CUADRO DE CARACTERISTICAS DEL PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
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Región xx Xxxxxx Consejería de Sanidad y Política Social |
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CUADRO DE CARACTERISTICAS XXX XXXXXX TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1.- ORGANO DE CONTRATACIÓN. |
DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD |
2.- REFERENCIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN. |
CSE/9999/1100344251/12/PA |
3.- OBJETO DEL CONTRATO Y CODIFICACION CPA/CPV. SUJECION A REGULACION ARMONIZADA. LOTES. |
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3.1. Objeto: SERVICIO DE LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN, XXXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX, XX XXXXXXXXX.
3.2. Codificación CPA1: 81.21.1 Codificación CPV2: 90910000-9
3.3. Sujeción a regulación armonizada:
SI [X]
NO [ ]
3.4. Lotes: NO
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4.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER CON EL CONTRATO. |
Mantener el adecuado nivel de calidad en cuanto al estado de limpieza que un Hospital requiere, en el aspecto preventivo, correctivo y técnico legal, incluyendo las limpiezas de final de obra; la gestión integral de los residuos sólidos urbanos y asimilables (Grupos I y II) producidos en la actividad normal del Hospital; realizar la desinfección, desinsectación y desratización en todas los edificios, instalaciones y áreas del Hospital, incluyendo el contenido y el continente, y en general todo lo existente dentro de la parcela de cada inmueble, en cumplimiento de la normativa vigente; el mantenimiento y conservación de las zonas ajardinadas exteriores, y el cuidado de las plantas ornamentales del interior del Centro; la recogida de la ropa sucia generada por las distintas plantas, áreas, unidades y vestuarios asistenciales, y su transporte al Servicio de Lavandería-Ropero.
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5.- DURACIÓN DEL CONTRATO. |
5.1. Plazo de ejecución del contrato: 2 años.
5.2. Previsión de prórroga:
SI [X] En su caso, plazo previsto: Una vez finalizado el periodo inicial del contrato, éste podrá prorrogarse por mutuo acuerdo por períodos anuales, hasta un máximo de 2 años.
NO [ ]
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6.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. |
En la parcela, edificio e instalaciones del Hospital Universitario “Santa Xxxxx xxx Xxxxxx”, sito en Xxxxx Xxxxxxx XXXX, 00, xx Xxxxxxxxx (Xxxxxx), X.X. 00000. |
7.- PRESUPUESTO. |
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% IVA: 18 Importe del IVA: 551.600,86€ Precio total de licitación: 3.616.050,06€ Valor estimado del contrato: 6.128.898,40€ (IVA no incluido), duración inicial más prórrogas.
Anualidad Importe (IVA excluido)
7.3. Lotes: NO Nº Denominación Importe lote IVA exc.
Componentes prestación [ ] Unidades ejecución o tiempo [ ] Tanto alzado [X] Honorarios por tarifas [ ] |
8.- TRAMITACION DEL EXPEDIENTE. |
Ordinaria [X] Urgencia [ ] Emergencia [ ]
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9.- REVISIÓN DE PRECIOS. |
SI [X] NO [ ] En su caso, justificación de la no procedencia de revisión3:
9.2. Fórmula de Revisión de Precios4: La revisión de precios efectuada, no podrá superar el 85 por 100 de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo, en los doce meses inmediatamente anteriores a aquel en que proceda dicha revisión.
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10.- RÉGIMEN DE FACTURACIÓN. |
10.1. Condiciones de pago: Mensualmente, a mes vencido. Deberá acompañar todos los justificantes documentales, como fotocopias de pago de los seguros sociales y partes de trabajo elaborados durante el mes.
10.2. Lugar de presentación de las facturas: Registro General del Área de Salud II, Hospital General Universitario “Santa Xxxxx xxx Xxxxxx”, sito en Xxxxx Xxxxxxx XXXX xx 00, XX 00000 Xxxxxxxxx (Xxxxxx).
10.3. Valoraciones parciales5: SI [ ] Especificar condiciones: NO [X]
10.4. Autorización de valoraciones parciales por trabajos efectuados antes de la entrega parcial de los mismos6: SI [ ]
NO [X]
10.5. Abonos a cuenta por operaciones preparatorias7: SI [ ] En su caso, especificar: ● Operaciones preparatorias susceptibles de abono a cuenta. ● Exigencia de programa de trabajo. ● Criterios y forma de valoración de los abonos a cuenta. ● Plan de amortización de abonos a cuenta. NO [X] |
11.- GARANTÍA PROVISIONAL. |
11.1. Constitución de la Garantía Provisional: SI [ ] En su caso, justificación de su exigencia: NO [X]
11.2. Importe de la garantía provisional: EUROS €, equivalente al % del presupuesto del contrato, IVA no inc. 11.3. Importe de la garantía provisional por lotes, en su caso. Nº Importe (€) (%)
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12.- GARANTÍA DEFINITIVA. |
12.1. Constitución de la garantía definitiva: SI [X] NO [ ] Justificación sobre su improcedencia8:
12.2. Cálculo importe de la garantía definitiva9: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, deberán constituir una garantía definitiva de un 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
12.3. Cálculo importe de la garantía definitiva por lotes, en su caso. Nº Importe (€) (%) 12.4. Posibilidad de constitución de la garantía mediante retención en el precio: SI [ ] NO [X]
12.5. Devolución o cancelación parte proporcional del importe de la garantía10. SI [ ] NO [X] |
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y SU PONDERACION. EVALUACION AUTOMATICA O POR JUICIOS DE VALOR. |
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13.1. Identificación de los criterios, su ponderación y mecanismos de evaluación. 1 Criterio adjudicación11 Ponderación Evaluación automática12/juicio valor
Para el cálculo de la puntuación de las ofertas económicas, se aplicará la siguiente fórmula: (Pl – Of) x M/(Bt x Pl), donde Pl = Precio de licitación Of = Oferta realizada M = Puntuación máxima posible (45) Bt = Porcentaje máximo de baja sin incurrir en baja desproporcionada Si alguna de la ofertas económicas estuviera incursa en baja desproporcionada o anormal, la fórmula a aplicar sería la siguiente: (Pl – Of) x M/(Pl – Ot),
Pl = Precio de licitación Of = Oferta realizada M = Puntuación máxima posible (45) Ot = Oferta incursa en baja desproporcionada (en caso de existir varias, se tomará en cuenta la más económica de ellas)
2 Criterio adjudicación13 Ponderación Evaluación automática14/juicio valor
En este punto se valorarán los siguientes aspectos que han de integrar la oferta técnica, con el contenido mínimo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas:
3 Criterio adjudicación15 Ponderación Evaluación automática16/juicio valor
En este apartado se valorarán aquellas propuestas y actuaciones complementarias que el licitador considere conveniente incluir en su oferta, sin coste alguno, para una mejora del servicio. Estas mejoras deberán ser valoradas económicamente por las empresas licitadoras, no teniéndose en cuenta aquellas mejoras no estén valoradas. Las mejoras deben tener la naturaleza de propuestas que, en caso de no ser aceptadas, no afecten al normal funcionamiento y realización del servicio. Es decir, sólo son mejoras aquellas propuestas que están indicadas en el pliego de Prescripciones Técnicas como tales, o aquellas que son complemento del servicio cuya aplicación potencia aspectos positivos del mismo, pero que no son imprescindibles para que el servicio se lleve a cabo con total garantía. No se tendrán en cuenta las mejoras ofertadas que no tengan relación con el objeto del contrato y/o no vengan valoradas económicamente por las empresas licitadoras. La valoración deberá ser razonada y a precios xx xxxxxxx.
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que proponga mejoras que supongan un mayor porcentaje sobre el presupuesto de licitación, puntuándose de forma proporcional el resto de ofertas presentadas. Se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación = (O x P) / OM.
P: Puntuación máxima (10) O: Oferta realizada. OM: Mejor oferta.
Si ninguna oferta superara en este apartado el 5 % del presupuesto de licitación, éste será el importe que se considerará para la distribución proporcional, aplicándose la siguiente fórmula:
Puntuación = (O x P) / 5 % Presupuesto licitación.
P: Puntuación máxima (10) O: Oferta realizada.
4 Criterio adjudicación17 Ponderación Evaluación automática18/juicio valor
En este apartado se valorarán los porcentajes que, sobre la variación del IPC aplicable a la revisión de precios, oferten los licitadores siempre que sean inferiores al 85%; correspondiendo la máxima puntuación a la menor porcentaje ofertado, puntuándose de forma proporcional el resto de las ofertas, aplicando la siguiente fórmula: M x (Pl – Of) / Pl – Ofm Donde, M=Puntuación máxima = 5 puntos. Pl=Precio de licitación (porcentaje máximo establecido = 85%). Of=Oferta económica realizada. Ofm=Importe de la oferta mínima (porcentaje mínimo ofertado)
13.2. En su caso, indicar fases/Umbral mínimo.
13.3. Aplicación del criterio de preferencia en la adjudicación conforme lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta DL 3/000000. SI [ ] NO [X]
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14.- LUGAR PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, TELÉFONO, FAX, CORREO ELECTRÓNICO Y SERVICIO DE CONTACTO PARA REALIZAR CUALQUIER ACLARACIÓN SOBRE EL EXPEDIENTE. |
14.1. Registro para presentar las proposiciones: Registro General del Servicio Murciano de Salud
14.2. Dirección para envío por correo: Xxxxx Xxxxxxx, 0. Xxxxxxxx XXXXXXXXX X. 00000 Xxxxxxxxx - Xxxxxx
14.3. Nº de Fax: 000000000/000000000
14.4. Dirección de correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxxxx@xxxx.xx
14.5. Nº de Teléfono: 000000000/000000000
14.6. Perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxxx.xx |
15.-PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION. CONTENIDO DE LOS SOBRES Y VARIANTES. ADJUDICACION. |
15.1. Numero y contenido de los sobres a presentar por los licitadores: 15.1.1. SOBRE A, denominado “CAPACIDAD PARA CONTRATAR” con el Contenido previsto en la cláusula 12.2 xxx xxxxxx Tipo. 15.1.2. SOBRE B, denominado “CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR” ” que contendrá la oferta técnica propuesta para la realización del servicio, con el contenido mínimo recogido en el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la contratación, describiendo con el mayor detalle cada uno de los apartados objeto de valoración, e incluyendo cuanta documentación e información de carácter técnico se considere necesaria para una mejor valoración de su oferta, todo ello de acuerdo con lo indicado en el Apartado 13.1.2 del presente Cuadro de Características xxx Xxxxxx Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares. 15.1.3. SOBRE C, denominado “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA” ”, que contendrá: - Proposición económica, que se ajustará al modelo establecido en el Anexo VI xxx Xxxxxx Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares. Se presentará oferta de “precio/hora”, para aquellas horas adicionales que pudieran ser necesarias. - Mejoras: Mejoras propuestas para la prestación del servicio, así como la valoración económica de las mismas, conforme a los requisitos exigidos en el apartado 13.1.3 de este Cuadro de Características. - La oferta de porcentaje de variación del IPC aplicable a la revisión de precios, que será valorada conforme a lo previsto en el apartado 13.1.4 de este Cuadro de Características.
SI [ ] En su caso, indicar condiciones y elementos sobre los que se admiten variantes: NO [X] 15.3. Plazo máximo para efectuar la adjudicación a contar desde la apertura de proposiciones: Plazo general de 2 meses [X] Otro plazo [ ] Especificar: |
16.- ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA/CLASIFICACION DE LAS EMPRESAS LICITADORAS. |
16.1. Solvencia exigida20:
16.2. Clasificación exigida21:
SI [X] Especificar: Grupo U, subgrupo 1, categoría D NO [ ]
16.3. Concreción de las condiciones de solvencia22:
SI [X] Especificar: Los licitadores, además de acreditar su clasificación, se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. En particular, deberán acreditar que cumplen los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas para poder realizar aquellas prestaciones objeto del contrato para las que no resulta exigible clasificación (gestión de residuos, desinfección, desinsectación y desratización, así como jardinería) debiendo contar con las autorizaciones administrativas que, en su caso, resulten exigibles. NO [ ]
Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, podrán acreditar su solvencia de la siguiente forma: Solvencia económica y financiera: Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles, conforme al artículo 75.1.c), del RDL 3/2011 (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con un volumen medio anual mínimo equivalente a la media anual del contrato Solvencia técnica: Relación de los principales servicios o trabajos realizados durante los últimos tres años, que incluya importes, fechas y destinatarios de los mismos. Estos servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante los correspondientes certificados, conforme a al artículo 78.a) del RDL 3/2011 (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 16.4. Sistema de gestión medioambiental (contratos sujetos a regulación armonizada)23: SI [ ] Especificar: NO [X] |
17.- CRITERIOS OBJETIVOS PARA DECLARAR PROPOSICIONES TEMERARIAS O DESPROPORCIONADAS. |
17.1. Precio: Se considerarán ofertas desproporcionadas o temerarias aquellas proposiciones con una baja superior al 10% del presupuesto de licitación. 17.2. Otros24: |
18.- IMPORTE MÁXIMO PREVISTO PARA LOS GASTOS DE PUBLICIDAD. |
Publicación B.O.R.M. _________ euros. Publicación B.O.E. 1.500 euros. |
19.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. |
19.1. Obligación de presentar programa de trabajo SI [X] Plazo de presentación: El adjudicatario deberá presentar en el plazo de 30 días a contar desde la firma del contrato un Programa de Trabajo que deberá ser aprobado por el órgano de contratación, previo informe del responsable del seguimiento del contrato, en el plazo de 15 días siguientes a su presentación pudiendo imponer modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones. Siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Contenido mínimo: El Programa de Trabajo deberá adecuarse, con carácter de mínimos, a las especificaciones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (PPT) así como a la oferta técnica del adjudicatario. En el programa de trabajo el adjudicatario referirá:
En cuanto a los horarios, el adjudicatario deberá ajustarse a las condiciones establecidas por el centro asistencial, tanto para la limpieza como para la retirada de basuras. El principio básico que debe regir la forma de plantear la organización del servicio de limpieza, es la adecuación del mismo a las necesidades asistenciales del centro. Por lo tanto, se deberá prever una organización del servicio y unos horarios en los que, en todo momento, en los servicios críticos y semicríticos deben existir limpiadoras/es de presencia física, no descuidando en ningún momento el servicio en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos. El adjudicatario referirá en su programo de trabajo la aceptación de los protocolos de evaluación de limpieza establecidos por la Dirección del centro. El programa de trabajo reflejará la colaboración con el personal del centro asistencial en el Plan de Catástrofes Internas, y en las medidas adoptadas para la evacuación del centro. El adjudicatario aportará, con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, las marcas y las fichas técnicas de los productos en el caso de que exista un cambio de proveedor. Todos los envases estarán debidamente etiquetados para facilitar su identificación y prevenir accidentes. NO [ ]
19.2. Obligación de subrogación SI [X] Conforme a lo establecido en el artículo 16 del Convenio Colectivo de Trabajo para Limpieza de Edificios y Locales, en el ámbito de la Región xx Xxxxxx (BORM nº 208 de 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000), xx xxxxxxxxxxxxx deberá subrogarse en la relaciones laborales previas del personal del contratista saliente adscrito al servicio, que se relaciona en el Anexo IV del PPT, respetando el contrato y las condiciones de trabajo de los mismos. El órgano de contratación se reserva la potestad de exigir al contratista cuanta documentación y datos estime oportunos sobre el personal contratado para la realización del servicio, a fin de garantizar su adecuación a la normativa vigente en materia laboral en general y, especialmente, en materia de prevención de riesgos laborales y sobre Seguridad Social, sin perjuicio de las limitaciones prevista en la legislación sobre protección de datos. NO [ ] 19.3. Otras obligaciones generales: SI [X] Especificar25 Seguro de responsabilidad civil: Conforme a lo previsto en la Cláusula 24.6 xxx Xxxxxx Tipo, el contratista deberá presentar ante la Administración contratante, antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a terceros y siempre derivados de la ejecución del contrato durante el tiempo de duración, con un límite de indemnización de la póliza de 600.000€ por siniestro. Dicha póliza deberán mantenerse en vigor durante el período que dure la prestación del servicio, lo que se acreditará ante la Administración cuando ésta lo requiera.
Cláusula medioambiental: La empresa contratista responderá de cualquier incidente medioambiental por ella causado, liberando a la Gerencia del Área de Salud II de cualquier responsabilidad sobre el mismo. Para evitar tales incidentes, el Contratista adoptará las medidas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los clasificados como peligrosos. La responsabilidad de la correcta segregación y gestión de los residuos será del contratista.
El contratista adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación a la prestación de los servicios objeto del contrato y, en su actuación, pondrá especial cuidado en la prevención de la contaminación y mejora continua del comportamiento medioambiental, comprometiéndose a la consecución de una buena gestión medioambiental a través de las siguientes prácticas:
El contratista se compromete a suministrar información inmediata a la Gerencia del Área II de Salud sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso de la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento de las presentes condiciones medioambientales por parte del contratista, la Gerencia del Área de Salud II le podrá repercutir el coste económico, directo o indirecto, que suponga dicho incumplimiento. En relación con los productos destinados a su utilización para la prestación del servicio, siempre que resulte posible el contratista deberá tener en cuenta los siguientes criterios medioambientales:
NO [ ] |
20.- REGIMEN DE MODIFICACION DEL CONTRATO. |
20.1. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: 20.2. Porcentaje máximo: 20.3. Procedimiento:
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21.- RECEPCION. |
21.1. Posibilidad de recepciones parciales: SI [ ] En su caso, especificar las condiciones: NO [X] 21.2. Plazo de recepción: 21.3. Forma de constatación de la correcta ejecución del servicio: Informe mensual expedido por la persona designada por el Órgano de Contratación como responsable para el seguimiento del contrato. 21.4. Forma de recepción de los servicios: Informe de conformidad del Responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
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22.- PLAZO DE GARANTÍA. |
22.1. Plazo de garantía: SI [ ] Plazo26: NO [X] En su caso, justificación de la no imposición de plazo de garantía: Por no resultar necesario atendiendo la naturaleza y características del servicio contratado que, al ser de tracto sucesivo, se consume en el corto periodo de tiempo que transcurre hasta que vuelve a repetirse la prestación (días, semanas, etc.), cuya conformidad o disconformidad queda reflejada en la facturación mensual en la que, en su caso, se repercuten las deficiencias detectadas. |
23.- SUBCONTRATACION. |
23.1. Partes o porcentaje del contrato susceptibles de subcontratación: Porcentaje general 60% [ ] Otro porcentaje [X] Especificar: Podrán ser objeto de subcontratación sólo las prestaciones de desinfección, desinsectación y desratización en todas las instalaciones y áreas del Centro objeto del presente contrato. Prohibición de subcontratar [ ]
23.2. Obligatoriedad de subcontratar: SI [ ] Partes del contrato cuya subcontratación es obligatoria: NO [X]
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24.- CAUSAS DE RESOLUCION ESPECIFICAS. |
24.1. Por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales. SI [ ] Especificar, en su caso27: Además de las enumeradas en los artículos 223 y 308 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), el contrato podrá resolverse por las siguientes causas: En general, cualquier negligencia en la prestación del servicio de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización, gestión de residuos, etc. que dé lugar a situaciones antihigiénicas y / o a la aparición de plagas. Y en particular,
En ambos casos se entenderá que existe reiteración cuando se cometan al menos tres faltas en un período de 90 días naturales consecutivos o 180 alternos.
NO [ ] 24.2. Otras causas de resolución. SI [ ] Especificar, en su caso28: NO [ ] |
25.- PENALIDADES PREVISTAS PARA EL CONTRATO. |
Las generales previstas en la Ley29 [ ] Otras [X] Especificar: La negligencia por parte de la empresa adjudicataria en la prestación del servicio de limpieza, dará lugar a las indemnizaciones, responsabilidades y acciones correspondientes, incluso a la resolución del contrato, aparte de las sanciones que pudieran corresponderle recogidas en las disposiciones legales vigentes.
Los incumplimientos del contratista darán lugar a la imposición de penalidades conforme a la siguiente regulación:
A) Infracciones.-
Las Infracciones a las normas contenidas en el presente Pliego podrán ser:
1. Infracciones muy graves
Tendrán la consideración de infracciones muy graves, las siguientes:
2. Infracciones graves
Tendrán la consideración de infracciones graves, las siguientes:
3. Infracciones Leves
Tendrán la consideración de infracciones leves, las siguientes
B) Penalidades.-
C) Procedimiento.- El Responsable del Contrato emitirá un informe sobre el incumplimiento detectado, en el que calificará la infracción como leve, grave o muy grave, conforme a la tipificación contenida en el apartado A, y propondrá al órgano de contratación la imposición de las penalidades correspondientes, según los criterios de graduación regulados en el apartado B. De dicha propuesta se dará traslado al contratista, dándole audiencia por plazo de 10 días hábiles desde su recepción para que pueda formular las alegaciones y observaciones que a su derecho convengan. Una vez evacuado el trámite de audiencia al contratista, el órgano de contratación dictará resolución acordando en su caso las penalidades a imponer al contratista, que se llevará a cabo mediante la deducción correspondiente en la facturación del mes siguiente a su imposición.
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Murcia, 12 xx xxxxx de 2012
LA JEFA DE SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN,
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx Xxx.
PLIEGO-TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
I.- DISPOSICIONES GENERALES.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la prestación del servicio especificado en el Apartado 3.1 del Cuadro de Características que encabeza y forma parte de aquél, codificado conforme a la nomenclatura CPA y CPV y que se recoge en el Apartado 3.2 del Cuadro de Características, todo ello de conformidad con lo indicado en el art.10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (DL 3/2011).
En caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, se especificará en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características.
En el supuesto de que los bienes o productos se desglosen en lotes, se indicará en el Apartado 3.4 del Cuadro de Características con la identificación y la codificación conforme a la nomenclatura CPA y CPV que corresponda a cada uno de ellos.
Las necesidades administrativas a satisfacer con la tramitación del presente expediente, se especifican en el Apartado 4 de dicho Cuadro de Características.
La ejecución del contrato se realizará conforme a las condiciones que figuran en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el cuadro de Características y el Pliego de Prescripciones Técnicas, los cuales tendrán carácter contractual.
2.- PLAZO DEL CONTRATO Y PRORROGA. LUGAR DE EJECUCION.
La duración del contrato será la fijada en el Apartado 5 del Cuadro de Características que acompaña este Pliego, a contar desde la firma del contrato salvo que en éste se especifique otro momento distinto. La duración inicial del contrato no podrá exceder de cuatro años.
El contrato podrá prorrogarse, de mutuo acuerdo de las partes, antes de su finalización sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, puedan exceder de SEIS AÑOS, ni estas puedan ser concertadas, aislada o conjuntamente, por un plazo superior al fijado originalmente, conforme establece el art.303 DL 3/2011. La posibilidad de prórroga del contrato y su duración aparecerá reflejada en el Apartado 5.2 del Cuadro de Características.
3.- LUGAR DE EJECUCION.
La prestación del servicio se llevará a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 6 de Cuadro de Características que se adjuntan al presente Pliego.
4.- PRESUPUESTO Y FINANCIACION
El importe del contrato previsto por la Administración, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad indicada en el Apartado 7.1 del Cuadro de Características. El porcentaje e importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la Administración por la prestación objeto del contrato, así como el valor estimado del mismo, es el que figura en el citado Apartado 7.1.
La distribución de anualidades es la que se indica en el Apartado 7.2 del Cuadro de Características.
En el caso de que la licitación se efectúe por lotes, el desglose del precio para cada uno de ellos, será el que figura en el Apartado 7.3 del Cuadro de Características, no siendo obligatorio licitar a la totalidad de los lotes que componen el contrato, pudiendo ofertar a lotes individuales.
El sistema de determinación del precio del presente contrato será el establecido en el Apartado 7.4 del Cuadro de Características.
La tramitación del expediente, a los efectos de lo regulado en el art. 109 y ss DL 3/2011, será el que figure en el Apartado 8 del Cuadro de Características.
5.- REVISION DE PRECIOS
Salvo que en el Apartado 9.1 del Cuadro de Características se establezca que no proceda la revisión de precios en el contrato, de acuerdo con lo establecido en el art. 89 DL 3/2011, ésta se realizará cuando el contrato se hubiere ejecutado, al menos, en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su formalización, de tal modo que el porcentaje del 20 por 100 ejecutado y el primer año transcurrido desde la formalización quedarán excluidos de la revisión.
En todo caso el derecho a la revisión está condicionado al estricto cumplimiento del plazo total y de los plazos parciales que se pudieran aprobar por el Servicio Murciano de Salud.
La fórmula o índice de revisión indicado en el Apartado 9.2 del Cuadro de Características será invariable durante la vigencia del contrato.
Serán de aplicación todo lo regulado por el DL 3/2011 en su artículo 89 y siguientes, en relación a la revisión de precios.
6.- FORMA DE PAGO
El pago del precio se efectuará previa presentación de la correspondiente factura con las condiciones, en el momento y lugar que se indica en el Apartado 10 del Cuadro de Características.
En cualquier caso, el contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de las servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado y a sus modificaciones, si las hubiere, debiendo la Administración pagar las certificaciones y autorizar, en su caso, valoraciones parciales por trabajos efectuados conforme lo previsto en el art. 200 del RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP). Esta posibilidad aparece especificada en el Apartado 10.4 del Cuadro de Características.
En caso de contratos de tracto sucesivo, y conforme al art.199 RGLCAP, un representante designado por el Órgano de Contratación, a la vista de los trabajos realmente ejecutados y de los precios contratados, redactará las correspondientes valoraciones mensuales. Estas valoraciones se efectuarán siempre al origen y de acuerdo con lo establecido en el art. 149 RGLCAP.
Asimismo, el adjudicatario tendrá derecho a percibir a la iniciación de la ejecución del contrato hasta un 20 por 100 del importe total del mismo, como abono a cuenta para la financiación de las operaciones preparatorias, debiéndose asegurar el referido pago mediante la prestación de garantía en los términos previstos en el art.201 RGLCAP. Tal posibilidad y sus requisitos se recogen en el Apartado 10.5 del Cuadro de Características.
El Servicio Murciano de Salud tendrá la obligación de abonar el precio dentro del plazo establecido en el art.216 en relación con la Disposición Transitoria Sexta DL 3/2011, a partir de la fecha de la expedición de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, y sin perjuicio del abono de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro, según lo dispuesto en el citado artículo.
7.- GARANTIAS
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Garantía provisional
7.1.1. Cuantía
Para tomar parte en el presente concurso, el Órgano de Contratación podrá exigir a los licitadores la constitución de una garantía provisional, en cuyo caso, deberá justificar suficientemente en el expediente las razones de su exigencia para ese concreto contrato y por el importe que se fija, circunstancias que se recogerán en el Apartado 11 del Cuadro de Características, y que no podrá ser superior al 3 por 100 del presupuesto del contrato, excluido IVA, art. 103.2 DL 3/2011.
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la U.T.E., siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida.
7.1.2. Forma de constitución y devolución.
Para la constitución, en su caso, de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el art. 103.3 DL 3/2011, debiendo ser depositada, cuando se trate de garantías en metálico o valores, en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, x/x xxxxxx xxxx, xx Xxxxxx, acreditándose su constitución mediante entrega al Órgano de Contratación de la Carta de Pago expedida por aquella.
Cuando se trate de aval bancario o seguro de caución, el documento acreditativo de la constitución de la garantía será presentado directamente ante el Órgano de Contratación junto con el resto de la documentación administrativa.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I-A y II-A del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
Garantía definitiva
7.2.1. Cuantía
El licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva; para el supuesto de que el órgano de contratación exima al adjudicatario de su constitución, deberá acreditarse tal circunstancia en el Apartado 12.1 del Cuadro de Características, conforme establece el art.95.1 DL 3/2011. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base de licitación cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.95.3 RDL 3/2011. El importe total de la garantía definitiva -incluida la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- se indicará en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características.
La posibilidad de constitución de la garantía mediante la retención de precio o la devolución proporcional de la misma, se indicarán en el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro de Características, respectivamente.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
7.2.2. Forma de constitución
La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, x/x xxxxxx xxxx, xx Xxxxxx, a nombre del SERVICIO MURCIANO DE SALUD (NIF Q8050008E) con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella.
De conformidad con el art. 58 del RGLCAP, el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I-B y II-B del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
7.2.3. Devolución.
La devolución y cancelación de la garantía definitiva se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 000 XXX 0/0000. y art. 65 RGLCAP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACION DEL CONTRATO.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO.
La adjudicación del presente contrato, se realizará mediante procedimiento ABIERTO, de conformidad con el art. 138 en relación con el art.157 DL 3/2011.
De acuerdo con el artículo 150 del citado texto legal, para la selección del adjudicatario del presente contrato, podrán tenerse en cuenta bien un solo criterio, bien distintos criterios de adjudicación.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
9.1. Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los criterios y sus correspondientes ponderaciones que serán evaluables, bien por criterios automáticos (cifras o porcentajes obtenidos por la mera aplicación de fórmulas), bien por medio de un juicio de valor, y que se indican en el Apartado 13.1 del Cuadro de Características que encabeza este Pliego, de conformidad con lo previsto en el art. 150 DL 3/2011.
Atendiendo al objeto del contrato, podrán incluirse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo citado en el apartado anterior, características medioambientales.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo, extremo que se reflejará en el Apartado 13.2 del Cuadro de Características.
9.2. Los órganos de contratación podrán señalar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares la preferencia en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, circunstancia que se señalará en el Apartado 13.3 del Cuadro de Características.
10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
10.1. Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que además de plena capacidad de obrar, desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que menciona el art. 60 DL 3/2011.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato objeto de la adjudicación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, art. 56.1 DL 3/2011.
10.2. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. A efectos de la acreditación de la solvencia, las uniones temporales de empresas acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de las mismas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
11.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
11.1. El expediente de contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el lugar indicado en los anuncios de licitación, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, en el Boletín Oficial del Estado o en Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, según proceda, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Los interesados podrán retirar copia de los Pliegos que rigen la presente contratación en el lugar indicado en el anuncio de licitación, previo pago de la correspondiente tasa en concepto de precio público por realización de fotocopias en centros gestores de la Administración Regional. También podrá obtenerse información gratuita sobre el expediente y sus Pliegos, a través de Internet.
11.2. Las proposiciones se presentarán en el Registro indicado en el Apartado 14 del Cuadro de Características, dentro del plazo y, en su caso, hora máxima señalados en el anuncio de licitación que se publique.
Podrán enviarse proposiciones por correo. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. A estos efectos en el Apartado 14 del Cuadro de Características se indican el número de fax y dirección de correo electrónico, en su caso, para realizar el citado anuncio.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificante y anuncio, no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad al día de terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, se abrirá un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales para la recepción de la documentación, transcurrido el cual sin que se hubiera recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
12.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA.
12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características. Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar cada uno de los sobres firmados.
12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos que a continuación se relacionan:
Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sito en xxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx XXXXXXXXX X – 0x xxxxxx, Xxxxxxxxx-Xxxxxx (Tfno.: 968 288061/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate.
Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el art. 60 DL 3/2011. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, (ANEXO III).
Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Organos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política (ANEXO IV).
Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación.
Acreditación de la solvencia o, en su caso, de la clasificación exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 16.1 y 2 del Cuadro de Características. Para el caso de que por el órgano de contratación se exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el art. 64 DL 3/2011, se hará constar en el Apartado 16.3 del Cuadro de Características.
En los casos adecuados, se podrá exigir como medio de acreditar la solvencia técnica la indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato se hará constar en el Apartado 16.4 del Cuadro de Características.
De conformidad con lo previsto en el Pacto por la Promoción del Empleo en la Región xx Xxxxxx 2011-2014, los órganos gestores tenderán a incluir, como medio de acreditar la solvencia técnica de las empresas licitadoras y cuando por la naturaleza de estos sea factible, una declaración de los efectivos medios anuales de las empresas con la exigencia de un grado mínimo de estabilidad en el empleo de los mismos en los tres últimos años.
En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato.
Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Datos del licitador (ANEXO V) que incluirá en su caso una dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones.
Cualquier otra documentación que se haya exigido atendiendo a las condiciones y particularidades propias del presente contrato.
De los documentos anteriores podrán presentarse originales, copia compulsada, autenticada ante notario o copia simple de los mismos. En este último caso, los licitadores propuestos como adjudicatarios del contrato deberán aportar, previamente a la adjudicación del mismo, los documentos originales para la compulsa de las copias presentadas.
Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado al Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, en la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
Cuando se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
12.3. El sobre B que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.2 del Cuadro de Características comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de cuantificación por medio de un juicio de valor, pudiendo incluir, además, cuanta otra documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas.
12.4. El sobre C que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.3 del Cuadro de Características, comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de valoración objetiva mediante cifras o porcentajes obtenidos de forma automática por aplicación de meras fórmulas, art.150 DL 3/2011.
En todo caso, la oferta económica se ajustará al modelo que figura como ANEXO VI al presente Xxxxxx y deberán expresar separadamente el precio ofertado y el importe correspondiente a la aplicación sobre dicho precio del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación. Los licitadores podrán acompañar el citado Anexo de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra.
Las ofertas que excedan del presupuesto total máximo serán rechazadas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición económica en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure.
La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato.
En su caso, los criterios objetivos que deban ser valorados para determinar si las proposiciones no pueden ser cumplidas, por ser consideradas temerarias o desproporcionadas, en especial cuando la oferta se realice por debajo de los niveles de retribución fijados en los correspondientes convenios Colectivos y que figurarán en el citado Apartado 17 del Cuadro de Características.
En el supuesto de que se admitan variantes, se indicará en el Apartado 15.2 del Cuadro de Características y en el anuncio de licitación. No se admitirán variantes sobre extremos no indicados en el citado apartado.
El licitador que opte por presentar variantes, en el supuesto de que se admitan, identificará claramente en su proposición la oferta base de las variantes ofertadas.
No serán consideradas las variantes presentadas por los licitadores, cuando no se admitan expresamente en este Pliego, o cuando aún admitiéndolas superen el límite de las permitidas o no se refieran a elementos y condiciones señalados en el Apartado 15.2 citado.
13.- MESA DE CONTRATACION.
El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación.
Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 DL 3/2011.
En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en el sobre B y C.
14.- CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
14.1. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), pudiendo, si observase defectos materiales en la misma, conceder un plazo inferior a siete días (art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley de Contratos del Sector Público) para que el licitador subsane el error.
14.2. Si hubiera criterios de valoración subjetivos, cuya evaluación no sea cuantificable mediante la aplicación de fórmulas, porcentajes o cualquier otro criterio objetivo, la apertura de los sobres que contengan esta documentación (sobre “B”) se llevará a cabo en acto público, en un plazo no superior a SIETE DÍAS desde al apertura de la documentación administrativa, en el lugar y fecha indicados en el correspondiente anuncio de licitación, celebrándose con posterioridad la apertura de las proposiciones económicas y criterios de valoración objetivos (sobre “C”), que será avisada con la suficiente antelación a los licitadores.
Posteriormente, y obtenida la puntuación total alcanzada por cada una de las empresas licitadoras, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación, a favor del licitador que haya efectuado la oferta económicamente más ventajosa, en atención a que se empleen uno o varios criterios.
En el caso de haberse empleado un solo criterio de adjudicación para determinar qué oferta es la más ventajosa económicamente, este ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo.
15.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación:
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el art. 13 del RGLCAP.
- Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del art. 13 del citado Reglamento.
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 14 de RGLCAP.
- Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente.
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos, pudiendo autorizar al órgano de contratación para que, en su nombre, obtenga de forma directa la acreditación de ello, a cuyos efectos se completará el modelo de autorización recogido en los ANEXOS VII-A, B y C que acompaña al presente Pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
15.3. No obstante y de conformidad con el art.5 del Decreto-Ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, se deberá comprobar, con carácter previo al inicio de la prestación de la actividad contratada o subcontratada, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que ocupen los empresarios propuestos para la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad del Servicio Murciano de Salud o que se presten de forma continuada en sus centros de trabajo.
15.4. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
15.5. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 151.4 DL 3/2011.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
15.6. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el Apartado 15.3 del Cuadro de Características.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
16.1. Tiempos y requisitos
16.1.1. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, dentro de los plazos a los que se refiere el art. 156 DL 3/2011 que se pondrá en conocimiento del adjudicatario en el momento de la notificación de la adjudicación.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
16.1.2. Todos los gastos de publicidad originados en el expediente, correrán por cuenta del adjudicatario, debiendo presentar con anterioridad a la firma del contrato justificante del pago de los correspondientes anuncios. El importe máximo de los gastos previstos de la publicidad de la licitación es el que se indica en el Apartado 18 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
16.1.3. Al contrato que se formalice, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas, con su Cuadro de Características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el adjudicatario.
16.1.4. Si una Unión de Empresas resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, en el plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente escritura pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello, se entiende sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, ante la Administración, de todos las empresarios que integren la Unión de Empresas.
17.- NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
17.1. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
17.2. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
18.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
A los efectos de lo previsto en el art.219 DL 3/2011, el órgano de contratación podrá modificar el presente contrato por razones de interés público, a cuyos efectos en el Apartado 20 del Cuadro de Características se determinarán las condiciones en que podrá realizarse tal modificación, el alcance y límites con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse, todo ello sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder al Consejo Jurídico de la Región xx Xxxxxx.
Para el supuesto de realizar modificaciones no previstas en los Pliegos, se aplicará lo dispuesto en el art.107 DL 3/2011 con los límites y requisitos ahí regulados sin que se pueda alterar las condiciones esenciales de licitación y adjudicación.
Para este supuesto, el procedimiento de modificación será el previsto en el art.108 DL 3/2011.
III.- EFECTOS, CUMPLIMIENTO Y EXTINCION DEL CONTRATO.
19.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS.
19.1. En el Apartado 21.1 del Cuadro de Características se relacionan las recepciones parciales de partes del contrato susceptibles de ser entregadas a la Administración.
La recepción de las prestaciones llevadas a cabo por la empresa se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los arts. 222 y 307 DL 3/2011 y 203 del RGLCAP.
19.2. Una vez cumplidos los trámites si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas se procederá a su recepción, levantándose al efecto el acta correspondiente.
Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente, art.204 RGLCAP.
En los Apartados 21.3 y 21.4 del Cuadro de Características se determinarán la forma para constatar la correcta ejecución de la prestación y la forma de recepción de los servicios, respectivamente.
20.- PLAZO DE GARANTIA.
De acuerdo con lo establecido en el art. 222 en relación con el art.307 RDL 3/2011, una vez se levante el acta o informe de conformidad, comenzará a contar el plazo de garantía que será el establecido en el Apartado 22 del Cuadro de Características.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los arts. 310, 311 y 000 XXX 0/0000 sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la elaboración de proyectos de obras.
El plazo de garantía, en el supuesto de que se prevean recepciones parciales, comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas de conformidad.
21.- CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACION.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos recogidos en el art. 226 DL 3/2011, quedando el cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
Salvo que el contrato disponga lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo. En el Apartado 23.1 del Cuadro de Características se indica la parte o tanto por ciento de las prestaciones susceptibles de ser subcontratadas. En el Apartado 23.2 del Cuadro de Características se señala, en su caso, la obligatoriedad de la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50 por 100 en del importe del presupuesto del contrato, de conformidad con el art. 227 DL 3/2011.
Igualmente, y atendiendo a la naturaleza del contrato, se procurará establecer la prohibición de volver a subcontratar lo previamente ya subcontratado.
Si en el Apartado 23.2 del Cuadro de Características se indicara la obligatoriedad de la subcontratación y la parte del contrato a la que afectara, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, establecidas en el art.227.3 DL 3/2011, podrá dar lugar, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 % del importe del subcontrato.
22.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los arts. 223 y 308 DL 3/2011 y se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los arts. 225 y 309 DL 3/2011.
En el supuesto de que se incluyeran en el Pliego causas de resolución por incumplimiento de las obligaciones contractuales calificadas como esenciales o se especificaran expresamente otras causas de resolución, se indicarán en el Apartado 24.1 y 24.2 del Cuadro de Características, respectivamente.
23.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
23.1. Incumplimiento de los plazos.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales que, en su caso, queden fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas en la cuantía establecida en el art. 212 DL 3/2011, salvo que en se establezcan otras distintas en el Apartado 25 del Cuadro de Características.
El adjudicatario incurrirá en xxxx, en el caso de incumplimiento de los plazos previstos, sin que requiera la interpelación o la intimación previa por parte de la Administración.
El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las facturaciones que se produzcan. En todo caso la garantía definitiva responderá de la efectividad de aquellas, de acuerdo con lo establecido en el art. 100 DL 3/2011. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato, art.212 DL 3/2011.
Las reducciones y penalidades referidas no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios, ocasionados por el retraso imputable al adjudicatario.
23.2. Otros incumplimientos.
En atención a la naturaleza y condiciones del contrato, en el Apartado 25 del Cuadro de Características se podrán establecer otras infracciones y penalidades por incumplimiento de aquél.
24.- OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCION DEL CONTRATO.
De conformidad con el art. 52.1 DL 3/2011, el órgano de contratación podrá designar un representante para el seguimiento de la ejecución del contrato. Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, la Administración podrá recabar del contratista, la designación de una persona que actúe como delegado suyo para organizar la realización del contrato e interpretar y poner en práctica las observaciones que para el exacto cumplimiento del mismo le fuesen formuladas por el órgano de contratación.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo a la vez que responderá de todos los daños y perjuicios causados a terceros y a la Administración dentro del proceso contractual, siendo exigible por la vía de apremio administrativo el cobro de los citados daños.
En este sentido y de conformidad con lo previsto en el Pacto por la Promoción del Empleo en la Región xx Xxxxxx 2011-2014, el órgano de contratación se reserva la potestad de exigir al contratista cuanta documentación y datos estimen oportuno sobre el personal contratado en la actividad objeto de la contratación, para garantizar su adecuación a la normativa vigente en materia laboral en general, especialmente en materia de prevención de riesgos laborales y sobre seguridad social, sin perjuicio de las limitaciones previstas en la legislación sobre protección de datos, así como el poner en conocimiento del órgano de contratación las contrataciones de nuevo personal que tenga que adscribirse a la obra o servicio correspondientes a la propia actividad del Servicio Murciano de Salud o que se presten de forma continuada en sus centros de trabajo y acreditar su afiliación y alta en la Seguridad Social, conforme el art.5 del Decreto-Ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.
En los contratos de servicios que sean de tracto sucesivo el contratista está obligado a presentar un programa de trabajo que será aprobado por el órgano de contratación, siempre que en el pliego de cláusulas administrativas particulares se haga constar expresamente esta obligación. En el Apartado 19.1 del Cuadro de Características se indicará esta posibilidad, art.198 RGLCAP.
Para los casos de contratos de redacción de proyectos de obras, el presupuesto de ejecución de la obra prevista se desviare en más de un 20 por ciento, tanto por exceso como por defecto, del coste real de la misma como consecuencia de errores u omisiones imputables al contratista consultor, la Administración podrá establecer, un sistema de indemnizaciones consistente en una minoración del precio del contrato de elaboración del proyecto, en función del porcentaje de desviación, hasta un máximo equivalente a la mitad de aquél, art.311 DL 3/2011.
De conformidad con lo previsto en el Pacto por la Promoción del Empleo en la Región xx Xxxxxx 2011-2014, y sin perjuicio de lo que prevean los convenios colectivos que sean de aplicación, se promoverá como condición de ejecución del propio contrato, la obligación de subrogarse en el personal de la empresa saliente, al menos con seis meses de antigüedad, respetando el contrato y las condiciones de trabajo de los mismos, a cuyos efectos se hará constar esta posibilidad en el Apartado 19.2 del Cuadro de Características; en este supuesto, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste, art.120 DL 3/2011.
Cuando la naturaleza del contrato lo requiera podrá exigirse al adjudicatario el cumplimiento de ciertas CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION, incluida la presentación o constitución de un seguro de responsabilidad civil. En este caso el contratista deberá presentar ante la Administración contratante antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a terceros y siempre derivados de la ejecución del contrato durante el tiempo de duración.
En el supuesto de que el contrato se prorrogara o ampliara el plazo de ejecución, la vigencia de la póliza alcanzará al nuevo periodo.
En el Apartado 19.3 del Cuadro de Características se establecerá el límite de indemnización de la póliza, caso de exigirse seguro de responsabilidad civil.
La Administración contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia del contrato requerir al contratista para que acredite la vigencia de la citada póliza.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del mismo, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la Administración al contratista.
El contratista será responsable de la calidad técnica de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración contratante o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista está obligado al cumplimiento de la legislación medioambiental aplicable en función del objeto del contrato.
25.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
26.- CONFIDENCIALIDAD.
La empresa adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del contrato, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del Servicio Murciano de Salud, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios a favor del citado organismo.
Asimismo, la empresa se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, de acuerdo al nivel de protección establecido en la normativa correspondiente, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el Servicio Murciano de Salud como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
La empresa asegurará y se responsabilizara de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado
En el supuesto de que la empresa, destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
El Servicio Murciano de Salud se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La Empresa se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de Servicio Murciano de Salud sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo.
La empresa se compromete a devolver al Servicio Murciano de Salud los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual.
En todo caso, será de aplicación lo previsto en la Disposición Adicional vigésima sexta del RDL 3/2011.
IV.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE.
27.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo.
Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y demás normas de desarrollo aplicables.
En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos.
La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.
28.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
En el supuesto de que el contrato se encuentre sujeto a regulación armonizada según se indique en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características, y en los demás supuestos previstos en la Ley, las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones que se adopten, podrán interponer contra los actos de los contratos a que se refiere el art. 40 DL 3/2011, recurso especial en materia de contratación ante el órgano de contratación, en el plazo de QUINCE DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado, sin perjuicio de lo establecido en el art.44.2 del mismo texto legal. Dicho recurso deberá presentarse necesariamente en el Registro General del órgano de contratación.
No obstante, todo aquel que se proponga interponer el citado recurso, deberá anunciarlo previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, escrito que deberá ser presentado dentro del plazo indicado en el apartado anterior, conforme lo establecido en el art.44 DL 3/2011.
El recurso especial en materia de contratación será previo a la interposición del contencioso-administrativo y tendrá carácter potestativo y, en el caso, de que el acto recurrido sea el de la adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
29.- JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
ANEXO I-A
Modelo de Aval para GARANTIA PROVISIONAL
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)...........................................................................................................NIF ..........................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en calle/plaza/avenida.............................................................................................. C.P. ............................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ........................................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado).....................................................................................................................................................................................NIF...................................en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el avalado) .................................................. ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD por importe de: (en letras) ...................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en………………………………. (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
(lugar y fecha)
(razón social de entidad)
(firma de los Apoderados)
ANEXO I-B
Modelo de Aval para GARANTIA DEFINITIVA
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)........................................................................................................... NIF ..........................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ...................................................................... en la calle/plaza/avenida .................................................................................... C.P. ............................ y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ......................................................................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ....................................................................................................................NIF ..................................... en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)........................................ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, por importe de: (en letras)...........................................................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en…………………………….. (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
.................................................................(lugar y fecha)
....................................................(razón social de entidad)
.................................................(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO II-A
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA PROVISIONAL
Certificado número......................
La entidad aseguradora (nombre)………………………………. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P.............................y CIF.....................................debidamente representada por don ............................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A la entidad (nombre)…………………………………………... NIF.............................., en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de………………… euros, en concepto de GARANTIA PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) …………………………………………………….
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) ……………………………………………….en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En .................., a .......... de ......................... de ...................
ANEXO II-B
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA DEFINITIVA
Certificado número ...........................................................
La entidad aseguradora (nombre)………………………………. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P.............................y CIF......................................debidamente representada por don ............................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día ................. por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A la entidad......................................................... NIF ................................... en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de…………………… euros, en concepto de GARANTIA DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ......................................, a .......... de ................................. de ...................
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO III
D ................................................................................................................
......................................................., con D.N.I ........................................, en representación de la empresa ........................................................................, con domicilio social en ..............................................................................., C.P. ..........................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del artículo 13 del citado Real Decreto.
c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable
en .............................., a ............de .....................................de
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
A N E X O IV
D. ...................................................................................................., con D.N.I. ................................, en nombre y representación de la empresa ........................................................................., entidad con domicilio social en...................................., calle ......................................................, nº ........, C.P. ................................ y C.I.F. nº ....................................
CERTIFICA:
Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que así conste, ante el Servicio Murciano de Salud, en el expediente número .................., se expide la presente
en ...................................., a .......... de .............................. de
Firma,
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
ANEXO V
NOMBRE DE LA EMPRESA:
DIRECCIÓN COMPLETA:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
PERSONA DE CONTACTO:
ANEXO vi
OFERTA ECONÓMICA
D.________________________________________________________________, con domicilio en __________________________________________________, D.N.I. nº _______________________, teléfono ___________________, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ______________________________________________, con domicilio en ___________________________________________________, C.P. ____________, teléfono ___________________, y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº ______________) enterado de la licitación convocada por el Servicio Murciano de Salud, para la contratación de_______________
DECLARO:
1º) Que me comprometo a la ejecución del contrato por el precio (*) de:
BASE IMPONIBLE |
IVA 18% |
PRECIO TOTAL |
|
|
|
Con el siguiente precio/hora adicional:
PRECIO HORA |
IVA 18% |
TOTAL HORA |
|
|
|
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, reservándome el derecho de poder mejorar lo indicado en la proposición inicial presentada.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
Firma,
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
(*) Se diferenciará entre el importe de la base imponible y la cantidad correspondiente al IVA.
ANEXO VII-A
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información de naturaleza tributaria, a los efectos previstos en el artº. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
|
|
NIF: |
FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL:
CIF: |
|
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
|
|
NIF: |
CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
ANEXO VII-B
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS A LA SEGURIDAD SOCIAL RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON DICHA ENTIDAD.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Seguridad Social, información a los efectos previstos en el artº. 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
INFORMACIÓN AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 14 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
|
|
NIF: |
FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL:
CIF: |
|
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
|
|
NIF: |
CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
ANEXO VII-C
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Agencia Regional de Recaudación, información de naturaleza tributaria, a los efectos previstos en el artículo 13 e) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y en el artículo 2 de la Orden de 1 xx xxxxx de 2008.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 E) DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE Y EL ART. 2 DE LA ORDEN DE 1 XX XXXXX DE 2008.
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
|
|
NIF: |
FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL:
CIF: |
|
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
|
|
NIF: |
CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
1 REGLAMENTO (CE) 451/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 xx xxxxx de 2008.
2 REGLAMENTO (CE) 213/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2007.
3 Art.89.2 DL 3/2011
4 En caso de aplicar el IPC, la revisión no podrá superar el 85% de la variación experimentada por dicho índice, pudiéndose prever otro inferior, art.90.3 DL 3/2011
5 Para contratos de tracto sucesivo. Art.199 RGLCAP
6 Art.200 RGLCAP
7 Art.201 RGLCAP.
8 Art.95.1 DL 3/2011
9 En su caso, incluir también % garantía complementaria.
10 Art. 102.3 DL 3/2011. Solo cuando se admitan recepciones parciales según Apartado 21 Cuadro de Características.
11 Atendiendo al objeto del contrato, se incluirán como criterio de adjudicación medidas para la mejora de la gestión ambiental en la ejecución del contrato
12 Indicar, en su caso, cifras, porcentajes o fórmulas matemáticas.
13 Atendiendo al objeto del contrato, se incluirán como criterio de adjudicación medidas para la mejora de la gestión ambiental en la ejecución del contrato
14 Indicar, en su caso, cifras, porcentajes o fórmulas matemáticas.
15 Atendiendo al objeto del contrato, se incluirán como criterio de adjudicación medidas para la mejora de la gestión ambiental en la ejecución del contrato
16 Indicar, en su caso, cifras, porcentajes o fórmulas matemáticas.
17 Atendiendo al objeto del contrato, se incluirán como criterio de adjudicación medidas para la mejora de la gestión ambiental en la ejecución del contrato
18 Indicar, en su caso, cifras, porcentajes o fórmulas matemáticas.
19 Vid Cláusula 9.2 del PCAP.
20 Conforme los medios previstos en el art. 75 (solvencia económica y financiera) y art. 78 (solvencia técnica) DL 3/2011
21 Para servicios de presupuesto igual o superior a 120.202,42€, Disp. Transitoria Cuarta y art. 25.1 DL 2/2000, de 16 xx xxxxx, texto refundido Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
22 Art.64 DL 3/2011
23 Art.81 DL 3/2011
24 Ver Cláusula 12.4 ap.5 PCAP
25 Incluir, en su caso, exigencia de póliza de seguro de responsabilidad civil conforme Cláusula 24.6 PCAP u otras condiciones en materia social y medioambiental
26 Meses/años
27 Art.223. f) DL 3/2011
28 Art.223. h) DL 3/2011
29 Art.212.4 DL 3/2011
51