PAGARÉ
No.
$
Fecha de Vencimiento
Yo (nosotros) ___________________________, mayor de edad, domiciliado(a) en ,
identificado(a) con _____________ No._____________, obrando en nombre propio, debidamente facultado para este acto y/o ___________________________, mayor de edad, domiciliado(a) en ,
identificado(a) con _____________ No._____________, obrando en nombre propio, debidamente facultado para este acto, me (nos) obligo(amos) a pagar el día ______________ (___) del mes de _____________
del año _____________________________________________________________ (____), solidaria e
incondicionalmente, en dinero en efectivo, a la orden del BANCO PICHINCHA S.A. (en adelante la Entidad
Acreedora), o de quien represente sus derechos, en sus oficinas de la ciudad de ,
la suma
de______________________________________________________________________________________
________________________________________________($______________) moneda corriente. A partir de la fecha de este Pagaré y sin perjuicio de las acciones legales de la Entidad Acreedora, se causarán intereses xx xxxx a la tasa del _____________________________ por ciento (_______%) anual sobre el saldo total pendiente de pago. En el evento que por disposición legal o reglamentaria se autorice cobrar intereses superiores a los previstos en este Pagaré, la Entidad Acreedora los reajustará automáticamente y desde ahora me(nos) obligo(amos) a pagar la diferencia que resulte a mi(nuestro) cargo por dicho concepto, de acuerdo con las nuevas disposiciones. Se pacta expresamente que los intereses pendientes producirán intereses en los términos del artículo 886 del Código de Comercio. Así mismo, por medio del presente documento apoderamos y autorizamos de manera especial, expresa e irrevocable a la Entidad Acreedora, para que en mi (nuestro) nombre y representación contrate la gestión de cobranza que se haga necesaria en el evento xx xxxx en el cumplimiento de nuestras obligaciones, y por lo mismo, me (nos) obligo(amos) a pagar todos los gastos y costos de la cobranza judicial y extrajudicial, incluidos los honorarios de abogado, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno para que se me(nos) constituya en xxxx. Declaro que he(mos) sido informado(s) por la Entidad Acreedora sobre sus políticas y procedimientos de cobranza, que las acepto(amos) y que conozco (conocemos) los medios a través de los cuales puedo (podemos) consultar tales políticas, así como sus modificaciones. Igualmente, me (nos) obligamos a pagar todos los gastos e impuestos que causen por la suscripción de este título valor. En caso de muerte de los deudo res, la Entidad Acreedora queda con el derecho de exigir la totalidad de las sumas adeudadas a uno cualquiera de los herederos sin necesidad de demandarlos a todos. De igual manera, autorizo(autorizamos) expresamente a la Entidad Acreedora para debitar de cualquier cuenta corriente, de ahorro o de cualquier otra cuenta, depósito o suma que individual, conjunta o alternativamente posea(poseamos) en la Entidad Acreedora o en cualquier otra entidad financiera, así como para cargar contra cualquier cupo de crédito que tenga(mos) en la Entidad Acreedora o en cualquier otra entidad financiera del Grupo financiero del que forma parte el BANCO PICHINCHA S.A., cualquier suma que llegare(mos) a adeudar a la Entidad Acreedora, por cualquier concepto y de cualquier naturaleza, incluyendo pero sin limitarse a capital, intereses corrientes y/x xx xxxx, comisiones, diferencias de cambio, diferencias de precio, riesgo cambiario, honorarios, seguros, impuestos, gastos de cobranza y cualquier otro gasto generado en relación o con ocasión de cualquier operación o cualquier servicio prestado por la Entidad Acreedora, el importe total o parcial de este título valor, y además podrá exigir el pago inmediato del mismo, más los intereses, costas y demás accesorios, en cualquiera de los siguientes casos de acuerdo con lo establecido en la legislación comercial vigente (artículos 626 y 780 del Código de Comercio) y demás normas que los aclaren, adicionen y/o modifiquen: a) Xxxx o incumplimiento en el pago de los intereses o del capit al de ésta o cualquiera otra obligación que directa, indirecta, conjunta o separadamente tenga(mos) para con la Entidad Acreedora, o por concepto xx xxxxxx de seguros respecto al deudor (deudores) y bienes dados en garantía;
b) Si los bienes de uno cualquiera de los deudores son embargados o perseguidos por cualquier persona en ejercicio de cualquier acción; c) El giro de cheques sin provisión de fondos por uno cualquiera de los deudores o el no pago de los mismos por parte del deudor, codeudores o avalistas; d) Muerte de uno cualquiera de los otorgantes; e) El hecho de que cualquiera de los obligados por este título solicite o le sea iniciado cualquier tipo de proceso concursal, proceso de concordato preventivo, concurso de acreedores, proceso de reorganización empresarial, liquidación administrativa o judicial, etc.; f) Si cualquiera de los obligados comete inexactitudes en balances, informes, declaraciones, cauciones o documentos que se
presenten a la Entidad Acreedora; g) El cruce de remesas; h) Si los bienes dados en garantía se demeritan, los gravan, enajenan en todo o en parte o dejan de ser garantía suficiente; i) En los demás casos xx Xxx; j) Mala o difícil situación económica de uno cualquiera de los obligados, calificada por el Acreedor; k) Cambiar o no realizar en todo o en parte la inversión para la cual solicitaron el crédito; l) En el caso de personas jurídicas, si cambia de manera sustancial el control accionario, la propiedad o la administración de la misma; m) Si los deudores dejaren de mantener asegurados los bienes que sirven de garantía a las obligaciones; n) Si para la obtención del crédito y/o cualquiera de los servicios prestados por la Entidad Acreedora hubiere(mos) suministrado información inexacta o incompleta o hubiere(mo s) realizado o dejado de realizar en cualquier forma acto que induzca a error a la Entidad Acreedora o la entidad aseguradora; o) La entrega de títulos valores aceptados por el deudor y distintos al presente, respecto de los cuales se incumpla con el pago. Se hace constar que la solidaridad e indivisibilidad subsisten en caso de prórroga o de cualquier modificación a lo estipulado, aunque se pacte con uno solo de los firmantes. El recibo de abonos parciales no implica novación y cualquier pago que se hiciere(hiciéremos) se imputará primero a los gastos, después a intereses y penalidades y por último a capital. Declaro (declaramos) excusada la presentación y la noticia de rechazo. Acepto(amos) que el pago, constara en los registros sistematizados y comprobantes de la Entidad Acreedora. Expresamente declaro(amos) que las garantías que tengo(amos) constituidas o que constituya(mos) en el futuro conjunta o separadamente a favor de la Entidad Acreedora, garantizan la presente obligación y todas las que por cualqu ier concepto contraiga(xxxx) en el futuro. Autorizo(xxxx) a la Entidad Acreedora para que a cualquier título endose el presente pagaré o ceda el crédito incorporado en él a favor de un tercero sin necesidad de notificación adicional, quién adquirirá automáticamente y sin necesidad de cesión adicional el carácter de beneficiario a título oneroso de las pólizas de seguro que se expedían a favor de la Entidad Acreedora en los términos del presente pagaré. DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES: a) Autorizo(amos) de manera irrevocable al BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora para que con fines estadísticos, de control, supervisión y de información comercial, reporte o consulte ante las Centrales de Información Datacrédito y de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras, así como ante cualquier otra entidad que maneje bases de datos con los mismos fines, el nacimiento, modificación, y/o extinción de obligaciones directas o indirectas contraídas con anterioridad o que se llegaren a contraer con el sector f inanciero o real, fruto de aperturas de crédito, cobranzas, contratos, actos o de cualquier otra relación financiera o proceso con la Entidad Acreedora y/o su matriz, filiales y/o subordinadas y, en especial, todo lo relativo a créditos, contratos de cuenta de ahorro, cuenta corriente, tarjeta débito, tarjeta crédito y hábitos de pago. b) Esta autorización comprende la información presente, pasada y futura referente al manejo, estado, cumplimiento de mis(nuestras) relaciones, contratos, servicios, obligaciones, y a las deudas vigentes, vencidas sin cancelar, procesos, o la utilización indebida de los servicios financieros, etc. Todo lo anterior mientras estén vigentes y adicionalmente por el término máximo de permanencia de los datos en las Centrales de Rie sgo, de acuerdo con los pronunciamientos de la Corte Constitucional y/o lo dispuesto en la Ley, contados desde cuando extinga la relación u obligación, este último plazo para los efectos previstos en los artículos 1527 y ss. del Código Civil y 882 del Código de Comercio. c) La presente autorización faculta no solo al BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora para reportar, procesar y divulgar ante las Centrales de Información de la Asociación Bancaria y/o Datacrédito, o cualquier otra entidad encargad a del manejo de datos comerciales, datos personales financieros y/o económicos, sino también para que la Entidad Acreedora pueda solicitar información sobre mis relaciones comerciales con el sector financiero o con terceros, y para que los datos sobre mí(nosotros) reportados sean procesados para el logro del propósito de la Central y puedan ser circularizados o divulgados con fines comerciales. d) Acepto(amos) que los registros permanezcan por los términos previstos en los reglamentos de las respectivas Centrales de Riesgo. Me(nos) comprometo(comprometemos) con la Entidad Acreedora a informar por escrito y oportunamente cualquier cambio en los datos, cifras y demás información, así como a suministrar la totalidad de los soportes documentales exigidos y a actualizar dicha información con una periodicidad mínimo anual en todo de acuerdo con las normas legales y las reglamentarias emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. e) El otorgante se da por enterado que este acto será reportado a las Centrales de Riesgo. f) Acepto, que el plazo establecido para el pago de la(s) obligación(es) incorporada(s) en el presente pagaré, se concede en beneficio de ambas Partes. En tal virtud, en el evento en que el BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora acepte el pago anticipado de la obligación(es), me(nos) obligo(obligamos) a reconocer y pagar a favor del BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora, la suma calculada a partir de las condiciones vigentes en la Entidad sobre penalización de prepagos al momento de realizarse el mismo, y atendiendo en todo caso a lo establecido en la Ley 1555 de 2012 o cualquier norma que la adicione, modifique o derogue, sobre los términos en que procede el cobro de la referida sanción.
El presente Pagaré se otorga en la ciudad de , a los ( ) días, del mes de
del año ( ). FIRMA DEUDOR
Nombre
Documento De Identificación Huella
Dirección (*)
Teléfono (*) Firma Deudor
Nombre
Documento De Identificación Dirección (*)
Huella
Teléfono (*)
(*) La anterior dirección y teléfono se pactan para efectos de cualquier aviso o notificación y demás aspectos legales.
Ciudad, Fecha
Señores
BANCO PICHINCHA S.A.
La Ciudad.
REF.: AUTORIZACION PARA LLENAR PAGARÉ FIRMADO EN BLANCO
Yo (nosotros) ___________________________, mayor de edad, domiciliado(a) en ,
identificado(a) con _____________ No._____________, obrando en nombre propio, debidamente facultado para este acto y/o ___________________________, mayor de edad, domiciliado(a) en ,
identificado(a) con _____________ No._____________, obrando en nombre propio, debidamente facultado para este acto, por medio de la presente y en los términos del Artículo 622 del Código de Comercio, los autorizo(xxxx) expresa, irrevocable y permanentemente para llenar el pagaré a la orden que he(mos) otorgado a su favor y que se adjunta a la presente carta de instrucciones. El título valor será llenado por ustedes sin previo aviso, de acuerdo con las siguientes instrucciones: a) La cuantía será igual al monto de cualquier suma que por pagarés, letras o cualquier otro título valor, aperturas de créditos, crédito s de cualquier modalidad o línea, impuestos, penalidades, descuentos o negociación de títulos valores, cartas de crédito, diferencias de cambio, pagos sobre el saldo en canje cuando los cheques no resulten efectivos, comisiones, tarjetas de crédito, sobregiros, intereses remuneratorios y xx xxxx, capital, avales, garantías, negociación de divisas, primas de seguros e incluso los que correspondan a la garantía que otorgue el Fondo Nacional de Garantías , el Fondo Regional de Garantías o cualquier otro de características similares si lo hubiere y, en general, por cualquier otra obligación presente o futura, que directa o indirectamente, conjunta o separadamente y por cualquier otro concepto le deba(amos) o llegue (llegáremos) a deber al BANCO PICHINCHA S.A. (en adelante la Entidad Acreedora), el día que sea llenado el título. Los intereses corrientes de las obligaciones se liquidarán a las tasas pactadas, y en caso de que no se hubiere pactado tasa remuneratoria se tendrá por tal la máxima corriente bancaria que permitan cobrar las autoridades monetarias a los Bancos Comerciales para operaciones hasta de un año. El impuesto de timbre a que haya lugar cuando el título sea llenado, correrá por cuenta mía(nuestra) y si el BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora lo cancela, su monto puede ser cobrado a mi(nosotros) junto con las demás obligaciones, incorporando la suma pagada dentro del respectivo pagaré; b) La tasa de interés xx xxxx corresponderá a la tasa máxima legal vigente autorizada por las autoridades competentes en el día en que se complete el título. c) La fecha de vencimiento del Pagaré corresponde al día, mes y año en que la Entidad Acreedora lo llene o complete. d) El BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora deberá colocarle como fecha de emisión al pagaré la del día en que decida llenarlo; e) El número del pagaré será el que corresponda al consecutivo que lleva la Entidad Acreedora; f) La ciudad en la que deberá pagarse la suma adeudada corresponderá a la ciudad en la que se emitió y otorgó el Pagaré y su carta de instrucciones; g) En todos los demás espacios, el texto del título se sujetará al que ordinariamente emplea la Entidad Acreedora; h) Si alguna de las obligaciones es en moneda extranjera, la Entidad Acreedora queda autorizada para liquidarla en pesos colombianos al tipo de cambio vigente para dichas divisas, el día en que decida llenar el pagaré, aumentándola con las comisiones e intereses pendientes de la misma; i) La Entidad Acreedora, además de los eventos de aceleración de los pagos previstos en cada uno de los documentos, contratos o títulos de deuda respectivos, podrá llenar el pagaré cuando el (alguno de los) firmante (es) no pague en todo o en parte, cuando es debido, cualquier cuota de capital, intereses o comisiones de una cualesquiera de las obligaciones que directa, indirecta, conjunta o separadamente, el (cualquiera de los) firmante (s) tenga o llegue a contraer para con la Entidad Acreedora en los términos del literal a) de estas instrucciones, o si el(alos) deudor(es), cualesquiera de sus fiadores o avalistas aparece vinculados en listas para el control xx xxxxxx de activos, investigaciones o es sancionado o condenado en desarrollo de investigaciones administrativas, judiciales, penales o de cualquier otra índole por lavado de activos, por financiación del terrorismo, por delitos o conductas contra la fe pública, por celebración indebida de contratos y, en general, por delitos o conductas que a juicio de la Entidad Acreedora impliquen duda fundada sobre la moralidad del(los) Deudor(es) o deterioro de la capacidad crediticia y de pago de los investigados, o que sean inconveniente para la Entidad Acreedora, de acuerdo con su propio criterio, mantener relaciones con dichas personas; j) En lo no previsto, la Entidad Acreedora queda plenamente autorizada para actuar a su xxxx saber y entender en defensa de sus intereses sin que en ningún momento se pueda alegar que carece
de facultades o autorizaciones suficientes para completar el título. Se conviene que los intereses pendientes causan intereses en los términos del Artículo 886 del Código de Comercio; k) Si llego (llegamos) a tener obligaciones de diferente naturaleza, vencimiento, moneda o tasa xx xxxx, la Entidad Acreedora queda autorizada para unificar los vencimientos y la tasa xx xxxx, y para convertir las obligaciones en moneda extranjera a la tasa representativa xxx xxxxxxx; l) La Entidad Acreedora queda plenamente facultada para efectuar los reportes que correspondan ante las Centrales de Riesgo; m) Si las obligaciones fueren de diferente naturaleza y estuvieren sujetas a diversos plazos o tasas, el incumplimiento de una permite hacer de plazo vencido las demás y se conviene que la Entidad Acreedora queda facultada para unificar el vencimiento y las tasas de interés de las mismas, pudiendo aplicar el promedio de ellas. DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES: a) Autorizo(amos) de manera irrevocable al BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora para que con fines estadísticos, de control, supervisión y de información comercial, reporte o consulte ante las Centrales de Información Datacrédito y de la Asociación bancaria y de Entidades Financieras, así como ante cualquier otra entidad que maneje bases de datos con los mismos fines, el nacimiento, modificación, y/o extinción de obligaciones directas o indirectas contraídas con anterioridad o que se llegaren a contraer con el sector financiero o real, fruto de aperturas de crédito, cobranzas, contratos, actos o de cualquier otra relación financiera o proceso con la Entidad Acreedora y/o su matriz, filiales y/o subordinadas y, en especial, todo lo relativo a créditos, contratos de cuenta de ahorro, cuenta corriente, tarjeta débito, tarjeta crédito y hábitos de pago. b) Esta autorización comprende la información presente, pasada y futura referente al manejo, estado, cumplimiento de mis(nuestras) relaciones, contratos, servicios, obligaciones, y a las deudas vigentes, vencidas sin cancelar, procesos, o la utilización indebida de los servicios financieros, etc. Todo lo anterior mientras estén vigentes y adicionalmente por el término máximo de permanencia de los datos en las Centrales de Riesgo, de acuerdo con los pronunciamientos de la Corte Constitucional y/o lo dispuesto en la Ley, contados desde cuando extinga la relación u obligación, este último plazo para los efectos previstos en los artículos 1527 y ss. del Código Civil y 882 del Código de Comercio. c) La presente autorización faculta no solo al BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora para reportar, procesar y divulgar ante las Centrales de Información de la Asociación Bancaria y/o Datacrédito, o cualquier otra entidad encargada del manejo de datos comerciales, datos personales financieros y/o económicos, sino también para que la mencionada Entidad Acreedora pueda solicitar información sobre mis relaciones comerciales con el sector financiero o con terceros, y para que los datos sobre mí(nosotros) reportados sean procesados para el logro del propósito de la Central y puedan ser circularizados o divulgados con fines comerciales. d) Acepto(amos) que los registros permanezcan por los términos previstos en los reglamentos de las respectivas Centrales de Riesgo. Me(nos) comprometo(comprometemos) con la Entidad Acreedora a informar por escrito y oportunamente cualquier cambio en los datos, cifras y demás información, así como a suministrar la totalidad de los soportes documentales exigidos y a actualizar dicha información con una periodicidad mínimo anual en todo de acuerdo con las normas legales y las reglamentarias emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. e) El otorgante se da por enterado que este acto será reportado a las Centrales de Riesgo. f) Acepto, que el plazo establecido para el pago de la(s) obligación(es) incorporada(s) en el presente pagaré, se concede en beneficio de ambas Partes. En tal virtud, en el evento en que el BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora acepte el pago anticipado de la obligación(es), me(nos) obligo(obligamos) a reconocer y pagar a favor del BANCO PICHINCHA S.A. y/o la Entidad Acreedora, la suma calculada a partir de las condiciones vigentes en la Entidad sobre penalización de prepagos al momento de realizarse el mismo, y atendiendo en todo caso a lo establecido en la Ley 1555 de 2012 o cualquier norma que la adicione, modifique o derogue, sobre los términos en que procede el cobro de la referida sanción.
Atentamente, FIRMA DEUDOR
Nombre
Documento De Identificación
Huella
Dirección (*)
Teléfono (*) Firma Deudor
Nombre
Documento De Identificación
DIRECCIÓN (*) HUELLA
Teléfono (*)
(*) La anterior dirección y teléfono se pactan para efectos de cualquier aviso o notificación y demás aspectos legales.
GL-CCA-RE-003-V4-DIC 2012
REGLAMENTO DEL CANAL IVR (AUDIORESPUESTA)
El Canal IVR (Audiorespuesta) del BANCO PICHINCHA ha sido establecido por el BANCO PICHINCHA para facilitar a sus clientes el acceso a sus productos y servicios, y su utilización se regirá por los términos y condiciones establecidos en el presente documento, los cuales se entienden integrados a los respectivos Reglamentos y Contratos de los productos y servicios del BANCO PICHINCHA.
1. Para realizar las transacciones requeridas por el CLIENTE respecto de los productos y servicios del BANCO PICHINCHA, el CLIENTE deberá cumplir previamente con las condiciones señaladas en los Reglamentos y Contratos respectivos, e ingresar la clave de acceso correspondiente, la cual constituye su Número de Identificación Personal ante el BANCO PICHINCHA para este canal, siendo por tanto personal e intransferible. La clave de acceso será asignada por el CLIENTE y podrá ser modificada cuantas veces éste lo desee. Si el CLIENTE no cumple con las condiciones mínimas exigidas para atender con el procedimiento de asignación de clave de acceso, el BANCO PICHINCHA se reserva el derecho de rechazar la solicitud realizada por el CLIENTE. El CLIENTE declara y acepta que es la única persona que conoce su clave de acceso, que no dará a conocer la misma de ninguna forma a terceros, y que por tanto, es de su entera responsabilidad la confidencialidad de la misma.
2. El CLIENTE declara y acepta que es de su exclusiva responsabilidad el acceso al Canal IVR (Audiorespuesta) del BANCO PICHINCHA, y a través de éste a los productos y servicios ofrecidos por el BANCO PICHINCHA, siendo así mismo el único y directo responsable por las transacciones que se realicen con su clave de acceso, ya que sin ella es imposible ingresar al sistema y ordenar cualquier tipo de operación. En consecuencia, para todos los efectos a que haya lugar, las transacciones u operaciones que se realicen con la clave de acceso del CLIENTE, se entenderán realizadas por el CLIENTE y el CLIENTE las asume como suyas, exonerando al BANCO PICHINCHA de cualquier responsabilidad por la realización de tales operaciones o transacciones. El CLIENTE responderá ilimitada y solidariamente por las operaciones realizadas con su clave de acceso y se entiende que ellas, en los eventos de continuidad, han sido debidamente autorizadas.
3. Las operaciones o transacciones realizadas por el CLIENTE utilizando su clave de acceso, afectarán automáticamente los productos y servicios a los que tenga acceso a través de la clave, por los montos indicados por el CLIENTE, circunstancia que el CLIENTE declara conocer, entender y autorizar, con la aceptación de los términos y condiciones establecidos en el presente documento. El BANCO PICHINCHA no aceptará las transacciones u operaciones solicitadas u ordenadas por el CLIENTE si éste no contare con los fondos suficientes y disponibles para ello. Esta estipulación tendrá plena vigencia a partir del momento en que el BANCO PICHINCHA habilite la funcionalidad transaccional del Canal IVR (Audiorespuesta).
4. El BANCO PICHINCHA no asume responsabilidad alguna en el evento que el CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas técnicos, tales como caída de línea o congestión, o cualquier otra circunstancia que no sea del control del BANCO PICHINCHA.
5. Las operaciones y transacciones que realice el CLIENTE en horarios que corresponden a jornadas bancarias adicionales o extendidas, serán consideradas como realizadas el día hábil siguiente. Esta estipulación tendrá plena vigencia a partir del momento en que el BANCO PICHINCHA habilite la funcionalidad transaccional del Canal IVR (Audiorespuesta).
6. El BANCO PICHINCHA es libre de determinar los productos, servicios, operaciones y transacciones que se puedan utilizar y/o realizar a través del Canal IVR (Audiorespuesta) del BANCO PICHINCHA, así como de prestar y/o retirar temporal o definitivamente los productos, servicios, operaciones y transacciones que se pueden utilizar y/o realizar a través del Canal IVR (Audiorespuesta).
7. El BANCO PICHINCHA se reserva el derecho de modificar, limitar o cancelar el contenido, términos, condiciones y descripción de los servicios y funcionalidades del Canal IVR (Audiorespuesta) en cualquier momento, así como de modificar su configuración o presentación sin previo aviso. El CLIENTE acepta de manera expresa que la información que figura y/o se suministra en el Canal IVR (Audiorespuesta), así como los términos, condiciones y descripciones que en él aparecen, están sujetas a cambio, y se obliga a cumplir con todas las normas, instrucciones y procedimientos que en relación con el Canal IVR (Audiorespuesta) establezca el BANCO PICHINCHA.
8. El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las obligaciones aquí establecidas y asumidas por éste mediante la firma del presente Reglamento, así como el incumplimiento de las obligaciones señaladas en los Reglamentos y/o Contratos a que se refiere el numeral 1 del presente documento, dará lugar a la terminación unilateral e inmediata del servicio por parte del BANCO PICHINCHA, quedando éste último facultado para interrumpir sin previo aviso, la prestación de servicios al CLIENTE a través del Canal IVR (Audiorespuesta).
9. El CLIENTE asume toda contribución, impuesto o tasa actualmente vigente o futura, originada por la disposición de recursos, y autoriza expresamente al BANCO PICHINCHA para debitar sus cuentas por el (los) monto (s) correspondiente (s). El BANCO PICHINCHA se reserva el derecho de cobrar por la utilización del Servicio Canal IVR (Audiorespuesta) que se regula mediante el presente Reglamento, y en tal sentido informará al CLIENTE las tarifas correspondientes a través del propio Canal, del medio que señalen las disposiciones legales vigentes, o a través de cualquier otro medio que el BANCO PICHINCHA estime pertinente para tal fin.
10. El CLIENTE autoriza al BANCO PICHINCHA para mantener un registro de sus operaciones, transacciones, consultas, movimientos, pagos, servicios o descuentos por servicios, y para utilizarlo con fines comerciales, de promoción, administrativos o de información. El CLIENTE acepta como prueba de todas sus operaciones y/o transacciones el registro electrónico y/o documental que lleve el BANCO PICHINCHA para tal efecto.
11. Para todos los efectos derivados del presente Reglamento, el CLIENTE acepta y se somete a las disposiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, así como en los Reglamentos y Contratos de los productos y servicios contratados y/o tomados con el BANCO PICHINCHA, y así mismo acepta y se somete a la legislación aplicable vigente en la República de Colombia respecto de los productos y/o servicios financieros. El CLIENTE acepta que el BANCO PICHINCHA le notifique cualquier información, decisión o modificación de los procedimientos, las condiciones y los términos de sus productos y/o servicios, a través del Canal IVR (Audiorespuesta) o de cualquier otro medio que el BANCO PICHINHA estime pertinente.
En señal de conformidad y aceptación, suscribo el presente documento en la ciudad de , a los días del mes de de .
Firma Titular
Nombre Completo:
C.C. Nro.:
Huella
GS-OPR-RE-001-V3-JUL 2012
Contrato Para El Uso Del servicio De Banca Virtual Personas Naturales
Mediante el presente documento el BANCO PICHINCHA S.A., en adelante BANCO PICHINCHA, y la persona relacionada en el Formato de Solicitud Única de Vinculación adjunta al presente Contrato (para la contratación de uno o varios de los servicios de Cuenta Corriente, Cuenta de Ahorros, constitución de Certificados de Depósito a Término, Tarjeta de Crédito y Apertura de Créditos), quien en señal de conocimiento y aceptación suscribe el presente documento y que para los efectos del mismo se denominará EL CLIENTE, se celebra el presente Contrato en el que se estipulan las condiciones de Uso del servicio de Banca Virtual del BANCO PICHINCHA, el cual se regirá por lo establecido en el Código de Comercio, en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los acuerdos interbancarios, demás normas pertinentes, y especialmente por las siguientes Cláusulas:
1. EL PORTAL de Internet para personas naturales del BANCO PICHINCHA (en adelante el "PORTAL"), es un canal de servicios que el BANCO PICHINCHA prestará a EL CLIENTE tomador del servicio (en adelante "EL CLIENTE") mediante el sitio WEB xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx establecido para este propósito por el BANCO PICHINCHA, en virtud del cual EL CLIENTE podrá acceder a todos los productos o servicios que el BANCO PICHINCHA ofrezca a través del PORTAL. Los servicios de Internet para persona natural prestados por el BANCO PICHINCHA, se entienden como complemento del uso de los productos de cuenta corriente, cuenta de ahorros, préstamos y tarjeta de crédito, por lo que el presente Contrato se considera como relacionado con los reglamentos, contratos y condiciones de estos productos.
2. EL CLIENTE acepta incondicionalmente que el uso del servicio de acceso al PORTAL está regulado por todas las condiciones y términos de uso establecidos en el presente Contrato. Igualmente, EL CLIENTE acepta que conoce y acata estrictamente las recomendaciones, procedimientos e instrucciones establecidas por el BANCO PICHINCHA sobre el acceso y la utilización del servicio, así como las medidas de seguridad que establezca el BANCO PICHINCHA y que le sean comunicadas a EL CLIENTE, por cualquier medio que el BANCO PICHINCHA estime conveniente.
3. El acceso habitual a los servicios del PORTAL, se realizará mediante un USUARIO y una CONTRASEÑA. Para realizar el ingreso inicial al PORTAL, EL CLIENTE asignará presencialmente en cualquiera de las oficinas de la Entidad su CLAVE TRANSACCIONAL, la cual le permitirá el ingreso inicial al PORTAL y la realización de transacciones. En el ingreso inicial al PORTAL, EL CLIENTE debe registrarse en el mismo, creando un USUARIO y una CONTRASEÑA. Así mismo, en ese primer ingreso, EL CLIENTE se compromete a cambiar la CLAVE TRANSACCIONAL, y a modificarla periódicamente. La CONTRASEÑA y la CLAVE TRANSACCIONAL son secretas y de uso estrictamente personal, y las mismas le permiten a EL CLIENTE acceder a los servicios prestados por el BANCO PICHINCHA en el PORTAL. EL CLIENTE acepta que el USUARIO, su CONTRASEÑA y su CLAVE TRANSACCIONAL constituyen la firma digital que lo autentica para la realización de todas las transacciones disponibles a través del PORTAL. EL CLIENTE manifiesta que asume toda la responsabilidad sobre la realización de las operaciones y/o transacciones que ordene a través del PORTAL.
4. EL CLIENTE, una vez haya cumplido a satisfacción con los requisitos definidos y siga las instrucciones exigidas y establecidas por el BANCO PICHINCHA, podrá acceder a los productos y servicios ofrecidos por el Banco a través del PORTAL. El BANCO PICHINCHA en el futuro y cuando lo estime pertinente, podrá exigir a EL CLIENTE la firma de otros contratos o reglamentos específicamente definidos para la implementación y prestación de otros servicios dentro del PORTAL.
5. Con base en los artículos 640 inciso 3° y 842 del Código de Comercio, se pacta expresamente que si cualquier persona hace uso del servicio del PORTAL con la CONTRASEÑA y la CLAVE TRANSACCIONAL, EL CLIENTE se obliga a asumir las consecuencias de tales operaciones y/o transacciones y no podrá alegar falta o insuficiencia de poderes en quien actuó y, en consecuencia, no podrá formular ninguna clase de reclamo, acción, o solicitud de indemnización contra EL BANCO PICHINCHA, ya que renuncia a ellos.
6. La creación y uso de la CONTRASEÑA y de la CLAVE TRANSACCIONAL impone al CLIENTE la obligación de custodiarlas, de tal forma que ninguna otra persona pueda acceder a ellas, utilizarlas o conocerlas por cualquier medio y, en consecuencia, EL CLIENTE asume ante EL BANCO PICHINCHA y ante terceros todos los riesgos y responsabilidades a que haya lugar por cualquier uso indebido a causa del descuido en la custodia o reserva que asume. En el evento que EL CLIENTE decida designar terceros autorizados para el manejo de su(s) cuenta(s) de depósito, es expresamente pactado y entendido que tales terceros autorizados solo podrán realizar
tal manejo a través del canal Oficinas, y de ninguna manera mediante el PORTAL, por cuanto, se reitera que EL USUARIO, la CONTRASEÑA y la CLAVE TRANSACCIONAL, constituyen la firma digital, personal e intransferible que autentica al CLIENTE para la realización de las transacciones disponibles a través del PORTAL.
7. La asignación del USUARIO, la CONTRASEÑA y la CLAVE TRANSACCIONAL, imponen a EL CLIENTE la obligación de identificarse plenamente y de sujetarse a los requisitos, procedimientos, trámites y políticas vigentes establecidos por el BANCO PICHINCHA. Igualmente, le imponen la obligación de guardar absoluta reserva sobre las instrucciones, CLAVES y procedimientos sobre los cuales tenga conocimiento para el acceso y uso del PORTAL.
8. Este contrato, así como la asignación de la CLAVE TRANSACCIONAL y la creación de la CONTRASEÑA, se efectúa en consideración al CLIENTE titular del servicio, por lo que por ningún motivo podrá EL CLIENTE hacerse sustituir por terceros en su utilización.
9. El BANCO PICHINCHA se reserva el derecho de restringir, suspender o cancelar total o parcialmente, en cualquier momento y sin previo aviso, el servicio estipulado en el presente Contrato, mediante el bloqueo o anulación del USUARIO de EL CLIENTE, según corresponda, y, en consecuencia, a restringir el acceso al uso del PORTAL y a la realización de las transacciones y/u operaciones allí ofrecidas.
10. El BANCO PICHINCHA no es responsable de demoras cualesquiera, errores, fallas en cumplir, interrupciones o alteraciones en los servicios o en la red, causadas por o resultantes de cualquier acto, omisión, o condición más allá del control razonable del BANCO PICHINCHA, previsibles o no, incluyendo sin limitación: casos fortuitos, casos de fuerza mayor, casos causados por fuerzas extrañas, huelgas, cierres de empresas, disturbios, actos xx xxxxxx, regulaciones gubernamentales, incendio, falla de energía, terremotos, inclemencias del tiempo, inundaciones, otros desastres naturales que puedan ocasionar u ocasionen perjuicios al CLIENTE o a terceros. El BANCO PICHINCHA no se hará responsable por la suspensión voluntaria o involuntaria en la prestación de los servicios del PORTAL, ni por fallas en la conectividad y/o en el funcionamiento del software o hardware propios o de terceros.
11. En caso de que por cualquier motivo existan riesgos o compromisos en la seguridad del acceso al PORTAL o que EL CLIENTE se llegare a ver comprometido o en riesgo, EL CLIENTE acepta que está obligado a tomar inmediatamente todas las medidas necesarias para evitar usos indebidos o fraudulentos por parte de terceros, realizando modificaciones a la CONTRASEÑA y a la CLAVE TRANSACCIONAL. En todo caso, EL CLIENTE deberá informar inmediatamente y por escrito al BANCO PICHINCHA para que éste adopte las medidas de seguridad pertinentes en forma oportuna. EL CLIENTE responderá por todos los perjuicios, pagos u operaciones ocurridos o causados por cualquier demora en la modificación o la cancelación del USUARIO, la CONTRASEÑA y la CLAVE TRANSACCIONAL, así como por cualquier retardo en la adopción de cualquier otra medida que se estime necesaria o pertinente para evitar pérdidas, o en la notificación que se haga al BANCO PICHINCHA.
12. Las operaciones y/o transacciones que EL CLIENTE realice a través del PORTAL deben sujetarse a las políticas, normas de seguridad, cuantías y horarios que sean establecidos por el BANCO PICHINCHA para la utilización del PORTAL y para el adecuado y seguro uso de cada uno de los productos y servicios contratados por XX XXXXXXX.
00. Xx XXXXX XXXXXXXXX se reserva el derecho de fijar comisiones por el uso del PORTAL, cuya utilización se regula por el presente Contrato, para lo cual procederá a informar las tarifas, comisiones y costos correspondientes. A su turno, EL CLIENTE se obliga a reconocer y pagar las comisiones, intereses, diferencias de cambio y demás cobros que rijan los productos y servicios ofrecidos en el PORTAL y aquellos derivados de la utilización del mismo, y autoriza para que se carguen a cualquier cuenta, depósito o cupo que tenga en el BANCO PICHINCHA, las comisiones por el uso de los servicios ofrecidos por el BANCO PICHINCHA a través del PORTAL, las cuotas de manejo, costos y demás gastos por chequeras, tarjetas, traslado de fondos, pagos en oficina diferente a la girada, impuestos y portes, suministro de copias, recaudos, recibos o depósitos especiales, consultas, documentos o información en época diferente a la convenida o adicional, repetida o que corresponda a operaciones archivadas o terminadas, y por cualquier otro servicio que de manera excepcional, adicional o especial preste el BANCO PICHINCHA.
14. EL CLIENTE reconoce desde ahora, sin reserva de ninguna naturaleza, como prueba plena de las transacciones y/o operaciones llevadas a cabo a través de EL PORTAL, todos y cada uno de los registros
magnéticos y electrónicos que contengan dichos datos y las acepta como efectuadas por él mismo, al igual que las cantidades registradas.
15. En caso de efectuar transferencias y/o pagos a cuentas: a) El BANCO PICHINCHA no asume responsabilidad alguna por los errores o inconsistencias que se presenten en la realización de pagos y/o transferencias efectuadas por EL CLIENTE. b) Una vez realizadas las transferencias y/o pagos de acuerdo con las órdenes impartidas por EL CLIENTE a través del PORTAL y existiendo suficientes fondos, el BANCO PICHINCHA no hará reversión alguna sobre las sumas trasferidas y/o pagadas. c) La fecha de la transferencia y/o pago será la indicada por EL CLIENTE a través del PORTAL; sin embargo, si la fecha suministrada por EL CLIENTE no corresponde a días hábiles, es decir, corresponde a xxxxxx, xxxxxxx o día no hábil, el BANCO PICHINCHA podrá realizar el traslado y/o pago el día hábil siguiente a dicha fecha. d) En el evento en que al momento de realizar las transferencias y/o pagos no existieren fondos suficientes en la(s) cuenta(s) de EL CLIENTE, y por cualquier circunstancia el BANCO PICHINCHA hubiere efectuado el abono en la(s) cuenta(s) del(de los) beneficiario(s) de las transferencias y/o pagos, y no lo hubiere reversado, EL CLIENTE se obliga a pagar al BANCO PICHINCHA la totalidad de los montos transferidos y/o pagados, y a reconocer sobre tales valores los intereses causados desde el día que se realizó el pago, a una tasa igual a la que se esté cobrando por descubiertos en cuentas corrientes. El BANCO PICHINCHA podrá debitar de cualquier depósito que EL CLIENTE posea en el BANCO PICHINCHA, las sumas que EL CLIENTE salga a deberle por dicho concepto.
e) EL CLIENTE se obliga a mantener en el BANCO PICHINCHA fondos suficientes para efectuar las transferencias y/o pagos. f) El BANCO PICHINCHA no asume responsabilidad si no es posible hacer los abonos a las cuentas de los beneficiarios de las transferencias y/o pagos, o por retrasos en la operación causados por fallas en los sistemas de comunicación, en los equipos de cómputo, fallas eléctricas, o por casos de fuerza mayor tales como cierres generalizados, o bloqueos de dependencias por huelgas, disturbios o estados de conmoción civil, acciones de las autoridades o de organizaciones criminales. g) Para transferencias de dinero a cuentas de otras entidades financieras, será necesario que EL CLIENTE previamente inscriba la cuenta destinataria de la transferencia, renunciando EL CLIENTE desde ahora a presentar cualquier reclamación en contra del BANCO PICHINCHA porque una orden de transferencia no haya sido procesada por falta de inscripción de la cuenta destinataria de la misma.
16. EL CLIENTE se obliga a no utilizar el PORTAL y los servicios ofrecidos por el BANCO PICHINCHA con fines ilegales, ilícitos o contrarios a la moral o a las buenas costumbres generalmente aceptadas. Igualmente, se abstendrá de utilizar el PORTAL y los servicios disponibles a través de Internet para: a) Crear o tratar de crear una identidad falsa con el propósito de engañar al BANCO PICHINCHA o a terceros respecto a la identidad del remitente o del origen de sus mensajes, consultas o transacciones. b) Publicar, distribuir o divulgar cualquier información o material inapropiado, difamatorio, ilícito, obsceno, indecente, ilegal o violatorio de derechos de terceros. c) Transmitir o cargar archivos que contengan virus, spam, phishing, pharming, o cualquier otro programa o datos perjudiciales o nocivos. d) Transmitir, cargar o copiar archivos que contengan software u otros materiales protegidos por la legislación relativa a la propiedad intelectual, el derecho a la intimidad o a la propia imagen, o por cualquier otra legislación o derecho aplicable, salvo que EL CLIENTE sea titular o controle los referidos derechos o haya recibido todas las autorizaciones necesarias para ello. d) Enviar o canalizar el envío de mensajes de publicidad no autorizada, agresiva o no solicitada, de forma masiva ("spamming") o arbitraria. e) Crear hiperenlaces ("links") desde o hacia cualquiera de las páginas, archivos, aplicaciones o elementos del PORTAL, sin autorización expresa y escrita del BANCO PICHINCHA para tales propósitos. f) Interferir o interrumpir el normal funcionamiento de las redes conectadas con el servicio, e infringir las normas, directivas, o procedimientos de dichas redes. g) Intentar obtener acceso no autorizado a los servicios prestados por el BANCO PICHINCHA a través de sus medios electrónicos, al igual que cualquier sistema informático o red conectados con los servicios ofrecidos por el BANCO PICHINCHA, a través de búsqueda automática de contraseñas, sobrecarga de datos o por cualquier otro medio. h) Interferir en el funcionamiento, usar o disponer en cualquier forma los archivos, aplicaciones, programas y/o sistemas que el BANCO PICHINCHA utilice o posea para la prestación de servicios de cualquier tipo a través de Internet, o de cualquier otra red informática.
i) Acceder, usar o disponer sin autorización expresa del BANCO PICHINCHA de la información contenida en cualquiera de sus sistemas de información, comunicación, procesamiento y/o almacenamiento de datos. j) Interferir con el uso o acceso al PORTAL y/o cualquier otro servicio por parte de otros clientes, personas o entidades. k) Obtener información de terceros, siendo entendido que si de cualquier manera accede a ella debe mantener la reserva del caso y responder por los perjuicios que cause la violación de la misma. l) Realizar cualquier otro acto u omisión que atente contra la seguridad del PORTAL o de los dispositivos que componen el servicio.
17. El BANCO PICHINCHA se puede abstener de ejecutar instrucciones en el evento que no se cumplan las normas cambiarias o de política contra el lavado de activos y/o de financiación de actividades terroristas.
18. EL CLIENTE deberá utilizar y/o instalar, cuando ello se requiera, para tener acceso al PORTAL y hacer uso del servicio, el software más reciente o el exigido por el BANCO PICHINCHA y utilizar siempre una red segura. EL CLIENTE es responsable de instalar o mantener cualquier programa, aplicativo o dispositivo de seguridad de software o hardware que el BANCO PICHINCHA le indique hacia el futuro. De igual forma, EL CLIENTE deberá disponer de los medios necesarios para realizar una conexión apropiada y segura a Internet. En todo caso, EL CLIENTE se obliga a capacitarse para obtener y hacer uso del PORTAL cuando ello sea necesario, y a utilizar para el acceso al mismo software y hardware compatible y, de ser el caso, los aplicativos o versiones recomendadas por el BANCO PICHINCHA.
19. EL CLIENTE se compromete a realizar transacciones a través de Internet únicamente desde equipos de uso propio y de una red segura, obligándose a abstenerse de utilizar el servicio desde lugares públicos o computadores que no sean de su uso personal, y manifiesta conocer que la CONTRASEÑA, la CLAVE TRANSACCIONAL y demás elementos para acceder al servicio se podrían ver comprometidos por violación del deber de custodia a su cargo. En caso de vulneración de la seguridad y confidencialidad de los elementos para manejar el servicio por cualquier causa, EL CLIENTE se obliga a asumir como propias las transacciones realizadas con el uso de dichos elementos, todo de acuerdo con lo estipulado en el presente Contrato.
20. El BANCO PICHINCHA no se obliga a garantizar una disponibilidad mínima de tiempo de acceso a los servicios ofrecidos a través de EL PORTAL. Así mismo, no garantiza que los programas, redes o los equipos de cómputo utilizados para la prestación de los servicios y/o el acceso al PORTAL estén libres de virus u otros componentes nocivos, por lo cual las Partes acuerdan que el BANCO PICHINCHA no responderá en ningún caso por daños producidos en los sistemas o equipos de EL CLIENTE por causa de la realización de consultas, transacciones y/u operaciones a través del PORTAL, ya que es responsabilidad de EL CLIENTE disponer de todos los equipos y aplicativos necesarios para mantener sus sistemas libres de virus o daños que se puedan generar con ocasión de la utilización del PORTAL o la conexión y uso de Internet o de cualquier otra red informática. En cualquier evento en que por causa de un daño o desperfecto en los equipos o el software de EL CLIENTE, de su conexión, o de su proveedor de acceso a Internet, no fuere posible tener acceso al PORTAL o el acceso se vea interrumpido, será responsabilidad de EL CLIENTE cualquier perjuicio o pérdida. El BANCO PICHINCHA advierte que en ciertos eventos el servicio del PORTAL podrá no estar disponible debido a mantenimiento o reparaciones del sistema o a circunstancias fuera de control del BANCO PICHINCHA. El BANCO PICHINCHA notificará a EL CLIENTE con antelación de las suspensiones ocasionadas en mantenimiento o reparaciones programadas. En caso de interrupciones o reparaciones ocasionadas en circunstancias fuera de control del BANCO PICHINCHA, éste notificará al CLIENTE cuando resulte razonablemente posible, sin que ello implique que el BANCO PICHINCHA está en la obligación de dar a EL CLIENTE aviso de la suspensión total o parcial del servicio. El BANCO PICHINCHA se reserva el derecho de cambiar o modificar el nombre de dominio, las direcciones IP y, en general, la localización física y electrónica de una o varias páginas del PORTAL.
21. El BANCO PICHINCHA no está obligado a dar curso, en todo o en parte, a cualquier instrucción, consulta, transacción y/u operación si: a) No se sujeta a los contratos, reglamentos, términos y condiciones de uso del PORTAL y/o de cualquier producto o servicio contratado por EL CLIENTE con el BANCO PICHINCHA. b) El BANCO PICHINCHA determina a su discreción que existen razones para creer i) que tal consulta, instrucción, transacción y/u operación es efectuada por persona(s) no autorizada(s), o ii) que existe alguna circunstancia que puede poner en riesgo la seguridad del PORTAL o el sistema que lo soporta, o iii) que cualquier otra circunstancia lo aconseje. Lo anterior se aplicará sin que se entienda que existe obligación para el BANCO PICHINCHA de efectuar verificaciones adicionales a la validación que el sistema hace del USUARIO, de la CONTRASEÑA y la CLAVE TRANSACCIONAL. En cualquier caso, el BANCO PICHINCHA podrá tomar todas las medidas conducentes a evitar la utilización del PORTAL o los servicios ofrecidos a través de Internet cuando se estime que dicha utilización se hace o se hará en contravención con las leyes y con lo previsto en este Contrato.
22. La firma del presente Contrato y/o la habilitación del acceso y uso al PORTAL por parte del BANCO PICHINCHA no implica apertura de crédito y, en consecuencia, EL CLIENTE deberá tener o contar con la suficiente provisión de fondos que las respectivas operaciones y/o transacciones exijan.
23. El BANCO PICHINCHA suspenderá o cancelará el servicio del PORTAL y bloqueará el USUARIO de EL CLIENTE en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones
contenidas en este Contrato. b) Por el uso por parte de EL CLIENTE de la CONTRASEÑA, de la CLAVE TRANSACCIONAL y del PORTAL en general para fines distintos de los autorizados. c) Por muerte, embargo de depósitos, quiebra, concordato o mala situación económica del CLIENTE. d) Por xxxx o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que EL CLIENTE tenga con el BANCO PICHINCHA ¸ su matriz, sus filiales o sus subsidiarias. e) Por el giro de cheques que el librado no pague por cualquier causa que le sea imputable al CLIENTE. f) Por sanción en aplicación de acuerdos interbancarios. g) Por decisión unilateral del BANCO PICHINCHA.
24. El BANCO PICHINCHA puede cancelar, bloquear, retirar, descontinuar, limitar, modificar, suprimir o adicionar los términos y condiciones de este Contrato, lo mismo que los privilegios y las condiciones de uso de la CONTRASEÑA y de la CLAVE TRANSACCIONAL, mediante aviso al CLIENTE en tal sentido, por cualquier medio que el BANCO PICHINCHA considere pertinente. Si pasados quince (15) días comunes después de realizada la modificación, EL CLIENTE no se presentare al BANCO PICHINCHA a cancelar el servicio de Uso del PORTAL mediante solicitud escrita, se entenderá que acepta incondicionalmente las modificaciones introducidas. El BANCO PICHINCHA, a su criterio, podrá añadir nuevos servicios o retirar servicios que estén en operación.
25. EL CLIENTE podrá solicitar al BANCO PICHINCHA la cancelación del servicio de uso del PORTAL en cualquier momento, por escrito y a través de los canales que tenga previstos el BANCO PICHINCHA para tal efecto. La comisión por los servicios del PORTAL se cobrará hasta el día de la efectiva cancelación del servicio.
26. EL CLIENTE no podrá exceder en ningún caso los saldos diarios de sus cuentas o el cupo máximo asignado para compras, retiros, o para la prestación de cualquier servicio con límites de cuantía establecidos. Cualquier exceso se considerará una apropiación indebida y dará lugar a exigir por parte del BANCO PICHINCHA el pago inmediato de las sumas en exceso, sin perjuicio de las acciones legales, investigación y sanciones establecidas por las autoridades competentes. El BANCO PICHINCHA advierte que la información disponible para consulta puede, en algunos casos, reflejar los movimientos del día hábil inmediatamente anterior, o en todo caso estar condicionada al cuadre contable, de conformidad con los procedimientos establecidos por el BANCO PICHINCHA para tales fines.
27. En lo referente a intereses corrientes y xx xxxx, comisiones, cuotas de manejo, primas de seguros, etc., EL CLIENTE se sujetará a lo convenido por las Partes, o en su defecto a lo que establezcan las normas legales, las autoridades competentes o lo que de tiempo en tiempo el BANCO PICHINCHA comunique.
28. El BANCO PICHINCHA no asume responsabilidad en caso de que cualquier establecimiento o proveedor se rehúse a admitir el uso de los servicios ofrecidos en el PORTAL en sus relaciones con EL CLIENTE, tampoco asume responsabilidad por la entrega, calidad, cantidad, marca o cualesquiera otras calidades o aspectos de las mercancías o servicios que adquiera u obtenga mediante la realización de transacciones y/u operaciones a través del PORTAL.
29. EL CLIENTE se compromete a informar a El BANCO todos los errores, dificultades o cualquier otro problema relacionado con la aplicación del servicio de Banca Virtual. El BANCO PICHINCHA hará esfuerzos razonables para suministrar a EL CLIENTE todo el soporte concerniente a dicha aplicación.
30. En caso de incumplimiento por cualquiera de las Partes de una o varias de las Cláusulas y/o estipulaciones contenidas en el presente Contrato, la ausencia de requerimiento por la otra Parte no constituirá de ninguna manera la aceptación tácita de abandono o la pérdida de sus derechos; la Parte perjudicada por tal incumplimiento conservará la totalidad de sus derechos bajo este Contrato y podrá hacerlos valer en el momento en que lo desee.
31. Cualquier desviación de los términos y condiciones del presente Contrato que se requiera para cumplir con las leyes, normas o reglamentaciones aplicables, no deberá ser considerada como un incumplimiento del presente Convenio.
32. Cuando lo considere necesario, conveniente o pertinente, el BANCO PICHINCHA podrá remitir a EL CLIENTE información relacionada con el PORTAL o su manejo, vía celular o por correo electrónico, obligándose desde ahora EL CLIENTE a suministrar al BANCO PICHINCHA esta información y a mantenerla actualizada. EL CLIENTE autoriza al BANCO PICHINCHA a remitir vía celular o por correo electrónico toda la información relacionada con el PORTAL o su manejo, pues se entiende que tanto el celular como el correo electrónico son de
manejo exclusivo de EL CLIENTE y que en tal virtud impedirá el acceso a terceros a dichos medios y a la información remitida por el BANCO PICHINCHA. En todo caso, EL CLIENTE desde ahora renuncia a presentar cualquier reclamación en contra del BANCO PICHINCHA por el envío de la información o por el contenido de la misma. El envío de información tiene carácter meramente informativo, no respondiendo el BANCO PICHINCHA por inexactitudes en la misma o por su contenido. EL CLIENTE se obliga a mantener actualizada su información, así como su número celular y correo electrónico, respondiendo por el incumplimiento de esta obligación.
33. El presente Contrato es complementario y se entiende incorporado a todos los demás contratos, reglamentos y condiciones de los productos y servicios contratados por EL CLIENTE con el BANCO PICHINCHA, y se integra a los mismos implicando una modificación de tales en cuanto prevea procedimientos distintos y/o adicionales de pago, entrega, traslado, identificación, firmas, visación, etc.
34. Se deja constancia de que las operaciones, transacciones, consultas u otras transacciones realizadas a través del PORTAL no gozan de plazo de financiación para su pago, lo cual obliga al usuario a cubrirlas de conformidad con las condiciones impuestas por el BANCO PICHINCHA.
35. EL CLIENTE acepta que el logo del BANCO PICHINCHA, así como las marcas y nombres comerciales que aparecen y se utilizan en la página WEB, están registradas y protegidas por la Ley de Derechos de Autor y demás normas aplicables.
36. Si cualquier disposición del presente Contrato resultare nula, ilegal o no ejecutable, la disposición se ejecutará, en la máxima medida permitida por la ley, conforme a la intención de las Partes. Tal nulidad o ilegalidad no invalidará las demás Cláusulas y/o estipulaciones del presente Contrato, sino que éste se interpretará como si no incluyera la estipulación o disposición declarada nula o ilegal, y los derechos y obligaciones de las Partes serán interpretados y observados en la forma en que en derecho proceda.
37. Para todos los efectos derivados del presente Contrato, EL CLIENTE acepta y se somete a las normas legales vigentes de la República de Colombia.
38. EL CLIENTE se obliga a informar y mantener permanentemente actualizada en el BANCO PICHINCHA su dirección de correo electrónico, dado que a éste buzón se remitirán todas las notificaciones. “En mi calidad de CLIENTE del BANCO PICHINCHA hago constar que para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar, la dirección de correo electrónico informada al BANCO PICHINCHA se tendrá como dirección de correo para notificaciones judiciales de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 29 de la ley 794 de 2003, mediante el cual se modificó el artículo 315 del código de Procedimiento Civil”.
39. Para efectos de la atención de peticiones, quejas y reclamos EL CLIENTE podrá acudir al Área de servicio al Cliente del BANCO PICHINCHA, o a la Defensoría del Consumidor Financiero o al organismo que lo sustituya, y a la Superintendencia Financiera de Colombia.
40. La información o contenidos (textos, gráficas, banners, fotos, videos, combinación de colores, botones, entre otros) del sitio Web del BANCO PICHINCHA, vinculados al presente documento, serán definidos en cualquier momento de forma unilateral, autónoma y discrecional por el BANCO PICHINCHA. Toda la información y respectivos contenidos están protegidos por las normas relativas de Derechos de Autor, motivo por el cual, ninguna persona natural o jurídica, están autorizados para copiar, utilizar, vender, modificar, distribuir o realizar alguna actividad con respecto a los distintivos de propiedad del BANCO PICHINCHA, o sobre cualquier derecho de propiedad intelectual incorporado en su sitio web.
41. El BANCO PICHINCHA mantendrá estricta confidencialidad en relación con los datos e información de EL CLIENTE que llegase a conocer en virtud de los servicios de Banca Virtual, y se compromete a no divulgar o en cualquier forma a revelar a terceros, cualquier información confidencial de EL CLIENTE. Se exceptúa de lo anterior, aquélla información requerida por autoridad competente, en cumplimiento de sus funciones legales. La obligación de confidencialidad contenida en la presente cláusula, no exime a EL CLIENTE del estricto cumplimiento de las obligaciones a su cargo, en materia de seguridad, y demás relacionadas.
42. Las siguientes estipulaciones regirán la aceptación de las condiciones establecidas en el presente Contrato por parte de EL CLIENTE.
⬝ EL CLIENTE está en plena libertad de aceptar o no, y por tanto, de suscribir el presente documento.
⬝ La aceptación por parte de EL CLIENTE del presente documento, significa su conformidad con todas y cada una de las cláusulas y estipulaciones contenidas en el mismo.
⬝ EL CLIENTE entiende que de no aceptar el presente documento, podrá continuar realizando las transacciones a través de los otros canales o medios que el BANCO PICHINCHA ha habilitado para tal fin.
⬝ En el evento de aceptación del presente documento a través del sitio web del BANCO PICHINCHA, es claramente entendido que la misma se produce a partir del momento en que se imparte la instrucción de ACEPTAR los términos y condiciones del presente Contrato y, por lo tanto, a partir de ese momento surte plenos efectos vinculantes entre las Partes.
43. EL CLIENTE podrá dejar de utilizar el PORTAL que se regula mediante el presente Contrato, en cualquier momento, dando aviso por escrito al BANCO PICHINCHA sobre su decisión, con por lo menos cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha en la que desea finalizar la utilización de este servicio. Así mismo, el BANCO PICHINCHA está plenamente facultado para terminar la prestación del servicio de Banca Virtual a favor de EL CLIENTE, en cualquier momento, dando aviso por escrito a EL CLIENTE sobre su decisión en tal sentido, con por lo menos cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha en la que desea finalizar la utilización de este servicio. El aviso escrito del BANCO PICHINCHA a EL CLIENTE podrá ser remitido a la dirección electrónica y/o a la dirección física de EL CLIENTE que conste en los registros de información que lleva el BANCO PICHINCHA.
En señal de conformidad y aceptación, suscribo el presente documento en la ciudad de , a los días del mes de de .
Firma Titular
Nombre Completo:
C.C. Nro.:
Huella