Contract
Pliegos de prescripciones técnicas para la adjudicación del servicio de control de accesos y atención a usuarios de las instalaciones de la pista de atletismo de Landako de la Mancomunidad de la Merindad de Durango, por procedimiento abierto, con una pluralidad de criterios y tramitación ordinaria.
1. Objeto del contrato
Es objeto del presente contrato la prestación del servicio de control de acceso y atención a usuarios de las instalaciones de la Pista de Atletismo de Landako en Durango, en cuanto a urbanización, edificación, espacios, y equipamientos deportivos, en los términos y con la extensión y detalle que se contiene en el presente pliego y pliegos de cláusulas administrativas particulares, teniendo ambos el carácter xx xxx del contrato.
No obstante, se tendrán por ineficaces las cláusulas xxx xxxxxx de prescripciones técnicas que estuvieran en contradicción con las xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, prevaleciendo, en todo caso, estas últimas sobre aquéllas.
2. Instalaciones objeto del servicio
Las instalaciones de la Pista de Atletismo de Landako en Durango comprenden los siguientes espacios:
Edificación:
- Recepción, pasillos y accesos
- Vestuarios
- Sala de botiquín
- Almacén de material deportivo de competición
- Almacén de material deportivo general
- Oficina técnica
- Gimnasio.
- Una xxxx xx xxxxxxxx. Espacios exteriores:
- Accesos
- Tribuna graderío
- Torre de videofinish
- Anillo de la pista de atletismo
- Espacio verde interior
- Colchón xx xxxxx de altura
- Colchón xx xxxxx de pértiga
- Jaula de lanzamiento
- Fosos de arena
- Foso de agua
- Urbanización general
3. Horario
Las instalaciones permanecerán abiertas al público, con carácter general, los meses de enero a diciembre, salvo en el mes xx xxxxxx en el que no se prestará el servicio (las instalaciones permanecerán cerradas).
El horario de prestación del servicio será de lunes a viernes, de 17:00 a 21:00 horas y los sábados de 9:00 a 13:00 horas.
4. Funciones y tareas de la entidad adjudicataria y del personal que se adscribe a la ejecución del contrato.
La entidad adjudicataria deberá realizar las siguientes funciones: Apertura y control de accesos:.
- Apertura y cierre de espacios deportivos y vestuarios.
- Control de acceso y circulación de personas, de material y vehículos.
- Control de accesos a través de los tornos y cámara de video. Para ello la empresa adjudicataria utilizará el software de control de accesos de la Mancomunidad de la Merindad de Durango.
Información y atención a usuarios:
- Atención directa telefónica (94 620 26 11) y de e-mails en la recepción (en el correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
- Información presencial a usuarios de las instalaciones (particulares, centros educativos, clubes, etc).
- Tramitación de tarjetas de acceso (Altas, bajas, duplicados, etc).
- Elaboración de listas de socios y actualización de las mismas mediante aplicación informática.
- Recepción de solicitudes de uso de las instalaciones y elaboración de propuestas de coordinación de usos o actividades, y posterior tramitación.
-Atender y colaborar en la programación deportiva y cuantos eventos organice o autorice la Mancomunidad en las instalaciones.
- Publicación de calendarios de usos de la instalación deportiva en sus diferentes servicios.
- Poner a disposición del usuario impresos para la presentación de sugerencias, quejas o cualquier otra comunicación respecto al servicio que deberán tramitarse según las vías establecidas.
- Colocación y retirada de información y avisos a usuarios.
Toda la información, documentación a disposición de las personas usuarias, rotulación o señalización del equipamiento será bilingüe y deberá incorporar el logotipo de Mancomunidad y la denominación Atletismo Pista-Pista de Atletismo.
Funciones de control de uso de equipamientos y material deportivo.
- Designación de vestuarios.
- Prever espacios para el desarrollo de los entrenamientos y actividades deportivas.
- Velar por el uso correcto de las instalaciones deportivas, de los espacios deportivos, vestuarios y equipamientos y materiales.
- Vigilar los traslados de material y equipamiento deportivo, asegurándose de que se recoja y almacene en los espacios destinados al efecto.
- Controlar el uso de vestimenta y calzado deportivos adecuados por los usuarios de las instalaciones para el correcto mantenimiento de los espacios deportivos.
- Velar por la limpieza y el buen orden en las instalaciones.
- Colaboración en la propuesta de criterios para el uso correcto de los diferentes espacios y de la propia instalación.
- Control del cumplimiento de las normas de uso y funcionamiento.
- Cuantas favorezcan al desarrollo armónico de las actividades y competiciones. Funciones de control de instalaciones:
- Control de iluminación y megafonía.
- Control de las dependencias, espacios deportivos y accesos.
- Manejo, cuidado y control de los sistemas y maquinaria.
- Colaborar en la operatividad de las instalaciones y equipamientos.
- Aplicar y controlar todos los medios que supongan medidas de ahorro energéticas.
- Comunicar de forma inmediata a la Mancomunidad cualquier avería o alteración en el funcionamiento de las instalaciones.
- Control y cumplimiento de las normas internas de las instalaciones.
- Cuantos otros de la misma índole se les encomienden. Funciones en materia de seguridad:
La empresa deberá indicar, con carácter preceptivo en lugar visible y de fácil acceso para las personas usuarias, la información siguiente:
- La enumeración de los riesgos que puedan derivarse del uso incorrecto de la instalación y del equipamiento deportivo.
- En su caso, el procedimiento de anclaje del equipamiento deportivo móvil.
- Las normas internas de funcionamiento.
- El procedimiento de denuncia de las deficiencias que observen en la instalación y en sus equipamientos, así como el procedimiento que se debe seguir en caso de producirse un accidente.
5. Personal que se adscribe a la ejecución del contrato.
La entidad adjudicataria aportará el personal necesario, y con la capacitación suficiente, para la realización del objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones de este pliego de condiciones.
5.1. Medios personales
La empresa adjudicataria deberá adscribir a la prestación del servicio un/a auxiliar administrativo/a, con una dedicación parcial de veinticuatro horas semanales y del 65% de la jornada anual.
El auxiliar administrativo deberá estar en posesión de la titulación, conocimientos de euskera y experiencia profesional que se indican:
- Título de Graduado Escolar, FPI (Técnico Auxiliar Administrativo) o equivalente.
- Experiencia profesional mínima de un año en la prestación de servicios de información y atención al público con la categoría de auxiliar administrativo,
- Nivel de conocimiento de euskera equiparable al nivel de referencia B 2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, según se establece en el Decreto 64/2008, de 8 xx xxxxx, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y adecuación de los mismos al marco común europeo de referencias para las lenguas (BOPV número 71/2008, de 15 xx xxxxx).
Asimismo la empresa adjudicataria deberá designar un/a coordinador/a responsable del servicio que asumirá la dirección última del servicio y tareas de supervisión, gestión y seguimiento de la prestaciones objeto del contrato.
El coordinador responsable será interlocutor directo con el Área de Deportes de la Mancomunidad para todas las cuestiones relativas a la prestación del servicio.
El representante o delegado del contrato deberá estar localizable en cualquier momento mediante teléfono móvil para que resuelva cualquier situación o incidencia.
El adjudicatario deberá aportar antes del inicio del contrato una relación nominal del auxiliar administrativo y del coordinador responsable del contrato y documentación acreditativa de la titulación, nivel de conocimientos de euskera y experiencia del auxiliar administrativo.
Antes del inicio del contrato deberá presentarse alta en la seguridad social.
El personal que se adscriba a la prestación del servicio no podrá ser objeto de subcontratación.
La adscripción del auxiliar administrativo con el perfil establecido tiene el carácter de condición esencial de ejecución del contrato y su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato en los términos previstos en el artículo 223 f) y concordantes del TRLCSP.
5.2. Calendario de prestación del servicio.
El servicio deberá prestarse de forma regular y continua y en ningún caso podrá suspenderse su prestación.
El horario de prestación del servicio será de enero a diciembre, salvo en el mes xx xxxxxx, de lunes a viernes, de 17:00 a 21:00 horas y los sábados de 9:00 a 13:00 horas.
El adjudicatario deberá presentar en el plazo de un mes desde el inicio de la actividad la propuesta de prestación del servicio con el calendario laboral anual y jornada semanal para su aprobación por el Área de Deportes.
En la elaboración del calendario de trabajo se tendrá en cuenta el calendario oficial laboral de días festivos de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx y las fiestas locales.
El calendario laboral anual, jornada semanal y horarios deberán ser aprobados por el Área de Deportes.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de la prestación del servicio conforme al calendario y horario laboral, asumiendo las responsabilidades que se deriven de su incumplimiento
5.3. Formación del personal.
El adjudicatario está obligado a proporcional al personal los cursos de formación y actualización necesarios para la prestación del servicio, sin que ello afecte a la prestación contratada.
5.4. Sustituciones.
El adjudicatario deberá procurar la estabilidad del personal que se adscriba a la prestación del servicio durante el plazo de ejecución del contrato.
El adjudicatario deberá mantener en todo momento el personal que se adscriba a la prestación del servicio con el calendario y horarios establecidos, y, en consecuencia, queda obligado a realizar de forma inmediata las sustituciones necesarias por razón de enfermedad, accidente, permisos, licencias u otras análogas, debiendo acreditar el cumplimiento de los requisitos de titulación, experiencia y euskera exigidos en el presente pliego en el Área de Deportes.
Todas las incidencias relativas al personal deberán comunicarse de forma inmediata y las sustituciones deberán ser autorizadas expresamente por el Área de Deportes.
El Área de Deportes se reserva el derecho a exigir la sustitución del personal asignado al contrato en caso de no idoneidad, por la existencia de quejas o inadecuación de su perfil profesional. Dicha sustitución será obligatoria para la adjudicataria, disponiendo de un plazo de quince días naturales para su sustitución.
5.5. Subrogación del personal.
La entidad adjudicataria queda obligada a subrogar, cuando legalmente proceda, el personal adscrito actualmente al servicio objeto de la presente licitación y perteneciente al actual
adjudicatario que figura relacionado en el ANEXO DE PERSONAL SUBROGABLE xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
5.6. Obligaciones laborales del contratista.
El personal que se adscriba a la ejecución del contrato depende exclusivamente de la entidad adjudicataria que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario/a y deberá cumplir con las condiciones vigentes en materia de legislación laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo y prevención de riesgos, e igualmente de cuantos tributos u obligaciones fiscales pudieran derivarse de dicho personal, quedando la Mancomunidad exenta de responsabilidad sobre las relaciones entre el contratista y su personal.
Los licitadores o licitadoras deberán presentar declaración responsable sobre el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios, y facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.
La entidad adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
La entidad adjudicataria se compromete a su adecuada retribución, asumiendo de forma directa, y en ningún caso, trasladable a la Mancomunidad, el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de personal, tanto si dicha mejora es consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, como si derivan de cualquier otra circunstancia.
El/la contratista será responsable ante la jurisdicción laboral y de lo social de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones. En este sentido, el/la contratista dotará a su personal e todas las medidas de seguridad necesarias, obligándose a cumplir cuantas disposiciones sean aplicables en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El/la contratista deberá presentar anualmente una declaración responsable donde manifieste que cumple el convenio colectivo vigente y en especial, que retribuye a sus trabajadores/as según convenio.
Asimismo deberá presentar anualmente en el Área de Deportes los TC1 y TC2 del personal que se adscriba a la prestación del servicio.
A la finalización del contrato de servicios no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la administración contratante.
Las obligaciones de la adjudicataria en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo y de información sobre las condiciones de trabajo tienen el carácter de condiciones especiales de ejecución del contrato y su cumplimiento se acreditará durante la ejecución del contrato. El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato podrá dar lugar a la imposición de penalidades que serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento por un importe no superior al 10% del presupuesto del contrato.
En todo caso, las obligaciones del contratista en materia de afiliación y alta en la seguridad social de los trabajadores responsables de la ejecución del contrato y abono de cotizaciones, y de abono de las retribuciones según convenio y categoría profesional tienen el carácter de condiciones esenciales de ejecución del contrato y su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato en los términos previstos en el artículo 223 f) y concordantes del TRLCSP.
6. Recursos técnicos y materiales.
El servicio se prestará en las instalaciones de la Pista de Atletismo de Landako en Durango.
La Mancomunidad pondrá a disposición del contratista un equipo informático y programas (Office y de control de accesos), impresora, tarjetas del sistema de control de accesos y teléfono fijo.
La entidad adjudicataria deberá aportar material de oficina y cuantos medios y recursos resulten necesarios para la prestación del servicio
La entidad adjudicataria deberá de emplear durante la prestación del servicio indumentaria con logotipo de la Mancomunidad y empresa adjudicataria.
Asimismo deberá realizar una adecuada gestión y uso del local y recursos que la Mancomunidad ponga a su disposición para la gestión del servicio.
7. Confidencialidad
La adjudicataria se compromete a respetar el carácter confidencial y reservado de toda la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, así como el derecho a la confidencialidad de las personas usuarias el servicio, especialmente en relación con los datos de carácter personal, incluyendo la debida reserva por parte de los profesionales en relación con la información de la que hayan tenido conocimiento sobre las personas usuarias del servicio.
La adjudicataria deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, respecto de los datos pertenecientes a las personas usuarias que sean puestos a su disposición por la Mancomunidad para la correcta prestación del servicio.
Las obligaciones del contratista en materia de confidencialidad y protección de datos tienen el carácter de condición especial de ejecución del contrato y su cumplimiento se acreditará durante la ejecución del contrato.
El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato podrá dar lugar a la imposición de penalidades que serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento por un importe no superior al 10% del presupuesto del contrato.
8. Documentación y difusión del servicio
La documentación que se genere durante la ejecución del presente contrato será propiedad de la Mancomunidad de la Merindad de Durango. Los datos, materiales e informaciones utilizados durante el desarrollo del servicio no podrán ser utilizados ni cedidos a terceros sin consentimiento expreso de la Mancomunidad.
En toda la documentación que se elabore en el desarrollo del contrato se hará constar la titularidad de la Mancomunidad de la Merindad de Durango y logotipo.
La representación externa del servicio, a efectos de relación con otras entidades, instituciones públicas o privadas o medios de comunicación corresponde a la Mancomunidad de la Merindad de Durango.
La participación de la adjudicataria en cualquier medio de difusión o comunicación en relación con el servicio deberán ser previamente autorizados por a la Mancomunidad de la Merindad de Durango, así como los contenidos de las intervenciones.
Las obligaciones del contratista en materia de documentación y difusión del servicio tienen el carácter de condición especial de ejecución del contrato y su cumplimiento se acreditará durante la ejecución del contrato.
El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato podrá dar lugar a la imposición de penalidades que serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento por un importe no superior al 10% del presupuesto del contrato.
9. Condiciones lingüísticas de ejecución del contrato
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6 y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del servicio deberá observar la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando su actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos de los ciudadanos.
El uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
10. Otras obligaciones de la empresa adjudicataria
- El personal deberá observar en todo momento el decoro, la corrección y el respeto debido a las personas usuarias del servicio.
- Guardar la necesaria reserva y confidencialidad respecto de toda información y documentación a la que tenga acceso en relación con el objeto del contrato conforme a la normativa de protección de datos existente.
- Cumplir los reglamentos, ordenanzas y normas referentes a seguridad, prevención y riesgos laborales.
11. Evaluación y seguimiento
El/la contratista deberá elaborar y presentar en el Área de Deportes de la Mancomunidad la siguiente documentación:
- Registro diario de incidencias.
- Informes trimestrales de actividad con expresión de usuarios, actividades y campeonatos desarrollados, cuadrantes de uso de instalaciones y datos estadísticos, información significativa que afecte a la marcha del servicio, incidencias, reclamaciones o quejas.
Los informes trimestrales se presentarán en el plazo de quince días naturales desde la finalización del periodo.
- Memoria anual sobre el funcionamiento de las instalaciones, número de usuarios, programas y actividades, incidencias más significativas durante la ejecución y propuesta de cambios o mejoras a introducir.
La Memoria anual se presentará en el plazo de un mes desde la finalización del ejercicio (año natural).
- Encuestas de grado de satisfacción realizadas a las personas usuarias de los servicios acerca de la satisfacción con el mismo, instalaciones, atención al público, sugerencias, quejas y reclamaciones.
Los informes y memoria anual deberán presentarse redactados en ambas lenguas oficiales.
12. Coordinación con el Área de Deportes de la Mancomunidad de la Merindad de Durango
El/la coordinador/a del servicio deberá mantener reuniones con una periodicidad mínima trimestral con el Área de Deportes de la Mancomunidad al objeto de coordinar acciones, presentar sugerencias, realizar propuestas y garantizar la buena marcha del servicio. Y a tal fin:
- La adjudicataria del servicio suministrará al Área de Deportes de la Mancomunidad cuanta información sea requerida respecto al desarrollo de la actividad, personas usuarias de los servicios, actividades o eventos deportivos.
- El Área de Deportes de la Mancomunidad podrá comprobar la materialización y calidad de los servicios prestados por los medios que consideren oportunos.
13. Responsable del contrato
El seguimiento del servicio corresponderá al responsable del contrato que se designe por la Mancomunidad:
Son funciones del responsable del contrato:
a) Interpretar el pliego de prescripciones técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o normativa de aplicación.
b) Exigir los medios y organización necesarios para la prestación del servicio
c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato
d) Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los trabajos.
e) Conformar las facturas correspondientes a los trabajos realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.
f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los trabajos.
g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de los/as técnicos/as o especialistas que tengan intervención en el trabajo.
h) En general, ejercer cuantos derechos otorga la legislación vigente a la administración contratante, en orden a la inspección y vigilancia de los servicios prestados con arreglo al contrato con la empresa adjudicataria.
En Abadiño, a 00 xx xxxxx xx 0000.
Xx xxxxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx