CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS
N°
Fecha Hora Código Agente N°Confirmatorio Nombre Agente
Contrato de aporte para el fondo mutuo: 8607 - FONDO MUTUO EUROAMERICA DESARROLLO SUSTENTABLE
Señor
Gerente General
SÓLO CONSULTA
Presente
Por este acto hago entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO MUTUO
, serie , bajo el plan
, en conformidad a las normas del reglamento interno de este fondo, las que declaro conocer y aceptar en su integridad. Asimismo, declaro haber sido debidamente informado de las condiciones mencionadas en la sección IV del presente contrato.
I) IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE
RUT -
Apellidos, Nombres/Razón Social
II) DIRECCION
Domicilio Comuna Ciudad Teléfono Correo Electrónico
III) INFORMACIÓN ADICIONAL
1. El aporte se entera de la siguiente forma:
2. Tributación:
Instrumento o valor de ahorro acogido a la letra A.- del artículo 57 bis de la Ley de Impuesto a la Renta, con derecho a rebajar impuestos al ahorrar y con la obligación de reintegrar impuestos cuando corresponda, por las cantidades retiradas por las cifras o saldos de ahorro netos negativos o determinados.
Instrumento o valor acogido para efectos de contituir un plan de ahorro previsional voluntario, en conformidad a lo dispuesto en el D.L. 3.500 (Aplicable a los Fondos Fondo Mutuo EuroAmerica Desarrollo Sustentable).
Ninguna de las anteriores.
IV) CONDICIONES GENERALES
Declaro que he sido debidamente informado de lo siguiente:
a) Que el aporte neto pasará a formar parte del activo del Fondo, el cual será administrado libremente por la sociedad administradora e invertido conforme al Reglamento Interno del Fondo y a las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los fondos mutuos y sus futuras modificaciones. La sociedad deberá inscribir mi participación en el Registro de Partícipes que para el efecto lleva, dejando constancia de la cantidad de cuotas de que soy titular.
SÓLO CONSULTA
b) Que por la naturaleza de los fondos mutuos, éstos no pueden garantizar una determinada rentabilidad sobre mi inversión, rentabilidad que es esencialmente variable e indeterminada.
c) Que los fondos mutuos Fondo Mutuo EuroAmerica Desarrollo Sustentable, por tener titulos que se valorizan de acuerdo a los precios xx xxxxxxx, el valor de dichos títulos y, eventualmente, el valor de las cuotas de los fondos mutuos indicados, puede aumentar o disminuir como producto de las fluctuaciones propias xxx xxxxxxx.
d) Que la sociedad administradora está deduciendo un porcentaje anual según tabla(1) sobre el patrimonio del fondo, calculado de acuerdo a lo dispuesto en el número 2, letra a), de la sección IV del reglamento interno, el cual incluye mi participación, porcentaje que equivale a su remuneración anual.
e) Que respecto de la comisión de colocación de cuotas: No se cobrará comisión inmediata para ninguna de las series.Las series A y X estarán afectas a una comisión de colocación diferida según el plazo de permanencia en el Fondo, la que se cobrará al momento del rescate del monto original del aporte de la serie respectiva, según Xxxxx (2).
f) Que tengo el derecho a solicitar el rescate de mi inversión en cualquier momento y que se me pagará dentro del plazo máximo señalado en la tabla (3).
g) Que he tenido a la vista el Reglamento Interno vigente del fondo, copia de los últimos estados financieros remitidos a la Superintendencia de Valores y Seguros, con sus respectivas notas, e información sobre las inversiones del fondo con una antiguedad no mayor de dos días habiles. Asimismo, declaro que se me ha explicado claramente la política de inversiones del Fondo y que se me ha proporcionado un cuadro comparativo de sus costos.
h) Que la sociedad administradora puede efectuar, unilateralmente, modificaciones tanto al reglamento interno del fondo, como el texto del presente contrato de suscripción de cuotas, en los términos señalados en el número 4 de la sección IV del reglamento interno y según la normativa vigente.
i) Gastos de cargo del fondo:
No se cargará al Fondo ningún tipo de gastos, salvo la remuneración de la Administradora, señalada en este Reglamento Interno, la cual se devengará diariamente. El Fondo se regirá tributariamente según las leyes vigentes en los países en los cuales invierta, entendiéndose que, si eventualmente se deben pagar impuestos por las ganancias obtenidas en distintas inversiones realizadas por el Fondo, éstos gravámenes serán cargados al Fondo y no a la Administradora.
(1) Porcentaje de Remuneración Anual
Serie A:
La remuneración de la Sociedad Administradora atribuida a esta serie será de un 2.38% IVA incluido.
Serie B:
La remuneración de la Sociedad Administradora atribuida a esta serie será de un 2.0% exenta de IVA.
Serie X:
La remuneración de la Sociedad Administradora atribuida a esta serie será de un 1,3% IVA incluido.
Serie D:
La remuneración de la Sociedad Administradora atribuida a esta serie será de un 1% IVA incluido.
(2) Comisiones de Colocación
Serie A:
SÓLO CONSULTA
Plazo de permanencia Comisión 0-30 días 1.785% IVA incluido
31-90 días 1.190% IVA incluido
91 días o más 0.0%
Serie X:
Plazo de permanencia Comisión 0-365 días 2.975% IVA incluido
366-540 días 2.38% IVA incluido
541 días o más 0.0%
Serie B y D:
Sin Comisión
Asimismo, cualquier rescate de la Serie A que se realice antes de cumplir los 91 días de permanencia, y de la series X que se realice antes de cumplir los 541 días de permanencia, que sea invertido íntegramente y en forma inmediata en algún fondo administrado por La Administradora, es decir, dentro de un fondo que responda al concepto de Familia de Fondos según éste se define en el párrafo siguiente, quedará exento del cobro de comisión de colocación diferida al rescate y la nueva inversión se regirá por la fecha de la inversión inicial, para efectos de determinar el cobro de comisión de colocación diferida al rescate. Para el caso de rescates correspondientes a la Serie B, la reinversión deberá ser efectuada en series de fondos destinadas al Ahorro Previsional Voluntario.
Para todos los efectos del presente Reglamento, el concepto de familia de fondos se refiere a que el participe tiene la flexibilidad de poder rescatar y reinvertir sus inversiones en la Serie de Cuota del mismo nombre de cualquier otro fondo administrado por EuroAmérica Administradora General de Fondo, conservando la antigüedad de dichas inversiones sin que les apliquen las comisiones según plazo de permanencia definidas, para cada Serie, en el Título IV número 2 letra b) de este Reglamento Interno.
El plazo de permanencia se determinará como el número de días transcurridos entre fecha de inversión y fecha de rescate, y se considerará que las inversiones de mayor antigüedad son las primeras en ser rescatadas.
No estarán afectos al cobro de comisión las adquisiciones por transferencias, sucesión o adjudicación de cuotas aquellos descritos en los números 1) y 2) siguientes:
1) Por la adquisición de cuotas efectuada con sujeción a las normas del artículo 14 del D.S. 249 de 1982, que dispone que la transferencia de las cuotas o aportes de participación se hará mediante la entrega del título o certificado en el que ellas consten y la firma de un traspaso entre cedente y cesionario ante dos testigos mayores de 18 años o un Agente de Valores, un Corredor de Bolsa o un Notario Público. La firma del traspaso significará para el cesionario la aceptación de todas las normas que rigen para el Fondo Mutuo. El traspaso individualizará la o las cuotas que se transfieren, así como también a cada uno de los intervinientes. También podrá hacerse por escritura pública suscrita entre el cedente y el cesionario. La cesión no produce efecto contra La Administradora mientras ésta no haya tomado conocimiento de ella, ni contra terceros mientras no haya sido anotada en el registro.
A la Administradora no le corresponde pronunciarse sobre las transferencias de cuotas y está obligada a inscribir, sin más trámites, las que se le presenten siempre que se ajusten a la normativa legal vigente y permitan obtener la calidad de partícipes.
2) Por sucesión por causa de muerte o por adjudicación de las cuotas que poseían bajo régimen de comunidad o por otro título jurídico. En la respectiva solicitud de aporte se indicará que corresponde a una transferencia, sucesión o adjudicación de cuotas, y se convertirá al valor de cuota conforme al procedimiento general descrito en las suscripciones de cuotas, en la letra X xxx xxxxxx 0 xx xx xxxxxxx XX xx xxxx reglamento. Lo anterior no obsta a efectuar los cobros desde el aporte inicial al momento del rescate correspondiente.
(3) Plazos Máximos para el Pago de los Rescates
Plazo máximo de 10 días corridos.
Aceptación:
SÓLO CONSULTA
Habiendo recibido la cantidad de dinero y en la forma indicada precedentemente, esta Sociedad Administradora acepta la participación del solicitante en el Fondo Mutuo y procede a su inscripción en el Registro de Partícipes y declara que cumplirá con todas las normas legales y reglamentarias relativas a los partícipes y que ejecutará los mandatos que por este instrumento le confieren. Si la cantidad de dinero antes indicada incluye cheques, la aceptación se producirá cuando el valor de estos documentos sean percibidos por la Sociedad Administradora, de parte del Banco librado, para lo cual deberá presentarlos a cobro tan pronto como la hora de su recepción lo permita.
Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Nombre Soc. Admin.
R.U.T. Soc. Admin.
Firma partícipe Nombre partícipe
R.U.T. partícipe
Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin.
SÓLO CONSULTA
ANEXOS AL CONTRATO
ANEXO 1
AUTORIZACIÓN INVERSIÓN PERIÓDICA
Para fondos mutuos: 8607 - FONDO MUTUO EUROAMERICA DESARROLLO SUSTENTABLE
Solicito a usted considerar mi aporte por suscripción en forma (indicar periodicidad), por la cantidad de , para ser invertida en cuotas del Fondo Mutuo , de acuerdo a los términos señalados en el Reglamento Interno del Fondo.
SÓLO CONSULTA
Para efectos de lo anterior, autorizo el descuento por planilla de mis remuneraciones, o el cargo en cuenta corriente, o el cargo en cuenta vista, o el cargo en cuenta de tarjeta de crédito, de la cantidad mencionada anteriormente, los días de cada mes o en la periodicidad correspondiente o el día hábil bancario siguiente, si aquél es xxxxxx, xxxxxxx o festivo, en la modalidad que se indica más adelante. La presente autorización de inversión periódica caducará el / / (dd/mm/aa). (En caso de no establecer fecha de término, se entenderá que es indefinido)
La forma de enterar mi aporte será a través de:
a) Cargo en mi cuenta corriente N° que mantengo en el Banco
. Al efecto, autorizo al Banco recién singularizado, para debitar en la cuenta corriente señalada los aportes periódicos solicitados.
b) Cargo en mi cuenta vista N° que mantengo en el Banco
. Al efecto, autorizo por el presente instrumento al Banco recién singularizado, para debitar en la cuenta vista señalada, los aportes periódicos solicitados.
c) Descuento por planilla de mis remuneraciones, a través de mi empleador
, R.U.T. , al que autorizo por el presente instrumento a efectuar el descuento correspondiente.
d) Cargo en cuenta de Tarjeta de Crédito N° emitida por el Banco
. Al efecto, autorizo por el presente instrumento al Banco o a la Administradora de Tarjeta de Crédito para debitar en la tajeta de crédito recién singularizada, los aportes periódicos solicitados.
El aporte se entenderá efectuado en la fecha en que la Sociedad Administradora reciba efectivamente los fondos, fecha en la cual deberá inscribir mi participación en el Registro de Partícipes del Fondo, indicando el número de cuotas de que soy titular.
Las siguientes serán causales de término de esta modalidad de aporte:
En el evento que el Partícipe no mantenga fondos disponibles en su cuenta corriente, o cuenta vista, o en tarjeta de crédito, la inversión no será efectuada, sin ninguna responsabilidad para La Administradora, facultándola a terminar el anexo N°1 del contrato de suscripción de cuotas si así lo estimare pertinente.
El descuento por planilla permanecerá vigente hasta el momento en que el empleado deje de prestar servicios al empleador o hasta que el
empleado revoque el mandato antes aludido dando aviso por escrito al empleador con copia de éste a La Administradora, o hasta la época que establezca el partícipe en el anexo N°1 del contrato de suscripción de cuotas respectivo.
El cargo en cuenta corriente permanecerá vigente hasta que el titular de la cuenta corriente cierre dicha cuenta o hasta que revoque el mandato conferido al banco librado, dando aviso por escrito a su Banco con copia a La Administradora o hasta la época que establezca el partícipe en el anexo N°1 del contrato de suscripción de cuotas respectivo.
El cargo en cuenta vista permanecerá vigente hasta que el titular de la cuenta vista cierre dicha cuenta o hasta que revoque el mandato conferido al banco respectivo dando aviso por escrito a su Banco con copia a La Administradora, o hasta la época que establezca el partícipe en el anexo N°1 del contrato de suscripción de cuotas respectivo.
El cargo en cuenta de tarjeta de crédito permanecerá vigente hasta que el titular de la tarjeta de crédito cierre dicha cuenta o hasta que revoque el mandato conferido a La Administradora de Tarjeta de Crédito librada, dando aviso por escrito a ésta con copia a La Administradora, o hasta la época que establezca el partícipe en el anexo N°1 del contrato de suscripción de cuotas respectivo.
SÓLO CONSULTA
Quede claro que el motivo de rechazo de un cargo de aporte por falta de fondos, en ningún caso, dará origen a un protesto o perjuicio a mis antecedentes bancarios ya que lo solicitado sólo tiene carácter de mandato.
En caso de término del presente mandato o la suscripción de un nuevo mandato, la autorización de cargo caducará transcurridos 40 días de ocurrido uno de estos eventos.
El servicio se iniciará a partir del mes siguiente a la fecha de suscripción del presente mandato, fecha que se entenderá como vigencia inicial del mandato, siempre que éste haya sido aceptado por el Banco. En caso de ser aceptado, la compañía deberá enviarme informe del cargo, indicando el valor a cobrar del cargo y la fecha del cargo correspondiente. Convengo, además, que La Administradora, enviará al Banco periódicamente la información de pago correspondiente.
El inversionista será responsable del pago del aporte en forma directa a La administradora, mientras no entre en operación y se realice el primer cargo del aporte en su cuenta corriente y/o vista y/o cuenta corriente de crédito.
En consideración a este servicio convengo además, que si cualquiera de los aportes no fuere cargado, con o sin causa ya fuera intencional o inadvertidamente, el Banco no tendrá responsabilidad alguna.
Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Nombre Soc. Admin.
R.U.T. Soc. Admin.
Firma partícipe Nombre partícipe
R.U.T. partícipe
Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin.
ANEXO 2
SUSCRIPCIÓN Y RESCATE DE CUOTAS A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS
Para fondos mutuos: 8607 - FONDO MUTUO EUROAMERICA DESARROLLO SUSTENTABLE
A) Aceptación
Acepto realizar las operaciones, transacciones o consultas habilitadas por la Administradora o que en el futuro habilite, en todo lo que diga relación con la suscripción o aportes y rescates de los fondos mutuos de La Administradora y entre los fondos que correspondan al concepto de la “Familia de Fondos”, según este ha sido definido en este reglamento, utilizando un sistema de transmisión remota.
Los aportes o suscripciones de cuotas de los fondos mutuos administrados por La Administradora a través de internet, podrán efectuarse por los participes con recursos provenientes de otros fondos mutuos administrados por la Administradora o mediante transferencias electrónicas con los cuales la Administradora tenga convenio.
El pago de los Rescate se hará en dinero efectivo en pesos chilenos, mediante la emisión de documentos bancarios de pago o bien abonados en las cuentas de depósito que el cliente señale y de las que sea titular o cuente con facultades para operarlas o pudiendo la sociedad administradora hacerlo en valores del fondo cuando así sea exigido o autorizado por la superintendencia.
Se deja expresa constancia que , si el presente contrato es suscrito por un agente de la Sociedad Administradora, este último lo hace en representación de la Administradora, en todo lo que diga relación con la suscripción, rescate y pago de cupotas que, a traves de dicho agente efectúa el inversionista.
SÓLO CONSULTA
B) Sistemas a utlizar
El sistema de transmisión remota será:
a) Internet con clave segura para el acceso.
C) Aspectos relevantes del sistema a utilizar
Declaro conocer que los aspectos relevantes del sistema a utilizar son los siguientes:
1) Podrán operar a través de los sistemas de transmisión remota, todos los clientes de La Administradora que tengan firmado el contrato inicial de suscripción y rescate de cuotas y cumplan además los requisitos señalados por éste para acceder a este sistema.
2) Los mecanismos que permiten la identificación cuentan con seguridad, la que consideran una clave secreta de acceso a los servicios de suscripción y rescate de cuotas, comunicación encriptada y autenticación dado por el protocolo SSL. Además, cuenta con un certificado digital otorgado por una empresa que autentifique la conexión del participe con La Administradora, cuenta además con mecanismos de seguridad implementados en base a Firewalls o similares, cumpliendo de esta manera, a cabalidad con las exigencias mínimas de seguridad establecidas por la Superintendencia de Valores y Seguros, mediante Norma de Carácter General N°114 del 29 xx xxxxx de 2001 o la que la reemplace.
3) Los aportes o rescates del partícipe que se realicen los días xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se tendrá por efectuado el día hábil bancario siguiente antes del cierre de operaciones del fondo.
4)Aquellos clientes, que estando ya registrados como partícipes del fondo, hayan suscrito el presente contrato con La Administradora, pueden hacer suscripciones y rescates utlizando los sistemas remotos.
5) Aquellos clientes, que estando ya registrados como partícipes del fondo, hayan suscrito el presente contrato con La Administradora,
pueden hacer transferencias entre la familia de fondos de La Administradora utilizando los sistemas remotos. Para realizar transferencias deberá ingresar al sitio WEB de la Administradora utilizando su cuenta y clave secreta, proporcionada por la administradora.
Se considerará como día y hora, aquella que conste en la base de datos del dispositivo electrónico utilizado. Se entenderá efectuada la operación, ya sea del aporte o rescate, al constar aquella en la base de dato del dispositivo electrónico utilizado. La Administradora deberá comunicar al partícipe en el mismo instante de recibida la solicitud, el número, fecha y hora de ésta. Para estos efectos, las transferencias consistirán en la realización de un rescate, el cual una vez materializado dicho proceso, se procederá a realizar un aporte en el nuevo fondo a invertir.
1° Rescate
Si la solicitud del rescate es presentada antes del cierre de operaciones del fondo, en la liquidación de la solicitud de rescate se utilizará el valor de la cuota correspondiente a la fecha de recepción de diche solicitud. Si la solicitud de rescate es presentada con posterioridad al cierre de operaciones del fondo, se utilizará el valor de la cuota del día siguiente al de la fecha de recepción.
SÓLO CONSULTA
Tanto para efectos de la suscripción de cuotas como para el rescate de las mismas, se considerará como hora de cierre de operaciones del fondo las 13:00 horas. El pago de los rescates se hará en dinero efectivo en pesos chilenos, dentro de un plazo no mayor de 10 días corridos, contado desde la fecha de presentación de la solicitud pertinente, pudiendo La administradora hacerlo en valores del fondo cuando así sea exigido o autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros.
2° Aporte
El aporte recibido se expresará en cuotas del fondo, utilizando el valor de la cuota correspondiente al mismo día de la recepción si
éste se efectuare antes del cierre de operaciones del fondo o al valor de la cuota del día siguiente al de la fecha de recepción, si el aporte se efectuare con posterioridad a dicho cierre.
Si el aporte es en un Fondo Mutuo de Inversión en Instrumentos de Deuda con Duración Menor o Igual a 90 días, será al valor cuota del día anterior al de la recepción si éste se efectuare antes del cierre de operaciones del fondo o el valor de la cuota correspondiente al mismo día de la recepción si el aporte se efectuare con posterioridad a dicho de cierre.
6) En caso xx xxxxxx o interrupciones de este sistema, La Administradora cuenta con mecanismos alternativos de suscripción y rescates de cuotas a través de solicitudes manuales, para lo cual cuenta con todos los elementos que permitan materializar la operación requerida por el partícipe.
Adicionalmente, a través de este medio, el partícipe tendrá a su disposición, entre otras, la siguiente información:
- Consulta de saldo y operaciones
- Consulta de Cartera de Inversiones
- Reglamento Interno
- FECU (Ficha Estadística Codificada Uniforme) del fondo que se refiere este reglamento.
La información se encontrará disponible en las oficinas de la Administradora General de Fondos Agustinas 1127 Piso 3.
D) Declaración de responsabilidades
Los términos y condiciones aquí contenidos son de obligatorio cumplimiento y aceptación, por parte de quienes sean autorizados para acceder a la información o realizar operaciones y transacciones con la familia de fondos de La Administradora, y que ésta tiene disponibles para ello. Por lo anterior, se estipula, y en especial, por este acto, se consiente en que se aceptan los términos, condiciones y restricciones que existen en forma expresa al acceder a los sistemas electrónicos que ofrece La Aministradora, en su o sus portales de Internet.
Bajo la premisa anterior, se acepta y expresa lo siguiente respecto al uso e instalaciones de Internet que posee La Administradora:
1. Al acceder a este sistema de operación y a cualquiera de sus páginas, el partícipe autorizado conviene en obligarse según los términos y condiciones que aparecen a continuación.
2. Propiedad de la información: La Administradora y sus emblemas, son marcas comerciales registradas. Las otras marcas o emblemas contenidos en estas páginas son también considerados como marcas comerciales o de servicios debidamente registradas. Los derechos de autor sobre las páginas, las imágenes y en general todo lo que aparece en pantalla, así como sobre la información y el material
contenidos en las mismas, es propiedad o tienen los derechos sobre ellas La Administradora, salvo indicación en contrario. Por lo anterior, si usted accede a este sistema acepta y se obliga a no reproducir, retransmitir, distribuir, vender, publicar, divulgar, circular o comercializar, y en general a disponer por cualquier medio de la información aquí contenida, total o parcialmente, salvo que exista autorización previa y escrita de La Administradora.
3. Carácter de la información: La información que el partícipe puede acceder no puede entenderse como una asesoría financiera, legal o tributaria de La Administradora, pues sólo se muestran ejemplos y puntos de referencia que deben ser validados con un agente autorizado por La Administradora, con base en información particular de cada partícipe. La rentabilidad o ganancia obtenida en el pasado por estos fondos, no garantiza que ella se repita en el futuro. Los valores de las cuotas de los Fondos Mutuos son variables. La gestión financiera y riesgo de los fondos mutuos no guardan relación con la de entidades del grupo empresarial al cual pertenecen, ni con la de su agente colocador.
SÓLO CONSULTA
4. Acceso al sistema, clave, password y seguridad: El partícipe será responsable por la confidencialidad y uso de su número de acceso, clave, password y número de cuenta. El partícipe será responsable por todas las órdenes transmitidas a través de su número de acceso, clave, password y número de cuenta, y cualquier orden recibida por La Administradora de esta manera se supondrá emitida por el partícipe. Todas las órdenes emitidas, se supondrán realizadas en el momento en que sean recibidas por La Administradora, salvo que el reglamento o las normas legales que regulan cada producto o servicio, dispongan otra cosa. El partícipe acepta notificar por escrito y firmado a La Administradora cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Pérdida o robo de su número de acceso, clave, password y/o número de cuenta.
b) Uso no autorizado de su número de acceso, clave y/o número de cuenta, del servicio electrónico o de algún tipo de información.
c) Alguna falla, error o hecho inusual, al recibir algún mensaje relacionado con una orden iniciada por el partícipe a través del sistema electrónico, o que haya sido recibida y/o ejecutada a través del mismo.
d) La confirmación de alguna orden que el partícipe no emitió, o alguna imprecisión o desacuerdo en la transmisión de la información.
5. Terminación del acceso: La Administradora se reserva el derecho de cancelar unilateralmente el acceso a este sistema de operación y transacción en cualquier tiempo, sin que para ello tenga que aducir alguna razón. La cancelación del acceso no implica la terminación de las relaciones contractuales que tenga el cliente con La Administradora.
6. Aceptación: El sólo acceso a estos sistemas o la utilización de la clave autorizada, conllevan la aceptación del partícipe a todas las estipulaciones de este acuerdo y las condiciones y reglamentos aplicables al uso de los mismos.
Firma persona autorizada por la Soc. Admin. Nombre Soc. Admin.
R.U.T. Soc. Admin.
Firma partícipe Nombre partícipe
R.U.T. partícipe
Nombre completo persona que firma por la Soc. Admin.