Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE TRATAMIENTOS DE FISIOTERAPIA Y LOGOPEDIA EN LAS ÁREAS VIII Y IX. MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.EXPTE. CSP/9999/1100715261/16/PA.
I.- DISPOSICIONES GENERALES.
1.- OBJETO.
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1.1.- El objeto del presente expediente es la gestión del servicio público, mediante la modalidad de concierto, de realización de tratamientos de REHABILITACIÓN AMBULATORIA A TRAVÉS DE FISIOTERAPIA Y LOGOPEDIA, que tengan relación
directa con un proceso patológico que esté siendo tratado en Atención Especializada del Servicio Murciano de Salud, en centros situados en el ámbito geográfico de las Áreas VIII y IX de acuerdo a los lotes que se detallan en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Los procedimientos terapéuticos a los que se refiere el presente contrato se especifican en el Anexo II xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
1.2.- El expediente se divide en lotes que corresponden a las localidades en las que han de estar ubicados los centros en los que se realizarán los tratamientos:
LOTES FISIOTERAPIA | ||
1 | CIEZA ESTE | Área IX Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx |
2 | CIEZA OESTE | |
3 | ABARÁN | |
4 | SAN XXXXXX | Área VIII Mar Menor |
5 | SAN XXXXX DEL PINATAR | |
6 | XXXXX XXXXXXX | |
7 | LOS ALCÁZARES |
LOTES LOGOPEDIA | ||
8 | CIEZA | Área IX Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx |
9 | SAN XXXXXX | Área VIII Mar Menor |
Los licitadores deberán presentar en su oferta un único centro por lote.
1.3.- A los efectos del artículo 67.2.a) del RD 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las
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Administraciones Públicas (RCAP), la codificación correspondiente de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) es 85100000-0.
2.- DURACIÓN.
La duración del contrato será de 18 meses desde la fecha de emisión del informe favorable del Servicio de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Consejería de Sanidad y Política Social, sobre la evaluación del cumplimiento del centro correspondiente de los requisitos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
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3.- VALOR ESTIMADO Y CONDICIONES ECONÓMICAS.
3.1. El valor estimado por la Administración, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad de SETECIENTOS TRECE MIL CIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (713.153,10 €), incluyendo el 10% máximo estimado de modificación del contrato.
3.2. El presupuesto de licitación estimado para el contrato asciende a SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIUN EUROS (648.321,00
€), de acuerdo con las tarifas y la previsión de procedimientos a realizar en cada uno de los lotes especificadas en los Anexos I y II xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. A estos efectos, el número de derivaciones establecido son estimaciones, y las derivaciones reales de pacientes se adaptarán a las necesidades asistenciales del Servicio Murciano de Salud en cada momento
3.3. La prestación de estos servicios está exenta de I.V.A., en virtud del art.20.1.2 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
3.4. Para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración Pública como consecuencia del cumplimiento del contrato, existe crédito suficiente en el PAIF del Servicio Murciano de Salud.
3.5. No procede la revisión de los precios al no darse los requisitos previstos en los artículos 89 y siguiente del TRLCSP conforme a la nueva redacción dada por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
3.6. Las empresas presentarán mensualmente la factura electrónica, de conformidad con los dispuesto en la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información y de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del Registro contable de facturas del Sector Público, a través del punto general de entrada xxxxx://xxxx.xxx.xx/xx/
El contratista enviará junto con la factura electrónica la siguiente documentación:
⮚ Relación de pacientes atendidos de cada Área que han finalizado el tratamiento en el mes al que corresponde la facturación, ordenada alfabéticamente, de la siguiente forma:
• Número de registro identificativo de la derivación del paciente
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• Nombre y apellidos del paciente
• Número de Afiliación a la Seguridad Social o Tarjeta Sanitaria del Servicio Murciano de Salud.
• Código del procedimiento derivado. Se podrá facturar hasta un máximo de tres, cuando las regiones anatómicas tratadas sean distintas o exista bilateralidad.
• Código SAP.
• Fecha inicio tratamiento.
• Fecha de fin.
• Número de sesiones.
• Tarifa unitaria.
• Importe total por paciente.
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• Suma y sigue si hay más de una hoja.
• Importe total de la factura mensual.
⮚ Documentación individual.
• Prescripción, original o copia, del facultativo del SMS.
• Copia del informe.
• Documento justificativo de asistencia del paciente a las sesiones de tratamiento, día a día.
La tramitación de la factura y su pago, corresponde al Servicio de Tesorería y Patrimonio de la Subdirección General de Asuntos Económicos del Servicio Murciano de Salud.
4.- GARANTÍAS
4.1.- Garantía provisional
No se exige.
4.2.- Garantía definitiva
4.2.1. Cuantía
El licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva por importe del 5% del presupuesto de licitación del lote/s adjudicado/s.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el último párrafo del artículo 151.2 RDL 3/2011.
4.2.2. Forma de constitución
La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Avda. Teniente Flomesta, s/n planta baja, en Murcia, a nombre del
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SERVICIO MURCIANO DE SALUD (NIF Q8050008E) con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella.
De conformidad con el art. 58 del RGLCAP, el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los
ANEXOS I y II del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
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4.2.3. Devolución
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato, previo informe del responsable del seguimiento del mismo, o hasta que se declare la resolución de aquél sin culpa del contratista.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
5.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con el art. 138 en relación con el art.157 RDL 3/2011, teniendo en cuenta los criterios de valoración establecidos en este pliego.
6.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
6.1.- Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta de acuerdo con lo establecido en el artículo 150.1 TRLCSP, los criterios y ponderación de los mismos que se indican a continuación:
6.1.1. Criterios cuantificables por juicio de valor: (70 puntos)
1. Equipos y medios técnicos Máximo 43 puntos.
Se valorará:
1.1. Cantidad equipos máx. 24 puntos.
Se valorará el número total de equipos disponibles para la prestación del servicio.
1.2. Calidad equipos máx. 14 puntos.
Se valorará las características, menor antigüedad y seguridad de los equipos.
1.3. Mejoras como posibles equipos a incorporar durante la ejecución del contrato máx. 5 puntos.
2. Plan de atención al paciente Máximo 12 puntos.
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3. Idoneidad de la ubicación del centro Máximo 5 puntos.
4. Accesibilidad mediante transporte público..Máximo 5 puntos.
5. Zona reservada para estacionamiento de vehículos de transporte sanitario Máximo 5 puntos.
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6.1.2. Criterios cuantificables de forma automática: (30 puntos)
1. Ampliación del número de fisioterapeutas/logopeda exigido para la prestación del servicio Máximo 15 puntos.
Se otorgará la máxima puntuación en cada lote al licitador que oferte mayor número de fisioterapeutas/logopedas, con un máximo de 8 en el caso de fisioterapia y de 4 para logopedia (sin incluir el mínimo exigido en ambos casos), y proporcionalmente al resto.
2. Superficie útil de la sala polivalente/sala tratamiento en grupo Máximo 8 puntos.
Se otorgará la máxima puntuación en cada lote a aquellas empresas que oferten una sala polivalente/ sala tratamiento en grupo con mayor superficie útil, y proporcionalmente al resto.
3. Número de consultas/salas de tratamiento individual Máximo 7 puntos.
Se otorgará la máxima puntuación en cada lote al licitador que oferte mayor número de consultas para los lotes de fisioterapia, y mayor número xx xxxxx de tratamiento individual para los de logopedia (sin incluir el mínimo exigido), y proporcionalmente al resto.
6.2.- Los eventuales empates, una vez aplicada la baremación de los distintos criterios de adjudicación, se resolverán aplicando lo dispuesto en la Disposición adicional cuarta del TRLCSP.
7.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
7.1.- Podrán concurrir a la adjudicación del expediente, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que además de plena capacidad de obrar, desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que menciona el art. 60 RDL 3/2011.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al expediente objeto de la adjudicación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre
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concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, art. 56.1 RDL 3/2011.
7.2. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. A efectos de la acreditación de la solvencia, las uniones temporales de empresas acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de las mismas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
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8.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
8.1. El expediente de contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el lugar indicado en el anuncio de licitación, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Los interesados podrán obtener información gratuita sobre el expediente y sus Pliegos, a través de Internet. (xxx.xxxxxxxxxxx.xx)
8.2. Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Servicio Murciano de Salud (sito en X/ Xxxxxxx, xx 0, Xxxx. Habitamia I, 30100 Espinardo Murcia), de 9 a 14 horas, dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación publicados.
Podrán enviarse proposiciones por correo En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. A estos efectos el número de fax será el 968 28
84 24 y la dirección de correo electrónico: Xxxxxxxx_xxxxxxxxxxxx_xxx@xxxxxx.xxxx.xx.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificante y anuncio, no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad al día de terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, se abrirá un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales para la recepción de la documentación, transcurrido el cual sin que se hubiera recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
9.- DOCUMENTACIÓN EXIGIDA.
9.1.- Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C), en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar los sobres también firmados.
9.2.- El sobre A se titulará “CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, y contendrá los documentos que a continuación se relacionan. La falta de cualquiera de ellos podrá ser causa de exclusión de la licitación, salvo que la Mesa observe defectos materiales en
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la documentación, en cuyo caso podrá conceder si lo estima conveniente, un plazo inferior a siete días para que el licitador subsane el error.
a) Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Servicio Murciano de Salud. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. (ANEXO VII)
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b) Autorización sanitaria de funcionamiento concedida por la Consejería de Sanidad , conforme a lo dispuesto en el Decreto 73/04, de 2 de julio, por el que se regula el procedimiento de autorización sanitaria de los centros, establecimientos y servicios sanitarios y el registro de recursos sanitarios regionales.
c) Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Solvencia económica y financiera: Declaración de la cifra media anual de negocio de los últimos tres años, que deberá ser igual o superior al 50% del presupuesto anual del lote/s a los que liciten.
A este efecto, en el caso de servicios previos prestados mediante uniones temporales con otras empresas, será computable la proporción del valor del contrato con que haya participado la empresa en dicha unión de empresas, acreditada con la escritura de constitución (así como las modificaciones que hayan tenido lugar) de la UTE correspondiente.
- Solvencia técnica: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV y que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante al menos un certificado expedido o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
En el año de mayor ejecución de los últimos 5 años, el importe anual de las relaciones de los servicios ejecutados será, al menos, igual o superior al 50% del presupuesto anual del lote/s a los que liciten, en servicios iguales o de similar naturaleza que los del contrato.
d) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que
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se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración.
e) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
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f) Datos del licitador (ANEXO IV), que incluirá una dirección de correo electrónico, en cuyo caso, se entenderá que es la dirección seleccionada para efectuar todas las notificaciones que procedan. Deberá indicarse el lote/s al que concurre y ubicación del centro.
9.3.- El sobre B se titulará “CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS
DE VALOR”, y deberá contener la documentación acreditativa de los siguientes criterios que permitan su adecuada valoración conforme a los criterios establecidos en el apartado 6 del presente Xxxxxx, así como aquellos documentos que se requieran en el Pliego de Prescripciones Técnicas:
- Equipos y medios técnicos.
- Instalaciones.
- Plan de atención al paciente
- Idoneidad de la ubicación del centro.
- Accesibilidad mediante transporte público.
- Zona reservada para estacionamiento de vehículos de transporte sanitario.
Asimismo, habrá de incluirse:
⮚ Declaración de que las instalaciones del centro se ajustan a los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
⮚ Declaración de la disponibilidad de los equipos necesarios conforme a los requisitos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, acreditada mediante listado detallado de todo el equipamiento del centro, donde consten las características de estos, marca, modelo y año de fabricación.
⮚ Titulaciones académicas de los recursos humanos mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas ofertados para la ejecución del contrato.
Habrán de justificarse el tipo de relación existente entre licitador y el personal mencionado.
En su caso, deberá acompañarse certificado de colegiación.
⮚ Proposición: se ajustará al modelo que figura en los Anexo VIII del presente Xxxxxx. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación.
Los licitadores podrán acompañar los citados Anexos de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar.
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▪ No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
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▪ Cada licitador no podrá presentar más que una oferta por Lote al que concurra, si bien una misma empresa no podrá ser adjudicataria de los Lotes 1 y 2 (Cieza Este y Cieza Oeste Area IX). Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure.
Toda la documentación contenida en el sobre B deberá presentarse únicamente en formato pdf en soporte digital CD o USB, junto con un índice en formato papel firmado por la persona que presenta la oferta. Deberán presentarse 2 (dos) copias de la documentación en formato pdf en soporte CD o PENDRIVE.
9.4.- El sobre C se titulará “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA
AUTOMÁTICA”, que deberá contener la documentación acreditativa de los siguientes criterios, valorándose conforme a las fórmulas establecidas en el punto
6.1.2 del presente Pliego:
▪Ampliación del número de fisioterapeutas/logopedas exigido para la prestación del servicio.
Deberá aportarse titulación académica, certificado de colegiación y justificación de la relación con el licitador.
▪Superficie útil de la sala polivalente/sala tratamiento en grupo.
▪ Número de consultas/sala tratamiento individual.
Los dos últimos apartados de este sobre C deberán acreditarse mediante planos detallados y acotados de todas las instalaciones, debidamente visados por el colegio de arquitectos o arquitectos técnicos/aparejadores
10. - MESA DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 RDL 3/2011.
11.- CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
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11.1.- Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), pudiendo, si observase defectos materiales en la misma, conceder un plazo inferior a siete días (art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la LCSP) para que el licitador subsane el error.
11.2. Se procederá a la apertura del sobre B “CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR” y a su valoración por un Comité de Expertos.
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La designación del Comité se realizará mediante Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, y se publicará en el perfil del contratante con carácter previo a la apertura de los sobres.
11.3. Posteriormente, se realizará el acto público de apertura del sobre C “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA”, en el que se comunicará el resultado de la valoración de los criterios cuantificables por juicio de valor.
11.4. Posteriormente, y obtenida la puntuación total alcanzada por cada una de las empresas licitadoras, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma, a favor del licitador que haya efectuado la oferta económicamente más ventajosa.
12. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
12.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas.
12.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sitos en X/ Xxxxxxx, xx 0, Edif. Habitamia, 6ª planta(Tfno.: 968 288061/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
b) Cuando se trate de empresas que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, se acreditará mediante su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén
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establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el punto anterior, se acreditará con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
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c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 60 TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (ANEXO III).
d) - Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el art. 13 del RGLCAP.
e) - Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del art. 13 del citado Reglamento.
f) - Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 14 de RGLCAP.
g) - Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente.
h) - Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, pudiendo autorizar al órgano de contratación para que, en su nombre, obtenga de forma directa la acreditación de ello, a cuyos efectos se completará el modelo de autorización recogido en los ANEXOS VI que acompaña al presente Xxxxxx.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
De los documentos anteriores podrán presentarse originales, copia compulsada, autenticada ante notario o copia simple de los mismos. En este último caso, los licitadores propuestos como adjudicatarios del contrato deberán aportar, previamente a la adjudicación del mismo, los documentos originales para la compulsa de las copias presentadas.
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Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado al Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, en la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
Cuando se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
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12.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
12.4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 151.4 RDL 3/2011.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
12.5. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 151.4 RDL 3/2011.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
13.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
13.1. Tiempos y requisitos.
13.1.1. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, dentro de
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los plazos a los que se refiere el art. 156 RDL 3/2011 que se pondrá en conocimiento del adjudicatario en el momento de la notificación de la adjudicación.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
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13.1.2. Los gastos de publicidad originados en el expediente en boletines oficiales correrán por cuenta del adjudicatario, debiendo presentar con anterioridad a la firma del contrato justificante del pago de los correspondientes anuncios. El importe máximo de los gastos previstos de la publicidad de la licitación es de 400,00 euros.
13.1.3. Cuando lo solicite el contratista, podrá elevarse a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. El contratista quedara obligado a entregar al Organismo contratante copia simple de la escritura del contrato en el plazo de veinte días contados a partir de su otorgamiento.
13.1.4. Al contrato que se formalice, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas, con su Cuadro de Características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el adjudicatario.
13.1.5. Si una Unión de Empresas resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, en el plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente escritura pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello, se entiende sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, ante la Administración, de todos las empresarios que integren la Unión de Empresas.
13.1.6. El contratista deberá presentar ante la Administración contratante antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada, que acredite la constitución de un Seguro de Responsabilidad Civil con tercero, que cubra las acciones u omisiones de naturaleza sanitaria ó extrasanitaria del Centro y de los profesionales que presten servicio en el mismo, con una cobertura no inferior a 150.000 € por víctima y 600.000 € por siniestro.
La citada póliza deberá mantenerse en vigor durante el periodo de ejecución del contrato, lo que acreditará ante la Administración siempre que le sea requerido.
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Asimismo, el ámbito temporal de la póliza deberá abarcar todos los hechos producidos durante la vigencia de la misma, aunque se reclamen con posterioridad. Este período de descubrimiento no podrá ser inferior a un año, a contar desde la finalización del contrato, incluidas prórrogas, en su caso.
14.- NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
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14.1. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
14.2. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
III.- EFECTOS, CUMPLIMIENTO Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
15.- CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
15.1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero.
Para que el adjudicatario pueda ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos recogidos en el art. 226 RDL 3/2011, quedando el cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
15.2. El adjudicatario no podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo, de conformidad con el artículo 289 RDL 3/2011.
16. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
A los efectos de lo previsto en el art.219 de RDL 3/2011, el órgano de contratación podrá modificar el presente contrato por razones de interés público, para ampliar o reducir los procedimientos a derivar, atendiendo a las necesidades asistenciales, y con un porcentaje máximo estimado del 10% sobre el precio de licitación.
Para este supuesto, el procedimiento de modificación será el siguiente:
- Informe propuesta de la modificación.
- Informe del Servicio Jurídico.
- Audiencia al contratista.
- Autorización por la Dirección Gerencia del SMS.
17.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
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17.1. Serán causas de resolución del contrato, las señaladas en los arts. 223 y 286 RDL 3/2011, así como las siguientes:
a) La desaparición de cualquiera de las condiciones normativas, administrativas o técnicas que sirvieron de base para la selección del adjudicatario, el incumplimiento de alguna de las estipulaciones del presente concierto y concretamente, la negativa u obstrucción a la labor de inspección de los órganos correspondientes designados por la Administración.
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b) El incumplimiento reiterado del contrato de tres meses consecutivos o seis alternos con sanción efectiva.
c) El incumplimiento de la obligación del contratista de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
17.2. Los efectos de la resolución se determinarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 224, 225, 287 y 288 RDL 3/2011.
18.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
18.1. El órgano de contratación podrá deducir de la facturación los porcentajes que se señalan a continuación como consecuencia de incumplimientos del adjudicatario en la prestación definida, sin perjuicio de que pueda acordar la resolución atendiendo a la gravedad del incumplimiento o del daño causado, y teniendo en cuenta que se valorará que la demora se deba a la remisión de un número de pacientes que supere la capacidad de absorción del centro u otros aspectos asistenciales no imputables al centro:
⮚ Por cada día de demora en el inicio de los tratamientos según lo especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas o en la oferta de los centros adjudicatarios, se impondrá una sanción del 10% de la facturación correspondiente a los pacientes afectados.
⮚ Si se demuestra que el centro factura sesiones de pacientes que no han asistido a la terapia, se sancionará con el 25% de la facturación mensual total.
⮚ El incumplimiento de la realización de los tratamientos en cuanto a número de sesiones y tipo de tratamiento (que debe ser exclusivamente el prescrito por el facultativo correspondiente) se sancionará con el 25% de la facturación mensual total.
⮚ Por cada informe individual no realizado o no remitido al finalizar el tratamiento según el PPT, será sancionado con el 25% de la facturación correspondiente a cada paciente con informe no emitido.
⮚ Si se demuestra que el centro intenta aumentar el número de
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sesiones de los tratamientos amparándose en diagnósticos indebidos a los pacientes, ejerciendo cualquier tipo de presión a estos, realizando la renovación del tratamiento sin prescripción, o cualquier otra que el SMS considere se sancionará con el 50% de la facturación mensual total.
18.2. Procedimiento para la imposición de penalidades:
⮚ Inicio. El expediente se iniciará a propuesta motivada del órgano de contratación
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⮚ Instrucción. EL Servicio Murciano de Salud, a la vista de las actuaciones llevadas a cabo, decidirá sobre la apertura o archivo de actuaciones, designando al efecto, el órgano instructor del expediente.
Abierto expediente, se comunicará al interesado, para que en el plazo de
10 días formule cuantas alegaciones considere oportunas en defensa de sus intereses. Dicha comunicación deberá contener, al menos, la siguiente información:
⮚ Información de los hechos.
⮚ Extracto de actuaciones llevadas a cabo.
El expediente se completará, con cuantas actuaciones se consideren necesarias por el Órgano instructor, incluyendo las declaraciones y comparecencias personales del propio interesado y, en su caso, enfermos afectados.
⮚ Resolución. Corresponderá al Servicio Murciano de Salud en todo caso, la Resolución del expediente y la aplicación de las responsabilidades a que hubiera lugar.
⮚ Recursos. Las Resoluciones adoptadas por el Servicio Murciano de Salud en aplicación de éste régimen de penalizaciones, serán recurribles en alzada ante la Consejera de Sanidad y Política Social, en la forma y plazo establecidos en la legislación que resulta de aplicación (art. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
19.-- OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
19.1. Con carácter general, el adjudicatario estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas en los Pliegos que rigen la contratación.
- Cuidar del buen orden del servicio, sin perjuicio de los poderes de policía que en todo caso conservará el Servicio Murciano de Salud para asegurar la buena marcha del mismo.
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- Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la administración.
Si del incumplimiento del contrato por parte del contratista se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquella desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar al Servicio Murciano de Salud los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
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19.2. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con estricta sujeción a lo previsto en el presente pliego y a la oferta formulada por el adjudicatario.
19.3. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
19.4. La ejecución del contrato se desarrollará, sin perjuicio de las obligaciones que corresponden al contratista, bajo la dirección, inspección y control del órgano de contratación, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido, así como ejercer de forma presencial dicha facultad de inspección.
A estos efectos se designará una Comisión, que se reunirá semestralmente, para el seguimiento de la ejecución del contrato, constituida por un representante del Hospital que realice la derivación, un representante del centro concertado y un representante de los Servicios Centrales del Servicio Murciano de Salud.
19.5. En el marco del contrato, la empresa concertada se compromete a someterse a las directrices y a seguir las normas de las autoridades sanitarias y del Servicio Murciano de Salud, en orden a la coordinación de los recursos sanitarios y de las actividades asistenciales de la zona territorial donde ésta actúe.
19.6. La Administración realizará una evaluación de la calidad del servicio prestado mediante la recogida de opinión a los pacientes y a los prescriptores de los centros del SMS.
19.7. El adjudicatario se obliga al estricto cumplimiento de la legislación sobre protección de datos de carácter personal, quedando expresa y radicalmente prohibida la revelación, divulgación, publicación, cesión o el simple acceso de terceros a información, informes o bases de datos que se generen o se conozcan por razón del servicio.
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20.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
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21.- CONFIDENCIALIDAD.
La empresa adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del contrato, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del SERVICIO MURCIANO DE SALUD, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios a favor del citado organismo.
Asimismo, la empresa se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, de acuerdo al nivel de protección establecido en la normativa correspondiente, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el SERVICIO MURCIANO DE SALUD como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
La empresa asegurará y se responsabilizara de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado
En el supuesto de que la empresa, destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
El Servicio Murciano de Salud se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La Empresa se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de SERVICIO MURCIANO DE SALUD sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo.
La empresa se compromete a devolver al SERVICIO MURCIANO DE SALUD los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así
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como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual.
IV.- NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 22.- NATURALEZA
El contrato que se regula por el presente Pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
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23.- RÉGIMEN JURÍDICO
Para todo lo no previsto en el presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en materia de contratación administrativa, en especial el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley, en el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el R.D. 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos.
La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del contrato.
24.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderá sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
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ANEXO I
Modelo de Aval para GARANTIA PROVISIONAL/DEFINITIVA
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca): con NIF:
con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en calle:
C.P.
y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados):
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con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) con NIF/CIF:
en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía):
para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el avalado):
ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD por importe de: (en letras)
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía provisional/definitiva):
en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
(lugar y fecha) (razón social de entidad) (firma de los Apoderados)
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad (firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
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ANEXO II
Modelo de certificado de SEGURO DE CAUCIÓN PARA GARANTIA PROVISIONAL/DEFINITIVA
Certificado número
La entidad aseguradora (razón social) (en adelante asegurador),
con NIF:
con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en calle C.P.
debidamente representada por X.Xx
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con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A: (nombre y apellidos o razón social del asegurado) con NIF/CIF:
en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de: (en letras)
en concepto de GARANTIA PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado):
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía provisional/definitiva):
, en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En .................., a .......... de ......................... de ...................
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Xxxxxx, a ....................................................
El Jefe de la Unidad (firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
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ANEXO III
D/Xx.:
N.I.F.:
en representación de la empresa:
con domicilio social en:
con C.I.F.:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
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a) Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx
c) Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que conste, firmo el presente documento En , a de de
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
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ANEXO IV
A) NOMBRE DE LA EMPRESA: NIF.:
B) DIRECCIÓN: MUNICIPIO:
C.P.:
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PROVINCIA:
PAIS:
C) TELÉFONO (S) DE CONTACTO:
D) FAX:
E) CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO:
F) DATOS DE LA PERSONA DE CONTACTO :
G) DOCUMENTOS DE LA OFERTA QUE LA EMPRESA CONSIDERA DE CARÁCTER CONFIDENCIAL:
H) EN SU CASO, LOTES A LOS QUE CONCURRE, INDICANDO LA UBICACIÓN DEL CENTRO:
I) INDICAQUE SI LA EMPRESA ESTÁ CONSIDERADA LEGALMENTE COMO PYME: NO [ ]
SI [ ]
J) INDICAR SI LA EMPRESA LICITADORA ES UNA EMPRESA VINCULADA A OTRO LICITADOR, CONFORME A ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 42 DEL CÓDIGO DE COMERCIO:
NO [ ]
SI [ ]
INDÍQUESE, EN SU CASO, CON QUÉ OTRO (S) LICITADOR(ES) QUE CONCURRA (N) A LA PRESENTE LICITACIÓN ESTÁ VINCULADA:
Fdo.:
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ANEXO V
D/Xx.:
N.I.F.:
en representación de la empresa:
con domicilio social en:
con C.I.F.:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
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Que los datos registrales contenidos en el certificado (Identificar el certificado) son válidos y vigentes a la fecha de la firma del presente documento.
Y para que conste, firmo el presente documento
En , a de de
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
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ANEXO VI
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE EL SERVICIO MURCIANO DE SALUD PUEDA RECABAR DATOS RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL.
La persona abajo firmante autoriza al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de los entes que se indica, la siguiente información (MARCAR CON X LO QUE PROCEDA):
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[ ] INFORMACIÓN Y DATOS TRIBUTARIOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE.
[ ] INFORMACIÓN Y DATOS QUE POSEA LA SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 14 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE.
[ ] INFORMACIÓN Y DATOS TRIBUTARIOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA DE LA REGION XX XXXXXX SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 E) DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE Y EL ARTÍCULO 2 DE LA ORDEN DE 1 XX XXXXX DE 2008.
A.- DATOS DEL CONTRATISTA SI ES PERSONA FISICA.
Nombre y apellidos/razón social:
N.I.F.:
Firma:
B.- DATOS DEL CONTRATISTA SI ES PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA.
Nombre de la empresa/razón social:
C.I.F.:
Nombre y apellidos del representante:
N.I.F.:
Firma:
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
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ANEXO VII
D/Xx.:
N.I.F.:
en representación de la empresa:
con domicilio social en:
Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 06/09/2016 12:31, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): E8E57D122EBAD3A97C1FF05A3BD72A15
con C.I.F.:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
⮚ Que de conformidad con lo regulado en el artículo 146.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas para contratar con el Servicio Murciano de Salud, en las condiciones y con los requisitos exigidos tanto en la citada Ley como en la Cláusula 12 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas que rige la presente contratación.
⮚ Que en caso de resultar propuesto como adjudicatario, se acreditará previamente la posesión y validez de los documentos exigidos, sin perjuicio de que el Servicio Murciano de Salud, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, pueda recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la aportación de la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Y para que conste, firmo el presente documento En , a de de
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
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ANEXO VIII MODELO DE PROPOSICIÓN
D. , con domicilio en , D.N.I. nº
, teléfono , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de
, con domicilio en
, C.P.
, teléfono , y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº ) enterado del procedimiento convocado por el Servicio Murciano de Salud, para la contratación de la GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE TRATAMIENTOS DE FISIOTERAPIA Y LOGOPEDIA EN LAS ÁREAS
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VIII Y IX, declaro:
1º) Que concurro a la licitación del lote/s, (marcar con una X lo que proceda), conforme a la aplicación de las tarifas máximas fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas:
LOTES FISIOTERAPIA | |||
1 | CIEZA ESTE | Área IX Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx | |
2 | CIEZA OESTE | ||
3 | ABARÁN | ||
4 | SAN XXXXXX | Área VIII Mar Menor | |
5 | SAN XXXXX DEL PINATAR | ||
6 | XXXXX XXXXXXX | ||
7 | LOS ALCÁZARES |
LOTES LOGOPEDIA | |||
8 | CIEZA | Área IX Xxxx Xxxx xxx Xxxxxx | |
9 | SAN XXXXXX | Área VIII Mar Menor |
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, reservándome el derecho de poder mejorar lo indicado en la proposición inicial presentada.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
Firma,
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