CONTRATO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS
CONTRATO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS
ENTRE
ACCION CONTRA EL HAMBRE Misión, con domicilio social en XXX dirección de la oficina,
representado por XXX, Cargo
de aquí en adelante referido como “Acción Contra el Hambre” o “el ARRENDATARIO”
Y
D. XXXX, con domicilio en [ dirección del arrendador]
o Compañía … con domicilio social en XX …. y representado por XX…
de aquí en adelante referido como el “PROPIETARIO” o “ARRENDADOR”
Ambas partes acuerdan las siguientes condiciones:
Artículo 1 Ámbito del Contrato
El objeto de este contrato es el alquiler de los siguientes vehículos:
|
Modelo |
Matrícula |
Número de motor |
Número de Chasis |
1 |
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
El arrendador garantiza que los vehículos alquilados son de su propiedad y se compromete a entregar a Acción Contra el Hambre toda documentación relevante que pruebe dicha propiedad.
Artículo 2 Periodo del contrato
Este contrato es válido por el periodo de un (1) mes comenzando el …………..
Las partes pueden decidir renovar el contrato por acuerdo mutuo tácito. En dicho caso, cada parte tendrá el derecho de terminar el contrato a través de una notificación escrita previa, al menos siete (7) días, antes de la fecha deseada de terminación.
Artículo 3 Condiciones de uso
Los vehículos estarán localizados en Ciudad/ Distrito / Región / Provincia.
Los vehículos podrán ser usados temporalmente fuera de provincia.
Los vehículos son de uso exclusive de Acción Contra el Hambre y no podrán ser utilizados para ningún otro propósito durante la duración del periodo de contrato.
Acción Contra el Hambre podrá, por lo tanto, usar estos vehículos en cualquier momento durante el día o la noche.
Los vehículos serán aparcados en el recinto de Acción Contra el Hambre fuera del horario laboral y días festivos. (se actualizará si es necesario)
El kilometraje al inicio del periodo de alquiler es (especificar para cada vehículo si hay más de uno).
Se acuerda que Acción Contra el Hambre podrá utilizar estos vehículos sin límite de kilometraje.
Sólo el conductor contratado por el propietario está autorizado a conducir el vehículo.
O
Acción Contra el Hambre se compromete a seleccionar únicamente conductores con experiencia para conducir los vehículos.
Artículo 4 Conductor (opcional)
El propietario asignará un conductor para cada vehículo.
El conductor debe tener un permiso de conducir vigente y en regla y debe ser aprobado por Acción Contra el Hambre.
El conductor debe respetar las instrucciones dadas por Acción Contra el Hambre y se comprete a respetar:
La normativa interna de Acción Contra el Hambre
La descripción del puesto de trabajo para conductores de Acción Contra el Hambre.
El propietario no puede sustituir al conductor sin el acuerdo previo de Acción Contra el Hambre.
En caso de que el conductor aprobado y asignado deje de estar disponible, el Propietario se compromete a asignar un Nuevo conductor en el plazo de un (1) día. El nuevo conductor también debe ser aprobado por Acción Contra el Hambre.
El conductor está empleado por el Propietario por lo que permanece bajo su responsabilidad.
El propietario, por lo tanto, se compromete en nombre de sus conductores y a contratarles y pagarles honestamente.
El propietario también garantiza que los conductores están completamente cubiertos por un contrato de Seguro apropiado.
El propietario tendrá que reembolsar el coste de cualquier daño o pérdida causada por la mala conducta del conductor.
Si un conductor es requerido para viajar durante la noche, Acción Contra el Hambre proveerá al conductor de alojamiento nocturno y / o le pagará la cena y los gastos de hotel. (a completar / actualizar)
El conductor es responsable del vehículo. El conductor debe rechazar cualquier instrucción que pueda poner en peligro la seguridad del vehículo o los pasajeros. Por lo tanto, Acción Contra el Hambre no aceptará ninguna reclamación derivada de un potencial mal uso del vehículo
Artículo 5 Estado del Vehículo
El Propietario afirma que en su conocimiento los vehículos están en perfectas condiciones y libres de cualquier falla o defecto que pueda afectar la seguridad de la operación bajo un uso normal.
Si el coche se alquila CON conductor, cumplir lo siguiente:
Si el vehículo se alquila con conductor, este será el único responsable del estado del vehículo.
Será responsabilidad del conductor cualquier accidente o colisión y el Propietario no podrá reclamar ningún tipo de reparación a Acción Contra el Hambre.
Si el coche se alquila SIN conductor, cumplir lo siguiente:
Conjuntamente ambas partes cumplimentarán un informe e inventario detallado del estado del vehículo como apéndice adjunto al contrato.
Este informe será utilizado al final del periodo de alquiler como base para el inventario.
Artículo 6 Seguro y Formalidades Legales
6.1 – Seguro:
El propietario asegurará el vehículo con un contrato comprensible que cubra accidentes y responsabilidad legal por el vehículo, conductor y pasajeros.
El propietario se compromete a entregar a Acción Contra el Hambre copia de dicho certificado de seguro para cada vehículo alquilado.
Los costes del seguro estarán incluídos en el alquiler mensual. (A COMPROBAR)
6.2 – Formalidades Legales:
El propietario es responsable de registrar los vehículos ante las Autoridades pertinentes así como asegurarse de que todos los vehículos cuentan con la documentación necesaria que cumpla la normativa y leyes de Misión País.
Asimismo, el propietario se compromete a estar al corriente de pago de todos los impuestos y obligaciones relacionados con los vehículos.
Artículo 7 Documentación
El Propietario se compromete a entregar a Acción Contra el Hambre copia de los siguientes documentos: (A actualizar/modificar de acuerdo al contrato de alquiler y a la documentación legal local).
Certificado de propiedad con el nombre del propietario.
Copia del DNI/NIE del propietario.
Copia del permiso de conducir del conductor.
Certificado del Seguro de los vehículos y pasajeros.
Último Certificado de Mantenimiento / Certificado de Revisión Técnica.
Copia de la autorización de viaje.
Adjuntar todos los documentos como Apéndices a este Contrato.
Artículo 8 Obligaciones de Acción Contra el Hambre
Mantener este párrafo SOLO si se alquila el coche SIN conductor (de lo contratio, todos los puntos abajo indicados serán responsabilidad del conductor)
Acción Contra el Hambre se compromete a:
Contar únicamente con conductores experimentados como empleados de ACH para conducir los vehículos alquilados.
No utilizar el vehículo para ningún propósito ilegal.
No manejar el vehículo de manera negligente.
No permitir el manejo de los vehículos a ninguna persona sin una autorización escrita del Propietario.
No sobrepasar la capacidad de peso legal del vehículo causado por exceso de pasajeros, propiedades o materiales.
Informar tan pronto como sea posible al Propietario en caso de accidente o avería.
Mantener lo siguiente en caso de que el vehículo sea alquilado CON conductor:
Acción Contra el Hambre se compromete a :
Suministrar la gasolina para el uso del vehículo (MANTENER SI PERTINENTE)
No permitir a nadie más que al propietario asignar al conductor del vehículo.
Informar inmediatamente al propietario en caso de accidente o avería.
Artículo 9 Condiciones Específicas
El propietario declara entender el propósito humanitario de las actividades de Acción Contra el Hambre y acuerda que los principios de trabajo relacionados a la imparcialidad y neutralidad de la organización serán aplicados durante el periodo de contrato.
El material visible de Acción Contra el Hambre tales como pegatinas x xxxxxxxx pueden ser colocados en los vehículos; radios con antena de alta o muy alta frecuencia también pueden ser instalados dentro de los vehículos.
No podrán ser transportados en el vehículo ni pasajeros ni mercancías sin la previa autorización de Acción Contra el Hambre.
Acción Contra el Hambre no se hace responsable de:
Cualquier daño físico o material que pueda ocurrir en caso de accidente.
Desastres naturales o acción xx xxxxxx.
Bandidismo.
Artículo 10 Mantenimiento
El propietario es responsable de todas las reparaciones y mantenimiento del vehículo. El propietario debe actuar inmediatamente para mantener y reparar el vehículo.
El mantenimiento debe ser llevado a cabo durante los días libres.
Los días de mantenimiento se acordarán con Acción Contra el Hambre.
Acción Contra el Hambre no pagará los días de inmovilización en días laborales. La base para calcular las deducciones es de 21 días de trabajo por mes.
Especificar si ACH es responsable de algún mantenimiento especial, por ejemplo:
Acción Contra el Hambre es responsable de reparar las cámaras de neumáticos y añadir fluidos bajo la supervisión del conductor..
Artículo 11 Coste de Alquiler y Pago
Mantener si pertinente: (alquiler CON conductor puede ser hecho sin depósito)
Acción Contra el Hambre hará un depósito de Moneda + Cifra en Letras (Cifra en números).
Este depósito será utilizado para cubrir cualquier cantidad pendiente de pago por parte de Acción Contra el Hambre al final del contrato. Si no existe ninguna cantidad pendiente de pago para reparaciones por parte de Acción Contra el Hambre, el propietario se compromete a devolver dicha cantidad a Acción Contra el Hambre en el plazo de una (1) semana después de que Acción Contra el Hambre hay devuelto el coche(s).
El coste de alquiler mensual es de 800 dólares USA (USD 800) por vehículo, IVA incluído/ excluído.
Este precio de alquiler es efectivo desde la fecha de firma del contrato y se mantiene hasta el día de finalización del mismo.
Además, este precio incluye todas las tasas e impuestos aplicables.
Cualquier otro impuesto, cargos o tasas que puedan imponer las Autoridades en los vehículos serán pagadas por el propietario.
El alquiler mensual sera pagado por Acción Contra el Hambre al final de cada mes., vía tranferencia bancaria /cheque / efectivo.
El propietario entregará a Acción Contra el Hambre un recibo por cada pago recibido.
El coste de alquiler mensual incluye:
- Uso e inmovilización del vehículo.
- Costes de mantenimiento y reparación.
- Salario y gastos del conductor.
- Desgaste del vehículo
- Seguro del vehículo y pasajeros.
En caso de que Acción Contra el Hambre tenga que incurrir en gastos de mantenimiento o reparación del vehículo, estas cantidades serán deducidas del coste de alquiler mensual.
Artículo 12 Devolución del Vehículo
Al final del periodo de alquiler, el Propietario probará, junto con un representante de Acción Contra el Hambre, el vehículo para comprobar su correcto funcionamiento.
Mantener lo siguiente solo si NO hay CONDUCTOR:
Si es necesario, Acción Contra el Hambre se compromete a pagar las reparaciones para devolver el vehículo en el mismo estado en el que fue entregado al inicio del periodo de alquiler, basado en el informe inicial de estado del vehículo.
Artículo 13 Rescisión
13.1 – Rescisión por conveniencia:
Cualquiera de las partes puede rescindir este contrato de alquiler en cualquier momento, sin causa, enviando una notificación por escrito certificada con un mínimo de quince (15) días de notificación.
13.2 – Rescisión por incumplimiento:
Cualquiera de las partes puede rescindir este contrato de alquiler sin compensación, si la otra parte incumple alguno de los términos de este contrato y no subsana dicho incumplimiento en el plazo de siete (7) días naturales de haber recibido notificación por escrito de esto.
Incumplimiento del propietario incluye no mantener el vehículo en un nivel de seguridad aceptable.
Incumplimiento de Acción Contra el Hambre incluye no pagar el alquiler a tiempo.
– Rescisión por Causa:
Considerando la actividad principal de Acción Contra el Hambre, algunas situaciones específicas pueden forzar a Acción Contra el Hambre a concluir sus programas en un plazo de tiempo muy corto. Dichas causas incluyen:
El secuestro o asesinato de personal de Acción Contra el Hambre (local y expatriado).
Amenaza o intento de llevar a cabo cualquiera de lo arriba mencionado.
Inseguridad general en País / ciudad evitando que el personal de Acción contra el Hambre (local y expatriado) pueda ejercer su actividad normal forzando así su evacuación.
En dichos casos, Acción Contra el Hambre puede decidir en cualquier momento finalizar el alquiler sin compensación alguna al propietario, con una notificación escrita simple.
Los programas de Acción Contra el Hambre están financiados por benefactores. Acción contra el Hambre puede decidir en cualquier momento concluir sus programas y por lo tanto el alquiler sin compensación, si los benefactores que financian los programas de Acción contra el Hambre deciden no continuar dicha financiación.
13.4 – Rescisicón por Fuerza Mayor:
“Fuerza Mayor” implica cualquier suceso que está más allá del control de las partes de este acuerdo y que son imprevistas o inevitables e impiden cualquier actuación total o parcial por cualquiera de las partes.
La parte que se enfrenta a la “Fuerza Mayor” debe informar inmediatamente a la otra parte por escrito, aportando debida prueba de lo ocurrido y de la duración de dicha “Fuerza Mayor”. Si el retraso es continuado excediendo el periodo de un (1) mes, cualquiera de las partes puede rescindir este acuerdo inmediatamente sin más aviso.
En caso de rescisión de contrato antes de la fecha de finalización, el pago pendiente se calculará de acuerdo con la utilización del coche, siendo el día de comienzo calculado como día completo.
Artículo 14 Ley Aplicable
Acción contra el Hambre aborda las causas y efectos del hambre y las enfermedades que amenazan la vida de los niños, mujeres y hombres vulnerables. Somos, desde nuestra creación en 1979 en Francia, una organización no gubernamental, apolítica, aconfesional y sin ánimo de lucro.
La ley y regulaciones de Misión/ País rigen este contrato.
Siempre que sea posible Acción Contra el Hambre favorece llegar a acuerdos fuera de los tribunales (amigables) con el proveedor.
Cuando un acuerdo amigable no es posible, se llevará a cabo un arbitraje por la jurisdicción pertinente de Capital de la Misión.
Este contrato ha sido firmado en dos copias originales en Español, una para el propietario y otra para Acción Contra el Hambre.
Acción Contra el Hambre
Representado por: __________________
Firma: __________________
Fecha: __________________ |
El Propietario:
Representado por: __________________
Firma: __________________
Fecha: __________________ |
APENDICES
Apéndice A: Informe Estado del Vehículo
Apéndice B: Inventario de Equipamiento y Accesorios
Apéndice C: Buenas Prácticas en los Negocios de Acción Contra el Hambre
Apéndice A
Informe Estado del Vehículo
Mantener SOLO si el coche se alquila SIN conductor
Utilizar un dibujo (ver abajo) para detallar todos los arañazos, abolladuras, partes rotas, etc …
De ser posible incluir fotos reales de los vehículos.
(Parte Trasera)
(Parte Delantera)
Apéndice B
Inventario de Equipamientos y Accesorios
Mantener SOLO si el coche se alquila SIN conductor
Listar todo el equipamiento incluido en los vehículos.
Centrarse en los accesorios movibles, de tal manera que el propietario no pueda alegar que algo del equipamiento ha desaparecido cuando nunca fue entregado de inicio.
Por ejemplo:
Vehículo # 1: Marca/ Tipo / Matrícula
Radio Alta Frecuencia / Muy Alta Frecuencia (precisar marca y tipo)
Antena externa de Alta Frecuencia
Radio AM/FM
GPS
Gato
Rueda de repuesto adicional (precisar marca)
Llantas de repuesto (precisar marca)
Llave inglesa
Caja de Herramientas
Extintor
Triángulo de Advertencia
Etc….
Apéndice C
Acción Contra el Hambre
REGULACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS EN LOS NEGOCIOS
Esta Regulación de Buenas Prácticas en Negocios es la base de la relación profesional entre Acción contra el Hambre y los proveedores.
Son las normas generales válidas, a menos que se mencionen en el contrato otras condiciones particulares. En caso de conflicto de términos entre los documentos, las condiciones del contrato del expediente de licitación prevalecerán sobre esta Regulación de Buenas Prácticas en Negocios.
Principios del procedimiento de licitación
Acción contra el Hambre tiene procedimientos trasparentes para adjudicar mercados. Sus principios esenciales son:
Transparencia en el proceso de compra.
Proporcionalidad entre los procedimientos seguidos para la adjudicación de contratos y el valor de los mercados
Tratamiento igualitario de proveedores potenciales
Los criterios comunes para seleccionar un proveedor son:
Autorización para operar en el mercado
Capacidades financieras
Capacidades económicas
Pericia técnica
Capacidades profesionales
Los criterios comunes para adjudicar un mercado son:
Adjudicación automática (la oferta más barata que cumpla todos los requisitos)
Mejor relación calidad-precio (precio/ratio de calidad)
Mala conducta, no elegibilidad y exclusión
Acción contra el Hambre considera los siguientes comportamientos de mala conducta, como razón válida de exclusión sistemática del procedimiento de adjudicación xx xxxxxxx y motivo de terminación de todas las relaciones profesionales y contratos:
Fraude definido como cualquier acto u omisión relativo a:
El uso o presentación de declaraciones o documentos falsos, incorrectos o incompletos que tengan como efecto la apropiación indebida o retención improcedente de los fondos de Acción contra el Hambre o de donantes institucionales.
No revelación de información, con el mismo efecto.
La utilización indebida de dichos fondos para otros propósitos distintos a aquellos para los que fueron originariamente concedidos.
Corrupción activa: prometer u ofrecer ventajas de forma deliberada a un funcionario para que actué o deje de actuar según sus obligaciones, para daño o tentativa de daño de los intereses de Acción contra el Hambre o de los donantes institucionales.
Colusión: coordinación de empresas de carácter competitivo, con el resultado probable de una subida de precios, producción limitada y beneficios de las compañías colusorias más elevados de los que serían en caso contrario. Un comportamiento colusorio no se basa siempre en la existencia de acuerdos explícitos entre empresas, ya que puede ser tácito.
Prácticas coactivas: daños o tentativa de daño, directa o indirectamente, a personas o a sus propiedades con el objeto de influenciar su participación en un proceso de licitación, o para afectar la ejecución de un contrato.
Soborno: ofrecer al personal de Acción contra el Hambre, nacional o expatriado, regalos monetarios o de cualquier otro tipo para obtener mercados adicionales o para continuar con un contrato.
Participación en una organización criminal o en actividades ilegales de cualquier otro tipo, determinadas por sentencia judicial que tengan el valor de res judicata.
Prácticas inmorales con recursos humanos: explotación de trabajo infantil y no respeto de los derechos sociales fundamentales y condiciones de trabajo de los trabajadores o subcontratistas.
Acción contra el Hambre excluirá de un proceso de licitación a cualquier candidato o licitador que se encuentre en uno de los siguientes casos:
En situación de bancarrota o liquidación, con asuntos administrativos en los tribunales, en negociaciones con los acreedores, en suspensión de las actividades comerciales, en situación de ser objeto de procesos en relación a estos asuntos, o en cualquier otra situación análoga que surja de un proceso similar contemplado en la legislación o regulaciones nacionales.
Haber sido declarado culpable de delito relacionado con la conducta profesional por un juzgado con el valor de res judicata.
Haber sido declarado culpable de mala conducta profesional probada por cualquier tipo de medio que Acción contra el Hambre pueda justificar.
No haber cumplido las obligaciones relacionadas con el pago de contribuciones a la seguridad social o de impuestos según las disposiciones legales del país en las que se esté establecido o de aquellos países donde estén operando misiones de Acción contra el Hambre o de aquellos países donde se va a ejecutar el contrato.
Haber sido objeto de juicio con el valor de res judicata por fraude, corrupción, participación en organización criminal o cualquier otra actividad ilegal en detrimento de los intereses financieros de las Comunidad.
Haber sido declarado en situación de incumplimiento grave de contrato por quiebra en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en otro procedimiento de licitación previo.
Acción contra el Hambre no adjudicará contratos a candidatos o licitadores que, durante el proceso de licitación:
Están sujetos a conflictos de interés.
Son culpables de distorsión al proporcionar a Acción contra el Hambre la información solicitada como condición de participación en el procedimiento de contrato o fallo en el momento de proveer esta información.
Sanciones administrativas y financieras
En caso de que un proveedor, candidato o licitador, esté involucrado en prácticas corruptivas, de colusión o coactivas, Acción contra el Hambre impondrá:
Sanciones administrativas
Sanciones administrativas son las notificaciones oficiales de mala conducta a las autoridades pertinentes civiles o comerciales y la finalización inmediata de toda la relación profesional existente.
Sanciones financieras
Acción contra el Hambre solicitará el reembolso de los costes relacionados, directa o indirectamente, con la realización de un nuevo proceso de licitación o adjudicación xx xxxxxxx. Si existiera, Acción contra el Hambre se quedará con la garantía de licitación o ejecución.
Información y acceso de los donantes
Acción contra el Hambre informará inmediatamente a los donantes institucionales y facilitará toda la información relevante en el caso de que un proveedor, candidato o licitador está involucrado en prácticas corruptas, fraudulentas coercitivas o similares.
Los contratistas están conformes en garantizar el derecho al acceso a sus documentos financieros y contables, a los representantes de los donantes institucionales de Acción contra el Hambre con el propósito de controles y auditorias.
Documentos para ser proveedor
A continuación se indica la documentación mínima que tendrá que suministrar un contratista que trabaje para Acción contra el Hambre:
Documento nacional de identidad personal del proveedor/representante de la compañía.
Situación y registro de la compañía.
Orden de misión o poder notarial autorizando al representante a contactar.
Nota importante: Puede solicitarse documentación adicional para un mercado en concreto.
Además, el contratista debe tener por lo menos el siguiente material administrativo:
Factura
Waybill (o hoja de entrega)
Recibo
Sello oficial
Certificación de exención de impuestos.
Política Anticorrupción
Si piensas que la acción de alguien (o de un grupo de personas) que trabajan como asalariados o voluntarios en programas de Acción contra el Hambre es responsable de la violación de las reglas expresadas arriba, debería mandarse un informe a través del canal de alerta (whistleblower).
Para facilitar el tratamiento, los informes deberían contener la información más precisa posible; el nombre y datos de contacto son opcionales aunque recomendables. Todos los informes se tratan de manera confidencial según lo permitido por la ley. Acción Contra el Hambre hará todos los esfuerzos razonables para preservar la confidencialidad del alertante y para proteger futuros alertantes de cualquier posible represalia.
Los informes se envían de la siguiente manera: [cada sede introduce su proceso de alerta (correo-e, teléfono, correo...].
Declaración de cumplimiento y compromiso para respetar las Regulaciones de Buenas Prácticas en los Negocios de Acción Contra el Hambre
A SER RELLENADO POR EL PROPIETARIO O ARRENDADOR.
Yo, el abajo firmante… nombre del representante… representante de… nombre de la compañía… certifico que he leído y entendido estas normas.
En nombre de la compañía a la que represento, acepto los términos de la Regulación de Buenas Prácticas en Negocios de Acción contra el Hambre y me comprometo a alcanzar un rendimiento óptimo en caso de que a …nombre de la compañía… se le adjudique un mercado
Además, certifico que… nombre de la compañía… no se encuentra en ninguna de las condiciones mencionadas en el párrafo III: Mala conducta, in elegibilidad y exclusión.
Garantizo de manera explícita que…nombre de la compañía… respeta el principio de no explotación de trabajo infantil, los derechos sociales fundamentales y las condiciones de trabajo de los trabajadores y subcontratistas.
Por último certifico que …nombre de la compañía…no está envuelta en ningún proceso judicial de fraude, corrupción, soborno, o cualquier otra actividad ilegal y que no ha sido condenada por estas prácticas en ninguna ocasión.
Fecha:
(Firma y sello)
Nota importante: Todas las páginas de esta Regulación de Buenas Prácticas en Negocios deben ser rubricadas con las iniciales del representante de la compañía.
Página 16 / 16