Contract
PROCEDIMIENTO ABIERTO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DISEÑO, IMPARTICIÓN Y EVALUACIÓN DE LA FORMACIÓN TRONCAL Y ESPECÍFICA PARA EL PERFIL 1 EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL PARA LA CUALIFICACIÓN PARA EL EMPLEO, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PARA EL TERRITORIO XX XXXXX |
Ref: PCCCISA 01_19 |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
ÍNDICE
1) Objeto del contrato
2) Acciones a desarrollar con el PICE
3) Presupuesto de la licitación
4) Consignación presupuestaria
5) Régimen jurídico del contrato
6) Procedimiento de adjudicación
7) Desistimiento y gastos a abonar
8) Requisitos para licitar
9) Garantías exigibles
10) Presentación de ofertas
11) Forma de presentación de las proposiciones Sobre A, documentación general
Sobre B, oferta económica
Sobre C, documentos de la oferta técnica para valorar según fórmula matemática. Sobre D, documentos de la oferta técnica para valorar según un criterio de valor
12) Plazo de presentación de ofertas
13) Variantes
14) Apertura de sobres y propuesta de adjudicación
15) Criterios para considerar ofertas con valores anormales o desproporcionados
16) Criterios de adjudicación del contrato
17) Resolución de empate entre dos o más ofertas
18) Adjudicación
19) Celebración del contrato
20) Constitución de garantía definitiva y cancelación o devolución de garantías provisionales
21) Confidencialidad
22) Revisión de precios
23) Ejecución del contrato
24) Obligaciones del Contratista
25) Plazos y penalidades
26) Régimen de pagos
27) Modificación y resolución contractual
28) Prórroga del contrato
29) Cumplimiento y extinción
30) Liquidación
31) Prerrogativas del Órgano Contratante
32) Jurisdicción competente
33) Modo de presentación de documentos
1) Objeto del Contrato
El objeto del contrato es la ejecución de acciones de formación troncal y específica así como apoyo a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx en la labor de Captación y Orientación vocacional, dirigidas a jóvenes sin titulación de Educación Secundaria Obligatoria y sin experiencia profesional, es decir que no han realizado ningún tipo de trabajo y no cuentan con ninguna competencia profesional y/o habilidad técnica, que tengan más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en este último caso siempre que se den los requisitos establecidos para la inscripción en Garantía Juvenil (en adelante a este colectivo le denominaremos Perfil 1) dentro del marco del Plan de Capacitación del Programa Integral de Cualificación para el Empleo (PICE) de las Cámaras de Comercio, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, que forma parte del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Estas acciones de formación están vinculadas a la firma del convenio de colaboración entre la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx (En adelante la Xxxxxx xx Xxxxx) para el desarrollo del Plan de Capacitación del Programa Integral de Cualificación y empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo durante la anualidad 2019, y en su caso, 2020.
2) Acciones a desarrollar con el PICE.
1.- Diseño, impartición y evaluación de la Formación Troncal del programa PICE, ajustada al perfil 1 y al número de horas definidas en el itinerario formativo (65 horas), esta formación está basada en la adquisición de conocimientos en competencias digitales y habilidades personales y profesionales. Está diseñada para dar respuesta a las competencias que se han determinado básicas para jóvenes, ofreciendo una formación que aumente sus oportunidades de empleo y/o de volver al sistema educativo.
Esta acción se llevará a cabo en coordinación con la Xxxxxx xx Xxxxx quien proporcionará las guías, manuales y realizará las comprobaciones necesarias para determinar que toda la acción se está desarrollando siguiendo sus indicaciones y las previsiones establecidas en el programa.
2.- Diseño, impartición y evaluación de la Formación Específica del programa PICE, ajustada al perfil 1 y al número de horas definidas en el itinerario formativo (60 horas), esta formación está basada en la adquisición de competencias que amplíen su empleabilidad atendiendo a los nichos de empleo.
Esta acción se llevará a cabo en coordinación con la Xxxxxx xx Xxxxx quien proporcionará las guías, manuales y realizará las comprobaciones necesarias para determinar que toda la acción se está desarrollando siguiendo sus indicaciones y las previsiones establecidas en el programa.
3.- Apoyo en las labores de captación y Orientación vocacional; Junto con la Xxxxxx xx Xxxxx la empresa adjudicataria, realizará acciones encaminadas a la captación de jóvenes así como prestará su ayuda en la orientación de los mismos.
4.-Busqueda Compromiso de contratación por empresas a los alumnos.
El fin último del Programa PICE es la inserción laboral de los participantes en el mismo, por tanto la empresa adjudicataria deberá mantener una actitud proactiva en la búsqueda de oportunidades laborales.
3) Presupuesto de la licitación
El contrato se establece para dos grupos de 16 personas cada uno. El presupuesto máximo total es de 30.000 euros, a razón de 15.000€ máximo por grupo. Si bien la realización del segundo grupo se verá condicionada, a la realización exitosa del primero de los grupos de formación (15.000 euros) y a la decisión de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx para ello tendrá en cuenta las condiciones del convenio entre la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx para el desarrollo del Plan de Capacitación del Programa Integral de Cualificación para el empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo durante la anualidad 2019.
En caso de acordarse la prórroga en los términos establecidos en la cláusula 28 del presente pliego, el presupuesto máximo para el periodo desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 será de treinta mil euros (30.000,00€), a razón de quince mil euros (15.000,00€) máximo por cada grupo de 16 personas.
Y por tanto, el presupuesto global máximo del contrato en caso de prórroga será de sesenta mil euros (60.000,00€).
Se entiende que al tratarse de acciones de formación la prestación objeto del presente procedimiento está exenta del Impuesto de Valor Añadido (IVA).
4) Consignación Presupuestaria
Este contrato se financiará en base al convenio de colaboración y documento que establece las condiciones de la ayuda entre la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de España y la Xxxxxx xx Xxxxx para el desarrollo del Plan de capacitación del Programa Integral de Cualificación y Empleo, cofinanciado por El Fondo Social Europeo durante la anualidad 2019.
5) Régimen jurídico del contrato
Al tratarse de un contrato de dinero público, al margen de la concreta condición que tenga la Xxxxxx xx Xxxxx, se regulará por la normativa sobre contratos del Sector Público; en concreto por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
El contrato es público; y sometido tanto en los actos preparatorios como en su cumplimiento y desarrollo por el Derecho Administrativo. En concreto es de aplicación toda la normativa sectorial comunitaria, estatal y autonómica sobre programas de empleo juvenil y la normativa sobre las prácticas no laborales en las empresas.
Todo ello sin perjuicio de las específicas referencias que se puedan introducir en el contrato con el adjudicatario.
6) Procedimiento de adjudicación
El contrato se adjudicará a través del procedimiento abierto regulado en los artículos 156 a 158 de la LCSP y concordantes.
Cualquier interesado podrá presentar una proposición, con cumplimiento de los requisitos formales y no habrá negociación en el proceso selectivo.
El anuncio y los pliegos administrativos particulares y técnicos se publicarán en el perfil del contratante de la Xxxxxx xx Xxxxx.
El plazo de presentación de ofertas será de quince días naturales desde la publicación del anuncio en el perfil del contratante xx Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
La propuesta de adjudicación se tomará por una Comisión Técnica. Estará conformada por los siguientes tres (3) miembros o las personas en que ellos deleguen:
- Responsable de Formación de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
- Técnico de empleo de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
- Coordinadora de Servicios de Interés General y Soporte Legal de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
Para la válida composición de la Comisión Técnica deberán estar presentes al menos dos de sus miembros. La Comisión Técnica podrá contar con la asistencia de un abogado experto en derecho administrativo colaborador de la Xxxxxx xx Xxxxx.
La apertura de las proposiciones se efectuará dentro de los 10 días siguientes a la finalización del plazo para su presentación.
La adjudicación del contrato se efectuará dentro de los 20 días siguientes a la apertura de sobres.
El plazo máximo para adjudicar el contrato será de 30 días naturales desde la finalización del plazo para la recepción de la documentación.
7) Desistimiento y gastos a abonar
El órgano de contratación podrá decidir no adjudicar el contrato, en este caso, deberá acreditarse una razón de interés público; y con las consecuencias derivadas del art. 152 de la LCSP.
En cualquier momento anterior a la adjudicación el órgano de contratación podrá desistir del procedimiento de adjudicación de este contrato. El desistimiento debe cumplir con los requisitos del artículo 152 de la LCSP: una infracción no subsanable de las normas del procedimiento; lo que no impedirá una nueva licitación inmediata.
8) Requisitos para licitar
Para poder presentarse al procedimiento de adjudicación las personas físicas o jurídicas interesadas, deben reunir los siguientes requisitos:
Tener personalidad física o jurídica, plena capacidad de obrar, no estar incursa en ninguna circunstancia que le prohíba contratar de conformidad con el art. 71 de la LCSP.
Estar habilitado para la realización del objeto del contrato; en especial todo lo referido a permisos y autorizaciones para la ejecución del contrato, que deberá quedar acreditado en la documentación que se presente para licitar (en especial para las personas que van a desarrollar el trabajo encomendado en esta adjudicación).
Tener solvencia técnica en medios materiales, personales y organizativos que sean suficientes para cumplir adecuadamente con el contenido del contrato, y todas las prestaciones de que sea objeto su adjudicación.
Tener capacidad económica para poder ejecutar de manera solvente las prestaciones del contrato; el encontrarse en situación concursal, preconcursal, en situación de regulación de empleo o cualquier otra circunstancia que afecte al régimen económico de la empresa que produzca una merma considerable de situación financiera o social, inhabilitará para presentarse a este procedimiento.
9) Garantías exigibles
Para presentarse al procedimiento no será necesario prestar una garantía provisional.
10) Presentación de ofertas
La documentación para la licitación se presentará en sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la siguiente leyenda. “LICITACIÓN PARA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE DISEÑO, IMPARTICIÓN Y EVALUACIÓN DE LA FORMACIÓN TRONCAL Y ESPECÍFICA DEL PERFIL 1 DENTRO DEL PLAN DE CAPACITACIÓN – PICE 2019 (PCCCISA 01/19)”
Deberán además estar identificados con el nombre y dirección del licitador, incluyendo también una dirección de correo electrónico y con su firma o la de la persona que válidamente le represente. En el interior de cada sobre se incluirá una hoja independiente con el contenido, a modo de índice, que incluye cada uno de ellos.
Los sobres se presentarán en las dependencias de la Xxxxxx xx Xxxxx, cuya dirección figurará en el anuncio de la licitación y se dará a la persona que los presente un recibo de la documentación presentada, en el que constará el nombre del licitador, la leyenda de la licitación, la fecha y la hora de presentación. Para ello deberá acompañar copia de la instancia de presentación donde indique los documentos que aporta.
También se pueden remitir los sobres por cualquier servicio de mensajería; en este caso, la presentación en plazo y en las dependencias de la Xxxxxx xx Xxxxx, será de exclusiva responsabilidad del licitador.
De no recibirse la documentación en el plazo indicado, y con las formalidades previstas, será rechazada. Será subsanable la documentación acreditativa de la capacidad y
solvencia, pero no los defectos que inciden en su existencia; también serán rechazadas las ofertas que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto base de licitación, varíen sustancialmente el modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviables.
11) Forma de presentación de las proposiciones
Las proposiciones se presentarán en tres sobres correlativos, con la siguiente rotulación de cada uno:
SOBRE A.- DOCUMENTACIÓN GENERAL
Los documentos incluidos en este sobre podrán aportarse en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas o autenticadas conforme a la legislación vigente.
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de la persona licitadora
1.- La capacidad de obrar de las empresas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2.- Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredite las condiciones de aptitud profesional.
3.- Documentos acreditativos de la representación.
Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación, otorgado ante fedatario público.
Si la licitadora fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
4.- Documento que autoriza el tratamiento de sus datos por Xxxxxx xx Xxxxx; con las formalidades requeridas en la normativa estatal y comunitaria sobre protección de datos de carácter personal.
b) Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera
La solvencia económica y financiera se acreditará a través de alguno de los siguientes medios:
1.- Declaración del volumen anual de negocio referido a los últimos tres años concluidos; en los cuales se acredite que la suma de los tres supera dos veces el importe del precio del contrato fijado en el anuncio de licitación.
El volumen anual de negocio del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro Oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
2.- Justificante de la existencia y vigencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. Deberá aportarse la documentación original (o copia compulsada por la entidad aseguradora), que acredite la existencia de ese seguro, su vigencia y estar al corriente de los pagos así como una declaración responsable de mantener ese seguro en las mismas condiciones durante la duración del contrato.
3.- Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe dos veces superior al importe del precio del contrato fijado en el anuncio de licitación.
Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas correspondientes al último ejercicio cerrado y depositadas en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, si está vencido el plazo de presentación y se encuentran depositadas; si no lo estuvieran, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano de administración competente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil deberán presentar sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
4.- En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Por tanto con la presentación del documento original, o fotocopia compulsada, que acredita esa inscripción, de fecha posterior al anuncio de la licitación, se entenderá cumplido a todos los efectos con este requisito.
c) Documentos que acreditan la solvencia técnica o profesional
La acreditación de la solvencia técnica o profesional debe acreditarse por alguno de los siguientes medios:
1.- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos en relación con el objeto del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del
empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
2.- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa que se compromete a participar en el contrato.
3.- Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
4.- Declaración indicando material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
5.- Declaración de cumplimiento de requisitos mínimos obligatorios según se establece en el Pliego Técnico del presente procedimiento.
El empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. La acreditación de la solvencia mediante medios externos a que se refiere el artículo 75 de LCSP, exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de estos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición.
En caso de resultar adjudicatario, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y previa autorización de la Administración.
d) Declaraciones responsables.
Asimismo, las personas licitadoras deberán presentar los siguientes documentos:
1.- Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar incursa/o en las prohibiciones de contratar previstas en el artículo 71 de la LCSP. ANEJO II
2.- Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. ANEJO III
Estas declaraciones deben tener fecha posterior a la fecha de publicación del anuncio en el perfil del licitante de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
3.- Declaración responsable en los términos previstos en el párrafo 1º del artículo 70 de la LCSP, de no haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato a que se refiere esta licitación. ANEJO IV
4.- Las personas físicas, mediante declaración responsable, o las administradoras de las personas jurídicas, mediante la oportuna certificación expedida por su órgano de dirección o representación competente, deberán especificar en la citada declaración o certificación, que
no están incursas en causa alguna de incompatibilidad de las reguladas en la Ley del Parlamento Xxxxx 1/2014, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos. ANEJO V Y ANEJO VI
5.- Autorización suficiente para que el Órgano de Contratación pueda comprobar ante la Administración Pública competente el cumplimiento de los requisitos fiscales, tributarios y de Seguridad Social a favor de Xxxxxx xx Xxxxx. ANEJO VII
6.- Acreditación del cumplimiento de la normativa sobre contratación de personas con discapacidad, o del Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
7.- Acreditación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; en concreto, el empresario obligado a ello, deberá aportar el plan de Igualdad regulado en el art. 45 de la referida Ley; y de su correcta implantación.
8.- Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo: a los efectos de la aplicación de la regla prevista en el artículo 86.1 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en relación con el párrafo segundo del art. 139.3 de la LCSP, las personas licitadoras deberán presentar declaración, bien de que no pertenecen a ningún grupo de empresas o bien de que se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y pertenece a un grupo de empresas, con indicación de la relación de las empresas de dicho grupo y de las que se presentan a la licitación.
9.- Declaración de confidencialidad: las personas licitadoras podrán presentar una declaración, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales.
10.- Subcontratación: en caso de que se prevea la posibilidad de subcontratación, las personas licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de las personas subcontratistas a las que se vaya a encomendar su realización; y el mantenimiento de esos medios ajenos durante toda la vigencia del contrato
11.- Dirección de correo electrónico: la persona licitadora deberá aportar una dirección de correo electrónico en la que Xxxxxx xx Xxxxx le podrá efectuar comunicaciones. En esa dirección se comunicará el discurrir del trámite de este procedimiento de contratación.
Si no se aporta dentro del SOBRE A un documento específico de aportación de una dirección de correo electrónico, se entenderá que la dirección de correo electrónico al que hace mención este punto es el que figura en el exterior del sobre según se especifica en el punto 10 de los presentes pliegos.
SOBRE B.- OFERTA ECONÓMICA
En Sobre B se incorporará la oferta económica según el modelo que se acompaña como XXXXX X.
La oferta no puede presentarse manuscrita y en todo caso debe hacerse sin enmiendas, tachaduras y con la fecha y firma del empresario que licita.
SOBRE C.- DOCUMENTOS DE LA OFERTA TÉCNICA PARA VALORAR SEGÚN FÓRMULA MATEMÁTICA
En este sobre se incluirán los documentos que acrediten las medidas a que se refiere este epígrafe en el Pliego de Cláusulas Técnicas, es decir la oferta técnica conforme al apartado
5.1 “Puntuación de la oferta técnica según fórmula matemática” XXXXX XXXX.
Podrá acompañar, a efectos explicativos, los documentos que considere oportunos y podrá indicar cuáles tienen carácter confidencial.
SOBRE D.- DOCUMENTOS DE LA OFERTA TÉCNICA PARA VALORAR SEGÚN UN CRITERIO DE VALOR
En este sobre se incluirán los documentos que acrediten las medidas a que se refiere este epígrafe en el Pliego de Cláusulas Técnicas, es decir la oferta del apartado 5.2 “Puntuación de la oferta técnica según criterio de valor” ANEJO IX
Podrá acompañar, a efectos explicativos, los documentos que considere oportunos, y podrá indicar cuáles tienen carácter confidencial.
12) Plazo de presentación de ofertas
La documentación debidamente incorporada a los sobres correspondientes, deberá ser presentada dentro del plazo indicado en el anuncio publicado en la página web xx Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx, sección “Perfil del Contratante”. En cuanto a las formalidades de la presentación se estará a lo que dispone las cláusulas 10 y 11 de este pliego.
La presentación de la oferta supone la aceptación incondicional por el licitador de las cláusulas xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y de prescripciones administrativas particulares; y el resto de documentación incorporada a este procedimiento de licitación.
Una vez presentada una oferta, no podrá ser retirada; sin perjuicio que una vez terminada la licitación a los empresarios concurrentes y no adjudicatarios se les devolverá su documentación
13) Variantes
Al margen de las propuestas para valorar según un criterio de valor, no se admiten variantes.
14) Apertura de sobres y propuesta de adjudicación
Una vez presentados los sobres, el día señalado al efecto, en la sede del órgano de contratación, la Comisión Técnica examinará la documentación del Sobre A, para comprobar que reúne todos los requisitos para poder ser tenida como licitadora la persona que lo ha presentado.
Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables, lo pondrá de manifiesto en el acta, y la adjudicataria (si eventualmente procediese), deberá subsanar esos defectos, antes de la firma del contrato, en caso de no subsanarlos podrá perder la adjudicación.
Una vez examinados los requisitos de capacidad, se abrirán los sobres relativos a la oferta económica y a oferta técnica, (B, C y D).
La Comisión Técnica elaborará un informe de adjudicación que contendrá una relación ordenada de mayor a menor puntuación total de los licitadores (no excluidos); con su puntuación parcial para la oferta económica y la oferta técnica; con una motivación de las puntuaciones dadas.
Esta propuesta de adjudicación será remitida al órgano de contratación para la adjudicación.
Si el licitador de mayor puntuación, tuviese algún defecto subsanable en su oferta, tendrá que subsanarla antes de que se realice la adjudicación por el Presidente de la Xxxxxx xx Xxxxx; con la advertencia de la pérdida de la adjudicación en caso de no subsanar su oferta en ese tiempo.
15) Criterios para considerar ofertas con valores anormales o desproporcionados
Dado que la oferta económica debe ajustarse a unos límites máximos y mínimos concretos, no se puede producir una oferta con valores anormales o desproporcionados. Sin perjuicio de lo expuesto si el precio ofrecido es superior o inferior a los tramos indicados en el Anexo I de la licitación, la oferta será excluida.
16) Criterios de adjudicación de contrato
El total de puntos asciende a 100 y se reparten del siguiente modo:
- 10 Puntos se otorgarán en virtud de la oferta económica, que se otorgaran en base a la siguiente tabla:
FASES | Nº PERSONAS | COSTE/PERSONA | PUNTOS |
CAPTACIÓN Y ORIENTACIÓN VOCACIONAL (Junto a Xxxxxx xx Xxxxx) | 16 | Entre 120 Euros y 124 Euros | 2,50 Puntos |
Entre 125 Euros y 128 Euros | 1,50 Puntos | ||
Entre 129 Euros y 130 Euros | 0,50 Puntos |
FORMACIÓN TRONCAL | 16 | Entre 240 Euros y 244 Euros | 2,50 Puntos |
Entre 245 Euros y 248 Euros | 1,50 Puntos | ||
Entre 249 Euros y 250 Euros | 0,50 Puntos | ||
FORMACIÓN ESPECÍFICA | 16 | Entre 545 Euros y 549 Euros | 5,00 Puntos |
Entre 550 Euros y 553 Euros | 3,00 Puntos | ||
Entre 554 Euros y 555 Euros | 1,00 Puntos |
Cualquier oferta que se presente fuera de las horquillas arriba indicadas quedará excluida de la licitación.
- 90 Puntos a la Oferta Técnica, en la forma establecida en el Pliego Técnico.
17) Resolución de empate entre dos o más ofertas
En el caso de que se produzca empate entre dos o más ofertas en la puntuación total, se resolverá a favor de la que tenga una mejor valoración en los criterios no sometidos a valor.
18) Adjudicación
El Órgano de Contratación teniendo en cuenta los criterios de la cláusula 16 podrá adjudicar el contrato a la oferta más ventajosa, para ello deberá hacer pública la concreta valoración de cada propuesta en los diferentes criterios evaluables y adjudicará el contrato en los términos de la cláusula 14 de este pliego.
Para realizar la adjudicación se tomará en cuenta el informe de adjudicación elaborado por la Comisión Técnica; y se efectuará por el Presidente de la Xxxxxx xx Xxxxx.
La adjudicación se hará pública a partir del día siguiente a la adjudicación por el órgano de contratación, a través del Perfil del Contratante.
La adjudicataria deberá cumplir con los siguientes requisitos previos a la celebración del contrato:
a) Tributarios
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligada a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
- Certificación positiva, expedida por la Administración Tributaria del País Xxxxx y Xxxxx de no tener deudas tributarias con la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o con la Diputación Xxxxx xx Xxxxx. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Decreto 21/2012, de Administración Electrónica.
b) Obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación positiva, expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligada a presentarlas
c) Impuesto sobre Actividades Económicas
- Justificante de estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exenta de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Otra documentación
- En el caso de adscribir medios personales o materiales diferentes a los de su propia empresa: relación de esos medios y declaración responsable de su disponibilidad durante la duración del contrato.
- Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a su oferta en esta licitación.
Para el cumplimiento de estos requisitos el Órgano de Contratación requerirá a la adjudicataria a que la presente en tres días hábiles al siguiente a la comunicación, como requisito previo a la firma del contrato.
En caso de no presentar esa documentación, salvo circunstancias de fuerza mayor, debidamente acreditadas, en el plazo señalado, quedará excluida de la adjudicación, pudiendo entonces adjudicarse el contrato a la empresa con segunda mejor valoración, que deberá cumplir los mismos requisitos señalados en esta cláusula, sin perjuicio de poder también declarar desierta la licitación y con pérdida de la garantía definitiva.
19) Celebración del contrato
Una vez presentada la documentación y declarada conforme, se convocará a la adjudicataria para celebrar el contrato en la sede de la Xxxxxx xx Xxxxx en el plazo, mínimo, de cinco días hábiles desde la notificación.
El contrato deberá contener como mínimo las menciones que figuran en el art. 35 de la
LCSP.
Si el contratista lo quiere elevar a público, serán de su cuenta los gastos notariales o de otro tipo que de ello se derive.
Si no se celebra en el plazo indicado por causa imputable al contratista, el órgano de contratación podrá conceder un nuevo plazo o proceder a una nueva adjudicación.
20) Constitución de garantía definitiva y cancelación o devolución de las garantías provisionales
No se prevé tampoco garantía definitiva.
21) Confidencialidad
Una vez celebrado el contrato, el contratista se compromete a mantener en confidencialidad los términos del contrato. No podrá suministrar información sobre su contenido y cláusulas a terceros, sin autorización por escrito xx Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx; o en cumplimiento de la normativa estatal: Ley Orgánica 3/2018, de protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y comunitaria, (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
22) Revisión de precios
No se prevé la revisión de precios.
23) Ejecución del contrato
La ejecución del contrato se efectuará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere a la persona contratista el Órgano de Contratación.
La persona contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deriven para la Xxxxxx xx Xxxxx, o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
La persona contratista estará obligada a presentar un programa de trabajo, si es requerida al inicio de la prestación, y con el contenido que en el mismo se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, que será aprobado por el Órgano de Contratación. En el caso de que se produzca prórroga, se podrá solicitar para ese nuevo periodo otro programa de trabajo que abarque el periodo de la prórroga.
El pago de los servicios prestados objeto de este procedimiento PCCCISA 01_19, sólo será efectivo cuando se haya comprobado por parte de la Xxxxxx xx Xxxxx que la documentación que justifica la realización efectiva del contrato, se encuentra completamente cumplimentada siguiendo las indicaciones establecidas en el punto 4.5. xxx Xxxxxx de Cláusulas Técnicas por cada uno de los alumnos participantes y por cada una de las fases que componen los servicios prestados.
La persona contratista está obligada a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del
contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo, en los términos establecidos en la cláusula 20 de estas prescripciones.
La persona contratista remitirá al órgano de contratación, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellas personas subcontratistas o suministradoras que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellas que guarden una relación directa con el plazo de pago.
Asimismo, deberá aportar, a solicitud del órgano de contratación, justificante de cumplimiento de los pagos a aquéllas una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 216 de la LCSP y en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación.
24) Obligaciones del Contratista
Además de las obligaciones antedichas, el contratista está obligado a:
a) Obligaciones laborales, sociales y económicas
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente de la persona contratista, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empresa empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo existente entre aquélla o entre sus subcontratistas y las personas trabajadoras de una y otra, sin que pueda repercutir a la Xxxxxx xx Xxxxx ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
El contratista estará obligado a observar el cumplimiento toda la normativa sectorial aplicable.
El contratista estará obligado a suministrar x Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx previo requerimiento y en un plazo de quince días naturales, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada Ley.
En cualquier caso, el contratista, indemnizará a la Xxxxxx xx Xxxxx de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será a cargo del contratista:
i) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del servicio contratado.
ii) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia durante el plazo de garantía.
iii) La indemnización de los daños que se causen tanto x Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx como a terceras personas, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa xx Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
b) Seguros
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, en su caso, se indique en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares; en otro caso los necesarios para el ejercicio de la actividad, si tienen cobertura suficiente para el objeto de este contrato, que deberá acreditar el adjudicatario.
c) Comunicaciones
El contratista nombrará una persona responsable e interlocutora con la Xxxxxx xx Xxxxx, en la ejecución del contrato, con su teléfono y dirección de correo electrónico con la que se pueda comunicar de manera permanente. Las comunicaciones que se hagan por correo electrónico; se entenderán correctamente efectuadas, tanto en lo referente a la fecha y hora de envío, como el contenido que contengan.
También facilitará si fuese preciso, los nombres, apellidos, números de teléfono profesionales y correos electrónicos de otras personas responsables de la ejecución del contrato, con el cargo y responsabilidad que asumen en este contrato.
d) Bancaria
El contratista comunicará una cuenta corriente, (con el IBAN y SWIFT correspondientes), en una entidad que opere en España para que la Xxxxxx xx Xxxxx pueda realizar los pagos a esa cuenta por transferencia bancaria.
e) No subcontratación
El contratista se compromete a no subcontratar, más allá de lo que pudiera haber indicado en su oferta, para la ejecución de las prestaciones derivadas de este contrato.
25) Plazos y penalidades
El plazo de inicio del contrato será desde el momento de la firma del contrato hasta el 31 de Diciembre 2019
El contratista queda, por tanto, obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo indicado, de conformidad con las estipulaciones del contrato, y las cláusulas de las prescripciones administrativas particulares y técnicas.
Si el contratista incurre en xxxx o cumplimiento defectuoso, la Xxxxxx xx Xxxxx está facultada para optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 192 de la LCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Xxxxxx xx Xxxxx por daños y perjuicios originados por la demora de la persona contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables a la persona contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 195 de la LCSP.
26) Régimen de pagos
La forma de pago se determinará en el contrato a celebrar entre el adjudicatario y la Xxxxxx xx Xxxxx. En cualquier caso se tendrá en cuenta el régimen de pagos establecido para cumplir con los diferentes tramos, con la documentación requerida para su constancia, tal y como se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas en su apartado 4.3.
27) Modificación y resolución contractual
I.- El contrato podrá ser modificado en los siguientes supuestos (debidamente acreditados):
a) Cambio de perfil de usuarios derivados de la Ley 25/2015, de 28 de julio, que establece en su Disposición final duodécima y que modifica la Ley 18/2014 que cambien las condiciones de acceso de los jóvenes a la Garantía juvenil, siempre y cuando sean autorizados por la Cámara Xxxxx.
b) Cualesquiera otros cambios derivados de la adaptación de la prestación a los cambios normativos, (de cualquier instancia), aplicables. Dentro de este ámbito se entiende también incluso las instrucciones o directrices que se pudieran dictar por órganos administrativos competentes, o la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España.
En cualquiera de esos casos, el contrato deberá ser modificado para atender a esas nuevas circunstancias. La variación por ampliación dependerá de la provisión de fondos públicos para atender a las nuevas necesidades. Y se adaptará a los requerimientos exigidos para la disposición del dinero asignado.
La modificación requerirá la celebración de un nuevo contrato, sin perjuicio de que deba realizarse esa modificación contractual, a todos los efectos, manteniendo la continuidad del servicio, aunque quede pendiente la firma del contrato.
En caso de negativa a la aceptación de esas eventuales modificaciones contractuales por el adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato, con la indemnización de daños que ello provoque.
II.- El contrato se resolverá si concurre alguna de las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el art. 98 de la LCSP.
b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c) El mutuo acuerdo entre la Xxxxxx xx Xxxxx y el contratista.
d) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
e) La demora en el pago por parte de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx por plazo superior al establecido en el apartado 6 del artículo 198.6 de la LCSP o el inferior que se hubiese fijado al amparo de su apartado 8.
f) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en el contrato.
g) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés xx Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior.
h) La negativa a las modificaciones contractuales señaladas en la cláusula 27.I.
El contrato pormenorizará las causas de resolución y las consecuencias jurídicas; en especial las que se deriven del incumplimiento por el contratista x Xxxxxx Oficial de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx.
28) Prórroga del Contrato
El contrato podrá prorrogarse en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 en el caso de que la Xxxxxx xx Xxxxx suscribiera un nuevo acuerdo con la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para el desarrollo del Plan de Capacitación, del Programa Integral de Cualificación para el Empleo en la anualidad 2020. La facultad para acordar la prórroga corresponderá a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios xx Xxxxx, que deberá comunicarla al adjudicatario en el término de quince días previos a la finalización del contrato. Esta prórroga será obligatoria para el adjudicatario.
El contrato se mantendrá invariado, a salvo de las modificaciones fijadas en la cláusula 27 de este pliego.
29) Cumplimiento y extinción
Una vez cumplido el contrato, se entenderá extinguido por esa causa a todos los efectos; sin perjuicio del necesario plazo de garantía.
Para dar por cumplido el contrato el Órgano de Contratación, acordará el cumplimiento, que será notificado al contratista.
A partir de la recepción, comenzará a contar el plazo de garantía.
30) Liquidación
En el caso de que hubiere, a la finalización del contrato, alguna cantidad pendiente o alguna reclamación que deba soportar la Xxxxxx xx Xxxxx, ésta será liquidada directamente con el contratista.
31) Prerrogativas del Órgano Contratante
El Órgano de Contratación goza de las prerrogativas fijadas en el art. 190 de la LCSP.
32) Jurisdicción competente
La jurisdicción competente para resolver todas las cuestiones litigiosas que se deriven por la interpretación o ejecución del presente contrato se resolverán por los jueces y tribunales de Vitoria Gasteiz o la que correspondiera, si las partes tuviesen su sede en Vitoria – Gasteiz y la prestación se ejercitará en Vitoria- Gasteiz, para el caso en que el órgano judicial que deba conocer del asunto, no radicase en Vitoria - Gasteiz; todo ello con expresa renuncia del fuero que al contratista le pudiera corresponder.
33) Modo de presentación de documentos
La documentación que se debe aportar es de exclusiva responsabilidad de cada licitador. Y deberá adaptarse a la solicitud correspondiente. Se adjuntan una serie de modelos, para diversa documentación, referenciada; no son de obligado cumplimiento. Pero en caso de que no se sigan esos modelos, la responsabilidad por la falta de acreditación correspondiente, será exclusiva del licitador. En caso de que se siga el modelo correspondiente, se entenderá, si está debidamente cumplimentado, la validez de la documentación así presentada.