COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
� Una empresa
� de clasemundial
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
CONTRATO HOJA
700462607
1 DE 14
Proveedor:
Su número en nuestra empresa: 4000018 HERRAMIENTAS TECNICAS, S.A.
XXXX XXXXXXXXX Xx. 00 CALZADA XXXXXXXXX 16
53340 NAUCALPAN-XXXXXX XX XXXXXXXXX
R.F.C. HTE660323DW6 TB_FAX.:015553730462 Teléfono(s): 000000000000
Oferta S/N Fecha
Sftvase suministrar a:
Dirección indicada en cada posición
Ver claúsula de plazo de entrega ó ejecución
Facturar a:
COMISION FEDERAL DE 8-ECTRICIDAD XX. XXXXX XX XX XXXXXXX Xx.000
XXX. XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX
X.X. 00000 XXXXXX, X.X.
R.F.C. CFE-370814-QIO
Procedimient.o de compra:
ADJUDICACIÓN DIRECTA INTERNACIONAL (ART. 42)
Datos generales:
Sociedad 0000 XX Xxxxx xx Xxxxxx Centro
Moneda MXP Pesos Mexicanos Gpo. Comp. XXXXXXXX XXXXXXX S
Cond. de Ent. EDF ENTREGA DESTINO FINAL
Cond. pago Pago a 20 Oías
Fecha
TOTAL .. 78,890.44.. MXP
IMPORTE CON LETRA ••SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS MEXICANOS 44/1 oo· •
La adjudicación del presente contrato se realiza con fundamento en lo preceptuado en los artículos 26 fracción III Y 28 fra·cción 11, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, a través de un procedimiento de ADJUDICACION DIRECTA INTERNACIONAL para la adquisición de: ADQUISICIÓN DE MATERIAL Y HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS.
Solped(s): 500547712 partidas 2, 3 y 9 500546160 pos. 7,8 y 11
No. de procedimiento: AA-000XXX000-1543-2015 (ADJ-DVMC-B/ZP-021-2015)
Importe antes de IVA: $68,009.00 Sesenta y Ocho mil nueve pesos Moneda nacional. Precios: Fijos
Aplica Lapem: NO Garantía: SI (10%)
País de Origen de los Bienes: México Tipo de empresa: pequeña.
Plazo de entrega: 100% a los 30 días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de fallo. Xxxxx xx Xxxxx: 09 de noviembre de 2015.
Vigencia del contrato: al 31 de diciembre de 2015.
Usuario: lng. Xx xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Jefe de Departamento de Planeación y Construcción, Xxxx Xxxxxxx.
CONTRATO DE NTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, A LA Ql,JE EN LO suc��º· $�OMINARÁ LA COMISIÓN
REPRESENTADA P R ING. XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, EN S� CARÁCTER DE SUBGERENTE DE PLANEACIÓN Y CONSTRU�CIÓN ADSCRITO A LA G ENCIA VIS��L DE Dl�TRIBUCIÓN
FECHA
XXXXX DE MÉXI CENTRO, Y POR LA OTRA HERRAMIENTAS TECNICAS SA. QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMIN - PROVEEDOR, REPRES TADfPOR EL XX. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX, SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, QUE SE FORM A ENOR DE LAS SIGUIENTES:
\
PUESTO
FECHA FECHA
/
PUESTO
FECHA
� Una empresa
� de clase niun(f,a/
DECLARACIONES
l. LA COMISIÓN declara que:
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CONTRATO
HOJA
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1.1. Es una empresa productiva del Estado de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propia y goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
1.2. Tiene por objeto prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, por cuenta y orden del Estado Mexicano, así como llevar a cabo las actividades relacionadas con la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, en términos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
1.3. Tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario, en términos del artículo 4 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
1.4 Que tiene facultades para celebrar todos los actos y convenios que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto y realizar actividades conexas, de conformidad con el artículo 7 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad
1.5. El ING. XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX, en su carácter de SUBGERENTE DE PLANEACIÓN Y CONSTRUCCIÓN ADSCRITO A LA GERENCIA DIVISIONAL DE DISTRIBUCIÓN XXXXX DE MÉXICO CENTRO, cuenta con las facultades legales suficientes para comparecer a la celebración del presente contrato, lo cual acredita con el testimonio de la Escritura Pública No. 3090, de fecha 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx dela Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xxx Xxxxxx xx Xxxxxx, que le faculta para realizar actos de administración en términos del artículo 2554 del Código Civil Federal el cual está vigente en los términos en que fue otorgado.
1.6. Requiere la adquisición de: ADQUISICIÓN DE MATERIAL Y HERRAMIENTAS ELÉCTRICAS.
1.7. Para el presente ejercicio fiscal, cuenta con la autorización presupuesta! correspondiente, de acuerdo con el oficio No. DF.-0245, de fecha 18 de Diciembre de 2014, emitido por la Dirección de Finanzas y que hace referencia a I oficio No. 307-A 4797 de fecha 18 de Diciembre de 2014 de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con los fondos necesarlos para hacer las eroga ien
motiven con la adquisición objeto del presente Contrato, con cargo a la partida presupuesta! siguiente: Posición Financiera 2109,5215/Centro Gestor 4418/Fondo 026, A04.
11. EL PROVEEDOR declara que:
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxxxxx xx. 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. Inscrita en el registro xxxxxxx xx xxxxxxxx Xx. 000 volumen 89 foja 71
o, D.F. .
\
xxxxx Xx ez Xxxxxx, en su carácter de Representante Legal, cuenta con las facultades legales s�icientes para suscribir este contrato en su representación, de conformidad con la xxxx xxxx pública n · ero 2 ,548 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx)xxxx, noÍario Público no. 11O de la ciudad de Atizapán xx Xxxxxxxx, Estado de
Mé I o.
·ene capacidad juridic para contratar y cuenta con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para suministrar s bienes objeto del presente contrato.
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� de clasemunrf,af
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11.4. su registro federal de contribuyentes es HTE660323DW6, y su domicilio fiscal se encuentra ubicado en: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxx.xxx.
11.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que la sociedad o las personas que forman parte de ella, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
11.6. De acuerdo a la estratificación establecida en el artículo 3, fracción 111 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, su empresa se ubica como pequeña.
Expuesto lo anterior, LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR, celebran el presente Contrato al tenor�de I s siguientes:
* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * fr' * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * ' * *
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�de clase mundial CONTRATO DE BIENES
Pos.
00001
00002
Cantidad UM Descri ción
2 PZA 0000007197 POLEA PARA MANDADERA
Esta posición es creada con referencia a la solped 500547712 posición 00002 POLEAS DE FIBRA XX XXXXXX. Pasteca o polea tipo candado (Abertura
lateral) fabricada en fibra xx xxxxxx especial para trabajos en linea viva con polea reforzada especialmente P.ara cable Manila, nylon o polipropileno con un factor de seguridad de 3-1. Con gancho xx xxxxxxxxx. Para diémetros de soga: 1/2" hasta 5/8" (12, 7mm -
15,9mm) Para diámetros de soga: 1/2" hasta 5/8"(12,7mm -15,9mm) Diémetro de polea: 3" (7,62cm). Capacidad de carga: 1000 LIBRAS (453KGS). Marca ACSA Modelo: HLB1000MH.
Entregar en:
(4418)Av. Xxxxxxxxxx 000
00000 X.X. 00000
Del. Azcapotzalco, D.F., México, Col. Jardín Xxxxxxxx Atención a:
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX
Almacenista Tacuba
PZA 0000003852 PERTIGA UNIVERSAL
Esta posición es creada con referencia a la solped 500547712 posición 00000 Xxxxxxx Universal de largo fijo de 2.44 m. de plástico reforzado con
fibra xx xxxxxx. De 32 mm de diametro. Cuenta con cabeza universa! de aluminio. Con tacón de hule. PINTURA DE ACABADO BRILLANTE COLOR NARANJA E HIDROFOBICAS. Peso: 1.51 kg. MARCA HETSA MODELO PIJ-3224.
Entregar en:
(4418) Xx. Xxxxxxxxxx 000 0000X X.X. 1121 O
Del. Azcapotzalco, D.F., México, Col. Jardín Xxxxxxxx Atención a:
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX
Almacenista Tacuba \ ¡_ 0000011966 PERTIGA DE,E OPETA
Esta posición es creada con refer
P. Unitario
1,620.00
1,314.00
lm orte Car ar a
AL ALMACÉN
3,240.00
AL ALMACÉN
1,314.00
AL ALMACÉN
Presu uesto
2109/4418/A04
2109/4418/A04
2109/4418/A04
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� de clase mundial CONTRATO DE BIENES
Pos.
00004
Cantidad UM Descri ción
Pértigas Escopeta Largo Fijo de plástico reforzado con fibra xx
xxxxxx. De 32 mm de diametro X 1.51 mts de Largo. Con mecanismo
mediante el cuál se acciona el gancho mediante un mango deslizante ubicado en el extremo inferior. Cabeza fabricada en ABS. PINTURA DE ACABADO BRILLANTE COLOR NARANJA E HIDROFOBICAS. MARCA HETSA MODao PEF-15.
Entregar en:
(4418) Xx. Xxxxxxxxxx 000 0000X X.X. 0000X
Xxx. Xxxxxxxxxxxx, X. X., Xxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Atención a:
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX
Almacenista Tacuba
4 PZA 0000001242 EQUIPO DE PUESTA A TIERRA
Esta posición es creada con referencia a la solped 500546160 posición 00007
EQUIPO PUESTA A TIERRA. Cap. De 8kA/1 s Cable flexible trenzado No. 2 (35mm'} Diseñados para cortocircuitos de los conductores y de las fases para ponerlos a tierra en cámaras, celdas, sub-estaciones,
transformadores, duetos xx xxxxxx, etc. Su instalación tiene como objeto lograr las protecciones del sistema ante una puesta en servicioaccidental cuando se están efectuando reparaciones.
COMPUESTO POR: 3 PINZAS AUTOMATICAS DE ALUMINIO, 1 PLATO
1�
PORTAPINZA CON ENTRADA UNIVERSAL PARA ADAPTAR A PÉRTIGA, 2 CABLES DE COBRE CAL. 2, LOONGITUD 2.75 mts., 1 BOBINA DE CABLE DE COBRE. LONGITUD 16 mts. , 1 PICA COBRIZADA, 1 XXXXXXX XX XXXXX XX XXXXXX XX 0 XXXXXXXXX CON UNA LONGITUD DE 2.44m
fabricada en México por HETSA Mod. PT-24 cumple con la IEC 60855-
P. Unitario
3,055.00
Im orte
Car ar a
Presu uesto
AL ALMACÉN
5215/4418/026
3,055.00
1, IEC 62193 (Adjuntamos ficha técnica pértiga#Homologada
)b
por el LAPEM), y para guardarlo 1 CAJA METALICA PARA a EQUIPO Y UNA FUNDA XX XXXX DE VINIL NEGRA PA� PÉRTIGA Y LA PICA. Hecho en MÉXICO. MARCA HETSA MODao
9,681.00
38,724.00
\
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de clase mundial CONTRATO DE BIENES
Pos.
00005
00006
Cantidad UM Descri ción
Entregar en:
(4418) Xx. Xxxxxxxxxx 000 0000X X.X. 0000X
Xxx. Xxxxxxxxxxxx, X.X., Xxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Atención a:
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX
Almacenista Tacuba
2 PZA 0000001242 EQUIPO DE PUESTA A TIERRA
Esta posición es creada con referencia a la solped 500546160 posición 00008
Equipo para aterrizar camiones para 23 kV. Capacidad de 8 kA/1 x. Xxxxxxx de aluminio. Aaca para base xx xxxxxxx: Lámina cuadrada de 15 x 15 cm. con tornillo y tuerca de sujeción y cuatro tornillos para anclaje a unidad automotriz. Cable de cobre extra flexible de 110 x 8 mts. con forro transparente. Prensa de mordazas planas en bronce para anclar a la varilla o estructura. Varilla cobrizada diámetro 3/4 • x
1 m. con espesor cobrizado de 7 micras. MARCA JOMAROY MODELO JMR-220.
Entregar en:
(4418) Xx. Xxxxxxxxxx 000 0000X X. X. 0000X
Xxx. Xxxxxxxxxxxx, X.X., Xxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Atención a:
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX
Almacenista Tacuba
2 PZA 0000641109 PERTIGA TB...ESCOPICA 7 SECCIONES
Esta posición es creada con referencia a la solped 500546160 posición 00011 PÉRTIGA TELESCÓPICA UNIVERSAL CON GANCHO DE 8 SECCIONES. RETRAIBLE, DE SERVICIO PESADO, REDONDA. #PROBADAS A 100 KV
POR PIE. FABRICADA EN FIBRA XX XXXXXX CON LA PIRIMERA SECCIÓN
RELLENA DE POLIURETANO. DE FORMA CIRCULA�BEZA DE BRONCE TIPO UNIVERSAL CON GANCHO DESCONECTAOOR DE
'IF), ADAS
ZAMAC. #UNIONES REFORZADAS, CON FIBRAS ORIENTA-� DONDE SE REQUIERE LA RESISTENCIA MECANICA. #UNIONES RE
P. Unitario
4,859.00
Im orte
9,718.00
Car ar a
AL ALMACÉN
AL ALMACÉN
Presu uesto
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5215/4418/026
5215/4418/026
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Pos.
Cantidad UM Descri ción
CON AJUSTE DESLIZANTE (HOLGURA MINIMA PARA FUNCIONAMIENTO FIRME). #MECANISMOS ASEGURADORES DE UNIONES DE FUERTE PLÁSTICO, TOTALMENTE AISLANTES. LONGITUD RETRAIDA DE 1.67 M, LONGITUD MÁXIMA EXTENDIDA DE 10.7 M. DIÁMETRO DE LA BASE SIN CONTAR a TACÓN DE HULE ES DE 70 MM, PESO APROXIMADO DE 7 KGS. DIÁMETRO DE LA SECCIÓN SUPERIOR 28 MM. PINTURA DE ACABADO BRILLANTE COLOR NARANJA E HIOROFOBICAS. CUMPLE CON LA NORMA IEC 60855 Y 62193. HECHAS EN MÉXICO POR HETSA. SE ANEXA CONSTANCIA DE
HOMOLAGACIÓN Da LAPEM. MARCA HETSA XXXXX PT-107.
PERTIGA TRESCOPICA 7 SECCIONES
Entregar en:
(4418)Av. Xxxxxxxxxx 000 0000X X. X. 0000X
Xxx. Xxxxxxxxxxxx, X.X., Xxxxxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Atención a:
XXXXXXX XXXX XXXXXXXX
Almacenista Tacuba
/VA
Total
P. Unitario
5,979.00
68,009.00
10,881.44
78,890.44
Im orte
11,958.00
Car ar a
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Cláusulas del Contrato PRIMERA.- OBJETO.
EL PROVEEDOR se obliga a suministrar a LA COMISIÓN los bienes que a continuación se indican, de acuerdo con las características establecidas en el anexo 1 de la convocatoría y en la proposición ofertada por el proveedor.
SEGUNDA.- PLAZO DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR entregará los bienes a los 30 días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de fallo.
TERCERA.- LUGAR DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR entregará los bienes en el Almacén Divisional ubicado en Xx, Xxxxxxxxxx Xx. 000, xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx X.X. de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas Tel. (00) 0000-0000 extensión14619, At'n. Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx. En la entrega de materiales deberá presentar la siguiente documentación: FACTURA O R8v11SION, COPIA DE LA CARATULA DEL CONTRATO.
CUARTA.- CONDICIONES DE ENTREGA.
EL PROVEEDOR se obliga a poner a disposición de LA COMISIÓN los bienes de carácter nacional o los bienes importados directamente por ellos sin intervención de LA COMISIÓN, en los lugares, fechas y condiciones. que se especifican en la cláusula anterior. La factura deberá cumplir con los requisitos de los Artículos 146, de la Ley Aduanera y 29 A, del Código Fiscal de la Federación.
Las maniobras de descarga serán por cuenta del proveedor.
Bajo esta condición de entrega, LA COMISIÓN sí proporcionará su número de registro de importador, para realizar los trámites de importación a los proveedores domiciliados en el extranjero y no proporcionará recurso económico alguno para la internación de los bienes al territorio nacional.
QUINTA.- IDENTIFICACIÓN DE LOS BIENES.
EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con los requisitos de identificación de los bienes embarcados conforme a lo establecido en la convocatoria.
SEXTA.- EMPAQUE Y EMBALAJE.
EL PROVEEDOR se obliga a efectuar el empaque y embalaje adecuados para que los bienes sean transportados desde su origen hasta su destino sin sufrir daño, de acuerdo con la Norma de Referencia NRF-001-CFE-2007 y las especificaciones técnicas y normas que le proporcionó LA COMISIÓN.
EL PROVEEDOR deberá entregar junto con los bienes la documentación necesaria para su adecuada manipulación, de acuerdo a la Norma de Referencia NRF-001-CFE-2007, así co técnicos correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Norma de Referencia NRF-002-CFE-2007.
OS BIENES EN EL LUGAR CONVENIDO, LOS MISMOS SE TENDRÁN POR ACEPTA1\_0S CON LA CERTIFICACIÓN DEL ÁREA TÉCNICA Q"'-'-.wMO .,....,c,.c.
C LA COMISIÓN, L,A CUAL SE DEBERÁ DETERMINAR A MÁS TARDAR DENTRO D�OS 3 (TRES) DIAS NATURALES SIGUIENTES A SU ENT MARÁ EN FACTURA O NOTA DE REMISIÓN DE EL PROVEEDOR, EL SELLO COMO EVIDENCIA GE RECEPCIÓN, SUJETA A ACEPTACIÓN TÉCNICA
OCT A.-�NS CCIÓN Y RUEBAS.
Aun c ando se conviene ue los bienes objeto de este Contrato, descritos en la CLÁUSULA PRIMERA, no están su�je��s/pección y pruebas, EL PROVEEDOR garantiza su calidad durante su uso durante un plazo de 12 do e meses a partir de su entrega.
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0 XX 00
X PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes a que se refiere la Cláusula Primera, cumpliendo con la calidad y las especificaciones establecidas en la convocatoria. En caso de que LA COMISIÓN justifique que no cumplen con las mismas, deberán ser sustituidos, en el entendido de que todas las penas convencionales por atraso, los gastos, incluyendo impuestos, aseguramiento, fletes, entre otros, correrán a cargo y cuenta de EL PROVEEDOR.
NOVENA.- PRECIO UNITARIO E IMPORTE TOTAL
LA COMISIÓN y EL PROVEEDOR convienen que el importe total de este Contrato es por 1.a cantidad de $68,009.00 (Sesenta y Ocho mil Nueve Pesos 00/100 M.N.) (sin IVA). mismo que se integra por la suma de los precios unitarios propuestos por el proveedor.
a PROVEEDOR está de acuerdo en que la suma indicada incluye la remuneración o pago total por los bienes que suministrará.
DÉCIMA.- CONDICIÓN DE LOS PRECIOS.
Las partes están conformes en que los precios de los bienes son fijos.
DÉCIMA PRIMERA.- IMPUESTOS.
B Impuesto al Valor Agregado será trasladado en los términos de la ley de la materia.
Cada una de las partes del presente Contrato convienen en cubrir los impuestos que les correspondan de conformidad con la legislación aplicable, en la inteligencia de que LA COMISIÓN realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
DÉCIMA SEGUNDA.-ANTICIPO.
LA COMISIÓN NO otorgará a EL PROVEEDOR un anticipo.
DÉCIMA TERCERA.- PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO.
EL PROVEEDOR, una vez cumplida la obligación consignada en la Cláusula Primera y recibidos o aceptados los bienes por LA COMISIÓN, para el efecto de obtener el pago del prec presentará la factura que ampare la operación correspondiente, acompañada de la documentación que de manera fehaciente acredite dicho cumplimiento.
paoctad
�
Por su parte, LA COMISION cubrirá el precio convenido dentro de los 20 (veinte) dias naturales posteriores a la presentación de la factura. // z....o.--
�
B pago será en moneda nacional, al tipo de cambio vigente para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la república mexicana, publicadas� éxico en el
Diario Oficial de la Federación, en la fecha en que se haga el pago o moneda extranjera). /,
OR deberá presentar de lunes, martes y miércoles en un horario de 08:00 a 14:00 horas las facturas para su revisión y trámite de pago en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 000,0xx xxxx, Xxx.
, xx. xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx DF, Al ·n CP. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
ras entregadas por EL PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, LA�MISION dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por
las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir del citado escrito y asta que EL PROVEEDOR presente las correcciones, no se computará para efectos e Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Preferentemente los pa s a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica de fondos o depósitos en cuentas cheques, de ser el caso EL PROVEEDOR deberá indicar a LA XXXXXXXX, el número de cuenta banc ia, CLASE SWIFT , o cual uier otro re uisito necesario ara realizar el a o or ese conducto
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Por su parte, EL PROVEEDOR acepta que LA COMISIÓN cubra el precio convenido, deduciendo del importe de la facturación las cantidades que procedan a cargo del mismo.
B PROVBEDOR podrá solicitar a LA COMISIÓN la condición de pronto pago, misma que operará en caso de existir disponibilidad presupuestaria y calendarios autorizados, cuando EL PROVEEDOR acepte el descuento en el precio de los bienes por el adelanto en el pago con relación a la fecha pactada. Se cubrirá el importe de los bienes, previa solicitud por escrito de EL PROVEEDOR, una vez que se realice la entrega de los mismos a entera satisfacción de LA COMISIÓN y que presente el documento o la factura correspondiente en el que se refleje el descuento por el pronto pago o aceptará en su caso el descuento que determine el área de finanzas a su solicitud con la recepción del pago y el documento que indique la forma de determinarlo.
En el supuesto de que EL PROVEEDOR reciba pagos en exceso, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas de más, así como los intereses correspondientes de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, es decir, conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de los créditos fiscales. Y se computarán por dias naturales desde la fecha de su entrega hasta en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA COMISIÓN.
DECIMACUARTA.- LUGAR DE PAGO.
LA COMISIÓN pagará a EL PROVEEDOR, las facturas por los bienes entregados mediante transferencia bancaria.
DECIMA QUINTA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE COBRO.
Tratándose del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, LA COMISIÓN otorga su conformidad para que EL PROVEEDOR pueda transferir su derecho de cobro a favor de cualquier intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
EL PROVEEDOR podrá transferir los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
l. Solicitud por escrito al área de finanzas, en el que se exprese su intención de transferir todos o parte de sus derechos de cobro. La solicitud que aquí se menciona deberá darse cuando menos con cinco días hábiles de anticipación, especificando claramente los derechos que serán materia de la futura transferencia.
En esta solicitud deberá declarar EL PROVEEDOR, que no ha celebrado con anterioridad otra transferencia de derechos o acto jurídico que se traduzca en transferencia a favo derechos de cobro. De existir una transferencia anterior, deberá expresarlo asi y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
11. Conformidad previa, expresa y por escrito de LA COMISIÓN respecto de la solicitud del punto anterior.
111. Notificación, preferentemente a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, de la constitución de la transferencia de derechos celebrada, en la que se indique c xxxx te e · mero, fec a y · o del Contrato fuente, las facturas y, en su caso, contra-recibos materia de la transferencia, con el desglose de la transferencia, así como el importe y la fecha de ca uno ·e ellos, el imp�o al de la ransferencia, con el desglose correspondiente y cualquier otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de LA COMISIÓN para que quede plenam nte identificado el créd' edido.
'" los '""hos de cobm, debecá sec hecha a ��1¿N deotrn de los ,;oco dias hábil,s s;g,;eotes a la o,lebcao;óo del Coot,ato
e e opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente por LA COMISIÓN, a fin de que de c ancia indub able de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se sat'lsfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
• oot ;º""" o'" '" oaso el a,;so de la lcaosle,eoc;, sº
res ect1 o entre las p rtes que celebren el Contrato o acto ¡_un.d1co cuyo ob¡eto sea transferir a favor de una de el�bro de las facturas y/o contra-recibos materia del Contrato.
VI. Pr.o er otro dato o documento ue LA COMISIÓN estime necesario. ,
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HOJA 11 DE 14
LA COMISIÓN tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el Contrato, cuando una vez notificada la transferencia de derechos o el acto jurídico de que se trate, los derechos de crédito que comprenda sean cobrados por el cedente o cualquier otra persona distinta del nuevo !ítular del derecho.
LA COMISIÓN también podrá rescindir de pleno derecho y sín necesidad de declaración judicial el presente Contrato, cuando después de ser cobradas las facturas o contra-recibos, éstas se hagan figurar por a PROVEEDOR en un contrato de transferencia de crédito o de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía o en cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir a un tercero los derechos de a PROVEEDOR, a los créditos generados conforme a este Contrato, con preferencia sobre dichos créditos.
VII. Queda expresamente convenjdo y así lo admite EL PROVEEDOR, que LA COMISIÓN no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del Contrato, convenio o acto jurídico a través del cual a PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII. LA COMISIÓN y a PROVEEDOR convienen en que en caso de rescisión de este Contrato, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago:
a. Créditos a favor de los trabajadores de EL PROVEEDOR.
b. Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
c. Créditos a favor de LA COMISIÓN teniendo preferencia dentro de éstos los que resulten de falta de amortización del o de los antícípos que se le hayan otorgado a cuenta de este Contrato.
d. Otros créditos a favor de terceros distintos a los referidos en los puntos anteriores.
DÉCIMA SEXTA.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO.
El PROVEEDOR se obliga mediante fianza otorgada por institución de fianzas autorizada por la SHCP en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianza, carta de crédito a garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este Contrato, en especial la de entregar los bienes adquírídos de acuerdo a la calidad requerida por LA COMISIÓN, así como responder por su correcta operación y funcionamiento (defectos y vicios ocultos) durante un período de 12 meses a partir de su entrega, atendiendo para esto el modelo de póliza que LA COMISIÓN entregó a EL PROVEEDOR.
EL PROVEEDOR deberá entregar la garantía en EL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN XXXX XXXXXXX, UBICADA EN XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XX. 000, XXX. XXXXXX XXX XXXXXXX,
X.X. 00000, XXXXXX X.X, ATN LIC. XXXXXXX XXX XXXXX, ADMINISTRADOR XXXX XXXXXXX Tel. 0000-0000 EXT 16008, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, atendiendo para esto el modelo de póliza que LA COMISIÓN entregó a EL PROVEEDOR en la convocatoria a la licitación
La garantía corresponderá a un 10% (diez) del valor total del contrato sin incluir el IVA.
En caso de que durante el plazo de calidad garantizado los bienes resulten impropios para el uso que se destinen o que disminuyan de tal modo dicho uso, LA COMISIÓN, a su elección, podrá exigir a a
PROVEEDOR su reparación, si ésta resulta factible, en cuyo caso EL PROVEEDOR cubrirá todos los gastos que se orrginen, o bien, LA COMISIÓN ejercerá cualquiera de las acciones que el Código Civil Federal prevé.
""·"'"""'"'S derivados del presente Contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, las partes convienen en señalar como sus s siguient :
OR c,1, d• Xxxxxx,xx Xx. 00. xxxxxx, XX,xx Xxx;x.,,x. X.X. 00000. Delegaolóo "'"º''''"· es�, M7'ºº· Cocrno eleotcóoloo, jalope,@helsa.oom.
LA OMISIÓN: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xx. 000, xxx. Xxxxxx Xxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx,�\ D.F. Las notificaciones de carácter le al o relativo a rocedimientos ·udíciales se su·etarán a los ordenamientos ·urídicos a li�bles.
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de clase mundial
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DECIMA OCTAVA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA.
LA COMISIÓN podrá dar por terminado anticipadamente este Contrato, por razones de interés general o bien cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes y se demuestre que de continuar con
el cumplimiento de las obligaciones pactadas se causaría daño al Estado, o cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos casos se reembolsará a a PROVEEDOR los gastos no recuperables como se dispone el Artículo 54 Bis de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 66 de su Reglamento.
En este supuesto, LA COMISIÓN notificará a a PROVEEDOR mediante escrito las razones o las causas justificadas que den origen a la terminación anticipada del contrato.
DECIMA NOVENA.- RESCISIÓN.
LA COMISIÓN podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente Contrato cuando EL PROVEEDOR incumpla con las obligaciones a su cargo.
La rescisión se sujetará al procedimiento previsto en el artículo 54, fracciones I y II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando LA COMISIÓN determine rescindir el Contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla el procedimiento mencionado en el párrafo anterior, en tanto que si es a PROVEEDOR quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.
VIGÉSIMA.- PENAS CONVENCIONALES.
El PROVEEDOR pacta con LA COMISIÓN, que en caso de entregarle los bienes fuera de los plazos establecidos en la Cláusula Tercera, pagará por el atraso en que incurra, una pena convencional que no podrá exceder del 1 O % (diez por ciento) del valor total del Contrato.
Para el efecto de la aplicación de la pena, se conviene en un porcentaje de penalización diario del 0.5 % (punto cinco por ciento), que se multiplicará por el número de días de atraso y el resultado se multiplicará a su vez, por el valor de los bienes entregados con atraso, aceptando EL PROVEEDOR, de dar lugar a este supuesto, se deduzca del importe de la factura que presente para su cobro, el monto de la penalización.
De acuerdo a la siguiente formula:
fórmula: (pd) x (nda) x (vbea) = pea donde:
pd: (0,5%) penalización diaria nda: numero de dias de atraso
de
DIFICACIONES AL CONTRATO. \
a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector · blico, podrán modificar de común acuerdo este contrato.
GESIMA SEGUNDA.- EPRESENTANTES DE LAS PARTES.
EL PROVEEDOR se obli a desi nar or escrito a establecer un re resentante una vez formalizado el resente col to, el cual deberá tener oder ara cum lir con los términos condiciones
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pactados en el Contrato, en todo lo relacionado con la adquisición de los bienes. LA COMISIÓN se reserva el derecho de su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo.
LA COMISIÓN en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a Lic. Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Administrador Xxxx Xxxxxxx quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.
VIGÉSIMA TERCERA.- RELACIONES LABORALES. EL PROVEEDOR como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. EL PROVEEDOR conviene por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores pres�ntasen en su contra o en contra de LA COMISIÓN, en relación con los servicios objeto de este contrato.
VIGÉSIMA CUARTA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE. En virtud de ser el presente un Contrato intuitu personae, EL PROVEEDOR solamente podrá ceder a otras personas físicas x xxxxxxx los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas que se generen en los términos del presente Contrato, con la autorización previa y por escrito de LA COMISIÓN.
VIGESIMA QUINTA.- DERECHOS DE AUTOR.
EL PROVEEDOR asume la responsabilidad total para el caso de que en cumplimiento del presente Contrato se infrinjan derechos de terceros sobre patentes o marcas, o se violen derechos de autor.
Las partes acuerdan que los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones contratados, invariablemente se constituirán a favor de LA COMISIÓN, según corresponda, en términos de las disposiciones legales aplicables.
VIGESIMA SEXTA.- INFORMACIÓN.
La Secretaria de la Función Pública y el Órgano Interno de Control de LA COMISIÓN, con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a EL PROVEEDOR información y/o documentación relacionada con este Contrato por lo que el mismo deberá proporcionar la información que en su momento se le requiera.
VIGESIMA SEPTIMA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO
Las partes convienen que la convocatoria a la licitación y sus anexos, forman parte integral del presente contrato, sin embargo, en caso de existir discrepancia entre lo establecido en la convocatoria a la licitación y sus anexos con lo previsto en el presente Contrato, prevalecerá lo estipulado en la convocatoria a la licitación y sus anexos.
VIGESIMA OCTAVA.- LEGISLACIÓN.
Al presente Contrato le es aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
VIGESIMA NOVENA. JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES.
Para la· terpretación virtud del �resente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales
MEXICO I
O y cumplimiento de las obligaciones contraídas en
FEDERAL, por lo que EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudl ra corresponderle por razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
o a entregar los bienes suscritos en el presente contrato en lo . '(em�Ís pactados en el mismo y me sujeto a las disposiciones de
eón fato.
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