EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA
EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX
Secretaría General
CONTRATACIÓN
Ref. CP/cm 2016/1035
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, DEL CONTRATO PARA LA EJECUCIÓN, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE LA ESCULTURA DEL “POETA ADARES”.
Cláusula 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.- Tiene por objeto la contratación para la ejecución, suministro y colocación de la escultura del “Poeta Adares” cuyo autor es X. XXXXXXX XXXXXXXX, realizada en bronce en con 2 metros de altura, con un ancho de 0,92 metros y un fondo de 0,92 metros, de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas y fotografías adjuntas.
El presente contrato tiene la calificación de suministro, regulado en el art. 9 del TRLCSP, siendo su codificación, conforme al Reglamento (CE) Nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocablo Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, la siguiente: 92310000-7 (servicios de creación de obras artísticas).
Será de aplicación a la presente contratación las condiciones técnicas de elaboración en bronce en la nueva escala propuesta de 1:5, en lo que afecta a la ejecución y suministro de la escultura.
Cláusula 2ª.- TIPO DE LICITACIÓN.- El presupuesto base de licitación para la ejecución y suministro de la escultura asciende a 32.858,76 €, IVA incluido, conforme a las siguientes cuantías:
| Presupuesto Base de Licitación (PBL): | 32.858,76 | € |
| Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)21%: | 5.702,76 | € |
| Valor estimado del contrato (VEC═PBL-IVA): | 27.156,00 | € |
En esta cantidad están incluidos todos los gastos que conlleve la ejecución, suministro, transporte y montaje de la escultura en su ubicación.
Cláusula 3ª.- FINANCIACIÓN: Los trabajos objeto del contrato se financiarán con cargo a la Partida 336,10-627,00 del Presupuesto del 2016, RC nº 2.658, de 4 de julio de 2.016.
Cláusula 4ª.- EJECUCIÓN Y SUMINISTRO DE LA ESCULTURA.- Se deberá
elaborar, ejecutar y colocar la escultura en el plazo máximo de DOS MESES Y MEDIO, contados a partir del día siguiente a la fecha de formalización del correspondiente contrato, debiéndose ajustar a las condiciones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, plazo que sólo podrá prorrogarse por causas no imputables al adjudicatario, previa solicitud y posterior acuerdo del órgano de contratación.
Cláusula 5ª.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.- El órgano de contratación que actúa en nombre del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, es el Primer Tte. xx Xxxxxxx, en base a la delegación efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde según Decreto de 17 xx xxxxx de 2.015, publicado en el BOP xx Xxxxxxxxx de 1 julio del mismo año.
Cláusula 6ª.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.- El procedimiento de adjudicación será mediante tramitación ordinaria por el procedimiento negociado, según lo señalado en el artículo 170.d), y sin publicidad, conforme a lo establecido en el artículo 177 del TRLCSP, ya que por razones técnicas y artísticas solo puede encomendarse al licitador que cuenta con el modelo original del escultor Xxxxxxx Xxxxxxxx, negociándose con el licitador el concepto de precio.
No será necesaria la intervención de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320.1 del TRLCSP.
Cláusula 7ª.- APTITUD PARA CONTRATAR.- Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no estén afectos por ninguna circunstancia que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
El licitador deberá tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
Cláusula 8ª.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.- La oferta se presentará en el Servicio de Bienes y Contratación del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en el plazo indicado en la invitación a tomar parte en la contratación, en horario de nueve a trece horas.
Dentro del mismo plazo, también podrá presentarse por correo, conforme a lo establecido en el artículo 91 del RD 1098/2001. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama, en el mismo día. Si de los datos que han de facilitarse se deduce el incumplimiento del plazo para presentar la oferta o en caso de que no se cumpla la obligación de justificar la fecha y hora de imposición del envío, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la invitación.
Transcurridos diez días desde la finalización del plazo de presentación de la oferta sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Cláusula 9ª.- CONTENIDO DE LA OFERTA.- La presentación de oferta presume la aceptación incondicional de las cláusulas de los Pliegos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento.
El licitador presentará la documentación y oferta en dos sobres cerrados y que pueden estar lacrados y precintados, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y nombre del licitador.
* Sobre nº 1 (cerrado)
Título: Documentación general.
Denominación del contrato
Contenido:
a) Se presentará una declaración responsable conforme al modelo adjunto en el Anexo nº I indicando que se cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración al tiempo de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
Cuando dos o más empresas presenten proposición conjunta como Unión Temporal de Empresas (U.T.E.) deberán aportar un compromiso de constitución con indicación de los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la
designación de un representante o apoderado único que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de la UTE frente al Ayuntamiento.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación estará obligado a acreditar, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos, mediante originales o fotocopias autenticadas, señalados en la cláusula 13 de este pliego.
No obstante lo anterior, conforme al art. 146.4, segundo párrafo, del TRLCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que el licitador aporte documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
b) Dirección de correo electrónico en el que efectuar las notificaciones y, en su caso, consentimiento para la utilización de este medio como preferente a efectos de notificación según el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx.
* Sobre nº 2 (cerrado) Título: Oferta económica. Denominación del contrato
Contenido: Oferta económica conforme al modelo que se adjunta al presente Pliego en el Anexo nº II.
La oferta se presentará escrita a máquina o en letra clara y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
Transcurridos tres meses desde el acuerdo de adjudicación definitiva del contrato o, en su caso, se declare desierto el procedimiento sin que el licitador no adjudicatario de que se trate haya retirado la documentación aportada al procedimiento, se entenderá que el interesado ha renunciado a ella, y que el Ayuntamiento queda en libertad, sin necesidad de previo aviso o comunicación algunos, para dar a la documentación no retirada el
destino que tenga por conveniente, incluso proceder a su destrucción. Cualquier reclamación que se presente por este motivo será rechazada.
Cláusula 10ª.- APERTURA DE LOS SOBRES.- Finalizado el plazo para la presentación de la oferta, los funcionarios del Servicio de Bienes y Contratación procederán a la apertura del Sobre nº 1 y calificarán los documentos presentados; si se observaran defectos formales, se podrá conceder, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
Si la documentación contuviese defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la oferta.
La apertura del Sobre nº 2 será realizada por el órgano de contratación asistido por el Jefe de Servicio de Bienes y Contratación, o funcionario que lo sustituya.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 177.2 y 320.1 del TRLCSP los actos de apertura tendrán carácter reservado y no serán objeto de publicación.
Cláusula 11ª.- NEGOCIACIÓN.- El órgano de contratación negociará con el licitador las condiciones de ejecución del contrato, conforme al criterio recogido en la cláusula 12 de este Pliego. Finalizado el plazo para la presentación de la oferta, el órgano de contratación llevará a cabo la negociación, concediéndole un plazo de tres días para que mejore las condiciones económicas de la oferta contenida en el sobre nº 2. En el caso de que no acuda a la negociación, se entenderá que mantiene la proposición formulada.
La comunicación en la fase de negociación, incluida la comunicación para presentar la oferta final de la negociación, podrá realizarse mediante correo electrónico.
Cláusula 12ª.- CRITERIOS DE NEGOCIACIÓN.- Para adjudicar el contrato se tendrá en cuenta únicamente el criterio del precio.
Cláusula 13ª.- REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN Y GARANTIA
DEFINITIVA.- Vista la oferta presentada y admitida, una vez finalizada la negociación, el órgano de contratación requerirá al licitador para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación justificativa, lo que hará mediante originales o copias compulsadas o autenticadas:
a) El documento que acredite la capacidad de obrar del licitador conforme a lo señalado en el artículo 72 del TRLCSP. La capacidad de obrar de los
empresarios que fueran personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en el Registro Público que corresponda.
Si el licitador actuase a través de representante, acreditará su representación mediante escritura pública [apoderamiento], de la que resulte poder suficiente al efecto, debidamente inscrito en el Registro Mercantil o Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, que deberá estar bastanteado por el Secretario General, Oficial Mayor o Funcionario designado al efecto por el Ayuntamiento, previo pago de la tasa prevista en la Ordenanza Fiscal nº 24.
El poder cuyo bastanteo se solicite deberá figurar a nombre de la persona que haya firmado la oferta. No obstante lo anterior, podrá acudir a la firma del contrato otro apoderado, siempre que se encuentre en alguno de los dos supuestos siguientes:
1.- Cuente a su nombre o a su favor con un poder general debidamente inscrito en el Registro Mercantil, entre cuyas facultades esté comprendida la capacidad de firmar en nombre de la mercantil el contrato en cuestión.
2.- Cuente a su nombre con un poder notarial especial que le faculte para la firma del contrato en cuestión del que resulte adjudicatario, en cuyo caso no será necesaria su inscripción en el Registro Mercantil.
En cualquier caso, el licitador cuidará de tramitar la solicitud de bastanteo de poderes, acompañada de toda la documentación que resulte necesaria, con la suficiente antelación, para facilitar el control de legalidad que implica el acto de bastanteo.
b) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social, conforme a lo dispuesto en el art. 60 del TRLCSP.
c) Solvencia económica y financiera: Declaración relativa al volumen anual de negocios por los suministros realizados por la empresa en el curso de los últimos TRES ejercicios concluidos; por un importe superior (IVA incluido) a dos veces el presupuesto de licitación del presente contrato.
Este aspecto se acreditará por uno de los siguientes medios:
1.1) Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa en la que se relacione la cifra de negocios de los últimos tres años, en los términos antes indicados.
1.2) Modelo normalizado 347 del Ministerio de Hacienda “Declaración anual de operaciones con terceras personas”, referidos a los tres últimos ejercicios.
d) Solvencia técnica o profesional: Se justificará mediante relación de los suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos por un importe acumulado superior (IVA incluido) a dos veces el presupuesto de licitación del presente suministro. Este aspecto podrá acreditarse por los siguientes medios:
Suministros en el ámbito de la Administración Pública: Certificado de un funcionario público.
Suministros en otro ámbito: Certificado del técnico responsable del contrato, visado por el Colegio Profesional correspondiente en su caso.
e) El licitador que sea contratista del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx con algún contrato en vigor, estará exento de presentar la documentación general de la capacidad de obrar, que ya figure en el Ayuntamiento y que esté vigente. Para ello presentará declaración responsable en este sentido.
f) La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
g) Certificación expedida por el órgano competente acreditativo de que no existen deudas de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
h) La documentación que justifique haber constituido la garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación, IVA no incluido.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y ss. del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 del TRLCSP, en el caso de realizarse en metálico, aportando el justificante del ingreso en la entidad BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y XXXXX, S.A.,
Cuenta número 2104-0000-17-1100004993. En caso de realizarse mediante aval bancario, para la verificación y bastanteo de los poderes de los firmantes, se realizará ante el Secretario General u Oficial Mayor del Ayuntamiento, aportando copia de los poderes de los representantes que
firman en nombre de la entidad financiera avalista, en los que conste acreditado que ostentan poder bastante o suficiente para otorgar dicho aval.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP.
Cláusula 14ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN AL
LICITADOR.- Presentada la documentación por el licitador, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada y recaerá en el licitador justificadamente elegido. Se notificará a éste y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
Cláusula 15ª.- DOCUMENTACIÓN PREVIA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato se formalizará dentro del plazo de QUINCE DÍAS HABILES desde que se reciba la notificación de la adjudicación al licitador (art. 156 del TRLCSP).
El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se estará a lo establecido en el art. 156.4 del TRLCSP.
Cláusula 16ª.- GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.- El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de la formalización del contrato en escritura pública si interesase al adjudicatario, licencias, documentos o cualquier otro trámite ante Organismos oficiales o particulares, los correspondientes a pruebas, ensayos, etc., y en general cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la ejecución del contrato, tales como transporte y montaje.
Cláusula 17º.- CONDICIONES BASE DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- Los trabajos a realizar serán la entrega y colocación de la escultura en bronce y de 2 mts. de altura debiéndose cumplir los plazos de ejecución del presente contrato.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos que conlleve la ejecución, suministro y colocación íntegra de la escultura en su ubicación prevista, todo ello de conformidad con la Clausula sexta del PPT.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Cláusula 18ª.- PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO.- Los trabajos de la prestación del suministro se abonarán previa presentación de la factura correspondiente que se emitirá tras el acta de recepción de la Escultura instalada con las condiciones estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas.
Conforme a la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, la factura (superiores a 5.000 €, IVA incluido) deberá emitirse (formato Facturae 3.2 ó 3.2.1) y firmarse electrónicamente y presentarse a través del Punto General de Entrada de facturas electrónicas –FACe- en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxx, al que se ha adherido el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
El Área de Urbanismo y Vivienda prestará la conformidad a dicha factura y la Intervención municipal, que es el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, reconocerá la obligación de pago.
En dichas facturas constará la identificación del destinatario conforme a la Disposición Adicional 33ª.2 del TRLCSP, proporcionándose los códigos DIR 3 aplicables al presente contrato:
ORGANO GESTOR: L01372745 AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX OFICINA CONTABLE: XX0000000 INTERVENCION
UNIDAD TRAMITADORA: GE0001358 AREA DE URBANISMO
Conforme al art. 216.4 del TRLCSP la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las facturas que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados.
Si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Cláusula 19ª.- REVISIÓN DE PRECIOS.- Dado el plazo de ejecución previsto, no es aplicable al contrato la revisión de precios, conforme al art. 77 de la LCSP.
Cláusula 20ª.- INFRACCIONES Y SANCIONES Y DEMORA EN EL CUMPLIMIENTO
DEL CONTRATO.- Tendrán la consideración xx xxxxxx, las siguientes:
Se considerarán faltas muy graves:
a) La suspensión o interrupción del suministro, salvo causa de fuerza mayor apreciada por el Ayuntamiento.
b) El fraude en la forma de ejecución de la escultura, no utilizando los medios adecuados o los elementos materiales ofertados.
Se considerarán faltas graves:
a) El incumplimiento de deberes sociales y laborales del contratista respecto del personal contratado y afecto al servicio, en especial, el incumplimiento de la legislación laboral, Seguridad Social, Seguridad e Higiene en el Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.
b) Incumplimiento de las órdenes municipales sobre modificaciones o mejoras del servicio que no impliquen mayor gasto para el contratista.
c) Todas aquellas acciones u omisiones que, implicando incumplimiento de las obligaciones específicas establecidas en el contrato y los pliegos de condiciones, o comprometidas por el contratista en su oferta, no merezcan la calificación de muy graves y por implicar una incidencia relevante en la normal prestación del servicio o haberse producido daños a terceros, no deban ser consideradas como leves.
Se considerarán faltas leves todos aquellos incumplimientos que no hayan sido expresamente calificados como muy graves o graves en el presente pliego y que, de algún modo, supongan un detrimento en la ejecución del contrato.
SANCIONES:
Las faltas muy graves se sancionarán con multas de hasta 4.000 €, pudiendo conllevar la resolución del contrato atendiendo a la gravedad de la infracción.
Las faltas graves se sancionarán con multas de hasta 2.000 €, excepto el retraso que se penalizará con un descuento diario de 300 € por cada día
de retraso. Cuando las penalidades por demora alcancen el 50% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Las faltas leves se sancionarán con el correspondiente apercibimiento.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo hubiese incurrido en demora respecto a la entrega y colocación de la escultura, se estará a lo establecido en el artículo 196 y siguientes de la LCSP.
Cláusula 21ª.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.- El órgano de contratación competente ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que surjan respecto de sus cumplimientos, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta conforme al artículo 194 de la LCSP.
Cláusula 22ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- Sin perjuicio de lo previsto en el art. 213 del TRLCSP, se podrá extinguir el contrato por alguna de las causas de resolución señaladas en los arts. 223 y 299 de dicho texto legal, dando lugar a los efectos previstos en los arts. 224 y 300 de dicho texto legal.
Cláusula 23ª.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx adquirirá y será el único titular de la totalidad de los derechos de explotación y reproducción respecto de la escultura contratada, en el ámbito espacial y temporal más amplio que permita el derecho y sin perjuicio de los derechos irrenunciables e inalienables que corresponden al autor, conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por R.D. Legislativo 1/1.996, de 12 xx Xxxxx, y modificada por la Ley 23/2006, de 7 de Julio.
Cláusula 24ª.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.-
1.- El presente contrato de suministro tiene naturaleza administrativa.
Se regirá por lo dispuesto en el presente pliego; por el Pliego de prescripciones técnicas; y por los demás documentos contractuales, en los términos establecidos en la cláusula siguiente.
2.- Asimismo, se regirá por las disposiciones y normas de Derecho Comunitario que le sean de aplicación; por los preceptos contenidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público -con las modificaciones introducidas por el Real Decreto Ley 4/2013 y por la Ley
14/2013- en el RD 817/2009, de 8 xx xxxx y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP); así como por las previsiones que en materia de contratación y de servicios públicos locales establezca la Ley reguladora de Bases de Régimen Local (en adelante LRBRL) y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (en adelante, TRRL).
3.- El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los pliegos, o de las instrucciones o normas de toda índole promulgadas por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
Cláusula 25ª.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN
COMPETENTE.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, se podrá modificar por razones de interés público el contrato y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados del TRLCSP y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivas.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los art. 116 y
117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Salamanca, 9 de Noviembre de 2.016
La Adjunto Jefe del Servicio de Bienes y Contratación
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx.
A N E X O Nº I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE CONFORME AL ART. 146.4 DEL TRLCSP DE CUMPLIR LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL TRLCSP Y EN LOS PLIEGOS DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARA CONTRATAR CON EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX.
D. con D.N.I.
nº , en nombre propio o en representación de la Sociedad , con C.I.F. nº , en relación con el procedimiento convocado para la contratación de .
DECLARA
Que al tiempo de finalizar el plazo de presentación de proposiciones en dicha licitación, la empresa
, sus administradores y representantes, así como el firmante, cumplen las condiciones establecidas para contratar con la Administración en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (art. 146.4 TRLCSP), y en los pliegos de condiciones administrativas y técnicas.
Asimismo, manifiesta expresamente su compromiso de poner a disposición del órgano de contratación toda la documentación que a tales efectos le sea requerida, de conformidad con el art. 146.4.2º del TRLCSP y, siempre, antes del acto de adjudicación del contrato, caso de resultar propuesto para tal fin.
En a de 20 .
[D.N.I. firmante] Firmado
ANEXO Nº II
MODELO DE OFERTA ECONOMICA
D. , mayor de edad, con
domicilio en --------------------, de --------------, y a efectos de notificaciones -------------, con Documento Nacional de Identidad nº ----
--------------, actuando en su propio nombre y derecho o en representación
de ,
C.I.F. nº
en su calidad
de -----------------------, según acredita mediante poder notarial bastante.
EXPONE:
Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato para la ejecución, suministro y colocación de la escultura “POETA ADARES”, mediante procedimiento negociado, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas, en lo que afecta a la ejecución y suministro de la escultura, y presenta la siguiente
OFERTA:
Licitador
Denominación del contrato
Oferta económica (se desglosarán los importes de la base imponible y del IVA, señalando el tipo del mismo)
Base Imponible: --------- (en número y letra)
I.V.A. al --------% (en número y letra)
Total (IVA incluido) ---------(en número y letra)
(Lugar, fecha y firma del licitador)