CENTRAL DE CONTRATACIÓN | 55
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SERVICIO DE MEDIACIÓN DE RIESGOS Y SEGUROS
La Central de Contratación de la FEMP ofrece a los asociados la posibilidad de contratar el servicio de mediación de riesgos y seguros, una de las líneas que despiertan mayor interés en la oferta de la Central. Al igual que ocurre con otros servicios y suministros ofertados desde la Central, el asesoramiento técnico especializado y la contratación ágil y rápida, son dos de los motivos principales para la contratación a través de la Central. En este caso, además, se suma el hecho de que no existe coste directo para la Entidad Local, ya que se trata de servicios de “correduría” y no de “agencia”.
El asesoramiento técnico especializado es una exi- gencia cuando se trata de la contratación de seguros y reaseguros y su adecuación a las necesidades de la Entidad; así, ese asesoramiento debe garantizar:
La contratación de seguros y reaseguros y su correcta ade- cuación a las necesidades de la entidad contratante exige de un asesoramiento técnico especializado que garantice:
El análisis detallado de los riesgos actuales y futuros en función de las actividades, servicios y patrimonio que se integran en una Entidad Local,
El ajuste de las pólizas al riesgo concreto, de forma tal que la utilización de los recursos económicos que se destinan a su contratación se realice de la manera más eficiente,
La preparación previa de la documentación necesaria para la formalización de esos contratos de seguros,
Y la asistencia permanente durante la ejecución de los contratos de seguros que se celebren; especialmente durante la tramitación de incidencias, reclamaciones o daños que se produzcan durante su vigencia.
La complejidad de estos trabajos, la falta de recursos especializados para su gestión dentro de la Entidad Local, y la necesidad de lograr una mayor eficiencia mediante la adecuación de las pólizas a las necesida-
des concretas y específicas de cada Entidad Local, son factores a tener en cuenta para optar por un servicio de estas características.
En cuanto a la Contratación rápida y ágil, la selección de este tipo de procedimiento evita que la Entidad Local inicie un nuevo procedimiento abierto (concurso público), porque las condiciones que regirán su acuerdo con el mediador ya han quedado reguladas en los pliegos de la licitación y en el Acuerdo Xxxxx suscrito por la Central de Contratación de la FEMP. El Acuerdo Marco, sus Pliegos, y demás documentación sobre este servicio pueden consultarse en la plataforma informática de la Central (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).
La Entidad Local interesada en contratar el servicio puede hacerlo directamente con el adjudicatario que corres- ponda según el lote en el que tenga interés, a través de la plataforma informática de la Central, con el llamado “contrato basado”. La Entidad deberá realizar un expe- diente que, como mínimo, ha de contener la resolución de adjudicación, al margen de la tramitación interna que la Entidad Local considere oportuno incorporar.
La Central de Contratación ofrece un servicio xx xxxx- tencia permanente tanto para el uso de la plataforma informática en la que se gestionan los contratos, como en la resolución de cualquier otra consulta sobre la tra- mitación y ejecución de los contratos.
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La tercera de las ventajas es que el servicio no conlleva coste directo para la Entidad Local asociada o ente dependiente contratante. El servicio no tiene un coste directo para la Entidad Local, puesto que al tratarse de servicios de “correduría” y no de “agencia” la retribución de la empresa de mediación se repercute en la entidad aseguradora a modo de comisión ya prefijada, sin que ello suponga un aumento directo de la prima de seguro.
LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO, EN TRES PASOS
Paso 1: Adhesión a la Central de Contratación de la FEMP: Mediante acuerdo expreso del órgano competente y utilizando, si se estima oportuno, el documento tipo que facilita la Central de Contratación. Las plantillas o modelos que facilita la Central de Contratación no son de obligada utilización, y la Entidad Local puede optar por sus propios modelos y cumplimentar el procedimiento con aquellos trámites internos que considere necesarios, siempre y cuando no contravengan lo dispuestos en pliegos y en las ofertas presentadas.
Paso 2: Designar usuario para la gestión del Contrato desde la Plataforma informática: Esta Plataforma per- mitirá, entre otras posibilidades, acceder al expediente de contratación, descargar modelos tipo para las tareas o trámites a desarrollar, y notificar al adjudicatario.
Paso 3: Adjudicar el Contrato basado: Habida cuenta que todas las condiciones de prestación del servicio, así como las ofertas económicas realizadas por las adjudica- tarias de los diferentes lotes ya están preestablecidas, la Entidad Local podrá contratar directamente con la única adjudicataria del lote que corresponda, incluyendo en la Plataforma toda la información del contrato basado que, como mínimo contendrá la resolución de adjudicación. No es preceptiva la formalización del contrato basado, desplegando efectos este desde la notificación a la ad- judicataria.
Todo lo anterior no suple el cumplimiento de los proce- dimientos previos que, conforme a la normativa presu- puestaria y de contratación, la Entidad Local considere aplicables. Desde la Central de Contratación se aportará todo el soporte necesario para dar forma a este expe- diente de contratación, facilitando modelos y respuestas para cada una de las consultas que nuestros asociados nos planteen.
JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL SERVICIO. MEMORIA JUSTIFICATIVA
Para ello, y al margen de las ventajas anteriormente cita- das, desde la Central se facilita un dossier informativo, los PCAP y PPT que definen la prestación del servicio, y se da acceso al expediente de contratación a través de la plataforma informática.
INFORME DE FISCALIZACIÓN
Recordando que la retribución del Contratista vendrá fijada por la comisión que se especificará en cada uno de los procedimientos de contratación de las pólizas de seguro que inicie o suscriba la Entidad Local bajo su mediación, y en todo caso, será abonada por la entidad aseguradora sin que derive gasto o coste alguno para la Entidad Local. Por tanto, si se considera necesario realizar el informe de fiscalización, este sólo deberá reflejar que la presente con- tratación no genera para la entidad contratante ninguna obligación de contenido económico.
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN
Poniendo a disposición un modelo que recoge cada uno de los puntos anteriores e indica las condiciones gene- rales y específicas que regirán el contrato, siguiendo lo establecido en los pliegos que regularon la licitación y el Acuerdo Marco.
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COMUNICACIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La notificación de la adjudicación por parte del órgano de contratación de la entidad contratante al adjudicatario se realizará conforme a lo establecido en la Disposición Adi- cional Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), esto es, a través de dirección electrónica habilitada o mediante comparecen- cia electrónica, realizándose además una comunicación adicional a través de la plataforma informática de la Central de Contratación de la FEMP.
Además, conforme a lo establecido en el artículo 154.4 de la LCSP, la adjudicación de los contratos basados se publicará trimestralmente por el órgano de contratación de la Entidad Local en su Perfil del contratante dentro de los 30 días naturales siguientes al fin de cada trimestre.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO CON LA EMPRESA ADJUDICATARIA
Según lo establecido en el artículo 36.3 de la LCSP, los contratos basados en un acuerdo marco se perfeccionan con su adjudicación. Por tanto, no es preceptiva la forma- lización de cada contrato basado.
SOLICITUD DE CUMPLIMENTACIÓN O ACLARACIÓN A LA OFERTA PRESENTADA
Los pliegos que rigen esta licitación y el Acuerdo Marco permiten a la Entidad Local solicitar a la adjudicataria que le aclare o cumplimente cualquier punto de su oferta. En este caso, se solicitará dicha de aclaración a la adjudicataria a través de la plataforma informática.
Resumen de adjudicatarios por lote y comisiones ofertadas
LOTE | OBJETO | ADJUDICATARIA | COMISION OFERTADA (*) |
1 | Seguro de responsabilidad civil patrimonial, de responsabilidad civil de sus altos cargos y personal electo al servicio de Entidades Locales y entes dependientes, de responsabilidad civil de profesionales al servicio de Entidades Locales y entes dependientes, Ciberseguridad y otros riesgos vinculados a la responsabilidad civil en actividades profesionales | XXXXXX IBERIA CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., | 11% |
2 | Seguro de daños materiales para Entidades Locales y Entes dependientes y otros riesgos vinculados a daños materiales | XXXXXX IBERIA CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., | 9% |
3 | Seguro colectivo de accidentes y vida para Entidades Locales y Entes dependientes y otros riesgos vinculados a daños sobre las personas | UTE XXXXX S.A. MEDIADORES DE SEGUROS Y DEASTERRA PARTNERS, S.L y | 11% |
4 | Seguro xx xxxxx de vehículos para Entidades Locales y Entes dependientes, y otros riesgos vinculados a medios de transporte | AON IBERIA CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SAU. | 7% |
(*): La Comisión Ofertada por cada adjudicataria es la misma para los diferentes rangos de población estable- cidos en la oferta evaluable mediante fórmulas, de ahí que no sea necesario distinguirse en el cuadro.
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Contratos Basados adjudicados en este Acuerdo en las tres primeras semanas efectivas de la puesta en marcha del servicio
Entidad Local | Municipio-Provincia-CCAA | LOTES |
Ayuntamiento | Azuqueca de Henares (Guadalajara-Castilla La Mancha) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Azuqueca de Henares (Guadalajara-Castilla La Mancha ) | Mediación L2 |
Ayuntamiento | Azuqueca de Henares (Guadalajara-Castilla La Mancha) | Mediación L3 |
Ayuntamiento | Azuqueca de Henares (Guadalajara-Castilla La Mancha) | Mediación L4 |
Mancomunidad | Les Xxxxx (Valencia-Comunidad Valenciana) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Picanya (Valencia-Comunidad Valenciana) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Albuñol (Granada-Andalucía) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Albuñol (Granada-Andalucía) | Mediación L2 |
Ayuntamiento | Capdepera (Xxxxx Balears) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Capdepera (Xxxxx Balears) | Mediación L2 |
Ayuntamiento | Capdepera (Xxxxx Balears) | Mediación L4 |
Ayuntamiento | Mercadal (Xxxxx Balears) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Mercadal (Xxxxx Balears) | Mediación L2 |
Ayuntamiento | Mercadal (Xxxxx Balears) | Mediación L3 |
Ayuntamiento | Mercadal (Xxxxx Balears) | Mediación L4 |
Mancomunidad | La Baronia (Valencia-Comunidad Valenciana) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Xxxxxxxxxx de la Xxxxxx (Badajoz-Extremadura) | Mediación L1 |
Ayuntamiento | Xxxxxxxxxx de la Xxxxxx (Badajoz-Extremadura) | Mediación L2 |
Ayuntamiento | Xxxxxxxxxx de la Xxxxxx (Badajoz-Extremadura) | Mediación L4 |
Consorcio | Instituto Xxxxxx xx Xxxxx (Cádiz-Andalucía) | Mediación L3 |