O/CA-2
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACION URGENTE DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE
REPARACION FRONTON CUBIERTO MUNICIPAL DE OKONDO
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INDICE-CARATULA
XXX XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE REPARACION DEL FRONTON CUBIERTO MUNICIPAL DE OKONDO
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Punto 1 OBJETO DEL CONTRATO.-Ejecución de las obras de reparación del frontón cubierto municipal de Okondo.
Punto 2 DOCUMENTOS DEL CONTRATO.- Proyecto, Memoria, presupuesto, Pliegos
de prescripciones técnicas particulares, Planos, Plan de control de calidad, Programa de desarrollo de los trabajos, etc.
Punto 3 PRESUPUESTO DEL CONTRATO.- 385.139,12€ más 80.879,22€ del 21%
de IVA, totaliza 466.018,34€.
Punto 4 CONSIGNACION PRESUPUESTARIA.- Existe partida aprobada y además crédito de compromiso para el ejercicio 2017.
Punto 5 PLAZO DE EJECUCION.- El plazo de ejecución de las obras es de ocho meses contados desde la firma del Acta de Comprobación del Replanteo. La 1ª certificación de obra debe realizarse en el año 2016.
Punto 6 PROCEDIMIENTO Y CRITERIO DE ADJUDICACION.-Mediante procedimiento abierto, tramitación urgente, siendo el precio el único criterio de adjudicación.
Punto 7 EXPOSICIÓN DEL PROYECTO.- El proyecto se encuentra a disposición de
los interesados en las oficinas municipales y en MASTER COPY de LLodio.
Punto 8 PROPOSICIONES.- Deben ajustarse a lo previsto en el pliego.
Punto 9 LUGAR,PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION OFERTAS.-
LUGAR.- Registro general del Ayuntamiento de Okondo.
PLAZO.- Durante quince días naturales contados desde el siguiente a la
publicación del anuncio en el BOTHA, hasta las 13,00 horas del
último día del plazo. Si fuese festivo o sábado se pospondrá hasta la
misma hora del siguiente día hábil.
FORMA.- En dos sobre cerrados A y B con la documentación que se
especifica en la cláusula correspondiente.
Punto 10 APERTURA DE PROPOSICIONES.- Por la mesa de contratación, previo
anuncio en el perfil del contratante.
Punto 11 GARANTIA PROVISIONAL, DEFINITIVA Y COMPLEMENTARIA.-
La garantía provisional es del 2% del presupuesto, excluido el IVA. La garantía definitiva es del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA. Se podrá imponer una garantía adicional de hasta el 10% al adjudicatario cuya oferta sea desproporcionada o temeraria
Punto 12 FORMALIZACION DEL CONTRATO.-.
Punto 13 EJECUCION DEL CONTRATO.-
Punto 14 DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.-
CLAUSULAS SOCIALES
Punto 15 MODIFICACIONES AL PROYECTO.-
Punto 16 RECEPCION DE LAS OBRAS.-
Punto 17 RESOLUCION DEL CONTRATO.-
Punto 18 PLAZO DE GARANTIA.-
Punto 19 LIQUIDACION DE LAS OBRAS.-
Punto 20 DEVOLUCION DE LA GARANTIA.-
Punto 21 VICIOS OCULTOS.-
Punto 22 NORMAS REGULADORAS DEL CONTRATO.-
Punto 23 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION
COMPETENTE.-
Punto 24 PUBLICIDAD DE LA OBRA.-
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLAUSULA 1 OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la ejecución de las obras del proyecto de reparación del frontón cubierto municipal de Okondo según la documentación redactada por la Arquitecto Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
CLAUSULA 2 DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Son de carácter contractual todos los documentos que obran en el Proyecto de ejecución, Plan de Trabajo, etc. Todo ello junto con el presente pliego de clausulas administrativas particulares.
CLAUSULA 3 PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto total de las obras, IVA incluido, es de cuatrocientos sesenta y seis mil dieciocho euros y treinta y cuatro céntimos (466.018,34€), cantidad que podrá ser mejorada a la baja por los licitadores.
CLAUSULA 4 CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Existe consignación presupuestaria en el presupuesto del ejercicio y crédito de compromiso para el ejercicio 2017.
CLAUSULA 5 PLAZO DE EJECUCIÓN
Las obras deberán concluir en el plazo de ocho meses, iniciándose antes de finalizar el año 2016.
CLAUSULA 6 PROCEDIMIENTO Y CRITERIO DE ADJUDICACION
La tramitación del presente contrato administrativo de obra se realizará mediante procedimiento abierto, tramitación urgente, siendo la oferta económica el único criterio de adjudicación.
CLAUSULA 7 EXPOSICION DEL PROYECTO
El proyecto se encuentra de manifiesto en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Okondo a disposición de quien desee examinarlo. Asimismo copia de la documentación, se encuentra en MASTER COPY (Avda. Zumalacarregui nº 21 de Llodio -Tfno 946723688).
CLAUSULA 8 PROPOSICIONES
De acuerdo con lo dispuesto en la ley, las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los previsto en el Pliego de clausulas administrativas particulares y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las clausulas sin salvedad o reserva alguna.
CLAUSULA 9 LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES
Lugar: Registro del Ayuntamiento de Okondo (Zudibiarte nº 2, 01409 Okondo).
Plazo: Durante quince días naturales contados desde el siguiente a la publicación del anuncio en el BOTHA, hasta las 13 horas del último día señalado.
Forma: Se presentará en dos sobres cerrados “A” y “B” con la documentación que se especifique, indicando en cada uno: Obra a la que concurre, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y carácter con que lo hace.
Sobre ”A”: Capacidad de contratar.
LICITADORES QUE SE ENCUENTREN INSCRITOS EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EUSKADI.
Deberán presentar:
1.-Certificado de inscripción en dicho Registro.
2.-Declaración responsable del licitador manifestando que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
3.-.Fotocopia del documento nacional de identidad del participante o su representante (con poder notarial en este caso).
4.-La Garantía provisional establecida.
LICITADORES CON CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DEL REGISTRO CENTRAL DEL ESTADO.
Deberán presentar:
1.-Certificado de clasificación.
2.-Declaración responsable del licitador manifestando que las circunstancias
reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
3.-Declaración de no estar incurso en prohibiciones de contratar. Incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación definitiva por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo II facilita modelo de Declaración Responsable).
4.-.Fotocopia del documento nacional de identidad del participante o su representante (con poder notarial en este caso).
5.-La Garantía provisional establecida.
LICITADORES QUE NO SE ENCUENTREN EN LAS CIRCUNSTANCIAS ANTERIORES.
Deberán presentar:
1.-.Fotocopia del documento nacional de identidad del participante o su representante (con poder notarial en este caso).
2.-Escritura de constitución de la empresa (y modificación en su caso) inscrita en el Registro Mercantil cuando el licitador sea persona jurídica. En el caso de empresarios extranjeros pertenecientes a la Comunidad Europea aportarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano o al euskera y además se acreditará su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del estado respectivo.
Cuando se trate de empresarios extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea, estos deberán tener abierta sucursal en España y aportarán escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil e informe de la respectiva representación diplomática española en el Estado de procedencia de que el mismo admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración. Asimismo las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los tribunales españoles para las incidencias que de cualquier modo pudieran surgir del contrato con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
3.-Escritura de apoderamiento, inscrita en su caso en el Registro mercantil a favor de la persona que suscriba la oferta, con facultades para contratar con la Administración (para el caso que se trate de una persona jurídica).
4.-Declaración de no estar incurso en prohibiciones de contratar. Incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación definitiva por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo II facilita modelo de Declaración Responsable).
5.-Acreditación de la solvencia.
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional del
empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
- Solvencia económico financiera:
Declaración sobre el volumen global de negocios referido a los dos últimos ejercicios disponibles. Informe de instituciones financieras. Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
- Solvencia técnica y profesional:
Relación de las obras ejecutadas en el curso de los dos últimos años. Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
6.-La Garantía provisional establecida.
Agrupación Temporal de Empresarios: Cuando varios licitadores se presenten en una agrupación temporal de empresas deberán indicar los nombres y circunstancia de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la designación de la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ostente la plena representación. Deberán asumir el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarios del contrato.
AVISO: Todos los documentos que se aporten podrán ser copias simples (salvo la justificación de haber presentado la garantía provisional), sin perjuicio de que el licitador con la oferta más ventajosa aporte la documentación original o compulsada antes de la adjudicación del contrato.
Sobre “B” Proposición económica.
Contendrá exclusivamente una sola proposición firmada por el licitador o persona que lo represente, redactada conforme al modelo que figura en el Anexo I incluyéndose en el precio ofertado todos los conceptos incluidos los impuestos, IVA, gastos, tasas, beneficio industrial, etc.
Deberá incluir una relación de precios unitarios de ejecución material de todas y cada una de las unidades de obra que componen el proyecto.
Proposiciones por correo. En el caso de que el licitador envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al Organo de Contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la recepción es recibida con posterioridad al plazo de recepción de proposiciones establecido la oferta no será admitida. Transcurridos no obstante diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición no será admitida en ningún caso.
CLAUSULA 10 APERTURA DE PROPOSICIONES
La Mesa de contratación en la fecha, hora y lugar que se señale en el perfil del contratante, examinará con carácter previo el contenido del sobre “A” y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada concederá un plazo de dos días hábiles para que los licitadores lo corrijan. La Mesa de contratación procederá a determinar las empresas admitidas a licitación y las rechazadas, junto con las causas de su rechazo.
Seguidamente procederá a la apertura de la oferta económica contenida en el sobre “B”.
La apertura de las ofertas económicas se retrasara en el supuesto que se concedan días para subsanación de documentos o defectos.
No se aceptarán aquellas proposiciones que excedan del tipo máximo de licitación.
La Mesa de contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y realizará la propuesta de adjudicación al licitador que ofrezca el precio más bajo y no haya sido excluido.
Cuando una oferta pueda ser considerada anormal o temeraria (art. 152 TRLCSP) por aplicación de lo previsto en el artículo 85 del R.D. 1098/2001, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique y precise su valoración. También se solicitará el asesoramiento técnico correspondiente.
La Mesa propondrá al órgano de contratación su aceptación o rechazo si estimase que la oferta no puede ser cumplida, en cuyo caso propondrá la adjudicación provisional a favor de la siguiente oferta más ventajosa que se estime pueda serlo.
El órgano de contratación en resolución motivada efectuará la adjudicación provisional y procederá a su publicación en el perfil del contratante.
CLAUSULA 11 GARANTIA PROVISIONAL, DEFINITIVA Y
COMPLEMENTARIA
Dada la cuantía de la obras se exige garantía provisional a presentar con la oferta, siendo el 2% del presupuesto, excluido el IVA, por lo que asciende a 7.702,78€. Se devolverá a los licitadores salvo al adjudicatario del contrato, siendo retenida hasta la constitución de la garantía definitiva e incautada en caso de retirarse injustificadamente la proposición antes de la formalización del contrato.
Dentro del plazo xx xxxx días hábiles el adjudicatario deberá presentar (de no haberlo hecho antes) la documentación justificativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva (5% del precio de adjudicación IVA excluido).
En el caso de que la oferta adjudicada sea temeraria o desproporcionada se podrá exigir una garantía complementaria que podrá llegar al 10% del presupuesto de adjudicación, excluido el IVA.
CLAUSULA 12 FORMALIZACION DEL CONTRATO
El contrato administrativo se formalizará dentro de los cinco días hábiles siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva
CLAUSULA 13 EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato de obras comenzará con la firma del acta de comprobación del replanteo que deberá tener lugar dentro del plazo de cinco días naturales, contados desde el recibo de la notificación de la adjudicación del contrato.
No podrá iniciarse la obra sin la previa aprobación del Estudio de Seguridad y Salud y Plan de Seguridad y salud a tenor de lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
CLAUSULA 14 DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. CLAUSULAS SOCIALES
El adjudicatario deberá contratar a personas desempleadas de larga duración a jornada completa y que destinándose directamente a la obra durante su ejecución, representen al menos un 20% de la fuerza de trabajo. Deberán ser personas inscritas como demandantes en el Servicio Público de empleo.
Se atribuye a esta condición especial social el carácter de obligación contractual esencial, por lo que su incumplimiento dará lugar a la resolución del contrato
Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las clausulas estipuladas en el contrato y al proyecto que sirve de base al mismo conforme a las instrucciones que en interpretación de éste diera al contratista el redactor del mismo y a su vez director de obras que serán de obligado cumplimiento.
Durante el desarrollo de las obras y hasta la recepción definitiva el contratista responderá por las faltas que en la construcción pudieran advertirse.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y de seguridad e higiene en el trabajo,
Los licitadores deben indicar el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultad adjudicatarios, así como la obligación de facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que una vez adjudicado el contrato se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.
Los licitadores aceptarán voluntariamente el dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
El contratista deberá designar los encargados de velar por el cumplimiento de las disposiciones sobre Seguridad y salud en el trabajo
El contratista está obligado a instalar las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro por la marcha de aquellos.
El contratista podrá proponer por escrito y a la Dirección la sustitución de una unidad de obra por otra que reúna mejores condiciones o cualquier otra que juzgue beneficioso para ella. Si el director de obra lo estima conveniente podrá autorizarla por escrito, pero sin derecho a indemnización alguna sino solo al abono de lo que le correspondería si se hubiese construido la obra con estricta sujeción a lo contratado.
En cambio cuando el Director de Obra considere la necesidad de adoptar la mejora propuesta por el contratista se procederá en la forma establecida para la modificación de los contratos de obras.
El contratista está obligado no solo a la ejecución de la obra sino también a su conservación hasta la recepción.
Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción pudiera advertirse.
El contratista comunicará al Ayuntamiento los subcontratos que pretenda celebrar indicando las empresas subcontratistas, las partes del contrato a realizar por las mismas que no podrán exceder del 50% del presupuesto total del contrato. Los requisitos se ajustarán a lo previsto por el artículo 227 del TRLCSP.
Los subcontratistas quedaran obligados solo ante el contratista principal que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Ayuntamiento.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista sin tener derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en las obras.
Serán de cuenta del contratista indemnizar todos los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de las obras, así como los producidos por incumplimiento de sus obligaciones. A tal fin aportará copia de una póliza de todo riesgo de construcción y justificante de pago de la prima que cubra los siguientes riesgos:
a) Los daños que puedan sufrir las obras durante el periodo de construcción y garantía y hasta el límite del importe de la adjudicación derivados de los riesgos convencionales, de la naturaleza incluyendo como asegurado al Ayuntamiento de Okondo, sin perjuicio de lo previsto en el 214 de la Ley.
b) La responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños causados a terceras personas y derivada de actos de su personal empleados, dependientes, maquinaria y equipo como consecuencia de los trabajos durante la ejecución de las obras, al menos por el precio del contrato.
El contratista tendrá derecho al abono de la obra ejecutada contra certificaciones expedidas por la dirección de las obras con carácter mensual y pago a 30 días de la fecha de presentación en el Registro municipal. Estos abonos tienen el concepto de pagos a buena cuenta sujetos a la liquidación final y sin que supongan en forma alguna aprobación y recepción de las obras que comprendan.
Si el contratista por causas imputables al mismo hubiera incurrido en demora de el plazo parcial, de manera que haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplimiento del plazo final o este hubiera quedado incumplido, el órgano de contratación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con pérdida de la fianza e imposición de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan de ella o por la imposición de la penalización establecida según la escala del artículo 212 del TRLCSP (0,20€ por cada 1.000€ del precio del contrato).
CLAUSULA 15 MODIFICACIONES AL PROYECTO
Cuando sea necesario introducir por razones de interés público modificaciones al proyecto de las obras que rigen el contrato, el Director redactará la oportuna propuesta integrada por los documentos que justifiquen, describan y valoren aquella. La aprobación por la administración requerirá la tramitación del oportuno expediente administrativo que se ajustará a lo dispuesto en el artículo 211 del TRLCSP.
CLAUSULA 16 RECEPCION DE LAS OBRAS
Tendrá lugar dentro del mes siguiente a la terminación de las obras que será notificada por el contratista a la Dirección de la obra. De la recepción se extenderá la correspondiente acta, en que se hará constar si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas. En otro caso se darán las instrucciones para remediar los defectos observados con un plazo para remediarlo. Si transcurrido dicho plazo no lo hubiera efectuado podrá dársele otro o declarar resuelto el contrato.
CLAUSULA 17 RESOLUCION DEL CONTRATO
Son causa de resolución del contrato además de las señaladas en el artículo 223 las del 237 del TRLCSP.
CLAUSULA 18 PLAZO DE GARANTIA
El plazo de garantía tendrá una duración de un año desde la recepción de la obra siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 235 del TRLCSP.
El contratista deberá conservar la obra durante el plazo de garantía con arreglo a lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas y según las instrucciones dadas por la Dirección.
El contratista responderá de los daños que se produzcan en la obra durante el plazo de garantía salvo que sean ocasionadas por mal uso de usuarios.
CLAUSULA 19 LIQUIDACION DE LAS OBRAS
Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación aprobará la certificación final de las obras que se abonaran al contratista a cuenta de la liquidación del contrato. En todo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 235 de la ley.
Dentro del plazo de quince días naturales anteriores al cumplimiento del plazo de garantía el director de las obras redactara un informe sobre el estado de las obras y si fuera favorable quedará relevado de toda responsabilidad salvo por vicios ocultos procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía y a la liquidación del contrato.
Si el informe no fuera favorable y los defectos fueren por deficiencias en la ejecución de la obra se dictaran instrucciones para la reparación dándole un plazo.
CLAUSULA 20 DEVOLUCION DE LA GARANTIA
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejecutarse sobre la garantía y transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de la devolución de aquella o cancelación del aval, ajustándose a lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley.
CLAUSULA 21 VICIOS OCULTOS
Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios o defectos ocultos de la construcción debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, éste responderá de daños y perjuicios por el periodo de quince años a contar desde la recepción. En todo caso se ajustará a lo dispuesto en el art 236 de la Ley.
CLAUSULA 22 NORMAS REGULADORAS DEL CONTRATO
Por las clausulas contenidas en este Pliego y las especificaciones de su carátula.
También por la documentación técnica incorporada al expediente, por la Ley de Contratos del Sector Publico, su Reglamento General y demás disposiciones de desarrollo.
CLAUSULA 23 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION COMPETENTE
El órgano de contratación tiene la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Podrá modificar por razones de interés público el contrato siempre que sean debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas y acordar en su caso la resolución dentro de los limites y con sujeción a los requisitos de la ley. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación modificación y resolución y efectos del contrato serán resultas por el órgano de contratación.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. El recurso contencioso administrativo habrá de interponerse conforme a la Ley Reguladora de la misma ante el Órgano Jurisdiccional competente.
CLAUSULA 24 PUBLICIDAD DE LA OBRA.-
Durante su ejecución y hasta seis meses después de la finalización deberá colocarse un cartel en lugar visible y próximo con información de la obra. Deberá ser suministrado y colocado por el contratista de acuerdo con el formato que le facilite la Dirección de Administración Local de la DFA.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICION
D…………………………..……………provisto del DNI nº…………………..….en nombre propio y/o en representación de la empresa………………………………………..que ostenta según consta en la escritura de otorgamiento de poder conferida ante el Notario……………………………y con domicilio a efectos de notificaciones en…………………………….
DECLARA
Que está enterado del anuncio publicado por el Ayuntamiento de Okondo en el Boletín Oficial del Territorio Histórico xx Xxxxx para la realización de las obras de REPARACION DEL FRONTON CUBIERTO MUNICIPAL DE OKONDO que se adjudicarán por procedimiento abierto.
Que ha examinado y conoce el pliego de clausulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas.
Que propone la realización de las obras por el importe total de…………………………………….….euros, que se desglosa en la siguiente forma:
Principal……………………….…..IVA……….…...Total…….…………………….
En Okondo a…. de………… de 2016
Firma
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE OKONDO
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Y DE QUE NO TIENEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERIODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE OKONDO.
D./Xx………………………, con domicilio en ………, calle ………., C.P. ………..,
Teléfono …………, y D.N.I. …………… , en posesión de su plena capacidad de
obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa …………, con
domicilio en ……………, calle ………………, C.P. ………, Teléfono ………… y C.I.F.
…………, a los efectos que establece el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de REPARACION DEL FRONTON CUBIERTO MUNICIPAL DE OKONDO
DECLARA
I. Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
II. Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Okondo.
En …………………, a ..…de …………… de 2016.
Firma
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE OKONDO