Contrato Nº /14
Contrato Nº /14
Entre la Municipalidad de Itá, domiciliada en Pbro. Xxxxxx Xxxxxxx e/ San Xxxx y Xxx. Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxx, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, representada para este acto por su Intendente Municipal, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxx con Cédula de Identidad N° 0.000.000 denominada en adelante el CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma -----------
de la Ciudad de República del Paraguay, representada para este acto por la , con
Cédula de Identidad N° ----------------------------------------, denominada en adelante el PROVEEDOR, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONTRATO DE LA Construccion Enrripiado sobre las diversas calles de las compañias de la ciudad de ita II -el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
1. OBJETO.
Construccion Enrripiado sobre las diversas calles de las compañias de la ciudad de Ita
2. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
(a) Contrato
(b) El Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas o modificaciones; (c) Las Instrucciones al Oferente (IAO) y las Condiciones Generales del Contrato (CGC) publicadas en el portal de Contrataciones Públicas.
(d) La oferta del Proveedor;
(e) La resolución de adjudicación del Contrato emitida por la Contratante y su respectiva notificación;
Los documentos que forman parte del Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o diferencia entre los documentos que forman parte integral del Contrato, la prioridad de los mismos será en el orden enunciado anteriormente.
3. IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle:
Año | T.P. | Programa | Sub Programa | Proyecto | Objeto de Gasto | F.F. | O.F. | Departamento | Monto |
2014 | 2 | 0 | 0 | 0 | 520 | 30 | 11 | 11 |
Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el Código Nº
279516
La validez de la misma está sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente al 2014
4. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa N° 26/14, convocado por la Municipalidad de Ita. La adjudicación fue realizada por Resolución N° /14
5. OBRAS O TRABAJOS NO PREVISTOS:
La presente Cláusula se refiere a obras o trabajos cuya ejecución ha sido decidida por el Contratante y ordenada al Contratista mediante Orden de Ejecución y para los cuales no hay precios aplicables especificados en el Contrato. El Contratante podrá ordenar estos trabajos y el Contratista tendrá la obligación de ejecutarlos siempre y cuando ellos no sobrepasen el veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, previa adenda al mismo con autorización por Resolución de la Intendencia Municipal.-
6. PENALIDADES POR RETRASO EN LA OBRA:
En caso xx xxxx en el cumplimiento de las obligaciones previas a la recepción definitiva, la multa a aplicar será del dos por mil (2,0 o/oo) del monto total del contrato por cada día de atraso sin justificación valedera a juicio de la Municipalidad, a partir de la fecha establecida. Este monto será el que resulte de las previsiones del Contrato inicial y las posibles modificaciones o enmiendas o cláusulas adicionales incorporadas; tal monto se determinará a partir de los precios de base definidos en la cláusula primera.
7. PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS
Ítem | Código de Catálogo | Descripción | Cantidad | Unidad | Precio Unitario | Sub-total |
1 | 72131701-014 | Construcción Enripiado sobre las diversas calles de las compañías de la ciudad de Ita II | 1 | GL | ||
REPLANTEO DE OBRA | 1 | GL | ||||
PREPARACION DE TERRENO PARA ENRIPIADO | 10.500 | M2 | ||||
PAVIMENTO TIPO ENRIPIADO | 10.500 | M2 | ||||
Trabajo de limpieza final | 1 | GL | ||||
Son guaraníes:
7.1 En consideración a los pagos que la Contratante hará al Proveedor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor se compromete a proveer los Bienes y Servicios al Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
7.2 La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
7.3. RECEPCIÓN DE LA OBRA:
El plazo de ejecución de la obra es de 40 (cuarenta) días después del Orden de Inicio por parte del Fiscal de Obras. La recepción provisoria:10 (diez) días posteriores a la terminación de la obra, se computara a partir de la fecha de comunicación de la finalización de la obra, dentro del plazo de ejecución establecido, previa aprobación del fiscal de obras.-
La recepción definitiva: 10 (diez) días posteriores a la recepción provisoria, previa aprobación del fiscal de obras.
7.4 FORMA DE PAGO
Los pagos se realizaran Contra Certificación del Avance de la Obra por parte de Oferente y posterior aprobación del Fiscal de Obras
8. CONDICIONES DE PAGO
La forma de pago es contra certificado de avances de obra. El pago se llevara a cabo dentro de los 5(cinco) calendarios previa aprobación de certificado. El pago delos servicios contratados se realizara previa presentación de la factura correspondiente y en base a las disponibilidades de las transferencias de recursos realizadas por el Ministerio de Hacienda en concepto de ROYALTIES. Ninguna de las Condiciones ni especificaciones de esta Convocatoria son Negociables. Léase en otros términos, "ESTAS ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES NO SON NEGOCIABLES".
9. VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de vigencia de este Contrato será de 60(SESENTA) DIAS a partir del inicio del trabajo (hasta la recepción final de las obras), el plazo para la terminación de los trabajos es según el cronograma de establecido por la convocante a partir del inicio del trabajo.-
10. PORCENTAJE, NÚMERO Y FECHAS DE ENTREGA DE ANTICIPOS Y AMORTIZACIONES (ART. 37 F, LEY Nº 2051).
No aplica.
Así mismo la contratante deducirá de cada pago al Contratista un 5% en concepto de Fondo de Reparos, suma que no devengara interés y que será devuelta dentro de los plazos establecidos de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
11. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El Contratista deberá garantizar el fiel cumplimiento de contrato por un monto en Guaraníes equivalente al 5% del valor del contrato durante un periodo de 60 (SESENTA) DIAS calendario. A tal efecto, deberá presentar al Contratante, dentro de los diez (10) días calendario siguiente a partir de la fecha de suscripción del Contrato.
La garantía de cumplimiento de contrato se hará efectiva si la Contratante determinare la rescisión del contrato por causa imputable al Contratista, conforme a la ley y al contrato. La notificación de la resolución de rescisión servirá de suficiente intimación de pago del monto de la garantía de cumplimiento de contrato, que deberá ser efectiva dentro del plazo de 10 días calendario.
12. CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
Este contrato terminará:
1) Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
2) Por mutuo acuerdo de las partes;
3) Por sentencia ejecutoriada de autoridad jurisdiccional que declare nulidad, resolución o rescisión del contrato;
4) Por decisión unilateral de la Municipalidad de Ita en caso de incumplimiento del Contratista;
5) Por muerte del Contratista, en caso de ser persona física;
6) Por disolución de la persona jurídica del Contratista, siempre que ésta última no se origine por decisión interna voluntaria de sus órganos competentes. Los representantes legales y los integrantes de los órganos de dirección de las personas jurídicas cuya disolución se tramita, están obligados, bajo su responsabilidad personal y solidaria, a informar a la autoridad a la que compete aprobar la disolución, sobre la existencia de contratos que aquellas tengan pendientes con la Municipalidad de Ita y a comunicarle a esta sobre la situación y causales de la disolución.-
Terminación por mutuo acuerdo:
1) Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuera posible o conveniente para los intereses públicos ejecutar total
o parcialmente este contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.-
13. DE LA MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DEL CONTRATO (Art. 37 i, Ley Nº 2051/03.
En el caso de que el contratista no ejecutare los trabajos en los plazos fijados en el contrato, pagará a la Municipalidad, en concepto de multa, por cada día de atraso, la suma equivalente al 0,25 por ciento del valor total del contrato. La aplicación de esta multa es independiente a la ejecución de la Garantía del Fiel Cumplimiento y de Anticipo y del derecho de la Municipalidad a eventuales reclamaciones por daños y perjuicios como consecuencia del atraso. El monto total de las multas no sobrepasará el cinco por ciento (5%) del monto del contrato.
14. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la Ley N° 2051 y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato.--
“Para el caso que las Partes no resuelvan las controversias mediante negociación directa o avenimiento, éstas se obligan a someter sus diferencias a arbitraje conforme a las disposiciones de la Ley N° 1879/02 de Arbitraje y Mediación y de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, siempre que la materia sea arbitrable. A tales efectos, las Partes someterán el arbitraje ante un tribunal arbitral conformado por tres árbitros designados de la lista del Cuerpo Arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo vinculante para las Partes. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regule dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las Partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato“.- -
Para la ejecución xxx xxxxx arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la Ciudad de Ita, República del Paraguay.--------
15. ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN POR PARTE DE LA D.N.C.P.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre las partes, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir las partes las responsabilidades y obligaciones derivadas de la parte ejecutada del contrato
14. Son domicilios de las partes a todos los efectos legales emergentes de este
contrato, los mencionados al comienzo del mismo.---------------------------------------------------
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente contrato en 3 (TRES) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la fecha De de 2014 y lugar precedentemente mencionado.
Contratista | Abg. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxx Intendente Municipal de Ita LA MUNICIPALIDAD |
M
unicipalidad de Itá
6
Ciudad del Cántaro y la Miel
INTENDENCIA MUNICIPAL
Secretario General