Asesor de Ventas (nombre y
SOLICITUD DEL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO DE COPACO
SOLICITANTE (Nombres y Apellidos) o DENOMINACIÓN…………………………………………………………………………………………………………….
Número de Solicitud Fecha de Presentación Lugar de Presentación
Asesor de Ventas (nombre y
apellido)
(Corte aquí, es su contraseña … …….. …. ….. ….. …… ……. ……. ….. …… ….. …… ….. ….. ….. ….. …. … …
SOLICITUD DEL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO DE COPACO
Número de Solicitud Fecha de Presentación Lugar de Presentación
Asesor de Ventas (nombre y
apellido)
DATOS DEL CLIENTE
Apellidos y Nombres o Razón Social:
C.I.
RUC
Pasaporte
Domicilio fijado por el cliente:
(Dirección para correspondencia)
Barrio: Localidad:
Nº. Teléfono fijo: Nº. Celular: Correo Electrónico:
30GB | 50GB | 70GB | 100GB | 150GB | 570GB | 1200GB | 2300GB |
PLANES DE INTERNET INALÁMBRICO
PLAN SOLICITADO: STANDARD
Nº ICCID DEL SIM CARD
Nº SERVICIO 4G LTE/3G/2G
OTRO SERVICIO O PLAN
CLIENTE FIEL VOX COPACO DURACIÓN MINIMA DEL CONTRATO
…. MESES (El cliente paga por el equipo)
….. MESES (Equipo en comodato)
Sin permanencia mínima
FACTURACIÓN
Facturación Diferida Si No Nro. Telefónico Facturación independiente a la línea Telefónica: Si
DIRECCIÓN DE INSTALACIÓN DEL SERVICIO
…………………………………………………………………………….………………. ………………………….
Cuenta Corriente Catastral:
Calle Nº
TECNOLOGÍAS EN DIRECCIÓN DE INSTALACIÓN
Localidad
4G LTE 3G 2G
DECLARACION DE RESPONSABILIDAD
Asumo Total responsabilidad de que las informaciones presentadas en esta solicitud son ciertas. Si la empresa constata lo contrario tiene derecho a dejar sin efecto este pedido. Declaro tener conocimiento de los Reglamentos y Disposiciones Generales de la Prestación del Servicio, que consta en el CONTRATO DE ADHESION DEL SERVICIO, adjunto al presente. Solicitud.
La prestación del SERVICIO se encuentra sujeta a la factibilidad técnica y disponibilidad en la red de COPACO, no existiendo responsabilidad en el caso de no poder dar cumplimiento a la prestación del SERVICIO.
AUTORIZACION: Por la presente autorizo a la Compañía Paraguaya de Comunicaciones Sociedad Anónima- COPACO S.A., Otorgando suficiente mandato de conformidad a los términos del Artículo 917 inc a) del Código Civil, para que por propia cuenta, o a través de empresas especializadas de nuestro medio, a recabar información, verificación o certificación de los datos por mi declarados, de los registros Públicos o Privados en esta plaza comercial, o en otra, sobre el cumplimiento de mis obligaciones comerciales. En caso de un atraso superior a 90 días, en el pago del presente crédito, o deudas pendientes que mantenga con COPACO S.A. incluyan mi nombre o de la Razón Social que presento en el registro de empresas o personas especializadas en almacenar, procesar o divulgar información comercial o cualesquiera otra entidad con objeto similar con la prohibición de su publicación. Una vez cancelada la deuda, capital, gastos e intereses, la eliminación de los registros se realizara de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº1682/01 y su modificación.
ANEXO I Este documento forma parte del CONTRATO Firma del Cliente o Representante Legal
CONTRATO DE ADHESIÓN AL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO DE COPACO
En mi carácter de solicitante (CLIENTE) del SERVICIO, declaro conocer y aceptar los Términos y Condiciones, en adelante LOS TÉRMINOS, para la prestación del servicio de Internet Inalámbrico, en adelante SERVICIO, prestado por la Compañía Paraguaya de Comunicaciones S.A. que en adelante se denomina COPACO, según la/s solicitud/es de SERVICIO, en adelante SOLICITUD y las Cláusulas siguientes del presente documento que suscribo a mi/nuestra entera conformidad. Forman parte integrante del presente Contrato para todos los efectos legales los siguientes documentos:
a) El texto del presente CONTRATO;
b) La Solicitud para la prestación del SERVICIO – ANEXO I;
c) La Disposición Tarifaria - ANEXO II;
d) La Aceptación del SERVICIO - ANEXO III;
e) Las Disposiciones Generales para la prestación de servicios de Telecomunicaciones de COPACO S.A.
CLÁUSULA PRIMERA: DEFINICIÓN DEL SERVICIO
1.1 EL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO: Es el servicio de internet provisto por COPACO mediante uso del espectro de frecuencias con acceso inalámbrico, mediante un SIM CARD programado para utilizar las tecnologías 4G LTE (‘Long Term Evolution’) – 3G o 2G, de acuerdo al equipo adquirido (fijo o móvil) y a la zona de cobertura de red donde se encuentre el cliente.
CLÁUSULA SEGUNDA: CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
2.1 EL SERVICIO contratado excluye la venta de servicios de voz a terceros, no podrá ser conectado a red telefónica pública conmutada. El incumplimiento estipulado en este apartado facultará a COPACO a proceder a la suspensión y retiro definitivo del SERVICIO, sin reclamo alguno.
2.2 El domicilio de correspondencia del SERVICIO es exactamente aquel que consta en la SOLICITUD, en dicha dirección llegará la factura del servicio. El lugar de instalación del equipo es la dirección señalada en la solicitud, COPACO informará la cobertura de red que se posee en el lugar de instalación del equipo y la o las tecnologías disponibles (4G LTE, 3G y/o 2G) en el lugar de instalación. En caso que el cliente adquiera un terminal Multibanda que sirva para recibir servicios de internet de las redes 4G LTE / 3G / 2G el mismo podrá acceder a la red 4G LTE o 3G o 2G dependiendo del lugar donde se encuentre el equipo. En caso de necesidad, el CLIENTE podrá mudar temporalmente el equipo del lugar de Dirección de instalación bajo su responsabilidad, dentro de la Cobertura de la red 4G LTE. Fuera de la Cobertura de la red 4G LTE, el cliente tendrá habilitada la posibilidad de acceder a la cobertura de la red 3G/2G sin variación de cargos pero a una menor velocidad. Recomendamos verificar previamente la cobertura de las redes 4G LTE/3G/2G en las página web de COPACO. El Cliente podrá contratar el SERVICIO indicando su locación de instalación en la solicitud, dentro de la cobertura de la red 3G/2G, en dicho caso, el cliente entiende que las velocidades a ser alcanzadas en dicha locación son menores, a las ofrecidas dentro de la cobertura 4G LTE, y velocidades propias de la tecnología 3G/2G serán encontradas mientras permanezca o se desplace dentro de la cobertura 3G/2G. Si el cliente se desplaza o mudare temporalmente de domicilio dentro de la cobertura 4G LTE o COPACO ampliara su red 4 G LTE y cubriese el domicilio donde se encuentre instalado el equipo Multibanda, 4G LTE/3G/2G este podrá entonces acceder a las velocidades de la tecnología 4G LTE.
2.3 La cobertura de las redes con tecnología 4G LTE, 3G y 2 G pueden ser consultadas al momento de adquirir el servicio o en la página web de la compañía xxx.xxxxxx.xxx.xx . La alta calidad del servicio y su baja latencia dentro de la red 4G LTE la convierte en ideal para ser utilizada para juegos on line, voz sobre IP, videoconferencia, video streaming, entre otros.
2.4 La habilitación y prestación del SERVICIO se encuentra sujeta a posibilidades técnicas y disponibilidad en la red de COPACO, no existiendo responsabilidad en el caso de no poder dar cumplimiento a la habilitación y prestación del SERVICIO.
2.5 El CLIENTE reconoce y acepta que la velocidad a la que puede acceder a la red de Internet es la máxima permitida por la tecnología 4G LTE Best effort, y que la velocidad entendida como la tasa efectiva de transferencia de datos, podrá variar en caso dependiendo, entre otros, distancia de la radio base, del grado de congestión en la red, así como del enlace de ésta a la Red, de los medios de transporte provistos por los distintos operadores por los que transitan los datos, así como de la congestión en la red Internet, condiciones atmosféricas y geográficas, de las características del equipamiento e instalación interna del CLIENTE final. Además, la velocidad del servicio disminuye cuando el equipo se encuentra en la zona de cobertura de la red 3G o 2G. COPACO podrá ofrecer planes diferenciados por velocidad, precio, Giga Bytes de transferencia (carga y descarga), y otros parámetros.
2.6 Todo lo relacionado a las direcciones IP estarán contenidas en la Disposición Tarifaria Vigente – ANEXO II.
2.7 En el caso que el SERVICIO sea utilizado simultáneamente en más de un punto de conexión, la velocidad contratada será compartida.
2.8 El CLIENTE tendrá derecho al usufructo del SERVICIO durante la vigencia de este Contrato y podrá usarlo dentro de las limitaciones técnicas y jurídicas de los reglamentos de servicios vigentes.
2.9 El CLIENTE reconoce y acepta que el uso del SERVICIO está sujeto a su propio riesgo sobre virus, ataques de intrusos, mails spam, etc. COPACO, no garantiza que el SERVICIO será ininterrumpido o libre de errores; tampoco COPACO puede garantizar los resultados a ser obtenidos a través de este SERVICIO, ni será responsable por cualquier retención, imprecisión u omisión de la información proveída por terceros, en relación con este SERVICIO, incluyendo empresas o individuos subcontratados para el efecto.
2.10 EL CLIENTE una vez que utiliza toda la capacidad del plan contratado, podrá seguir navegando sin límites en redes sociales, email,
Noticias, revistas, entre otros, hasta la próxima acreditación. COPACO podrá ampliar esta lista o presentar otro tipo de planes que figuren en el Anexo II
CLÁUSULA TERCERA: INFRAESTRUCTURA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
3.1 Todos los equipos terminales LTE o multibandas LTE/3G/2G fijas o móviles que sean usufructuados por el CLIENTE, deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por COPACO, el incumplimiento de este requisito eximirá a COPACO de toda responsabilidad ante una eventual degradación de la calidad y/o falta del SERVICIO.
CLÁUSULA CUARTA: PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO.
4.1 EL CLIENTE reconoce y acepta las tarifas del SERVICIO tal como se detallan en la Disposición Tarifaria Vigente – ANEXO II. Las mismas podrán ser modificadas libremente por COPACO o la Entidad Reguladora en materia de Telecomunicaciones y serán de aplicación inmediata desde la vigencia y comunicada al CLIENTE por diarios de gran circulación (por lo menos durante 3 (tres) días consecutivos) al momento de la entrada en vigencia.
4.2 El CLIENTE reconoce y acepta la factura emitida por COPACO en concepto de liquidación del usufructo del SERVICIO y otros cargos. Cualquier disconformidad con la liquidación podrá recurrir a la oficina respectiva de COPACO, conforme al reglamento de quejas y reclamos establecidas por la Entidad Reguladora.
4.3 EL CLIENTE pagará a COPACO el abono mensual en base al servicio contratado por mes adelantado conforme lo estipulado en la Disposición Tarifaria vigente – ANEXO II.
4.4 EL CLIENTE deberá estar al día en el pago de sus obligaciones, debiendo efectuar el pago hasta la fecha de vencimiento en ventanillas de COPACO, bancos autorizados, entidades financieras u otras empresas particulares de cobranzas, por sistema de débito automático (cuenta corriente o tarjetas de créditos), o por cualquier otro medio que COPACO habilitare para el efecto. En caso de no recibir la factura emitida por COPACO podrá solicitar copia en cualquier centro de atención al CLIENTE, para el pago correspondiente.
4.5 La falta de pago al vencimiento de la factura por parte del CLIENTE producirá la xxxx de pleno derecho, sin necesidad de interpretación alguna. Las facturas impagas y este Contrato serán instrumentos suficientes para que COPACO reclame judicialmente el pago de lo adeudado por el CLIENTE, facultando a iniciar la correspondiente acción ejecutiva.
4.6 En caso xx xxxx en el pago por parte del CLIENTE, este deberá abonar a COPACO intereses punitorios, los que se calcularán conforme a los procedimientos vigentes de COPACO.
CLÁUSULA QUINTA: VIGENCIA.
5.1 El servicio previsto en este Contrato tendrá una vigencia indefinida. EL CLIENTE deberá comunicar con una antelación mínima de 30 días su intención de rescindir el CONTRATO DE ADHESIÓN DE SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO.
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE COPACO.
COPACO será responsable de:
6.1 Habilitar la conectividad con Internet realizando todos los esfuerzos razonables para mantener rutas de acceso adecuadas.
6.2 Brindar recomendaciones y las aclaraciones necesarias al CLIENTE, de modo a permitir el óptimo funcionamiento del SERVICIO.
6.3 Supervisar, mantener y controlar el SERVICIO, de modo a garantizar su funcionamiento hasta el domicilio del cliente.
CLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL CLIENTE.
7.1 EL CLIENTE reconoce y acepta la factura emitida mensualmente por COPACO que incluye el concepto de liquidación del SERVICIO. Cualquier disconformidad con la liquidación podrá recurrir a la oficina respectiva de COPACO, conforme al Reglamento de Quejas y Reclamos establecido por la Entidad Reguladora (CONATEL).
7.2 Efectuar los pagos de todos los cargos vinculados con la prestación del SERVICIO.
7.3 Disponer de la Infraestructura apropiada de los equipos (Módem, equipos informáticos, de redes, de datos, refrigeración, otros), las instalaciones internas y programas informáticos necesarios para el óptimo aprovechamiento del SERVICIO.
7.4 Mantener en óptimas condiciones la(s) terminal(es) que le son entregadas por COPACO y comunicar cualquier anomalía en su
funcionamiento que dificulte la prestación del SERVICIO. COPACO no asumirá responsabilidad alguna por daños que pudieran ocasionarse como consecuencia de la conexión de accesorios que no sean de su provisión.
7.5 El CLIENTE no podrá efectuar modificaciones, cambios de pieza u Otras alteraciones en la(s) terminal(es) que le fueran otorgado en comodato, cualquier trabajo de mantenimiento deberá ser efectuado por el personal debidamente autorizado por COPACO, de lo contrario será responsable de los daños que pudiera ocasionarse al terminal.
7.6 El CLIENTE no podrá ceder los derechos y obligaciones del presente contrato ni proceder a la comercialización del servicio, salvo previa autorización escrita de COPACO.
7.7 El CLIENTE se compromete a notificar en forma inmediata y fehaciente a COPACO sobre cualquier perdida, extravío, deterioro, o
sustracción de la(s) terminal(es) y/o de la (s) tarjeta (s) SIM que corresponden al sistema, debiendo efectuar la correspondiente denuncia policial dentro de las 24 (veinticuatro) horas posteriores al hecho y remitirla a COPACO junto con la notificación. Hasta el momento de la referida notificación a COPACO y/o en caso de incumplimiento de las denuncias pertinentes, el CLIENTE responderá en forma única y exclusiva por todos los cargos en concepto de abono, consumo, y gastos administrativos que hubieran producido. Igual procedimiento se aplicara en caso de existencia de medidas cautelares sobre los equipos terminales que fueran de propiedad del CLIENTE.
7.8 Si por alguna de la razón la tarjeta inteligente SIM resultare dañada, averiada o extraviada es absoluta responsabilidad del CLIENTE, debiendo abonar por esta la suma determinada por COPACO.
7.9 Notificar inmediatamente a COPACO cualquier cambio necesario con relación al SERVICIO contratado, como ser: cambio de domicilio, cambio de abonado. Caso contrario COPACO no se hará responsable de daños eventuales que pueden causar al funcionamiento del SERVICIO, no cabiendo cualquier tipo de resarcimiento o indemnización, por parte de COPACO, en la ocurrencia de las referidas hipótesis.
7.10 Hacer un uso correcto y diligente del SERVICIO, de conformidad con la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres, así como abstenerse de utilizar el SERVICIO con fines o efectos ilícitos, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier
forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar el SERVICIO, los equipos informáticos de terceros usuarios de internet, así como los documentos, archivos y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (hacking) o impedir su normal utilización.
7.11 Mantener la seguridad de sus datos y sistemas, debiendo preservarse contra la pérdida de datos, invasión de red y otros eventuales daños causados a los equipos de su propiedad, no cabiendo cualquier tipo de resarcimiento o indemnización, por parte de COPACO, en la ocurrencia de las referidas hipótesis.
7.12 Evitar cualquier interferencia o perturbación a usuarios, equipos o servicios. Por interferencia o perturbación debe entenderse, a estos efectos, la distribución de anuncios o mensajes no solicitados, la propagación de virus informáticos u otros programas dañinos para los usuarios o para los equipos de la red, con el único objeto de entrar en otra red o equipo sin autorización de sus propietarios o
administradores.
CLÁUSULA OCTAVA: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDADES.
8.1 COPACO no se hará responsable por los daños y perjuicios directos o indirectos, daño emergente, lucro cesante, pérdida de datos, ni cualquier otro daño derivado de la falta de prestación del SERVICIO por causas no atribuibles a COPACO. Tampoco asumirá responsabilidad alguna por los daños que pudiere sufrir EL CLIENTE y/o sus bienes, o terceros por el mal uso del equipo o del SERVICIO.
8.2 COPACO no será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones cuando estos se deban a causas fuera de su control como conflictos laborales, incendios, condiciones climáticas severas, restricciones gubernamentales o cualquier desastre natural.
8.3 COPACO no será responsable de las informaciones, datos, programas y contenidos que circulen por la red, como tampoco garantiza los resultados obtenidos del uso de las mismas, ni será responsable por cualquier retención, imprecisión u omisión de la información proveída por terceros, en relación con este SERVICIO, incluyendo empresas o individuos subcontratados para el efecto.
8.4 COPACO no será responsable por las eventuales interrupciones de servicios ocasionales por causas no imputables a COPACO, como así tampoco por los daños que ocurran en las instalaciones, equipos y dependencias que pertenezcan al CLIENTE durante la utilización del SERVICIO. EL CLIENTE renuncia a todo derecho resarcitorio por los daños y perjuicios que se produjeran por razones de caso fortuito o fuerza mayor. Es responsabilidad exclusiva del CLIENTE las infracciones o hechos punibles en que pueda incurrir por el uso de la red internet.
8.5 Salvo las señaladas en este contrato, COPACO no adquiere ningún otro tipo de obligación, responsabilidad, aval o garantía ni frente al CLIENTE ni frente a terceros.
8.6 COPACO no será responsable en ningún caso de las averías, anomalías y deficiencias que pudieran derivarse de la manipulación errónea indebida o no autorizada de los diferentes elementos de su red o del SERVICIO, por parte del CLIENTE.
8.7 En caso que el cliente se mudare fuera de las coberturas 4G LTE/3G/2G no dispondrá del servicio de internet, no siendo responsabilidad de COPACO la calidad de la señal o servicio de internet en el sitio diferente al declarado en la solicitud como sitio de instalación. El cliente es responsable de verificar la cobertura 4G LTE/3G/2G en xxx.xxxxxx.xxx.xx al momento de realizar un cambio de domicilio temporal del equipo. CLÁUSULA NOVENA: SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN Y RECONEXIÓN DEL SERVICIO.
El CLIENTE acepta que COPACO suspenderá el SERVICIO por la siguiente causa:
9.1 Incumplimiento de las obligaciones asumidas por el CLIENTE en este Contrato.
9.2 Para realizar tareas de mantenimiento, comunicando previamente al CLIENTE, por cualquier medio de comunicación, la fecha en que se producirá la suspensión y su plazo estimado de duración.
9.3 Sin previo aviso en caso de mediar motivos de urgencias imprevisibles y/o fuerza mayor que así lo requieran.
9.4 Por el uso antirreglamentario del mismo o cause perjuicios a COPACO o cuando sea utilizado para poner peligro la seguridad del Estado, ejecutar actos o impartir órdenes contrarias a las leyes, atentar contra las buenas costumbres, o afectar con prácticas abusivas a terceros. COPACO cancelará el SERVICIO por la siguiente causa:
9.5 Con la emisión de la FACTURA DE RETIRO y de conformidad a la CLAUSULA DÉCIMA – 10.2. COPACO podrá reconectar el SERVICIO:
9.6 Siempre que exista disponibilidad técnica en la red de COPACO.
9.7 Previa cancelación de cualquier deuda pendiente, la suscripción de un nuevo contrato y el pago del cargo por reconexión según lo estipula la Disposición Tarifaria vigente ANEXO II.
CLÁUSULA DÉCIMA: RESCISIÓN DEL CONTRATO.
10.1 EL CLIENTE podrá rescindir este contrato, presentando para el efecto una SOLICITUD por escrito con antelación de treinta (30) días a la fecha en que pretende darle término, manteniéndose responsable del uso y pago del SERVICIO y otros cargos que le sean imputables, durante este tiempo. A partir de la recepción de la misma, COPACO dispondrá de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días para suprimir el SERVICIO.
10.2 COPACO tendrá por rescindido el presente contrato y procederá a desconectar el SERVICIO sin previo aviso y sin derecho a reclamo o de indemnización alguna por parte del CLIENTE, por las siguientes causales enunciativas, pero no limitativas:
- Con la emisión de la FACTURA DE RETIRO.
- La quiebra o disolución del CLIENTE o el pedido de su propia quiebra.
- Por incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
- Pagos irregulares efectuados con cheques sin fondos, cuentas canceladas, cheques robados, recibos falsificados no reconocidos por COPACO y otros.
10.3 La rescisión del contrato obliga al CLIENTE a abonar el monto correspondiente al 100% del costo del equipo dentro del periodo de permanencia mínima (ver Anexo II), transcurrido este plazo, el terminal LTE o Multibanda 4GLTE/3G/2G pasa a ser propiedad del cliente. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: SOPORTE TÉCNICO Y ATENCIÓN AL CLIENTE.
11.1 COPACO mantendrá disponible el SERVICIO telefónico de Soporte Técnico para la recepción de reclamos por interrupciones del SERVICIO. Previo al reclamo, el CLIENTE debe verificar el normal funcionamiento de su equipamiento.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: COMPROMISOS DE CALIDAD DEL SERVICIO.
12.1 La velocidad ofrecida es la máxima permitida en la Dirección de instalación del terminal, adquirido por el usuario, sin limitaciones por parte de COPACO, lo que significa que podría no permanecer constante dependiendo de lo señalado en la cláusula 2.5
12.2 En caso de que por causas imputables exclusivamente a COPACO se produzcan interrupciones en el SERVICIO de 24 o más horas
continuas, se reintegrará el importe del cargo fijo mensual proporcional a los días que el SERVICIO estuvo interrumpido. Este crédito se realizará a solicitud escrita del CLIENTE correspondiente y una vez verificada por COPACO su responsabilidad exclusiva en la falla, conforme al Reglamento de Quejas y Reclamos establecido por la Entidad Reguladora (CONATEL).
12.3 COPACO podrá realizar interrupciones programadas en el SERVICIO para posibilitar el mantenimiento de su Red. En este caso, las interrupciones serán comunicadas con una antelación mínima de setenta y dos (72) horas, por cualquier medio (nota, telegrama, correo electrónico habilitado con el servicio) y no debiendo exceder las cuatro (4) horas ininterrumpidas.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: NOTIFICACIÓN Y JURISDICCIÓN JUDICIAL.
13.1 Las situaciones no comprendidas en este contrato, se regirán por las Disposiciones Generales de COPACO.
13.2 Todas las notificaciones se realizarán en los domicilios fijados por el CLIENTE en la SOLICITUD.
13.3 El presente contrato se regirá e interpretará conforme a la legislación de la República del Paraguay y las Partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la Ciudad xx Xxxxxxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y fijan sus domicilios en los lugares indicados en la SOLICITUD.
13.4 EL CLIENTE acepta el presente contrato con sus términos y condiciones y demás documentos anexos, suscribiéndolos en prueba de conformidad, en la ciudad xx Xxxxxxxx capital de la República del Paraguay a los días del mes de del año .
Firma del Cliente o Representante Legal Nombre del Cliente/Razón Social.
CONTRATO DE ADHESIÓN AL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO DE COPACO
TARIFA DEL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO DEL PLAN CONTRATADO
NOMBRE DEL PLAN ELEGIDO (ESTÁNDAR/FIEL VOX-COPACO- OTRO) | |
CAPACIDAD CONTRATADA DE TRANSFERENCIA – CARGA /DESCARGA- EN GB (18, 30, 50, 70, 100,150,570,1200,2300, OTRO) | |
ABONO MENSUAL (Gs. CON IVA INCLUIDO) | |
EN CASO DE EXISTIR PROMOCIÓN INDICAR NOMBRE DE PROMOCIÓN Y NÚMERO DE PROMOCIÓN | |
DURACION MINIMA DEL CONTRATO (SIN PLAZO, 12 MESES, 18 MESES) | |
PRECIO DEL TERMINAL (AL CONTADO CON DESCUENTO 812.500 Gs/ EN CUOTAS SIN INTERESES 5,10, 12/ EN COMODATO) | |
PRECIO DE SERVICIOS ASOCIADOS (IP PÚBLICA/ NRO IP/ REPOSICIÓN/ ACCESORIOS/OTROS) |
CONDICIONES BÁSICAS DEL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO
Las tarifas correspondientes a los abonos Mensuales del servicio, serán facturadas por mes adelantado.
Las velocidades de transferencia (carga/descarga) son en Best effort .
En caso que el cliente abone al contado el terminal 4G LTE o terminal multibanda 4G LTE/3G/2G , su contrato no estará sujeto a tiempo mínimo de permanencia.
En caso de que el cliente no adquiera el equipo terminal 4G LTE o terminal multibanda 4G LTE/3G/2G de COPACO SA con el servicio de internet inalámbrico de COPACO, el mismo abonará las tarifas mensuales según plan contratado y su contrato no estará sujeto a tiempo mínimo de permanencia.
Los Planes para entregar los Terminales 4 G LTE o Terminales multibanda 4G LTE/3G/2G, en cuotas o en como dato, a los clientes están sujetos a contratos de 12 y 18 meses de permanencia mínima.
o Para los clientes suscriptos al Contrato de 18 meses de permanencia mínima la Terminal 4G LTE o multibanda 4GLTE/3G/2G tiene un costo de 812.500 Gs. c/u en 5,10 y 12 cuotas sin intereses. La rescisión anticipada del contrato de 12/18 meses hará que COPACO facture el 100 % del costo del Terminal o las cuotas restantes en un solo pago para los casos de financiación de terminal hasta completar el 100 % del valor del mismo.
o Para los clientes suscriptos al Contrato de 18 meses de permanencia mínima la Terminal 4G LTE o multibanda 4GLTE/3G/2G es dada en como dato. La rescisión anticipada del contrato de 18 meses hará que COPACO facture el 100 % del costo sin descuento del Terminal por cada Router el valor de Gs.
En caso que el cliente abandone un plan de vox y se encuentre en el plan CLIENTE FIEL VOX COPACO, este perderá su descuento y pasará al plan STANDARD.
DECLARACION DE RESPONSABILIDAD
Declaro tener conocimiento del contenido del presente documento y de las condiciones generales que regirán la provisión por parte de COPACO S.A. asumidas en el CONTRATO DE ADHESION AL SERVICIO.
ANEXO II ESTE DOCUMENTO FORMA PARTE DEL CONTRATO
……………………………………………………………. FIRMA DEL CLIENTE O REPRESENTANTE LEGAL
CONTRATO DE ADHESIÓN AL SERVICIO DE INTERNET INALÁMBRICO DE COPACO
ACEPTACIÓN DEL TERMINAL POR PARTE DEL CLIENTE SOLICITUD ASOCIADA Nro …………………..
PLAN CONTRATADO
FECHA DE ENTREGA DEL TERMINAL …………/……………/………………….
Apellido y Nombre
del cliente o representante
Cédula de identidad Nro.
DATOS DEL EQUIPO
Marca y Modelo del equipo
Equipo multibanda 4G LTE/3G/2G Equipo sólo 4G LTE
Equipo sólo 3G
MAC ADRESS O S/N DEL EQUIPO
IMEI DEL EQUIPO
0951-
DATOS DEL SIM CARD Nro. ICCID (SIM CARD)
Nro. Servicio 4G LTE/3G/2G
OBSERVACIONES
RESPONSABLE POR PARTE DE COPACO S.A. APELLIDO Y NOMBRE
CARNET Nro. C.I. Nro.
…………………………………………… Firma del Empleado
Observaciones Generales:
Con la firma de la presente aceptación del equipo terminal por parte del cliente, se dará fecha de inicio para la facturación del servicio de internet inalámbrico contratado. El terminal proveído por COPACO tiene una garantía de 2 (dos) meses en caso de desperfecto de fábrica. En caso que el cliente se mudare fuera de las coberturas 4G LTE/3G/2G no dispondrá del servicio de internet. Si el equipo cambiará de domicilio temporalmente, recuerde verificar la cobertura 4G LTE/3G/2G en xxx.xxxxxx.xxx.xx . En caso que el cliente adquiera un terminal Multibanda que sirva para recibir servicios de internet de las redes 4G LTE / 3G / 2G el mismo podrá acceder a la red 4G LTE o 3G o 2G dependiendo del lugar donde se encuentre el equipo. En caso de necesidad, el CLIENTE podrá mudar temporalmente el equipo del lugar de Dirección de instalación bajo su responsabilidad, dentro de la Cobertura de la red 4G LTE. Fuera de la Cobertura de la red 4G LTE, el cliente tendrá habilitada la posibilidad de acceder a la cobertura de la red 3G/2G sin variación de cargos pero a una menor velocidad. El Cliente podrá contratar el SERVICIO indicando su locación de instalación en la solicitud, dentro de la cobertura de la red 3G/2G, en dicho caso, el cliente entiende que las velocidades a ser alcanzadas en dicha locación son menores, a las ofrecidas dentro de la cobertura 4G LTE, y velocidades propias de la tecnología 3G/2G serán encontradas mientras permanezca o se desplace dentro de la cobertura 3G/2G. Si el cliente se desplaza o mudare temporalmente de domicilio dentro de la cobertura 4G LTE o COPACO ampliara su red 4 G LTE y cubriese el domicilio donde se encuentre instalado el equipo Multibanda, 4G LTE/3G/2G, este podrá entonces acceder a las velocidades de la tecnología 4G LTE.
………………………………………………………… Firma del Cliente o representante legal
ANEXO III ESTE DOCUMENTO FORMA PARTE DEL CONTRATO