CONDICIONES GENERALES
CONDICIONES GENERALES
REGULACION JURIDICA APLICABLE Y ACEPTACION DE LAS CONDICIO- NES
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los consumidores y usuarios, la Ley 7/1998 de 13 xx xxxxx, sobre Condi- ciones Generales de la contratación y en Decreto 99/1996 de 27 xx Xxxxx de la Co- munidad de Madrid y demás disposiciones vigentes.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán firmadas a todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas/oferta contenidos en el progra- ma/folleto y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato.
Reglamentación 261/04 sobre la denegación de embarque, cancelación o gran re- traso de los vuelos.
Cuando la Cía. Aérea cancele un vuelo o incurra en un gran retraso será la respon- sable de prestar la debida asistencia y atención a los pasajeros afectados, debiendo asumir los gastos de comidas, llamadas, trasportes y pernoctación si procede, en virtud de lo establecido en el Reglamento CEE 261/04, por el que se establecen las reglas comunes sobre compensación y asistencia de los pasajeros aéreos en casos de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.
En caso de cancelación de vuelo también vendrá obligada a pagar la compensación correspondiente al pasajero, así como reembolsarle el precio del billete de avión si el pasajero opta por esta opción. Si la cancelación se debe a circunstancias extraor- dinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo no estará obligado a pagar las compensaciones pero sí a prestar la debida asistencia atención a los pasajeros afectados y a reembolsarles el precio del billete si optan por esta opción. De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento CEE 2111/2005, la agencia organizadora en el momento de confirmar la reservará informara de la identidad de las compañías aéreas operadoras de los vuelos. Si en el momento de efectuar la reserva no se conoce la identidad exacta de la compañía operadora del vuelo, la agencia organizadora velará por que se informe a los pasajeros de la compañía que probablemente operará el vuelo. Asimismo si después de confirmarse la reserva se cambia la compañía operadora del vuelo, la agencia organizadora del viaje adoptará inmediatamente
todas las medidas apropiadas para asegurarse de que se informa cuanto antes del cambio a los pasajeros.
El hecho de adquirir o tomar parte en cualquiera de los viajes publicados en este folleto representa la plena y expresa aceptación por parte del consumidor de todas y cada una de las Condiciones Generales, que se integran en el contrato aun cuando sea por vía de referencia expresa a ellos, sin que sea precisa su trascripción escrita individualizada en el mismo. Las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid para resolver todas sus diferencias.
ORGANIZACION
La organización técnica de estos viajes ha sido realizada por TRAVELLING CON- SULTANTS, SL., CICMA 529, con domicilio en Pº de las Delicias, 65 - Esc. 1ª— Xxxxxxxxxxx. - Xxxx. 0 - 00000 Xxxxxx - CIF B/79075131.
INSCRIPCIONES
En el acto de la inscripción deberá depositarse el 40% del importe del viaje, no con- siderándose ninguna plaza como comprometida en firme mientras no se efectúe dicho deposito. El 60% restante deberá ser abonado cuando la agencia vendedora lo solici- te, y en cualquier caso, una semana antes de la fecha fijada para la salida, conside- rándose la plaza -en caso contrario- como anulada.
PRECIOS
A.- Los precios indicados en este folleto son precios recomendados que tienen inclui- dos impuestos indirectos sobre el consumo cuando sean aplicables, que al haber sido calculados en base a las tarifas y cambios de moneda vigentes en la fecha de edición del presente folleto (01 - 04 -2010) a sus anexos y ofertas acogidas al mismo, podrán ser revisados cuando se produzcan variaciones en el coste de los transportes, inclui- do el coste del carburante; en las tasas e impuestos relativos a determinados servi- cios; y en los tipos de cambio aplicados al viaje. Estas variaciones, al alza o a la baja, serán repercutidas automáticamente al consumidor. Para cualquier otra cues- tión relativa o alteraciones en el precio ver apartado alteraciones.
B.- Nuestros precios incluyen: 1.- El transporte de ida y regreso (cuando éste servi- cio esté incluido en el itinerario de viaje correspondiente). 2.- El alojamiento y/o pensión alimenticia en el régimen contratado en cada caso en los hoteles o estableci- mientos elegidos o en otros similares en caso de sustitución. 3.- Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros. 4.- La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido. 5.- Todos los demás servicios y comple- mentos que se especifican concretamente en los itinerarios correspondientes. 6.- Los impuestos indirectos (I.V.A., l.G.l.C.) cuando estos sean aplicables. 7.- Seguro de viaje detallado más adelante. Como norma general, ha de seguirse uncriterio estricto de literalidad, que conduce a la conclusión de que lo que no este específicamente
detallado como comprendido en el precio del viaje.
C.– Exclusiones : El precio del Viaje Combinado no incluye: Visados, tasas de aero- puerto, tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, “extras” tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcio- nales, y , en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el aparta- do el precio del viaje combinado incluye o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
Gastos adicionales que debe asumir el consumidor.
Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas, a conductores ni guías.
REEMBOLSOS
Caso de que los precios, por la circunstancia justificada que fuera, sean objeto de modificación, el viajero tendrá derecho a optar entre aceptar las modificaciones o quedar libre de su compromiso, haciéndose rembolsar el importe o los importes satisfechos. Ni la Agencia Organizadora, ni tampoco el viajero, tendrá derecho a indemnización alguna. Todo servicio no prestado será reembolsado previa presenta- ción del justificante correspondiente expedido por la persona o entidad responsable. No se efectuara devolución alguna por los servicios no utilizados voluntariamente por el viajero. Mención especial merecen los billetes aéreos no utilizados que por la propia naturaleza de tarifa utilizada en la mayoría de los casos, no son reembolsa- bles, por los segmentos de vuelos no utilizados, cualquiera que sea la causa de su no utilización. Los reembolsos se formalizarán a través de la Agencia de Viajes en don- de se hubiera formalizado la inscripción.
ALOJAMIENTOS
La calidad y contenido de los servicios prestados por los hoteles, viene determinada por la categoría turística oficial del órgano competente de cada uno de los países programados. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existen- cia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas cuando así se especifique en el programa.
NOTA IMPORTANTE
Las habitaciones triples y cuádruples en Estados Unidos y Canadá, son habitaciones dobles con dos camas (dobles) permitiéndose la ocupación con tres o cuatro perso- nas con el suplemento correspondiente por cada una de las personas extras. No todos los hoteles permiten mas de dos personas por habitación doble.
SUPLEMENTOS
Cuando los viajeros soliciten previo pago correspondiente, cualquier servicio que de lugar a un suplemento especial, tales como servicios de habitación individual, vista al mar, baño privado, etc. y estos no pudieran ser facilitados, la agencia organizado- ra no contraerá más responsabilidad que la de rembolsar el importe pagado por tales servicios, que el viajero recibirá al final del viaje.
EQUIPAJE
El equipaje del viajero no es objeto del contrato de transporte terrestre, entendiéndo- se a todos los efectos que aquel los conserva consigo cualquiera que se la parte del vehículo en que vaya colocado y que se transporta por cuenta y riesgo del viajero sin que la Agencia Organizadora venga obligada a responder de la pérdida o daños que el mismo pudiera sufrir durante el viaje por cualquier causa. Se recomienda a todos los clientes que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de equipajes. En cuanto al transporte aéreo del equipaje, nos remitimos a las condicio- nes de las compañías aéreas reglamentadas por IATA. No obstante, lo habitual es admitir totalmente el transporte de uno o dos bultos por persona con un peso máximo total de 20 Kg. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío se recomienda presen- tar, en el acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transporte.
DOCUMENTACION
La documentación acreditativa de las reservas de alojamiento, billetes aéreos y de- más servicios a prestar en los viajes en grupo, será el guía, el único portador, y en los viajes individuales, será entregado al cliente, antes de la fecha de salida. Todos los viajeros, sin excepción, deberán llevar en regla su documentación personal, sien- do en caso contrario, de su responsabilidad los problemas e inconvenientes que pudieran surgir al haber recibido de la agencia la información precisa en cuanto a visados, vacunas, etc. exigida por los países de destino. Caso de ser rechazada por alguna autoridad la conexión de alguno de los trámites (visados, entrada en el país, etc.), la agencia organizadora declina toda responsabilidad, siendo por las eventua- les incidencias que se deriven de su gestión. Para aquellos viajeros que no tengan pasaporte
español (o sean de nacionalidad distinta a la española) será por cuenta de los mis- mos la obtención de visados, vacunación, etc., debiéndose asegurarde que cumplen todas las normas o requisitos aplicables en materia de visados, en relación con los
Condiciones Generales y Particulares. Consejos Practicos
CONDICIONES GENERALES
países a visitar, así como de que poseen todos los documentos exigidos por dichos países, no siendo responsabilidad de la agencia organizadora los inconvenientes o cualquier gasto que pudiera derivarse de dicho cumplimiento. Entre ellos los corres- pondientes gastos de cancelación.
ANULACIONES
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abo- nado, tanto si se trata del precio total como del deposito previsto anteriormente, pero deberá indemnizar a la agencia por los conceptos que a continuación se indican:
a) En el caso de servicios sueltos; 62,75 € (IVA incluido) por persona de gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos últimos.
b) En el caso de viajes combinados:
1.– 62,75 € (XXX Xxxxxxxx) por persona de gastos de gestión y los De anulación, si los hubiere
2.– Una penalización consistente en el 5% del total del viaje si el desistimiento se produce con más xx xxxx días y menos de quince de antelación a la fecha de comienzo del viaje; el 15% entre los tres y diez días, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida. De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada. En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condicio- nes económicas especiales de contratación tarifas especia
les etc. los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas por ambas partes.
ALTERACIONES
La Agencia se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios con- tratados a través de los programas-oferta contenidos en este folleto, con las condicio- nes y características estipuladas. Quedará eximida de esta obligación cuando concu- rran causas de fuerza mayor, es decir, circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse pese a toda la diligencia empleada; o bien causas suficientes, que engloban aquellos su- puestos en los que la Agencia, a pesar de actuar con la previsión y diligencia debi- das, no pueda facilitar los servicios contratados por razones que no le sean imputa- bles. Sí se produce la imposibilidad de prestar algún servicio por parte de la Agencia Organizadora después de perfeccionado el contrato, y antes de la salida del viaje , el consumidor tendrá derecho a optar por aceptar un suplemento del contrato en el que se especifiquen las modificaciones introducidas y su repercusión en el precio; o por la rescisión del contrato, pudiendo elegir entonces entre otro viaje combinado de calidad equivalente o superior en caso de la Agencia pueda proporcionárselo, o entre el reembolso total de lo abonado, debiendo comunicar su decisión a la Agencia en el plazo de 48 horas hábiles. No se podrá pedir indemnización por incumplimiento de contrato cuando la imposibilidad venga motivada por causas suficientes o de fuerza mayor, o cuando el cliente haya optado por la sustitución del servicio de imposible prestación. Sí por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, ni tenga su justificación en causas suficientes o de fuerzas, la Agencia Organizadora cancela el viaje combinado después de formalizado el contrato y antes de la fecha de salida, el cliente tendrá derecho a otro viaje combinado, o al reembolso del total abonado, en los términos establecidos en párrafo anterior, debiendo comunicar su decisión a la Agencia en el plazo de 48 horas hábiles. No se podrá pedir indemnización por incum- plimiento de contrato cuando la cancelación del mismo se produzca por causa sufi- ciente o de fuerza mayor. Si se produce el incumplimiento o mal cumplimiento de servicios prestados que supongan más del 50% del precio del viaje, que no se en- cuentre motivado por causas suficientes o de fuerza mayor, la Agencia Organizadora adoptará otras soluciones adecuadas para la continuación del viaje combinado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor y, en su caso, abonará a éste último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si tales soluciones fuesen inviables o si el consumidor no las aceptara por razones objetivamente válidas, la Agencia le proporcionará, en todo caso, el regreso hasta el punto de origen, devolviéndole las cantidades que proporcionalmente le correspon- dan. En estas situaciones, el consumidor podrá exigir indemnización por incumpli- miento de contrato a la Agencia Organizadora. No procederá la indemnización cuan- do hayan ocurrido causas suficientes o de fuerza mayor. Cualquier imposibilidad de prestación de los servicios que ponga de manifiesto la Agencia Organizadora al cliente antes del perfeccionamiento del contrato no podrá justificar una solicitud de indemnización a la Agencia por parte del cliente por incumplimiento de contrato, puesto que éste aún no se ha perfeccionado, enmarcándose dicha modificación del programa-oferta dentro del natural proceso de negociación del mismo. La Agencia Organizadora podrá anular el viaje hasta 10 días antes de la salida, cuando el núme- ro de personas inscritas sea inferior al mínimo concretado en cada uno de los circui- tos.
RESPONSABILIDADES
Los organizadores y los detallistas de viajes combinados responderán frente al con- sumidor y usuario, en función de las obligaciones que les correspondan pos su ámbi- to respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obli- gaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los orga- nizadores y detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. La responsa- bilidad frente al consumidor será solidaria de cuantos empresarios, sean organizado- res o detallistas, concurran conjuntamente en el contrato cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre ellos, sin perjuicio del derecho de repetición de quien corresponda ante el consumidor y usuario frente a quien sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado.
Los organizadores y detallistas de viajes combinados responderán, asimismo, de los daños sufridos por el consumidor y usuario como consecuencia de la ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias.
1.- Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al con- sumidor.
2.- Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las pres- taciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insupera- ble.
3.- Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales o imprevisi bles
cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pensar de haber actuado con la diligencia debida.
4.- Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía pre- ver ni superar.
No obstante, en los supuestos de excusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los puntos 2, 3 y 4 el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
PRESENTACION A LA SALIDA
Todos los clientes deberán presentarse en el aeropuerto de inicio de viaje, en el lugar expresamente indicado, al menos 120 minutos antes de la hora fijada de la salida de su vuelo.
Para las salidas de MADRID y BARCELONA, así como la utilización xxx Xxxxxx Aéreo, dado los problemas de intenso tráfico se recomienda a los Sres. clientes pre- vean con bastante antelación el traslado al aeropuerto. La presentación tardía a la salida, cuando se haya realizado toda la facturación del grupo, comportara la pérdi- da de todos los derechos a viajar, sin que exista en este caso, reembolso alguno del precio del viaje.
PASAPORTES VISADOS Y DOCUMENTACION
Todos los usuarios sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su docu- mentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o DNI. según las leyes de cada país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacuna- ción, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la Agencia Organizadora declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origi- ne, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean nacionalidad distinta de la españo- la, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las nor- mas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmados por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad.
RECLAMACIONES
TRAVELLING CONSULTANTS atenderá con la mejor voluntad las posibles reclama- ciones, indicando a los Sres. viajeros de la obligatoriedad de comunicar en el plazo antes reseñado en el apartado Responsabilidades, dejando constancia por escrito, al prestatario que se trate (hotelero, transportista, agente local, etc.), así como a la agencia intermediaria o a el organizador de todo incumplimiento o deficiencia del contrato que se haya comprobado “in situ”. Para aquellos eventuales casos de litigio a los que no se hubiese llegado a un acuerdo, ambas partes, Organizador y Xxxxxxx- dor se someten a la Jurisdicción de los Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
Condiciones Generales y Particulares. Consejos Practicos
CONDICIONES GENERALES
SEGURO ASISTENCIA EN VIAJE
Según contrato pactado con la Cía. MAPFRE (póliza número 0100702453584).
Las comunicaciones relativas a la comunicación de cualquier siniestro, deberán ajustarse a los términos, plazos, y condiciones del mismo.
VIGENCIA
La programación del presente folleto tiene validez desde el 01 xx Xxxxx de 2010 hasta el 31 xx Xxxxx de 2012, siendo vinculante para la agencia organizadora durante ese periodo. No obstante, serán validos los cambios de dicha información cuando se hayan comunicado al consumidor antes de la celebración del contrato, o se hayan acordado modificaciones entre las partes contratantes.
ACEPTACION DE ESTAS CONDICIONES
La inscripción en cualquiera de los viajes incluidos en el presente catalogo, implican la total aceptación de estas Condiciones Generales.
NOTA MUY IMPORTANTE: CESION DE RESERVAS
Dadas las características de nuestros programas y ante la imposibilidad de efectuar cambios de nombres a las compañías aéreas, no se podrá ceder la reserva a terceros
INFORMACION IMPORTANTE SOBRE VIAJES A ESTADOS UNIDOS Y CANADA
PASAJEROS DEL PROGRAMA DE EXENCION DE VISADO
Desde el pasado 12 de Enero de 2009 el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, Department of Homeland Security) de Estados Unidos requiere que los pasajeros del Programa de Exención de Visado (VWP) obtengan la aprobación del Sistema electró- nico para autorización de viajes (ESTA, en sus siglas en ingles) antes de registrarse para un vuelo a Estados Unidos.
Para solicitar la autorización para viajar a los Estados Unidos, los pasajeros debe- rán acceder a la web xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx/ y completar una solicitud. El proceso sólo tarda unos minutos, y en la mayoría de los casos, el sistema electrónico para autorización de viajes (ESTA) determinará casi de inmediato la elegibilidad para viajar conforme al Programa de exención de visa (VWP).
A partir del 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx aplicará un cargo de $14 (USD). Este cargo sólo puede pagarse a través de la web de solicitudes ESTA, aceptándose las principales tarjetas de crédito y débito (AMEX, VISA, MAS- TERCARD, DISCOVER CARD). Si el solicitante de ESTA no tiene una tarjeta de crédito o débito, se puede usar una tarjeta de crédito o débito de otra persona para pagar el cargo.
El gobierno de Estados Unidos no reembolsará el cargo de $14 (USD) si el ciudada- no de un país VWP comete un error en la solicitud y tiene que a volver a presentarla. Sin embargo, si no se concede la autorización ESTA, sólo se cobrarán $4 (USD).
Una autorización de viaje aprobada por el Sistema electrónico para autorización de viajes:
• Es válida por un máximo de dos años o hasta que venza el pasaporte del pasa- xxxx, lo que ocurra primero.
• Será válida para varios ingresos en los Estados Unidos.
• No es una garantía de admisión en un punto de entrada a los Estados Unidos. La aprobación del Sistema electrónico para autorización de viajes únicamente autoriza a un pasajero a abordar un medio de transporte con destino a los Estados Unidos conforme al Programa de exención de visa.
Tenga presente que aun cuando cuente con aprobación ESTA, debe cumplir con todos los requisitos de VWP, que incluyen la posesión de un pasaporte electrónico o un pasaporte que contenga una zona de lectura automatizada y/o una fotografía digital, dependiendo de la fecha de expedición. Si es usted residente de Estados Uni- dos o si viaja con una visa estadounidense válida, no es necesario que obtenga la aprobación del ESTA.
Adicionalmente a estas medidas, la Administración Americana de Seguridad del Transporte implementará con carácter obligatorio a partir del 1 de Noviembre de 2010 el programa llamado Secure Flight Passenger Data (SFPD) por parte de las Lineas Aéreas.
SECURE FLIGHT PASSENGER DATA
Este nuevo programa desarrollado por el Departamento de “Homeland Security” trasfiere la responsabilidad de verificar la lista de los pasajeros de la Compañía Aérea a la TSA ( Transportation Security Agency).
Secure Flight es un programa independiente de los ya establecidos como el ESTA y el APIS que permanecerán activos.
El objetivo del Programa “Secure Flight”, es tener un mejor control de los pasajeros que viajan, desde/hasta/dentro o sobre los EE.UU y mejorar la calidad del viaje para estos pasajeros al efectuar algunos controles y antes de iniciar su viaje confirmar la autorización de embarque de la Compañía.
Dentro del marco del Programa “Secure Flight Passenger Data” (SFPD) las compa- ñías aéreas deberán obtener la siguiente información para todo pasajero reservado en un vuelo desde/hasta/dentro o sobre los Estados Unidos, así como para todas las compañías Americanas independientemente de la zona geográfica en donde operen:
• Nombre completo del pasajero (Tal y como figura en el pasaporte)
• Fecha de nacimiento
• Sexo
• El “Redress number” (opcional y comunicado con antelación por las autori- dades norteamericanas a los pasajeros cuando esto sea o haya sido necesa- rio).
Esta información debe introducirse en la reserva y transmitirse a la TSA (Transport Security Agency) al menos 3 días antes de la salida del vuelo, o en el momento de realizar la reserva si esta fuese hecha dentro de las 72 horas anteriores a la salida del vuelo.
A partir del 1 de noviembre de 2010 el programa “Secure Flight” no aceptará las reservas de los pasajeros que no contengan estos 4 datos arriba mencionados. Este requerimiento se integrara en el procedimiento de las reservas y de las emisiones de todas las compañías.
El no cumplimiento de estos requisitos podrá representar la cancelación automática de la reserva aunque ya se haya emitido el billete con los costes adicionales que ello puede acarrear debido a la aplicación de las condiciones tarifarias, demoras innece- sarias en el aeropuerto y un posible rechazo de embarque de los pasajeros.
Es responsabilidad de los pasajeros cumplimentar , solicitar y obtener la autoriza- ción del programa de Exención de Visado (ESTA) así como facilitar los datos exactos y verdaderos para el programa “Secure Flight”. Travelling Consultants declinará cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento por parte del pasajero de dichos requisitos o sobre a la inexactitud de los datos facilitados a la Agencia de Viajes o la Línea Aérea.
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