EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
EXTRACTO DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Propuesta de Acuerdo:
PRIMERO. Autorizar el Convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras, para el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx “RMSKILLS 2020”.
SEGUNDO. La celebración de los convenios específicos que se adapten al convenio-tipo al que se hace referencia en el apartado anterior, así como sus posibles prórrogas, no requerirán de nueva autorización del Consejo de Gobierno, debiendo darle cumplida cuenta periódicamente de los mismos, mediante el envío de un listado de los convenios.
(CONV/7/2020)
1. Propuesta de Acuerdo y texto del Convenio-tipo.
2. Orden aprobatoria del texto del convenio-tipo de referencia.
3. Propuesta de la Dirección de Evaluación Educativa y Formación Profesional.
4. Memoria-justificativa del Servicio de Formación Profesional.
5. Informe complementario del Servicio de Formación Profesional.
6. Informe Jurídico de la Secretaría General.
.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
AL CONSEJO DE GOBIERNO
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Consejería de Educación y Cultura, en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, en virtud de lo previsto en el artículo 16 de su Estatuto de Autonomía, y asignadas a esta Consejería por el Decreto del Presidente, nº 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, está interesada en la realización de un “Convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras, para el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMSkills 2020”.
A la vista de lo expuesto, y de lo dispuesto en el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de conformidad con el artículo 6.1 de la citada ley y el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, se eleva la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
08/10/2020 12:55:25
PRIMERO. Autorizar el “Convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras, para el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMSKILLS 2020”, que se adjunta como anexo.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
SEGUNDO. La celebración de los convenios específicos que se adapten al convenio-tipo al que se hace referencia en el apartado anterior, así como sus posibles prórrogas, no requerirán de nueva autorización del Consejo de Gobierno, debiendo darle cumplida cuenta periódicamente de los mismos, mediante el envío de un listado de los convenios.
CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
ANEXO
CONVENIO-TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y LAS EMPRESAS COLABORADORAS, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN LOS CAMPEONATOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA REGIÓN XX XXXXXX, “RMSKILLS 2020”
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
En Murcia, a de de 20
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Consejera de Educación y Cultura, nombrada por Decreto de la Presidencia nº 35/2019, de 31 de julio, en la representación que ostenta para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx de de de 2020,
Y de otra, D./Xx ………………………………………………., DNI/NIE ,
en nombre y representación de la empresa
……………………………………………………………., con domicilio en
……………………………………………………………………………………., C.I.F.
………………., en lo sucesivo, “la empresa”, actuando en calidad de
…….……………………..
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Los comparecientes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
Segundo.
Que la Consejería de Educación y Cultura, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia n.º 44/2019, de 3 de septiembre, es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de
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Consejería de Educación y Cultura
Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
Tercero.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, en su artículo 39, número 2, establece que la Formación Profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida.
Cuarto.
Que el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, establece que “El Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o centros escolares”.
Quinto.
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Que el Comunicado de Brujas, sobre cooperación europea en educación y formación profesional, recomienda a los Estados miembro de la Unión Europea promocionar el atractivo de la formación profesional organizando competiciones de destrezas (skills, en inglés). Estas competiciones constituyen un valioso instrumento divulgativo de la formación profesional y un medio para estimular a estudiantes, profesorado y empresas, además de una plataforma de intercambio y un foro de debate sobre la evolución de los estándares profesionales, la calidad y la innovación en los diferentes sectores productivos.
Sexto.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Que la pertenencia de España a Worldskills International y Worldskills Europe, asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, cuya principal actividad es organizar competiciones bienales de formación profesional, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional, conlleva por un lado, la celebración bienal de un campeonato nacional de Formación Profesional (Spainskills), que sirve para seleccionar a los competidores españoles que representan a España en las competiciones europea (Euroskills) y mundial (Worldsklls), y por otro lado, la celebración de un campeonato regional para seleccionar al equipo que representará a la Región xx Xxxxxx en el Campeonato de España.
Séptimo.
Que Región xx Xxxxxx Skills es la convocatoria que organiza la Consejería de Educación y Cultura de la Región xx Xxxxxx para seleccionar al equipo que representará a la Región en el Campeonato de España de Formación Profesional Spainskills 2021. RMSkills se define como la fase regional de Spainskills en la Región xx Xxxxxx, competición con la que comparte objetivos, filosofía y cuyas normas
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respeta. Entre los objetivos del campeonato se encuentran: seleccionar al equipo de competidores que representarán a la Región xx Xxxxxx en SpainSkills 2021; promocionar las enseñanzas de Formación Profesional, mostrando a la sociedad las posibilidades y el gran nivel de sus alumnos; motivar, reconocer y estimular al alumnado y profesorado de Formación Profesional, poniendo en valor su trabajo y preparación; servir de punto de encuentro entre alumnos, profesores, empresas y administración, favoreciendo la creación de relaciones de colaboración. Perseguir la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en su desarrollo.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Octavo.
Que, con la finalidad de mejorar cualitativa y cuantitativamente la organización de RMSkills y la participación de la selección regional de formación profesional en la competición nacional, resulta necesario contar con el apoyo técnico de las empresas y asociaciones más representativas de cada sector productivo.
Noveno.
Que la empresa, desarrolla actividades en el sector de
…………….……………………………… y desea participar en el Campeonato Regional de Formación Profesional, “RMSkills” 2020, en la competición específica/las competiciones específicas de ,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, y
…………………………………… . Esta empresa, consciente de la importancia de disponer de una Formación Profesional de calidad, desea patrocinar y colaborar en “RMSkills” 2020 con el fin de difundir información y compartir el conocimiento sobre la evolución de las destrezas, fomentar la calidad y la innovación entre competidores y expertos.
Décimo
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Que las partes manifiestan su intención de colaborar en el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMSkills” 2020 mediante el establecimiento de un convenio a tal efecto, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el registro general de convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx se estima conveniente suscribir el presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
PRIMERA.- Objeto y finalidad.
El presente Convenio de colaboración tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre los firmantes en el ámbito de sus respectivas competencias y más concretamente en las relacionadas con el Campeonato “RMSkills” 2020.
SEGUNDA.- Obligaciones de la Consejería de Educación y Cultura.
La Consejería de Educación y Cultura, se compromete a realizar las acciones objeto de este convenio en el siguiente sentido:
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1. Permitir a la empresa patrocinadora el uso de los distintivos o emblemas de “RMSkills”, en relación con la distribución, la publicidad, la promoción de los productos o servicios para indicar una relación de patrocinador de “RMSkills” 2020.
2. Permitir que el logotipo de “RMSkills” esté junto a la marca de la empresa patrocinadora.
3. Facilitar a la empresa patrocinadora la asistencia a la ceremonia de apertura, los campeonatos, así como a la ceremonia de entrega de medallas de “RMSkills” 2020.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
4. Permitir la presencia de productos de la empresa patrocinadora en el recinto destinado a la modalidad de competición que patrocine, así como la distribución de productos promocionales y obsequios.
TERCERA.- Obligaciones de la empresa.
La referida empresa se compromete a realizar las acciones objeto de este convenio en el siguiente sentido:
- Facilitar a la Consejería de Educación y Cultura su logotipo para el ámbito de este convenio, que se utilizará para la presentación de marcas, autorizándose por parte de las mismas su uso en la forma aportada.
- Permitir que la marca o el nombre de la empresa patrocinadora y su logotipo, en su caso, puedan ser utilizados en el marco del Campeonato Regional de Formación Profesional, “RMSkills” 2020.
Poner a disposición de la competición, y durante el tiempo que dure ésta, los productos, servicios y/o personal cualificado que se relaciona en el Anexo I del presente convenio.
- Cumplir en sus acciones el calendario previsto para la celebración de la competición.
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- En caso de que le sea solicitado por la Consejería de Educación y Cultura, permitir que alguno de sus profesionales participe como miembro xx xxxxxx en la competición.
CUARTA.- Financiación.
La celebración del presente convenio no supone gasto adicional al previsto en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Las actuaciones a las que se obliga la empresa serán financiadas por la misma.
QUINTA. – Comisión Mixta de Seguimiento y Control.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que deriven de este convenio se establece una comisión de seguimiento, de composición paritaria, que interpretará las dudas que puedan surgir respecto a su contenido y velará por la coordinación, desarrollo, seguimiento y ejecución de las actuaciones que se prevén en el mismo, y resolverá cuantas cuestiones y controversias se susciten en su interpretación y ejecución.
Dicha comisión estará integrada por dos miembros designados por cada una de las siguientes partes, dos representantes de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional y dos representantes de la empresa.
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La comisión se regirá conforme a lo dispuesto en el capítulo II del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA.- Publicidad y Difusión.
1. Las partes propiciarán la difusión del presente Convenio y las acciones que se desarrollen al amparo del mismo. La difusión podrá realizarse por cualquier medio de comunicación que se considere adecuado por cualquiera de las partes.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
2. Las actuaciones recogidas en este convenio, se llevan a cabo en el marco de las líneas de actuación previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
3. En todas las actuaciones, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y el símbolo de FSE, así como la mención expresa: “Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo”.
4. No podrán usarse las marcas, distintivos o cualesquiera derechos de propiedad industrial o intelectual de la otra parte para fines distintos de los expresamente indicados en este convenio, siendo propiedad exclusiva de cada una de ellas sus marcas registradas, logotipos y cualquier signo distintivo.
SÉPTIMA- Vigencia.
El presente convenio de colaboración surtirá efectos durante un año desde la fecha de firma del mismo. Dicho convenio podrá prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, antes de la finalización de dicho plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, según lo previsto en el artículo 49.h.2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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OCTAVA.- Protección jurídica del menor.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo el personal que vaya a realizar actividades que impliquen contacto habitual con menores deberá cumplir el requisito de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
NOVENA. -Protección de datos.
En relación a la protección de datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La empresa/asociación patrocinadora y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que puedan tener
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conocimiento por razón del convenio, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo.
La empresa/asociación patrocinadora deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa/asociación patrocinadora personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Los datos obtenidos por el convenio serán utilizados exclusivamente para el desarrollo del convenio.
DÉCIMA. -Causas de extinción.
Además de las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, serán causas de resolución del presente convenio la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto o la celebración de un nuevo convenio entre las partes que sustituya al anterior.
En caso de incumplimiento no justificado de los compromisos asumidos en el clausulado del mismo por alguna de las partes y según lo dispuesto en el artículo 51.c) de la Ley 40/2015, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos, procediéndose de la manera establecida en dicha Ley.
UNDÉCIMA. - Naturaleza.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, no contractual, siendo de aplicación al mismo las previsiones contenidas en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
DUODÉCIMA. - Jurisdicción.
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El conocimiento de todas las cuestiones litigiosas que puedan surgir en torno a su interpretación, modificación, resolución o efectos que no puedan ser resueltas en la Comisión Mixta de Seguimiento y Control, corresponderá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Como prueba de conformidad y para que quede constancia, las partes firman el presente Convenio, que se extiende por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX
EL/LA REPRESENTANTE DE LA EMPRESA
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxx.:
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
ORDEN
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros.
0
Visto el Convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras para el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMSkills 2020”, y considerando que la actividad objeto del citado Convenio-tipo se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en relación con el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx,
Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
DISPONGO
Primero. Aprobar el texto del Convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras para el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMSkills 2020”, que se adjunta.
08/10/2020 12:55:19
Segundo. Elevar propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del convenio tipo mencionado en el punto anterior.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado electrónicamente en Murcia)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
CONVENIO-TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y LAS EMPRESAS COLABORADORAS, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN LOS CAMPEONATOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA REGIÓN XX XXXXXX, “RMSKILLS 2020”
En Murcia, a de de 20
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CS
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Dña. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Consejera de Educación y Cultura, nombrada por Decreto de la Presidencia nº 35/2019, de 31 de julio, en la representación que ostenta para la firma del presente convenio en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx de de
de 2020,
Y de otra, D./Xx ………………………………………………., DNI/NIE , en nombre y
representación de la empresa , con domicilio
en ……………………………………………………………………………………., C.I.F ,
en lo sucesivo, “la empresa”, actuando en calidad de …….……………………..
Los comparecientes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente convenio, y a tal efecto,
08/10/2020 12:55:19
EXPONEN
Primero.
Que el Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
Segundo.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Que la Consejería de Educación y Cultura, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia n.º 44/2019, de 3 de septiembre, es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
Tercero.
ue la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, en su artículo 39, número 2, establece ue la Formación Profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar al alumnado
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida.
Cuarto.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Que el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, establece que “El Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o centros escolares”.
Quinto.
Que el Comunicado de Brujas, sobre cooperación europea en educación y formación profesional, recomienda a los Estados miembro de la Unión Europea promocionar el atractivo de la formación profesional organizando competiciones de destrezas (skills, en inglés). Estas competiciones constituyen un valioso instrumento divulgativo de la formación profesional y un medio para estimular a estudiantes, profesorado y empresas, además de una plataforma de intercambio y un foro de debate sobre la evolución de los estándares profesionales, la calidad y la innovación en los diferentes sectores productivos.
Sexto.
08/10/2020 12:55:19
Que la pertenencia de España a Worldskills International y Worldskills Europe, asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, cuya principal actividad es organizar competiciones bienales de formación profesional, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional, conlleva por un lado, la celebración bienal de un campeonato nacional de Formación Profesional (Spainskills), que sirve para seleccionar a los competidores españoles que representan a España en las competiciones europea (Euroskills) y mundial (Worldsklls), y por otro lado, la celebración de un campeonato regional para seleccionar al equipo que representará a la Región xx Xxxxxx en el Campeonato de España.
Séptimo.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Que Región xx Xxxxxx Skills es la convocatoria que organiza la Consejería de Educación y Cultura de la Región xx Xxxxxx para seleccionar al equipo que representará a la Región en el Campeonato de España de Formación Profesional Spainskills 2021. RMSkills se define como la fase regional de Spainskills en la Región xx Xxxxxx, competición con la que comparte objetivos, filosofía y cuyas normas respeta. Entre los objetivos del campeonato se encuentran: seleccionar al equipo de competidores que representarán a la Región xx Xxxxxx en SpainSkills 2021; promocionar las enseñanzas de Formación Profesional, mostrando a la sociedad las posibilidades y el gran nivel de sus alumnos; motivar, reconocer y estimular al alumnado y profesorado de Formación Profesional, poniendo en valor su trabajo y preparación; servir de punto de encuentro entre alumnos, profesores, empresas y administración, favoreciendo la creación de relaciones de colaboración. Perseguir la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en su desarrollo.
Octavo.
ue, con la finalidad de mejorar cualitativa y cuantitativamente la organización de RMSkills y la articipación de la selección regional de formación profesional en la competición nacional, resulta
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
necesario contar con el apoyo técnico de las empresas y asociaciones más representativas de cada sector productivo.
Noveno.
Que la empresa, desarrolla actividades en el sector de y
desea participar en el Campeonato Regional de Formación Profesional, “RMSkills” 2020, en la competición específica/las competiciones específicas de ,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,, y
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
…………………………………… . Esta empresa, consciente de la importancia de disponer de una Formación Profesional de calidad, desea patrocinar y colaborar en “RMSkills” 2020 con el fin de difundir información y compartir el conocimiento sobre la evolución de las destrezas, fomentar la calidad y la innovación entre competidores y expertos.
Décimo
Que las partes manifiestan su intención de colaborar en el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMSkills” 2020 mediante el establecimiento de un convenio a tal efecto, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el registro general de convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx se estima conveniente suscribir el presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto y finalidad.
08/10/2020 12:55:19
El presente Convenio de colaboración tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre los firmantes en el ámbito de sus respectivas competencias y más concretamente en las relacionadas con el Campeonato “RMSkills” 2020.
SEGUNDA.- Obligaciones de la Consejería de Educación y Cultura.
La Consejería de Educación y Cultura, se compromete a realizar las acciones objeto de este convenio en el siguiente sentido:
1. Permitir a la empresa patrocinadora el uso de los distintivos o emblemas de “RMSkills”, en relación con la distribución, la publicidad, la promoción de los productos o servicios para indicar una relación de patrocinador de “RMSkills” 2020.
2. Permitir que el logotipo de “RMSkills” esté junto a la marca de la empresa patrocinadora.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
3. Facilitar a la empresa patrocinadora la asistencia a la ceremonia de apertura, los campeonatos, así como a la ceremonia de entrega de medallas de “RMSkills” 2020.
4. Permitir la presencia de productos de la empresa patrocinadora en el recinto destinado a la modalidad de competición que patrocine, así como la distribución de productos promocionales y obsequios.
TERCERA.- Obligaciones de la empresa.
a referida empresa se compromete a realizar las acciones objeto de este convenio en el iguiente sentido:
- Facilitar a la Consejería de Educación y Cultura su logotipo para el ámbito de este
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
convenio, que se utilizará para la presentación de marcas, autorizándose por parte de las mismas su uso en la forma aportada.
- Permitir que la marca o el nombre de la empresa patrocinadora y su logotipo, en su caso, puedan ser utilizados en el marco del Campeonato Regional de Formación Profesional, “RMSkills” 2020.
Poner a disposición de la competición, y durante el tiempo que dure ésta, los productos, servicios y/o personal cualificado que se relaciona en el Anexo I del presente convenio.
- Cumplir en sus acciones el calendario previsto para la celebración de la competición.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
- En caso de que le sea solicitado por la Consejería de Educación y Cultura, permitir que alguno de sus profesionales participe como miembro xx xxxxxx en la competición.
CUARTA.- Financiación.
La celebración del presente convenio no supone gasto adicional al previsto en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Las actuaciones a las que se obliga la empresa serán financiadas por la misma.
QUINTA. – Comisión Mixta de Seguimiento y Control.
Para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que deriven de este convenio se establece una comisión de seguimiento, de composición paritaria, que interpretará las dudas que puedan surgir respecto a su contenido y velará por la coordinación, desarrollo, seguimiento y ejecución de las actuaciones que se prevén en el mismo, y resolverá cuantas cuestiones y controversias se susciten en su interpretación y ejecución.
Dicha comisión estará integrada por dos miembros designados por cada una de las siguientes partes, dos representantes de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional y dos representantes de la empresa.
08/10/2020 12:55:19
La comisión se regirá conforme a lo dispuesto en el capítulo II del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA.- Publicidad y Difusión.
1. Las partes propiciarán la difusión del presente Convenio y las acciones que se desarrollen al amparo del mismo. La difusión podrá realizarse por cualquier medio de comunicación que se considere adecuado por cualquiera de las partes.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
2. Las actuaciones recogidas en este convenio, se llevan a cabo en el marco de las líneas de actuación previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
3. En todas las actuaciones, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y el símbolo de FSE, así como la mención expresa: “Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo”.
. No podrán usarse las marcas, distintivos o cualesquiera derechos de propiedad industrial o telectual de la otra parte para fines distintos de los expresamente indicados en este convenio,
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
siendo propiedad exclusiva de cada una de ellas sus marcas registradas, logotipos y cualquier signo distintivo.
SÉPTIMA- Vigencia.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
El presente convenio de colaboración surtirá efectos durante un año desde la fecha de firma del mismo. Dicho convenio podrá prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, antes de la finalización de dicho plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, según lo previsto en el artículo 49.h.2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
OCTAVA.- Protección jurídica del menor.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo el personal que vaya a realizar actividades que impliquen contacto habitual con menores deberá cumplir el requisito de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
NOVENA. -Protección de datos.
En relación a la protección de datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
08/10/2020 12:55:19
La empresa/asociación patrocinadora y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que puedan tener conocimiento por razón del convenio, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo.
La empresa/asociación patrocinadora deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa/asociación patrocinadora personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Los datos obtenidos por el convenio serán utilizados exclusivamente para el desarrollo del convenio.
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
DÉCIMA. -Causas de extinción.
Además de las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, serán causas de resolución del presente convenio la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto o la celebración de un nuevo convenio entre las partes que sustituya al anterior.
En caso de incumplimiento no justificado de los compromisos asumidos en el clausulado del mismo por alguna de las partes y según lo dispuesto en el artículo 51.c) de la Ley 40/2015, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla n un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos, rocediéndose de la manera establecida en dicha Ley.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
08/10/2020 12:55:19
XXXXXX XXXXXXXX, XXXXX DE LA ESPERANZA
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
8
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
PROPUESTA
El presente Convenio-tipo se configura como el instrumento jurídico que regulará la realización de acuerdos de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras para el desarrollo actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMskills 2020”.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Por razones de agilidad administrativa, es necesario y oportuno que, exista un Convenio tipo que permita la firma de éste por la Consejera de Educación y Cultura con diversas empresas para la colaboración en el campeonato regional de FP, sin necesidad de ser autorizada previamente por Consejo de Gobierno.
La suscripción de este Convenio tipo, tal y como se establece en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública en el desarrollo formativo, cultural y social de los jóvenes; facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública.
Por cuanto antecede, visto el informe del Servicio de Formación Profesional, y conforme a lo dispuesto por el artículo 19.1.c) de la Ley 7/2004 de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx,
PROPONGO:
Primero.– Se apruebe el texto del Convenio-tipo de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras, para el desarrollo de actuaciones en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMskills 2020”, cuyo texto se acompaña.
14/04/2020 11:53:43
Segundo.– Se eleve propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del Convenio-tipo mencionado en el punto anterior.
EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXX
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional
MEMORIA JUSTIFICATIVA
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
RELATIVA AL CONVENIO-TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y EMPRESAS COLABORADORAS, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN LOS CAMPEONATOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA REGIÓN XX XXXXXX, “RMSKILLS 2020”
ANTECEDENTES, OBJETIVOS Y FUNDAMENTO JURÍDICO
El Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.
La Consejería de Educación y Cultura, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto del Presidente n. º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia n.º 44/2019, de 3 de septiembre, es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de educación reglada no universitaria en todos sus niveles.
13/04/2020 16:01:31
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, en su artículo 32, número 2, establece que la Formación Profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida.
El artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, establece que “El Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o centros escolares”.
XXXXX CAMP LLO, XXXX
El Comunicado de Brujas, sobre cooperación europea en educación y formación profesional, recomienda a los Estados miembro de la Unión Europea promocionar el atractivo de la formación profesional organizando competiciones de destrezas (skills, en inglés). Estas competiciones constituyen un valioso instrumento divulgativo de la formación profesional y un medio para estimular a estudiantes, profesorado y empresas, además de una plataforma de intercambio y un foro de debate sobre la evolución de los estándares profesionales, la calidad y la innovación en los diferentes sectores productivos.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional
La pertenencia de España a Worldskills International y Worldskills Europe, asociaciones no gubernamentales, sin ánimo de lucro, cuya principal actividad es organizar competiciones bienales de formación profesional, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional, conlleva por un lado, la celebración bienal de un campeonato nacional de Formación Profesional (Spainskills), que sirve para seleccionar a los competidores españoles que representan a España en las competiciones europea (Euroskills) y mundial (Worldsklls), y por otro lado, la celebración de un campeonato regional para seleccionar al equipo que representará a la Región xx Xxxxxx en el Campeonato de España.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Región xx Xxxxxx Skills es la convocatoria que organiza la Consejería de Educación y Cultura de la Región xx Xxxxxx para seleccionar al equipo que representará a la Región en el Campeonato de España de Formación Profesional Spainskills 2021. RMskills se define como la fase regional de Spainskills en la Región xx Xxxxxx, competición con la que comparte objetivos, filosofía y cuyas normas respeta.
Entre los objetivos del campeonato se encuentran: seleccionar al equipo de competidores que representarán a la Región xx Xxxxxx en SpainSkills 2021; promocionar las enseñanzas de Formación Profesional, mostrando a la sociedad las posibilidades y el gran nivel de sus alumnos; motivar, reconocer y estimular al alumnado y profesorado de Formación Profesional, poniendo en valor su trabajo y preparación; servir de punto de encuentro entre alumnos, profesores, empresas y administración, favoreciendo la creación de relaciones de colaboración. Perseguir la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en su desarrollo.
13/04/2020 16:01:31
Con la finalidad de mejorar cualitativa y cuantitativamente la organización de RMskills y la participación de la selección regional de formación profesional en la competición nacional, resulta necesario contar con el apoyo técnico de las empresas y asociaciones más representativas de cada sector productivo. Se trata de que las empresas patrocinen y colaboren en “RMskills” con el fin de difundir información y compartir el conocimiento sobre la evolución de las destrezas, fomentar la calidad y la innovación entre competidores y expertos.
De conformidad con lo previsto en el Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el Capítulo II de la Ley 7/2004 de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el registro general de convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, el Servicio de Formación Profesional estima oportuna la celebración de estos acuerdos, con el fin de desarrollar actuaciones de colaboración en los campeonatos de Formación Profesional en la Región xx Xxxxxx, “RMskills 2020”.
XXXXX CAMP LLO, XXXX
Por razones de agilidad administrativa, es necesario y oportuno que, exista un Convenio tipo que permita la firma de éste por la Consejera de Educación y Cultura con diversas empresas para la colaboración en el campeonato regional de FP, sin necesidad de ser autorizada previamente por Consejo de Gobierno.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional
JUSTIFICACIÓN
La suscripción de este Convenio tipo, tal y como se establece en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública en el desarrollo formativo, cultural y social de los jóvenes; facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública.
OBJETO DEL ACUERDO Y CARÁCTER NO CONTRACTUAL
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
El Convenio tipo tiene por objeto establecer el modelo que deben adoptar los convenios que se suscriban entre la Consejería de Educación y Cultura y las empresas colaboradoras para el desarrollo de acciones orientadas al patrocinio y colaboración en RMskills 2020.
En virtud, de lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el presente Convenio tipo queda excluido del ámbito de aplicación de aquel, pues su objeto no está comprendido en ninguno de los contrato regulados en dicha ley ya que únicamente implica una colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura y las empresas o entidades patrocinadoras del campeonato regional de Formacion Profesional.
IMPACTO ECONÓMICO Y FINANCIACIÓN
13/04/2020 16:01:31
A efectos de lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se considera que la autorización de este Convenio tipo, en principio, no tiene un impacto directo o inmediato en la economía de la Región xx Xxxxxx, no obstante en la medida en que contribuya a la mejora de la cualificación y la formación de los ciudadanos, repercutirá en el desarrollo económico de la Región.
La celebración del presente convenio no supone gasto adicional al previsto en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Las actuaciones a las que se obliga la empresa serán financiadas por la misma.
TRAMITACIÓN
Dado que la finalidad de este Convenio tipo es la agilidad administrativa, y en atención a la falta de relevancia particular del convenio que se informa, ya que no afecta directamente a los alumnos, no se considera necesaria la emisión de dictamen por parte del Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.
XXXXX CAMP LLO, XXXX
De acuerdo con lo expuesto anteriormente en la tramitación del presente expediente se ha cumplido con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional
VIGENCIA
Los convenios surtirán efectos durante un año desde la fecha de firma de los mismos, pudiendo prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, antes de la finalización de dicho plazo, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, según lo previsto en el artículo 49.h.2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
Además de las establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, serán causas de resolución de los convenios cuando haya imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto o la celebración de un nuevo convenio entre las partes que sustituya al anterior. En este caso, y según lo dispuesto en el artículo 51.c) de la Ley 40/2015, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos, procediéndose de la manera establecida en dicha Ley.
Esta memoria se emite de conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece “será necesario que el convenio se acompañe de una memoria justificativa donde se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley”, justificándose dichas determinaciones en los apartados de esta memoria.
LA JEFA DE SERVICIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx
XXXXX CAMP LLO, XXXX
13/04/2020 16:01:31
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional
INFORME COMPLEMENTARIO
RELATIVO AL CONVENIO-TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE CARM, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y LAS EMPRESAS COLABORADORAS, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN LOS CAMPEONATOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA REGIÓN XX XXXXXX, "RMSKILLS".
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Se recibe del Servicio Jurídico comunicación interna con salida nº: 207022/2020, en virtud de la cual se realizan las siguientes consideraciones:
Debido a las circunstancias actuales provocadas por la crisis sanitaria por COVID-19 se determinó el aplazamiento en la celebración de las pruebas de RMSKILLS 2020 inicialmente previstas para el mes xx xxxx de 2020. Actualmente está previsto que estas pruebas se celebren durante dos o tres días en el mes de noviembre, no se realizarán de forma centralizada en Cartagena, como se planificó en un primer momento, se celebrarán en distintos centros educativos repartidos por la Región con el fin de evitar la concentración de un número elevado de personas en un mismo lugar.
03/09/2020 10:21:14
Este Servicio de Formación Profesional manifiesta la oportunidad de continuar con la tramitación del expediente para la suscripción del convenio-tipo para desarrollo de actuaciones en el marco del campeonato RMSKILLS 2020. Es importante que las empresas patrocinadoras de cada especialidad puedan tener un paraguas legal que les proteja, así como a la Consejería de Educación, a través de los centros de cara a la exhibición de los logos de sus marcas en el equipamiento del alumnado, en los puestos de competición o en los propios centros. Por estas razones, sigue siendo pertinente la celebración de este convenio “tipo” de Patrocinio.
LA JEFA DE SERVICIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
XXXXX CAMP LLO, XXXX
1
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Secretaría General
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Expte: Conv/7/20
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
ASUNTO: CONVENIO-TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, Y LAS EMPRESAS COLABORADORAS, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN LOS CAMPEONATOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA REGIÓN XX XXXXXX, “RMSKILLS 2020”
06/10/2020 12:57:26
Visto el borrador del convenio-tipo de referencia, remitido por comunicación interior de la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional, y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura en relación con la Disposición Transitoria Primera del Decreto n.º 172/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Cultura y sobre la base de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx (en adelante, Decreto 56/1996), este Servicio Jurídico emite el siguiente
05/10/2020 12:54:51 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
INFORME
PRIMERO.- DOCUMENTACIÓN OBRANTE EN EL EXPEDIENTE.
El expediente remitido se acompaña de la siguiente documentación:
- Borrador del Convenio-tipo.
- Memoria Justificativa de la Jefa del Servicio de Formación Profesional (13/04/2020).
- Propuesta del Director General de Evaluación Educativa y Formación Profesional de aprobación del texto del Convenio-tipo y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización (14/04/2020).
XXXXXXX XXXX, XXXXX XXXXXXX
- Borrador de Orden de la Consejera de Educación y Cultura aprobando el texto del Convenio-tipo y elevación de propuesta de autorización a Consejo de Gobierno.
- Borrador de la Propuesta de la Consejera de Educación y Cultura de Acuerdo a Consejo de Gobierno para la autorización del Convenio-tipo.
Con fecha 4 de septiembre de 2020, y tras requerimiento formulado por este Servicio Jurídico con motivo del aplazamiento de la celebración de las pruebas de RMSkills 2020 inicialmente previstas para el mes xx xxxx de 2020, se remite por el Servicio de Formación Profesional Informe complementario de fecha 3 de septiembre de
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Secretaría General
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
2020 relativo a la oportunidad de continuar con la tramitación del expediente ante la próxima celebración de las actuaciones en el marco del campeonato durante el mes de noviembre de 2020.
SEGUNDO.- OBJETO Y XXXXX XXXXXXXX.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
I.- El borrador de Convenio-tipo que se informa tiene por objeto establecer el modelo al que han de adaptarse los convenios de colaboración que se suscriban entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación y Cultura y las entidades que quieran adherirse al mismo, para el desarrollo de acciones orientadas al patrocinio y colaboración en RMskills 2020.
06/10/2020 12:57:26
II.- El contenido del Convenio-tipo se ajusta a la definición que de dicha figura realiza el art. 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público al tratarse de un acuerdo entre una Administración Pública y sujetos de derecho privado para un fin común que, en este caso, se expresa en el apartado octavo de la parte expositiva del borrador, consiste en mejorar cualitativa y cuantitativamente la organización de RMSkills y la participación de la selección regional de formación profesional en la competición nacional.
05/10/2020 12:54:51 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
III.- La normativa aplicable a la tramitación del convenio-tipo que se informa es la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículos 47 y siguientes) así como el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, en lo que no se oponga a lo establecido en la citada Ley 40/2015, ya que los preceptos contenidos en la misma relativos a los convenios tienen carácter básico (Disposición final decimocuarta).
IV.- La normativa que ampara la celebración del presente convenio es la siguiente:
XXXXXXX XXXX, XXXXX XXXXXXX
Xxx Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación: en particular, el artículo 39.2, donde se dispone: “La Formación Profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática, y permitir su progresión en el sistema educativo y en el sistema de formación profesional para el empleo, así como el aprendizaje a lo largo de la vida”. Y en el artículo 89 que “El Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o centros escolares.”
TERCERO.- COMPETENCIA Y CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PARTES.
El objeto del convenio-tipo se encuadra en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía y el Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx, sobre traspaso de
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Secretaría General
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
funciones y competencias a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Dentro de la misma, la Consejería de Educación y Universidades (actual Consejería de Educación y Cultura) es el organismo competente para su tramitación, en virtud del Decreto 52/1999, de 2 de julio, de atribución de dichas competencias transferidas a la Consejería de Cultura y Educación de conformidad con el artículo 7 del Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional. Su titular es, pues, la competente para su aprobación (artículo 8.1 del Decreto nº 56/1996).
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La competencia para suscribir los convenios que se ajusten al convenio tipo que se informa corresponde a la Consejera de Educación y Cultura de conformidad con la previsión del artículo 8.3 del Decreto 56/1996.
06/10/2020 12:57:26
Asimismo y conforme al Decreto 172/2019, de 6 de septiembre, de órganos directivos de la Consejería de Educación y Cultura, corresponde a la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación Profesional, que es el centro gestor que impulsa el presente expediente, las competencias del departamento en materia de formación profesional.
CUARTO.- CONTENIDO DEL CONVENIO-TIPO
05/10/2020 12:54:51 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
El convenio-tipo se estructura en un título, un preámbulo donde se identifican los sujetos que lo suscriben y capacidad jurídica con la que actúan y una parte expositiva integrada por diez apartados, donde se contiene la referencia a la competencia en la que se fundamenta la actuación de la CARM así como la justificación sobre la necesidad y conveniencia de la aprobación del convenio-tipo.
Se recomienda dejar en blanco en el título el espacio relativo a “las empresas colaboradoras” o al menos entrecomillarla para indicar que este espacio se cumplimentará con la identificación de cada una de las entidades que suscriban futuros convenios según este modelo normalizado.
A continuación, se establece el clausulado donde se contienen los acuerdos entre las partes, estructurado en doce cláusulas y un anexo I donde se detallan los productos, servicios y/o personal cualificado puestos a disposición por la empresa patrocinadora durante la competición.
XXXXXXX XXXX, XXXXX XXXXXXX
Por lo demás, una vez examinado el borrador remitido, y en lo que se refiere al contenido del convenio-tipo, se estima que en el mismo se contemplan los aspectos que constituyen el contenido mínimo exigible establecido en el artículo 5 del Decreto 56/1996 y en los artículos 48 y 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, y en atención a las Instrucciones derivadas de la entrada en vigor de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, dictadas el 3 de febrero de 2016, por la Secretaría General de la entonces denominada Consejería de Educación y Universidades, en el borrador de convenio figura la obligación de las posibles entidades firmantes, acerca del cumplimiento de su
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Secretaría General
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
personal con el requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, es decir, que el citado personal no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como la trata de seres humanos.
QUINTO.- TRAMITACIÓN.
06/10/2020 12:57:26
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Primero.- El artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que, sin perjuicio de las especialidades que la legislación autonómica pueda prever, será necesario que el convenio se acompañe de una memoria justificativa donde se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.
Se advierte que la memoria justificativa que acompaña al borrador de convenio, recoge los distintos contenidos exigidos a la misma.
05/10/2020 12:54:51 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
Xxxxxxx.- De conformidad con el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el Convenio informado está excluido de su ámbito de aplicación, aplicándose los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que se pudieran presentar.
En este sentido, el informe memoria que acompaña al borrador de convenio propuesto afirma que el Convenio tipo queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público ya que únicamente implica una colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura y las empresas o entidades patrocinadoras del campeonato regional de Formación Profesional.
Tercero. De conformidad con la memoria justificativa, la autorización de este Convenio-tipo no supone coste adicional para la Consejería de Educación y Cultura. Por ello y de conformidad con el artículo 7.2 del Decreto 56/1996 no será necesario informe económico acerca de la existencia, en el ejercicio en curso, de crédito presupuestario adecuado y suficiente a la naturaleza económica de las obligaciones ni fiscalización de la Intervención.
XXXXXXX XXXX, XXXXX XXXXXXX
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, en concordancia con el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, corresponde autorizar la celebración del convenio-tipo al Consejo de Gobierno.
Quinto. La competencia para aprobar el convenio-tipo y suscribir los futuros convenios, como ya se ha indicado, corresponde a la Consejera de Educación y Cultura de conformidad con la previsión del artículo 8.3 del Decreto 56/1996.
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura Secretaría General
Xxxx. xx Xx Xxxx, 00 00000 XXXXXX
Sexto. El convenio tipo debe inscribirse en el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de conformidad con el artículo 10 del Decreto 56/1996, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, conforme al artículo 14 del citado decreto. También se publicará en el Portal de la Transparencia la información exigida en relación a los convenios en los términos previstos en el artículo 17.5 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
SEXTO.- CONSULTA AL CONSEJO ESCOLAR DE LA REGION XX XXXXXX
05/10/2020 12:54:51 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
06/10/2020 12:57:26
Conforme al artículo 14.1.f de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Escolar debe ser consultado en los proyectos de convenios o acuerdos en materia educativa. Al respecto señalar que, dicho órgano, en respuesta a una consulta planteada por la Secretaría General de esta Consejería entiende que, dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales proyectos deberían someterse a dicho órgano, correspondiendo al centro directivo proponente analizar el contenido del convenio de que se trate en orden a determinar su relevancia educativa y su necesidad o no de ser informado por el Consejo Escolar.
Según la memoria justificativa del Servicio de Formación Profesional, dado que la finalidad de este Convenio tipo es la agilidad administrativa, y en atención a la falta de relevancia particular del convenio que se informa, ya que no afecta directamente a los alumnos, no se considera necesaria la emisión de dictamen por parte del Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.
CONCLUSIÓN. - En virtud de lo expuesto, se informa favorablemente el CONVENIO- TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, Y LAS EMPRESAS COLABORADORAS, PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN LOS CAMPEONATOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA REGIÓN XX XXXXXX, “RMSKILLS 2020”
Es cuanto procede informar, salvo mejor criterio fundado en derecho.
XXXXXXX XXXX, XXXXX XXXXXXX
LA ASESORA JURÍDICA
Fdo. Xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx
V.º B.º LA JEFA DEL SERVICIO JURÍDICO
Fdo. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (Documento firmado electrónicamente al margen)
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Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación y Cultura
Secretaría General
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