Sr. ………………………………. Ing. ……………………………………
Representante Legal Presidente