Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ESTACIONAMIENTO RESERVADO PARA AUTOCARAVANAS Y ÁREA DE SERVICIOS.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del presente pliego consiste en la gestión y el control del estacionamiento reservado para autocaravanas, así como la prestación, para estos vehículos, del servicio de vaciado y llenado de aguas limpias y sucias y de carga de baterías en la zona de estacionamiento reservado.
Todo ello en los términos y condiciones del presente Pliego, xxx xxxxxx de cláusulas administrativas, de la Ordenanza reguladora del servicio de aparcamiento de autocaravanas y de la correspondiente Ordenanza Reguladora del Precio Público.
1.- El servicio de estacionamiento reservado de autocaravanas tiene por objeto limitar el tiempo de permanencia en las plazas reservadas para este tipo de vehículos en la parcela municipal ubicada entre las calles Voto de San Xxxxxxxxx, Xxxxxx de Biescas y Danzantes de Santa Xxxxxx s/n.
2.- El servicio de vaciado, llenado, carga de baterías, lavado de vehículos y similares existente en la zona de estacionamiento reservado, pretende satisfacer las necesidades de los usuarios de este tipo de vehículos durante el tiempo limitado de estacionamiento.
3.- El licitador deberá hacer frente a todos los costes derivados de la gestión del servicio, en las condiciones fijadas en los pliegos del procedimiento de contratación.
2.- SERVICIO DE CONTROL DE ESTACIONAMIENTO RESERVADO DE AUTOCARAVANAS:
ZONA DE REGULACIÓN:
La zona de regulación abarca parte de la parcela municipal de equipamiento ubicada entre las calles Voto de San Xxxxxxxxx, Xxxxxx de Biescas y Danzantes de Santa Xxxxxx s/x. xx Xxxx destinada a aparcamiento de autocaravanas.
No se incluye dentro del ámbito de gestión del servicio la parte del estacionamiento destinado a aparcamiento de autobuses cuyo uso es público y sin limitaciones para este tipo de vehículos.
El número de aparcamientos reservados para autocaravanas es de 23 de acuerdo con la delimitación que consta en el plano adjunto.
SEÑALIZACIÓN:
El concesionario se responsabilizará de toda la señalización, vertical y horizontal, que se requiera para indicar e informar a los usuarios que se encuentran en una zona de estacionamiento reservado a las autocaravanas.
a).- Señalización vertical: El adjudicatario estará obligado al mantenimiento y conservación de la señalización vertical durante el tiempo de duración del contrato, así como su sustitución en caso de deterioro o rotura.
El adjudicatario estará obligado durante el periodo de vigencia del contrato a efectuar, sin coste alguno, todas las modificaciones en la señalización vertical indicadas por el Ayuntamiento xx Xxxx para mejorar la información a los usuarios.
b).- Señalización horizontal: El adjudicatario estará obligado a mantener durante la duración del contrato la señalización horizontal mediante marcas viales que delimiten en cada aparcamiento de autocaravanas.
c).- Carteles informativos.- El adjudicatario estará obligado a colocar a su xxxxx en el formato y diseño que proponga en el proyecto de prestación del servicio, los paneles informativos adecuados para informar a los usuarios del área indicando los precios aplicables en cada momento, así como aquellos carteles indicadores de la localización del área en las entradas a las ciudad.
MEDIOS HUMANO AFECTOS AL SERVICIO:
El concesionario aportará el personal necesario para el correcto desenvolvimiento del servicio, que dependerá íntegramente de la empresa y que deberá cumplir los siguientes objetivos:
- Efectuar el control de todos las autocaravanas que aparcan en la zona que tiene asignada sin rebasar el tiempo máximo autorizado.
- Efectuar el control del estado de conservación y del buen funcionamiento de todas las obras e instalaciones del aparcamiento; marquesinas, monolitos de obra de fábrica, los expendedores de tiquets, barreras de acceso, instalaciones de agua, saneamiento, electricidad y telefonía, etc, reparando cuanto antes, los posibles defectos o averías detectados.
- Atender correctamente las solicitudes de información de los usuarios.
- Observar y comunicar de inmediato al Ayuntamiento, toda anomalía o incidente que se produzca en la zona regulada.
- Comunicar de inmediato a la Policía Local cualquier infracción.
- Mantener en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, uso y conservación todas las instalaciones del aparcamiento, realizando todas las labores de conservación y mantenimiento (preventivo, correctivo y legal) necesarias. De todas las operaciones de mantenimiento programadas y realizadas se dejará constancia fehaciente en los correspondientes libros de mantenimiento abiertos al efecto.
Para el correcto y óptimo desarrollo del Servicio de Regulación del Estacionamiento de autocaravanas, el concesionario deberá cumplir las siguientes condiciones:
a).- El adjudicatario deberá disponer del personal necesario para la adecuada prestación del servicio.
Para ello deberá incluir en su oferta el número de personas que contemple los diferentes turnos, vacaciones, absentismos, etc., de forma que se garantice el control del servicio.
b).- Realizarán, así mismo, un parte semanal referente a las denuncias formuladas y los avisos de denuncia expedidos, y de las anomalías o incidentes ocurridos durante el día.
MEDIOS MATERIALES AFECTOS AL SERVICIO
El aparcamiento dispone en la actualidad de los siguientes medios materiales para la prestación del servicio:
1) Control de accesos. Constituido por:
• Una columna de entrada expendedora de tiques
• Una columna de salida validadora de tiques
• Dos barreras de entrada y salida
• Un cajero automático de pago (con moneda y tarjeta)
• Un interfono de comunicación.
• Como anexo al presente pliego se incluye la información técnica del sistema de control instalado.
2) Equipo de vaciado y llenado de aguas limpias y sucias, constituido por:
• Una plaza de aparcamiento exterior con desagüe para el vertido de las “aguas grises”
• Un cajón estanco para el vaciado de los váteres químicos (“aguas negras”) con toma de agua corriente potable para llenado de depósitos y para limpieza de los contenedores.
3) Instalación eléctrica, III+N/63 amperios/400V, con contratación inicial de 24 Kw, constituida por:
• Xxxxxxx de baterías y tomas para las autocaravanas: 24 enchufes Schuko 2P+TT/10-16amperios/250V, con funcionamiento limitado hasta 6 A, sin
registro individual de consumos, agrupados de seis en seis en cuatro monolitos de obra de fábrica provistos de puertas metálicas practicables.
• Dos tomas de corriente 2P+TT/10-16 amperios/230V para máquinas de refrescos.
• Reserva de potencia para una posible caseta de vigilancia
• Suministro eléctrico al armario de telecomunicaciones
• Alumbrado de la parcela conectado al alumbrado público de la zona. Las posibles modificaciones que desee introducir por su cuenta el contratista en la instalación de alumbrado de la parcela tendrán siempre como límite la obligación de mantener una iluminación nocturna mínima de 20 luxes en la zona de aparcamiento público de autobuses y en sus accesos.
4) Instalación de telecomunicaciones, constituida por::
• Monolito de obra de fábrica con suministro eléctrico y reserva de espacio para instalar en su interior un moden ADSL y el equipo de control de las cámaras de seguridad.
• Canalización subterránea de enlace entre el monolito de telecomunicaciones y la arqueta más próxima de la red exterior de Telefónica.
• Canalización subterránea de enlace entre el monolito de telecomunicaciones y dos columnas de alumbrado sobre las que, en su caso, se podrían instalar cámaras de seguridad.
5) Señalización vertical y horizontal: según plano adjunto.
Los medios materiales adicionales que los licitadores consideran necesarios para la gestión del servicio serán objeto de descripción pormenorizada en el Proyecto Técnico que acompañará a la oferta, teniendo en cuenta que dichos no revertirán al ayuntamiento a la finalización de la vigencia de la concesión.
CONDICIONES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y CONTROL
La labor de vigilancia y control de las plazas reguladas de autocaravanas será a cargo del adjudicatario y tendrá por objeto, exclusivamente, comprobar que los vehículos estacionados son de tipo autocaravanas, respetan la normativa de aparcamiento, disponen del correspondiente tique y no han rebasado el tiempo indicado para ello, sin incluir otras funciones de seguridad.
El horario durante el cual permanece el servicio de estacionamiento regulado es el siguiente:
De lunes x xxxxxxx durante los 24 horas.
Por Resolución de Alcaldía se podrá modificar el presente horario.
El control del tiempo de estacionamiento se efectuará mediante comprobante y su pago se acreditará por medio del correspondiente tique que se obtendrá en las máquinas expendedoras situadas en las zonas de regulación. Este tique detallará como mínimo,
entre otros datos, la fecha, hora y minuto de emisión, la clase de tarifa, el importe pagado, fecha, hora y minuto límite del aparcamiento autorizado y la zona de estacionamiento en caso de delimitación de varias de ellas.
Durante los primeros quince minutos de estacionamiento dentro del área no se abonará precio alguno por lo que podrá salir de ella el usuario sin abonar cuantía alguna para vaciar los depósitos en las instalaciones ubicadas fura del área delimitada.
5.- DURACIÓN DE LA CONCESIÓN.-
La duración de la concesión será de dos, contados desde la fecha de comienzo del servicio.
El plazo de vigencia de la concesión será prorrogable por otro periodo de dos años, si no hay previa denuncia de las partes y notificación a la otra con seis meses de antelación a su fin.
El contrato finalizará por el cumplimiento del plazo establecido inicialmente o, en su caso, le resultante de la prórroga que se hubiese acordado o por resolución.
El adjudicatario vendrá obligado a prorrogar el servicio de una manera obligatoria por un periodo máximo de seis meses, hasta que el nuevo adjudicatario se haga cargo del servicio en su caso.
El adjudicatario vendrá obligado a prorrogar el servicio de una manera obligatoria por un periodo máximo de seis meses, hasta que el nuevo adjudicatario se haga cargo del servicio en su caso.
El adjudicatario deberá comenzar la prestación del servicio en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de formalización del contrato en documento administrativo.
Será de aplicación lo contenido en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxx de condiciones administrativas referido a la duración del contrato.
6.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO:
DERECHOS:
El concesionario tendrá derechos a:
- Explotar el servicio durante el plazo de la concesión, de acuerdo con el contrato, con las normas que le sean de aplicación y con las decisiones que en el ejercicio de sus potestades adopte la Corporación Municipal.
- Percibir la retribución económica que corresponde por la prestación del servicio.
- Solicitar y, en su caso, obtener del Ayuntamiento la revisión de las tarifas a fin de mantener el equilibrio financiero de la concesión.
- Percibir la indemnización correspondiente por rescate de la concesión, salvo que se hubiera adoptado por causa que la fuera imputable o no hubiera dejado los bienes a disposición del Ayuntamiento al término del período de concesión.
- Transmitir la concesión, previa autorización de la Corporación, siempre que a juicio de la misma quede garantizada la prestación del servicio.
- Proponer al Excmo. Ayuntamiento cuantas modificaciones estime indispensables como mejoras en la prestación del servicio y no previstas en la oferta.
- Cualquier otro tipo de derechos que les reconozca la legislación vigente o consten en el Presente Pliego señalados singularizadamente.
- Explotar los servicios complementarios ofertados por el licitador en su oferta. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO:
El concesionario está obligado, además de lo reseñado en el Presente Pliego y de lo que se derive de la legislación aplicable, a:
- Satisfacer al Ayuntamiento el canon en la forma establecida en el artículo 10 del presente Pliego de Cláusulas.
- Prestar el servicio en condiciones de absoluta normalidad y de forma continuada e ininterrumpida durante todos los días del año, sean o no festivos, del modo dispuesto en la concesión u ordenado posteriormente por el Ayuntamiento, incluso en el caso de que circunstancias sobrevenidas e imprevisibles ocasionaren una subversión en la economía de la concesión.
-Mantener y conservar en perfecto estado de funcionamiento, conservación, higiene y limpieza los locales, aparcamientos y maquinaria utilizada con todas sus instalaciones y servicios, incluidas las de carácter complementario que haya podido realizar el concesionario y que no deban revertir al Ayuntamiento.
-Realizar por su cuenta todas las obras de conservación y mantenimiento y cuantos gastos sean necesarios para ello, respondiendo incluso de los deterioros producidos por los usuarios.
- Respetar el objeto de la concesión y los límites establecidos en la misma, no pudiendo destinar los bienes a un uso distintos del pactado y abstenerse de ejecutar obras o alteraciones que modifiquen la prestación del servicio o los bienes puestos a su disposición, sin previa autorización del Ayuntamiento xx Xxxx.
- Responder de los daños y perjuicios que por el funcionamiento de los Servicios objeto de este Pliego se causaren al Ayuntamiento o a terceras personas, y pagar las indemnizaciones correspondientes, salvo que se hubieran producido en virtud de actos realizados en cumplimiento de una cláusula u orden impuesta por la Corporación de manera ineludible.
- Implantar los precios públicos que en cada momento estén vigentes, mediante aprobación por Acuerdo Municipal.
- Asegurar la totalidad de las construcciones, instalaciones y maquinaria, aportados por aquél a la concesión, mediante póliza de seguros.
- Implantar y renovar las mejores tecnologías existentes en cada momento en el sector para la explotación del Servicio y a lo largo de todo el período de duración de la concesión.
- Asegurar la responsabilidad civil o patrimonial que pudiera corresponder al Concesionario y al Ayuntamiento por la propiedad de las instalaciones y el funcionamiento del servicio.
- Ejercer y explotar por sí la concesión y el servicio y no cederla o traspasarla a terceros sin la conformidad de la Corporación, que sólo podrá otorgarla en las circunstancias que señala el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Satisfacer los tributos de cualquier orden que graven las instalaciones, sean estatales, autonómicos, locales o de cualquier otro índole, si no estuviera exento de ello.
- Asumir, además, cuantos gastos y costes genere la explotación de la actividad y cualquier otra que la prestación del servicio requiera. En particular corresponde al concesionario el abono de las facturas correspondientes a los suministros de electricidad, agua, telefonía, etec, y todos aquellos derivados de su uso y mantenimiento.
- Abandonar y dejar libres, a disposición del Ayuntamiento, dentro del plazo correspondiente, los bienes objeto de la concesión.
- Cumplir con las demás obligaciones dimanantes xxx Xxxxxx, del contrato, o de las Disposiciones legales o reglamentarias que sean de aplicación, no sólo las relativas a concesiones y explotación de servicios locales, sino también todas las relativas a normas de policía administrativa que afecten a este tipo de instalaciones y singularmente las de naturaleza laboral en todos sus aspectos, incluyendo los de previsión y seguridad social en vigor.
- Permitir que, en cualquier momento, los técnicos municipales puedan inspeccionar la explotación de los Servicios.
7.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.-
DERECHOS:
El Ayuntamiento xx Xxxx tendrá la más alta facultad de inspección y control del funcionamiento del servicio a través del personal municipal.
OBLIGACIONES:
- Facilitar al concesionario los emplazamientos en la vía pública que requieran las instalaciones para la prestación del servicio.
- Nombrar un Coordinador municipal que será la persona encargada de supervisar, controlar y dirigir las instrucciones para la correcta prestación del servicio. Asimismo, éste recibirá cuantas propuestas considere oportunas del concesionario.
- Indemnizar al concesionario por el rescate de la concesión; en el caso de supresión del servicio.
- Mantener el equilibrio económico – financiero de la concesión.
- Actualizar las tarifas del servicio.
- Mantener y asumir el coste del suministro eléctrico del alumbrado público de la parcela
8.- REVERSIÓN DE LOS ELEMENTOS E INSTALACIONES.-
Todos los elementos materiales e instalaciones aportadas por el Ayuntamiento deberán ser objeto de reversión al finalizar del plazo de vigencia a favor del Ayuntamiento xx Xxxx.
Los medios materiales ofertados por el licitador para los servicios complementarios no serán objeto de reversión por lo que necesariamente tendrán el carácter de desmontables.
En todo caso, al momento de reversión de los elementos e instalaciones, éstos habrán de encontrarse en perfecto estado de conservación y funcionamiento, formalizándose entre el adjudicatario y el Ayuntamiento xx Xxxx un Acta de recepción y consiguiente reversión, documento que se considera preceptivo para la devolución de la fianza depositada.
9.- RETRIBUCIÓN DEL CONTRATO.-
La contraprestación económica que percibirá el concesionario coincidirá en su importe con la recaudación por el estacionamiento reservado y los servicios que se presten, entendiéndose incluidos en este importe todos los impuestos que legalmente procedan, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Con periodicidad trimestral el concesionario presentará al Ayuntamiento la factura por la prestación de los servicios contratados, así como la liquidación de los ingresos obtenidos en concepto de precio público, compensándose ambos importes y resultando una cifra a pagar xx xxxx euros.
En el supuesto de que los ingresos recaudados anualmente fueren inferiores al importe total del servicio, el concesionario no podrá exigir, en ningún caso, un desembolso complementario al Ayuntamiento para completar aquel.
10.- CANON DE LA CONCESIÓN.-
El concursante formulará en su proposición, el canon anual que ofrecen al Ayuntamiento, como precio del contrato, sin que exista un precio de licitación. Dicho canon se determinará a partir del correspondiente y detallado estudio económico de costes de explotación e ingresos previstos y será como mínimo de 600 euros anuales, IVA NO INCLUIDO que deberá hacer efectiva de conformidad con el pliego de cláusulas administrativas.
11.- XXXXXXX Y HORARIOS.-
El concesionario vendrá obligado a aplicar en cada momento los precios públicos en vigor aprobados por el Ayuntamiento que se establezcan en las correspondientes Ordenanzas Reguladoras
Los aparatos expendedores de tiques deberán estar preparados para que se puedan realizar fácilmente las modificaciones necesarias para implantar las tarifas aprobadas.
El concesionario vendrá obligado a aplicar en cada momento los horarios en vigor aprobados por el Ayuntamiento o las modificaciones de los horarios que pueda aprobar el Ayuntamiento.
12.- REALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE RECAUDACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA CONCESIÓN.-
La realización de todas las operaciones de recaudación del dinero ingresado por los usuarios del estacionamiento y de los servicios que se presten serán realizadas por el concesionario anualmente. Para ello durante la primera semana del mes posterior en el que se cumpla la anualidad correspondiente, el concesionario deberá presentar al Ayuntamiento la liquidación del año anterior en el que figuren todos los ingresos efectuados junto con el importe del coste del servicio y el canon a abonar por el Ayuntamiento.
Asimismo, trimestralmente deberá presentar la liquidación de los ingresos percibidos en el periodo de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 9 de este documento.
13.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICO-ECONÓMICA A PRESENTAR.-
Los licitadores deberán presentar la siguiente documentación a incluir en el sobre B. PROYECTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRADO POR:
- Memoria.
- Estudio económico de la prestación del servicio.
- Descripción pormenorizada de los medios humanos y materiales a emplear en el desarrollo y gestión del servicio así como sus características técnicas, diseño, categorías, etc.
- Propuestas de instalación de la señalización vertical y horizontal y justificación.
- Plan de mantenimiento y conservación de todas las instalaciones y equipos.
- Propuesta de servicios complementarios a implantar en el área.
14.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.-
Para la adjudicación del contrato se tendrá en cuenta la valoración que resulte de aplicar a cada propuesta la puntuación asignada por cada uno de los siguientes criterios:
1.- CANON PROPUESTO.- Hasta 51 puntos.
Se otorgará al que oferte el canon mínimo contenido en este pliego 0 puntos, al que oferte el canon más alto 51 puntos, y el resto de forma proporcional.
2.- IDONEIDAD DEL PROYECTO DEL SERVICIO.- Hasta 35 puntos
Se valorará el proyecto, la adecuación, coherencia técnica y económica y las mejoras de la oferta presentada, de la siguiente forma:
- Calidad del proyecto técnico y de su presentación: Hasta 4 puntos
- Mejoras: Hasta 31 puntos. Tipos de mejora:
• Venta de productos (6 puntos).
• Puesto de información 8 puntos)
• Promoción nacional/internacional del establecimiento (6 puntos)
• Wifi (4 puntos)
• Alquiler de bicicletas (7 puntos)
Las mejoras se describirán adecuadamente: tipo, alcance y obras, instalaciones y autorizaciones complementarias necesarias para su implantación. La descripción se acompañará del correspondiente presupuesto (costes de implantación, mantenimiento y retirada al final del contrato o de su vida útil) y del cálculo de la incidencia económica de cada una de las mejoras en la determinación del canon de la concesión ofertado.
3.- DISCAPACIDAD DEL PERSONAL PUESTO EN LA EXPLOTACIÓN DEL
SERVICIO: Hasta 14 puntos.