PLIEGO DE CONDICIONES Y CONTRATO DE CESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA DEL I.E.S. SEVERO OCHOA
PLIEGO DE CONDICIONES Y CONTRATO DE CESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CAFETERÍA DEL I.E.S. XXXXXX XXXXX
El presente documento tiene por objeto la descripción del proceso a seguir para la adjudicación del contrato de explotación del servicio de cafetería del I.E.S. Xxxxxx Xxxxx de Granada a partir del 1 de septiembre de 2018, estableciéndose las prescripciones técnicas que deben cumplir los solicitantes para realizar una adecuada prestación del servicio de cafetería al alumnado, y personal docente y no docente del Centro.
La presente contratación de naturaleza administrativa se regirá por lo dispuesto en este Pliego, donde se recogen las prescripciones técnicas. Para lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicasmodificado por la ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector público, y la normativa vigente.
La presentación de la propuesta supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones xxx Xxxxxx, sin salvedad o reserva alguna.
I. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria
b) Procedimiento: Abierto
c) Forma de adjudicación: Concurso Público
II. Duración del Contrato:
El Contrato tendrá una duración de un año, del 1 de septiembre de 2018 al 31 xx xxxxxx de 2019, con un período de prueba inicial hasta el 31 de diciembre de 2018 que no será de aplicación si el adjudicatario es el actual concesionario del servicio.
El Contrato podrá prorrogarse anualmente durante cinco años hasta el 31 xx xxxxxx de 2024. Las prórrogas se harán efectivas si ninguna de las dos partes, con un mes de antelación a la finalización del mismo, manifiestan desacuerdo en hacer efectiva dicha prórroga.
III. Resolución del Contrato:
Serán causa de resolución unilateral del Contrato por parte de la Dirección del Centro, a propuesta del Consejo Escolar, los siguientes extremos:
• El incumplimiento manifiesto de las condiciones que regulan esta licitación y las condiciones del Contrato.
• La no presentación de la documentación requerida durante el mes de julio o hasta los diez primeros días de septiembre.
• La no superación del período de pruebas por entenderse que no presta un servicio adecuado a las necesidades del Centro.
• La falta de calidad de los productos ofertados al producirse un empeoramiento de la oferta incluida en la propuesta del aspirante o de la calidad ofertada en el período de pruebas.
IV. Presentación de ofertas y apertura de las mismas:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente al de la publicación de la convocatoria, el día 14 xx xxxx de 2018, en el tablón de anuncios del Instituto y en su página web, finalizando el 15 xx xxxxx de 2018 a las 14:00 h.
Las solicitudes se dirigirán al I.E.S. Xxxxxx Xxxxx y se presentarán en el Registro de este Centro (Xxxx.xx las Alpujarras, 31 – 18015-Granada) o bien por correo certificado a la misma dirección.
La fecha de apertura de las ofertas por parte de la Comisión Permanente del Consejo Escolar tendrá lugar el día 19 xx xxxxx de 2018, a las 10:30 h. Una vez baremadas las ofertas se propondrá la persona adjudicataria al Consejo Escolar para su aprobación definitiva el día 29 xx xxxxx.
V. Documentación requerida:
• Fotocopia del NIF del licitador y, si fuera empresa, escrituras inscritas en el Registro Mercantil
• Carnet de manipulador de alimentos del licitador y de todas las personas que vayan a encargarse del servicio.
• Solicitud de participación (ANEXO I)
• Modelo de propuesta de servicio (ANEXO II)
• Documentación que certifique la experiencia profesional y formativa
CONDICIONES
PRIMERA. La explotación de los servicios de cafetería del I.E.S. Xxxxxx Xxxxx es para uso exclusivo de los miembros de la comunidad educativa del mismo.
SEGUNDA. La concesión se hace por el periodo lectivo del año escolar contando a partir del día siguiente de la firma de este contrato, pudiéndose prorrogar anualmente hasta un máximo de cinco años.
TERCERA. El personal necesario para la prestación del servicio de cafetería será contratado directamente por el adjudicatario.
El personal contratado deberá estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos que otorga el órgano administrativo competente.
El adjudicatario cuidará el aseo y corrección del personal a su cargo.
Se dispondrá de al menos un operario para la jornada normal, debiéndose incrementar a un mínimo de dos durante el recreo del alumnado y en las jornadas que, por las características de los eventos programados, lo requieran.
CUARTA. El adjudicatario se comprometerá por escrito a tener abierta la cafetería durante el periodo lectivo en el horario mínimo de 8:00 a 14:00 de la mañana; también se compromete a mantener las instalaciones abiertas y correctamente atendidas en las actividades puntuales que se realicen en horario de tarde, así como en Claustros y Consejos Escolares.
En todo caso, los alumnos no podrán ser objeto de atención por el personal de cafetería fuera del horario del recreo, salvo excepciones autorizadas por la Dirección del I.E.S.
QUINTA. El adjudicatario quedará sometido a la inspección por parte de la Dirección del I.E.S. y al cumplimiento de la legislación vigente.
Los daños que se originen a terceros serán por cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario queda obligado a concertar un seguro de responsabilidad civil por daños en general.
SEXTA. El adjudicatario se obliga a aportar el material necesario para la prestación del servicio de cafetería. Dicho material, además de los enseres o bienes fungibles (vasos, platos, cucharillas, bandejas etc.) propios de un servicio de cafetería, deberá constar, al menos, de los siguientes elementos:
• Fregadero
• Mobiliario xx xxxxx: mesas, sillas, taburetes, estanterías etc
• Frigorífico
• Congelador
• Máquina de café
• Molinillo de café
• Tostadora
• Horno microondas
• Máquina de zumos
• Vajilla
• Cristalería
• Cubertería
• Papeleras
SÉPTIMA. Será obligación del adjudicatario la explotación de los gastos a realizar para la puesta en funcionamiento, así como el mantenimiento, limpieza y conservación del local.
OCTAVA. Será el titular del contrato el que explotará directamente la concesión. La explotación de la cafetería no podrá ser objeto de traspaso ni cesión bajo ningún concepto. Si se produjese este hecho quedaría rescindido el contrato de concesión del servicio de cafetería en el Instituto.
NOVENA. Los precios, calidades y cantidad de las consumiciones serán los consignados en la oferta formulada por el adjudicatario, no pudiéndose incrementar sin la previa autorización del Consejo Escolar.
DÉCIMA. Respecto a la venta de alcohol y tabaco, se ajustará a lo establecido en la normativa vigente
UNDÉCIMA. Según el documento de consenso firmado en julio de 2010 entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas y a la espera del reglamento normativo que desarrolle la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, el adjudicatario se obliga a la exposición de
carteles en los que se muestre un listado de los productos que excedan las 200 kilocalorías por unidad.
No podrán ponerse a la venta los siguientes productos:
Pipas, chicles, polos flash (o similares) ni golosinas sin envase o envoltorio de fábrica.
Además, deberán ofrecerse frutas de temporada y zumo natural de naranja, al menos en temporada.
También deberá ofertarse, al menos al profesorado, variedades de leche entera, desnatada y semidesnatada, porciones individuales de mantequilla y mermeladas y patés.
DUODÉCIMA. El local dispondrá de un área, separada por un tabique de obra o bien por una mampara montada en carpintería de aluminio, para uso exclusivo del profesorado del instituto. La construcción o montaje de esta mampara será costeada por la Dirección del Dentro.
Esta área contará con un servicio xx xxxxx independiente a aquél que se use en el espacio general para alumnos. Igualmente, las obras necesarias para habilitar este paso xx xxxxx serán costeadas por la Dirección del Instituto.
DECIMOTERCERA. El adjudicatario no podrá realizar servicios fuera del local de la cafetería sin autorización expresa.
DECIMOCUARTA. El derecho de admisión queda restringido a la autoridad de la Dirección o, en su caso, al Consejo Escolar.
DECIMOQUINTA. La Dirección del centro se guarda el derecho de declarar desierta la explotación de la cafetería si no existen ofertas que puedan cubrir de forma correcta el servicio.
La participación en la Oferta de explotación de la cafetería del I.E.S. Xxxxxx Xxxxx conllevará la aceptación de las condiciones indicadas anteriormente.
OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
• Proporcionar una oferta variada de opciones de alimentación saludable y nutritiva, cuyo precio deberá encontrarse acorde con las posibilidades y poder adquisitivo del promedio de los usuarios del servicio.
• Cumplir con las normas de salubridad e higiene en la elaboración, manipulación y expendio de los alimentos; estos serán del día, sometiéndose a los controles que establezca la autoridad competente.
• Gestionar y obtener por su propia cuenta y costo los permisos, licencias, autorizaciones y demás documentos que se requieran para el funcionamiento de un local de preparaciones y expendio de alimentos de esta naturaleza.
• No destinar el local para fines de uso distintos al servicio de elaboración y expendio de los alimentos.
• Publicar la lista de precios de los alimentos, bebidas y afines en lugar visible para el público consumidor.
VI. Baremación de las propuestas
Será realizada por la Comisión Evaluadora en acto privado el día señalado. Dicha comisión estará formada por la Comisión Permanente del Consejo Escolar del Instituto, no pudiendo tener ninguno de sus miembros vínculo personal o familiar con cualquiera de los aspirantes a la concesión. La Comisión valorará las propuestas recibidas según los criterios establecidos a continuación:
PARTE TÉCNICA (Máximo de 70 puntos)
A. Experiencia en la actividad | Máximo 40 puntos |
• 3 años | 10 puntos |
• Entre 3 y 5 años de forma continuada | 20 puntos |
• Entre 5 y 10 años de forma continuada | 30 puntos |
• Más de 10 años de forma continuada | 40 puntos |
B. Número de personas de atención al público | Máximo 30 puntos |
• 2 personas | 10 puntos |
• 3 personas o más | 30 puntos |
PARTE SERVICIO (Máximo 30 puntos)
Se presentará la carta de precios de los menús y productos que se pondrán a disposición de los usuarios del servicio, así como el horario de apertura al público y la disposición a la apertura en hora de tarde. La Comisión evaluadora valorará dichos menús asignándoles puntuación de 10, 20,o 30. Los criterios a tener en cuenta para la valoración serán:
• Calidad de los productos ofertados
• Variedad de los productos ofertados
• Relación calidad / precio
• Oferta de productos saludables
Calidad productos | Variedad productos | Relación Cal/precio | Oferta saludables | |
1 | Calidad muy baja | Muy poca variedad | Relación inaceptable | No se oferta ninguno |
2 | Calidad aceptable | Variedad aceptable | Relación asumible | Destacan de uno a cinco productos |
3 | Calidad óptima | Alta variedad | Relación óptima | Hay más de cinco productos |
11 o 12 puntos se computan como 30
8 a 10 puntos computan como 20
4 a 7 puntos computan como 10
ANEXO I. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA DEL
I.E.S. XXXXXX XXXXX DE GRANADA
D.
con
residencia en
provincia xx
xxxxx
nº , con DNI nº , en nombre propio o de la empresa con domicilio social en , NIF y teléfono .
SOLICITA:
Presentar su solicitud para participar en la licitación de la cafetería del I.E.S. Xxxxxx Xxxxx para el curso 2018-2019, con un período de pruebas de cuatro meses y prorrogable anualmente hasta el curso 2023-2024, de acuerdo con el artículo 303 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La presentación de esta solicitud implica la aceptación incondicional por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones xxx xxxxxx, sin salvedad o reserva alguna.
En a de de 2018
Firmado:
ANEXO II. MODELO DE PROPOSICIÓN DE SERVICIO
D.
con residencia en
provincia xx
xxxxx
nº , con DNI nº , en nombre propio o de la empresa con domicilio
social en
y NIF
al objeto de participar en la
licitación para la contratación del servicio de cafetería del I.E.S. Xxxxxx Xxxxx, manifiesta lo siguiente:
1 Que conoce y acepta íntegramente el pliego de prescripciones técnicas y cuantas obligaciones se deriven como proponente y como adjudicatario si lo fuere.
2 Que se compromete a ejecutar la prestación a la que concursa con sujeción a los requisitos y condiciones exigidas y, para ello, presenta una lista de los artículos y consumiciones que ofrece, acompañadas de sus respectivos precios de expedición, en anexo al presente documento.
3 Que se compromete a mantener abierto el servicio de cafetería en horario y calendario anexo al presente documento.
3 Que se compromete a prestar un servicio de calidad para el Centro.
En a de de 2018
Firmado: