CONTRATO DE SUBARRIENDO CAMPUS LOS LEONES IAB INMOBILIARIA S.A. A UNIVERSIDAD SAN XXXXXXXXX
(EXTRACTO)
Repertorio 21.410 ‐ 2008 de Notaría Xxxx Xxxxxxxxx
A 6 xx xxxxx de 2008 Comparecen:
‐ Xxxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxx Xxxx por IAB Inmobiliaria S.A.
‐ Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxx por Universidad San Xxxxxxxxx.
Antecedentes. Contrato entre Fundación Educacional Santiago College y The Board of Trustees of Santiago School e IAB Inmobiliaria por arrendamiento del inmueble comprendido en la fusión de 4 retazos con los deslindes siguiente: norte, calle Lota; sur calle Xxxxxx Xxxxx; oriente, xxxxx Xxxxxxxxx y poniente, Avenida Los Leones.
(En el contrato antes mencionado, Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx en representación de Inversiones Xxxxxx Xxxxxx Dos S.A., y Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, ambos en representación de Universidad San Xxxxxxxxx, aceptaron en la cláusula “22.2 Consentimiento de los subarrendatarios”, la “Autorización de subarrendamiento y de cesión de contrato” que otorgaron los representantes del Santiago College a IAB Inmobiliaria S.A. para subarrendar a la Universidad San Xxxxxxxxx el inmueble donde estaría emplazado el Campus Los Leones)
Se establecen 30 años de subarriendo.
Renta de arrendamiento: “7.000 UF mensuales desde el 1º de septiembre de 2008 por los 21.598,98 metros actualmente construidos y que existen a la fecha de su pago efectivo”.
“A contar de la fecha del Acta de Entrega Material la renta mensual ascenderá a la suma única y total equivalente al valor que resulte de multiplicar el total de metros cuadrados efectivamente construidos en el inmueble por el valor de 0,35 UF”.
Cláusula 9.5 Nuevas construcciones: “La subarrendadora estará obligada a ejecutar en el Inmueble a su propia cuenta, riesgo y responsabilidad, las Nuevas Construcciones Obligatorias y eventualmente también ciertas Nuevas Construcciones Voluntarias, ambas según se definen más adelante, por hasta un total de veinticinco mil metros cuadrados construidos. En el evento que la Subarrendadora ejecutare dichas nuevas obras, el valor mensual de la renta de arriendo indicada en la presente cláusula del presente instrumento será incrementada en un monto equivalente a 0,35 UF mensuales por metro cuadrado de nuevas construcciones".