PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DE OBRAS DE ASFALTADO EN MARURI-JATABE
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DE OBRAS DE ASFALTADO EN XXXXXX-JATABE
1. OBJETO DEL CONTRATO 3
2. RÉGIMEN JURÍDICO 3
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 4
4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 4
4.1 Abonos al contratista 4
4.2 Tareas complementarias incluidas en el precio del contrato 5
4.3 Obras defectuosas 7
4.4 Suministros de materiales 7
4.5 Equipos, instalaciones de producción, maquinaria, etc. 8
4.6 Personal y obligaciones laborales y sociales 8
4.7 Obligaciones en relación con la seguridad y salud laboral 10
4.8 Cumplimiento de plazos 10
4.9 Permisos de terceros 10
5. PLAZO DE EJECUCIÓN 11
6. PRESUPUESTO DEL CONTRATO 11
7. FORMA DE PAGO 11
8. REVISIÓN DE PRECIOS 11
9. GARANTÍA PROVISIONAL 11
10. GARANTÍA DEFINITIVA 11
11. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR 12
12. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 12
12.1 Plazo y lugar de presentación de las proposiciones 12
12.2 Forma y contenido de las proposiciones 13
13. MESA DE CONTRATACIÓN 16
14. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE LOS SOBRES 17
15. ÓRGANO DE CONTRATACION 19
16. CRITERIOS DE VALORACIÓN 19
17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 20
18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 21
19. SUBCONTRATACIÓN 21
20. RÉGIMEN DE PENALIZACIONES 22
20.1 Penalizaciones por defecto en la calidad de la obra ejecutada 22
20.2 Penalización por falta de cumplimiento del plazo total 23
20.3 Penalización por falta de adscripción de los medios humanos, equipos y maquinaria ofertados 23
21. SEGUROS 23
22. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 24
23. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 24
24. OBLIGACIONES LABORALES DE LA PARTE ADJUDICATARIA 25
25. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 25
26. PLAZO DE GARANTÍA 25
27. JURISDICCIÓN COMPETENTE 26
ANEXO II- Modelo de declaración 28
ANEXO III.- Modelo de proposición económica 29
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DE OBRAS DE ASFALTADO EN XXXXXX-JATABE
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato consiste en la realización de todos los trabajos necesarios para la ejecución de las obras de asfaltado a realizar en el vial de acceso al barrio Erdigune.
Son trabajos a realizar:
Saneo de blandones- 600 m2
- Saneo de blandones y zonas agrietadas, mediante fresado de pavimento hasta 6 cm de espesor -
- Posteriormente se procederá al vertido de mezcla bituminosa en caliente tipo G- 20, Calizo de 6 cm.
Asfaltado: 2708 m2
- Asfaltado mediante mezcla bituminosa en caliente tipo D-12 ofita, en 5 cm de espesor, extendida y compactada por medios mecánicos.
- Fresado de pavimentos en encuentros y zonas donde sea necesario en capa de hasta 5 cm de espesor.
- Levante de tapas de arquetas x xxxx de rasante.
Señalización viaria horizontal mediante pintura de dos componentes.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato al que se refiere este pliego es de naturaleza administrativa y para lo no previsto en los pliegos se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público (TRLCSP) aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre y las disposiciones de desarrollo de la misma.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicara por procedimiento abierto, previsto y regulado por los artículos 138.2 y 157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico y tramitación ordinaria.
4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1 Abonos al contratista
La parte contratista tendrá derecho al abono de las unidades de obra o partes de obra certificadas en los términos expresados en el presente Xxxxxx. Al importe resultante se le deducirán, en su caso, las penalizaciones por incumplimiento de las condiciones de calidad o de planificación identificados en estos pliegos.
A este efecto, la Certificación de Obra que extienda el Director de Obra indicara si existen defectos de calidad en las unidades de obra certificadas, indicando las medidas adoptadas para su reparación, así como los plazos establecidos en cada caso.
La realización por la parte adjudicataria de alteraciones en las unidades de obra, sin autorización previa, no generara obligación alguna para el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe.
El Director Facultativo elaborara la “relación valorada” y la correspondiente “certificación”, que lo propondrá al Ayuntamiento de Maruri-Jatabe para su aprobación. Una vez aprobada se lo comunicara al contratista al objeto de la emisión por este de la correspondiente factura.
4.2 Tareas complementarias incluidas en el precio del contrato
En el precio de la obra se entienden incluidos todos los conceptos que integran o pueden integrar el costo directo o indirecto de la obra tales como salarios, beneficios sociales, dietas, transporte, almacenaje, cargas sociales, maquinaria, herramientas y equipos, consumibles, seguros, financiación materiales y en su caso, impuestos y gravámenes de todo tipo así como el beneficio industrial y, en general, todos aquellos reflejados en los Pliegos de Prescripciones Técnicas.
Se entenderán incluidos en el precio y serán obligación de la parte adjudicataria las siguientes tareas:
- Gastos correspondientes al plan de control de calidad que estime oportuno la Dirección de Obra.
- Gastos e impuestos, arbitrios o tasas que se deriven del contrato o de la ejecución de la obra.
- Gastos que se originen al contratista como consecuencia del replanteo, programación, reconocimientos y ensayos, control de materiales, control de ejecución, pruebas, recepción y liquidación de la obra.
- Carteles informativos
- Gastos protocolarios, promoción y divulgación de las obras.
- Gastos correspondientes a la señalización y balizamiento provisionales necesarios para ejecutar los trabajos.
- Conservación de la obra durante su ejecución y durante el plazo de garantía
- Gastos correspondientes a plantas, instalaciones y medios auxiliares y equipos de maquinaria.
- Todos los gastos generados para realizar los accesos a las obras, caminos o cualquier otra actividad necesaria para permitir la llegada al tajo de los materiales.
- Gastos por acopios.
- Gastos de instalación y retirada de toda clase de construcciones auxiliares, plantas, instalaciones, maquinaria y herramientas.
- Gastos de alquiler o adquisición de terrenos para depósitos de maquinaria y materiales.
- Gastos de instalación y retirada de toda clase de construcciones auxiliares, plantas, instalaciones, maquinaria y herramientas.
- Gastos de alquiler o adquisición de terrenos para depósitos de maquinaria y materiales.
- Gastos de protección del equipamiento y de la propia obra contra todo tipo de deterioro.
- Gastos de montaje, conservación y retirada de instalaciones de suministro.
- Gastos de explotación y utilización de bienes, prestamos, canteras y vertederos.
- Gastos de retirada de materiales rechazables, evacuación de restos y residuos, y de limpieza general de la obra y zonas limítrofes afectadas por la misma.
- Ejecución, remoción, reposición y retirada de toda clase de construcciones auxiliares, incluyendo caminos de acceso, desvíos de agua y limpieza y arreglo de la zona de obras, comprendidas zonas de instalaciones, tomas de corriente, préstamos y vertidos después de la finalización de la obra.
- Adquisición o alquiler de terrenos para tomas de corriente, vertidos y prestamos.
- Conservación y policía de la zona de obras durante la ejecución; suministro y colocación de señales y elementos de seguridad dentro de la obra, en las zonas de terceros y en las zonas de inicio y final de obra; la guarda de la obra y vigilancia de afecciones a terceros, con especial atención al tránsito.
- Gastos derivados xxx xxxxxxx de obras y protección con relación a la peligrosidad y molestias producidas por las mismas.
- Daños producidos a cualquier tercero como consecuencia de la forma de ejecución de las obras, tanto si están asegurados como si no, por la causa que fuere, estuvieran excluidos o estuviesen fuera de la cobertura del
seguro, salvo en los supuestos en que de lo expresamente pactado en este Convenio se deduzca otra cosa.
- Gastos de todas las protecciones tanto individuales como colectivas y demás requisitos derivados para el correcto seguimiento del Plan de Seguridad Laboral.
4.3 Obras defectuosas
La ejecución de forma defectuosa de una unidad de obra o parte de ella implicara su demolición y nueva ejecución por cuenta de la parte adjudicataria
Se consideraran “obras defectuosas”, mal ejecutadas o no ajustadas al Proyecto, aquellas que no cumplan estrictamente con las características cualitativas y cuantitativas definidas para las mismas, con las especificaciones de los planos de conjunto y de detalles, de manera que puedan dar lugar a variaciones de tipo cualitativo o cuantitativo en relación con las previsiones de los documentos técnicos contractuales.
Constatada por cualquier circunstancia una obra defectuosa o un defecto grave en cualquier momento anterior a la Recepción de las Obras, la parte contratista deberá subsanar o remediar el defecto en el plazo que le indique la Dirección Facultativa.
4.4 Suministros de materiales
La parte adjudicataria se compromete a aportar todos los materiales necesarios para la ejecución de la obra.
Siempre que el Director de Obra lo estime necesario, serán efectuadas por cuenta dela parte contratista cuantas pruebas y análisis sean necesarias para apreciar las condiciones de los materiales a emplear. El coste de estas pruebas y análisis serán de cuenta de la parte adjudicataria. Además, serán en todo caso de cuenta de la entidad licitadora el coste de todas las pruebas y ensayos cuyo resultado sea insatisfactorio.
4.5 Equipos, instalaciones de producción, maquinaria, etc.
La parte adjudicataria se compromete a aportar toda la maquinaria, herramienta y utillaje necesarios para finalizar la obra, y, en todo caso, los previstos en su Oferta Económica.
La parte adjudicataria no podrá reclamar nada si en el curso de los trabajos para el cumplimiento normal del Contrato, si viene precisado a aumentar la importancia de su maquinaria en calidad o en cantidad en relación lo prevista en su Oferta Económica.
La parte adjudicataria está obligada, una vez finalizada la Obra a desmontar, demoler y transportar fuera de la zona de la Obra, la maquinaria inútil, encofrados y todos los elementos sobrantes, debiendo entregar la obra totalmente terminada, limpia de escombros y restos de materiales. Si la parte adjudicataria no cumpliere con estas obligaciones el Director de Obra
4.6 Personal y obligaciones laborales y sociales
En relación con los trabajadores y las trabajadoras destinados a la ejecución de este contrato, la entidad adjudicataria asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todas las empresas. Asumirá, la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y variaciones, las sustituciones, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, la imposición –cuando proceda- de sanciones disciplinarias, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre la persona empleadora y la persona empleada.
La entidad licitadora deberá contar en todo momento con un número suficiente de empleados asignados a la ejecución de la Obra objeto del presente Contrato, y, en todo caso, los previstos en su Oferta Económica.
El personal contratado por la entidad adjudicataria y por sus subcontratistas deberá contar con la suficiente cualificación, preparación y experiencia para la ejecución de la Obra objeto del presente Contrato.
La parte licitadora está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de Seguridad y Salud laboral.
Son de cuenta directa de la parte adjudicataria, todos los devengos de personal, incluidos los Seguros Sociales, impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las disposiciones vigentes en el momento actual o las que se aprueben durante el periodo de vigencia del Contrato.
Las jornadas de trabajo y su horario serán las establecidas en los convenios colectivos que sean de aplicación.
El personal adscrito por la entidad licitadora a la prestación objeto del Contrato, no tendera ninguna relación laboral con el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe, bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente de la entidad adjudicataria, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En general, la entidad adjudicataria responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquel, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
El Ayuntamiento de Maruri-Jatabe podrá exigir al Contratista en cualquier momento la exhibición de los justificantes de estar al corriente de los pagos a los trabajadores, Seguridad Social, Hacienda y otros Organismos Oficiales, gremios que eventualmente colaboren con él y demás terceros que intervengan en la ejecución de las Obras, así como a los proveedores.
4.7 Obligaciones en relación con la seguridad y salud laboral
El contratista asume todas las obligaciones en relación con el personal que se emplee en la obra –tanto en el orden laboral como en lo que se refiere a la Seguridad Social- y medidas de seguridad e higiene en el trabajo, así como las responsabilidades civiles que pudieran derivarse de la realización de la Obra, y de los trabajos que ejecuten los operarios, corriendo a su cargo la indemnización de los daños, si los hubiere.
La contratista, respecto al personal que emplee en la realización de la Obra está obligado al exacto cumplimiento de lo establecido en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1109/2007, de 24 xx xxxxxx, que la desarrolla, así como en el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación.
4.8 Cumplimiento de plazos
La parte licitadora queda obligada al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato así como de los plazos o hitos parciales de las actividades señaladas en el programa de trabajos.
4.9 Permisos de terceros
Con independencia de los contratos y gestiones que el Ayuntamiento de Maruri- Jatabe y la Dirección de Obra estimen oportuno asumir, la parte adjudicataria se responsabilizara de cuantos permisos y licencias sean precisas ante particulares, asociaciones, empresas y organismos, para una correcta ejecución de las obras en plazo.
A tales efectos, la parte contratista habrá de asumir cuantas condiciones y prescripciones le sean impuestas por cada afectado en uso de sus correspondientes derechos y competencias y cuantas peticiones o recomendaciones parezcan suficientemente razonables o se estimen convenientes a juicio del Ayuntamiento par la mejor marcha de la obra.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución para llevar a cabo los trabajos será de TRES (3) MESES, desde la fecha de la firma del contrato.
6. PRESUPUESTO DEL CONTRATO
Total presupuesto contrata | 43.798,20€ |
21% IVA | 9.197,62€ |
PRESUPUESTO TOTAL | 52.995,82€ |
7. FORMA DE PAGO
Los pagos se realizaran mediante certificaciones mensuales.
8. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede revisión de los precios establecidos.
9. GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige garantía provisional.
10. GARANTÍA DEFINITIVA
El órgano de contratacion requerirá ala entidad licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva equivalente al 5% del presupuesto base de licitación, excluido el IVA.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la entidad licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a
recabar la misma documentación a la entidad licitadora siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuara de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 del TRLCSP.
11. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratacion las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditara y evaluara de acuerdo con los medios establecidos en la clausula 14 del presente Xxxxxx.
12. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
12.1 Plazo y lugar de presentación de las proposiciones
Las proposiciones se presentarán en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la licitación de la concesión en el Boletín Oficial de Bizkaia, en el Ayuntamiento de Xxxxxx-Xxxxxx (Xxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx- Xxxxxx) en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9.00 a 14.00
La presentación de proposiciones supondrá la aceptación incondicionada por las personas licitadoras, del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
Cuando las ofertas se envíen por correo, la parte licitadora deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación, la remisión de la oferta mediante telefax o email en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al
transcurso del plazo de recepción de proposiciones establecido, la oferta no será admitida. En todo caso, transcurridos siete días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada persona licitadora no podrá presentar más de una oferta.
12.2 Forma y contenido de las proposiciones
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en tres (3) sobres cerrados, firmados por la parte licitadora y con indicación del domicilio o email a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda.
En todos los sobres deberá constar el titulo “OBRAS DE ASFALTADO EN XXXXXX-JATABE” y la denominación de cada sobre.
SOBRE A- “Documentación administrativa”
a) Solicitud firmada por el candidato o persona que le represente redactada conforme al modelo establecido en el Anexo I.
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de su representante.
c) Escritura de poder, bastanteada y legalizada, en su caso, si se actúa en representación de otra persona.
d) Cuando la parte licitadora sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de personas empresarias no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la
presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Las empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) Declaración expresa de la persona responsable, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en al artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. (Anexo II)
Una vez resuelta la adjudicación del Contrato, la entidad adjudicataria deberá presentar en el plazo xx xxxx días hábiles las certificaciones positivas de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto, deberán aportarse:
- Certificación en la que se haga constar que la respectiva persona física o jurídica está al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones ante ésta.
g) Acreditación de haber ejecutado, al menos tres obras de urbanización o de renovación urbana por importe mínimo del valor estimado de ésta, en los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución que indiquen el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras.
Será de aplicación a las obras ejecutadas por empresas extranjeras, lo dispuesto en el artículo 76.1.a. del TRLCSP.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
La entidad licitadora podrá sustituir la aportación inicial de la documentación anteriormente señalada por una declaración responsable Xxxxx XXX indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración. La entidad licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratacion, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
SOBRE B- CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA
- MEMORIA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: Se estudiará la forma de ejecución de la obra, exponiendo el planning y la forma de ejecución, a fin de compatibilizar la ejecución de la obra con el tráfico rodado y con el tráfico peatonal de la calle y de minimizar la afección a los vecinos, indicando las medidas complementarias a las proyectadas a llevar a cabo para ello, sin que impliquen coste adicional.
- Relación de medios técnicos y materiales con los que cuentan para la ejecución del presente trabajo, presentando una relación del personal especializado que participara en los trabajos, así como el “Curriculum Vitae”.
- Programa de trabajo, la entidad licitadora incluirá un estudio de programación para la ejecución de la sobras en el que, teniendo en cuenta la ubicación de las zonas de actuación y la “Relación de medios materiales y humanos”, determine, documentada, ordenada y racionalmente, la secuencia necesaria de actividades para garantizar la viabilidad de ejecución de la obra en el plazo ofertado, habiendo tenido en cuenta condicionantes externos como la lluvia.
- En un documento especifico claro y diferenciado, para que pueda ser valorado correctamente, se incorporaran aquellas mejoras sin coste que consideren para garantizar un mejor funcionamiento o mayor durabilidad de las soluciones, no se consideraran mejoras aquellos aspectos solicitados como precisos y necesarios para el desarrollo de lo previsto en el pliego.
SOBRE C.- CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA
Este sobre contendrá la oferta económica en el que se expresaran los precios de todos los servicios que se presten en la ejecución del contrato.
La proposición económica deberá ir fechada y firmada por persona con poder suficiente para representar y asumir el compromiso derivado de la licitación.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, e importe del Impuesto sobre el Valor añadido que deba ser repercutido. La proposición económica deberá ir fechada firmada por persona con poder suficiente para representar y asumir el compromiso derivado de la licitación.
Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición económica. Para confeccionar la oferta económica, se deberán tener en cuenta lo siguiente:
- A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica presentada por la entidad licitadora, comprende, no solo el precio del trabajo, sino también el importe de todos los gastos, impuestos, seguridad y salud, y tributos que puedan originarse como consecuencia del contrato.
La entidad licitadora deberá presentar dentro del sobre “C” el programa de trabajos a que se hace referencia a la documentación técnica con la distribución temporal de cada apartado y su valoración económica, debiendo coincidir la suma de cada apartado con el importe total ofertado.
13. MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratacion estará integrada del siguiente modo:
- Presidente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx (Alcalde del Ayuntamiento de Maruri-Jatabe)
- Vocales: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Secretaria de la Corporación) Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Concejal de la corporación)
- Secretaria: Xxxxxx Xxxxxx (Empleada del Ayuntamiento de Maruri-Jatabe)
14. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE LOS SOBRES
De conformidad con lo establecido en los artículos 160 del TRLCSP concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratacion en sesión privada procederá a la apertura del Sobre A- Documentación Administrativa y se hará constar la relación de las partes licitadoras y declaraciones aportadas y documentación anexa, en su caso.
Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada o declaración y documentación anexa.
Si la mesa observare defectos materiales podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de las partes licitadoras que habrán de aportarse, tal como dispone el artículo 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de 3 días naturales. En la misma forma comunicará la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, de tres días hábiles, las partes licitadoras subsanen los defectos observados.
La Mesa de Contratacion podrá recabar los informes técnicos que se estime oportunos, que deberán, en su caso, estar suficientemente motivada en la medida necesaria para su análisis y valoración por la Mesa de Contratacion, a la que se elevaran junto con toda la documentación de los sobres.
En acto público procederá a la apertura y examen de los SOBRES B “Criterios no cuantificables por formula”, correspondientes a las entidades licitadoras admitidas y a su calificación.
Una vez calificado el Sobre B, seguidamente, se procederá a la apertura del SOBRE C “proposición económica”, en acto público, y a la lectura de las ofertas económicas contenidas en las mismas.
VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Para apreciar si una oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, se aplicaran los siguientes criterios:
- Si concurre una sola entidad licitadora, cuando la oferta realizada sea inferior en más de un 20% al presupuesto máximo de licitación.
- Si concurren dos entidades licitadoras, la que sea inferior en más de un 15% a la otra oferta.
- Si concurren tres o más entidades licitadoras, la que sea inferior en más de un 10% a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Si una oferta económica resulta incursa en presunción de desproporcionada o anormal por su bajo importe en relación con la prestación, la Mesa de Contratacion podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
Si una oferta económica resulta incursa en presunción de desproporcionada o anormal por su bajo importe en relación con la prestación, la Mesa de Contratacion si considera que no cuenta con información suficiente recabara la información necesaria para poder estar en disposición de determinar si efectivamente la oferta recabara la información necesaria para poder estar en disposición de determinar si efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello debe ser tomada en consideración para adjudicar el contrato.
Para ello la entidad licitadora dispondrá de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles para hacer llegar la justificación en el caso de que así se lo pida la Mesa de Contratacion, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentar sus justificaciones por escrito.
Admitidas las justificaciones por la Mesa de Contratacion, se procederá a evaluar las ofertas económicas de todas las entidades licitadoras cuyas ofertas hayan sido admitidas.
15. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Sera órgano competente para la contratacion el Pleno del Ayuntamiento de Maruri- Jatabe.
16. CRITERIOS DE VALORACIÓN
OFERTA ECONÓMICA- se valorara como máximo con60 puntos
Para la valoración del importe económico de las ofertas económicas, que han sido admitidas a la licitación por el Órgano de Contratacion se procederá de acurdo a la aplicación de la siguiente fórmula:
Ob: Es la oferta económica más baja
Ob*60 Ol
Ol: Es la oferta del la entidad licitadora que se valora.
OFERTA TÉCNICA-se valorara como máximo con 40 puntos
Memoria del estudio técnico de la obra-se valorara como máximo con 10 puntos
En particular la valoración se centrara en lo siguiente:
- Mezclas bituminosas a emplear, indicando procedencia de los materiales y ensayos realizados y criterios de aceptación.
- Distancia de la planta de fabricación de las mezclas bituminosas a la obra.
- Estudio detallado de los desvíos provisionales de tráfico con señalización y balizamiento provisional, indicando condicionantes o inconvenientes.
- Necesidades de xxxxxx xx xxxxxx con su duración.
- Equipo, medios materiales y medios personales de producción.
Plazo ofertado y programación de la obra- se valorara como máximo con 10 puntos
Se valorara una disminución del plazo máximo establecido para la ejecución del contrato. Deberá razonarse de forma concisa y clara la viabilidad del plazo propuesto en relación con la programación propuesta los medios utilizados.
No se otorgará puntuación alguna cuando no exista justificación adecuada para acreditar la reducción del plazo.
Mejoras- se valorara como máximo con 20 puntos
Dichas mejoras podrán estar referidas a:
- Mejoras en calidades de material
- Incorporación de soluciones tecnológicas alternativas
- Servicios complementarios a la propia ejecución de la obra.
- Otras que pueden proponer las entidades licitadoras por encima de las exigencias de Xxxxxxx.
17. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La Mesa de Contratación elevará al Órgano de contratación la propuesta que estime pertinente. Este, teniendo en cuenta los informes técnicos que pudieran resultar pertinentes, adjudicará el contrato dentro del plazo máximo de un mes contado desde la apertura de las proposiciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 del TRLCSP, requerirá a la parte licitadora que haya presentado la oferta más ventajosa en conjunto para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Haber constituido la garantía definitiva
- Disponer de la póliza de seguro de la entidad aseguradora.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la parte licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la entidad licitadora siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas.
18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La Administración y la parte contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación, dentro de los 15 días siguientes al de la notificación de la adjudicación.
19. SUBCONTRATACIÓN
Sin perjuicio de lo establecido en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, en el Real Decreto 1109/2007, de 24 xx xxxxxx, que la desarrolla, la parte adjudicataria podrá subcontratar con terceros la realización parcial de este contrato, cumpliendo los requisitos y formalidades prevenidos en los apartados siguientes, y siempre que no excedan el 60% del contrato las prestaciones parciales que se subcontraten.
Asimismo, la entidad licitadora deberá mencionar en la oferta las unidades del contrato que se propone subcontratar a terceros.
Los subcontratistas quedaran obligados tan solo respecto de la parte adjudicataria, que será frente al Ayuntamiento de Maruri-Jatabe el único responsable de la ejecución del Contrato con arreglo a los términos convenidos.
La parte adjudicataria, habrá de informar, por escrito, al Ayuntamiento de Maruri-Jatabe de todos los subcontratos que celebre con terceros antes de la fecha planificada para la intervención de cada uno de los subcontratistas en la obra y, tendrá con carácter general la obligación de acreditar toda la documentación relativa a la subcontratación.
No se permitirá bajo ningún concepto la subcontratación en cascada (o subcontratación por parte de subcontratistas).
En el caso de incumplimiento de la obligación de comunicación por parte de la persona adjudicataria de las subcontrataciones efectuadas, el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe quedara facultada para suspender, sin que se genere derecho a compensación alguna para la persona adjudicataria, el pago de las certificaciones de obra hasta el momento en que se apruebe o recuse dichas subcontrataciones.
Los subcontratistas actuaran en todo momento bajo la supervisión y control de la parte adjudicataria, obligándose este a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por la entidad adjudicataria en el presente contrato.
20. RÉGIMEN DE PENALIZACIONES
Sin perjuicio de aplicar, en su caso, la facultad de resolución que el presente contrato concede al Ayuntamiento, esta tendrá derecho a aplicar penalizaciones por cualquiera de las siguientes causas:
- Defecto en la calidad de la obra ejecutada
- Deficiencias y/o retrasos en la información.
- Incumplimiento total o parcial de los plazos, por causas imputables a la parte contratista.
- Incumplimiento de las órdenes de la Dirección de Obra.
- Falta de adscripción de los equipos y maquinaria ofertados.
Las penalizaciones establecidas serán de aplicación en cualquier supuesto salvo que el mismo se deba a causas de fuerza mayor o imputables al Ayuntamiento de Maruri- Jatabe.
Las penalidades previstas en la presente clausula podrán ser descontadas por el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe de las certificaciones emitidas, siempre que previamente se le haya notificado a la empresa adjudicataria.
La suma de las penalizaciones detalladas en los anteriores apartados, tendrá como límite máximo el del 30% del precio total de la obra, sin perjuicio de la resolución del mismo.
20.1 Penalizaciones por defecto en la calidad de la obra ejecutada
Los defectos de la calidad en la obra ejecutada, sean por falta de cumplimiento del Proyecto o de las instrucciones del Director de Obra, darán lugar a su demolición a cargo de la parte contratista.
En caso de no responder a la petición realizada por el Ayuntamiento se podrá imponer unas sanción de hasta el 10% del precio del contrato.
20.2 Penalización por falta de cumplimiento del plazo total
En el supuesto de que se sobrepase el plazo total pactado para la ejecución de la obra en la forma detalla en las clausulas de este pliego, la parte contratada será penalizada con una deducción de 500€ por cada día natural de retraso en el cumplimiento del plazo total, cuando se prevea el incumplimiento del plazo por causas atribuibles a la parte contratista.
20.3 Penalización por falta de adscripción de los medios humanos, equipos y maquinaria ofertados
En caso de que no se dispusiese realmente de los medios humanos, equipos y maquinaria ofertados para la ejecución del objeto de este contrato, y que con los que efectivamente dispuestos no se lograra alcanzar los rendimientos previstos en la propia oferta, corresponderá la imposición de la penalización.
La penalización por este concepto será de 200€ por cada día de incumplimiento y puesto.
21. SEGUROS
La parte adjudicataria vendrá obligado a suscribir con carácter general para el servicio, un seguro de responsabilidad civil, en sus vertientes general, patronal y de servicios terminados, incluyendo como asegurado al contratista y, en su caso, subcontratista, por el importe que asegure sin reservas cuantos daños directos e indirectos puedan serle exigibles por posibles afecciones a terceros derivados de la ejecución del contrato y desarrollo general de sus obligaciones contractuales.
El seguro será suscrito por un importe suficiente que asegure la ejecución del trabajo, así como cualquier otro seguro que la legalidad vigente determine para este tipo de actividades.
La cuantía mencionada, se entenderá desde luego como mínima y no divisible, pero extendida, con idénticos efectos a las incidencias que pudieran surgir ante terceros para la totalidad del servicio, en la medida que, con arreglo a la reglamentación vigente y mediante las actuaciones que en su caso o en derecho procedan sean efectivamente exigibles a la responsabilidad de la entidad adjudicataria.
La contratacion de este seguro por la parte adjudicataria, no le libera de sus responsabilidades por lo que queda obligado a asumir los incumplimientos que la Compañía de Seguros tenga establecidos.
22. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
La administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, para atender a causas imprevistas, no teniendo derecho la entidad adjudicataria a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en los artículos 219 y 306 del TRLCSP.
23. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Además, serán causas de resolución específica:
- La suspensión del inicio de los trabajos por plazo superior a 2 meses
- El abandono de los trabajos por parte de la parte contratista por mas de 10 dias sin causa que lo justifique.
- La existencia de graves deficiencias en el cumplimiento de las prescripciones técnicas y las condiciones facultativas que rigen la ejecución del contrato. Se calificaran como deficiencias graves, además de las de carácter técnico, todas aquellas que puedan repercutir desfavorablemente en el plazo, duración o calidad de los trabajos.
- La declaración de concurso o la declaración de insolvencia de la parte adjudicataria en cualquier procedimiento.
- La omisión de contratar o mantener en vigor las pólizas de seguro exigidas en estos pliegos.
24. OBLIGACIONES LABORALES DE LA PARTE ADJUDICATARIA
La entidad adjudicataria está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento, debiendo concertar los seguros de responsabilidad necesarios que cubran posibles daños a terceros en la realización de los trabajos contemplados.
25. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
La parte contratista deberá cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral establecidas en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras y cualquier otra disposición que resulte de aplicación.
La parte adjudicataria y sus empleados deberán cumplir las especificaciones del Plan de Seguridad y Salud vigente en las obras en las que realicen los trabajos, y obedecer en todo momento las ordenes e indicaciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud en el marco de sus atribuciones.
26. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de un año desde la recepción de la obra.
La parte contratista responderá de los daños o deterioros que puedan producirse en la obra durante el plazo de garantía, a no ser que pruebe que los mismos han sido por el mal uso.
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante este plazo serán de cuenta de la entidad adjudicataria, sin derecho a pago o indemnización alguna por este concepto.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio quedara totalmente extinguida la responsabilidad de la entidad adjudicataria y se procederá a la devolución de la garantía correspondiente previa solicitud de la parte adjudicataria, siempre que no exista motivo que determine su retención.
Son causas de resolución del contrato sin perjuicio del derecho del Ayuntamiento a exigir su cumplimiento las siguientes:
27. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante la cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
En Xxxxxx-Jatabe, el 28 xx xxxxx de 2017.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D./Xx con domicilio
en ……………………………………………………………………………., DNI nº
……………………, teléfono …………………. e-mail ………………………….., en representación de la entidad ………………………………, con CIF nº
…………………… presento la documentación requerida en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares para tomar parte en la contratacion de OBRAS DE ASFALTADO EN XXXXXX-JATABE.
En………………………, a ………. de ……… de ………..
Firma
ANEXO II- Modelo de declaración
DECLARACIÓN
D./ Xx ………………………………………………………… en representación de la empresa…………………………………………………… con domicilio en
………………………………………………………… y CIF ………………………….
DECLARA
Que ni la persona representante, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los órganos de gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administracion, enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP.
Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no se ha dado de baja en IAE.
En………………………………., a ………de………………… de……………….
Firma
ANEXO III.- Modelo de proposición económica
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./ Xx ………………………………………………………… en representación de la empresa…………………………………………………… con domicilio en
………………………………………………………… y CIF
…………………………enterado del expediente para la contratacion del CONTRATO DE OBRAS DE ASFALTADO EN MARURI-JATABEmanifiesta lo siguiente:
1.- Que ha examinado y conoce el pliego de condiciones jurídicas y económico- administrativas que sirve de base para la adjudicación.
2.- Que conoce los textos legales que se citan en el pliego de condiciones.
3.- Que se compromete a su ejecución por un precio a satisfacer por el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe que asciende a €
En………………………………., a ………de………………… de……………….
Firma