Contract
ANEJO REGULADOR DE LAS CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE RIGEN QUE RIGEN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BAR - AMBIGU, CONSERJERÍA Y LIMPIEZA DEL CENTRO DE PERSONAS JUBILADAS XX XXXXXXX
1. OBJETO XXX XXXXXX.
Es objeto del presente anejo, definir las prescripciones técnicas que habrán de regir en el contrato para la prestación del servicio de bar - ambigú, conserjería y limpieza del Centro de Personas Jubiladas xx Xxxxxxx.
2. JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS DE LOS TRABAJOS.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx tiene entre sus objetivos el proporcionar a las personas jubiladas xx Xxxxxxx un espacio adecuado para la realización de sus actividades ocupacionales y de ocio para lo que se ha dotado con el Centro de Personas jubiladas xx Xxxxxxx que es necesario gestionar de una manera correcta y con un funcionamiento adecuado.
Por otra parte es voluntad de este Ayuntamiento que sin obviar que la atención a las personas jubiladas debe de ser un fin primordial, en aras del fomento de la convivencia intergeneracional debe procurase que el resto de la población acceda libremente a las dependencias del bar- ambigú objeto de este contrato, sin perjuicio de que en existan otras dependencias de uso exclusivo de las personas jubiladas pertenecientes a la Asociación San Xxxxxx.
Así, y en aras a los objetivos anteriormente descritos, la cesión de estas instalaciones no se ceñirá exclusivamente a la explotación económica de las instalaciones cedidas, y a su mantenimiento, y limpieza sino que también quien gane la adjudicacion deberá plantear un plan que contendrá la memoria explicativa de los medios personales, materiales y programación de la actividad que se propone desarrollar.
Así mismo quien oferte deberá presentar un plan con la finalidad de que el bar ofrezca sus servicios no solo preferentemente a personas jubiladas y jubiladas, sino abierto a la ciudadanía xx Xxxxxxx en los términos que se detallen en el mismo.
3. SITUACIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Las instalaciones susceptibles de utilización por el adjudicatario o adjudicataria para el desarrollo y explotación del servicio objeto del contrato son:
1. BAR sito en la planta baja del edifico, que cuenta con cocina y está debidamente equipado con la maquinaria de hostelería y restauración.
Así mismo en planta baja se ubica una sala multiusos que, en su caso, se puede destinar a comedor tanto de usuarios/as del centro como del público en general.
El ayuntamiento ha realizado obras que delimitan un espacio exclusivo en dicha Sala reservado a las personas jubiladas, en el horario que se establezca, que lo diferencie del resto del espacio de la Sala destinado al público en general
El Ayuntamiento, previa petición, podrá autorizar, por el período que se establezca en la Resolución de autorización, la instalación xx xxxxxxxx tanto a las dos plazas a las que da acceso, debiendo aprobar el mobiliario a instalar en la misma acorde con la categoría de la dotación. Estas terrazas, en el aso de instalarse, serán de uso libre para el público en general
2. Edificio del Centro de Personas jubiladas de Villava-Atarrabia, dotado de ascensor, cuenta con dos plantas y el adjudicatario/a que explota el bar debe ocuparse de las labores de conserjería y limpieza de la totalidad de las dependencias del mismo en los términos que se indican en el presente pliego.
4. PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Con carácter general, la prestación del servicio conllevará las siguientes actuaciones:
1. Correcto mantenimiento y funcionamiento de todas las instalaciones descritas en la cláusula tercera de este pliego. El Ayuntamiento entregará al adjudicatario las dependencias del bar y cocina totalmente equipadas, incluso pondrá la vajilla. No obstante lo anterior el adjudicatario/a podrá incorporar al servicio aquellos otros elementos que considere necesarios para la explotación del negocio.
2. La prestación del servicio conllevará las siguientes actuaciones por el adjudicatario/a, que deberá especificar en su oferta y que se señalan en el presente pliego:
− Correcto mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones descritas en la cláusula 3 de este pliego.
El adjudicatario/a conservará la totalidad de los elementos y útiles del centro que se arriendan y cuyo inventario se unirá al contrato que se suscriba con quien resulte ser adjudicatario/a con la diligencia de buen comerciante.
− El servicio de limpieza e higiene, correrá de su cuenta y será su obligación la limpieza de todas las dependencias.
5. FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES:
HORARIOS Y CALENDARIOS DE APERTURA.
− La apertura y cierre de las dependencias del centro se sujetará al horario que señale el Ayuntamiento, previa consulta a la Asociación de Personas jubiladas/as San Xxxxxx, así como quien resulte ser adjudicatario/a pudiendo ser modificado en cualquier momento, obligándose el adjudicatario/a a prestar la actividad todos los días del año que se establezcan en dicho calendario en el horario que así se determine.
− El Ayuntamiento se reserva la potestad de designar un mes al año, (preferentemente el mes xx xxxxxx, pudiendo acordar cualquier otro) en el que permanecerá el local cerrado, para realizar las reformas y reparaciones que este precise. Así mismo, un día a la semana, a determinar, las instalaciones podrán permanecer cerradas al público. En ningún caso, salvo autorización expresa municipal en los meses de julio y agosto, ese día de cierre será un xxxxxx xxxxxxx o festivo.
FUNCIONAMIENTO ESPECÍFICO DEL BAR.
− Dado que la atención primordial del Centro es la atención a las personas jubiladas, atenderá especialmente a las mismas, aun cuando la entrada a las dependencias sea libre para todo el público en general que así mismo deberá ser tendido con corrección.
− Las personas jubiladas ocuparán preferentemente en el horario así establecido el espacio exclusivo reservado para las mismas, y en igualdad de condiciones que el resto del público el resto de espacios del bar sito en planta baja.
− Quedan a la libre disposición del adjudicatario/a todas las dependencias e instalaciones del bar situadas en la planta baja, destinadas al público en general para atender sus propias reservas y encargos, con excepción del espacio reservado a las personas jubiladas
− Así mismo y en el caso de que el adjudicatario/a pretendiera dar servicio de cenas al público en general, se podrá autorizar por el Ayuntamiento que queden a libre disposición de adjudicatario/a, previa solicitud del Adjudicatario/a, la totalidad de los espacios de Planta baja destinados a Bar, incluso el espacio reservado a las personas jubiladas las noches xx xxxxxxx, sábados y vísperas de festivo a partir de las 21:00 horas y hasta las 1:30 horas del día siguiente.
− En el caso previsto en el apartado anterior, las personas jubiladas podrán utilizar el salón ubicado en la planta primera, para su ocio y disfrute.
− Durante los días de fiestas de la localidad, previa solicitud del adjudicatario/a, y oída la Junta de la Asociación San Xxxxxx, se podrán autorizar por el ayuntamiento acordar horarios y usos de espacios especiales.
LLAVES
− El Presidente, Secretario y Tesorero de la Asociación de Personas Jubiladas San Xxxxxx dispondrán de la llave de la puerta trasera del edificio, con el fin de que puedan acceder al mismo a fin de despachar los asuntos propios de gestión ordinaria de la asociación.
− Esta llave se pone a su disposición de modo personal e intransferible y no podrá ser cedida a ninguna otra persona, miembro o no de la Asociación San Xxxxxx, siendo los responsables del buen uso de la misma.
− Así mismo serán puestas a disposición de la Junta las llaves del resto de dependencias del Centro de Personas jubiladas/as, sin perjuicio de las que el Ayuntamiento determine que deben estar única y exclusivamente en poder del adjudicatario del contrato.
6. CONDICIONES ECONÓMICAS: TARIFAS E INVENTARIO.
1. Tarifas.
El adjudicatario/a deberá aplicar a las personas jubiladas las tarifas vigentes aprobadas por el órgano competente del Ayuntamiento y se establecerán y se modificarán de conformidad al siguiente procedimiento:
− La Corporación Municipal, consultada la Junta de la Asociación de Personas jubiladas fijará el precio de las consumiciones y los precios establecidos se fijarán en lugar visible.
− Cualquier variación en los precios a aplicar a las personas Jubiladas necesitará la pertinente autorización de la Corporación Municipal.
− En compensación a la limitación de precios, el Ayuntamiento abonará, en concepto de subvención mensual, al adjudicatario la cantidad de 1.750 euros.
No obstante lo anterior, el adjudicatario/a tendrá libertad para establecer los precios a aplicar al público en general, si bien deberán ponerse en conocimiento del ayuntamiento y estar expuestos al público en lugar visible.
Los artículos destinados al consumo deberán ser de primera calidad.
2. Inventario.
El adjudicatario/a está obligado/a a mantener un libro inventario actualizado de los bienes muebles existentes en la instalación y de los que en un futuro pueda dotar el propio Ayuntamiento, donde se expresarán las características de los mismos, marca, modelo, así como su valoración económica y estado actual.
7. GASTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA.
Serán gastos a satisfacer por el/la contratista, entre otros, los siguientes:
- Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones, licencias, permisos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución mediante la explotación del servicio.
- Los cambios a que hubiera lugar para la realización del contrato, como, vgr., financieros, seguros, transportes, desplazamientos y honorarios.
- El 10% de los gastos de agua, gas, electricidad, que serán compensados mensualmente a cuenta de la aportación económica del Ayuntamiento.
- Los suministros que conlleva el mantenimiento mínimo de las instalaciones. y el arreglo de pequeños desperfectos en puertas, ventanas, muebles, y mantenimiento general de las instalaciones cedidas etc.
− -El material de limpieza, escobas, mopas, fregasuelos, productos de limpieza, así como el material de oficina y de publicidad de las actividades.
- El pintado interior de las dependencias cedidas que el Ayuntamiento podrá exigir que se realice anualmente.
- La reposición del menaje, lencería y mobiliario deteriorado.
− Los costes de la desinsectación y desratización que como mínimo de manera anual debe realizarse en la totalidad de las dependencias cedidas.
8. RÉGIMEN DE RELACIÓN DEL ADJUDICATARIO/A CON EL AYUNTAMIENTO Y LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS JUBILADAS SAN XXXXXX PARA EL BUEN ORDEN Y FUNCIONAMIENTO DE CENTRO
La entrada a las dependencias del bar será libre, dedicándose el resto a uso exclusivo del centro de personas jubiladas, con las salvedades establecidas en la cláusula quinta en cuanto al uso de las dependencias del bar y salón de la planta baja.
No obstante, el adjudicatario/a tiene libertad para evitar que el fin específico que es la atención a las persona jubiladas se vea perturbado por otros colectivos, pudiendo prohibir la entrada a aquellas personas que dificulten la estancia a las personas jubiladas.
En ningún caso se considerara perturbación de la atención las mismas, las reservas derivadas del régimen de libre disposición a favor del adjudicatario/a de las dependencias del bar en planta baja que se establece en los días y horas que se indican en la cláusula quinta del presente pliego
Para el uso de la atribución concedida en la base precedente y así como para todas las que puedan afectar al buen orden y funcionamiento del centro y relaciones entre los socios y adjudicatario en materias de horarios de apertura y cierre, utilización y empleo de dependencias, tarifas de precios, obras menores y similares, será siempre consultada la Asociación de Personas jubiladas San Xxxxxx con carácter previo a la decisión que se adopte por el órgano municipal correspondiente.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx, a través de su órgano competente, se reserva en todo momento la facultad de regular mediante el correspondiente reglamento de funcionamiento interno los horarios de uso y los deberes y obligaciones de socios/as y usuarios/as en relación a la utilización de las dependencias del Centro de Personas jubiladas/as, objeto de este contrato.
9. FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en el caso de que lo estime necesario, se reserva la utilización de las dependencias existentes en la sala multiusos de la primera planta del Centro de Personas jubiladas/as, para los fines que estime oportunos, lo que comunicará previamente al adjudicatario y a la Asociación de Personas jubiladas/as San Xxxxxx.
Así mismo el Ayuntamiento xx Xxxxxxx se reserva un máximo de treinta días al año para la utilización de todas las dependencias del Centro de Personas jubiladas/as para los fines que estime oportunos.
10. EQUIPO DE TRABAJO.
1. El adjudicatario/a aportará todo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente pliego y en el de cláusulas particulares.
Cualquier relación jurídica de naturaleza laboral, civil, tributaria o de otro tipo de entidad adjudicatario del servicio, en función de gestionar la instalación, será a su cuenta y riesgo, sin que pueda implicar en ningún caso relación directa o subsidiaria con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
A tal efecto, previamente al inicio de la ejecución del contrato, el adjudicatario estará obligado a especificar las personas concretas que ejecutarán las prestaciones y acreditar su afiliación y situación de alta en la Seguridad Social.
2. Será de cargo del adjudicatario/a la contratación de todo el personal necesario para asegurar la adecuada prestación del servicio. Por ello, todo el coste de personal, impuestos, cuotas fiscales, y gastos de cualquier tipo serán de cuenta del adjudicatario, incluidos vestuario y equipamiento del mismo, maquinaria específica para el mantenimiento, pequeño material de mantenimiento, de limpieza, de productos de oficina y demás material necesario para el objeto de la contratación.
En la propuesta deberá incluirse una relación de todos los puestos de trabajo asignados para la prestación de los servicios derivados de este contrato, indicando las funciones asignadas, su categoría profesional, jornada de trabajo, horarios de trabajo y resto de características del puesto de trabajo. Además deberá indicarse un representante de la empresa ante el ayuntamiento que asumirá la figura de director de las instalaciones.
El presente contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, quien obtenga la adjudicación deberá dar cumplimento con respecto a su personal ,a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista. Por ello, la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social
Asimismo, de conformidad a la previsión de artículo 67.8 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, se establece la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aun en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.
En todo caso, el personal no adquirirá relación laboral alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, ya que dependerá única y exclusivamente del adjudicatario/a, que tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono respecto del citado personal con arreglo a la legislación laboral sin que en ningún caso resulte para el Ayuntamiento responsabilidad alguna de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario/a y sus empleados/as, aún cuando la finalización de las relaciones laborales provengan como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.
3. El adjudicatario/a designará una persona responsable para la buena marcha del trabajo y del comportamiento personal, que deberá tener presencia permanente en las instalaciones, haciendo de enlace con los correspondientes servicios municipales.
11. REVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES AL AYUNTAMIENTO.
1. Una vez extinguido el presente contrato por cualquiera de las causas previstas con carácter general en la legislación pertinente, así como por las particulares establecidas en el pliego de cláusulas particulares, todas las instalaciones cedidas, con el conjunto de mejoras estructurales o decorativas, revertirán al Ayuntamiento siempre en condiciones de utilización apta que deberán permitir la continuidad de la prestación del servicio.
2. Los servicios técnicos competentes del Ayuntamiento, procederán a inspeccionar asiduamente el conjunto de las instalaciones y ordenarán, si fuere necesario, las actuaciones pertinentes x xxxxx del adjudicatario/a, al objeto de que los bienes reviertan al Ayuntamiento en las condiciones adecuadas, estableciéndose para ello un periodo máximo de 3 meses.
3. La reversión de la instalación, deberá realizarse libre de cualquier carga o gravamen.
4. El desalojo de la instalación deberá producirse en el plazo improrrogable de un mes posterior a la finalización del periodo contratado.
12. OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL ADJUDICATARIO/A REFERIDAS A LA EXPLOTACIÓN DE LAS INSTALACIONES CEDIDAS.
1. Será de cargo del adjudicatario/a el coste de la póliza de seguros multirriesgo que cubra el valor real xxx xxxxxxx de las instalaciones cedidas y que será contratada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
En caso de siniestro, el adjudicatario estará obligado a reconstruir y restituir los bienes dañados.
Deberá, además, formalizar una póliza de responsabilidad civil por los daños a terceros derivados del estado y ocupación de las dependencias del inmueble cedido y de la explotación, desarrollo y funcionamiento de las diversas actuaciones que se desarrollen en relación con la actividad, que garantice la cobertura de riesgos derivados por un mínimo de 301.012,10 euros. por afectado tal y como se señalaba en la cláusula vigésimo quinta xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares
2. Correrá a cargo del adjudicatario/ el pago del canon ofertado y en su caso el importe que resulte del porcentaje de los gastos de consumos y mantenimiento que tengan las instalaciones (electricidad, gas, agua) y los de mantenimiento, todo ello en los términos indicados en la cláusula séptima del presente pliego de condiciones técnicas.
Para realizar cualquier reforma de las mismas se deberá contar con el permiso del Ayuntamiento, en el cual se recogerá no sólo el permiso para la reforma sino su financiación y las repercusiones de la misma en la gestión de la instalación.
3. Queda expresamente prohibida la colocación por el adjudicatario de máquinas de las denominadas "Tipo B". Para la colocación de cualquier otra máquina recreativa deberá contar con el consentimiento del Ayuntamiento, quien podrá autorizar o denegar su colocación, e incluso podrá ordenar retirar la máquina aún cuando hubiere sido autorizada anteriormente si hubiera quejas o se causaran molestias al resto de los usuarios del servicio.
4. El adjudicatario/a conservará la totalidad de los elementos y útiles del centro que se arriendan y cuyo inventario se unirá a este condicionado, con la diligencia de buen comerciante.
5. Correrá de su cuenta y será su obligación la limpieza y conservación de todas y cada una de las dependencias del centro, y especialmente los baños. Todas las dependencias deberán estar en perfecto estado con anterioridad a la apertura diaria de las instalaciones. También será de su cuenta el mantenimiento y el riego de los elementos ornamentales vegetales y la apertura y cierre de las mismas, dentro del horario previsto por la Corporación municipal, con excepción de aquellas destinadas al servicio de peluquería.
6. Así mismo el adjudicatario/a deberá realizar con periodicidad mensual una limpieza a fondo de las dependencias de los baños, incluyendo sanitarios, azulejos y puertas y con periodicidad trimestral de lámparas y sillas
7. En el establecimiento, a disposición del público, deberá llevarse un libro de reclamaciones, numerado en sus hojas y con el sello del Ayuntamiento, quedando obligado el adjudicatario a informar al ayuntamiento de aquellas que se originen y de exhibirlo en todo momento a la Corporación.
8. El adjudicatario/a deberá realizar las reparaciones necesarias de los elementos del bar-cafetería, así como de la reposición de los que pudieran inutilizarse por cualquier causa, siempre que estas se refieran a reparaciones ordinarias debido al uso habitual de los elementos y vajilla. Si la reparación fuese de cierta entidad a juicio del Ayuntamiento, y el desperfecto no hubiere sido causado por dolo o mal uso, el Ayuntamiento se haría cargo del mismo.
9. Así mismo deberá velar para que la temperatura ambiente de todas las dependencias del centro no sea nunca inferior a 20º C.
10. El adjudicatario/a tendrá la obligación de permitir a los miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Personas jubiladas San Xxxxxx el acceso en su presencia a todas las dependencias del edificio a fin de comprobar la limpieza y buen estado de conservación de las instalaciones.
13. SEGUIMIENTO.
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia constituirá una Comisión de Seguimiento como órgano de control de las instalaciones con la participación de las personas y cargos que estime pertinentes y en el que participarán el adjudictario/a, representantes de la junta directiva de la Asociación de Personas Jubiladas/as San Xxxxxx
Las funciones principales de este órgano consistirán en velar por el buen uso de las instalaciones y su estado y por el cumplimiento de lo determinado en el presente pliego, en el de cláusulas particulares y en el contrato firmado por las partes.
Se reunirá ordinariamente con periodicidad al menos bimestral, sin perjuicio de que en caso necesario se puedan realiza sesiones extraordinarias.
2. El Ayuntamiento podrá pedir en cualquier momento la presentación en un plazo de quince días situación de las instalaciones en cuanto al mantenimiento, funcionamiento, gestión, plantilla y cuantos asuntos de interés considere necesario. Para ello, el ayuntamiento podrá recabar de la empresa o de cuanta información considere pertinente de los trabajadores. Todo ello sin perjuicio de las potestades inspectoras de este Ayuntamiento sobre la instalación en cualquier momento.
3. El adjudicatario/a proporcionara al Ayuntamiento xx Xxxxxxx dentro del primer trimestre del año la documentación que a continuación se detalla: Balance económico y cierre de la cuenta de resultados de la explotación de las instalaciones cedidas del año anterior vencido , propuesta de presupuesto para el año en vigor asi como informe sobre el estado de satisfacción y opinión de las personas usuarias de las instalaciones.
Villava, a 00 XX XXXX XX 0000.