REFERENCIA: LICITACION PUBLICA Nº931-000979-18 CONTRATACION DE SEGUROS POLIZAS DE VIDA GRUPO, TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO), ASOCIADOS A CREDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA O A CONTRATOS DE LEASING HABITACIONAL.
Bogotá, D.C., 9 xx xxxx de 2018
Señores
COMPAÑÍAS DE SEGURO
Bogotá
REFERENCIA: LICITACION PUBLICA Nº000-000000-00 CONTRATACION DE SEGUROS POLIZAS DE VIDA GRUPO, TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO), ASOCIADOS A CREDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA O A CONTRATOS DE LEASING HABITACIONAL.
Apreciados señores:
De acuerdo con lo establecido en el numeral 3.5 xxx xxxxxx de condiciones de la referencia, sobre las preguntas y respuestas relacionadas con los requisitos admisibilidad, requisitos de admisibilidad adicionales y pliego de condiciones para la selección de compañías de seguro para las pólizas de deudores y/o locatarios, a continuación, nos permitimos dar respuesta a las inquietudes formuladas por cada una de las Aseguradoras:
I. POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS
1. PREGUNTA: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD, NUMERAL 1.6. COASEGURO.
Teniendo en cuenta que el coaseguro es una figura asociativa, propiamente un contrato de colaboración empresarial, en virtud del cual dos o más compañías se unen para cumplir lo que individualmente no harían, agradecemos a la entidad permitir que una u otra compañía pueda cumplir y acreditar con uno o varios de los indicadores, de tal manera que lo que no cumpla una aseguradora lo pueda suplir su coaseguradora.
RESPUESTA: Los requisitos de admisibilidad deben ser cumplidos por cada aseguradora de manera independiente, no obstante, su postura sea presentada en coaseguro con otra(s) compañía(s).
2. PREGUNTA: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES NUMERAL 1.7.1 VIDA GRUPO CRÉDITOS ASOCIADOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA Y/O LEASING HABITACIONAL- PAGO DE SINIESTROS EN 3 Y 5 DÍAS.
Amablemente agradecemos precisar si 3 días hace referencia a 3 días calendario o 3 días hábiles. Igualmente solicitamos a la entidad igualar el pago de siniestros indistintamente de la cobertura o amparo afectado a 5 días hábiles, lo anterior ya que incluir un término inferior, podría favorecer a la aseguradora actual de la cuenta, además por el volumen de operación es muy difícil sin ser la aseguradora actual, recibir, gestionar y pagar los siniestros en tres
(3) días.
Del mismo modo, al verificar el sustento para requerir el pago de siniestros en 3 días, no encontramos ninguna justificación al respecto, insistiendo que esto puede ser causal para no garantizar la concurrencia y pluralidad de oferentes en el proceso.
RESPUESTA: El numeral 1.7.1 hace referencia a indicadores financieros.
Se mantiene lo mencionado en el numeral 1.7.12.
3. PREGUNTA: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES NUMERAL 1.7.1 VIDA GRUPO CRÉDITOS ASOCIADOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA Y/O LEASING HABITACIONAL Requisitos financieros, endeudamiento.
Amablemente solicitamos a la entidad, definir el valor del percentil 80%, metodología para su cálculo y para cualquier caso que el parámetro del indicador para los dos años quede definido como: menor o igual 83%.
Esta modificación no es sustancial al proceso y no agrava el nivel de riesgos pretendido por la entidad financiera y por el contrario si permite generar una participación mayoritaria en el proceso que es lo pretendido por la normatividad actual.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
4. PREGUNTA: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES, NUMERAL 1.7.5.
Agradecemos aclarar que el registro mercantil se acreditará con el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio.
RESPUESTA: Se solicita certificación de registro mercantil, expedido por la Cámara de Comercio con fecha de expedición no mayor a 30 días de antelación a la fecha de entrega de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales.
5. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES NUMERAL 1.7.1 VIDA GRUPO CRÉDITOS ASOCIADOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA Y/O LEASING HABITACIONAL Numeral 1.7.6 EXPERIENCIA.
Amablemente agradecemos a la entidad permitir acreditar la experiencia con un contrato que abarque un interregno de los últimos 5 años, lo anterior teniendo en cuenta que la experiencia no se agota con el paso del tiempo, por el contrario, los proponentes adquieren mayor experiencia con el paso del mismo en la medida en que continúen con sus actividades.
Del mismo modo, agradecemos a la entidad disminuir a 8.000 el número de deudores asegurados con el fin de garantizar pluralidad de oferentes.
Del mismo modo, agradecemos a la entidad permitir acreditar la experiencia con un formato diferente al establecido por su despacho.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el numeral 1.7.6
6. PREGUNTA: REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES NUMERAL 1.7.1 VIDA GRUPO CRÉDITOS ASOCIADOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA Y/O LEASING HABITACIONAL Numeral 1.7.7 CALL CENTER E INTERNET.
Cordialmente solicitamos a la entidad confirmar que los medios de acceso a internet obedecen a la plataforma informática establecida en las páginas web de cada una de las aseguradoras, en donde el asegurado puede tener información, orientación, solución y acceso a las peticiones, quejas y reclamos y la información pertinente para contactar al defensor del consumidor financiero.
RESPUESTA: Corresponden a la plataforma de la Aseguradora.
Amablemente solicitamos a la entidad precisar cuál es el índice de uso del canal de línea de atención por internet de las aseguradoras, toda vez que se entiende que el común de los clientes acudirá directamente al Banco para la resolución de inquietudes.
RESPUESTA: El Banco no posee ese estadístico; sin embargo, se debe partir de la premisa que la información debe estar disponible para el cliente en caso que desee efectuar sus consultas a través de este medio.
II. QBE SEGUROS S.A.
Información para los seguros de Vida
1. PREGUNTA: Aclarar si la vigencia técnica de la póliza a expedir es de 1 año con renovación hasta los 2 años, o si se requiere expedir pólizas con vigencia técnica de 2 años.
RESPUESTA: La vigencia técnica es por un año y la adjudicación por dos años a partir del 1 de octubre de 2018.
2. PREGUNTA: Teniendo en cuenta que el artículo 2.36.2.2.7 “Periodicidad” del Decreto 673 de 2014 establece que los contratos colectivos de seguros podrán tener una duración máxima de dos (2) años y considerando, que el numeral 4.10 “Duración de la Adjudicación ” xxx xxxxxx de condiciones establece que el presente proceso tendrá una vigencia de 2 años, solicitamos se modifique dicho numeral, en el sentido que la licitación sea adjudicable por dos años, pero se permita la expedición de pólizas anuales, lo anterior con el propósito de ajustar dicha vigencia a los términos de reaseguro que en el mercado emiten pólizas de carácter anual.
RESPUESTA La vigencia técnica es por un año y la adjudicación por dos años a partir del 1 de octubre de 2018.
3. PREGUNTA: Xxxxx suministrarnos el detalle de cada uno de los siniestros de los 3 últimos años, para cada una de las carteras, donde se indique:
Fecha de siniestro
Fecha de aviso
Edad del asegurado
Valor indemnizado
Cobertura afectada.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
4. PREGUNTA: Xxxxx suministrarnos el detalle uno a uno de los siniestros pendientes, para cada una de las carteras, donde se indique:
Fecha de siniestro
Fecha de aviso
Edad del asegurado
Valor a pagar
Cobertura afectada.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
5. PREGUNTA: Xxxxx suministrarnos el detalle de cada uno de los asegurados, para cada una de las carteras sonde se indique:
Fecha de nacimiento
Genero
Valor asegurado
Condiciones médicas (si tienen Extraprimas).
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
6. PREGUNTA: Xxxxxxxxxxx suministrar la relación de asegurados por cartera de aquellos con montos superiores a $1.000.000.000 (individual por sumatoria de créditos) indicando la edad alcanzada a la fecha. Así mismo solicitamos la relación de asegurados con edad mayor a 72 años indicando por cada uno los valores asegurados en la sumatoria de todos los créditos vigentes a la fecha.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
7. PREGUNTA: Solicitamos amablemente a la Entidad sea modificado en el anexo 4, la edad máxima de ingreso y permanencia así:
Edad Máxima de Ingreso Edad Máxima de Permanencia
Amparo básico 75 Años y 364 días Hasta que Finalice la Obligación Incapacidad Total y Permanente 69 Años y 364 días 72 Años y 364 días
RESPUESTA: El anexo 4 hace referencia a la póliza de Todo Riesgo Daño material, por lo tanto, su solicitud no aplica.
8. PREGUNTA: Favor indicar a cuáles de las carteras se les otorga sobregiros
RESPUESTA: A todas las carteras con garantía hipotecaria y/o leasing habitacional.
9. PREGUNTA: Xxxxxxxxxxx nos remitan el detalle de los sobregiros que se efectuaron en los últimos 3 años, en cada una de las carteras que aplique.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
10. PREGUNTA: Por favor nos informan el porcentaje de comisión de intermediación que se debe contemplar en la estructuración de la oferta económica.
RESPUESTA: Se mantiene lo mencionado en el numeral 2 xxx xxxxxx de condiciones.
11. PREGUNTA: Solicitamos el favor nos suministren el detalle de los créditos que actualmente son iguales o superiores a 1.800 SMMLV y cuántos son iguales o superiores a 3.000 SMMLV.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
12. PREGUNTA: Respecto de los documentos de atención de siniestro solicitamos para ambas coberturas se incluya la certificación del Banco, donde se indique el saldo insoluto de la deuda, la fecha de nacimiento del deudor y la fecha de desembolso del crédito.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en pliego de condiciones y sus anexos.
13. PREGUNTA: Xxxxx suministrar el Histórico mensual de asegurados de por lo menos los últimos tres años:
Cantidad, valores asegurados totales, máximo valor asegurado, valor asegurado promedio, edad máxima y promedio, periodo máximo y promedio de los créditos.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
14. PREGUNTA: Proyección de colocaciones de créditos durante los próximos años (vigencia del seguro):
Cantidad, valores asegurados totales, máximo valor asegurado, valor asegurado promedio, edad máxima y promedio, periodo máximo y promedio de los créditos.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
15. PREGUNTA: Solicitamos amablemente eliminar la condición de informar y discriminar la composición del Factor G de la Aseguradora, teniendo en cuenta que esto difiere de cada una de las Compañías respecto de su modelo de negocio y es una información interna de cada Compañía y consideramos que no es relevante.
RESPUESTA: Se acepta la solicitud.
16. PREGUNTA: Según decreto 1534 "Artículo 2.36.2.2.10. Contenido xxx xxxxxx de condiciones, El contenido de los pliegos de condiciones de la licitación de seguros asociados a créditos hipotecarios o leasing habitacional incluirá:
4- “El costo del servicio de recaudo de la prima de seguro licitado que la institución financiera cobraría en caso que la aseguradora adjudicataria decida utilizar a dicha institución para tal fin. Este costo deberá sustentarse en el pliego con base en: el número de deudores; los canales utilizados históricamente por los deudores para hacer los pagos (internet, débito automático, transferencia, pago en sucursal, entre otros) y el costo asociado a cada uno de estos canales el cual deberá atender condiciones xx xxxxxxx, por lo que se deberá incluir como parte xxx xxxxxx el cálculo realizado por la institución financiera para establecer el costo del servicio.”
RESPUESTA: El costo del recaudo está sustentado en el anexo No.10
17. PREGUNTA: Con respecto al Numeral 1.7.1. Favor eliminar de los requisitos de admisibilidad adicionales la Utilidad Neta Positiva, teniendo consideración que los indicadores idóneos para el sector de seguros es Índice de Liquidez, Nivel de Endeudamiento y Patrimonio Adecuado.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego y sus anexos.
18. PREGUNTA: Con Respecto al indicador de Nivel de Endeudamiento solicitamos amablemente al Banco se permita la participación de Compañías que cuenten con un indicador de Endeudamiento Total menor o igual a 86%
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
19. PREGUNTA: Con respecto al Numeral 1.7.6. Solicitamos a la entidad de la manera más respetuosa modificar este numeral y permitir que se tome como opción y no como requisito allegar certificaciones para Establecimientos de Crédito, Corporaciones Financieras y Compañías de Financiamiento ya que no todas las aseguradoras cuentan con este tipo de experiencia y con ello se estaría limitando a la participación de un número plural de oferentes.
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. acepta la certificación de Establecimientos de Crédito, Corporaciones Financieras y Compañías de Financiamiento que estén asociadas al objeto de esta licitación, es decir contratos garantizados con hipoteca o leasing habitacional.
20. PREGUNTA: Con respecto al Numeral 1.7.7. agradecemos amablemente a la Entidad cambiar esta condición a horario de Oficina de Lunes a viernes de 8:30 am a 5:30 p.m
RESPUESTA: Se mantiene la solicitud del numeral 1.7.7.
21. PREGUNTA: Con respecto al Numeral 1.7.10. Favor cambiar esta condición para presentar dicha certificación una vez el Banco remita la información necesaria para cotizar y presentar la oferta.
RESPUESTA: Se mantiene la solicitud del numeral 1.7.10.
22. PREGUNTA: Con respecto al Numeral 3.11.2. agradecemos muy respetuosamente eliminar esta garantía.
RESPUESTA: Se mantiene la solicitud del numeral 3.11 (3.11.1 y 3.11.2)
23. PREGUNTA: Numeral 4.3.4. Esta función no debe ser realizada por la aseguradora Adjudicataria dado que se presentaría un conflicto de interés al revisar y aprobar pólizas de la competencia.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado, porque el proceso de endosos es inherente a la contratación de seguros por cuenta de los deudores y un derecho de los mismos.
24. PREGUNTA: Con respecto al Numeral 4.3.5. agradecemos modificar respetuosamente las funciones del empleado de la Aseguradora que para que gestione ante las áreas correspondientes de la aseguradora todo lo relacionado a Siniestros, derechos de Petición y tutelas en el tiempo establecido por el Banco.
RESPUESTA: Se mantiene el numeral 4.3.5
25. PREGUNTA: Solicitamos indicar la forma de presentación de la propuesta, toda vez que no se evidencia la forma de presentarla.
RESPUESTA: La forma de presentar la propuesta es con el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales, así como la carta de presentación de postura donde se aceptan todos los términos y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones y sus Anexos.
26. PREGUNTA: Xxxxxxxxxxx solicitamos a la entidad informar si se puede presentar oferta para un solo ramo o si por el contrario se debe ofertar por todo el programa.
RESPUESTA: La Aseguradora puede presentar oferta para un solo ramo o para todo el programa.
27. PREGUNTA: De acuerdo con la infraestructura Operativa, solicitamos respetuosamente se modifique el párrafo 4.3.6. Atención de derechos de petición y tutelas entre otras funciones por “Gestionar con las Áreas de Aseguradora la atención oportuna de derechos de petición y tutelas entre otras funciones.”
RESPUESTA: Se mantiene el numeral 4.3.6.
28. PREGUNTA: Con respecto con el numeral 4.5 Cobro y pago Mensual xx xxxxxx, agradecemos disminuir el plazo del pago de la prima, toda vez que contado el inicio del anexo de producción y el pago de la prima es de 90 días,
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. realiza el reporte para asegurar mes vencido, no obstante, se requiere el plazo a 60 días mes vencido por imprevistos.
29. PREGUNTA: De acuerdo con el numeral 4.4 Expedición de pólizas. ¿Agradecemos nos informe si la impresión y los PDF de los asegurados deberán remitirse al Banco cada anualidad?
RESPUESTA: Los certificados individuales de los asegurados, deben ser anuales y en la medida que se incluyan nuevos deudores se debe expedir el certificado respectivo.
30. PREGUNTA: De acuerdo con el anexo A Seguridad de la información, Articulo 4. Condiciones Particulares de Seguridad. Solicitamos respetuosamente eliminar el numeral 14 Donde exigen contratar un proveedor externo idóneo, como mínimo dos veces al año, debido a que estos gastos van directamente a encarecer el valor de la prima y no genera un valor agregado a los clientes del banco. Todos los documentos exigidos en la presente licitación por si solos respaldan la seguridad de la información que requiere el Banco para salvaguardar la información del proceso y de la transferencia de información.
RESPUESTA: Se ajusta numeral 14, así:
Contratar con un proveedor externo idóneo, como mínimo dos veces al año, una prueba de penetración sobre un mínimo del 10% de la infraestructura, el software base y las aplicaciones utilizados por el Oferente para la prestación de los servicios.
Las pruebas de vulnerabilidad deben hacer parte del proceso de aseguramiento normal del Oferente, y pueden ser ejecutadas por el mismo sobre un mínimo del 10% de la infraestructura, el software base y las aplicaciones utilizados por el Oferente para la prestación de los servicios.
Cuando se realizan cambios en dicha infraestructura que puedan afectar la seguridad, se contratará la ejecución de una prueba adicional.
Los informes generados producto de estas validaciones serán enviados a los responsables de los servicios en el Banco. Los planes de acción que surjan de este análisis se aplicarán al 100 % de la infraestructura utilizada por el Oferente para la prestación de los servicios.
III. LIBERTY SEGUROS S.A.
1. PREGUNTA: Solicitamos a Banco Popular ajustar el límite establecido en el Indicador de Nivel de Endeudamiento para el programa de Todo Riesgo Daño Material, dejándolo como “Menor o igual al definido por el percentil 80” tal y como se tiene en las condiciones para el programa de Vida Grupo Deudores.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
2. PREGUNTA: Con relación a la acreditación de los requisitos de admisibilidad solicitamos a Banco Popular confirmar si se deben presentar los soportes que acreditan el cumplimiento de cada uno de los requisitos o si solo se requiere el envío del Anexo # 2.
RESPUESTA: Las Aseguradoras que deseen participar deben adjuntar los soportes para acreditar los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales y anexo No. 2
3. PREGUNTA: Relacionado con la presentación de condiciones, solicitamos a Banco Popular confirmar si es viable presentar postura solo para uno de los grupos, ya sea, vida grupo deudor o todo riesgo daño material (incendio y terremoto).
RESPUESTA: La Aseguradora puede presentar oferta para un solo ramo o para todo el programa.
4. PREGUNTA: Solicitamos al Banco Popular confirmar si en caso de presentar postura tanto para el programa de Vida Grupo Deudores como para Incendio y Terremoto, se deberá presentar la póliza de Seriedad de Oferta para cada uno o puede ser una para ambos xxxxx.
RESPUESTA: La póliza de seriedad de la oferta debe cumplir con lo estipulado en el numeral
3.11 xxx xxxxxx de licitación, es decir una póliza por cada ramo en la que presente oferta.
5. PREGUNTA: Xxxxxxx al Banco Popular aclarar la información sobre xx Xxxxx 00 donde se expone la Justificación Costo de Xxxxxxx, si este porcentaje se calculará sobre primas recaudadas.
RESPUESTA: Este porcentaje se calculará sobre la prima recaudada.
6. PREGUNTA: Solicitamos al Banco Popular aclarar la información sobre xx Xxxxx 00 donde se expone la Justificación Costo de Xxxxxxx, confirmando cuál va a ser la modalidad para el pago del retorno, si es descontando antes de trasladar el dinero a la aseguradora o girado por Liberty posterior a la aplicación de las primas.
RESPUESTA: El valor acordado se descontará por el Banco Popular S.A. al momento del pago de la factura que presente la Aseguradora.
7. PREGUNTA: En relación al convenio de pago, solicitamos confirmar si tienen alguno establecido sobre el cual se rija la presentación invitación.
RESPUESTA: En el pliego de condiciones numeral 4.5 cobro y pago mensual xx xxxxxx se indica el procedimiento.
8. PREGUNTA: Relacionado con la atención de los siniestros del programa de Vida Grupo, solicitamos a Banco Popular aclarar si Liberty tendrá que asumir como valor asegurado, el valor de la deuda más los intereses xx xxxx al momento de siniestro.
RESPUESTA:
Valor asegurado individual: Corresponde al saldo insoluto de la deuda reportado por el Banco que incluye capital no pagado más intereses del plazo xx xxxxxx, intereses corrientes y moratorios, primas de seguros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito y cualquier otra suma que se relacione con la misma operación del crédito.
Valor a indemnizar: Corresponde al valor asegurado individual a la fecha de ocurrencia del siniestro.
9. PREGUNTA: En relación con el tiempo para la ejecución por parte de la Aseguradora de las actividades de atención, análisis y definición del siniestro (pago u objeción) que será de 3 días para amparo de muerte y 5 días para el amparo de ITP, días hábiles contados a partir de la fecha del recibo por parte de la documentación, solicitamos a Banco Popular ampliar este plazo y permitir que sea de 8 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la documentación.
RESPUESTA: Se mantiene lo mencionado en el numeral 1.7.12
10. PREGUNTA: Xxxxxxx a Banco Popular confirmar si en el momento del siniestro se tendrá en cuenta el listado enviado mensualmente por la Entidad o se debe confirmar con alguien específicamente para atención del mismo.
RESPUESTA: En caso de siniestro reportado se debe validar en las bases asegurables e informar a la Dirección de Seguros del Banco.
11. PREGUNTA: Con relación a los procesos de Xxxxxxx, solicitamos a Banco Popular si para la facturación, el Banco entregará mes vencido un reporte sobre el cual se deba generar el cobro por parte de la Aseguradora.
RESPUESTA: En el pliego de condiciones numeral 4.5 cobro y pago mensual xx xxxxxx se indica el procedimiento.
12. PREGUNTA: Solicitamos a Banco Popular confirmar si para la facturación, es viable que mensualmente la Aseguradora entregue el cobro con lo facturado el mes inmediatamente anterior para que sobre este la Entidad haga el respectivo pago, teniendo en cuenta que es fiel reflejo del comportamiento de la cuenta.
RESPUESTA: En el pliego de condiciones numeral 4.5 cobro y pago mensual xx xxxxxx se indica el procedimiento.
13. PREGUNTA: ¿La emisión es individualizada o por cobro?
RESPUESTA: En el pliego de condiciones numeral 4.5 cobro y pago mensual xx xxxxxx se indica el procedimiento.
14. PREGUNTA: ¿Hay corrimiento de vigencias y fechas xx xxxxx?
RESPUESTA: La pregunta no es clara.
15. PREGUNTA: ¿Se presentan prorratas o factura a 12 cuotas iguales?
RESPUESTA: En el pliego de condiciones numeral 4.5 cobro y pago mensual xx xxxxxx se indica el procedimiento.
16. PREGUNTA: Solicitamos a Banco Popular confirmar si las devoluciones de prima se deben realizar al Sponsor teniendo en cuenta que el recaudo lo hacen ellos o al cliente final.
RESPUESTA: La devolución xx xxxxxx se realiza al Banco Popular S.A.
RELACIONADO CON EL SLIP DE CONDICIONES DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL DEUDORES
17. PREGUNTA: Solicitamos amablemente nos suministren la relación detallada de todos los predios a ser asegurados. Lo anterior en concordancia con el Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, reglamentado con la Circular Externa 011 de 2013 por la Superintendencia Financiera de Colombia donde indica que las compañías de seguros que comercializan la cobertura de terremoto en Colombia deben suministrar información de los riesgos asegurados a esta Superintendencia, con el propósito de estimar las reservas técnicas xxx xxxx. Por ello y en concordancia con la citada circular, solicitamos amablemente nos suministren la siguiente información para cada uno de los inmuebles por asegurar en el presente proceso:
Nombre | Descripción |
Valor asegurable inmueble | Corresponde al valor asegurable para la cobertura de inmueble. |
Municipio | Corresponde al Municipio en el cual se encuentra ubicado el inmueble. |
Departamento | Corresponde al Departamento en el cual se encuentra ubicado el inmueble. |
Dirección del inmueble | Corresponde a la dirección completa en que está ubicado el inmueble (Nomenclatura Oficial Vigente). |
Coordenadas Geográficas | Corresponde a la localización geográfica del inmueble asegurado expresada como Longitud y Latitud. Estas coordenadas geográficas pueden ser estimadas con un dispositivo de posicionamiento global (GPS). |
Número de pisos | Corresponde al número total de pisos que tiene el inmueble. El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja sin incluir sótanos. En caso que el edificio se ubique en xxxx xx xxxxx y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe contarse a partir del piso más bajo. Cuando existan mezanines estos se deben contar como pisos. |
Rango de construcción | Corresponde al rango del año de construcción de la edificación: -Antes de 1963 -Entre 1963 y 1977 -Entre1978 y 1984 -Entre 1985 y 1997 -Entre 1998 y 2010 -2011 en adelante. |
Uso riesgo | Corresponde al uso actual del edificio. Ejemplo: Residencial, Oficinas, Parqueaderos, Salud, etc. |
Tipo estructural | Corresponde al material de construcción que soporta la estructura. Ejemplo: Concreto reforzado, Mampostería, Acero, Madera, Adobe, Bahareque x Xxxxx. |
Es importante anotar que todas las Compañías de Seguros que comercializan el ramo de terremoto, sin excepción, deberán suministrar está información al supervisor.
Esta disposición introducirá cambios en la información que tradicionalmente se solicita en los procesos licitatorios, sean estos públicos o privados. Considera el sector asegurador que el aporte del asegurado, intermediario y las aseguradoras en el cumplimiento de esta normativa es fundamental y, por tanto, solicitamos su valiosa colaboración para que este requerimiento sea atendido en los términos solicitados.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
18. PREGUNTA: Por favor suministrar la siniestralidad presentada por el programa en los últimos 3 años por cada uno de los créditos, incluyendo la causa y el monto.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de
admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
19. PREGUNTA: Sobre los amparos tenemos algunas inquietudes ¿Es posible otorgar las siguientes coberturas con sublímites con textos aclaratorios o retirarlos?
En rojo ponemos los comentarios que pedimos sean estudiados por el Banco para dar mayor claridad a las coberturas solicitadas.
Rotura accidental xx xxxxxxx, hasta el 10% del valor del inmueble.
Cables, tuberías y/o instalaciones subterráneas. Siempre y cuando sean parte del inmueble asegurado
Remoción de escombros, hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Gastos honorarios profesionales, interventores, consultores y gastos de viaje, hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía de la pérdida, hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Gastos para preservación de los bienes, hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Gastos para extinción del siniestro, hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Gastos para reparaciones transitorias, hasta el 5% del valor asegurado del inmueble.
Gastos para acelerar la reparación, reacondicionamiento o el reemplazo de los bienes asegurados. hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Gastos por alojamiento temporal /arrendamiento en caso de siniestro. hasta el 10% del valor asegurado del inmueble, máximo 3 meses.
No tasación de la propiedad no dañada en caso de siniestro, por favor retirar esta condición.
Gastos Adicionales hasta el 10% del valor asegurado del inmueble.
Arrendamiento dejado de percibir - Renta hasta el 10% del valor asegurado del inmueble, máximo por 3 meses.
Se renuncia a la aplicación de la regla proporcional del infraseguro, siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el asegurable no supere el 15%
Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro, con cobro de prima a prorrata.
Anticipo de indemnización, hasta el 50% del valor a indemnizar, una vez confirmada la ocurrencia, cuantía y cobertura.
Índice variable automático del IPC, con cobro de prima al 50%
Primera opción de compra de salvamento, siempre y cuando se iguale la mejor oferta.
Bienes a la Intemperie, por favor retirar esta cobertura ya que no aplica para créditos hipotecarios.
Cláusula de gastos por adecuación de las estructuras al último código de construcciones sismo resistentes, siempre y cuando se presente un siniestro que afecte las estructuras y siempre y cuando dentro del valor asegurado se haya contemplado la adecuación a normas de sismo resistencia.
Avisos y Xxxxxx, por favor retirar esta cobertura ya que no aplica para créditos hipotecarios.
Avería de calentadores, por favor retirar esta cobertura ya que no aplica para créditos hipotecarios.
Indicar las asistencias sin cobro de prima adicional, por favor cambiar esta solicitud a asistencias con cobro de prima adicional.
Amparo de propiedad de invitados, huéspedes o visitantes. Por favor retirar esta cobertura ya que no aplica para el seguro de Incendio para deudores hipotecarios.
Bienes bajo cuidado, tenencia y control. Por favor retirar esta cobertura ya que no aplica para el seguro de Incendio para deudores hipotecarios.
Cláusula de no renovación de la póliza. Solicitamos aclarar si esta solicitud es correcta.
RESPUESTA: Remitirse al ítem de amparos en el Anexo 4 “SLIP DE CONDICIONES DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO) DE DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA DEL BANCO
POPULAR S.A. Y/O LEASING HABITACIONAL.”, el cual ha sido modificado.
RELACIONADO CON EL SLIP DE VIDA GRUPO DEUDORES
20. PREGUNTA: VIGENCIA: El Banco informa de la vigencia es 24 meses, no obstante, la puede revocar unilateralmente, sobre este punto solicitamos al Entidad informar las causales que le lleven a revocar durante la vigencia.
RESPUESTA: El Banco tendrá en cuenta lo manifestado en el numeral 4.10 “DURACION DE LA ADJUDICACION” y 4.15 “TERMINACION ANTICIPADA Y UNILATERAL DEL CONTRATO”.
21. PREGUNTA: VIGENCIA INDIVIDUAL DEL SEGURO: En el párrafo la cobertura del seguro inicia al momento de desembolso de cada crédito y estará vigente hasta su cancelación. Se solicita al Banco informar cuánto tiempo puede pasar entre la aprobación de un crédito y su desembolso.
RESPUESTA: Depende del tiempo en que se tarde el cliente en protocolizar la constitución de las garantías solicitadas o la fecha en la cual necesite los recursos, generalmente la aprobación tiene un plazo para utilización entre 6 meses y un año.
22. PREGUNTA: Por favor aclarar si para los deudores morosos hasta el día (91), quién asume el pago de las primas.
RESPUESTA: El Banco cancela la prima correspondiente a todos los créditos reportados en sus bases de datos mensuales y sobre los cuales se liquida la prima respectiva.
23. PREGUNTA: Favor aclarar a que corresponde la cartera centralizada y la cartera castigada, y cuántos deudores hay actualmente y qué valores están esas carteras y por qué no se aplica la exclusión pasados los 91 días.
RESPUESTA: La cartera centralizada corresponde a toda la cartera comercial y consumo diferente de leasing, tarjetas de crédito y libranzas.
La cartera castigada - corresponde a la cartera de difícil recaudo que no hace parte del activo del Banco.
Respecto a los datos estadísticos de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
24. PREGUNTA: AMPAROS
Se solicita al Banco retirar de la definición de incapacidad Total y Permanente, “Incluyendo por Intento de Suicidio.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
25. PREGUNTA: DEFINICION DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
Solicitamos al Banco que excluya como entes competentes para calificar la pérdida de capacidad laboral a las juntas especiales de las Fuerzas Militares, o de Policía, el tribunal Médico de Revisión Militar y de Policía como quiera que los mismos no son válidos para demostrar la ocurrencia del siniestro (desde luego) de cara a un contrato de seguro. Los dictámenes emitidos bajo estos regímenes no contienen la indicación de la fecha de estructuración, por lo que, de acuerdo con la definición de la cobertura, este es un elemento preponderante para determinar la realización del riesgo asegurado, sin el cual no se podría determinar la ocurrencia del siniestro.
Adicionalmente, la pérdida total y permanente de los miembros de las fuerzas militares no está determinada por la pérdida del 50% de su capacidad laboral, sino por el 75%.
1Decreto 4433 de 2004. “ARTÍCULO 30. RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE LA
PENSIÓN DE INVALIDEZ. Cuando mediante Junta Médico Laboral o Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados Profesionales y personal vinculado para la prestación del servicio militar obligatorio de las
Fuerzas Militares, y de Oficiales, Suboficiales, miembros del Nivel Ejecutivo, Agentes y personal vinculado para la prestación del servicio militar obligatorio de la Policía Nacional se les determine una disminución de la capacidad laboral igual o superior al setenta y cinco por ciento (75%) ocurrida en servicio activo, tendrán derecho a partir de la fecha del retiro o del vencimiento de los tres meses de alta cuando se compute como tiempo de servicio, mientras subsista la incapacidad, a que el Tesoro Público les pague una pensión mensual, que será reconocida por el Ministerio de Defensa Nacional o por la Dirección General de la Policía Nacional, según el caso (…)”
Por lo cual reconocer prestaciones aseguradas de miembros de la Fuerza Pública entre el 50% y el 75% significa reconocer como totales pérdidas de capacidad laboral que el fondo son parciales.
Por tanto, solicitamos se excluyan estos regímenes especiales y en su defecto sea viable para el Asegurador requerir a cualquier asegurado un dictamen emitido por EPS, ARL, junta nacional o regional.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos
26. PREGUNTA: AMPARO AUTOMÁTICO
Solicitamos al Banco modificar el amparo automático, en establecer mínimo para rango de los 1.800 SMMLV, los deudores de Otras Líneas (Cartera Centralizada, UCH Unidad de Crédito Hipotecario, Empleados, Leasing habitacional) que diligencien solicitud y declaración de asegurabilidad y con edad hasta 55 años, lo anterior con el objetivo de lograr un equilibrio económico entre las partes y de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1058 del Código de Comercio.
E igual hacemos la solicitud para los créditos habitacional, donde el amparo automático no puede ser inferior a 3.000 SMMLV, solo como amparo automático y donde el valor asegurado puede ser mayor a esta suma para que sean aceptados sin solicitud.
E igualmente se solicita al Banco la confirmación de si, en las condiciones actualmente vigentes, estos amparos automáticos los tienen actualmente y enviar la relación de estos deudores que están dentro de esos límites.
Con el fin de guardar concordancia con lo descrito en el Amparo Automático, les solicitamos unificar un solo rango “de $0 hasta el valor xxx xxxxxx automático y edad de 18 hasta 69 años (364 días) con declaración de asegurabilidad”. Para “a partir del valor xxx xxxxxx automático…” mantenerlo como indica la condición. Lo anterior con el objetivo de lograr un equilibrio económico entre las partes y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1058 del código de comercio.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos
27. PREGUNTA: Para el otorgamiento de esta cobertura se solicita a la Entidad remitir en Excel
Listado de los deudores y tipo de línea con detalle de fechas de nacimiento
Línea de crédito
Plazo del crédito
Valor asegurado
Coberturas actuales
Estado del riesgo con extraprima o con limitación xx xxxxxx
En este punto solicitamos relacionar el perfil de cartera / perfil de edades / perfiles de valores asegurados
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
28. PREGUNTA: SOBREGIROS
Solicitamos al Banco informar la base de los sobregiros y sus respectivos montos, y plazos máximos que tienen estos sobregiros.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
29. PREGUNTA: EDAD MÍNIMA DE INGRESO Y PERMANENCIA
Solicitamos al banco limitar la edad de máxima de ingreso para el amparo básico de vida a 70 años y permanencia ilimitada y para la cobertura de Incapacidad Total y Permanente máximo de Ingreso 69 años y de permanencia hasta la finalización de la deuda y máximo de permanencia hasta los 71 Años + 364 días.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
30. PREGUNTA: TASAS
Se solicita al Banco aclarar si los asegurados que ya vienen cubiertos continúan con la tasa actual o se acogen a las condiciones a partir de la adjudicación del 01/10/2018, de lo contrario informar cual es la tasa actual, condiciones, coberturas adicionales, amparos etc.
RESPUESTA: La tasa que se contrate aplicará a partir del 1 de octubre de 2018 para todos los asegurados.
31. PREGUNTA: COMPOSICION DEL FACTOR G
Se solicita al Banco ELIMINAR este punto dado que la información que solicita es exclusiva de la Compañía.
RESPUESTA: Se acepta la solicitud.
32. PREGUNTA: OTRA INFORMACION QUE SE REQUIERE
Detalle de la cartera actual, uno a uno de asegurados vigentes, fecha de nacimiento, tipo de crédito, valor asegurado y fecha de culminación de la deuda.
Se solicita al Banco la proyección de colocaciones (cantidad y valor) de los próximos 12 meses o entregar esta información de los últimos 12 meses, indicando cantidad, monto total de saldos a cierre de cada mes y valor promedio, por cada una de las líneas.
Tasa de caída de cartera (anual)
Número esperado de colocaciones de pólizas nuevas
Solicitamos al Banco aclarar qué deudores tienen actualmente colocaciones facultativas, y se requiere información de condiciones de aseguramiento de estos asegurados que tienen valores superiores a $1.000.000.000 (extra primas / limitaciones / exclusiones y sus patologías)
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
33. PREGUNTA: INFORMACIÓN DE XXXXXXXXXX, favor hacer llegar la información en formato Excel, con los datos de los últimos cinco años
Cantidad de eventos
Fecha de Ocurrencia
Fecha de Aviso
Causa del siniestro (muerte natural o accidental, enfermedad, homicidio, suicidio, etc.)
Amparo afectado (Muerte o Incapacidad)
Edad de asegurado a la fecha del siniestro
Valor Pagado
Valor en reserva
Estado del siniestro (pagado, pendiente u objetado)
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
34. PREGUNTA: Informar cuál ha sido el comportamiento de la siniestralidad en los últimos 5 años en cifras absolutas de valor indemnizado y en porcentaje.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
35. PREGUNTA: Con relación a las indemnizaciones del programa de Todo Riesgo Daño Material (Incendio y Xxxxxxxxx) por favor confirmar si para todas las indemnizaciones sin importar la cuantía el beneficiario será el Banco.
RESPUESTA: En todos los casos de indemnizaciones el beneficiario será el Banco Popular S.A.
36. PREGUNTA: Solicitamos al Banco confirmar el promedio mensual de siniestros que actualmente maneja el Banco tanto para el programa de Vida Grupo Deudores como para Todo Riesgo Daño Material.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
37. PREGUNTA: Adicionalmente, le manifestamos al Banco que no estamos de acuerdo con las siguientes condiciones:
INDEMNIZACIONES PAGOS
Los proponentes deberán indicar el plazo para el pago de las indemnizaciones, el cual no
podrá ser superior a siete (7) días hábiles contados a partir de la fecha del recibo por parte de la Aseguradora de la documentación que sustente el siniestro y en caso de no cumplir los plazos fijados la Aseguradora pagará a favor del Banco y/o beneficiario la tasa máxima de interés moratorio vigente en el momento que se efectué el pago. Igualmente deberán informar los mecanismos que ofrecen para agilizar el pago. Así mismo, el reporte del pago debe ser enviado en medio magnético o correo electrónico al Banco Popular S.A.
No estamos de acuerdo teniendo en cuenta que la Ley otorga 30 días calendario para el pago de las indemnizaciones. Adicionalmente, lo que se propone es generar un acuerdo de nivel de servicio para el programa con la definición de los tiempos acorde con las necesidades de las partes.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
PREGUNTA: OBJECIONES
El plazo para que la Aseguradora presente la objeción o respuesta a las reconsideraciones no podrá ser superior a siete (7) días hábiles a partir de la fecha del recibo por parte de la Aseguradora de la documentación que sustente el siniestro y en caso de no cumplir los plazos fijados la Aseguradora pagará a favor del Banco y/o beneficiario la tasa máxima de interés moratorio vigente en el momento que se efectué el pago.
No estamos de acuerdo teniendo en cuenta que la Ley otorga 30 días calendario para el pago de las indemnizaciones. Adicionalmente, lo que se propone es generar un acuerdo de nivel de servicio para el programa con la definición de los tiempos acorde con las necesidades de las partes.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
38. PREGUNTA: DOCUMENTOS PARA LA ATENCIÓN DE XXXXXXXXXX
Solicitamos amablemente a la Entidad incluir dentro de los documentos solicitados el
certificado de tradición y libertad. RESPUESTA: Se acepta la solicitud.
39. PREGUNTA: Con relación al desarrollo operativo del programa, solicitamos confirmar cuáles son los volúmenes diarios y/o mensuales en cuanto a: vinculación y desvinculación de asegurados, modificaciones y requerimientos adicionales que se deben atender del programa por cada uno de los xxxxx.
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. entrega a la Aseguradora mensualmente para el aseguramiento de la cartera las bases asegurables al cierre del mes inmediatamente anterior, la cual incluye las nuevas vinculaciones o en caso de desvinculación no figuran en la base asegurable.
40. PREGUNTA: Relacionado con la gestión operativa del programa, solicitamos a la Entidad confirmar cuáles son los tiempos solicitados para las actividades principales de la cuenta: Vinculación, Desvinculación, Modificaciones, Conciliaciones, entre otras, por cada uno de los xxxxx objeto de la licitación.
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. entrega a la Aseguradora mensualmente para el aseguramiento de la cartera las bases asegurables al cierre del mes inmediatamente anterior, la cual incluye las nuevas vinculaciones o en caso de desvinculación no figuran en la base asegurable.
IV. COLMENA SEGUROS
ANEXO 3 - SLIP DE CONDICIONES PARA SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES Y/O LOCATARIOS ASOCIADOS CON GARANTIA HIPOTECARIA Y/O LEASING HABITACIONALDEL BANCO POPULAR S.A.
1. PREGUNTA: En relación con el amparo de “DEFINICION DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE” - Anexo No.3:
Se sugiere que no sean cubiertas las Incapacidades Totales Parciales, aun cuando sean calificadas con más del 50% de pérdida de capacidad laboral
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
2. PREGUNTA: En relación con “VALOR ASEGURADO INDIVIDUAL” - Anexo No.3:
¿Qué pasa con los siniestros que sean avisados luego de transcurridos 180 días o 91 días (dependiendo el tipo de crédito) después del fallecimiento del asegurado o de la fecha de estructuración de la Incapacidad Total y Permanente?
¿Siempre el valor máximo a pagar será el reportado por el Banco y correspondiente a saldo insoluto de la deuda reportado por el Banco incluyendo capital no pagado más los intereses corrientes y moratorios, sobregiros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito y hasta máximo 180 días o 91 días según sea el caso?
Esto teniendo en cuenta que el valor asegurado es el saldo insoluto de la deuda reportado por el Banco incluyendo capital no pagado más los intereses corrientes y moratorios, sobregiros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito hasta 91 días o 180 días según sea el caso.
RESPUESTA:
Valor asegurado individual: Corresponde al saldo insoluto de la deuda reportado por el Banco que incluye capital no pagado más intereses del plazo xx xxxxxx, intereses corrientes y moratorios, primas de seguros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito y cualquier otra suma que se relacione con la misma operación del crédito.
Valor a indemnizar: Corresponde al valor asegurado individual a la fecha de ocurrencia del siniestro.
3. PREGUNTA: En relación con “XXXXXXXXXX XXX XXXXX XX XXXXX XX XXXXXXXXX” - Xxxxx Xx.0:
Se sugiere establecer un plazo para el aviso de siniestro de cinco (05) días, teniendo en cuenta los valores asegurados individuales.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
4. PREGUNTA: En relación con “DOCUMENTOS PARA LA XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX” - Xxxxx Xx.0:
Se sugiere que cuando se hace referencia al documento “El valor a indemnizar será el registrado en la base de datos entregada por el Banco a la Compañía de seguros” se incluya que el valor a indemnizar será de conformidad a lo establecido en los valores asegurados individuales y conforme a lo que lo incluye los valores asegurados dependiendo cada tipo de crédito.
RESPUESTA: El valor a indemnizar será de conformidad a lo establecido en los valores reportados individualmente por clase de cartera.
5. PREGUNTA: En relación al anexo 11, ¿Cuál es el valor asegurado actual de cada una de las carteras?
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
6. PREGUNTA: En relación al anexo 3, ¿Cuál es la edad máxima de ingreso para cada amparo y cuál es la edad máxima de permanencia para cada amparo?
RESPUESTA: La edad mínima de ingreso es de 18 años sin edad máxima de ingreso ni permanencia.
7. PREGUNTA: En relación al anexo 3, Grupo asegurable, Por favor confirmar si hay integrantes de la policía o militares y en qué porcentaje.
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. ofrece sus productos y servicios a los diferentes sectores.
8. PREGUNTA: En relación al anexo 3, Amparo automático. ¿Cuál es el límite xxx xxxxxx automático: 1.800 SMMLV o 3.000 SMMLV?
RESPUESTA: El amparo automático por cliente y clase de cartera es de 1.800 smmlv, de tomar más créditos por otras clases de cartera hipotecario, el cúmulo no puede superar los
3.000 smmlv y en caso de exceder esta última cifra la diferencia queda sujeta a la aprobación respectiva de la Aseguradora.
9. PREGUNTA: En relación al anexo 3, Amparo automático. ¿El amparo automático tiene límite de edad?
RESPUESTA: El Amparo Automático no tiene límite de edad.
10. PREGUNTA: En relación al anexo 3, Endosos, Por favor ampliar información o aclarar como es el plan de trabajo de recuperación de endosos
RESPUESTA: El plan de trabajo lo debe plantear cada aseguradora.
11. PREGUNTA: En relación al pliego, FORMALIDADES DE LA POSTURA, ¿Es necesario adjuntar el SLIP de la aseguradora o se da por entendido la aceptación del anexo N°3?
RESPUESTA: La forma de presentar la propuesta es con el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales, así como la carta de presentación de postura donde se aceptan todos los términos y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones y sus Anexos.
12. PREGUNTA: En relación al anexo 5, ¿Frente a cada ramo se debe colocar la tasa?
RESPUESTA: La tasa se debe colocar en los anexos 11 y 12 dependiendo el ramo a ofertar.
13. PREGUNTA: Se solicita a la entidad el envío de la Base de datos del grupo asegurable discriminada para cada una de las carteras identificando su calidad de deudor, el número de crédito con datos básicos como: género y fecha de nacimiento o edad, saldo de la obligación.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
14. PREGUNTA: Se solicita a la Entidad indicar el porcentaje de crecimiento de la cartera durante los últimos tres (3) años y el volumen total asegurado actual. Así mismo se solicita su proyección estimada de crecimiento.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
15. PREGUNTA: Se solicita a la Entidad indicar el porcentaje xx xxxx de la cartera durante los últimos tres (3) o más años, el volumen total asegurado actual y los tiempos xx xxxx de 0 a 6 meses – 7 a 12 meses y más de 12 meses.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
16. PREGUNTA: Se solicita a la Entidad suministrar dentro de la información a entregar para presentar postura, la información de siniestralidad discriminada por cobertura afectada durante los últimos cinco (5) años.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
17. PREGUNTA: Se solicita a la Entidad suministrar dentro de la información a entregar para presentar postura, la información de clientes extraprimados.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
V. ALLIANZ
OBSERVACIONES VIDA GRUPO ASOCIADOS A CRÉDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA O A CONTRATOS DE LEASING HABITACIONAL
1. PREGUNTA: NUMERAL 5. REGIMEN JURÍDICO APLICABLE.
El presente proceso se encuentra regulado por el artículo 2.36.2.2.3 del Decreto 2555 de 2010, que establece como requisito de participación, lo siguiente:
“Artículo 2.36.2.2.3. Igualdad de acceso. (Modificado por el artículo 1° del Decreto 1534 del 29 de septiembre de 2016. Véase régimen de transición previsto en el artículo 9° del mismo decreto).
Todas las aseguradoras que estén autorizadas para ofrecer los xxxxx de seguros a licitar, que tengan una calificación de fortaleza financiera igual o superior a 'A' otorgada por una calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera Colombia, y que cumplan con los requisitos de admisibilidad adicionales incluidos en el pliego de condiciones, podrán participar en la licitación de que trata este Capítulo. La Superintendencia Financiera de Colombia determinará criterios bajo los cuales las entidades financieras podrán incluir dichos requisitos de admisibilidad adicionales. Parágrafo 1. Al proceso de licitación de que trata este Capítulo podrán presentarse las aseguradoras individualmente o a través de coaseguro. Parágrafo 2. En el pliego de condiciones no podrán establecerse condiciones o requisitos de admisibilidad adicionales que favorezcan a una entidad en particular. Los requisitos de admisibilidad adicionales que se incorporen en el pliego deberán atender criterios técnicos relacionados directamente con el seguro objeto de la licitación. Estos criterios deberán estar sustentados en un documento de soporte de justificación técnica que hará parte xxx xxxxxx de condiciones.” (resaltado fuera de texto)
De igual manera, establece la Circular Externa 022 de 2014:
“1. Segmentación.
Las instituciones financieras pueden segmentar su cartera cuando liciten los seguros asociados a la misma, siempre que existan criterios objetivos y razonables que tengan en cuenta la frecuencia y severidad de los siniestros. Para el efecto, dichas instituciones deben remitir a esta Superintendencia, de manera previa al inicio del proceso licitatorio, un documento que incluya los argumentos técnicos respecto de los criterios mediante los cuales realiza dicha segmentación, así como el resultado de la misma.
Sin perjuicio de lo anterior, las instituciones financieras deben tener en cuenta que la segmentación en ningún caso debe afectar la concurrencia en el proceso licitatorio, favoreciendo a una entidad particular, ni generar segmentos en los cuales se presente ausencia de cobertura por tratarse de lo(s) más riesgoso(s) respecto del seguro licitado.
En los eventos que se adelante segmentación de la cartera, la institución financiera puede decidir si realiza la adjudicación de los segmentos en el mismo proceso licitatorio o si adelanta procesos separados por segmentos.
SEGUNDA: El proceso licitatorio que adelante cada institución financiera debe propender por la participación de por lo menos dos (2) entidades aseguradoras; en consecuencia, si en su desarrollo se evidencia que, bajo las condiciones establecidas en el pliego, solamente participa una (1) entidad, la institución financiera debe comunicar dicha situación a esta Superintendencia, declarar desierta la licitación, e iniciar una nueva, ajustando los pliegos de condiciones y dando cumplimiento al numeral 5.1 de la presente instrucción en materia de plazos. La segunda licitación realizada bajo estas condiciones puede adjudicarse aun cuando solo una (1) entidad aseguradora participe en el proceso.
“1. Pliego de condiciones.
Las entidades aseguradoras interesadas en participar en la respectiva licitación, que tengan una calificación de riesgo en los términos previstos en el artículo 2.36.2.2.3 del Decreto 2555 de 2010, pueden retirar el pliego de condiciones de acuerdo con lo establecido en la invitación mencionada en el numeral anterior.” (resaltado fuera de texto)
Ahora bien, en relación con la participación de aseguradoras, el Decreto Único Financiero 2555 de 2010, modificado por el artículo 1 del Decreto 673 de 2014, ha indicado:
“[3–0592] Art. 2.36.2.1.1. Obligaciones de las instituciones financieras como tomadoras de seguros. Las instituciones financieras que actúen como tomadoras de seguros por cuenta de sus deudores, cualquiera sea la clase del seguro y la causa, distintos de aquellos asociados a créditos con garantía hipotecaria o leasing habitacional, deberán garantizar la libre concurrencia de oferentes, proteger y promover la competencia en el mercado de seguros. Para el efecto adoptarán procedimientos que se sujeten a los siguientes criterios:
Igualdad de acceso. Las instituciones financieras deberán invitar, mediante mecanismos de amplia difusión, a las entidades aseguradoras autorizadas para explotar el correspondiente ramo de seguros.
Igualdad de información. Las instituciones financieras suministrarán la misma información a las entidades aseguradoras que acepten la invitación a presentar propuestas, la cual ha de ser pertinente y suficiente para la elaboración de la misma, con la indicación exacta acerca de si en el negocio participa o no intermediario de seguro y el nivel aplicable de comisión por su labor, al igual que el monto que aplicará la institución financiera por la gestión de administración y recaudo.
Objetividad en la selección del asegurador. Las instituciones financieras deberán utilizar, para la selección de las propuestas, criterios en materia patrimonial y de solvencia, coberturas, precios e idoneidad de la infraestructura operativa que le coloque a su disposición la entidad aseguradora y será responsable de evitar el empleo de prácticas discriminatorias, relacionadas con situaciones distintas a las vinculadas directamente con la capacidad patrimonial y técnica de la entidad aseguradora proponente.
Elección de aseguradora de parte del deudor. Cuando la institución financiera escoja a más de una entidad aseguradora como oferentes xxx xxxxxx, sólo el deudor asegurado podrá elegir a su arbitrio, la que en su caso asumirá la cobertura del riesgo.
Periodicidad. El procedimiento de selección de que trata este artículo deberá efectuarse periódicamente, cuando menos una vez cada dos (2) años.”
Con base en las normas antes expuestas que regulan el presente proceso, de manera atenta solicitamos modificar las siguientes condiciones habilitantes de participación,
- Vida grupo deudores y/o locatarios:
Nivel de endeudamiento (Pasivo Total / Activo Total) Menor o igual al definido por el percentil 86.
Todo Riesgo Daño Material (incendio y terremoto) y de leasing habitacional:
Nivel de endeudamiento (Pasivo Total / Activo Total) Menor o igual al definido por el percentil 86.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
2. PREGUNTA: EXPERIENCIA EN EL MANEJO DE PROGRAMA DE SEGUROS.
Acreditar mediante una (1) certificación de un (1) solo cliente del sector financiero Anexo No. 14, que ha mantenido contratos de seguros de negocio hipotecario y/o leasing habitacional que son objeto de esta licitación con un mínimo de 11.000 de deudores asegurados, durante por lo menos tres (3) años dentro del período comprendido entre el 2013 y 2017. Acreditar mediante una (1) certificación de un (1) solo cliente del sector financiero Anexo No. 14, que ha mantenido contratos de seguros de negocio hipotecario y/o leasing habitacional que son objeto de esta licitación con un mínimo de 9.000 de predios o inmuebles asegurados, durante por lo menos tres (3) años dentro del período comprendido entre el 2013 y 2017.
Con el fin de lograr la pluralidad de oferentes, solicitamos a la Entidad eliminar la obligatoriedad de acreditar experiencia adquirida por los posibles oferentes exclusivamente en (1) certificación de contratos de seguros de negocio hipotecario y/o leasing habitacional que son objeto de esta licitación con un mínimo de 11.000 de deudores asegurados, durante por lo menos tres (3) años dentro del período comprendido entre el 2013 y 2017 y una (1) certificación de un (1) solo cliente del sector financiero Anexo No. 14, que ha mantenido contratos de seguros de negocio hipotecario y/o leasing habitacional que son objeto de esta licitación con un mínimo de 9.000 de predios o inmuebles asegurados, durante por lo menos tres (3) años dentro del período comprendido entre el 2013 y 2017.
Respetuosamente consideramos que la suscripción de las pólizas de vida deudores de crédito hipotecario o leasing habitacional corresponde a un segmento del portafolio de clientes que adquieren productos a través del sistema financiero colombiano, limitando el acceso a la presente invitación solo a un muy reducido grupo de aseguradoras.
Es importante resaltar que el producto financiero “crédito hipotecario o leasing habitacional”, no es general para todos los bancos que operan en el país, motivo por el cual NO todas las aseguradoras que contamos con el ramo: VIDA GRUPO DEUDORES, tenemos acceso a la emisión de pólizas para este xxxxx xx xxxxxxx.
De igual manera, debe tenerse en cuenta que acorde con lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia el ramo aprobado para amparar las obligaciones objeto del presente proceso, es VIDA GRUPO, guardando identidad de coberturas, amparos, operación y procedimiento para el pago de siniestros con independencia del grupo asegurado.
Por lo anterior, solicitamos modificar estos requisitos, permitiendo acreditar experiencia en clientes tomadas del sector financiero, en el ramo de Vida Grupo Deudores en general y en los últimos diez años.
Finalmente, nuestra solicitud permitirá contar con un mayor número de proponentes, sin que dicha aceptación implique que los posibles oferentes NO cuentan con la experiencia adecuada para atender las obligaciones surgidas de la presente invitación, por cuanto y como ya lo manifestamos, las pólizas de vida grupo cuyos tomadores corresponden al sector financiero, operan en forma similar con independencia del tipo de crédito al cual apliquen.
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. acepta la certificación de Establecimientos de Crédito, Corporaciones Financieras y Compañías de Financiamiento que estén asociadas al objeto de esta licitación, es decir contratos garantizados con hipoteca o leasing habitacional.
3. OTRAS OBSERVACIONES:
PREGUNTA: DURACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
Establece la Entidad: “la Aseguradora Adjudicataria con la que se haya celebrado el contrato de seguro en virtud de esta licitación, deberá prorrogar la(s) respectiva(s) cobertura(s) en las mismas condiciones, por el término adicional que señale el Banco, sin que dicho término exceda de noventa (90) días calendario”. (Xxxxxxxx y cursiva fuera de texto).
Observación:
Solicitamos a la Entidad modificar la condición de la prórroga en el sentido de permitir a las Compañías Aseguradoras ajustar los términos de conformidad con el resultado técnico de la póliza en la anualidad que finaliza, sin que sea obligatorio conservar las mismas condiciones otorgadas inicialmente; lo anterior con el fin de lograr un equilibrio económico entre las partes.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
4. PREGUNTA: SERVICIO DE RECAUDO XX XXXXXX:
Establece la Entidad: Póliza de vida: El cual no puede ser inferior treinta y cinco por ciento (35%) más IVA.
Observación:
Con el fin de lograr equilibrio económico entre las partes y considerando que la escogencia de la Compañía Aseguradora corresponde a aquella que ofrezca la menor tasa, respetuosamente solicitamos a la Entidad reconsiderar el porcentaje de servicios de recaudo establecido en el 35% + IVA, disminuyéndose al menos al 25%.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
5. PREGUNTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
Establece la Entidad: “La Aseguradora adjudicataria se obliga a constituir a su xxxxx y en favor del Banco Popular S.A. con una Aseguradora legalmente establecida en Colombia diferente a la oferente, una póliza de cumplimiento que ampare la totalidad de los perjuicios derivados del incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones a su cargo”. (Xxxxxxxx y cursiva fuera de texto).
Solicitamos a la entidad eliminar la exigencia de constituir la Garantía de Cumplimiento teniendo en cuenta en un momento dado puede hacer efectiva la póliza de seguro, por cuanto ésta presta mérito ejecutivo y no sería necesario un seguro para cubrir otro seguro.
Adicional a lo anterior, constitucionalmente se estableció un régimen especial de intervención estatal sobre la actividad aseguradora lo cual conllevó a que las aseguradoras fueran vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, entidad de derecho público que puede sancionar a las aseguradoras por el incumplimiento de sus obligaciones. En desarrollo de este proceso de vigilancia, se creó la ley 1328 de 2009 sobre Protección al Consumidor Financiero, el cual sanciona a las aseguradoras en caso de no proveer a los asegurados los productos y servicios con estándares de seguridad y calidad de acuerdo con las condiciones ofrecidas (Artículo 5); en caso de no entregar el producto o no prestar el servicio en las condiciones ofrecidas (artículo 7); lo anterior so pena de sanción impuesta por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Como queda claro, se tiene multiplicidad de mecanismos consignados en nuestro sistema jurídico para asegurar el cumplimiento de las condiciones contratadas en la póliza, en consecuencia, respetuosamente solicitamos a la Entidad eliminar la exigencia de constituir esta garantía.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
6. PREGUNTA: ANEXO No. 14 – EXPERIENCIA PRIMAS Y SINIESTROS
Comedidamente solicitamos a la Entidad eliminar del formato de experiencia en primas y siniestros, la información relacionada con la cantidad y valor de los siniestros objetados.
Comedidamente solicitamos a la Entidad eliminar del formato de experiencia en primas y siniestros la información relacionada con el número de asegurados; lo anterior por considerarse información confidencial y de trato especial.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
ANEXO 3 - SLIP DE CONDICIONES PARA SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES
7. PREGUNTA: GRUPO ASEGURABLE:
Comedidamente solicitamos a la Entidad informar cual es el porcentaje de “integrantes de la fuerza pública” que conforman el grupo asegurado actual.
RESPUESTA: El Banco Popular S.A. ofrece sus productos y servicios a los diferentes sectores y a la fecha no se tiene un estimado del porcentaje que corresponde a este xxxxx xx xxxxxxx.
8. PREGUNTA: DEFINICIÓN DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE: Comedidamente solicitamos a la Entidad mencionar en qué casos no es posible conocer la fecha de la estructuración de la cobertura de Incapacidad Total y Permanente y en la cual deba establecerse como fecha de ocurrencia la fecha del dictamen.
RESPUESTA: Se ratifica lo manifestado en el Anexo 3 “DEFINICION DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE”.
9. PREGUNTA: AMPARO AUTOMÁTICO:
Comedidamente solicitamos a la Entidad disminuir el valor establecido en la cobertura xx Xxxxxx Automático en al menos 500 SMMLV; lo anterior considerando que el valor establecido (1.800 SMMLV) resulta bastante amplio sin que se tenga la posibilidad de hacer análisis del riesgo.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
10. PREGUNTA: INDEMNIZACIÓN:
Comedidamente solicitamos a la Entidad reconsiderar la cantidad de días para proceder con el pago de la indemnización, ampliándose al menos a 10 días hábiles contados a partir de la fecha del recibo por parte de la Aseguradora de la documentación que sustente el siniestro.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
11. PREGUNTA: EDAD MINIMA DE INGRESO Y PERMANENCIA:
Establece la Entidad: “La edad mínima de ingreso es de 18 años, sin edad máxima de ingreso ni permanencia”.
Observación:
Comedidamente solicitamos a la Entidad limitar la edad máxima de ingreso a la póliza de la siguiente manera:
Cobertura Básica: 70 años Cobertura de ITP: 65 años
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
12. PREGUNTA: CONTINUIDAD XXX XXXXXX:
Comedidamente solicitamos a la Entidad mencionar cual (es) es (son) la (s) Compañía (s) aseguradora (s) actual (es).
RESPUESTA: SEGUROS DE VIDA ALFA S.A.
13. PREGUNTA: DEVOLUCIÓN XX XXXXXX: Observación:
Comedidamente solicitamos a la Entidad se permita mencionar en qué casos el Banco solicita realizar devolución xx xxxxxx.
RESPUESTA:
A. Dos o más créditos que tengan la misma garantía y a los cuales se les haya generado cobro de prima en más de un crédito.
B. Créditos para los cuales el deudor realiza el pago total, pero quedó un saldo inferior pendiente y sobre este se sigue generando cobro de seguro cuando el crédito ya debe estar cancelado.
C. Créditos para los cuales se ha incluido como deudor asegurado al titular errado
D. Cuando el Banco desconoce del siniestro y continúa asegurando al deudor.
E. Entre otras.
14. PREGUNTA: COMPOSICIÓN DEL FACTOR G:
Establece la Entidad:
Los oferentes deberán informar y discriminar la composición del factor G de la (s) tasa (s) de seguro ofrecida(s).
Observación:
Comedidamente solicitamos a la Entidad se permita informar cual es la justificación por la cual las Compañías deban discriminar el factor de gastos de la propuesta.
RESPUESTA: Se elimina la solicitud.
15. PREGUNTA: FORMATOS:
Con el fin de evitar errores de transcripción, comedidamente solicitamos a la Entidad remitir pliego de condiciones y formatos en Excel o Word según corresponda.
RESPUESTA: Se anexa pliego de condiciones, y formatos de los anexos 2, 5, 11 y 12.
16. PREGUNTA: SOLICITUDES ADICIONALES:
Comedidamente solicitamos a la Entidad remitir la siguiente información en formato Excel:
- Envío de listado de asegurados (no se requiere nombre ni identificación del deudor) en donde se incluya el valor asegurado, la fecha de nacimiento, la fecha desembolso y el periodo del crédito.
- Sino es factible lo anterior, solicitamos a la Entidad remitir la distribución del Grupo Asegurado por género y edad e informar el valor asegurado por cada uno de los siguientes rangos de edad.
RANGO DE EDAD | VALOR ASEGURADO | NÚMERO DE ASEGURADOS | DISTRIBUCIÓN POR GÉNERO |
20 – 30 AÑOS | |||
31 – 40 AÑOS | |||
41 – 50 AÑOS | |||
51 – 60 AÑOS | |||
61 – 70 AÑOS | |||
71 – 80 AÑOS | |||
81 – EN ADELANTE |
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
17. PREGUNTA: Solicitamos a la Entidad aclarar si las tasas ofertadas sólo aplicarán para la cartera nueva o si éstas se cobrarán también a la cartera actual. Si la respuesta es que sólo aplicarán para la cartera nueva, solicitamos a la Entidad informar las tasas y el porcentaje de la retribución por gestión administrativa que se aplica para la cartera actual.
RESPUESTA: La tasa que se contrate aplicará a partir del 1 de octubre de 2018 para todos los asegurados.
18. PREGUNTA: Solicitamos a la Entidad informar el histórico de número de asegurados a 31 de diciembre de cada año iniciando desde el año 2016 y la proyección de número de
asegurados con corte a diciembre de 2018 y diciembre de 2019, así como el valor asegurado total por cada una de las vigencias.
- Histórico de número de asegurados de los últimos tres (03) años.
- Solicitamos a la entidad informar cual es la cantidad de préstamos puestos mensualmente y el valor promedio del crédito.
- Solicitamos a la entidad informar los cien (100) máximos valores asegurados individuales con su respectiva edad y género.
- Solicitamos a la entidad informar los cien (100) asegurados con mayor edad con su valor asegurado y género.
- Solicitamos el valor de las primas cobradas de los últimos tres años con el fin de determinar el porcentaje de siniestralidad de la póliza.
- Informe detallado de siniestralidad de los últimos tres (03) años en el cual se informe:
Valor de Siniestro Pagados por cada una de las vigencias
Valor de Siniestros Objetados por cada una de las vigencias
Valor de los Siniestros pendientes por pagar actualizados a 30 xx Xxxx de 2018.
Causa de Siniestro (Cobertura afectada)
Fecha de pago del siniestro.
Fecha de aviso del siniestro.
Vigencia afectada
Siniestralidad detallada por cada uno de los rangos de edades
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
OBSERVACIONES TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO) ASOCIADOS A CRÉDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA O A CONTRATOS DE LEASING HABITACIONAL.
19. PREGUNTA: OBJETO DEL SEGURO.
Establece la Entidad
Deudor: Amparar todos los bienes muebles e inmuebles de terceros y empleados deudores, dados en garantía a favor de Banco Popular S.A.
Observación:
Se solicita aclarar si objeto de la licitación son también los bienes muebles y las coberturas que estén solicitando para estos bienes.
RESPUESTA: Se aclara que el objeto de la licitación son los bienes inmuebles y los elementos que lo conformen (ejemplo: calentadores).
20. PREGUNTA: SERVICIO DE RECAUDO XX XXXXXX:
Establece la Entidad: Póliza de todo riesgo daño material: El cual no puede ser inferior treinta por ciento (30%) más IVA.
Observación:
Con el fin de lograr equilibrio económico entre las partes y considerando que la escogencia de la Compañía Aseguradora corresponde a aquella que ofrezca la menor tasa, respetuosamente solicitamos a la Entidad reconsiderar el porcentaje de servicios de recaudo establecido en el 30% + IVA, disminuyéndose al menos al 25%.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
ANEXO 4
SLIP DE CONDICIONES PARA SEGURO DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO) DE DEUDORES ASOCIADOS A CREDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA Y O LEASIN HABITACIONAL
21. PREGUNTA: GRUPO ASEGURABLE:
Comedidamente solicitamos a la Entidad informar cual que conforman el grupo asegurado actual deudores y locatarios
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
22. PREGUNTA: DURACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
Establece la Entidad: “la Aseguradora Adjudicataria con la que se haya celebrado el contrato de seguro en virtud de esta licitación, deberá prorrogar la(s) respectiva(s) cobertura(s) en las mismas condiciones, por el término adicional que señale el Banco, sin que dicho término exceda de noventa (90) días calendario”. (Xxxxxxxx y cursiva fuera de texto).
Observación:
Solicitamos a la Entidad modificar la condición de la prórroga en el sentido de permitir a las Compañías Aseguradoras ajustar los términos de conformidad con el resultado técnico de la póliza en la anualidad que finaliza, sin que sea obligatorio conservar las mismas condiciones otorgadas inicialmente; lo anterior con el fin de lograr un equilibrio económico entre las partes.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
23. PREGUNTA: AMPARO AUTOMÁTICO:
Comedidamente solicitamos a la Entidad disminuir el valor establecido en la cobertura xx Xxxxxx Automático a 5000 SMMLV para Deudores y a 2500 SMMLV para Locatarios menos lo anterior considerando que el valor establecido (14.000 y 7.000 SMMLV) resulta bastante amplio sin que se tenga la posibilidad de hacer análisis del riesgo.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
24. PREGUNTA: INDEMNIZACIÓN:
Comedidamente solicitamos a la Entidad reconsiderar la cantidad de días para proceder con el pago de la indemnización, ampliándose al menos a 15 días hábiles contados a partir de la fecha del recibo por parte de la Aseguradora de la documentación que sustente el siniestro.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
25. PREGUNTA: CONTINUIDAD XXX XXXXXX:
Comedidamente solicitamos a la Entidad mencionar cual (es) es (son) la (s) Compañía (s) aseguradora (s) actual (es)
RESPUESTA: Seguros Alfa S.A. y Liberty Seguros S.A.
26. PREGUNTA: DEVOLUCIÓN XX XXXXXX: Observación:
Comedidamente solicitamos a la Entidad se permita mencionar en qué casos el Banco solicita realizar devolución xx xxxxxx.
RESPUESTA:
A. Dos o más créditos que tengan la misma garantía y a los cuales se les haya generado cobro de prima en más de un crédito.
B. Créditos para los cuales el Deudor realiza el pago total, pero quedó un saldo inferior pendiente y sobre este se sigue generando cobro de seguro cuando el crédito ya debe estar cancelado.
C. Créditos para los cuales se ha incluido como Xxxxxx asegurado al titular errado.
D. Cuando el Banco desconoce del siniestro y continúa asegurando al deudor.
E. Entre otras.
27. PREGUNTA: AMPAROS:
Se solicita a la entidad el envío de las definiciones de cobertura de los siguientes amparos, alcance y valor del límite asegurado
RESPUESTA: Frente a cada uno de los amparos se incluye la contestación:
Incendio y/x xxxx en aparatos eléctricos: Por el impacto directo xx xxxx sobre tales instalaciones eléctricas o sobre los edificios que los contienen. Por el incendio accidental que se produzca en ellos y que provenga de
cualquier causa no excluida en las condiciones de la póliza.
Gastos para reparaciones transitorias: Los gastos en que incurra el asegurado para realizar reemplazos temporales y/o provisionales o reacondicionamiento y/o reparación de los bienes asegurados afectados por siniestro, así como la ejecución de obras o construcciones provisionales o transitorias, siempre y cuando estos gastos sean requeridos para la
preservación y/o conservación de los bienes asegurado con el fin de establecer y continuar con igual eficiencia, como sea posible, las operaciones del giro normal de las actividades del asegurado que sean afectados directamente por un evento amparado.
Gastos para acelerar la reparación, reacondicionamiento o el reemplazo de los bienes asegurados: La compañía se obliga a indemnizar los gastos en que sea necesaria y razonablemente incurra el asegurado con el fin de acelerar la reparación, el reacondicionamiento o el reemplazo de los bienes asegurados, así como para restablecer lo más pronto posible las actividades del asegurado; así como para restablecer lo más pronto posible las actividades del asegurado; como consecuencia directa del siniestro.
No tasación de la propiedad no dañada en caso de siniestro: No será necesario inventario de la propiedad no dañada en un siniestro cuando la reclamación sea igual o menor a $15.000.000 millones.
Gastos adicionales: Indemnizar al asegurado los gastos adicionales (que no tengan carácter de permanentes), debidamente comprobados en que necesaria y razonablemente incurra como consecuencia directa del siniestro, hasta la suma aquí establecida del valor asegurado por predio afectado
Bienes a la intemperie: Cubre los bienes a la intemperie, siempre y cuando estos bienes asegurados se encuentren dentro del predio asegurado, con las debidas medidas de protección, requieran estar a la intemperie y el valor asegurado de estos bienes se encuentren incluidos dentro del valor asegurado del predio.
Modificaciones a favor del asegurado: Si durante la vigencia de la póliza se presentan modificaciones a las condiciones de la póliza que representen un beneficio a favor del asegurado, sin que impliquen un aumento a la prima originalmente pactada, tales modificaciones se consideran automáticamente incorporadas en la póliza.
Avisos y Vallas: La póliza se extiende a amparar estos bienes, siempre y cuando se trate de construcciones fijas y formen parte del valor de reconstrucción del Edificio Asegurado.
Modificaciones y/o reparaciones: No obstante, lo estipulado en la póliza se autoriza al Asegurado para efectuar las modificaciones y/o reparaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento del riesgo
Bienes bajo cuidado, tenencia y control: Se amparan las pérdidas o daños de cualquier género y proveniente de cualquier circunstancia a los bienes que se encuentran bajo cuidado, tenencia y control en poder del asegurado causados por un evento amparado en la póliza.
28. PREGUNTA: Se solicita se establezca no aplicación de infraseguro, siempre y cuando la diferencia del valor asegurado y asegurable no supere el 10%.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
29. PREGUNTA: Se solicita informar si el banco cuenta con avalúo actual de todos y cada uno de los riesgos asegurados, y los cuales puedan entregados a la Aseguradora en el momento que lo solicite.
RESPUESTA: El Banco cuenta con los avalúos, cuya fecha de actualización depende de si son bienes inmuebles con uso de vivienda y que respalden créditos de vivienda (desde la recepción física su actualización se efectúa por IVIUR para Bogotá e IVP para el resto del país) o para créditos diferentes a vivienda su actualización es cada 3 años.
30. PREGUNTA: ENDOSOS
Establece la entidad: las Aseguradoras deberán presentar un plan de trabajo de recuperación de endosos.
Las Aseguradora serán las encargadas de la revisión y análisis de las pólizas endosas de cualquiera de los xxxxx objeto de la licitación, dentro de los dos días hábiles siguientes a su recibo, para determinar que cumplen con las mismas condiciones técnicas de las pólizas tomada por el banco por cuenta deudores y/o locatarios, para lo cual suministrara una base de datos que permita administrar y controlar el vencimiento de las pólizas.
Se solicita a la Entidad aclarar este punto.
RESPUESTA: El plan de trabajo lo debe plantear cada aseguradora y la otra labor es la revisión de pólizas enviadas por los clientes.
31. PREGUNTA: FORMATOS:
Con el fin de evitar errores de transcripción, comedidamente solicitamos a la Entidad remitir pliego de condiciones y formatos en Excel o Word según corresponda.
RESPUESTA: Se anexa pliego de condiciones, y formatos de los anexos 2, 5, 11 y 12.
32. PREGUNTA: SOLICITUDES ADICIONALES:
Solicitamos a la entidad especialmente, se indique cual es la ubicación (dirección, ciudad, departamento o coordenadas geográficas) de cada uno de los predios a asegurar ya que se requiera para realizar un buen análisis técnico y de suscripción y nos permite conocer si requerimos alguna colocación facultativa.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
Solicitamos a la Entidad aclarar si el 100% de los créditos otorgados en el ramo de incendio y terremoto son destinados a vivienda familiar, o si hay casos en los cuales se acepten locales comerciales, y de ser así, por favor informar si hay alguna restricción para las actividades comerciales que puedan desarrollar en el bien inmueble y cuáles son.
RESPUESTA: Se asegura vivienda familiar y comercial sin restricción dentro de la póliza actual para estos últimos.
Agradecemos a la entidad suministrar la siniestralidad de los últimos tres años de todos los xxxxx en lo posible en formato Excel, indicando en dicha relación:
- Fecha del Reclamo
- Fecha de Indemnización
- Monto Reclamado
- Monto Indemnizado
- Estado Actual (pagado, autorizado, en reserva. objetado)
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
PREGUNTA: Solicitamos a la Entidad aclarar si las tasas ofertadas sólo aplicarán para la cartera nueva o si éstas se cobrarán también a la cartera actual. Si la respuesta es que sólo aplicarán para la cartera nueva, solicitamos a la Entidad informar las tasas y el porcentaje de la retribución por gestión administrativa que se aplica para la cartera actual.
RESPUESTA: La tasa a aplicar es la de adjudicación a partir del 01 de octubre de 2018 para todo el grupo asegurado.
PREGUNTA: Histórico de número de asegurados de los últimos tres (03) años.
Solicitamos a la Entidad informar cual es la cantidad de préstamos puestos mensualmente y el valor promedio del crédito.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
PREGUNTA: Solicitamos a la Entidad nos confirme cuales son los impuestos, tasas, derechos y similares que se deriven del contrato y que deben ser asumidos por la Aseguradora.
RESPUESTA: Los impuestos xx Xxx.
VI. MUNDIAL DE SEGUROS
1. PREGUNTA: Solicitamos al Banco se sirva informar la base de asegurados actuales, en la que se indique la fecha de nacimiento, número y nombres de identificación, así como la deuda de cada uno y/o la cartera total, lo más actualizada posible.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
2. PREGUNTA: En caso de que el anterior requerimiento no pueda publicarse, agradecemos al banco se sirva informar el rango de edades con valor de deuda, así como los valores mínimos y máximos de los créditos que actualmente ha otorgado el banco a sus clientes
De igual forma que sea informado el total de asegurados actuales y su proyección de crecimiento para los siguientes dos (2) años.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
3. PREGUNTA: Requerimos al Banco sea informado el detalle de siniestralidad de los últimos tres (3) años.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
4. PREGUNTA: Instamos al banco para que las condiciones de cobertura de la Incapacidad Total y Permanente sean modificadas de la siguiente forma:
- Edad Mínima de Ingreso: 18 años.
- Edad Máxima de Ingreso: 65 años y 364 días.
- Edad Máxima de Permanencia: 70 años y 364 días.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
5. PREGUNTA: Solicitamos al Banco con el objetivo de garantizar pluralidad de oferentes, se sirva ampliar el indicador de endeudamiento a: Menor o igual al 90%.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
VII. MAPFRE COLOMBIA
1. PREGUNTA: Con respecto a los REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES para Vida grupo deudores y/o locatarios:
Teniendo en cuenta que el Pasivo Total incluye las reservas técnicas que se constituyen por ley para respaldar los riesgos asumidos, permitir un nivel de endeudamiento menor o igual al 92%.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
Teniendo en cuenta que presentamos PERDIDA OPERACIONAL durante los periodos evaluados debido principalmente a los altos costos de reaseguro y la siniestralidad, solicitamos eliminar el requisito de Utilidad Neta Positiva.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
Permitir un indicador de respaldo de reservas técnicas mayor o igual al 85%.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
2. PREGUNTA: Con respecto a los REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES para Todo Riesgo Daño Material (incendio y terremoto) y de leasing habitacional:
Teniendo en cuenta que el Pasivo Total incluye las reservas técnicas que se constituyen por ley para respaldar los riesgos asumidos, permitir un nivel de endeudamiento menor o igual al 93%.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
Permitir un indicador de respaldo de reservas técnicas mayor o igual al 40%.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos
3. PREGUNTA: Con respecto a las condiciones técnicas para Todo Riesgo Daño Material (incendio y terremoto) y de leasing habitacional:
PLAZO PARA REPORTAR EL VALOR A ASEGURAR: agradecemos si el reporte se puede hacer a máximo 30 días; teniendo en cuenta que en caso de ser a 60 días más el plazo de pago estaríamos generando provisión de cartera por más de 120 días.
DEVOLUCION XX XXXXXX: en concordancia con el reporte de valor asegurado propuesto a 30 días, agradecemos modificar el término de devolución xx xxxxxx a 30 días.
PLAZO PARA EL PAGO DE LA PRIMA: modificar el plazo de pago de la prima a 30 días.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
AMPAROS: indicar si estos estarán limitados respecto de la suma asegurado o por el contrario serán a criterio de la aseguradora.
RESPUESTA: Remitirse al ítem de amparos en el Anexo 4 “SLIP DE CONDICIONES DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO) DE DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS GARANTIZADOS CON HIPOTECA
DEL BANCO POPULAR S.A. Y/O LEASING HABITACIONAL.”, el cual ha sido modificado.
INDEMNIZACIONES: indicar si es posible modificar el plazo de la indemnización a 30 días
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
PREGUNTA: Suministrar número de riesgos vigentes detallando cuales corresponden a Deudores y Locatarios.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
PREGUNTA: Indicar si se tiene tasas mínimas para deudores y locatarios.
RESPUESTA: No hay tasas mínimas
4. PREGUNTA: Con respecto a las condiciones técnicas para Vida grupo deudores y/o locatarios:
Suministrar la siniestralidad de los últimos 3 años indicando amparo y valor reclamado, fecha de siniestro y aviso de siniestro.
Suministrar información del total de la cartera actual indicando edades y valores de crédito más altos.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos.
VIII. SEGUROS DE VIDA ALFA S.A. y SEGUROS ALFA S.A.
1. PREGUNTA: Numeral 1.7.1 – Titulo de Capacidad Patrimonial y Financiera: El Banco solicita los indicadores por ramo, al describirlo como Vida Grupo deudores y/o locatarios, y Todo Riesgo Daño Material (incendio y terremoto) y de Leasing habitacional, en consecuencia solicitamos hacer claridad si dichos indicadores deben ser calculados para el total de la Compañía de Seguro de Vida y el total de la Compañía de Seguros Generales, de acuerdo con los xxxxx mencionados, toda vez que algunos de los indicadores no se pueden calcular por ramo.
RESPUESTA: Los indicadores se solicitan por compañía.
2. PREGUNTA: Numeral 1.7.1 – Nivel de Endeudamiento: El Banco requiere que el nivel de endeudamiento (Pasivo Total /Activo Total), sea menor o igual al definido por el percentil 80 para los xxxxx de Vida Grupo deudores y/o locatarios y por el percentil 70 para los xxxxx de Todo Riesgo Daño Material (incendio y terremoto) y de Leasing habitacional, toda vez que no tenemos certeza del cálculo de dicho percentil, sugerimos que el cumplimento de este indicador se defina como un valor porcentual menor a 90% en lugar del percentil.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
3. PREGUNTA: Numeral 1.7.1 – Margen de Solvencia: El Banco solicita los Márgenes de solvencia: Formato 290 para los xxxxx de Vida grupo deudores y/o locatarios y Todo Riesgo Daño Material (incendio y terremoto) y de leasing habitacional, solicitamos se sirvan aclarar a que Formato se refieren, toda vez que el formato en donde se reporta el Patrimonio Técnico Vs Patrimonio Adecuado a nivel Total Compañía a la Superintendencia Financiera de Colombia y con el cual se calcula el Margen de Solvencia, es el 480.
RESPUESTA: El Banco elimina este requerimiento.
4. PREGUNTA: Numeral 1.7.5 – Certificado Mercantil: El banco requiere que el Certificado de Registro Mercantil de la Cámara de Comercio sea con fecha de expedición no mayor a 30 días de antelación a la fecha de cierre de la licitación; solicitamos modificar la vigencia a, no mayor a 30 días de la entrega de los requisitos de admisibilidad; toda vez que los requisitos se entregaran el 18 xx xxxx de 2018 y si se deja con fecha de cierre de la licitación, 06 de julio de 2018, los certificados tendrán una vigencia mayor a la exigida.
RESPUESTA: El certificado debe tener fecha de expedición no mayor a 30 días de antelación a la fecha de entrega de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales.
IX. AXA COLPATRIA
TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO)
1. PREGUNTA: NUMERAL 1.7 – SUBNUMERAL 1.7.1 - TODO RIESGO DAÑO MATERIAL (INCENDIO Y TERREMOTO) Con el fin que la entidad cuente con pluralidad de oferentes, le solicitamos muy amablemente se modifique los siguientes indicadores financieros para Todo Riesgo Daño Material (incendio y Terremoto) y de Leasing habitacional, así:
Nivel de Endeudamiento: Permitir su presentación menor o igual al 88%
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
PREGUNTA: Utilidad neta positiva: Se permita presentar este indicador en negativo, toda vez que la entidad puede ajustar la capacidad financiera requerida sin que en ninguna forma se ponga en riesgo las condiciones de cumplimiento por parte del oferente, y permita establecer una exigencia adecuada y proporcional al Proceso de Contratación de la referencia, por favor tener presente que la utilidad nada tiene que ver con el proceso contractual que se pretende suscribir, pues si bien es cierto esta es negativa no debe preocupar a la entidad en cuanto al respaldo que está adquiriendo, pues el rubro que protege los distintos riesgos que pueda llegar a tener a la entidad son respaldados mediante las reservas técnicas de seguros que son las que estima la Superintendencia Financiera de Seguros para cualquier eventualidad que se presente, junto con los respaldos de reaseguros internaciones con los que se cuentan para responder por todos los eventos que se llegaren a presentar. Nótese que a través del tiempo no solo esta compañía, si no varias compañías aseguradoras han presentado una utilidad negativa, sin que esto influya en el normal funcionamiento de las mismas o impida responder por los siniestros que se presenten.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
2. PREGUNTA: NUMERAL 3 – SUBNUMERAL 3.1 – OBJETO – Agradecemos a la entidad confirmar si se pueden entregar ofertas parciales por uno de los dos xxxxx, o si por el contrario es de obligatoriedad entregar oferta para el ramo de Vida Grupo Deudor y Todo Riesgo Daño Material (Incendio y Terremoto).
RESPUESTA: El Banco confirma que se puede presentar oferta para los dos seguros Incendio deudores y Vida grupo deudores o para alguno de los dos.
3. PREGUNTA: NUMERAL 3.3 ENTREGA XX XXXXXX DE CONDICIONES – Agradecemos a la entidad confirmar si la compañía aseguradora que no recibió el pliego de condiciones al correo de donde se manifestó el interés a participar, puede descargarlo de la página Web y presentar requisitos de admisibilidad y oferta sin agravante alguno, esto teniendo en cuenta que manifestamos interés, pero nunca obtuvimos respuesta por parte de la entidad.
RESPUESTA: Se adjunta copia del correo al que se remitió el pliego de acuerdo con la solicitud de la Compañía; no obstante, no hay inconveniente en que lo haya bajado de la página web del Banco que es fiel copia del remitido.
4. PREGUNTA: NUMERAL 4.10 – SERVICIO DE RECAUDO XX XXXXXX – Agradecemos a la entidad aclarar que estos porcentajes de servicio de recaudo, serán calculados sobre la prima mensual efectivamente recaudada sin incluir IVA.
RESPUESTA: Los porcentajes de servicio de recaudo de prima se calculan sobre las primas antes de IVA
5. PREGUNTA: NUMERAL 4.3 – INFRAESTRUCTURA OPERATIVA – SUBNUMERAL 4.3.3
– Agradecemos a la entidad aclarar que una vez emitidas las certificaciones individuales de seguro por parte de la aseguradora adjudicataria, la entrega de certificados individuales a los asegurados está a cargo del Banco; esto teniendo en cuenta lo que se estipula en el Decreto 1534 del 29/09/2016, articulo 2.36.2.2.8 y 2.36.2.2.5, donde la obligación de entregar el certificado de seguro al deudor corresponde a la entidad Financiera y de la aseguradora de remitir las caratulas y condiciones vía email en formato PDF al Banco.
RESPUESTA: La certificación la entrega la Aseguradora al Banco y este a su vez la envía al cliente.
6. PREGUNTA: NUMERAL 4.3 – INFRAESTRUCTURA OPERATIVA – SUBNUMERAL 4.3.4
- Agradecemos a la entidad informar cual es el promedio mensual de endosos recibidos por el BANCO POPULAR y que surten el proceso de validación.
RESPUESTA: El promedio mensual de endosos es de 35.
7. PREGUNTA: NUMERAL 4.3 – INFRAESTRUCTURA OPERATIVA – SUBNUMERAL 4.3.6
- Agradecemos a la entidad informar cual es el promedio de casos recibidos para atención de derechos de petición y tutelas.
RESPUESTA: El promedio mensual de derechos de petición y tutelas es de 1
8. PREGUNTA: NUMERAL 4.4 – EXPEDICION DE LAS POLIZAS Y DE CERTIFICACIONES INDIVIDUALES - Agradecemos a la entidad modificar este numeral estableciendo que la entrega de las pólizas y certificados individuales serán entregados via email y en formato PDF según lo estipula el Decreto 1534 del 29/09/2016, articulo 2.36.2.2.8 y 2.36.2.2.5, donde la obligación de entregar el certificado de seguro al deudor corresponde a la entidad Financiera y de la aseguradora de remitir las caratulas y condiciones vía email en formato PDF al Banco
RESPUESTA: La certificación la entrega la Aseguradora al Banco y este a su vez la envía al cliente.
9. PREGUNTA: NUMERAL 4.5 – COBRO Y PAGO MENSUAL XX XXXXXX - Agradecemos a la entidad informar cual es el manejo que se lleva a cabo, para las cancelaciones y devoluciones xx xxxxxx.
RESPUESTA: La prima se calcula mensualmente sobre las bases que el Banco reporta con la misma periodicidad y que contienen la cartera e inmuebles a asegurar. Sin embargo, en el caso de clientes que pese a figurar en las bases reportadas se les deba efectuar devolución de prima se informará a la aseguradora quien deberá reintegrar la prima pertinente.
10. PREGUNTA: NUMERAL 4.6 – INFORMES MENSUALES - Agradecemos a la entidad confirmar el canal utilizado por el BANCO POPULAR para la transmisión de la información de forma segura.
RESPUESTA: Para la entrega de bases de datos se utiliza actualmente Share field, en el evento de un cambio se informará.
11. PREGUNTA: ENTREGA DE INFORMACION: Xxxxxxxxxxx a la entidad suministrar la siguiente información, con el fin de estructurar la mejor oferta para el Banco:
Incendio y Terremoto:
Relación de asegurados donde se detalle: Valor asegurado, ciudad, dirección del riesgo, tipo (comercial o residencial), altura de la cuota, información del asegurado
Relación de siniestros de las últimas 3 vigencias detallando: Fecha ocurrencia, fecha de aviso, valor pagado, cobertura afectada.
Información de crecimiento en la cartera histórica y proyecciones para los próximos años.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos
VIDA GRUPO DEUDORES Y/O LOCATARIOS
1. PREGUNTA: 1. NUMERAL 1.7 – SUBNUMERAL 1.7.1 - VIDA GRUPO DEUDORES Y/O LOCATARIOS - NIVEL DE ENDEUDAMIENTO - Con el fin que la entidad cuente con pluralidad de oferentes, le solicitamos muy amablemente se modifique el siguiente indicador financiero para Vida Grupo Deudores y/o Locatarios, así: Nivel de Endeudamiento: Permitir acreditar así menor o igual al 83%
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
2. PREGUNTA: NUMERAL 3 – SUBNUMERAL 3.1 – OBJETO – Agradecemos a la entidad confirmar si se pueden entregar ofertas parciales por uno de los dos xxxxx, o si por el contrario es de obligatoriedad entregar oferta para el ramo de Vida Grupo Deudor y Todo Riesgo Daño Material (Incendio y Terremoto).
Anudado a lo anterior agradecemos a la entidad informar si en los casos de compañías aseguradoras que cuentan con una compañía para Vida y otra para generales, pueden presentar su oferta para el ramo objeto de su actividad económica, por cada una de las compañías.
RESPUESTA: El Banco confirma que se puede presentar oferta para los dos seguros Incendio deudores y Vida grupo deudores o para alguno de los dos.
3. PREGUNTA: NUMERAL 3.3 ENTREGA XX XXXXXX DE CONDICIONES – Agradecemos a la entidad confirmar si la compañía aseguradora que no recibió el pliego de condiciones al correo de donde se manifestó el interés a participar, puede descargarlo de la página Web y presentar requisitos de admisibilidad y oferta sin agravante alguno, esto teniendo en cuenta que manifestamos interés, pero nunca obtuvimos respuesta por parte de la entidad.
RESPUESTA: Enviamos pantallazo del correo remitido a su aseguradora el 24 xx xxxxx de 2018 a las 4:43 p.m. el cual no fue rechazado; no obstante, no hay inconveniente en que lo haya bajado de la página web del Banco que es fiel copia del remitido.
4. PREGUNTA: NUMERAL 4.10 – SERVICIO DE RECAUDO XX XXXXXX – Agradecemos a la entidad aclarar que estos porcentajes de servicio de recaudo, serán calculados sobre la prima mensual efectivamente recaudada sin incluir IVA.
RESPUESTA: Para el cálculo del Servicio de Gestión de Recaudo se tomará como base remitida del mes a asegurar y sobre la que el Banco cancela la prima respectiva.
5. PREGUNTA: NUMERAL 4.3 – INFRAESTRUCTURA OPERATIVA – SUBNUMERAL 4.3.3
– Agradecemos a la entidad aclarar que una vez emitidas las certificaciones individuales de seguro por parte de la aseguradora adjudicataria, la entrega de certificados individuales a los asegurados está a cargo del Banco; esto teniendo en cuenta lo que se estipula en el Decreto 1534 del 29/09/2016, articulo 2.36.2.2.8 y 2.36.2.2.5, donde la obligación de entregar el certificado de seguro al deudor corresponde a la entidad Financiera y de la aseguradora de remitir las caratulas y condiciones vía email en formato PDF al Banco.
RESPUESTA: La certificación la entrega la Aseguradora al Banco y este a su vez la envía al cliente.
6. PREGUNTA: NUMERAL 4.3 – INFRAESTRUCTURA OPERATIVA – SUBNUMERAL 4.3.4 - Agradecemos a la entidad informar cual es el promedio mensual de endosos recibidos por el BANCO POPULAR y que surten el proceso de validación.
RESPUESTA: El promedio mensual de endosos es de 17
7. PREGUNTA: NUMERAL 4.3 – INFRAESTRUCTURA OPERATIVA – SUBNUMERAL 4.3.6 - Agradecemos a la entidad informar cual es el promedio de casos recibidos para atención de derechos de petición y tutelas.
RESPUESTA: El promedio mensual de derechos de petición y tutelas es de 25
8. PREGUNTA: NUMERAL 4.4 – EXPEDICION DE LAS POLIZAS Y DE CERTIFICACIONES INDIVIDUALES - Agradecemos a la entidad modificar este numeral estableciendo que la entrega de las pólizas y certificados individuales serán entregados via email y en formato
PDF según lo estipula el Decreto 1534 del 29/09/2016, articulo 2.36.2.2.8 y 2.36.2.2.5, donde la obligación de entregar el certificado de seguro al deudor corresponde a la entidad Financiera y de la aseguradora de remitir las caratulas y condiciones vía email en formato PDF al Banco
RESPUESTA: La certificación la entrega la Aseguradora al Banco y este a su vez la envía al cliente.
9. PREGUNTA: NUMERAL 4.5 – COBRO Y PAGO MENSUAL XX XXXXXX - Agradecemos a la entidad informar cual es el manejo que se lleva a cabo, para las cancelaciones y devoluciones xx xxxxxx.
RESPUESTA: La prima se calcula mensualmente sobre las bases que el Banco reporta con la misma periodicidad y que contienen la cartera e inmuebles a asegurar. Sin embargo, en el caso de clientes que pese a figurar en las bases reportadas se les deba efectuar devolución de prima se informará a la aseguradora quien deberá reintegrar la prima al Banco.
10. PREGUNTA: NUMERAL 4.6 – INFORMES MENSUALES - Agradecemos a la entidad confirmar el canal utilizado por el BANCO POPULAR para la transmisión de la información de forma segura.
RESPUESTA: Para la entrega de bases de datos se utiliza actualmente Share field, en el evento de un cambio se informará.
11. PREGUNTA: ANEXO 3 – SLIP CONDICIONES GRUPO DEUDOR - AMPAROS – Agradecemos a la entidad modificar el siguiente párrafo: “Para los deudores y/o locatarios que se encuentran dentro xxx xxxxxx automático se ampara la muerte y la incapacidad total y permanente por cualquier causa sin ningún tipo de exclusiones, salvedades o limitaciones para el pago de las reclamaciones por cualquier concepto, es decir, se indemnizaran todos los reclamos que afecten la póliza sea cual fuere su naturaleza, incluyendo todo tipo de preexistencias.”, disminuyendo la cobertura de pre existencias a un valor máximo de $ 500.000.000
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
12. PREGUNTA: ANEXO 3 – Agradecemos a la entidad confirmar que en la xxxx de los clientes sea cualquiera de sus modalidades de crédito, las primas correspondientes a la cobertura otorgada durante este periodo de tiempo, Sera asumida por el Banco.
RESPUESTA: La prima la cancela el Banco.
13. PREGUNTA: ANEXO 3 – AMPARO AUTOMATICO – Agradecemos a la entidad limitar el amparo automático por línea de crédito a un máximo de 650 SMMLV y a un máximo por deudor de 1.100 SMMLV.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
14. PREGUNTA: ANEXO 3 – INDEMNIZACION – Agradecemos a la entidad aumentar el plazo para el pago de siniestros así: por fallecimiento no mayor a 5 días hábiles y 7 días hábiles por Incapacidad Total y Permanente.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
15. PREGUNTA: ANEXO 3 – PLAZO PARA EL PAGO DE LA PRIMA – Agradecemos a la entidad disminuir el plazo para el pago de la prima a un término no mayo a 30 días calendario, una vez entregadas las respectivas facturas al Banco.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
16. PREGUNTA: ANEXO 3 – Agradecemos a la entidad permitir limitar la edad de permanencia para la cobertura de ITP hasta los 82 Años + 364 días.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
17. PREGUNTA: ANEXO 3 – ERRORES E INEXACTITUDES DEL TOMADOR – Agradecemos a la entidad eliminar esta cláusula.
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
18. PREGUNTA: ENTREGA DE INFORMACION: Xxxxxxxxxxx a la entidad suministrar la siguiente información, con el fin de estructurar la mejor oferta para el Banco.
Vida Grupo Deudores:
• Relación de asegurados donde se detalle: Valor asegurado (saldo inicial o saldo insoluto), fecha de nacimiento y/o edad del asegurado, género, altura de la cuota.
• Información de crecimiento en la cartera histórica y proyecciones para los próximos años.
• Relación de siniestros de las últimas 3 vigencias detallando: Fecha ocurrencia, fecha de aviso, valor pagado, cobertura afectada.
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos
X. ASEGURADORA SOLIDARIA
1. PREGUNTA: En relación con los indicadores financieros exigidos en el numeral 2.2. para la póliza de Todo riesgo daño material, solicitamos a la entidad la forma la forma como se calculó el percentil 70 para el índice de endeudamiento, toda vez que el índice de endeudamiento promedio del sector asegurador es del 77% (Cifras tomadas de la página de la Superfinanciera), revisando del total de 24 compañías solo 5 cumplen con el indice inferior al 70%, esto indica que tan solo el 25% del sector cumple con el indicador exigido por el Banco Popular, es decir que el 75% del sector está por fuera del percentil calculado por la entidad. Por tal motivo agradecemos indicar la forma como se calculó dicho percentil el cual está fuera de promedio xxx xxxxxxx.
Ahora bien, es importante tener presente lo que establece los Decretos y circulares que rigen el presente proceso, y principalmente queremos referirnos a la Circular Externa 022 de 2014 emitida por la Superfinanciera la cual señala en el numeral 2.1.1. lo siguiente:
1.1.1. Capacidad financiera y patrimonial: Requisitos que se asocian a la materialidad y riesgo implícito de la cartera sujeta a aseguramiento; por lo cual, los valores objetivos de los indicadores deben definirse atendiendo un análisis técnico, que debe quedar a disposición de esta Superintendencia. Para el efecto, las instituciones financieras pueden requerir indicadores que den cuenta de la capacidad patrimonial y financiera, potencial y futura de las entidades aseguradoras, para asumir los riesgos, tales como: margen de solvencia, patrimonio técnico, reservas técnicas, nivel de endeudamiento y liquidez. (Lo negrilla y subrayado es nuestro)
Conforme con la norma citada anteriormente, la Superfinanciera considera que para este tipo de procesos se deben exigir indicadores financieros objetivos y bajo un previo análisis para establecer cuáles son los indicadores que permiten una participación plural. Por tal motivo, solicitamos al Banco establecer para el índice de endeudamiento el mismo percentil solicitado para la oferta de vida grupo deudores el cual está en “Menor o igual al percentil 80”, ya que este límite si permitiría una participación plural de proponentes y es proporcional al índice promedio xxx xxxxxxx.
RESPUESTA: El indicador para las compañías de vida y las de generales será menor o igual al 90%.
Se elimina el concepto de percentil para las dos compañías.
2. PREGUNTA: Es importante tener presente lo observado, ya que al habilitarse únicamente un proponente, trae como consecuencia que el Banco tenga que modificar los pliegos y volver a realizar un nuevo proceso de licitación, situación que ocurrió con este mismo proceso hace dos años, por lo tanto, es importante evitar que incurran en un desgaste administrativo para el Banco y tomar en cuenta las experiencias de las licitaciones anteriores; toda vez que de mantenerse los indicadores que afectan a casi todo el sector asegurador, nos veríamos en la obligación de advertir a la Superintendencia financiera esta situación, teniendo en cuenta que se estaría restringiendo la participación de un número importante de aseguradoras. Adicionalmente, agradecemos a la entidad publicar la justificación de los requisitos admisibles adicionales toda vez que así lo exige el Parágrafo
2. Del artículo 2.36.2.2.3. el cual señala taxativamente lo siguiente:
RESPUESTA: El Banco remitió con el pliego de invitación y anexos la Justificación de Requisitos de Admisibilidad Adicionales e igualmente publicó dicho contenido en la página web del Banco.
3. PREGUNTA: Dentro de los mismos requisitos exigen que los oferentes deben adjuntar para habilitarse el respaldo de reaseguro con el que se respalda la oferta indicando % de participación de los reaseguradores, al respecto solicitamos trasladar este requisito para la segunda etapa y se entregue el mismo junto con la postura económica, toda vez que al
momento de habilitarnos desconocemos la relación de valores asegurados y grupo de deudores, y la siniestralidad del negocio, por lo tanto contaríamos con este respaldo una vez el Banco suministre esta información y la misma se entregara posteriormente a la entrega de requisitos habilitantes. En los procesos en curso revisados últimamente de seguros de entidades financieras, exigen este requisito junto con la postura económica precisamente por lo aquí expuesto (caso FONDO NACIONAL DEL AHORRO).
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado en el pliego de condiciones y sus anexos.
4. PREGUNTA: Respecto con la experiencia exigida, para los seguros de vida grupo deudores e incendio deudores, solicitamos indicar que los número de asegurados a acreditar se encuentre en una vigencia técnica anual dentro del periodo 2013 y 2017, sin exigir que se tenga una vinculación mínima de un año es importante citar que los contratos con este tipo de objeto, solo tienen una vigencia de un año y con posibilidad de prorrogar un año más por lo tanto no tiene sentido exigir experiencia con vinculación mínima de un año. De igual forma solicitamos se acepte acreditar 3 certificaciones y cumplir con la sumatoria de todos los bienes asegurados y deudores asegurados de los 3 clientes, el mínimo exigido en el pliego de condiciones
RESPUESTA: Se mantiene lo solicitado de una certificación y se acepta la certificación de Establecimientos de Crédito, Corporaciones Financieras y Compañías de Financiamiento que estén asociadas al objeto de esta licitación, es decir contratos garantizados con hipoteca o leasing habitacional.
5. PREGUNTA: Solicitamos al banco confirmar que se pueden presentar oferta para los dos seguros incendio deudores y vida grupo deudores o para alguno de los dos seguros, sin obligar presentar propuesta a las dos pólizas, teniendo en cuenta que los dos seguros son de naturaleza distinta y existen compañías de seguros generales y vida con personería jurídica diferente e independiente.
RESPUESTA: El Banco confirma que se puede presentar oferta para los dos seguros Incendio deudores y Vida grupo deudores o para alguno de los dos.
6. PREGUNTA: Favor indicar la póliza de garantía de seriedad de la oferta en qué momento se debe presentar, en los requisitos de admisibilidad o en la presentación de la postura
RESPUESTA: El Banco confirma lo manifestado en el numeral 3.8 xxx xxxxxx, que cita la entrega de la Garantía de seriedad de la oferta junto con la postura
7. PREGUNTA: Favor indicar si el Anexo 6, 7 y 8 deben ir firmados por el representante legal.
RESPUESTA: El Banco considera que no es necesaria la firma, teniendo en cuenta que con la presentación del Anexo 2 acepta que todos los documentos y Anexos son parte de las características del seguro a contratar.
8. PREGUNTA: Favor indicar si para la entrega de los requisitos de admisibilidad es necesario entregar nuevamente el acuerdo de confidencialidad Anexo 1
RESPUESTA: Se debe entregar el documento físico que fue remitido por cada una de las aseguradoras solicitando el envío xxx xxxxxx.
9. PREGUNTA: Xxxxxxxxxxx confirmar la tasa con cuantos decimales se deben presentar.
RESPUESTA: Se mantiene lo manifestado en los Anexos 3 y 4 “TASAS” que informa que la cantidad máxima de decimales es 2.
10. PREGUNTA: Con respecto a la siguiente información en la sección de VALOR ASEGURADO INDIVIDUAL deseamos se aclare:
Cartera Centralizada y empleados: El Banco Popular S.A., declara mes vencido saldo insoluto de la deuda que incluye capital no pagado más los intereses del plazo xx xxxxxx, los intereses corrientes y moratorios, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito hasta ciento ochenta (180) días después del fallecimiento, primas de seguros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito y cualquier otra suma que se relacione con la misma operación del crédito y sobregiros.
Leasing Habitacional: Reporta mes vencido el capital, otras cuentas por cobrar e intereses corrientes, moratorios. El valor asegurado para cada deudor será el saldo insoluto de la deuda reportada por el Tomador que incluye capital no pagado, más los intereses corrientes, moratorios hasta 180 días, primas de seguro, sobregiros y cualquier otra suma que se relacione con la misma operación del leasing y a cargo del locatario, a la fecha de fallecimiento o de la fecha de estructuración de la incapacidad total y permanente y hasta la fecha en que la Aseguradora realice el pago de la prestación asegurada al Banco Popular S.A., beneficiario.
UCH – Unidad de Crédito Hipotecario: Reporta mes vencido el saldo insoluto de la deuda. El valor asegurado para cada deudor será el saldo insoluto de la deuda reportada por el Tomador que incluya capital no pagado más los intereses corrientes y moratorios, sobregiros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito hasta 91 días, después del fallecimiento o de la fecha de estructuración de la incapacidad total y permanente.
Agradecemos aclarar pues esta figura no es la definida por la Superintendencia financiera, para la determinación de la suma asegurada como saldo insoluto de deuda. ¿Las primas se pagan? ¿Cuál es el sustento para esta petición, si puede configurar un enriquecimiento?, situación que es normada por el código de comercio frente a los objetos de los contratos de seguro.
RESPUESTA:
Valor asegurado individual: Corresponde al saldo insoluto de la deuda reportado por el Banco que incluye capital no pagado más intereses del plazo xx xxxxxx, intereses corrientes y moratorios, primas de seguros, cuentas por cobrar asociadas a cada crédito y cualquier otra suma que se relacione con la misma operación del crédito.
Valor a indemnizar: Corresponde al valor asegurado individual a la fecha de ocurrencia del siniestro.
11. PREGUNTA: En la sección de AMPAROS indica:
Para los deudores y/o locatarios que se encuentran dentro xxx xxxxxx automático se ampara la muerte y la incapacidad total y permanente por cualquier causa sin ningún tipo de exclusiones, salvedades o limitaciones para el pago de las reclamaciones por cualquier concepto, es decir, se indemnizaran todos los reclamos que afecten la póliza sea cual fuere su naturaleza, incluyendo todo tipo de preexistencias.
¿Agradecemos aclarar si el evento generador se da antes de iniciar la cobertura se paga el siniestro? ¿O si la persona ingresa incapacitada, se paga el siniestro?
RESPUESTA: No hay ningún tipo de exclusiones y el pago se debe hacer teniendo en cuenta la fecha ocurrencia del siniestro.
12. PREGUNTA: AMPARO AUTOMÁTICO
La cotización debe tener en cuenta un límite xxxxxx xx xxxxxx automático para cada deudor y/o locatario asociado con garantía hipotecaria y/o leasing habitacional por clases de cartera, así: Otras Líneas (Cartera Centralizada, UCH Unidad de Crédito Hipotecario, Empleados, Leasing habitacional) de 1.800 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
La suma anterior será hasta la cual los deudores y/o locatarios asociados con garantía hipotecaria y/o leasing habitacional quedarán asegurados automáticamente sin requisitos de asegurabilidad y se actualizarán automáticamente con el incremento xxx xxxxxxx mínimo mensual legal vigente, a partir del 01 de enero de cada año.
¿Agradecemos aclarar si el evento generador se da antes de iniciar la cobertura se paga el siniestro? ¿O si la persona ingresa incapacitada, se paga el siniestro? Para los casos de ITP
RESPUESTA: No hay ningún tipo de exclusiones y el pago se debe hacer teniendo en cuenta la fecha ocurrencia del siniestro.
13. PREGUNTA: Solicitamos nos envíen la información donde se valide el volumen de siniestros mensual por cada cobertura
RESPUESTA: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2.2.2.5.1 de la Circular Externa 003 de 2017 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, la información requerida para la presentación de posturas por parte de las Compañías Aseguradoras, será entregada a las Aseguradoras que hayan cumplido la totalidad de los requisitos de admisibilidad y admisibilidad adicionales establecidos en el pliego de condiciones y sus anexos
14. PREGUNTA: El documento que acredita la ocurrencia del siniestro es el Certificado del Saldo insoluto de la deuda de persona facultada por la entidad. En este caso cual es el motivo de obviar este requisito y reemplazarlo por: “El valor a indemnizar será el registrado en la base de datos entregada por el Banco a la Compañía de seguros.”? ¿Cómo se controla el fraude en este aspecto?
RESPUESTA: El Banco entrega mensualmente a la Aseguradora adjudicada la base de datos que contiene entre otros el valor asegurado de sus deudores y/o locatarios; cuando se efectué la indemnización el Banco verifica que corresponda al valor asegurado a la fecha de ocurrencia del siniestro.
Finalmente, se adjunta el pliego de condiciones y los Anexo 2, 3 y 4 modificados que serán publicados el día 10 xx xxxx de 2018 en la página web del Banco.
Cordialmente,
Dirección de Seguros Banco Popular