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CONTRATO DE "CONSTRUCCIÓN DE 3 TRAMOS DE TAPIAL PREFABRICADO EN EL PERIMETRO NORTE�''Q)EL r· ' '
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AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EL XXXXXXXX, SAN XXXXX XXXXXXX XXXXXX Y XXXXXXXX", SUSCRITO
ENTRE LA COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA Y DECO OBRAS, S. A. DE C. V.
Xxxxxxxx, EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, conocido por EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXXXXX, mayor de edad, de nacionalidad salvadoreña, Ingeniero Agrícola, del domicilio de Colón, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número, y Número de Identificación Tributaria , actuando en nombre y en representación en mi calidad de Gerente General y Apoderado General Administrativo de la COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA, Institución de Derecho Público, Personalidad Jurídica propia y con carácter autónomo, de nacionalidad salvadoreña y de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
- , que en el transcurso del presente instrumento se podrá denominar "la CEPA" o "la Comisión"; y, XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, de nacionalidad salvadoreña, Ingeniero Civil, del domicilio de San Xxxxxx, departamento de San Xxxxxx, con Documento Único de Identidad número, y Numero de Identificación Tributaria , actuando en nombre y representación en mi calidad de Administrador Únic o Propietario de la sociedad que gira bajo la denominación "DESARROLLO Y CONSTRUCCION DE OBRAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "DECOOBRAS, S.A. DE
C.V." del domicilio de San Xxxxxx, de nacionalidad salvadoreña, con Número de Identificación Tributaria, que en el transcurso del presente instrumento se podrá denominar "la Contratista", por medio de este instrumento convenimos en celebrar el contrato de "CONSTRUCCIÓN DE 3 TRAMOS DE TAPIAL PREFABRICADO EN EL PERIMETRO NORTE DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EL XXXXXXXX, SAN
XXXXX XXXXXXX XXXXXX Y XXXXXXXX", que en adelante podrá denominarse "el Contrato", adjudicado en virtud del proceso de Licitac ión Pública CEPA LP-29/2019, el cual se regirá de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante podrá denominarse "LACAP", y en especial a las obligaciones, condiciones y pactos siguientes: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es que la Contratista ejecute obra para la construcción de 3 tramos de tapial prefabricado en el perímetro norte, del Aeropuerto Internacional de El Xxxxxxxx, San Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxxx, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas en las Bases de Licitación Pública CEPA LP-29/2019 y demás documentos contractuales. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Los siguientes documentos se
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consideran parte integrante del contrato: I} Bases de la Licitación Pública CEPA LP-29/2019, emitidas por la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI} en el mes xx xxxxxx de 2019, y sus aclaraciones, adendas y/o enmiendas si las hubiesen; 11) Oferta presentada por la Contratista el 20 de septiembre de 2019; 111) Punto vigesimoquinto del Acta número 3026, correspondiente a la sesión de Junta Directiva de CEPA de fecha 23 de octubre de 2019, mediante el cual se adjudicó la Licitación Pública CEPA LP-29/2019 a favor de la Contratista; IV} Notificación de Adjudicación Ref.: UACl-1304/2019, emitida por la UACI, recibida por la Contratista el 25 de octubre de 2019; V) Garantías que presente la Contratista; VI} Resoluciones modificativas (Acuerdos de Junta Directiva); VII} Modificaciones contractuales, si las hubiere. TERCERA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. I} PRECIO: La CEPA pagará a la Contratista en moneda de curso legal, a través de la Unidad Financiera Institucional (UFI), hasta por el monto total de OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 86,965.00}, más el
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). 11) FORMA DE PAGO: Se efectuarán pagos por avance de obra, ejecutado en períodos no menores de 30 días calendario, los cuales serán presentados por el Contratista para la revisión y aprobación del Administrador de Contrato y Supervisor si lo hubiere. Cada avance de trabajo será presentado junto con un informe sobre la calidad y cantidad realmente ejecutado. La solicitud de aprobación se hará a través de la bitácora del proyecto. Si el Administrador de Contrato y/o el Supervisor (si lo hubiere) hacen observaciones al avance de los trabajos, el Contratista deberá presentar las correcciones dentro del plazo establecido por el Administrador del Contrato o supervisor. En cada pago se descontará el 5% como retención contractual, sobre el valor de la estimación correspondiente, en atención a lo establecido en el Artículo 112 de la LACAP. Si los tiempos de entrega de del avance de trabajo no son respetados, CEPA se reserva el derecho de efectuar el pago correspondiente, de acuerdo a la actualización de la programación de pagos, realizada por la UFI. Una vez aprobada dicho avance de trabajo por la Supervisión, el Contratista presentará al Administrador de Contratos de CEPA, para su revisión, aprobación y posterior remisión a la UFI, la documentación que respalde el monto a cobrar, detallada a continuación: a) El correspondiente documento de cobro (Factura Consumidor Final para domiciliados o Recibo Simple para no domiciliados}. b) Copia del Contrato suscrito entre la CEPA y el Contratista, y sus modificaciones si hubiesen. c) Documentos de avance de los trabajos en original y 3 copias. d) Acta de Recepción de Avance de trabajo o acta de Recepción Definitiva (según aplique). e} Copia de la garantía de Buena Obra, para el pago final. Los documentos de cobro (literal a) y las actas {literal d}, deberán estar firmados y sellados por el Administrador de Contrato y Contratista. El pago de avance de trabajo, se efectuarán con base en los Precios Unitarios y Sumas Globales del respectivo Contrato, o sus modificaciones, conforme a las Modificativas de contrato autorizadas por Junta Directiva de
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Hacienda: (i) Nombre: Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma. (ii) Dirección: Xxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxx xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx. (iii) NIT:(v) Giro: Servicios para el transporte NCP. (vi) Contribuyente: Grande. La CEPA no recibirá documentos que no cuenten con la información antes descrita. CUARTA: MODIFICATIVAS DEL CONTRATO. 1) MODIFICACIÓN DE COMÚN ACUERDO ENTRE LAS PARTES: El
contrato podrá ser modificado de conformidad con lo establecido en el artículo 83-A de la LACAP; pudiendo incrementarse hasta en un veinte por ciento del monto del objeto contractual. En tal caso, la CEPA emitirá la correspondiente resolución modificativa, la cual se relacionará en el instrumento modificativo que será firmado por ambas partes. En el caso de partidas nuevas, los costos unitarios a considerar serán acordados por el Contratista, el Administrador del Contrato y el Supervisor y posteriormente serán sometidas a autorización de la Junta Directiva de CEPA, para lo cual CEPA tendrá que disponer de los fondos necesarios, para la reasignación presupuestaria correspondiente. 11) MODIFICACIÓN UNILATERAL: Queda convenido por ambas partes que cuando el interés público lo hiciera necesario, sea por necesidades nuevas, causas imprevistas u otras circunstancias, la CEPA podrá modificar de forma unilateral el contrato, emitiendo al efecto la resolución correspondiente, la que formará parte integrante del presente contrato; siempre que dichas modificaciones no contravengan los preceptos establecidos en los artículos 83-A y 83-B de la LACAP. QUINTA: PLAZO DEL CONTRATO Y PRÓRROGAS. 1) PLAZO
CONTRACTUAL: El Plazo Contractual será de CIENTO CUARENTA (140) DÍAS CALENDARIO a partir de la fecha
establecida como Orden de Inicio, dentro del cual se establecen los plazos siguientes:
1 Plazo máximo para la recepción NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIO a partir de la fecha de la obra. establecida como Orden de Inicio
2 Plazo máximo para elaborar el DIEZ (10) DÍAS CALENDARIO a partir de la fecha de recepción Acta de Recepción Provisional. de la ejecución total de la obra.
3 Plazo máximo para la revisión xx XXXX (10} DÍAS CALENDARIO a partir de la fecha de la cumplimientos recepción provisional.
4 Plazo máximo para subsanar QUINCE (15} DÍAS CALENDARIO a partir de la fecha de la nota defectos o irregularidades de reclamos del Administrador de Contrato.
5 Liquidación Hasta 15 DIAS CALENDARIO posteriores a la Recepción Definitiva de la Obra, será pagado al contratista la liquidación del proyecto y devuelto el 5% de retención contractual.
11) PRÓRROGA EN EL TIEMPO DE ENTREGA DE LA OBRA: Si durante la ejecución de la obra existen demoras por cualquier acto, cambios ordenados en el mismo, demoras en las autorizaciones de trabajos o cualquier otra causa que no sea imputable al Contratista y que esté debidamente comprobada y documentada, el
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dos ejemplares del contrato, por estar redactado a nuestra entera satisfacción, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los cuatro días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.
COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA
nterroza
DECO- OBRAS, S. A. DE C. V.
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
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En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las ocho horas con diez minutos del día de noviembre de dos "fu1��.� diecinueve. Ante mí, XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, Notario, domicilio de Nuevo Cuscatlán,
departamento de La Libertad, comparece el señor EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, conocido por EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, de sesenta y tres años de edad, de nacionalidad salvadoreña, Ingeniero Agrícola, del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, a quien doy fe de conocer, portador de su Documento Único de Identidad número y Número de Identificación Tributaria, actuando en nombre y en representación en su calidad de Gerente General y Apoderado General Administrativo de la COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA, Institución de Derecho Público, Personalidad Jurídica propia y con carácter autónomo, de nacionalidad salvadoreña, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria, que en el transcurso del anterior instrumento se denominó "la CEPA", o "la Comisión", y cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: a) Testimonio de Poder General Administrativo, otorgado en esta ciudad a las diecisiete horas con diez minutos del día veinticinco xx xxxxx de dos mil diecinueve, ante los oficios notariales de Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, en el cual consta que el licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Representante Legal de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, confirió Poder General Administrativo, amplio y suficiente en cuanto a derecho corresponde, a favor del ingeniero Emérito de Xxxxx
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Xxxxxxxxx Xxxxxx xxxx, conocido por Emérito de Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, para que en representación de CEPA suscriba actos como el presente, previa autorización de su Junta Directiva; asimismo, el notario autorizante dio fe de la existencia legal de CEPA y de las facultades con que actuó el licenciado Xxxxxxx Xxxxx; y, d) Punto vigesimoquinto del Acta tres mil veintiséis, de Junta Directiva de fecha veintitrés de octubre de dos mil diecinueve, mediante el cual se adjudicó la Licitación Pública CEPA LP VEINTINUEVE/DOS MIL DIECINUEVE a favor de la Contratista; asimismo, se autorizó al Gerente General de CEPA en su calidad de Apoderado General Administrativo de la Comisión, para firmar el contrato correspondiente; por lo tanto, el compar eciente se encuentra ampliamente facultado para otorgar el presente acto; y por otra parte, comparece el señor XXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad, de nacionalidad salvadoreña, Ingeniero Civil, del domicilio de San Xxxxxx, departamento de San Xxxxxx, con Documento Único de Identidad número cero uno siete cero nueve dos siete siete - cinco, y Numero de Identificación Tributaria, actuando en nombre y representación en mi calidad de Administrador Único Propietario de la sociedad que gira bajo la denominación "DESARROLLO Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "DECO-OBRAS, S.A. DE C.V." del domicilio de San Xxxxxx, de nacionalidad salvadoreña, con Número de Identificación Tributaria uno dos uno siete - uno cero cero nueve uno dos - uno cero uno - ocho, que en el transcurso del anterior instrumento se denominó "la Contratistas", y cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista:
a) Testimonio de Escritura Matriz de Constitución de la referida sociedad, otorgada en la ciudad de San Xxxxxx, a las diez horas del día diez de septiembre de dos mil doce, ante los oficios notariales de Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, inscrito en el Departamento de Documentos Mercantiles del Registro de Comercio al Número SESENTA Y TRES del Libro número DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO del Registro de Sociedades, el día trece de septiembre de dos mil doce; del cual consta que su denominación, domicilio, nacionalidad y naturaleza son los antes mencionados; que el plazo de la sociedad es por tiempo indefinido; que la sociedad tiene por objeto la elaboración de diseños, planos, estudios, planificación y desarrollo de proyectos y programas habitacionales y de cualquier otra índole, entre otras; que el gobierno de la sociedad es la Junta General de Accionistas como autoridad suprema; que la administración de la sociedad estará a cargo de una Junta Directiva o de un Administrador Único Propietario, que será electo por la Junta General de Accionistas para un período de cinco años, a partir de la fecha de la respectiva inscripción en el Registro de Comercio y continuara en sus funciones aun cuando hubiese concluido su periodo, mientras no se elijan los sustitutos y estos no tomen posesión de sus cargos; que la representación legal, judicial y extrajudicial, así como el uso de la firma social, le corresponde al Administrador Único Propietario, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley. b} Testimonio de
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Cumplimiento de Contrato, de Buena Obra y de Buena Inversión de Anticipo en caso sea solicitado; el anterior contrato contiene las cláusulas de multas, administrador del contrato, y otras cláusulas que se acostumbran en ese tipo de instrumentos, las cuales los comparecientes me manifiestan conocer y comprender y por ello las otorgan; y yo el Notario DOY FE que las firmas antes relacionadas son auténticas por haber sido puestas por los otorgantes a mi presencia. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de la presente acta notarial que consta de dos hojas útiles, y leído que les hube íntegramente todo lo escrito, en un sólo acto sin interrupción, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y para constancia firmamos en duplicado. DOY FE.-
JM