ºPROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
ºPROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: LICITACION PUBLICA/OBRA PUBLICA |
Nº 2 |
Ejercicio: 2019 |
Clase: Etapa Única |
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Modalidad: sin modalidad |
Expediente N°: 827-0807/19 |
Rubro comercial: OBRA PUBLICA Nº 2/19 |
Objeto de la contratación: ESTUDIO DE RADIO MOVIL. SEGUNDO LLAMADO.
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Costo xxx xxxxxx: SIN COSTO desde la pagina web de la Univerisidad en el link: xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/000-xxxx-x%X0%XXxxxxx-xxxxxxxxxxxx/ |
Presupuesto oficial: DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 2.251.064,00) – Valores a Marzo de 2019. IVA INCLUIDO
VISITA A OBRA Y RETIRO DE PLANOS
Lugar / Dirección |
Plazo y horario |
Dirección de Obras Universitarias Xxxxx Xxxxx Xxxx 000. Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Tel: 000 0000-0000 |
VISITAS A OBRA Y SOLICITUD DE PLANOS: Convenir fecha y horario con la Dirección de Obras Universitarias en el correo electrónico xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía telefónica al (000) 0000-0000. De 11:00 a 15:30 hs |
PRESENTACION DE OFERTAS
Lugar / Dirección |
Plazo y horario |
Universidad Nacional de Quilmes Xxxxx Xxxxx Xxxx 000. Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxxx Tel. (011) 4365-7100 int. 5227
DIRECCIÓN DE SUMINISTROS
MESA DE ENTRADAS |
Hasta una hora antes de la fecha y hora fijada para el acto de apertura.
Lunes a viernes de 11:00 a 15:00 hs.
Lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hs. |
ACTO DE APERTURA
Lugar / Dirección |
Día y hora |
Universidad Nacional de Quilmes Dirección de Suministros Xxxxx Xxxxx Xxxx 000. Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxxx. DIRECCIÓN DE SUMINISTROS |
18 xx Xxxxx de 2019 a las 12 hs. |
PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
TÍTULO I
BASES DE LICITACIÓN
CAPITULO I........................................................................................................................................
DISPOSICIONE GENERALES............................................................................................................
ARTICULO 1°: Objeto y aplicación xxx Xxxxxx.................................................................................
ARTICULO 2°: Glosario…………..................................................…………………………………….
ARTICULO 3°: Alcances del presente Pliego. Régimen Legal. ….................................................
ARTICULO 4°: Circulares con consulta y sin consulta..................................................................
ARTÍCULO 5º: Enmiendas a la Documentación de la Licitación...................................................
CAPITULO II........................................................................................................................................
SISTEMAS DE CONTRATACION.......................................................................................................
ARTICULO 6°: Sistemas de contratación de obras públicas.........................................................
ARTICULO 7°: Contratación por unidad de medida.......................................................................
ARTICULO 8°: Contratación por ajuste alzado...............................................................................
ARTICULO 9°: Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado…………..….
ARTICULO 10°: Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado……………
ARTICULO 11: Contrataciones mixtas por ajuste alzado y unidad de medida. ………………..
ARTICULO 12: Contratación por coste y costas............................................................................
CAPITULO III ......................................................................................................................................
CLASES DE LICITACION...................................................................................................................
ARTICULO 13: Clases de licitación……………………………………...............................................
ARTICULO 14: Licitación de “etapa única”.....................................................................................
ARTICULO 15: Licitación de “etapa múltiple”. ...............................................................................
ARTICULO 16: Apertura de las propuestas en las licitaciones de etapa múltiple……………….
ARTICULO 17: Día inhábil en fecha de apertura.............................................................................
CAPITULO IV .....................................................................................................................................
PROPONENTES.................................................................................................................................
ARTICULO 18: Capacidad legal. ......................................................................................................
ARTICULO 19: Capacidad técnica y financiera...............................................................................
ARTICULO 20: Inhabilitados para la presentación.........................................................................
ARTICULO 21: Xxxxxxxxx. .................................................................................................................
ARTICULO 22: Ejecución de Obras por Empresas Asociadas. ....................................................
ARTICULO 23: Informes que suministra el licitante. .....................................................................
ARTICULO 24: Conformidad con la documentación licitatoria. ...................................................
ARTICULO 25: Informes que deben obtener los proponentes......................................................
ARTICULO 26: Garantía de mantenimiento de la propuesta. .......................................................
CAPITULO V.......................................................................................................................................
LAS PROPUESTAS ...........................................................................................................................
ARTICULO 27: Lugar de presentación de las propuestas.............................................................
ARTICULO 28: Forma de presentación de las propuestas. ..........................................................
ARTICULO 29: Documentos que integran la propuesta. ...............................................................
ARTICULO 30: Causal de desestimación de la propuesta.............................................................
CAPITULO VI .....................................................................................................................................
PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS.......................................................
ARTICULO 31: Evaluación de las propuestas.................................................................................
ARTICULO 32: Dictamen de evaluación..........................................................................................
ARTICULO 33: Retiro de la propuesta y devolución de la garantía de mantenimiento.............
CAPITULO VII.....................................................................................................................................
ADJUDICACION DE LA OBRA…………...........................................................................................
ARTICULO 34: Adjudicación............................................................................................................
ARTICULO 35: Rebalanceo ..............................................................................................................
CAPITULO VIII ...................................................................................................................................
FIRMA DEL CONTRATO....................................................................................................................
ARTICULO 36: Formalización del Contrato.....................................................................................
ARTICULO 37: Garantía de cumplimiento del contrato..................................................................
ARTICULO 38: Documentos integrantes del contrato. ..................................................................
ARTICULO 39: Transferencia del contrato......................................................................................
ARTICULO 40: Cambio de domicilio del contratista. ....................................................................
TITULO II.............................................................................................................................................
CONDICIONES DE EJECUCION CONTRACTUAL ..........................................................................
CAPITULO I.........................................................................................................................................
ORGANIZACIÓN DE LA OBRA ........................................................................................................
ARTICULO 41: Orden de iniciación.................................................................................................
ARTICULO 42: Observaciones al plan de trabajos.........................................................................
ARTICULO 43: Plan de trabajos definitivo......................................................................................
ARTICULO 44: Entrega del terreno para la ejecución de la obra…..............................................
ARTICULO 45: Replanteo de la obra................................................................................................
ARTICULO 46: Alineación y niveles...............................................................................................
ARTICULO 47: Errores de replanteo...............................................................................................
ARTICULO 48: Documentación en obra.........................................................................................
ARTICULO 49: Planos adicionales...................................................................................................
ARTICULO 50: Planos de obra. .......................................................................................................
ARTICULO 51: Xxxxxx xx xxxxxxx..................................................................................................
ARTICULO 52: Cierre de obra.........................................................................................................
ARTICULO 53: Vigilancia, seguridad e higiene. .............................................................................
ARTICULO 54: Alumbrado y luces de peligro. ...............................................................................
ARTICULO 55: Construcciones provisionales................................................................................
ARTICULO 56: Oficina para la Inspección. .....................................................................................
ARTICULO 57: Daños a personas y bienes. ...................................................................................
ARTICULO 58: Infracciones administrativas. ................................................................................
ARTICULO 59: Medianerías. .............................................................................................................
ARTICULO 60: Letreros. ...................................................................................................................
ARTICULO 61: Limpieza de la obra..................................................................................................
ARTICULO 62: Provisión de agua. ..................................................................................................
ARTICULO 63: Prórrogas del plazo de obra...................................................................................
CAPITULO II ......................................................................................................................................
DIRECCION DE OBRA.......................................................................................................................
ARTICULO 64: Representante Técnico. ..........................................................................................
ARTICULO 65: Inspección de Obra. ................................................................................................
ARTICULO 66: Ordenes de servicio y observaciones de la Inspección. .....................................
ARTICULO 67: Notas de pedido. Parte Diario ................................................................................
ARTICULO 68: Interpretación de la documentación técnica.........................................................
ARTICULO 69: Orden de prelación normativo. ..............................................................................
ARTICULO 70: Terminación de los trabajos. ..................................................................................
CAPITULO III ......................................................................................................................................
PERSONAL OBRERO .......................................................................................................................
ARTICULO 71: Salarios.....................................................................................................................
ARTICULO 72: Idoneidad del personal. ..........................................................................................
CAPITULO IV .....................................................................................................................................
MATERIALES, TRABAJOS Y SISTEMAS PATENTADOS ..............................................................
ARTICULO 73: Abastecimiento de materiales….............................................................................
ARTICULO 74: Calidad de los materiales y trabajos......................................................................
ARTICULO 75: Aprobación de materiales. Ensayos y pruebas....................................................
ARTICULO 76: Calidad del equipo. .................................................................................................
ARTICULO 77: Corrección de trabajos defectuosos. ....................................................................
ARTICULO 78: Vicios ocultos...........................................................................................................
CAPITULO V ......................................................................................................................................
RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS .................................................................................
ARTICULO 79: Subcontratistas. ......................................................................................................
ARTICULO 80: Responsabilidad. .....................................................................................................
ARTICULO 81: Otros contratistas. ..................................................................................................
CAPITULO VI .....................................................................................................................................
DESARROLLO DE LA OBRA.............................................................................................................
ARTICULO 82: Plazo..........................................................................................................................
ARTICULO 83: Xxxx. .........................................................................................................................
ARTICULO 84: Contralor de trabajos. .............................................................................................
ARTICULO 85: Unión de obras nuevas con existentes. ................................................................
CAPITULO VII.....................................................................................................................................
MODIFICACIONES DE OBRA ...........................................................................................................
ARTICULO 86: Modificaciones de obra. .........................................................................................
ARTICULO 87: Reajuste de garantía. ..............................................................................................
ARTICULO 88: Trabajos ejecutados con materiales de mayor valor o sin la conformidad.......
CAPITULO VIII ...................................................................................................................................
LIQUIDACION, CERTIFICACION Y PAGO DE LAS OBRAS. ..........................................................
ARTICULO 89: Medición. Certificación. ..........................................................................................
ARTICULO 90: Retenciones sobre los certificados........................................................................
ARTICULO 91: Sustitución del fondo de reparos...........................................................................
ARTICULO 92: Pago de los certificados…......................................................................................
CAPITULO IX .....................................................................................................................................
RECEPCION DE OBRA ...................................................................................................................
ARTICULO 93: Recepción Provisoria ..............................................................................................
ARTICULO 94: Plazo de garantía. ....................................................................................................
ARTICULO 95: Recepción Definitiva. ..............................................................................................
ARTICULO 96: Recepciones parciales.............................................................................................
ARTICULO 97: Devolución de garantías y fondo de reparos........................................................
CAPITULO X …...................................................................................................................................
RESCISION DEL CONTRATO............................................................................................................
ARTICULO 98: Causas de rescisión. ...............................................................................................
ARTICULO 99: Toma de posesión de la obra..................................................................................
ARTICULO 100: Inventario. ..............................................................................................................
ARTICULO 101: Avalúo.....................................................................................................................
ARTICULO 102: Liquidación de los trabajos y materiales.............................................................
CAPITULO XI .....................................................................................................................................
DISPOSICIONES VARIAS .................................................................................................................
ARTICULO 103: Sistema de protección integral de discapacitados……..…………………………
ARTICULO 104: Seguros...................................................................................................................
ARTICULO 105: Cotizaciones en moneda extranjera. ...................................................................
ARTICULO 106: Manejo de las instalaciones. ................................................................................
CAPITULO XII.....................................................................................................................................
SANCIONES ......................................................................................................................................
ARTICULO 107: Hechos que pueden originar sanciones…………………………………..............
ARTICULO 108: Recursos. ...............................................................................................................
ARTICULO 109. Percepción de multas. ..........................................................................................
PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS
TITULO I
BASES DE LICITACIÓN
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1°: Objeto y aplicación xxx xxxxxx.
Es objeto del presente pliego, la licitación, contratación y construcción de las obras públicas por parte de la Universidad Nacional de Quilmes, las que se ajustarán a las bases de licitación y condiciones de ejecución contractual contenidas en este pliego, el que se completará y adecuara en cada caso, con las cláusulas especiales para los trabajos que se liciten.
ARTICULO 2°: Glosario.
En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se emplean, con el significado que aquí se indica, los siguientes términos:
1) Adjudicatario: El proponente al que se le ha comunicado la adjudicación de la obra a su favor, hasta la firma del contrato.
2) Análisis de Precios: Desarrollo de los componentes de la estructura que forman parte del precio de cada ítem del presupuesto.
3) Circular con consulta: Las contestaciones de la Universidad Nacional de Quilmes a los pedidos de aclaración formuladas con relación a la documentación licitatoria.
4) Circular sin consulta: Las aclaraciones de oficio que la Universidad Nacional de Quilmes formule con relación a la documentación licitatoria.
5) Contrato: Convenio que rige las relaciones, derechos y obligaciones entre la Universidad Nacional de Quilmes y el Contratista.
6) Comisión Evaluadora: Es la que examina todas las propuestas recibidas y aconseja la precalificación y/o adjudicación de la propuesta más conveniente, y el rechazo de las que, conforme al Pliego, resulten inadmisibles. Comisión que estará integrada por los miembros estipulados en el Reglamento para la adquisición de bienes y servicios de la Universidad. De ser necesario la creación de una comisión especial, ella será creada con el acto que apruebe el respectivo llamado a licitación.
7) Comitente: Es la Universidad Nacional de Quilmes, que encarga la ejecución de la obra.
8) Contratista: El adjudicatario después que ha firmado el contrato.
9) Día/s: Salvo indicación en contrario, se entenderán por días hábiles.
10) Día/s hábil/es: Los días en que funcionan las oficinas de la Administración Pública Nacional.
11) Dirección de Obra: Quien tiene a su cargo el control de la fiel interpretación de los planos y de la documentación técnica que forma parte del proyecto, y la revisión de los certificados correspondientes a la obra en ejecución.
12) Documentación licitatoria: Está constituida por el presente pliego, el Pliego de Cláusulas Especiales, el Pliego de Especificaciones Técnicas, los planos, el llamado a Licitación, el presupuesto, y toda otra documentación que se especifique en los mencionados pliegos.
13) Inspección de Obra: Quien representa técnicamente al comitente en las actividades de supervisión y vigilancia de los trabajos, con autoridad para actuar en su nombre y facultada para realizar el contralor del contrato.
14) Licitante: es la Universidad Nacional de Quilmes.
15) Oferta: Conjunto de documentos que define los aspectos económicos de la Propuesta, integrada generalmente por: oferta económica y compromiso de mantenimiento de la propuesta, presupuestos detallados, planilla de cotización por ítems, plan de trabajo, plan curva de inversión; y en general todo otro documento que guarde relación con aquélla.
16) P.C.E.: Pliego de Cláusulas Especiales.
17) P.C.G.: Es el presente Pliego de Cláusulas Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas.
18) P.E.T.: Pliego de Especificaciones Técnicas.
19) Precios básicos: Los vigentes al mes de la fecha de apertura de la licitación o de la fecha de cotización en el caso de contrataciones directas.
20) Proponente u Oferente: La persona física o jurídica que presenta una propuesta u oferta en una licitación.
21) Propuesta: Totalidad de la documentación exigida a los proponentes para admitir su participación en la licitación.
22) Registro Nacional: Es el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
23) Representante Técnico: Profesional universitario con incumbencia acorde con las características de la obra, que representa al contratista ante el comitente a todos los efectos técnicos.
24) Subcontratista: La persona física o jurídica con la cual el contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los trabajos a su cargo.
Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
ARTICULO 3°: Alcances del presente Pliego. Régimen Legal.
El presente Pliego de Xxxxxxxxx Generales establece en forma clara y precisa las obligaciones que contraen y los derechos que adquieren el Comitente, la Empresa que presenta una propuesta en la licitación y quien resulta adjudicatario de las obras licitadas. Las condiciones particulares de cada acto licitatorio se establecerán en el P.C.E., en el que se observarán las Cláusulas Generales que resulten pertinentes, con las adecuaciones a las necesidades de cada contrato que serán válidas en tanto no se opongan al presente P.C.G. ni a normas de mayor precedencia.
Todo cuanto no esté previsto en el presente pliego, será resuelto de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 13.064 de Obras Públicas, sus modificatorias y complementarias. En caso de silencio, se aplicarán los principios generales del derecho administrativo.
ARTICULO 4°: Circulares con consulta y sin consulta.
Durante el plazo para la preparación de las propuestas y hasta 5 (cinco) días hábiles antes del fijado para la apertura, excepto que el P.C.E. indique uno distinto, los interesados podrán formular, por escrito, consultas relativas a la documentación. Las aclaraciones correspondientes serán evacuadas mediante circulares con consulta, y remitidas por el licitante a todos los interesados vía correo electrónico y difundidas en el sitio de Internet de la Universidad Nacional de Quilmes.
La Universidad, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio mediante circulares sin consulta, hasta 3 (tres) días hábiles antes del fijado para la apertura.
Todas las circulares que se remitan llevarán numeración corrida, pasarán a formar parte de la documentación licitatoria y serán notificadas a los interesados via correo electrónico y publicadas en la página web de la Universidad. Los interesados no podrán desconocer las circulares.
ARTICULO 5°: Enmiendas a la documentación de la licitación.
El Comitente podrá enmendar la documentación de la licitación sin ampliar el plazo de presentación de las propuestas si tales enmiendas no son sustantivas y si se comunican hasta 5 (cinco) días hábiles antes de la fecha establecida para la apertura de las propuestas.
Si el Comitente considera que la enmienda producida hace aconsejable ampliar el plazo para la presentación de las propuestas, comunicará tal circunstancia en forma fehaciente a todos las firmas que realizaron visita de obra, sin que esta modificación otorgue derechos a reclamo alguno por parte de éstos.
La nueva fecha se fijará desde la comunicación a los participantes, por el plazo que determine la Universidad.
CAPITULO II
SISTEMAS DE CONTRATACIÓN
ARTICULO 6°: Sistemas de contratación de obras públicas.
La contratación de obras públicas se hará sobre la base de uno de los siguientes sistemas: a) por unidad de medida; b) por ajuste alzado; c) por coste y costas; d) por otros sistemas de excepción que se establezcan en regímenes especiales.
ARTICULO 7°: Contratación por unidad de medida.
Las obras se contratarán por el sistema de unidad de medida, sobre la base de la cantidad de unidades determinadas en el presupuesto oficial y de los precios unitarios establecidos en la propuesta por el adjudicatario.
Dentro del monto de cada ítem del contrato, se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en la documentación contractual, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte concluida con arreglo a su fin y a lo previsto en tal documentación.
Las cantidades o metrajes consignados en el presupuesto oficial, que el proponente deberá respetar en su cotización, serán reajustados en más o en menos, según medición de lo realmente ejecutado, y certificada su diferencia con el procedimiento fijado en el artículo 89 del presente pliego.
Los proponentes presentarán con sus propuestas, un presupuesto por triplicado con la indicación de las cantidades (repitiendo las ya fijadas en el presupuesto oficial) y los precios unitarios que ofrezcan en cada ítem y el total resultante.
ARTICULO 8°: Contratación por ajuste alzado.
La contratación de obras públicas por el sistema de ajuste alzado, podrá realizarse de acuerdo a las siguientes modalidades: 1) Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado; 2) Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado.
ARTICULO 9°: Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado.
Las obras se contratarán sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su propuesta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra.
Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos.
Antes de la firma del contrato, la Universidad exigirá al adjudicatario, de no haberse adjuntado con la propuesta, un presupuesto detallado de su cotización, ítem por ítem siguiendo el listado del presupuesto oficial, con la indicación de metrajes, precios unitarios y totales de los ítems. En su preparación se tendrá en cuenta, que:
1) Se podrán agregar o intercalar los ítems que a juicio del proponente pudieran faltar. En caso de supresión de algún ítem, se deberá dejar indicado la razón de su eliminación.
2) Se mantendrá en todos los casos el orden de los existentes, y el que faltare se intercalará en el rubro respectivo, designándolo con carácter de “bis”. Para su presentación se otorgará un plazo dediez (10) días hábiles a contar desde la fecha en que le sea requerido.
Por errores de significación que pudieran caracterizar determinados ítems del presupuesto, el comitente exigirá al adjudicatario su corrección dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación. La corrección podrá ordenarse en cualquier momento durante la marcha del contrato y deberá cumplirse por la vía del prorrateo o compensación, en la forma que estime más conveniente y resultare satisfactorio a juicio del comitente.
Dicha operación no modificará el monto total de la propuesta que sirviera de base para la adjudicación. No se reconocerá diferencia alguna a favor del contratista, entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente.
ARTICULO 10°: Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado.
Las obras se contratarán por ajuste alzado sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su propuesta, quedando entendido que las certificaciones parciales son al solo efecto del pago a cuenta del importe total de la obra.
Dentro del monto del contrato se entenderá incluido el costo de todos los trabajos que, sin estar expresamente indicados en los documentos del contrato, sean imprescindibles ejecutar o proveer para que la obra resulte en cada parte y en su todo concluida con arreglo a su fin y a lo establecido en esos documentos.
No se reconocerá diferencia a favor del contratista, entre el volumen ejecutado en obra y el consignado en el presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por autoridad competente.
Por errores de significación que pudieran caracterizar determinados ítems del presupuesto, el comitente exigirá al adjudicatario su corrección dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación. La corrección podrá ordenarse en cualquier momento durante la marcha del contrato y deberá cumplirse por la vía del prorrateo o compensación, en la forma que estime más conveniente y resultare satisfactorio a juicio del comitente.
Dicha operación no modificará el monto total de la propuesta que sirviera de base para la adjudicación.
Queda entendido que todos los ítems del presupuesto oficial serán afectados del porcentaje de aumento o rebaja contractual que resulte de la comparación del monto ofertado con el del presupuesto oficial.
ARTICULO 11: Contrataciones mixtas por ajuste alzado y unidad de medida.
Para todos los ítems a contratar por ajuste alzado, se aplicará lo consignado en el artículo 9º o 10º del presente pliego, según corresponda.
En cuanto a los ítems a contratar por unidad de medida y que estarán expresamente señalados en el presupuesto oficial y con indicaciones de las cantidades o metrajes a cotizar, se reajustarán en más o en menos, según medición de lo realmente ejecutado y certificadas sus diferencias con el procedimiento fijado en el artículo 89 del presente pliego.
En su propuesta, el proponente dejará constancia de: 1) monto global de las obras por ajuste alzado; 2) monto detallado de los ítems por unidad de medida, repitiendo los metrajes indicados en el presupuesto oficial, consignando los precios unitarios que cotiza y 3) la suma de ambos conceptos, que representa el monto total de su propuesta.
ARTICULO 12: Contratación por coste y costas.
Sólo en caso de urgencia justificada o de conveniencia comprobada, la Administración podrá contratar por este sistema, entendiéndose por “coste” los gastos de construcción, materiales, mano de obra, cargas sociales, impuestos, costo financiero y gastos generales, y por “costas” la utilidad del contratista.
El comitente abonará el valor de los gastos en los que el contratista justifique fehacientemente haber incurrido, con más el porcentaje determinado en el P.C.E. en concepto de beneficio.
CAPITULO III
CLASES DE LICITACIÓN
ARTICULO 13: Clases de licitación.
Podrán efectuarse licitaciones de las siguientes clases: 1) de “etapa única” y 2) de “etapa múltiple”.
ARTICULO 14: Licitación de “etapa única”.
La propuesta completa deberá ser presentada en un sobre único, cerrado, y llevará como únicas leyendas las siguientes: denominación de la obra a la cual corresponde la propuesta; número de licitación y de expediente; identificación del proponente; día y hora fijados para la apertura.
El licitante dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y la hora fijados para la apertura. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora.
Las propuestas serán abiertas en acto público, en el lugar, el día y la hora fijados en el llamado a licitación o en el P.C.E., ante los funcionarios competentes y los interesados que concurran, y se procederá de la siguiente forma:
1) Se verificará que estén reunidas las propuestas recibidas en término.
2) Se verificará el correcto estado de los sobres.
3) Se abrirán los sobres en el orden de su recepción y se verificará si cada uno de ellos contiene la garantía de mantenimiento de propuesta y otros elementos especificados en el P.C.E. En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.
4) Se labrará un acta en la que se detallarán las propuestas numeradas por orden de apertura, nombre de los proponentes, el importe de cada oferta y el monto y la forma de constitución de la garantía y el Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional.
El acta será leída y suscripta por los funcionarios autorizados, por quienes hayan formulado observaciones, y por los proponentes que deseen hacerlo.
No podrán rechazarse propuesta alguna en el acto de apertura.
ARTICULO 15: Licitación de “etapa múltiple”.
Las propuestas estarán contenidas en dos o más sobres cerrados, de acuerdo a lo que se indique en el P.C.E. El sobre exterior llevará como únicas leyendas las siguientes: denominación de la obra a la cual corresponde la propuesta; número de licitación y de expediente; identificación del proponente; día y hora fijados para la apertura.
El licitante dará recibo numerado de los sobres entregados hasta el día y la hora fijados para la apertura. Recibido el sobre se le pondrá cargo, indicando fecha y hora.
Dentro del sobre exterior se colocará la documentación especificada en el artículo 29, apartados 1) a 14) y, en su caso, apartado 18), junto al resto de los sobres indicados en el P.C.E., que deberán presentarse cerrados con las siguientes leyendas:
Denominación de la obra. 2) Nombre y domicilio del proponente.
En el sobre que contenga la oferta económica, se incluirá la documentación especificada en el artículo 29, apartados 13) a 18) y, en su caso, la que se indique en el P.C.E
ARTICULO 16: Apertura de las propuestas en las licitaciones de etapa múltiple.
Las propuestas serán abiertas en acto público, en el lugar, el día y la hora fijados en el llamado a licitación o en el P.C.E., ante los funcionarios competentes y los interesados que concurran, y se procederá en la forma establecida en los puntos 1) a 4) del artículo 14 del presente pliego.
En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.
El acta será leída y suscripta por los funcionarios autorizantes, por quienes hayan formulado observaciones y por los proponentes que deseen hacerlo, y se dará por finalizado el acto de apertura.
La documentación de los sobres exteriores y los sobres interiores sin abrir quedarán en custodia del licitante.
No podrá rechazarse propuesta alguna en el acto de apertura.
Resuelta y notificada la preselección, en la oportunidad que se fije en el P.C.E., se procederá a la apertura de los sobres que contengan la oferta económica correspondiente a las propuestas preseleccionadas, y se labrará acta de todo lo actuado, indicándose nombre de las empresas proponentes con mención de los montos de las cotizaciones. Dicha acta será leída y suscrita por los funcionarios actuantes y los proponentes que deseen hacerlo.
En ningún caso se permitirá introducir modificaciones en las propuestas después de la hora de apertura.
ARTICULO 17: Día inhábil en fecha de apertura.
Salvo expresa habilitación de día y hora, si por cualquier circunstancia el día fijado para la apertura de las propuestas resultara inhábil, aquella se trasladará a la misma hora del primer día hábil posterior.
CAPITULO IV
PROPONENTES
ARTICULO 18: Capacidad legal.
Los proponentes deberán tener capacidad legal para obligarse y estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
ARTICULO 19: Capacidad técnica y financiera.
La capacidad técnica se establecerá indistintamente: 1) mediante los antecedentes que las empresas registren ante el licitante y/o 2) por certificados que acrediten que han ejecutado
en forma satisfactoria trabajos análogos a los licitados y/o 3) por cualquier otro medio que el licitante juzgue conducente lo cual se indicará puntualmente en el P.C.E.
La capacidad financiera resultará de los elementos de juicio que obren en poder del licitante, de los que aporten los mismos proponentes o de información suministrada por establecimientos bancarios o comerciales de notoria seriedad.
Los proponentes deberán estar habilitados como proveedores al momento de emitirse el Dictamen de Evaluación, es decir, no podrán tener incumplimientos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), lo que será verificado por la Universidad mediante la consulta web denomiada “consulta-proveedores del estado”.
El P.C.E. definirá la capacidad de contratación para cada licitación, debiendo los proponents presentar en su propuesta el correspondiente Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas.
En caso de empresas que se presenten como uniones transitorias, la capacidad para contratar resultará de la suma ponderada de las capacidades individuales de cada una de las empresas.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada de obras ejecutadas y en proceso de ejecución, sus montos contractuales, plazos de ejecución y fechas de inicio y finalización de obra actualizado, y cualquier información que se indique para cada caso en el P.C.E.
ARTÍCULO 20: Inhabilitados para la presentación.
No podrán concurrir como proponentes:
1) Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal y las empresas en las que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.
2) Los quebrados, mientras no obtengan su rehabilitación.
3) Toda persona a la que, dentro del término de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, se le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal.
4) Las demás personas que resulten incursas en las causales previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Nacional.
5) Toda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales.
ARTICULO 21: Domicilio.
El proponente constituirá domicilio especial en la jurisdicción que se establezca en el P.C.E. Si lo modificara antes de vencido el plazo de validez de su propuesta, deberá comunicar el cambio de domicilio en forma inmediata y fehaciente al licitante. El nuevo domicilio también deberá constituirse en la jurisdicción establecida en el P.C.E.
ARTICULO 22: Ejecución de Obras por Empresas Asociadas.
En el caso en que dos o más empresas se presenten asociadas a la licitación, deberán hacerlo en forma conjunta, mancomunada y solidaria, dando cumplimiento a los requisitos exigidos para las Uniones Transitorias de Empresas (UTE) por la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Una vez presentadas a la licitación, las UTE no podrán modificar su integración, y en caso de ser contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones emergentes del contrato, salvo expresa autorización del comitente.
La UTE deberá tener por Estatuto una duración superior al tiempo que demande la ejecución del contrato, incluido el plazo de garantía, y los trabajos a realizar deberán encontrarse comprendidos dentro de su giro comercial.
En caso de resultar adjudicataria una U.T.E. deberá acreditar su inscripción en la Inspección General de Justicia, como requisito previo a la firma del contrato. La falta de cumplimiento del requisito determinará la revocación de la adjudicación con la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.
ARTICULO 23: Informes que suministra el licitante.
El licitante suministra únicamente los informes contenidos en la documentación licitatoria.
Cuando tal documentación incluya cómputos y presupuestos oficiales, éstos tendrán carácter indicativo. No comprometen al licitante y corresponde al proponente su verificación.
ARTICULO 24: Conformidad con la documentación licitatoria.
La sola presentación de la propuesta implica que el proponente acepta todas y cada una de las obligaciones que surgen de la documentación licitatoria.
ARTICULO 25: Informes que deben obtener los proponentes.
Además de estudiar exhaustivamente la documentación licitatoria, es obligación del proponente recoger en el lugar de la obra toda la información complementaria que pueda obtenerse por la observación del terreno y sus adyacencias y también por referencias de terceros sobre aprovisionamiento de materiales, personal, provisión de agua y de energía, y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo.
Asimismo, deberán informarse respecto de la configuración y naturaleza del terreno y del subsuelo, sin que estas informaciones substraigan al organismo autor del proyecto de la responsabilidad que determina el artículo 4 de la Ley N° 13.064, ni excluye el derecho del contratista a reclamar y obtener, si le correspondiera, la indemnización determinada por el artículo 39 de la citada norma. Solamente cuando así lo determine el P.C.E. asumirá el contratista la responsabilidad absoluta y exclusiva por vicio del suelo.
ARTICULO 26: Garantía de mantenimiento de la propuesta.
El proponente deberá asegurar el mantenimiento de la propuesta que presenta mediante la constitución de una garantía a favor del licitante, constituida por el uno por ciento (1%) del importe del presupuesto oficial de la obra que se licite.
La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
1) Fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia de los beneficios de división y excusión en los términos de los artículos pertinentes del Código Civil y Comercial de la Nación.
2) Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual la aseguradora se obliga en carácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y de excusión previa del obligado, en las condiciones establecidas por la normativa aplicable.
3) Certificado de depósito efectuado en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Licitante.
No se aceptarán pagarés, cheques, letras de cambio, facturas, ni título alguno que no esté expresamente indicado en el presente pliego como depósito de garantía.
Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y con las modalidades establecidas en el presente pliego, y que el garante declara conocer y aceptar.
El proponente deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que se haya asegurado.
El licitante, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada la decisión. Los proponentes estarán obligados a mantener sus propuestas durante el plazo que en cada caso se
establezca en el P.C.E.; en su defecto, perderán la garantía a que se refiere este artículo. Este plazo se renovará automáticamente hasta el momento de la firma del contrato, a menos que los proponentes se retracten por escrito, con una anticipación de quince (15) días hábiles al vencimiento de dicho plazo.
CAPITULO V
LAS PROPUESTAS
ARTICULO 27: Lugar de presentación de las propuestas.
Las propuestas se presentarán en el lugar, día y hora que se fijen en el P.C.E. o en el respectivo llamado a licitación.
ARTICULO 28: Forma de presentación de las propuestas.
Las propuestas deberán presentarse redactadas en idioma nacional, sin enmiendas, raspaduras o errores que no hayan sido debidamente salvados. Se presentarán en original, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los proponentes. Se acompañarán tantas copias como se establezca en el P.C.E. o en el llamado a licitación, las que se identificarán como “ORIGINAL”, “DUPLICADO”, “TRIPLICADO”, etc., en todas sus hojas. Las cajas, sobres o paquetes deberán presentarse cerrados y con indicación del proponente y número de la licitación y la fecha y hora de apertura.
En caso que la licitación sea de etapa múltiple, se indicará en el P.C.E. qué debe contener cada uno de los sobres.
Las aclaraciones que quieran agregarse deberán quedar asentadas por escrito en la propuesta. El proponente podrá proponer variantes por separado, si el P.C.E. las admitiera y siempre que lo hiciera acompañado a la propuesta conforme x xxxxxx.
En caso de discrepancia entre los ejemplares prevalecerá sobre los demás el señalado como “ORIGINAL”.
La presentación de la propuesta significará de parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a licitación, por lo que no resultará necesario incorporar a la propuesta el ejemplar de los pliegos, ni tampoco los planos ni cualquier otra documentación técnica que integren dichos pliegos.
Las propuestas que se reciban después del día y hora fijados, serán rechazadas y devueltas sin abrir con prescindencia de la fecha en la que fueron despachadas. El licitante no asume responsabilidad alguna, ni admitirá reclamos por la no apertura de dicha propuesta.
ARTICULO 29: Documentos que integran la propuesta.
La propuesta deberá contener, la siguiente documentación:
1) Garantía de mantenimiento de oferta según el artículo 26 del presente.
2) Certificado de Capacidad de Contratación Anual extendido por el Registro Nacional, vigente a la fecha de la apertura de la licitación.
3) Deberá mencionar domicilio real y fijar domicilio especial, según se indique en el P.C.E.
4) Recibo de adquisición de la documentación licitatoria, si correspondiere.
5) Certificado de Visita a Obra, en caso de corresponder.
6) Declaración Jurada de las obras ejecutadas y en proceso de ejecución debiendo contener la información completa sobre plazos de inicio y finalización de las obras, en las obras en ejecución se deberá indicar el estado de avance y todo otro detalle que para cada caso se solicite en el P.C.E.
7) Certificación de equipos: de ser necesario se establecerán el el P.C.E las necesidades mínimas requeridas en equipos.
8) Referencias bancarias y comerciales o nómina de los establecimientos que puedan proporcionarlos.
9) Acreditación, de acuerdo a derecho, de la representación o personería de los firmantes de la propuesta.
10) Contrato social o estatutos o compromiso de conformación de unión transitoria de empresas o de consorcio de cooperación, si correspondiera.
11) Declaración de que para cualquier situación judicial que se suscite, el proponente acepta la competencia que se establezca para cada obra en el P.C.E.
12) Declaración jurada, manifestando si el proponente tiene juicios pendientes con el Estado Nacional, sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito.
13) Declaración jurada manifestando que el proponente no está incurso en las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 20; en caso que se presenten Uniones Transitorias de Empresas o consorcios de cooperación, dicha declaración jurada deberá ser efectuada por cada uno de sus integrantes.
14) Las Sociedades cuya duración sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y financieros y estado patrimonial de los dos últimos ejercicios, certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Las Sociedades con una duración inferior a los dos años deberán presentar estado patrimonial. Se indicará también la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.
15) La oferta económica conforme a las indicaciones que se establezcan en el P.C.E.
16) La Planilla Presupuesto Detallado.
17) Análisis de precios de acuerdo al Decreto Nº 691/2016.
18) Plan de trabajos.
19) Curva de inversión.
20) Otros documentos que fueran exigidos en el P.C.E.
ARTICULO 30: Causal de desestimación de la propuesta.
La falta de presentación de alguno de los elementos detallados en el artículo precedente, que impida la comparación de la propuesta en condiciones de igualdad con el resto de ellas, será causal de desestimación de la propuesta.
Por errores de forma u omisiones subsanables, el proponente será intimado por la Comisión Evaluadora para que los subsane bajo apercibimiento de declarar inadmisible su propuesta, acorde Artículo 31 del presente P.C.G.
CAPITULO VI
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 31: Evaluación de las propuestas.
Recibidas las propuestas, en cualquiera de los sistemas previstos en el capítulo anterior, se dará intervención a la Comisión Evaluadora, que procederá a examinarlas, y podrá requerir de los proponentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales que considere necesarias, quienes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, y si no se cumpliera en término con dicho pedido, se la declarará inadmisible con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
La Comisión Evaluadora procederá al estudio de las propuestas y descartará las que por deficiencias insalvables no permitan su comparación en condiciones de igualdad.
ARTICULO 32: Dictamen de evaluación.
Dentro del plazo que establezca el P.C.E., contado a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación de las propuestas, el que constará en un acta.
Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, la Comisión Evaluadora podrá requerir una prórroga. El pedido deberá formularse por escrito y fundarse debidamente.
Se establecerá en el P.C.E. la notificación, a todos los proponentes o la publicación en el Boletín Oficial de la Nación, del dictamen de evaluación, consignándose asimismo el plazo de publicación.
En los casos de etapa única, la Comisión Evaluadora se expedirá, en dicho dictamen aconsejando la adjudicación. El dictamen podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista.
Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
En los casos de etapa múltiple, luego de la evaluación de los sobres que contengan los antecedentes técnicos de los proponentes, de acuerdo a lo establecido en el P.C.E., la Comisión Evaluadora emitirá el dictamen aconsejando la precalificación o preselección de las propuestas y fijando la fecha de apertura del Sobre N° 2. Los Proponentes podrán impugnar el dictamen de evaluación del Sobre N° 1, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación, durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los Proponentes para su vista, salvo que en el P.C.E. se indiquen plazos especiales.
En caso de licitaciones con más de dos sobres el P.C.E. establecerá el procedimiento a seguir.
Dentro del plazo que establezca el P.C.E., la Comisión Evaluadora deberá emitir su dictamen de evaluación sobre las propuestas preseleccionadas, considerando la oferta económica, que constará en un acta, y se expedirá aconsejando la adjudicación. Este dictamen deberá notificarse a todos los proponentes o publicarse en el Boletín Oficial de la Nación, dentro del plazo que establezca el P.C.E., y podrá ser impugnado dentro de los cinco (5) días hábiles de la notificación o de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación. Durante ese término el expediente se pondrá a disposición de los proponentes para su vista. Si se hubieran formulado impugnaciones, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
ARTICULO 33: Retiro de la propuesta y devolución de la garantía de mantenimiento.
El proponente que retire su propuesta durante el plazo de vigencia de ésta, perderá la garantía de mantenimiento en concepto de penalidad por tal incumplimiento.
La garantía será devuelta de inmediato:
a) A todos los proponentes que no resulten preseleccionados, en las licitaciones de etapa múltiple.
b) A los que no resulten adjudicatarios, luego de la firma del contrato.
c) Al vencimiento del plazo de mantenimiento de la propuesta, a aquellos que lo hubieran solicitado en las condiciones previstas en el último párrafo del artículo 26 del presente.
Con respecto al proponente que resulte adjudicatario, la devolución o desafectación de la garantía no tendrá lugar hasta que dé cumplimiento satisfactorio a la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato en las formas y los plazos previstos en este pliego.
CAPITULO VII
ADJUDICACIÓN DE LA OBRA
ARTICULO 34: Adjudicación.
Terminada la evaluación de las propuestas, la autoridad competente dictará el acto administrativo de adjudicación, que recaerá en la propuesta más conveniente, tomando en cuenta la oferta económica, la capacidad de contratación, los antecedentes y cualquier otra información tendiente a asegurar las mejores condiciones para la ejecución de la obra. Dicho acto será notificado fehacientemente al adjudicatario y al resto de los proponentes.
Si se hubieran formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
El licitante podrá rechazar todas las propuestas o aceptar variantes previstas en el P.C.E., sin que ello dé derecho a reclamo por parte de los proponentes.
Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola propuesta.
ARTICULO 35: Rebalanceo.
En aquellas obras a ejecutarse por el sistema de ajuste alzado, el comitente se reserva el derecho de solicitar, previo a la adjudicación, un rebalanceo de los precios ofertados en los distintos ítems del presupuesto, y consecuentemente la adecuación de la curva de inversión respectiva, sin que ello admita modificar en forma alguna el monto total de la propuesta. Se podrán rechazar propuestas donde aparezcan recargados indebidamente los precios de trabajos iniciales.
CAPITULO VIII
FIRMA DEL CONTRATO
ARTICULO 36: Formalización del contrato.
El Contrato será suscripto por el Adjudicatario, dentro del plazo establecido en el P.C.E. y en el número de ejemplares establecido por el mismo.
Una vez firmado el Contrato, el Comitente entregará al Contratista una copia del Contrato.
ARTICULO 37: Garantía de cumplimiento del contrato.
Simultáneamente con la firma del contrato, el contratista deberá afianzar su cumplimiento mediante una garantía, constituida en alguna de las formas previstas en el artículo 26 de este pliego, por el cinco por ciento (5 %) del importe total del contrato. Si el contratista no integrara la garantía de cumplimiento del contrato, el comitente podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de mantenimiento de oferta Será faculta de la Universidad proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de cumplimiento de contrato. .
ARTICULO 38: Documentos integrantes del contrato.
1) Serán documentos integrantes del contrato:
a.- El presente pliego;
b.- El P.C.E.;
c.- Los planos y planillas de la licitación;
d.- El P.E.T.;
e.- Las circulares con consulta y sin consulta;
f.- El presupuesto oficial de la obra cuando así corresponda en razón del sistema de contratación;
g.- La propuesta;
h.- El acto de adjudicación.
2) Se considerará documentación accesoria, la que se indica a continuación:
a.- La orden de iniciación de los trabajos;
b.- El acta de iniciación;
c.- El plan y diagrama de ejecución de la obra aprobado por el comitente;
d.- Las Órdenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección;
e.- Libro de notas de pedido;
f.- Los planos complementarios que el comitente entregue al contratista durante la ejecución de la obra y los preparados por el contratista que fueran aprobados por aquél;
g.- Actas de recepción;
h.- Los comprobantes de trabajos adicionales o de modificaciones ordenados por la autoridad competente.
ARTICULO 39: Transferencia del contrato.
Firmado el contrato, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, en todo o en parte, a otra persona o entidad, ni asociarse para su cumplimiento, sin autorización y aprobación del comitente.
ARTICULO 40: Cambio de domicilio del contratista.
En caso de modificarse el domicilio especial del contratista durante la ejecución del contrato, aquél está obligado a comunicar en el plazo de dos (2) días hábiles, en forma fehaciente al comitente, su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la jurisdicción que se establezca en el P.C.E.
TITULO II
CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
CAPITULO I
ORGANIZACIÓN DE LA OBRA
ARTICULO 41: Orden de iniciación.
Firmado el contrato, el comitente dará la orden de iniciación de los trabajos con una antelación mínima que será establecida en el P.C.E.; durante ese lapso el contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares.
El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo que se fije en el P.C.E. a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta. Si cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se diera el caso previsto en el último párrafo del artículo 50 de la Ley N° 13.064, el comitente tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato. Si el comitente no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se computará apartir del vencimiento del plazo indicado.
ARTICULO 42: Observaciones al plan de trabajos.
El comitente formulará las observaciones que pueda merecerle el plan de trabajos, y el contratista, ajustándose a ellas, rectificará la distribución de inversiones y plazos parciales sin alterar el importe y los plazos totales.
ARTICULO 43: Plan de trabajos definitivo.
El plan de trabajos definitivo será el que resulte de ajustarlo a las observaciones del comitente y de corregir sus fechas de acuerdo con lo fijado en la orden de iniciación indicada en el artículo 41 del presente.
Luego de aprobado definitivamente por el comitente, quedarán fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
ARTICULO 44: Entrega del terreno para la ejecución de la obra.
La Inspección entregará al contratista el terreno de emplazamiento de las obras a construirse, entre las fechas correspondientes a la orden de iniciación y el acta de iniciación.
La entrega se efectuará mediante acta, entregándose un ejemplar a cada una de las partes intervinientes.
ARTICULO 45: Replanteo de la obra.
El replanteo se hará en la forma, el término y las condiciones que establezca la Inspección de Obra, de acuerdo a lo previsto en el P.C.E. El suministro de los elementos necesarios y los gastos que se originen en las operaciones de replanteo, así como los provenientes del empleo de aparatos, enseres, personal obrero, etc., serán por cuenta del contratista.
La Inspección de Obra controlará y verificará el replanteo de la obra que deberá realizar el contratista.
Una vez establecidos los puntos fijos por el contratista y aceptados por la Inspección, aquel será responsable de su inalterabilidad y conservación.
ARTICULO 46: Alineación y niveles.
El contratista estará obligado, cuando corresponda, a solicitar de la autoridad local competente, la alineación y los niveles correspondientes.
ARTICULO 47: Errores de replanteo.
El contratista es responsable del replanteo y de cualquier trabajo mal ubicado por errores en aquél, cualquiera sea su origen, y será corregido si es posible o, en caso contrario, demolido y reconstruido cuando se advierta el error, cualquiera sea el estado de la obra, todo ello por cuenta del contratista.
ARTICULO 48: Documentación en obra.
Es obligación del contratista tener permanentemente en obra un ejemplar completo de la documentación del contrato, al que se irá agregando la documentación accesoria especificada en el artículo 38, apartado 2) del presente.
ARTICULO 49: Planos adicionales.
De todos los planos que integran el contrato, el comitente entregará sin cargo al contratista dos ejemplares para su uso en la obra. Si necesitara más ejemplares, deberá adquirirlos al precio que fije el comitente.
ARTÍCULO 50: Planos de obra.
El contratista preparará todos los planos de obra necesarios y, de cada uno de ellos, entregará al comitente dos copias para su aprobación; una vez aprobado un plano, sacará las copias que necesite para su uso y entregará al comitente el original, en film poliéster, a fin de su preservación en perfecto estado, acompañando además el soporte magnético / digital.
ARTÍCULO 51: Xxxxxx xx xxxxxxx.
Antes de iniciar los trabajos, el contratista someterá a la aprobación del comitente su proyecto xx xxxxxxx y ajustará sus instalaciones a las observaciones formuladas por éste.
ARTICULO 52: Cierre de obra.
El contratista ejecutará el cierre de las obras, cuando corresponda, en la extensión que se indique en el P.C.E., de acuerdo con las reglamentaciones municipales en vigor o, en su defecto, en la forma que en las mencionadas cláusulas se establezca. El cerco es de propiedad del contratista, quien lo retirará cuando lo disponga la Inspección. Ésta podrá disponer que el cerco quede colocado después de la Recepción Provisoria, en cuyo caso su conservación quedará a cargo del comitente hasta que se dé al contratista la orden de retirarlo.
ARTICULO 53: Vigilancia, seguridad e higiene.
La responsabilidad que le incumbe al contratista respecto de la vigilancia continua de la obra, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos, se extiende a todo lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a personas o a bienes del Estado o de terceros.
La adopción de las medidas a las que se alude precedentemente no eximirá al contratista de las consecuencias de los hechos referidos. Cuando en la obra trabajen varios contratistas se determinará la responsabilidad de cada uno en el P.C.E.
ARTICULO 54: Alumbrado y luces de peligro.
El contratista instalará en todo el recinto de la obra, alumbrado suficiente para permitir una vigilancia nocturna eficiente y colocará las luces de peligro reglamentarias, estando a su cargo el consumo de energía eléctrica o de combustible de toda esta instalación.
ARTICULO 55: Construcciones provisionales.
Los depósitos, galpones, tinglados y en general todas las construcciones provisionales para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios, serán instalados y mantenidos por el contratista en perfecto estado de limpieza y conservación, estando también a su cargo el alumbrado y la provisión y distribución de agua. A la terminación de la obra, serán demolidos y retirados por él.
ARTICULO 56: Oficina para la Inspección.
El contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de obra, los locales para oficinas de la Inspección, con las características y moblaje indicados en el P.C.E. Estas instalaciones serán retiradas cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción Definitiva de la obra, y todos los elementos de ellas son de propiedad del contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y conservación de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisional.
Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción Provisional, su conservación, limpieza, suministro de energía eléctrica y servicio telefónico quedarán a cargo del comitente hasta que el contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.
ARTICULO 57: Daños a personas y bienes.
El contratista tomará todas las disposiciones y precauciones necesarias o las que indique la Inspección, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del comitente o Inspección destacadas en la obra, a terceros y a los bienes del Estado o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales. Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios, salvo en los casos de excepción previstos para el particular en la Ley N° 13.064.
Estas responsabilidades subsistirán hasta la Recepción Provisional de la obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realicen en el período de garantía.
A tal efecto, el contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la obra, por los montos que se indiquen en el P.C.E.
El comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos, sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.
ARTICULO 58: Infracciones administrativas.
El contratista deberá cumplir con todas las disposiciones reglamentarias, emanadas de autoridad competente, vigentes en el lugar de las obras, y será responsable por las multas y resarcimientos a que dieran lugar infracciones cometidas por él o su personal.
ARTICULO 59: Medianerías.
Cuando el proyecto prevea adosar construcciones nuevas a propiedades vecinas existentes, el contratista deberá preparar los planos y contratos de medianería y, previa aprobación del comitente, pagar las sumas convenidas. Dos ejemplares del contrato de medianería se entregarán, uno al comitente y otro al lindero.
ARTICULO 60: Letreros.
No se podrá colocar en la obra letrero alguno sin la previa conformidad del comitente, el que decidirá sobre su texto, ubicación, diseño y dimensiones.
ARTICULO 61: Limpieza de la obra.
Es obligación del contratista mantener en la obra y en el obrador una limpieza adecuada a juicio del comitente y mantener el obrador libre de residuos. A la terminación de los trabajos deberá entregar la obra y los terrenos antes ocupados por el obrador en perfecto estado de limpieza y sin ninguna clase de residuos ni equipos de su propiedad.
Queda entendido que el sitio de los trabajos a cargo de cada contratista, debe quedar limpio en forma diaria. La limpieza final de la obra incluirá todo lo que haya quedado sucio como consecuencia de la ejecución de los trabajos.
ARTICULO 62: Provisión de agua.
El agua deberá ser apta para la ejecución de las obras y será costeada por el contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos por ese concepto.
ARTICULO 63: Prórrogas del plazo de obra.
A pedido del contratista, el comitente podrá acordar prórrogas de plazo cuando, a su solo juicio, se presenten algunas de las siguientes causas: 1) trabajos adicionales que lo justifiquen; 2) demora en el estudio de la solución de dificultades técnicas imprevistas que impidan el normal desarrollo de las obras; 3) casos fortuitos o de fuerza mayor conforme las disposiciones de la Ley N° 13.064; 4) falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan de causas originadas por el contratista; 5) demoras ocasionadas por otros contratistas; 6) conflictos gremiales de carácter general; 7) por siniestro; 8) toda otra circunstancia que, a juicio del comitente, haga procedente el otorgamiento de la prórroga.
Las solicitudes de prórroga deberán presentarse al comitente en el plazo de treinta (30) días corridos de la producción del hecho o causa que las motiva, transcurrido el cual podrán no ser tomadas en consideración.
El comitente podrá tramitar de oficio la ampliación del plazo contractual cuando la causa o hecho determinante de la demora le sea imputable, sin necesidad de la presentación previa del contratista.
Dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de otorgada una prórroga se ajustarán el plan de trabajos y la curva de inversión al nuevo plazo, modificándolos solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho que originó la prórroga, y se someterán a la aprobación del comitente.
CAPITULO II
DIRECCIÓN DE OBRA
ARTICULO 64: Representante Técnico.
El contratista designará en calidad de Representante Técnico, con permanencia en obra, a un profesional con experiencia, de la especialidad que se indique en el P.C.E., el que deberá ser previamente aceptado por el comitente. El Representante Técnico tendrá a su cargo la conducción de los trabajos y estará autorizado por el contratista para recibir órdenes de la Inspección, notificarse de Órdenes de Servicio y darles cumplimiento. La firma del Representante Técnico obliga al contratista ante el comitente.
En caso de infracción a las obligaciones emergentes de este artículo, en que incurriere el contratista, la Inspección lo hará pasible de la multa que prevea el P.C.E.
En caso de reiteración de esta infracción, y si el comitente lo juzga conveniente, el contratista deberá proceder al inmediato reemplazo de su representante, y proponer el sustituto, que deberá ser debidamente autorizado.
ARTICULO 65: Inspección de Obra.
La Inspección de Obra estará a cargo de quien designe el comitente; éste comunicará por nota al contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección.
El contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección. La inobservancia de esta obligación, o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la obra, harán pasibles al culpable de su inmediata expulsión xxx xxxxxxx de los trabajos.
ARTICULO 66: Ordenes de servicio y observaciones de la Inspección.
Todas las órdenes de la Inspección de Obra, y también las observaciones cuando su importancia lo justifique, serán cronológicamente consignadas por escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por el comitente, que la Inspección guardará en la obra.
Toda orden de servicio, deberá ser firmada por el contratista dentro de los tres (3) días hábiles del requerimiento de la Inspección. Su negativa lo hará pasible de la multa que se prevea en el P.C.E. Cuando se trate de reincidencia, el valor de las multas establecidas se duplicará y deberán ser comunicadas al Registro Nacional.
El comitente podrá, además, mandar a ejecutar en cualquier momento, x xxxxx del contratista, los trabajos ordenados, deduciéndose su importe del primer certificado que se extienda y, en caso necesario, del fondo de reparos.
Se considerará que toda orden de servicio está comprendida dentro de las estipulaciones del contrato y que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales.
Aun cuando el contratista considere que en una orden de servicio se exceden los términos del contrato, deberá notificarse de ella, sin perjuicio de presentar ante el comitente, por intermedio de la Inspección de Obra, y en el término de cinco (5) días hábiles, un reclamo fundando detalladamente las razones que le asisten para observar la orden recibida. No se considerarán como observadas las órdenes de servicio cuando al hacerlo el contratista no asentare los fundamentos de su observación.
Transcurrido el plazo anterior sin hacer uso de ese derecho, el contratista quedará obligado a cumplir la orden de inmediato, sin tener derecho a reclamos posteriores
La observación del contratista, opuesta a cualquier orden de servicio, no lo eximirá de la obligación de cumplirla, si ella fuera reiterada.
ARTÍCULO 67: Notas de pedido.
Todas las reclamaciones y/u observaciones del contratista serán cronológicamente consignadas por escrito en un libro foliado, sellado y rubricado por el comitente, que aquel guardará en la obra.
Cuando no se establezcan expresamente plazos en otras partes de este pliego o en el P.C.E., deberán ser interpuestas dentro de los diez (10) días hábiles de producido el hecho que las motive. El contratista deberá fundarlas debidamente con determinación de valores, especies, etc., en el plazo de treinta (30) días hábiles a partir de la presentación del reclamo y/u observación formulados.
El contratista entregará Partes Diarios o Semanales a la Inspección, donde consten los trabajos ejecutados, el personal empleado y las condiciones climáticas, de acuerdo a las instrucciones que sele impartan oportunamente.
ARTICULO 68: Interpretación de la documentación técnica.
El contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá de los defectos que puedan producirse por su incorrecta interpretación durante la ejecución y conservación de la obra hasta la Recepción Definitiva.
Si el contratista creyera advertir errores en la documentación técnica, tiene la obligación de señalarlo a la Inspección antes de iniciar el trabajo. Ésta, de considerarlo pertinente, indicará al contratista que se efectúen las correcciones que correspondan. Si el contratista no los señalara oportunamente, serán a su cargo los trabajos que fuera necesario ejecutar para corregir las fallas. Dichos trabajos no podrán justificar ampliaciones de plazo.
ARTICULO 69: Orden de prelación normativo.
En caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato, se procederá como sigue:
1) Si es evidente un error será corregido donde se encuentre;
2) Si no es aplicable ese procedimiento, los documentos primarán en el siguiente orden:
a.- Ley N° 13.064, sus modificatorias y complementarias.
b.- Pliego de Cláusulas Generales, Pliego de Cláusulas Especiales y Pliego de Especificaciones Técnicas.
c.- Propuesta.
d.- Adjudicación.
e. Contrato.
f.- Planos de Detalle, Planos Generales y Planillas.
Planos: en caso de discrepancias entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras o letras, prevalecerá esta última.
En caso de discrepancias entre una cifra expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá esta última.
ARTICULO 70: Terminación de los trabajos.
Los trabajos deberán quedar terminados enteros, completos y adaptados a sus fines, y la falta de mención expresa de detalles necesarios no libera al contratista de la obligación de realizarlos ni le da derecho al pago de adicional alguno.
CAPITULO III
PERSONAL OBRERO
ARTICULO 71: Salarios.
El contratista abonará a todo su personal salarios iguales o superiores a los establecidos por las convenciones en vigencia aprobadas por autoridad competente y dará cumplimiento a todas las obligaciones legales o emergentes de esas convenciones en materia de cargas sociales. El pago de cada certificado mensual de obra estará condicionado a la presentación conjunta, por el contratista, de los comprobantes de depósitos por aportes previsionales y fondo de desempleo correspondientes al mes precedente al de los trabajos certificados.
La demora en el pago de certificados motivada por incumplimientos del contratista no dará derecho a éste a reclamación alguna, ni correrán intereses por el retardo.
ARTICULO 72: Idoneidad del personal.
El personal deberá ser idóneo y suficiente para los trabajos a ejecutarse, y la Inspección podrá exigir el cambio de todo obrero que considere incompetente, o su asignación a otra tarea.
Asimismo podrá exigir la desvinculación de todo personal del contratista que provocara desórdenes o indisciplina, y la ampliación del personal cuando éste resultare insuficiente.
CAPITULO IV
MATERIALES, TRABAJOS Y SISTEMAS PATENTADOS
ARTICULO 73: Abastecimiento de materiales.
El contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio del comitente se necesite para su buena marcha y no podrá utilizarlos en otros trabajos que no sean de la obra contratada.
Estará también obligado a usar métodos y enseres que a juicio de la Inspección aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el contrato.
Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no eximirá al contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las obras ejecutadas o por la demora en terminarlas.
ARTICULO 74: Calidad de los materiales y trabajos.
Todos los materiales, artefactos y accesorios serán de la mejor calidad existente en plaza entre los de su clase, y los trabajos ejecutados con ellos, ajustados a las mejores reglas del arte. El contratista deberá presentar muestras de los elementos por adquirir y requerir la previa aprobación del comitente. Para los elementos que requieran elaboración previa en taller, el comitente podrá inspeccionarlos en los talleres donde se ejecuten y si dicho lugar se encontrara a más de 100 kilómetros del lugar de la obra, el contratista deberá asumir los gastos de traslado y estadía del personal de la Inspección.
ARTICULO 75: Aprobación de materiales. Ensayos y pruebas.
Los materiales y las materias primas de toda clase a incorporar en obra, serán sin uso y de la mejor calidad y tendrán las formas y dimensiones prescriptas en los planos, en la documentación del contrato o las exigidas por la Inspección.
Cuando se prescriba que algún material o artefacto deba ajustarse a tipo o muestra determinada, se entenderá que ellos servirán para efectuar comparaciones, pudiendo el contratista suministrar materiales que sean equivalentes a juicio del comitente.
El contratista depositará en obra, con suficiente tiempo para su examen y aprobación, las muestras de los materiales que la Inspección determine, las que servirán para comparar los abastecimientos correspondientes a los trabajos.
Los materiales y los elementos de toda clase que la Inspección rechazare, serán retirados de la obra por el contratista a su xxxxx, dentro del plazo que la orden de servicio respectiva fije. Transcurrido ese plazo sin haber dado cumplimiento a la orden, el contratista se hará pasible de la multa que se establezca en el P.C.E.
Los materiales y elementos defectuosos o rechazados que llegasen a colocarse en la obra, a igual que los de buenas calidades puestos en desacuerdo con las reglas del arte, serán reemplazados por el contratista, estando a su cargo los gastos a los que los trabajos de sustitución dieran lugar.
El comitente podrá hacer todos los ensayos y pruebas que considere convenientes para comprobar si los materiales o estructuras son los que se determinan en el P.E.T.
El personal y los elementos necesarios para este objeto, como ser: instrumentos de medida, balanzas, combustibles, etc., serán facilitados y costeados por el contratista. Éste además, pagará cualquier ensayo o análisis físico, químico o mecánico que deba encomendarse a efectos de verificar la naturaleza de algún material, incluso los gastos de transporte, recepción, manipuleo y despacho, reembolsándosele los gastos solamente cuando se comprobare que el material es el especificado.
ARTICULO 76: Calidad del equipo.
El contratista usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el comitente podrá exigir cambio o refuerzo de equipos cuando el provisto, ya sea por su estado o características, no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.
ARTICULO 77: Corrección de trabajos defectuosos.
Cuando un trabajo resultare defectuoso, ya sea por fallas del material o de la ejecución, el contratista lo corregirá si es posible o, en caso contrario, lo demolerá y reconstruirá a su xxxxx, sin que ello pueda justificar ampliación de plazo.
El comitente establecerá cuándo corresponde corregir un trabajo defectuoso, debiendo la corrección realizarse a satisfacción de aquél.
ARTICULO 78: Vicios ocultos.
Cuando se considere que pudieran existir vicios en trabajos no visibles, la Inspección podrá ordenar las demoliciones o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para constatar la existencia de tales vicios o defectos. Si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del contratista. En caso contrario, los abonará el comitente.
Si los vicios se manifestaran en el transcurso del plazo de garantía, el contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas en el plazo que se le fije, a contar desde la fecha de su notificación; transcurrido ese plazo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el comitente o por terceros, x xxxxx de aquél, deduciéndose su importe del fondo de reparos.
La Recepción Definitiva de los trabajos no implicará la pérdida del derecho del comitente de exigir
el resarcimiento de los gastos, daños o intereses que le produjera la reconstrucción de aquellas partes de la obra en las cuales se descubriera ulteriormente la existencia de vicios. Tampoco libera al contratista de las responsabilidades que determina el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina Ley 26.994.
CAPITULO V
RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS
ARTICULO 79: Subcontratistas.
El contratista solamente podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la autorización previa del comitente, y la aceptación del subcontratista. La subcontratación no exime al contratista de sus obligaciones con relación al comitente.
El comitente podrá denegar la autorización a la subcontratación, sin que tal negativa otorgue derecho alguno al contratista ni justifique atrasos en el plan de trabajos.
ARTICULO 80: Responsabilidad.
El contratista es el único responsable, ante el comitente, de todo lo hecho por sus subcontratistas.
Esto no exime tampoco al subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el artículo 26 y 37 del presente pliego, por el monto de lo subcontratado.
ARTÍCULO 81: Otros contratistas.
El contratista está obligado a permitir la ejecución de los trabajos, ajenos a su contrato, que el comitente encomiende a otros contratistas, y acatará las órdenes que dé la Inspección para evitar interferencias.
Estará igualmente obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas o a la que realice directamente el comitente, ajustándose a las indicaciones que se le impartan y a los planos y especificaciones.
Si el contratista experimentare demoras o fuese estorbado en sus trabajos por causas imputables a otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las determinaciones pertinentes.
CAPITULO VI
DESARROLLO DE LA OBRA
ARTICULO 82: Plazo.
La obra debe ser totalmente realizada en el plazo fijado en la documentación del contrato y en las prórrogas que hubieran sido acordadas, de acuerdo al plan de trabajos vigente.
ARTÍCULO 83: Xxxx.
Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo contractual y sus prórrogas otorgadas, por causas no justificadas a juicio del comitente, el contratista se hará pasible de una multa que será calculada en la forma que se establezca en el P.C.E. Cuando el contratista incurriera en atrasos en la ejecución del plan de trabajos, previa intimación a regularizar el ritmo de obra, se hará pasible de la multa que se prevea en el P.C.E., sin perjuicio de lo establecido en el artículo 98, en el caso de configurarse la situación prevista en el artículo 50, inciso b) de la Ley Nº 13.064.
En caso que en el P.C.E. se establecieran plazos parciales para determinados trabajos, si ellos no estuvieran terminados en el plazo fijado, entrarán en xxxx parcial y se le aplicará la multa que se establezca en el P.C.E.
ARTICULO 84: Contralor de trabajos.
El contratista deberá dar aviso escrito con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas del comienzo de todo trabajo cuya correcta ejecución no pudiera ser verificada después de ejecutado. Si el contratista omitiere este requisito, serán por su cuenta los gastos de cualquier índole que se originaren para verificar la corrección de su ejecución.
ARTICULO 85: Unión de obras nuevas con existentes.
Cuando las obras a ejecutar debieran ser unidas o pudieran afectar en cualquier forma obras existentes, estarán a cargo del contratista y se considerarán comprendidas, sin excepción, en la propuesta presentada: a) la reconstrucción de todas las partes removidas y la reparación de todos los desperfectos que a consecuencia de los trabajos licitados se produzcan en la parte existente; b) la provisión de todos los materiales y la ejecución de todos los trabajos necesarios para unir las obras licitadas con las existentes.
Todo material provisto o trabajo ejecutado en virtud de esta cláusula será de la calidad, tipo, forma y demás requisitos equivalentes y análogos a los similares previstos o existentes, según corresponda a juicio del comitente.
CAPITULO VII
MODIFICACIONES DE OBRA
ARTICULO 86: Modificaciones de obra.
El comitente podrá disponer modificaciones al contrato, en los términos de la Ley Nº 13.064.
Si fuera necesario realizar trabajos no previstos en el contrato, su precio deberá ser previamente convenido con el comitente y establecido, cuando sea posible, partiendo de los precios contractuales correspondientes a trabajos análogos o semejantes, teniendo en cuenta las alteraciones de los costos que se hubieren producido desde la fecha de la licitación.
Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo trabajo, el precio será propuesto por el contratista y ajustado por el comitente en función de los elementos determinantes del costo directo del nuevo trabajo.
En caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así lo ordenara la Inspección, dejando a salvo sus derechos. En este caso se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Inspección, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial.
A este último efecto, las partes aceptan los porcentajes de recargo en concepto de gastos generales y beneficios, que se hubieran aplicado a la propuesta original.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el comitente podrá disponer que los trabajos de quese trata se lleven a cabo directamente o por nuevo contrato.
ARTICULO 87: Reajuste de garantía.
Cuando se encomienden modificaciones que impliquen aumento del contrato, el contratista deberá ampliar en un cinco por ciento (5%) de tal aumento, la garantía de cumplimiento del contrato.
ARTICULO 88: Trabajos ejecutados con materiales de mayor valor o sin la conformidad del comitente.
Los trabajos ejecutados con materiales de mayor valor que los estipulados, ya sea por su naturaleza, calidad o procedencia, serán computados al contratista como si los hubiese ejecutado con los materiales especificados. Los trabajos no ejecutados de conformidad con las órdenes de servicio comunicadas al contratista, o que no respondiesen a las especificaciones técnicas, podrán ser rechazados, aunque fuesen de mayor valor que los estipulados, y en este caso, la Inspección podrá ordenar su demolición y reconstrucción de acuerdo con lo estipulado en el contrato, estando a cargo del contratista los gastos provocados por esta causa.
CAPITULO VIII
LIQUIDACIÓN, CERTIFICACIÓN Y PAGO DE LAS OBRAS.
ARTICULO 89: Medición. Certificación.
Al final de cada mes calendario, el contratista en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección, efectuará la medición ajustándose a las normas que establezca el P.C.E. Conformada la mensura por la Inspección, el contratista preparará, de acuerdo con ella, los certificados de obra y de desacopio, en caso de corresponder, ajustándose también para ello a lo estipulado en el P.C.E. y a las indicaciones complementarias que pudiera haber formulado la Inspección.
Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado, y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior.
Los certificados constituirán en todos los casos, documentos provisionales para pagos a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la liquidación final y ésta sea aprobada por la autoridad competente.
Las formalidades y detalles de los certificados, se ajustarán a lo establecido en el PCE. En caso de desacuerdo en relación con la medición, se extenderá el certificado con los resultados obtenidos por la Inspección, haciéndose a posteriori, si correspondiera, la rectificación pertinente, o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
ARTICULO 90: Retenciones sobre los certificados.
Sobre todos los certificados se retendrá el importe que se determine en el P.C.E.; estos descuentos se realizarán sin perjuicio de la garantía de cumplimiento de contrato, para constituir el fondo de reparos. Este fondo quedará en poder del comitente hasta la Recepción Definitiva de la obra, en garantía de la correcta ejecución de los trabajos y para hacer frente a reparaciones que fueran necesarias y que el contratista no ejecutara cuando le fuera ordenado.
El comitente no pagará intereses por las retenciones realizadas en dicho concepto.
ARTICULO 91: Sustitución del fondo de reparos.
Durante la ejecución de la obra, el contratista podrá sustituir el fondo de reparos por alguna de las garantías previstas en el artículo 26 del presente pliego.
ARTICULO 92: Pago de los certificados.
Junto con el certificado de obra, el contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado.
El pago de cada certificado se efectuará dentro de los treinta (45) días corridos de la fecha de presentación, en forma completa, de la documentación pertinente. Si en el P.C.E. se establecieran plazos menores, se tomarán estos últimos.
Fijase, además, un plazo xx xxxx (10) días hábiles que correrán a partir de la presentación de cada certificado para su aprobación. Si dentro de este último plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento en que el contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el pago se efectuara transcurrido el término indicado en el segundo párrafo del presente, por causa no imputable al contratista, será de aplicación lo previsto en el artículo 48 de la Ley N° 13.064.
CAPITULO IX
RECEPCIÓN DE OBRA
ARTICULO 93: Recepción Provisoria.
La obra será recibida provisionalmente por la Inspección ad referéndum de la autoridad competente cuando se encuentre terminada de acuerdo con el contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas y procedimientos establecidos en el P.C.E. y en el P.E.T.
Se labrará un acta en presencia del contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.
En caso de que el contratista se negara a presenciar el acto o no contestara la invitación, la que deberá notificarse, la autoridad competente efectuará por sí y ante la presencia de testigos, esa diligencia, dejando constancia de la citación y de la ausencia del contratista.
En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para su corrección. En caso de incumplimiento por parte del contratista, se podrá decidir la rescisión del contrato y la ejecución de los trabajos necesarios para corregir las observaciones formuladas, con cargo al contratista.
ARTICULO 94: Plazo de garantía.
Salvo indicación de un plazo especial en el P.C.E., el plazo de garantía será de doce (12) meses. Durante ese plazo el contratista es responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia del uso indebido de las obras.
ARTICULO 95: Recepción Definitiva.
Transcurrido el plazo de garantía, se efectuará una inspección para realizar la Recepción Definitiva, que se hará con las mismas formalidades que la Recepción Provisional. Si se comprobare el buen estado de la obra y el correcto funcionamiento de las instalaciones, la obra quedará recibida definitivamente, dejándose constancia en acta. En caso de observarse defectos, se acordará un plazo para su corrección, a cuya expiración se efectuará una nueva verificación del estado de las obras y, si en esta oportunidad el comitente resolviera aceptar los trabajos, quedará efectuada la Recepción Definitiva.
Si el contratista no hubiese subsanado las observaciones en el plazo acordado, el comitente podrá corregirlos con su propio personal o el de terceros, tomando las sumas necesarias del fondo de reparos o de la garantía de cumplimiento de contrato.
ARTICULO 96: Recepciones parciales.
Cuando el P.C.E. prevea el tratamiento separado de diversas partes de la obra y les fije plazos individuales de ejecución y garantía, cada una de ellas será motivo de Recepción Provisional y Definitiva y devolución de garantía de acuerdo con los artículos 93, 95 y 97 del presente.
Asimismo, el comitente podrá efectuar recepciones parciales cuando lo considere conveniente para el desarrollo de la obra.
ARTICULO 97: Devolución de garantías y fondo de reparos.
La garantía de cumplimiento de contrato y los importes retenidos en concepto de fondo de reparos, o los saldos que hubiere de estos importes, le serán devueltos al contratista después de aprobada la Recepción Definitiva de las obras y una vez satisfechas las indemnizaciones de daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por su cuenta.
En caso de recepciones parciales definitivas, el contratista tendrá derecho a que se le libere o devuelva la parte proporcional de las garantías y del fondo de reparos.
CAPITULO X
RESCISIÓN DEL CONTRATO
ARTICULO 98: Causas de rescisión.
El contrato podrá rescindirse por cualquiera de las causas establecidas en los artículos 49 a 54 de la Ley N° 13.064, con las consecuencias en ellos previstas.
ARTICULO 99: Toma de posesión de la obra.
Producida la rescisión, el comitente tomará posesión inmediata de la obra en el estado en que se encuentre, a cuyo efecto se hará inventario y avalúo de los trabajos, materiales y equipos, labrándoselas actas correspondientes.
El comitente tomará, si lo creyera conveniente y previa valuación convencional, sin aumento de ninguna especie, los equipos y materiales necesarios para la continuación de la obra.
Podrá también ordenar la prosecución de la obra en las condiciones que estime más convenientes, respondiendo el contratista por los perjuicios que sufra el comitente cuando la rescisión haya sido declarada por culpa de aquel.
ARTICULO 100: Inventario.
El inventario se realizará con un representante de cada parte. Si el contratista, previamente citado al efecto, no concurriese o no estuviera representado en el acto del inventario, el comitente estará habilitado para realizarlo, en cuyo caso enviará al contratista, bajo constancia, una copia de aquél.
ARTICULO 101: Avalúo.
El avalúo se realizará de mutuo acuerdo o por medio de peritos, nombrados uno por cada parte. En caso de disconformidad entre ellos, el comitente dispondrá que el diferendo se resuelva por la vía judicial, a cuyos efectos el P.C.E. regulará lo pertinente. Si dentro del plazo de tres (3) días hábiles de notificado el contratista no nombrare a su perito, se entenderá que renuncia a ese derecho y se somete al resultado del avalúo que practique el perito nombrado por el comitente.
ARTICULO 102: Liquidación de los trabajos y materiales.
El comitente practicará la liquidación de todos los trabajos ejecutados por el contratista y terminados con arreglo al contrato y determinará las cantidades y clases de trabajos inconclusos, que sean derecibo. Asimismo procederá a la liquidación de los importes de los materiales y equipos inventariados que sean indispensables para la continuación de la obra que hayan sido incautados.
Los materiales y equipos no aceptados por el comitente serán retirados de la obra por el contratista a su xxxxx, dentro del término que aquél le señale, el que no será menor de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación. Si el contratista no diera cumplimiento en el plazo señalado, el comitente podrá hacer retirar y depositar fuera de la obra esos materiales y equipos, corriendo todos los gastos a cargo del contratista.
Los trabajos que no fueran de recibo serán demolidos por el contratista en el plazo que señale el comitente; si no lo hiciera, éste los demolerá a cuenta del contratista.
El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados que fueran de recibo, tanto los terminados como los inconclusos, y los materiales y equipos incautados a precio de avalúo, constituirá un crédito a favor del contratista, previa deducción de los gastos efectuados a cuenta. Este crédito, cuando la rescisión hubiere sido causada por el contratista, quedará pendiente de pago hasta la terminación y liquidación final de los trabajos, para responder por el excedente de costos de éstos, y de los perjuicios que se originen por la rescisión del contrato, o la mala ejecución de los trabajos hechos por el contratista. Si en el caso anterior las sumas retenidas no bastaren para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios que la rescisión irrogue al comitente, el contratista deberá abonar el saldo que por ese concepto resulte.
CAPITULO XI
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 103: SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE DISCAPACITADOS (LEY 22.431 – DECRETO Nº 312/10)
El contratista deberá cumplimentar lo dispueto en las obligaciones establecidas por el Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (LEY 22.431 – DECRETO Nº 312/10).
ARTÍCULO 104: Seguros.
El contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las Normas vigentes en materia de Higiene y Seguridad en la construcción – Leyes N° 19.587 y 24.557 y su reglamentación Xxxxxxx Xx 000/00 x xxx Xxxxxxxxxxxx SRT N° 231/96,51/97, 35/98, 319/99 y 552/01 -, como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de la obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la obra, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Seguro de accidentes que cubra al personal del comitente afectado a la obra, de consignarse en el PCE.
4) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el monto que se establezca en el P.C.E., a su nombre y el del Comitente, manteniendo a éste cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan producirse como consecuencia de la ejecución y mantenimiento de las obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier naturaleza, en relación con ello.
5) Asimismo, el contratista deberá asegurar la obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción Provisoria.
Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del comitente.
En los casos en que corresponda, deberán incluir una Cláusula de no Repetición, donde la aseguradora renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o regreso contra la Universidad Nacional de Quilmes, sus funcionarios y/o empleados. agregado
En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no podrá el contratista dar inicio a las tareas, siendo de su exclusiva responsabilidad las consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la obra, se procederá a la suspensión de ésta, con cargo al contratista, no abonándose ningún importe en concepto de certificados; pudiéndose inclusive llegar a la rescisión del contrato.
De ser requerido por la Inspección, el contratista deberá acompañar al expediente informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya contratado el seguro. El Comitente, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificada esa decisión.
ARTICULO 105: Cotizaciones en moneda extranjera.
Cuando por cualquier motivo se aceptaran cotizaciones en moneda extranjera, el importe de las garantías correspondientes se constituirán en moneda nacional calculándolas al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, al cierre de las operaciones del día anterior de su constitución. El importe de la garantía deberá ajustarse cada vez que se verificase un incremento mayor al diez por ciento (10%) en la cotización de la moneda extranjera.
ARTICULO 106: Manejo de las instalaciones.
El contratista deberá suministrar instrucciones escritas acerca del manejo de las instalaciones incorporadas a las obras y de los inconvenientes que con más frecuencia pueden presentarse en ellas, e instruir directamente al personal que el comitente destine a su cuidado.
CAPITULO XII
SANCIONES
ARTÍCULO 107: Hechos que pueden originar sanciones.
Todo incumplimiento de las condiciones previstas en la documentación contractual o de órdenes de servicio dará lugar a la aplicación de sanciones, las que serán previstas en el P.C.E., debiéndose tener en cuenta que las multas deberán ser progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del contrato.
A tal efecto, podrá habilitarse una cuenta de deméritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las faltas cometidas por el contratista, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por éste.
A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del contrato al monto original más los importes de las modificaciones aprobadas.
ARTICULO 108: Recursos.
El sancionado podrá, en todos los casos, interponer los recursos establecidos en la Ley de Procedimientos Administrativo Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991), sus modificatorias y complementarias.
ARTICULO 109: Percepción de multas.
El importe de las multas será descontado del primer certificado que se extienda después de aplicada la sanción, y si el monto del certificado no fuera suficiente, de cualquier otro crédito que por cualquier concepto tuviera el contratista ante el comitente.
Si los créditos precedentemente enunciados tampoco fueren suficientes, los importes correspondientes podrán ser deducidos de la garantía de cumplimiento del contrato, en cuyo caso ésta deberá ser repuesta dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, con apercibimiento, en caso contrario, de rescisión del contrato y la pérdida del saldo de dicha garantía. La percepción de las multas se hará efectiva aún cuando la resolución que impuso la sanción hubiese sido recurrida. Si con posterioridad se dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos con más un interés compensatorio de acuerdo a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina para los descuentos sobre certificados de obra.
PLIEGO DE CLAUSULAS ESPECIALES
ÍNDICE
ARTÍCULO 1º: Objeto del llamado……………………………….……………….................................
ARTÍCULO 2º: Presupuesto oficial……… .......................................................................................
ARTÍCULO 3º: Plazo de Obra…….....................................................................................................
ARTÍCULO 4º: Sistema de Contratación…………….......................................................................
ARTÍCULO 5º: Capacidad de Contratación.....................................................................................
ARTÍCULO 6º: Capacidad Civil de Proponente………………………………………………………..
ARTICULO 7º: Capacidad Técncia y Financiera….... .....................................................................
ARTÍCULO 8º: Visita de Obra…………………………………............................................................
ARTÍCULO 9º: Aclaraciones y/o Consultas……............................................................................
ARTÍCULO 10º: Antecedentes de Obras Ejecutadas y en Ejecusion ...........................................
ARTÍCULO 11º: Presentacion de las Propuestas……………………………....................................
ARTÍCULO 12º: Garantía de Manteniento de la Propuesta............................................................
ARTÍCULO 13º: Mantenimiento de la Propuesta………………………….........................................
ARTÍCULO 14º: Forma de Presentación de las Propuestas..........................................................
ARTÍCULO 15º: Evaluación de las Propuestas………… ................................................................
ARTÍCULO 16º: Apertura de las Propuestas…................................................................................
ARTÍCULO 17º: Análisis Técnico y Financiero……........................................................................
ARTÍCULO 18º: Dictamen de Evaluación…….................................................................................
ARTÍCULO 19º: Impugnación del Dictamen....................................................................................
ARTÍCULO 20º: Desempate de Propuestas. Mejora de precios....................................................
ARTÍCULO 21º: Adjudicación.........................................................................................................
ARTÍCULO 22º: Firma del Contrato…………………………………………………….......................
ARTÍCULO 23º: Orden de Aplicación de los Documentos Técnicos……...................................
ARTÍCULO 24º: Orden de Ejecución. Acta de Inicio………………………………….......................
ARTÍCULO 25º: Prevención Laboral y Normas de Higiene y Seguridad…...................................
ARTÍCULO 26º: Plan de Trabajo…………………..............................................................................
ARTÍCULO 27º: Medición de los Trabajos. Extensión de los Certificados...................................
ARTÍCULO 28º: Obras Cubiertas y Trabajos de imposible Medición Ulterior………………........
ARTÍCULO 29º: Anticipo Financiero..............................................................................................
ARTÍCULO 30º: Pago de los Certificados. ......................................................................................
ARTÍCULO 31º: Fondo de Reparo…………………………………………………................................
ARTÍCULO 32º: Cierre de las Obras……………... ...........................................................................
ARTÍCULO 33º: Cartel de Obra…….... .............................................................................................
ARTÍCULO 34º: Replanteo de Obra.……... ......................................................................................
ARTÍCULO 35º:Ensayos y Pruebas..................................................................................................
ARTÍCULO 36º: Trabajos Defectuosos…….....................................................................................
ARTÍCULO 37º: Oficina………………………………………... ............................................................
ARTÍCULO 38º: Planos de Obra…....................................................................................................
ARTÍCULO 39º: Responsabilidad para el Cálculo de las Estructuras y Estudios de Suelos.....
ARTÍCULO 40º: Planos de Obrados. ...............................................................................................
ARTÍCULO 41º: Vigilancia. Seguridad e Higiene.............................................................................
ARTÍCULO 42º: Instrumental de Medición…...................................................................................
ARTÍCULO 43º: Daños……………………………………………….....................................................
ARTÍCULO 44º: Provisión de Agua………………………………………... ........................................
ARTÍCULO 45º: Representante Técnico……………………………………………………………........
ARTÍCULO 46º: Suspensión de Trabajos por Imprevistos o modificaciones…….......................
ARTÍCULO 47º: Multas……………………………………………………………..................................
ARTÍCULO 48º: Procedimiento para la aplicación de multas........................................................
ARTÍCULO 49º: Recepción provisoria y/o trabajos….....................................................................
ARTÍCULO 50º: Manual de Operaciones y Mantenimiento……………………………………........
ARTÍCULO 51º: Pruebas para la Recepción Provisoria…………………………………...................
ARTÍCULO 52º: Documentación a entregar en forma previa a la Recepción Provisora………..
ARTÍCULO 53º: Plazo de Entrega………………………………………….........................................
ARTÍCULO 55º: Recepciones Parciales……………………..............................................................
ARTÍCULO 56º: Devolución de Garantías y fondo de Reparos……………………………………
ARTÍCULO 57º: Redeterminación de Precios…………………………………………………………
ARTÍCULO 58º: Comunicación y Notificaciones……………………………………………………..
ARTICULO 59º: Facturación
ANEXOS DEL I AL XII
MODELO DE NOTA PARA SOLICITUD DE REDETERMINACIÓN Y ADECUACION PROVISORIA.
MODELO DE CONTRATO.
PLIEGO DE CLAUSULAS ESPECIALES
ARTÍCULO 1º: OBJETO DEL LLAMADO. ALCANCE DE LOS TRABAJOS.
El llamado a licitación tiene por objeto la contratación de una obra denominada ESTUDIO DE RADIO MOVIL. SEGUNDO LLAMADO y comprende los siguientes trabajos: Desarrollo del proyecto, provisión de materiales, equipos, herramientas, andamios y mano de obra necesarios para la ejecución completa de la obra.
ARTÍCULO 2º: PRESUPUESTO OFICIAL.
El Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 2.251.064,00) – Valores a Marzo de 2019. La moneda de cotización, de las garantías y de pagos será en Pesos. El contrato estará sujeto a redeterminación de precios, aplicandoese el Decreto 691/16 y sus modificatorias. Los valores del presupuesto corresponden al mes de Noviembre de 2018.
Se transcribe el artículo 19 del Anexo del Decreto 691/16: “PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES. Los Pliegos de Bases y Condiciones de los procedimientos licitatorios incluirán: a) El Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obras Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Nacional, como norma aplicable. b) La estructura de ponderación de insumos principales o la estructura de costos estimada —la que también será de aplicación para establecer el porcentaje de adecuación provisoria— y las fuentes de información de los precios correspondientes. c) La obligación de los oferentes de presentar conjuntamente con la oferta la documentación que se indica a continuación: I. El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda. II. Los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias. III.- Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios o en la estructura de costos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 del presente régimen. IV. El presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems en soporte digital. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará descalificación de la oferta correspondiente. d) Modelo de solicitud de adecuación provisoria y redeterminación definitiva.”
ARTÍCULO 3º: PLAZO DE OBRA.
El Plazo de Ejecución de las obras con todos los rubros que se contratan terminados será de CIENTO VEINTE (120) DÍAS CORRIDOS, contados a partir de la fecha del acta de inicio de obra. Dentro del plazo establecido se encuentran considerados los atrasos posibles como ser las dificultades que se puedan producir, por ejemplo el producido por días de lluvias dentro de la media mensual establecida en el lugar de ejecución de la obra. A los efectos de la concesión de adicionales de plazo por causa de lluvias extraordinarias, se tomará en cuenta la información registrada en los Partes del Servicio Meteorológico Nacional, en función de las incidencias de las lluvias en cada uno de los días trabajados, junto con un informe del Inspector de la Obra (designado por la Dirección General de Planificación) que evalúe la situación.
ARTICULO 4°: SISTEMA DE CONTRATACIÓN
La Contratación de la obra se hará por el sistema de Ajuste alzado", lo implica que el precio de la obra es un monto global, siendo el precio cotizado invariable. Dicho precio cubrirá todas las exigencias de los trabajos, que serán ejecutados por completo y en un todo de acuerdo a las reglas del arte.
ARTÍCULO 5º: CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN.
Para presentarse en esta licitación, el proponente deberá acompañar certificado válido acreditando su capacidad de contratación anual actualizada en la sección Arquitectura: CAPACIDAD DE CONTRATACION: $ 3.752.000,00, expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas (conforme al Decreto N° 1724/93 y sus normas reglamentarias, modificatorias y/o complementarias. ABROGADO POR ARTICULO 14 DEL DECRETO 1169/2018 B.O. 26/12/2018 PAGINA 4. DISPOSICION TRANSITORIA. ESTABLECESE QUE HASTA TANTO LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, EN EJERCICIO DEL OBJETIVO 8 DE DICHA OFICINA NACIONAL, PREVISTO EN LA PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 11 DE LA PRESENTE MEDIDA, DICTE EL NUEVO REGLAMENTO QUE RIJA EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES DE OBRAS PUBLICAS CREADO POR EL ARTICULO 13 DE LA LEY N° 13.064 Y SUS MODIFICATORIAS, CONTINUARA VIGENTE EL REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES DE OBRAS PUBLICAS, QUE COMO ANEXO I FORMA PARTE INTEGRANTE DEL DECRETO N° 1724/93, ARTICULO 15 DEL DECRETO 1169/2018 B.O. 26/12/2018 PAGINA 4). Para evaluar la capacidad de contratación se aplicará la siguiente fórmula PARA LAS OBRAS CON PLAZO MENOR A UN AÑO:
CCM = (PO/12) x (12- PE)+PO
Y la formula PARA OBRAS CON PLAZO MAYOR A UN AÑO:
CCM = PO x 12/ PE
Siendo:
CCM = Capacidad de Contratación Mínima
PO = Monto Presupuesto Oficial
PE = Plazo de Ejecución (en meses).
En el supuesto de presentarse a la licitación empresas asociadas en cualquiera de las formas legalmente admitidas, la capacidad de contratación de ese consorcio en cada sección será la que resulte de sumar las correspondientes capacidades de sus integrantes, cuyos montos de participación no podrán superar sus respectivas capacidades.
ARTÍCULO 6º: CAPACIDAD CIVIL DEL PROPONENTE.
Los proponentes deberán tener capacidad civil para obligarse. Toda la documentación referida a las sociedades, deberá estar certificada por Escribano Público.
Si la oferta estuviese formulada por una Sociedad Anónima, deberán presentar:
a) copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio o en el Registro instrumentado a tal fin en el país.
b) copia del Acta de Asamblea designando al Directorio y copia del Acta que designe al Representante Legal de la sociedad con facultades suficientes para la presentación de ésta en la licitación.
Para el caso de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se deberá acompañar:
a) copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio o en el Registro instrumentado a tal fin en el país,
b) para el caso que el Contrato Social no hubiera designado a los miembros integrantes de la gerencia y/o no hubiera establecido las funciones atinentes a cada uno de ellos, deberá presentarse Acta de Asamblea designando al/los miembros del órgano de administración y representación antes citado y/o fijado a cual de ellos le compete la presentación de la Oferta en representación de la sociedad salvo que el Contrato Social estableciera otra forma de deliberación de los socios.
Otras Sociedades Comerciales deberán presentar:
Copia del Contrato Social debidamente inscripto en el Registro Público instrumentado a tal fin en el país, nómina de los directorios según el tipo de sociedad, copia del acta deliberativa por la cual se los designa e instrumento que faculte al/los representante/s presentarse a la licitación.
En el casp de una UTE deberá presentar:
-Copia del acta que la constituye, indicar su capital debidamente certificado por Contador Público, aclarando el porcentaje que afecta a cada una de ellas en su capacidad. Las ofertas presentadas por asociaciones de empresas deberán reunir las condiciones exigidas por la normative aplicable, además de las previstas a continuación:
-La oferta deberá ser firmada por la representante que las empresas asociadas haya convenido. La empresa representante estará autorizada a la presentación de la Oferta y a la representación de la Asociación en todo acto relacionado con la ejecución de la contratación, incluyendo la percepción de los montos derivados del mismo.
- La oferta deberá contener un compromiso expreso de incluir, eventualmente, en el Contrato Social la previsión de solidaridad de las empresas de la asociación a los fines del cumplimiento efectivo de la contratación objeto de la licitación.
- Se acompañará a la oferta copia del compromiso de asociación, que se formalizará en consorcio legalmente constituido en caso de adjudicación de la contratación.
Para licitantes unipersonales no constituidos en forma de empresa:
Deberán presentar una declaración jurada patrimonial (ingresos anuales, gastos en el mismo período, bienes, créditos a su favor y deudas), certificada por Contador Público y Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Respecto de los bienes, deberán presentarse acreditación patrimonial de los bienes inmuebles ante el Registro de Propiedad Inmueble con los respectivos informes de dominio expedido por el citado registro.
ARTICULO 7º: CAPACIDAD TECNICA Y FINANCIERA.
7.1 Capacidad técnica. Experiencia de obra
Tener experiencia como Contratista o Subcontratista en la construcción, durante los últimos cinco (5) años, de obras, que contemplen estructuras de similares características a las del proyecto a construir. Si el proponente declara como antecedentes obras en ejecución, las mismas deberán acreditar un avance superior al 50%.
En el caso en que el oferente sea una UTE o agrupación de colaboración empresaria, se considerarán los metros cuadrados de 3 contratos entre las empresas que integran la UTE.
La experiencia requerida, se considerará válida cuando las obras ejecutadas cumplan lo exigido respecto a que las mismas deberán ser de similares características estructurales a los del proyecto objeto de la presente Licitación.
Para facilitar la evaluación de las ofertas, los oferentes deberán agregar a su propuesta la documentación respaldatoria (Contrato de Obra, Certificación, Actas de Recepción Provisoria o Definitiva, etc.) que permita verificar la experiencia de obra declarada.
Las oferentes deberán gozar de buen concepto, en las obras en que haya participado en los últimos cinco (5) años.
El Contratante se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos por el Oferente. El Contratante podrá rechazar la oferta en caso de observar un mal desempeño en las obras en las que el Oferente haya participado en el período establecido, a su exclusivo juicio.
Representante Técnico: Profesional de 1era categoría (Arquitecto, Ingeniero Civil y/o en Construcciones). El representante técnico deberá estar permanentemente en la obra. En caso de ausencia ocasional deberá disponer la presencia de un profesional con al menos igual calificación, para su reemplazo, previa aceptación del Contratante.
Equipos destinados a la obra: Se solicitará el listado de equipos propuesto para ejecutar los trabajos y su lugar de ubicación, al momento de la cotización y debidamente identificados a través de su número de serie. El Contratante podrá verificar el estado de los mismos.
7.2 Capacidad financiera. Situación económico – financiera
Se realizará el análisis de la situación económica – correspondiente a los estados contables de los dos últimos ejercicios, los puntajes exigidos para cada uno de los indicadores son los siguientes:
INDICE |
FORMULA |
VALORES ACEPTABLES |
INDICE DE LIQUIDEZ CORRIENTE
|
Activo Cte. / Pasivo Cte. |
Mayor o igual 1,00 |
INDICE DE LIQUIDEZ SECA O PRUEBA ACIDA |
Activo Corriente - Bienes de Cambio / Total Pasivo Corriente |
Igual o mayor a 0,80 |
INDICE DE SOLVENCIA
|
Total Activo / Total Pasivo |
Mayor a 1,50 |
IMPORTANCIA DEL PASIVO EXIGIBLE |
Pasivo Corriente / Activo Total |
Igual o menor a 0,35 |
El resultado del análisis de los índices deberá arrojar valores admisibles en por lo menos tres (3) de los cuatro (4) indicadores, cumpliendo en forma excluyente con el índice de liquidez corriente.
En el caso en que el oferente sea una UTE o agrupación de colaboración empresaria, se calculará el puntaje individual de cada integrante de la UTE, en función de los Estados Contables requeridos. Posteriormente se afectará dicho puntaje con el porcentaje de participación de la empresa en la UTE. y, la suma de los valores así obtenidos será el puntaje de la U.T.E. en el rubro.
ARTÍCULO 8º: VISITA DE OBRA. CONOCIMIETO DEL LUGAR, DOCUMENTACIÓN Y PROYECTO
Es obligación del proponente efectuar una visita a los predios en que se ejecutará la obra y tomar debida nota de su estado, sus instalaciones, estructuras, etc. Por cuanto en su propuesta se considerarán incluidos todos los trabajos, reparaciones, provisiones, etc. que sin estar específicamente aclarados, sean necesarios para implantar la obra en el lugar, perfectamente terminada, de acuerdo a su fin y a las reglas del arte de construir, con sus instalaciones conectadas y funcionando.
El proponente deberá realizar la visita de obra y acompañar a su propuesta el comprobante de haberla efectuado, certificado por el funcionario pertinente. La visita se podrá efectuar hasta el día 11 xx Xxxxx, en días hábiles administrativos y será coordinada con la Dirección de Obras Universitarias de la Universidad al correo electrónico xxxxxxx@xxx.xxx.xx o llamando al télefono (000) 0000-0000 de 11:00 a 15:30 hs. El proponente no podrá alegar desconocimiento del lugar donde se ejecutarán las tareas, sus caminos de acceso, la disponibilidad de servicios, materiales y/o mano de obra o cualquier tipo de información relativa a las condiciones locales que puedan influir sobre la ejecución de los trabajos y se deberá comprometer al estricto cumplimiento de las obligaciones emergentes a esta contratación, absteniéndose de presentar cualquier tipo de reclamo alegando desconocimiento o falta de información sobre dichas cuestiones.
La NO realización de la Visita de Obra acorde lo previsto en el presente artículo, es una causal de inadmisibilidad de la propuesta no subsanable.
La presentación de una propuesta significará que quien la hace conoce el luegar en que se ejecutarán los trabajos, condiciones y características propias de la obra y su desarrollo, que se ha compenetrado del exacto alcance de las disposiciones contenidas en las presentes Bases Generales de Licitación y Contratación, que ha estudiado los planos, entregados por la Direccion de Obras de Universitaria, demás documentos del proyecto y que se ha basado en todo aquello, para hacer su oferta.
Se deberá incluir una descripción de la propuesta de trabajos a ejecutar, detallando alcances de los mismos metodología de ejecución y programa de trabajo.
El Oferente junto con la oferta deberá presentar el plan de higiene, seguridad y control de riesgo para el personal que realice las tareas de campo, conforme el anexo de Especificaciones técnicas en prevención laboral.
ARTÍCULO 9º: ACLARACIONES Y/O CONSULTAS.
Las consultas y/o aclaraciones al presente Pliego de Bases y Condiciones que los interesados consideren necesarias, deberán ser formuladas por escrito y se aceptarán hasta cinco (5) días hábiles previos a la fecha de apertura de las propuestas, ante la Dirección de Suministros, sita en Xxxxx Xxxxx Xxxx 000, xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxx, partido de Quilmes, en días hábiles administrativos, en el horario de 10:00 a 15:00 horas.
La Universidad Nacional de Quilmes evacuará las consultas y/o formulará aclaraciones de oficio, hasta tres (3) días hábiles previos a la citada fecha de apertura.
Las respuestas y/o aclaraciones de oficio serán notificadas a todos los interesados que hayan realizado la visita de obra vía correo electrónico y serán además publicadas en la página web de la Universidad, por lo que ningún interesado podrá desconocerlas.
Para las respuestas y/o aclaraciones se tendrá como válido el e-mail que las empresas constituyan en circunstancia de realizar la visita de obra, siendo responsabilidad de ellas constatar su corrección y comunicar su cambio si lo hubiere. Los Proponentes podrán constatar personalmente si han sido notificados debidamente de la totalidad de ellas hasta la fecha antes establecida.
ARTÍCULO 10º: ANTECEDENTES DE OBRAS EJECUTADAS Y EN EJECUCIÓN.
El Proponente deberá presentar para su estudio por la Comisión Evaluadora, un listado de las obras más significativas de similar envergadura y complejidad téncias realizadas y en ejecución, donde se deberán consignar los datos detallados en el anexo denominado Antecedetes de obras ejecutadas y en ejecución.
ARTÍCULO 11º: PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas (UN UNICO EJEMPLAR) serán admitidas durante los días hábiles, (lunes a viernes) hasta una hora antes de la fecha y hora fijada para el acto de apertura. Podrán ser presentadas en la DIRECCIÓN DE SUMINISTROS de 11:00 a 15:00 hs. o en la MESA GENERAL DE ENTRADAS Y SALIDAS de 8:00 a 18:00 hs. Ambas oficinas se encuentran ubicadas en la Universidad Nacional de Quilmes, sita en la calle Xxxxx Xxxxx Xxxx 352, de la Localidad xx Xxxxxx, Partido de Quilmes.
Las ofertas enviadas por correo postal además de estar identificadas precisando el número de licitación, número de expediente y obra que se licita, se considerarán presentadas en el momento de su recepción por la Mesa General de Entradas y Salidas.
ARTÍCULO 12º: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA.
Para cotizar en la presente licitación es obligatorio presentar la garantía de mantenimiento de la propuesta del uno por ciento (1%) del monto del Presupuesto Oficial, según Artículo 26 del P.C.G. y Artículo 2° del presente P.C.E.
La falta de presentación de esta garantía será suficiente causal de desestimación de la propuesta.
ARTÍCULO 13º: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA.
Los proponentes están obligados a mantener su propuesta durante un plazo de noventa (90) días corridos, contados a partir de la fecha de la apertura de la licitación, y hasta la firma del contrato en los términos previstos en el Artículo 26 del P.C.G.
El retiro de la propuesta dentro del lapso fiajado será penado con la pérdida de la garantía de oferta.
ARTÍCULO 14º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
La propuesta será presentada en “UN (1) SOBRE”. La documentación a presentar deberá estar encarpetada, manteniendo el orden previsto en este artículo. La propuesta deberá tener firmadas todas sus fojas, por el proponente o su Representante Legal. El sobre llevará como únicas leyendas las siguientes: 1º) Denominación de la obra a la que corresponde la propuesta; 2º) Identificación del proponente; 3º) Nº de licitación y de Expediente, y 4º) Día y hora fijados para la apertura de la propuesta.
Toda información suministrada por el proponente tendrá carácter de declaración jurada. Toda documentación presentada en copia deberá ser legible y estar debidamente certificada por Escribano Público y en caso de extraña jurisdicción con su correspondiente legalización, para ser considerada en el presente llamado licitatorio.
El SOBRE deberá contener la documentación que a continuación se detalla:
1. Acreditación, por parte del firmante de la propuesta, de su facultad para obligar a la empresa proponente (personería legalizada).
2. Certificado de Capacidad de Contratación Anual vigente expedido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas debidamente legalizado por Escribano Público.
3. Copia certificada del contrato social, debidamente inscripto en la Inspección General de Justicia u organismo que corresponda según la jurisdicción de que se trate o matrícula del comerciante debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio de la jurisdicción que corresponda.
4. Constancia de constitución de Unión Transitoria de Empresas o de consorcio de cooperación, si correspondiera.
5. Anexo I. Declaración Jurada de Conocimiento y Aceptación de la documentación.
6. Anexo II. Declrarción Jurada de no estar incurso en ninguan de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el Estado
7. Anexo III. Declaración de Domicilio. Constitución de domicilio electrónico.
8. Anexo IV. Designación y aceptación del Resposable de obra.
9. Anexo V. Certificado de Visita de Obra.
10. Anexo VI. Mantenimiento de Oferta.
11. Anexo VII. Formulario de Propuesta Económica. Moneda de cotización: Pesos.
12. Anexo VIII. Antecedentes de obras Ejecutadas y en Ejecución. Detalles
13. Anexo IX. Principales Equipos del Proponente.
14. Anexo X. Calificación Financiera
15. Anexo XI. Desempeño.
16. Anexo XII. Análisis de Precios
17. Planilla de Cómputo y Presupuesto,
18. Referencias Comerciales y Bancarias.
19. Plan de Trabajos y Curva de Inversión. El oferente deberá presentar el plan de trabajos ejecutado en forma semanal mediante un diagrama xx xxxxxx (XXXXX) acorde a los rubros e ítems que componen la totalidad de la obra; se deberán incluir los tiempos necesarios para la confección de planos, presentación de muestras y correspondientes aprobaciones. En el mismo se indicará:
- El porcentaje de incidencia del Rubro referido al presupuesto.
- El porcentaje de incidencia del ítem referido al presupuesto.
-Los porcentajes de avances de cada ítem referido al total del mismo, en forma semanal y mensual.
- Los porcentajes de avance total de la etapa en forma mensual.
Asimismo se presentará un plan de inversión mensual, que será ejecutado de acuerdo al plan de trabajos. Ambos planes pasarán a formar parte de la documentación contractual; la Dirección de General de Planificación podrá solicitar al oferente las modificaciones que considere necesarias, antes de la firma del respectivo contrato. Luego, durante la ejecución de las obras, se utilizará para la certificación de los trabajos
20. Constancia de inscripción en una aseguradora de riesgos de trabajo.
21. Las Sociedades cuya duración sea superior a los dos años deberán presentar balances económicos y financieros y estado patrimonial de los dos últimos ejercicios, certificados por Contador Público Nacional, cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Las Sociedades con una duración inferior a los dos años deberán presentar estado patrimonial. Se indicará también la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha de la licitación.
22. Garantía de Mantenimiento de la propuesta.
23. El presupueto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems por escrito y en soporte digital.
ARTÍCULO 15º: EVALUACION DE LAS PROPUESTAS. INADMISIBILIDAD. En oportunidad de analizar el contenido del sobre la Comisión Evaluadora podrá requerir a los proponentes información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas, ni quebrantamiento al principio de igualdad; también podrá intimar a la subsanación de errores formales, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta, todo ello dentro de los plazos que dicha Comisión fije. En dicha oportunidad, si la Comisión Evaluadora advirtiere la falta de presentación de alguno de los documentos que deben integrar el mismo, intimará a los proponentes a su presentación dentro del plazo que a tal efecto fije, bajo apercibimiento de declarar inadmisible la propuesta. Serán causales no subsanables y de inadmisibilidad de la propuesta:
- La falta de la garantía de mantenimiento de la propuesta.
- La falta del Certificado de Capacidad de Contratación Anual vigente y legalizado.
- La falta de la Oferta Económica.
- No contar con habilidad para Contratar con la administración nacional al emitirse el dictamen de evaluación. (incumplimiento ante la AFIP)
- La falta del Análisis de Precios Desagregados (El presupueto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems)
- No haber efectuado la Visita de Obra exigida.
Podrá ser causal de rechazo la inclusión por parte del Oferente de condicionamientos a su Propuesta que, a criterio de la Dirección General de Planificación puedan afectar sus aspectos técnicos y/o económicos.
ARTÍCULO 16º: APERTURA DE LAS PROPUESTAS.
La apertura de propuestas se realizará en acto público en la Dirección de Suministros de la Universidad Nacional de Quilmes, sita en Xxxxx Xxxxx Xxxx 000 la localidad xx Xxxxxx, partido de Quilmes con la presencia de funcionarios e interesados que concurran, en el día, hora y lugar señalados en el presente Xxxxxx. Si el día fijado para el acto de la Apertura fuera declarado feriado o de asueto administrativo, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados. Se aceptarán propuestas hasta una hora antes del horario fijado para el acto de Apertura de Sobres. Antes de comenzar con la apertura de los sobres, los presentes e interesados podrán pedir o formular aclaraciones sobre el Acto; iniciado éste, no se admitirán interrupciones por ningún motivo.
En dicha oportunidad se labrará un acta que será firmada por los funcionarios autorizados y los asistentes al momento de la apertura en la que se dejará constancia de las propuestas presentadas. La copia de todas las propuestas quedará a disposición de los proponentes, a fin de que tomen vista de ellas por el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura, pudiendo formular las observaciones que estimen pertinentes dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la finalización del plazo fijado para la vista.
Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones xxx Xxxxxx de Licitación. La Universidad no está obligada a aceptar oferta alguna pudiendo rechazar todas si así lo estima oportuno y conveniente.
Queda expresamente establecido que es atribución exclusiva de la Universidad, mediante la intervención de la Comisión Evaluadora, determinar cuáles son las imperfecciones de tipo formal no esencial que podrán ser subsanadas por vía de aclaratoria o saneamiento. Si en el plazo fijado por la Comisón dcihas imperfecciones o los podedios de aclaración no fueren cumplimentados, la Comisión desestimará la oferta con pérdida de la garantía correspondiente.
Cuando un oferrente desistiera de su oferta antes de transcurrido el período de su mantenimiento, tal actitud implicará automáticamente la pérdida de la respectiva Garantía de Oferta sin derecho a reclamo alguno y sin perjuicio de la aplicación de penalidades e inicio de las acciones a que hubiere lugar.
ARTÍCULO 17º: ANALISIS TECNICO Y FINANCIERO
Realizada la apertura, la Dirección General de Planificación realizará el análisis técnico y la Dirección General de Administración el análisis económico-financiero de las propuestas. Se verificará el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos exigidos, como asimismo si se encuentra completa la documentación presentada. Queda expresamente aclarado que no se dará a conocer información alguna acerca de estos estudios hasta la notificación del dictamen de la Comisión Evaluadora.
El análisis de la Dirección General de Planificación y la Dirección General de Administración se hará con base en una metodología de evaluación que incluirá la ponderación y concurrencia de los factores que demuestren el ajuste a las estipulaciones establecidas en el Pliego.
El análisis de los antecedentes de un Proponente tendrá en cuenta los siguientes criterios principales:
La presentación y suficiencia de los documentos requeridos en el Pliego y en el resto de la documentación que rija la contratación.
Si la Garantía de Mantenimiento de Oferta cumple con las condiciones de haber sido emitida de conformidad con las estipulaciones establecidas en los Pliegos.
Experiencia específica en los trabajos de obra pública similares al objeto del presente, llevados a cabo en los últimos CINCO (5) años.
Metodología propuesta para la ejecución de los trabajos requeridos, que demuestre la comprensión de los trabajos solicitados y sea compatible con la obra requerida.
La experiencia de la empresa y de su personal técnico y directivo requerida para cumplir adecuadamente el objeto de la contratación.
La infraestructura y capacidad financiera.
Disponibilidad de profesionales habilitados.
Las Propuestas serán rechazadas igualmente, sin necesidad de interpelación alguna, cuando hayan sido presentadas en forma incompleta de manera tal que afecte sustancialmente la Propuesta, la documentación o datos requeridos en orden a determinar los Antecedentes del Oferente.
Si se presentara una sola Propuesta, la UNQ se reserva la facultad de adjudicarla o dejarla sin efecto, sin derecho a reclamación alguna por parte del Oferente.
Medios y equipamiento que se afectará a la ejecución de la obra y demás equipos necesarios para realizar las tareas objeto del contrato.
Cronograma de actividades con indicación de fechas de entrega de los resultados parciales y final.
La información y datos contenidos en la Propuesta podrá ser motivo de solicitud de aclaraciones, las que deberán ser respondidas en el plazo solicitado.
La buena reputación ética y profesional.
En ningún caso, estas aclaraciones podrán interpretarse como una opción para que los proponentes puedan completar documentación o información omitida que pudiere alterar el principio de igualdad y/o libre concurrencia o modificar aquella ya presentada.
La Dirección General de Planificación tendrá la facultad de dirigirse a los clientes de las firmas proponentes y a cualquier otra fuente de información que considere pertinente, con el objeto de confirmar aspectos concernientes a los documentos presentados.
Para la evaluación técnica de las propuestas se considerarán, además de lo antes indicado, los siguientes componentes y sus ponderaciones relativas:
-
ITEM
PONDERACION RELATIVA
Experiencia de la empresa en trabajos similares
30%
Calificación de la planilla de cómputo de materiales.
35%
Solidez y adecuación del enfoque técnico (Metodología )
15%
Medios a emplear para el desarrollo de las tareas.
10%
Criterios de seguridad a adoptar durante el desarrollo de las tareas
10%
En todos los casos, a cada componente se le adjudicará un puntaje de 0 a 10. Para obtener el puntaje global correspondiente a cada oferente, se multiplicarán los puntajes obtenidos por ítem, por el coeficiente de ponderación correspondiente, y se sumarán los distintos valores ajustados. Serán considerados únicamente los oferentes cuyo Valor Total Ponderado iguale o supere el valor de 7 (70% del total posible).
ARTÍCULO 18º: DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
La Comisión Evaluadora emitirá el dictamen de evaluación dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibidas las actuaciones con las informaciones adicionales o aclaratorias aludidas en el artículo anterior. Verificará el cumplimiento de los requerimientos formales exigidos, y aconsejará la adjudicación de acuerdo al criterio de la propuesta más conveniente, definiéndose como tal a la que cumpliendo con todos los requisitos exigibles contenga la Oferta Económica de menor precio.
La Comisión de Evaluación podrá solicitar de cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria que considere necesaria a los fines verificatorios. Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada. El plazo para la respuesta será el que fije la Comisión.
Si la Comisión de Evaluaciuón en atención a la complejidad de las cuestiones sometidas a su consideración interpretara que su plazo para expedirse es insuficiente podrá requerir una extensión. El dictamen se notificará vía correo electrónico a todos los proponentes y será publicado en el Boletín Oficial de la Nacional de la Nación por un (1) día dentro de los cinco (5) días hábiles de su emisión y también se publicará en la página web de la Unviersidad.
ARTÍCULO 19º: IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN.
Los proponentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los tres (3) días hábiles de la notificación del mismo, previa integración de la garantía que represente el 0,5% del monto de la oferta, ya sea mediante pagaré o poliza de seguro de caución. Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
ARTÍCULO 20º: DESEMPATE DE PROPUESTAS IGUALMENTE CONVENIENTES. MEJORA DE PRECIOS.
En caso de obtenerse propuestas igualmente convenientes, por resultar sus ofertas económicas de igual precio, se solicitará a los respectivos proponentes, que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. En el acto de apertura de estas mejoras se labrará el acta correspondiente. El silencio por parte del proponente invitado a mejorar se considerará como que mantiene su oferta Económica De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las propuestas empatadas. Para ello se deberá fijar día, hora y lugar del sorteo público y notificarse por medio fehaciente a los proponentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y se labrará el acta correspondiente.
ARTÍCULO 21º: DE LA ADJUDICACIÓN.
Se adjudicará el contrato a la Propuesta más conveniente o se rechazarán todas, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los proponentes
La circunstancia de no haberse presentado más de una propuesta no impide ni obliga a la adjudicación. La presentación de propuestas no da derecho alguno a los oferentes para la aceptación de aquellas.
La Universidad se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimieto licitatario antes de la adjudicación, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
La Universidad Nacional de Quilmes se reserva el derecho de descalificar toda propuesta en que se compruebe que el oferente mantiene conflicto judicial o extra-judicial con la Universidad Nacional de Quilmes, y en general cuando se compruebe la comisión de cualquier hecho doloso para obtener la licitación.
La adjudicación será notificada por correo electrónico al adjudicatario y el resto de los oferetes dentro de los tres (3) días de dictado el acto respectivo y será publicada por un (1) día en el Boletín Oficial y en la página web de la Universdiad.
Con posterioridad a la adjudicación y previo a la suscripción del Contrato, la Dirección General de Planificación podrá solicitar al adjudicatario, si así correspondiere, las adecuaciones que correspondan.
ARTÍCULO 22º: FIRMA DEL CONTRATO.
Si el adjudicatario no concurriere a firmar el contrato dentro de los diez (10) días corridos de haber sido citado para la firma del mismo o no presentare en debida forma la documentación que se detalla en este artículo, la adjudicación podrá ser dejada sin efecto con pérdida de la garantía. Se comunicará asimismo al Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y se aplicarán las penalidades pertientes.
La documentación a presentar a la firma del contrato:
Adecuaciones, si las hubiere solicitado la Dirección General de Planifiación.
Póliza de garantía de cumplimiento de contrato correspondiente al cinco porciento (5%) del monto adjudicado.
Firmado el contrato, el adjudicatario deberá presentar ante la Dirección General de Planificación el Certificado de Capacidad para Adjudicación que emite el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, tal como lo prescribe el artículo 26 del Decreto N° 1724/93 y sus modificatorios y demás documentos exigidos en este pliego y en el Anexo de Especificacioens Técnicas en Prevención Laboral.
ARTÍCULO 23º: ORDEN DE APLICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS.
Si durante la ejecución de los trabajos se suscitaren diferentes interpretaciones sobre una misma cuestión, el comitente resolverá con el siguiente criterio de prioridad, salvo expresa mención en contra respecto al punto cuestionado.
1) Pliegos: 1º) Especial, 2º) General, 3°) Especificaciones Técnicas, 4°) Anexos.
2) Circulares con y sin consulta, emitidas por el comitente, previas a la apertura.
3) Planos.
4) Presupuesto.
5) Contrato.
ARTÍCULO 24º: ORDEN DE EJECUCIÓN. ACTA DE INICIO.
Firmado el contrato por la autoridad competente, la Universidad Nacional de Quilmes, a través de la Dirección General de Planificación (inspección de obra), impartirá de inmediato y por escrito, la Orden de Ejecución de los Trabajos. El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro de los diez (15) días corridos a partir de la fecha de esa orden, en cuya oportunidad se labrará un acta de inicio de obra a partir de la cual comenzará a correr el plazo contractual. De no iniciar los trabajos se procederá de acuerdo al Artículo 41º del P.C.G.
ARTÍCULO 25º: PREVENCIÓN LABORAL Y NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD.
El contratista deberá cumplimentar los requisitos estipulados en el Pliego de Especifiaciones Téncias en Prevención Laboral y lo dispueto en el art. 104 xxx Xxxxxx de Beses y Condiciones Generales en materia de Seguros debiendo presentar ante la Dirección General de Planificación la documentación allí detallada antes del inicio de la obra.
En todos los casos en que corresponda, deberán incluir una Cláusula de no Repetición donde la aseguradora renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra la Universidad Nacional de Quilmes, sus funcionarios y/o empleados.
ARTÍCULO 26º: PLAN DE TRABAJO.
El Contratista presentará ante la Dirección General de Planificación el Plan de Trabajos definitivo. El plan de trabajos definitivo será el que resulte de ajustarlo a las observaciones del comitente y de corregir sus fechas de acuerdo con lo fijado en la orden de iniciación indicada en el artículo 41 del P.C.G.
El Plan deberá tener la representación gráfica mediante diagrama xx xxxxxx (XXXXX) de los periodos de ejecución por rubro, con indicación numérica de las cantidades físicas y porcentuales a ejecutar senanal y mensualmente. La curva de Inversiones se adecuará al nuevo Plan de Trabajos definitivo, y deberá graficar el porcentaje del monto total de la obra a ejecutar por mes, consignando montos a valores constantes parciales y acumulados. El nuevo Plan de Trabajos y Curva de Inversiones no deberá alterar la estructura técnico-económica de la oferta que resulto adjudicada. Luego de aprobado definitivamente por la Dirección General de Planificación, quedarán fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
ARTÍCULO 27º: MEDICIÓN DE LOS TRABAJOS. EXTENSIÓN DE LOS CERTIFICADOS.
La medición de los trabajos y extensión de los certificados de obra correspondientes, será mensual o conforme avances y deberá presentarse en los formularios/planillas provistos por la Dirección General de Planificación (inspección de obra).
La planilla de medición será conformada por la Dirección General de Planificación (inspección de obra), y el contratista preparará, de acuerdo con ella, los certificados de obra y de desacopio, en caso de corresponder. En la certificación deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución el porcentaje de anticipo que fuera otorgado. En caso de reajustes de precios se efectuará el certificado de reajuste correspondiente al período asentado.
ARTÍCULO 28º: OBRAS CUBIERTAS Y TRABAJOS DE MEDICION ULTERIOR IMPOSIBLE.
El contratista gestionará ante la Dirección General de Planificación (inspección de obra) en tiempo oportuno la autorización para ejecutar trabajos que cubran obras, cuya cantidad y calidad no se podría comprobar una vez cubiertas, o trabajos de imposible medición ulterior. En el caso que la Inspección no pueda verificar la cantidad y calidad de los trabajos ejecutados por culpa del contratista, el comitente establecerá el procedimiento que estime adecuado a tal fin, debiendo el contratista aceptar tal decisión.
ARTÍCULO 29º: ANTICIPO FINANCIERO. El contratista podrá formular una solicitud de anticipo financiero de hasta un quince por ciento (15%) del monto del Contrato que deberá ser presentada dentro de los diez (10) días hábiles de firmado el mismo y estará sujeta a la aprobación de la Dirección General de Planificación. El anticipo financiero se liquidará al contratista dentro de los viente (20) días corridos de la presentación por parte de éste de una Póliza de Seguro de Caución que garantice el cien por ciento (100 %) de su importe, contratada en compañías de primera línea y a entera satisfacción del comitente. Si el contratista no suministrara la garantía mencionada, la Dirección General de Planificación no autorizará el anticipo, y ello no podrá constituir causal xx xxxx en la iniciación de los trabajos imputable al comitente. La garantía permanecerá en vigencia hasta que se haya reembolsado totalmente el anticipo otorgado. El anticipo no devengará intereses. El anticipo financiero comenzará a deducirse desde el primer certificado de obra, y en todos y cada uno de los siguientes, en forma proporcional a la certificación emitida mensualmente, hasta alcanzar el cien por ciento (100 %) de su desembolso
ARTÍCULO 30º: PAGO DE LOS CERTIFICADOS.
El Contratista deberá presentar el certificado debidamente fechado y firmado por su representante Técnico y por la Inspección con las correspondientes fojas de medición en la Dirección General de Planificación para su trámite de aprobación y pago. Junto con el certificado de obra, el contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. El pago de cada certificado se efectuará dentro de los viente (20) días corridos de la fecha de presentación, en forma completa, de la documentación pertinente. (ver art. 92 del P.C.G).
Según lo requerido por la Dirección de Obras Univresitarias, el pago para la presente licitación se realizará previa presentación de Certificado de Obra más registro fotográfico.
ARTÍCULO 31º: FONDO DE REPARO.
Del importe de cada certificado se descontará el cinco por ciento (5%) para constituir el Fondo de
Xxxxxx, que se retendrá juntamente con la garantía de cumplimiento contractual; ambos fondos serán devueltos al contratista una vez efectuada y aprobada la recepción definitiva de las obras.
Asimismo se efectuarán las restenciones que dispone la AFIP.
En caso de ser afectado este fondo al pago de multas o devoluciones que por cualquier concepto debiera efectuar el Contratista, corresponderá al mismo reponer la suma afectada en el plazo xx xxxx (10) días hábiles, bajo apercibimiento de rescindirese el contrato.
ARTÍCULO 32º: CIERRE DE LAS OBRAS.
El cierre de las obras se realizará de conformidad con lo que indique la Dirección General de Planificación (Inspección de Obra), el Artículo 52 del P.C.G, las reglamentaciones municipales , provinciales y nacionales en vigor y el pliego de especificaciones técnicas
ARTÍCULO 33º: CARTEL DE OBRA.
Al comenzar los trabajos la Contratista colocará por su cuenta y cargo un (1) cartel indicador de la Obra, objeto de esta Licitación, con las medida y leyendas indicadas en el plano correspondiente y en el lugar que indique la Dirección General de Planificación (Inspección de obra) y lo dispuesto en el pliego de especificaciones técnicas, obligándose a mantenerlo en buenas condiciones hasta la Recepción Definitiva de la obra, en cuya oportunidad deberá retirarlo.
ARTICULO 34: REPLANTEO DE OBRA.
El replanteo de la obra será realizado por el Contratista y controlado por la Dirección General de Planificación (Inspección de Obra), para lo cual el Contratista deberá proveer todos los elementos necesarios y los gastos que se originen en las operaciones de replanteo, así como los provenientes del empleo de aparatos, enseres, personal obrero, etc., serán por cuenta del mismo. Una vez establecidos los puntos fijos por el contratista y aceptados por la Inspección, aquel será responsable de su inalterabilidad y conservación. Las operaciones de replanteo se efectuarán con la anticipación necesaria para no causar atrasos en el desarrollo normal de la obra, y será concordante con la orden de iniciación y con el plan de trabajos aprobados. De cada operación de replanteo se labrará el acta correspondiente la que será firmada por la Inspección y la Contratista. Asimismo, el replanteo de los existentes deberá ser realizado según lo estipulado en las especificaciones técnicas.
ARTÍCULO 35º: ENSAYOS Y PRUEBAS.
Todos los gastos de ensayos y pruebas de materiales solicitados por la Dirección General de Planificacion (Inspección de Obra), serán costeados por el contratista, los que se encomendarán preferentemente a Entes Oficiales. Si el contratista no hubiese provisto los elementos necesarios para la ejecución de los ensayos, la Inspección podrá realizar las pruebas por cuenta del mismo sin que éste tenga derecho a ningún reclamo. El importe de los gastos así ocasionados será deducido de cualquier suma que el contratista tenga a cobrar. Asimismo, éstos ensayos podrán hacerse efectivos con cualquiera de los materiales o equipos incorporados a la obra en el período de garantía entre la Recepción Provisional y Definitiva de cada sector construido.
ARTÍCULO 36º: TRABAJOS DEFECTUOSOS.
Todo trabajo defectuoso ya sea por causa de material empleado o de la mano de obra, será, según lo disponga la Dirección General de Planificación (Inspección de obra), corregido o demolido y reconstruido por el contratista a su costo, dentro del plazo que en cada caso se le fije. En caso de que no lo hiciera, el comitente podrá realizarlos por cuenta de aquél.
ARTÍCULO 37º: OFICINA.
De no especificarse en el pliego de condiciones técnicas este punto se deberá tener presente que la oficina está dentro de las construcciones provisionales a cargo de la Contratista, éste deberá instalar en lugar próximo a sus propias oficinas de obra, los locales para oficinas de la Inspección. Este local deberá hallarse al pie de las obras y podrá utilizarse edificaciones existentes que llenen los requisitos de higiene y seguridad necesaria, o bien, el Contratista los construirá. Podrán preverse casas del tipo desmontable. La misma deberá constar como mínimo de una oficina, un sanitario y un office. En todos los casos el Contratista someterá a la aprobación de la Inspección el local que ofrece, debiendo atender las observaciones que ésta le haga respecto a su capacidad, ubicación y condiciones generales. Deberá contar con el mobiliario necesario para su funcionamiento como tal y mantendrá condiciones ambientales y de confort adecuadas a la zona en que se realiza la obra. Las instalaciones destinadas a la Inspección de la Obra deberán permanecer hasta la Recepción Provisional de la Obra. Estas instalaciones serán retiradas cuando lo disponga la Inspección, siempre antes de la Recepción Definitiva de la obra, y todos los elementos de ellas son de propiedad del contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y conservación de las oficinas de la Inspección hasta la Recepción Provisional. Cuando la Inspección disponga que sus oficinas se mantengan en servicio después de la Recepción Provisional, su conservación, limpieza, suministro de energía eléctrica y servicio telefónico quedarán a cargo del comitente hasta que el contratista reciba la orden de retirar esas instalaciones.
El Contratista proveerá a su exclusiva cuenta un botiquín con material sanitario mínimo para satisfacer las necesidades de una emergencia sanitaria.
ARTICULO 38: PLANOS DE OBRA.
El Contratista está obligado a confeccionar a su costo, toda la documentación de obra necesaria para la ejecución de la obra (planos de replanteo, detalles constructivos, cálculos estructurales, estudio de suelos, etc.,) que la Inspección le solicite, y deberá someter esta documentación a la aprobación de la Inspección en los plazos que ésta establezca. El contratista preparará todos los planos de obra necesarios y, de cada uno de ellos, entregará al comitente dos copias para su aprobación; una vez aprobado un plano, sacará las copias que necesite para su uso y entregará al comitente el original, en film poliéster, a fin de su preservación en perfecto estado, acompañando además el soporte magnético.
ARTICULO 39: RESPONSABILIDAD PARA EL CALCULO DE LAS ESTRUCTURAS Y ESTUDIOS DE SUELOS.
Todos los cálculos de las estructuras de hormigón, metálicas y estudios de suelos deberán ser verificados por la Contratista y refrendados por un profesional con título habilitado en el Consejo Profesional de la Ingeniería de la Provincia donde se ejecutará la obra, el cual será responsable por los cálculos y estudios, debiendo presentarse memorias de cálculos, planos y todo otro elemento necesario para permitir el estudio y aprobación por parte del comitente.
El Comitente no asume responsabilidad por errores de cálculos y estudios que se cometen y no sean advertidos en la revisión subsistiendo en consecuencia la responsabilidad del profesional y de la Contratista, que será plena por el trabajo realizado.
ARTICULO 40: XXXXXX XX XXXXXXX.
Antes de iniciar los trabajos, el Contratista deberá proporcionar los Planos y Especificaciones de las Obras Provisionales (obrador) propuestas al Inspector, y ajustará sus instalaciones a las observaciones formuladas por éste. El Contratista será el responsable del diseño de las Obras Provisionales y la aprobación del Inspector no alterará la responsabilidad del Contratista al respecto. El Contratista deberá obtener las aprobaciones de terceros y permisos que sean necesarios respecto del diseño y ejecución de las Obras Provisionales.
ARTICULO 41: VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE.
El Contratista será responsable de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en la Zona de Obras. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las partes contratantes o de terceros, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos. La responsabilidad se extiende a todo lo relativo al servicio de prevención de accidentes que puedan afectar a personas o a los bienes La adopción de las medidas a las que se alude precedentemente no eximirá al contratista de la responsabilidad por la consecuencia de los hechos referidos.
ARTICULO 42. INSTRUMENTAL DE MEDICIÓN
La Contratista facilitará a la Inspección mientras dure la obra y hasta la recepción definitiva, todo el instrumental necesario para el replanteo, mediciones de obra, verificaciones y/o pruebas estructurales, hidráulicas o las que esta estime necesaria realizar.
ARTICULO 43: DAÑOS.
La cobertura mínima del seguro es la indicada en el pliego de especificaciones en prevención laboral y normas de seguridad e higiene.
ARTICULO 44: PROVISIÓN DE AGUA.
El agua deberá ser apta para la ejecución de las obras y será costeada en general por el contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos por ese concepto, los que no le serán reembolsados. Salvo que el pliego de especificaciones técnicas disponga otra cosa.
ARTICULO 45: REPRESENTANTE TECNICO.
El contratista designará en calidad de Representante Técnico, con permanencia en obra, a un profesional que deberá ser Arquitecto, Ingeniero Civil y/o en Construcciones. El Representante Técnico deberá estar permanentemente en obra. En caso de ausencia ocasional deberá disponer la presencia de un Profesional con al menos igual calificación, para su reemplazo, previa aceptación del Contratante. En caso de ausencia injustificada del Representante Técnico y de su reemplazo, la Contratista será pasible de una sanción.
ARTICULO 46: SUSPENSION DE TRABAJOS POR IMPREVISTOS O MODIFICACIONES.
El Contratista podrá pedir la suspensión de los trabajos, siempre que presente su pedido debidamente fundamentado, con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles del momento que estime deban suspenderse los trabajos. La inspección tendrá un plazo de dos (2) días hábiles para responder a esa solicitud. Vencido ese plazo sin que medie objeción por parte de la Inspección, el Contratista estará facultado a suspender los trabajos. De no acceder la Inspección a lo solicitado por el Contratista, éste no podrá suspender los trabajos, si así lo hiciera será pasible de la aplicación de una multa. Dicha solicitud deberá quedar asentada indefectiblemente en el libro de partes diarios.
ARTÍCULO 47º: MULTAS
Se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes. La imposición de las penalidades establecidas en este Artículo, no impide la aplicación de otras que estuvieran previstas en lso pleigos.
Multas por Xxxx en la Iniciación de los Trabajos: Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo establecido, se le aplicará una multa de cinco décimos por mil (0,5/00) del monto total del contrato por cada día de demora en iniciar las obras. La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
Multas por Xxxx en Finalización de los Trabajos: Si el Contratista no diera total y correcta terminación a los trabajos dentro del plazo contractual, se le aplicará una multa equivalente a cinco décimos por mil (0,5/00) del monto total del contrato por cada día de atraso en la terminación de la obra. La multa que se aplique por demora en la finalización de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el cómputo del plazo del contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
Multas por Paralización de los Trabajos sin causa justificada: Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente a un decimo por mil (0,10/00) del monto total del contrato por cada día de paralización
Multas por faltas o incumplimiento de Órdenes de Servicio: Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a lo dispuesto contractualmente, o incumpliera las Ordenes de Servicio emanadas de la Inspección de Obra, se hará pasible de la aplicación de multas que podrán variar del 0.5 al 10 por mil del monto del contrato de obra, según la importancia de la infracción o incumplimiento. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción o incumplimiento. Las infracciones y la cuantificación de su sanción son las siguientes:
a. Ausencia injustificada del Representante Técnico: 0,10 por mil del monto contractual por cada día de ausencia injustificada.
b. Negativa a notificarse de una Orden de Servicio: 0,25 por mil del monto contractual.
c. Atraso en la entrega de las pólizas de los seguros obligatorios: 0,10 por mil del monto contractual.
d. Incumplimiento de disposiciones municipales vigentes para el cierre de obras y seguridad en la vía pública: 0,10 por mil del monto contractual.
e. Incumplimiento de una Orden de Servicio: 0,5 por mil del monto contractual por cada día de incumplimiento contado a partir de su notificación.
f. Paralización de trabajos (total o parcial) por divergencias no resueltas: 0,5 por mil del monto contractual por cada día de paralización.
ARTICULO 48: PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.
Producido un caso de aplicación de multas, la Inspección de Obra notificará a la contratista de tal situación mediante una Orden de Servicio y comunicará al Rector de la Unviersidad los fundamentos de la procedencia de la aplicación de la multa, quien previa intervención del Servicio Jurídico, dictará el correspondiente acto adminstrativo. Las multas por incumplimiento del plazo de ejecución así como las establecidas por infracción a las disposiciones de este pliego o en cualquiera de los instrumentos que integran el contrato, serán aplicadas directamente por la Universidad (resolución mediante), a requerimiento de la Inspección o en forma directa, cuando así corresponda. El importe de las multas podrá ser percibido por la Universidad o bien deducido de créditos y fondos retenidos que éste posea. En este último caso la deducción o afectación se hará en el siguiente orden:
Deducción del importe de la multa del primer certificado que el Contratista debe cobrar después de la aplicación de ésta.
Afectación del fondo de reparos en el monto de la multa, el que deberá ser repuesto por el Contratista de inmediato ante la intimación del Comitente. La afectación del fondo de reparos significará la transferencia a favor del Comitente del monto de la multa. Los montos afectados deberán ser repuestos por el Contratista.
ARTÍCULO 49º: RECEPCIÓN PROVISORIA DE OBRAS Y/O TRABAJOS.
-Cuando se encuentren concluidos todos los trabajos se labrará el Acta de Recepción Provisional. Esta acta será refrendada por la Inspección y el contratista o su Representante Técnico. Estos últimos serán notificados por orden de servicio, con antelación de cinco (5) días hábiles, y si a pesar de ello estuviesen ausentes o se negasen a suscribir el acta, la Inspección la formulará igualmente, dejando constancia de la ausencia o negativa del contratista o sus representantes. Cumplido el plazo de garantía, se realizará el Acta de Recepción Definitiva.
-Cuando fuere el contratista quien considere que los trabajos han sido terminados presentará una nota a la Inspección de Obra indicando:
1. Que los Documentos del Contrato han sido revisados.
2. Que los trabajos han sido inspeccionados siguiendo los Documentos del Contrato.
3. Que los trabajos han sido ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato.
4. Que los trabajos se encuentran terminados y listos para la verificación final.
Si la Inspección de Obra considera que los trabajos están incompletos o defectuosos procederá a notificar al contratista por escrito la lista de trabajos que se consideran incompletos o defectuosos. El contratista iniciará acciones inmediatas para subsanar o corregir las observaciones efectuadas y remitirá una segunda nota a la Inspección de Obra indicando que los trabajos han concluido. La Inspección de Obra verificará que los trabajos se encuentran aptos para la Recepción Provisoria.
La fecha de efectiva de terminación de los trabajos representa la finalización del periodo de ejecución de la obra. Sí éste período supera el plazo contractual incluyendo todas las prórrogas aprobadas, corresponderá aplicación de una multa.
Se labrará entonces un acta en presencia del contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía. En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el contratista.
La recepción provisora de las Obras por parte del Comitente no liberan al Contratista de sus responsabilidades.
ARTÍCULO 50º: MANUAL DE OPERACIONES Y MANTENIMIENTO.
Con no menos de treinta (30) días de antelación respecto de la fecha prevista para las pruebas de recepción provisional de las obras, el Contratista presentará a la Inspección un Manual de Operación y Mantenimiento de las obras e instalaciones. El mismo será definido por la Inspección. Dicho contenido deberá asegurar la información suficiente y de una claridad tal que permita guiar paso a paso la operación de las instalaciones para las distintas maniobras de rutina y de emergencia, así como brindar todas las especificaciones técnicas y los datos necesarios para el mantenimiento de los equipos e instalaciones, incluyendo el programa de mantenimiento preventivo a aplicar, los planos de despiece para desarme de equipos, los manuales de mantenimiento de cada uno, las listas de repuestos, tipo de lubricantes, etc.
ARTUCULO 51º: PRUEBAS PARA LA RECEPCION PROVISORIA.
Una vez terminadas las obras y comprobada su correcta ejecución por la Inspección, se procederá a efectuar las siguientes pruebas: hidráulicas y eléctricas de conducciones, de estanqueidad de estructuras, cerramientos y recipientes, de funcionamiento de equipos, instalaciones y procesos y en general, todas aquellas destinadas a verificar la adecuada construcción y correcto funcionamiento de la obra ejecutada y los datos garantizados por el contratista en su oferta. Los resultados de las pruebas se volcarán en un Acta que se labrará al efecto, la cual se adjuntará al Acta de Recepción Provisoria. Si los resultados no fueran satisfactorios, el Contratista deberá repetir las pruebas la cantidad de veces que resulte necesario, efectuando las modificaciones, cambios y/o reparaciones que se requieran, previa aprobación de la Inspección, hasta obtener resultados satisfactorios, todo esto a su exclusivo cargo y sin neutralización de plazo de terminación de la obra.
ARTICULO 52º: DOCUMENTACION A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA PREVIO A LA RECEPCIÓN PROVISORIA.
Es condición indispensable para efectuar la Recepción Provisoria de los trabajos contratados que la Contratista haga entrega a la Inspección de Obra de la siguiente documentación:
Planos conforme a obra: DOS (2) copias de la totalidad de la documentación técnica conforme con la obra ejecutada.
Planos municipales conformes a obra de acuerdo a lo exigido por cada municipio (la Contratista debe realizar los trámites correspondientes para su aprobación por el Organismo competente antes de la finalización del plazo de ejecución de la obra) La documentación será verificada por el personal del Comitente que participe o supervise la operación de las obras, a los efectos de detectar las eventuales faltas de concordancia con la realidad, para luego ser devuelto a la Contratista para su corrección.
La documentación conforme a obra estará integrada por planos y memorias descriptivas de las obras ejecutadas, incluyendo todos los estudios técnicos realizados por el Contratista (geotécnicos, hidrológicos, estructurales, etc.). Todas las medidas se expresarán en el sistema métrico decimal. Los planos consignarán con toda exactitud las posiciones planialtimétricas de conductos y estructuras, así como la ubicación, plantas, elevaciones y cortes de las obras civiles y de todas las instalaciones electromecánicas. Se incluirán planos constructivos y de detalle de fundaciones, de estructuras de hormigón armado con sus armaduras, de interiores y exteriores de tableros, de interconexión eléctrica de fuerza motriz y comando y en general, toda la información gráfica necesaria para identificar y ubicar físicamente cualquier elemento de la obra. Queda entendido que los planos conforme a obra no guardan relación alguna en cantidad ni en grado de detalle, con los planos de la licitación, sino que se trata de documentación con un grado de detalle mucho mayor y con fidelidad verificada respecto de lo construido.
ARTICULO 53: PLAZO DE GARANTIA.
El plazo será de doce (12) meses. Durante ese plazo el contratista es responsable de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos, o vicios ocultos, siempre que ellos no sean consecuencia del uso indebido de las obras, para ello mantendrá en la obra el personal y los equipos necesarios. La finalización del plazo de conservación sin observaciones determinará la recepción definitiva de las obras. Si durante el período de garantía el Contratista no solucionara a satisfacción de la Inspección los vicios ocultos, las observaciones a los trabajos ejecutados consignadas en el Acta de Recepción Provisoria, los desperfectos ocurridos durante el período de garantía, el Comitente podrá subsanar las deficiencias contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al fondo de reparos del contrato.
ARTICULO 54: RECEPCION DEFINITIVA.
Transcurrido el plazo de garantía, se podrá realizar la recepción definitiva de la obra.
Para efectivizarla, la inspección verificará el buen estado y correcto funcionamiento de las obras, la ausencia de vicios aparentes, los posibles defectos originados en vicios ocultos, así como se hayan subsanado las deficiencias consignadas en el acta de recepción provisoria y se hayan entregado y aprobado la documentación conforme a obra debidamente aprobada y la totalidad de los Manuales de Operación y Mantenimiento. Asimismo, de considerarlo conveniente la Inspección, se ejecutarán las pruebas y ensayos necesarios para demostrar el buen estado y correcto funcionamiento de las obras, pudiendo repetirse, con ese fin, parcial o totalmente las establecidas para la recepción provisional. De verificarse deficiencias o defectos la inspección intimará al Contratista para que un plazo perentorio los subsane. Vencido dicho plazo sin que el Contratista haya dado cumplimiento a lo ordenado, el Comitente podrá hacerse cargo de oficio de la obra, dejando constancia del estado en que se encuentra, y efectuar por sí o por medio de terceros los trabajos y provisiones necesarios para que la obra resulte de recibo, cargando los importes que esto insuma al Contratista, en la liquidación final. Si las deficiencias verificadas son subsanadas por el Contratista, el plazo de garantía de las partes afectadas de la obra podrá llevarse hasta una fecha que no excederá el doble del plazo de garantía original, todo esto a exclusivo juicio del Comitente. La recepción se formalizará con el “Acta de Recepción Definitiva” de acuerdo a lo establecido por “Las Normas Generales de Ejecución”, que será labrada en presencia de un representante de la Universidad y la Contratista o su representante técnico. La recepción definitiva de la obra extinguirá de pleno derecho las garantías otorgadas por el Contratista por la parte recibida y lo liberará de las responsabilidades contractuales, con excepción de las prescritas en el Código Civi y Comercial de la Nación.
ARTICULO 55: RECEPCIONES PARCIALES. No se prevén recepciones parciales de obra. No obstante, el comitente podrá efectuar recepciones parciales cuando lo considere conveniente para el desarrollo de la obra.
ARTICULO 56: DEVOLUCION DE GARANTIAS Y FONDE DE REPAROS.
Una vez establecida la procedencia de la recepción y antes de liberar los fondos retenidos, se efectuará la liquidación final de la obra. Esta liquidación final se realizará computando, mediante una medición final, la obra total autorizada ejecutada por el Contratista, con lo que se corregirán los eventuales errores u omisiones que pudieran contener los certificados parciales mensuales. Para la liquidación final se tomarán en cuenta los reclamos no resueltos efectuados por el Contratista sobre las mediciones y certificaciones mensuales. Además de la liquidación de la obra total autorizada ejecutada, en esta liquidación final se incluirán todos los créditos y cargos que correspondan efectuar al contratista en forma tal que el resultado de la misma refleje el saldo total y definitivo resultante de la vinculación contractual entre el Comitente y el Contratista. Esta liquidación final, una vez aprobada por el Comitente adquirirá el carácter de liquidación definitiva por la ejecución de la obra contratada. Si resultara de esta liquidación un saldo a favor del Contratista, se le abonará el mismo dentro del plazo fijado para los Certificados mensuales a contar desde la fecha de aprobación de la liquidación final. Si resultara un saldo a favor del Comitente, se notificará al Contratista e intimará a su pago en el termino xx xxxx (10) días hábiles administrativos. Vencido ese término se procederá a afectar en primer lugar el fondo de reparos. De no resultar suficiente, el Comitente procederá al cobro de la misma por la vía legal que corresponda.
Las garantías de mantenimiento de oferta deberán ser retiradas de la oficina de suministros una vez cumplidos los 90 días corridos contados desde el acto de apertura de ofertas.
Las garantías de cumplimiento de contratos deberán ser retiradas de la oficna de Suministros luego que la Dirección General de Planificación realice la recepción definitiva y durante un plazo de 60 días corridos.
Si cumplidos los mencionados plazos, el contratista no retirare su garantía, se procederá a la destrucción de dicho instrumento del modo estiupado en el art. 76 del Reglamento para la adquisición de bienes y servicios de la Universidad aprobado por Resolución (CS) Nº 545/17.
ARTÍCULO 57º: REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
En la presente licitación será de aplicación el Decreto N° 691/16 con sus modificaciones reglamentarias, que permite la redeterminación de los precios en las condiciones y con la metodología que allí se indica. El mecanismo se pondrá en marcha a solicitud del CONTRATISTA cuando se registre una VARIACIÓN DE REFERENCIA superior al CINCO POR CIENTO (5%). Para el cálculo de dicha variación será de aplicación la estructura de ponderación de insumos principales que a continuación se adjunta y de acuerdo al “ANEXO I – RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA Y DE CONSULTORÍA DE OBRA PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
Dicha variación se calculará en base a la estructura de ponderación propia de esta obra, correspondiente a los insumos principales que mas abajo se agrega.
Para todos los casos de aplicación del presente, el CONTRATISTA deberá presentar, en tiempo y forma, toda la documentación respaldatoria que justifique su solicitud de ajuste de precios y el desarrollo completo de los cálculos, a efectos que la Dirección General de Planificación (Inspección), realice las verificaciones que correspondan y proceda a su aprobación.
Las solicitudes de adecuación provisoria y redeterminación se realizarán de acuerdo al modelo de nota que forma parte del presente Pliego y que se denomina MODELO DE SOLICITUD DE REDETERMINACIÓN Y ADECUACIÓN PROVISORIA.
C.V.P. Cálculo de Variación Promedio Decreto 691/16
T A B L A D E P O N D E R A C I O N |
|||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
INDEC |
FACTORES-INSUMOS |
INCIDENCIA |
INDICES MES BASE |
INDICES MES DE REDETERMINACIÓN SOLICITADA |
COEFICIENTE DE VARIACIÓN DEL PERIODO |
VARIACION PROMEDIO |
|
FUENTE |
CODIGO |
||||||
|
|
A |
B |
C |
D |
E=D/C-1 |
F=E*B |
ICC |
54560-12 |
MANO DE OBRA |
35,00% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,35 |
CPC |
71240-21 |
CAMION CON ACOPLADO |
5,00% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,05 |
CPC |
27101 |
HIERROS Y ACEROS |
10,50% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,105 |
ICC |
51690-1 |
MADERAS TERCIADAS FENOLICAS |
6,50% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,065 |
SIPM |
e) productos quimicos 3.2-24 |
SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUIMICOS |
9,60% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,096 |
CPC |
34720-11 |
POLIESTIRENO EXPANDIDO EN PLACAS |
8,40% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,084 |
CPC |
36320-1 |
CAÑOS Y TUBOS DE PVC |
4,50% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,045 |
ICC |
g) artefactos de iluminacion y cableado cuadro 1.5 |
INSTALACION ELECTRICA |
12,00% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,12 |
ICC |
p) gastos generals Cuadro 1.4 |
GASTOS GENERALES |
8,50% |
1,00 |
1,00 |
1,00 |
0,085 |
VARIACION PROMEDIO |
1 |
ARTÍCULO 58º: COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIONES.
Todas las notificaciones/comunicaciones al Proponente/Contratista que haya participado del procedimiento de selección se concretarán mediante la utilización de alguno de los siguientes medios:
a) Por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente.
b) Por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo.
c) Por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el Art. 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
d) Por carta documento.
e) Por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal.
f) Por Boletín Oficial de la Nación Argentina.
g) Por correo electrónico.
Serán publicadas las convocatorias, circulares, dictámenes y adjudicaciones en la página web de la Universidad el el siguiente link:
xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/000-xxxx-x%X0%XXxxxxx-xxxxxxxxxxxx/
ARTÍCULO 59º: FACTURACIÓN
Se establece la obligación de que los contribuyentes emitan sus comprobantes de ventas mediante facturas electrónicas o a través de controladores fiscales, reservándose los comprobantes manuales únicamente como comprobantes de respaldo ante inconvenientes en los sistemas de emisión. La citada obligación es de aplicación para:
Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (desde 06/08/2018)
Los exentos en el impuesto al valor agregado (desde 01/11/2018 un grupo y desde 01/01/2019 todos. El Departamento de Contabilidad tomará como fecha obligatoria 01/01/2019 ya que la clasificación depende del importe de ventas del proveedor, dato que desconocemos).
Los sujetos adheridos al monotributo, excepto los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social
Categorías obligadas por comprobantes que emitan a partir de:
F a K 6 agosto 2018
E 1 de octubre 2018
D 1 diciembre 2018
X 0 xxxxxxx 0000
X 0 xxxxx 0000
A 1 abril 2019
Los proveedores que cuenten con un tratamiento especial en la emisión de comprobantes y las operaciones exceptuadas de emisión de comprobantes -(detallados en el Anexo IV y Anexo I ap. A de la RG (AFIP) 1415 respectivamente) deberán citar la legislación que se apliqué en cada caso para someterla a consideración de la Dirección de Presupuesto y Contabilidad. Por ejemplo el Estado Nacional, quien no está obligado. También hay prestadores que presten servicio fuera del domicilio donde se emite el comprobante que todavía no están obligados.
Proveedores del Estado - Ordenes de Compras Suministros: Segun art. 1 RG 4291/2018: los proveedores de los entes integrantes del Sector Público Nacional comprendidos en los incisos a), b), c) y d) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, susceptibles de ser evaluados en los términos de la Resolución General N° 4.164, deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos originales conforme a lo previsto en la presente por las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras que efectúen con los referidos entes.
.
ANEXO I
DECLARACION DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DE LA DOCUMENTACION
OBRA: Estudio de Radio Movil. Segundo llamado
EXPEDIENTE Nº: 827- 0807/19
El que suscribe ....................................................................., constituyendo domicilio legal en la calle .......................................Nro ........... de ............., declara que ratifica su conocimiento y aceptación de las Bases Generales de Licitación y Contratación de la Universidad Nacional de Quilmes, Especificaciones Técnicas, y Planos para los trabajos de Construcción de ….………………. como asimismo haber verificado en el lugar las medidas y los datos necesarios comprometiéndose a realizar las obras de acuerdo a la documentación citada.
Firma/Sello o aclaración: ………………………………..
CUIT:……………………………………………………….
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA DEL PROPONENTE EN VIRTUD DE LA CUAL NO SE ENCUENTRA INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES O INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
Declaro bajo juramento que la empresa ------------------------------------------------------------ (Nombre de la firma ) CUIT ________________________________________________
a) No se encuentra comprendida en algún causal de incompatibilidad para contratar con el Estado.
b) No se encuentra inhabilitada por condena judicial.
c) No se halla en situación de quiebra.
d) No se le ha rescindido ningún contrato por su culpa, con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante los últimos 5 años.
d) No es evasora ni deudora impositiva y previsional.
No se encuentra suspendida por decisión del Registro de Constructores de Obras Públicas.
No se encuentra alcanzado por alguno de los supuestos de vinculación estipulados en el decreto 202/2017.
f) Para todos los efectos del presente procedimiento se acepta la competencia del Juzgado Federal de Quilmes.
---------------------------------------------------
(Apoderado - Representante Legal)
ANEXO III
DECLARACION DE DOMICILIO
REFERENCIA:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº ………
RAZON SOCIAL:....................................................................................................................
Por medio de la presente, declaro que mi domicilio real es:
DOMICILIO REAL: CALLE: ...........................................................Nº ........... PISO .........
OFICINA / DEPTO.: .................
CODIGO POSTAL: ...................
CORREO ELECTRÓNICO: ...............................................TEL/FAX:………………….
A los efectos de la presente licitación constituyo domicilio de correo electrónico:
CORREO ELECTRÓNICO: ................................................................................
.................................................................
FIRMA
.................................................................
ACLARACIÓN
IMPORTANTE: El cambio del domicilio y/o correo electrónico constituido deberá ser informado de inmediato a la Dirección de Suministros presentando una nueva declaración jurada, caso contrario se tendrá por válida toda notificación efectuada en el domicilio / dirección de correo electrónico constituido en la presente declaración.
ANEXO IV
DESIGNACIÓN Y ACEPTACION DE LA DESIGNACIÓN DEL RESPONSABLE DE OBRA POR PARTE DE LA EMPRESA OFERENTE
Por la presente expresamos que nuestra firma…………………………………ha designado al Sr. …………………………………….., Matricula Nº…………………, Registro Nº……….como responsable de la obra: ……………………………………., correspondiente a la Licitación Nº …………, de la Universidad Nacional de Quilmes, sita en la calle Xxxxx Xxxxx Xxxx 352, Xxxxxx, partido de Quilmes.
Se adjunta currículo Vitae.
Firma: .............................................................
Aclaración: ......................................................
(ADJUNTAR CURRICULUM VITAE)
Por la presente quiero dejar constancia de mi aceptación a la designación como RESPONSABLE DE OBRA, correspondiente a la Licitación Nº ……………………………..para realizar la OBRA “……….……………………………………………………………”, sito en la xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx 000, Xxxxxx, xxxxxxx xx Xxxxxxx.
Firma: ..........................................................
Aclaración: ...................................................
Matricula: ......................................................
Registro: ......................................................
ANEXO V
CERTIFICADO DE VISITA DE OBRA
LICITACIÓN ……Nº……..
Certifico que la empresa: __________________________________________________
Representada por: _______________________________________________________
Tipo y Número de Documento de Identidad: ___________________________________
Realizó el día ___/___/___ la visita de inspección de OBRA en la Universidad Nacional de Quilmes sita en Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx 000 de la localidad xx Xxxxxx, partido de Quilmes, donde se llevarán a cabo los trabajos objeto de la presente Licitación.---------------------------------------------------------------------------------
Por la Empresa: Por UNQ:
Aclaración : __________________ Aclaración : ____________________
Cargo : __________________ Cargo : ___________________
Legajo : ___________________
ANEXO VI
MANTENIMIENTO DE OFERTA
Por la presente expresamos nuestra voluntad de MANTENER la oferta formulada en la Licitación ……..Nº………… POR EL TERMINO DE NOVENTA (90) DIAS CORRIDOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTO DE APERTURA.
Firma: .............................................................
Aclaración: ......................................................
ANEXO VII
FORMULARIO DE PROPUESTA ECONÓMICA
Xxxxx y Fecha ..........................................
Señor Rector de la Universidad Nacional de Quilmes
El (o los) que suscribe(n) con domicilio en ................................................................................................... se compromete(n) a ejecutar la obra: “OBRA: …………………………………………………………………………………………….”, si le(s) fuera(n) adjudicada(s), proveyendo todos los materiales y mano de obra, a la vez que realizando los trámites que sean necesarios para cumplir satisfactoriamente esta oferta, dentro del plazo de ................................ con arreglo a los documentos que integran el contrato por un monto total de PESOS……………………………………………………………………………………............($ ……………..................)
RENGLON |
DESCRIPCIÓN |
TOTAL C/IVA Incl. |
1
|
Estudio de Radio Movil, segundo llamado. |
|
Como garantía de esta oferta se adjunta la constancia de garantía por $.................................... equivalente al 1% del presupuesto oficial que es de ...................................................... ($.........................).
Saluda(n) al señor muy atentamente.
Firma: .............................................................
Aclaración: ......................................................
ANEXO VIII
ANTECEDENTES DE OBRAS EJECUTADAS Y EN EJECUCION
De obras de naturaleza y complejidad similares a las de las Obras en cuestión en el curso de los cinco (5) años.
Nombre del proyecto |
Nombre del Contratante y persona a quien contactar |
Tipo de trabajos realizados y fecha de comienzo y terminación |
Cantidad de Obra Ejecutada (m2) |
1) ............................................. 2) ............................................. 3) ............................................. 4) ............................................. 5) ............................................. 6) ............................................. 7) ............................................. 8) ............................................. 9) .............................................
|
|
|
|
DETALLES AL CIERRE DEL MES ANTERIOR A LA FECHA DE LA APERURA DE ESTA LICITACIÓN
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
Datos del Contratante y persona a quien contactar |
Tipo de trabajos y fechas de inicio y de terminación |
Valor del Contrato |
Monto de certificación pendiente (*) |
Plazo pendiente al cierre mes anterior apertura |
Monto pendiente anualizado (**) |
1) ............................... 2) ............................... 3)................................. 4)................................ 5)................................. 6)................................. 7)................................ 8)................................ 9)................................ ..).... |
|
|
|
|
|
(*) sin acopios ni anticipos. Se deberá explicitar en pesos.
|
Total |
|
(**) si el plazo pendiente fuera inferior a un año, el monto pendiente se anualizará.
Los valores deberán ser expresados en pesos.
|
Firma y Aclaración:
ANEXO IX
PRINCIPALES EQUIPOS DEL PROPONENTE
Propuestos para la ejecución de las Obras. Indicar toda la información que se solicita a continuación:
Ítem |
Descripción, marca y edad (años) |
Estado (nuevo, bueno, deficiente), cantidad de unidades disponibles y nº de identificación |
Propio, arrendado (nombre del arrendador), por comprar (nombre del vendedor) |
Lugar para ser inspeccio- nado |
|
1) ............................................. 2) ............................................. 3) ............................................. 4) ............................................. 5) ............................................. 6) ............................................. 7) ............................................. 8) ............................................. 9) .............................................
|
|
|
|
Firma: .............................................................
Aclaración: ......................................................
ANEXO X
CALIFICACIÓN FINANCIERA
Para Oferentes Individuales o para cada Miembro de un Grupo o Asociación de Empresas.
Volumen total anual de trabajos de construcción realizados en los últimos CINCO (5) años, expresado en pesos.
1.
2.
3.
4.
5.
Firma: .............................................................
Aclaración: ......................................................
ANEXO XI
DESEMPEÑO COMO CONTRATISTA PRINCIPAL O SUBCONTRATISTA EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN
Indicar la mejor facturación o certificación de obras, que el Oferente haya concretado en doce (12) meses consecutivos, seleccionados dentro de los últimos CINCO (5) años anteriores al mes anterior inclusive de la fecha original de apertura de la licitación.
1 |
2 |
3 |
4 |
5
|
Nombre del proyecto |
Nombre del Contratante y persona o quien contactar |
Tipo de trabajos realizados y fechas de inicio y terminación |
Valor del Contrato |
Monto certificado en el lapso de 12 meses del ___/__/___ al ___/__/___ (*) |
1)................................... 2)................................... 3).................................... 4)................................... 5).................................... 6)................................... 7) ................................. 8) .................................. 9) .................................. ....
|
|
|
|
|
(*) excluidos acopios y anticipos. Los valores deberán ser expresados en pesos. |
Total |
|
El lapso indicado en la columna 5 va desde el ............ de ........................... de .................. hasta el ............. de ........................de..........
Firma: .............................................................
Aclaración: ......................................................
ANEXO XII
ANALISIS DE PRECIOS
El Oferente deberá presentar el detalle de conformación del COEFICIENTE DE RESUMEN y el análisis detallado de la MANO DE OBRA, MATERIALES, y de los PRECIOS UNITARIOS según los modelos adjuntos, para todos los ítems de la obra, debiendo reflejar un uso correcto de cantidades y rendimientos de los materiales, mano de obra y equipos a utilizar. Queda a cargo del Oferente reflejar en dichos análisis las alícuotas e impuestos vigentes según lo establece el PCG.
La eventual inadecuación de los datos contenidos en los Análisis de Precios elaborados según lo que se establece a continuación, con respecto a las cantidades o proporciones de mano de obra, materiales, equipos, etc., que demande la ejecución de los trabajos conforme a las especificaciones del proyecto, no justificarán modificación alguna en los precios unitarios del contrato. Los análisis de precios deberán ser confeccionados respondiendo a las normas modelo que se indican a continuación:
COEFICIENTE DE RESUMEN
Ejemplo de cálculo de Coeficiente resumen a aplicar en los análisis de precios unitarios
COSTO NETO |
100,00 |
% |
1,000 |
(A) |
Gastos Generales e Indirectos …………… 13 % Beneficio ……………………………………… 10 % Incidencia sobre (A) |
23,00 |
% |
0,23 |
|
SUBTOTAL 1 |
|
|
1,23 |
(B) |
Costos Financieros …………………………… 2 % Incidencia sobre (A) |
2,00 |
% |
0,02 |
|
SUBTOTAL 2 |
|
|
1,25 |
(C) |
I.V.A. e IB…………………………………… .. 24 % Incidencia sobre (C) |
24,00 |
% |
0,300 |
|
SUBTOTAL 3 |
|
|
1,55 |
|
|
|
|
|
|
COEFICIENTE DE RESUMEN ADOPTADO (CR) |
|
1,55 |
|
ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
Ejemplo: Hormigón armado para bases (unidad=m3)
DESCRIPCION |
Cantidad |
Unidad |
Precio |
Unid |
Subtotal |
Unid |
Materiales:
|
300,00 0,75 0,65 50,00 |
Kg/m3 m3/m3 m3/m3 kg/m3 |
0.12 28.00 9.00 0.55 |
$/Kg $/m3 $/m3 $/Kg |
36.00 21.00 5.85 27.50 |
$/m3 $/m3 $/m3 $/m3 |
SUBTOTAL MATERIALES (A) |
|
|
|
|
90.35 |
$/m3 |
Mano de Obra:
Medio Oficial |
1,20 1,80 |
Día/m3 Día/m3 |
25.17 23.50 |
$/día $/día |
30.20 42.30 |
$/m3 $/m3 |
SUBTOTAL MANO DE OBRA (B) |
|
|
|
|
72.50 |
$/m3 |
Equipos:
Herramientas manuales |
1,00 1,00 |
Gl/m3 Gl/m3 |
7.00 3.00 |
$/gl $/gl |
7.00 3.00 |
$/m3 $/m3 |
SUBTOTAL EQUIPOS (C) |
|
|
|
|
10.00 |
$/m3 |
COSTO NETO TOTAL (D) : |
(A+B+C) |
172.85 |
$/m3 |
|||
PRECIO DEL ITEM: COSTO NETO TOTAL (D) x CR = 172.85 $/m3 x 1.55 = 267,92 $/m3 |
||||||
PRECIO DEL ITEM: 267,92 $/m3 |
ANALISIS DE RECIOS UNITARIOS DE APLICACIÓN
Nº ITEM |
Designación de las Obras |
a |
b |
c |
d |
e |
F |
g |
h |
i |
j |
k |
l |
|
|
Materiales: |
Jornales: |
Cargas Sociales: % de (b): |
Total mano de obra (b+c): |
Costo directo (a+d): |
Gastos Generales de empresa e indirectos de obra: % de (e) |
Subtotal (e+f) |
Gastos financieros: % de (g) |
Beneficio: % de (g+h) |
Costo total de los trabajos (g+h+i) |
Impuestos % de (j) |
Precio unitario de aplicación (j+k) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
MODELO DE
SOLICITUD DE REDETERMINACIÓN y ADECUACIÓN PROVISORIA
FECHA SOLICITUD DD MM AAAA
CONTRATISTA
CUIT
DOMICILIO CONSTITUIDO
T.E.
DOMICILIO ELECTRONICO
OBRA
___________________ (nombre completo, DNI), en mi carácter de ____________ (presidente/socio gerente/apoderado), con facultades suficientes para suscribir la presente en nombre y representación del Contratista vengo a solicitar la Redeterminación de precios de la Obra/servicio de consultoría y la adecuación provisoria de precios previsto por el Decreto ................, acompañando el detalle de cálculo de la variación de referencia y copia de las publicaciones de las que surgen los índices utilizados.
Licitación Pública/Privada N°
Fecha de Apertura de Ofertas DD/MM/AAAA
Fecha de firma del Contrato DD/MM/AAAA
Plazo Contractual AÑOS/MESES/DIAS
Fecha de Inicio de Obra DD/MM/AAAA
Redeterminación N°
Porcentaje de Variación ….%
Mes y Año del disparo MM/AAAA
Manifiesto con carácter de Declaración Jurada la veracidad de los datos consignados.
Saludo a Ud. muy atentamente.
.......................................
FIRMA Y ACLARACIÓN
MODELO DE CONTRATO
En Bernal, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, a los ……. días del mes de ……..del año 2019, entre la Universidad Nacional de Quilmes, con domicilio en la calle Xxxxx Xxxxx Xxxx 352 xx Xxxxxx, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el RECTOR, …………….. DNI ………………… y/o el VICERRECTOR, ……………………. DNI ……………………, con facultades suficientes para el presente, en adelante EL COMITENTE, por una parte y, por la otra, la empresa ……………….. representada en este acto por …………………….., en el carácter de ………………………. de la firma, con domicilio en …………………-, …………., Provincia de ………………… en adelante EL CONTRATISTA, conviene en celebrar este contrato de obra pública, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El Contratista se compromete y obliga a ejecutar la obra objeto de la Licitación …….. Nº ………..: , “………………………”, en la Universidad Nacional de Quilmes, sita en Bernal, partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires adjudicada, según Resolución Nº …………….. de fecha ……….. del mes de ……. de 2019 y actuaciones que tramitan en el Expediente Nº……..en los plazos, términos, condiciones, características técnicas, planos y demás condiciones establecidas en la documentación licitatoria.
SEGUNDA: El Contratista se obliga a ejecutar la obra bajo el sistema de ajuste alzado, y hasta su total terminación y entrega en perfectas condiciones de utilización inmediata, conforme a las obligaciones estipuladas en la documentación de la licitación y en las órdenes que imparta la Inspección de Obra y la Dirección General de Planificación de la Universidad.
TERCERA: El Comitente se obliga a pagar al Contratista por la total y correcta ejecución de la obra mencionada en la cláusula primera, la suma de PESOS ………………………CON 00/100 ($ ………………..).
CUARTA: El Contratista declara no tener objeción que formular a la documentación contractual y conocer todas las normas legales que resultan de aplicación.
QUINTA: Se establece que el Comitente no se responsabilizará por los daños y perjuicios de cualquier índole y que por cualquier causa sufra o cause el Contratista y/o sus cosas y/o su personal, a cosas o propiedades de terceros o a terceros y que puedan originarse por la ejecución de este contrato o por el vicio o riesgo propio de las cosas de que se sirva para su ejecución.
SEXTA: El Contratista avala el presente acuerdo mediante garantía de cumplimiento de contrato.
SEPTIMA: Para dirimir cualquier divergencia que se origine como consecuencia del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción del los Tribunales Federales de Quilmes, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción.
Previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad xx Xxxxxx, a los .. días del mes de …… del año 2019.
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en PREVENCIÓN LABORAL
ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en PREVENCIÓN LABORAL
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
Hacer efectivo su cumplimiento es responsabilidad de la Contratista, de su personal o aquel que el primero contrate (externo) para la realización de las tareas objeto xxx xxxxxx o contrato que vincule a la empresa con la Universidad Nacional de Quilmes, e inclusive para las tareas adicionales encargadas a la Contratista, si las hubiera.
1.- ALCANCE
A toda empresa o persona externa que desarrollen trabajos de ingeniería y/o arquitectura realizados sobre inmuebles, comprendiendo excavaciones, demoliciones, construcciones, remodelaciones, mejoras, mantenimientos, montajes e instalaciones de equipos y, toda otra tarea que se derive de, o se vincule a, la actividad principal de las empresas contratadas dentro de las instalaciones de la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ).
El cumplimiento de este anexo tiene por objeto
la preservación de la salud de las personas, ya sea trabajadores o terceros ajenos a la Obra
la protección de los bienes de la UNQ y de terceros
la preservación del medioambiente
el cumplimiento de la legislación en higiene y seguridad (punto 9)
Todo CONTRATISTA, deberá dar cumplimiento a los requisitos que establece el presente procedimiento ajustándose a las Normas de Seguridad establecidas por la UNQ.
2.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
2.1.- La documentación correspondiente deberá ser presentada por el CONTRATISTA ante la UNQ con una anticipación de 7 días hábiles al comienzo de la Obra, la cual será entregada a la Dirección de Hábitat o a la Dirección General de Planificación, para su evaluación y aprobación, según procedimiento correspondiente; aclarando que hasta no ser aprobada dicha documentación, no podrán iniciarse la obra y ninguna de las tareas. Asimismo durante el desarrollo de cualquiera de las etapas de la obra podrá ser solicitada la actualización y/o modificación de la misma según corresponda.
Una vez aprobados todos los antecedentes e información requerida, y antes de autorizar el inicio de obra, dichas áreas deberán incorporar toda la documentación al expediente.
Nota: en caso de corresponder, cualquiera sea la etapa de la obra, el CONTRATISTA será exclusivo responsable de la presentación de documentación del o los sub-contratistas, la cual deberá cumplir entre otras cosas, con lo expresado en el párrafo precedente.
Es obligación del Contratista mantener toda la documentación en la obra, perfectamente ordenada, incluyendo las constancias de visitas de las aseguradoras, de modo tal que se pueda verificar adecuadamente.
La documentación requerida será de acuerdo al tipo de CONTRATISTA, y DEL TIPO DE OBRA, que se detalla a continuación:
2.1.1.- EMPRESAS CON PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCIA
Clave de Alta Temprana (C.A.T o el aplicativo vigente), para trabajadores incorporados a partir del 1/10/2000 y en caso de nuevas incorporaciones (por única vez).
Listado de Personal, incluyendo
Certificado de Xxxxxxxxx de la ART con la nomina del personal que trabajará en la obra amparado por la Ley 24.557, conteniendo Apellido, Nombre y Nº de C.U.I.L, detallando el periodo de vigencia. Deberá actualizarse mensualmente o según la fecha de vencimiento que consigne el documento. Independientemente este certificado será actualizado inmediatamente (máximo 48 horas), en casos de altas o bajas.
Fotocopia de DNI de cada trabajador, primera y segunda hoja, que incluya fotografía entendible del trabajador.
Cláusula de “No Repetición” de la ART, beneficiario UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, en vigencia. Deberá mantenerse vigente en todo momento, actualizándola mensualmente.
Comprobante F.931 con el recibo de pago y la nomina del personal incluido en la correspondiente declaración jurada mensual a la AFIP. En caso de suscribir un plan de pago por alguna de sus obligaciones el proveedor deberá adjuntar copia del mismo, el detalle de cuotas con sus vencimientos y en forma previa a su vencimiento el comprobante que acredite la cancelación de cada cuota. Es importante tener en cuenta que en el sistema de gestión se ingresará el segundo vencimiento pero el proveedor deberá cancelar su obligación en el primero a fin de entregar el comprobante que acredite la cancelación con el tiempo suficiente para su procesamiento.
Constancia de pago de aportes sindicales.
Póliza del Seguro de Vida Obligatorio Decreto 1567/74 e incluyendo nomina del personal, se verificará el pago a través del F.931.
En caso que la Obra incluya actividades de excavación y/o demolición, construcciones que indistintamente superen los UN MIL METROS CUADRADOS (1000 m2) de superficie cubierta o los CUATRO METROS (4 m) de altura a partir de la cota CERO (0), tareas sobre o en proximidades de líneas o equipos energizados con Media o Alta Tensión, definidas Media Tensión y Alta Tensión según el Reglamento del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (E.N.R.E.), en aquellas obras que, debido a sus características, la UNQ lo considere pertinente, el Contratista deberá presentar
Copia firmada del Programa de Seguridad (*) aprobado por la ART incluyendo la Descripción de tareas y métodos de prevención de accidentes según actividad o etapa de obra, y riesgos asociados.
Copia firmada del Aviso de inicio de obra visado por la ART y vigente,
Copia firmada y completa del Registro de Entrega de Elementos de Protección personal
Copia firmada del Registro de Capacitación del Personal, tanto en el Uso de elementos de protección personal como en la prevención de riesgos generales y específicos, accidentes y enfermedades profesionales. La antigüedad de las capacitaciones dadas a los trabajadores no debe superar un (1) año de antigüedad y ser acorde a los riesgos de la Obra a realizar. Los registros deberán indicar mínimamente; nombre del curso, dictante, nómina de asistentes, fecha y horario de dictado del curso, firmas del dictante y asistentes.
Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad, detallando el/os profesional/es a cargo con su matrícula habilitante, y carga horaria en Obra según Decreto Nº 1338/96. Copia de la matricula vigente.
Médico laboral responsable o Institución médica a la cual derivar en caso de accidentes laborales, cercana a la UNQ, acorde a las tareas que se van a realizar y los riesgos asociados.
Copia del Procedimiento escrito de Llamados o Actuación en caso de Emergencias
Seguro de equipos y máquinas pesadas: El CONTRATISTA y/o los subcontratistas deberán mantener asegurados, durante el período completo de realización de la obra, la totalidad de los equipos y máquinas afectados a la misma, con pólizas especificas de seguro técnico (por ejemplo para grúas, guinches, autoelevadores, hidroelevadores, etc.) según corresponda al tipo de equipo y/o máquina y con el límite que le correspondiera. El CONTRATISTA arbitrará los medios suficientes para impedir el acceso a la obra de todo vehículo que no posea clara identificación, emitida por la Aseguradora, de estar cubierto.
Copia del informe de siniestralidad descargada de la pagina web de la ART del último año. Luego se actualizara mensualmente desde la fecha de inicio de la obra.
Copia del modelo de formulario de investigación de siniestros. Cuando se detecte la ocurrencia de un evento o siniestro, el servicio de higiene y seguridad del CONTRATISTA deberá en un máximo de 10 días hábiles, confeccionar dicha investigación adoptando las medidas correctivas necesarias para controlar el o los riesgos que lo provocaron.
A todo evento o siniestro, queda entendido que el CONTRATISTA será exclusivo responsable por el cumplimiento que, a su vez, observen los subcontratistas de la referida normativa. EL CONTRATISTA y/o subcontratistas deberán mantener indemne a la UNQ ante eventuales reclamos derivados de la Responsabilidad Civil Patronal que ejerzan sus dependientes. El CONTRATISTA arbitrará los medios suficientes para impedir la ejecución de tareas de todo personal empleado por ella o por subcontratistas, que no posea clara identificación de estar afiliado e inscripto en una A.R.T. La identificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo emitido por la A.R.T. (tarjetas, nóminas, credenciales, certificados, etc.) debidamente autorizados y firmados, que deberán entregarse a los responsables de control.
2.1.2.- EN CASO QUE EL CONTRATISTA CONTRATE LOS SERVICIOS DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS MONOTRIBUTISTAS O QUE EL CONTRATISTA SEA UN TRABAJADOR AUTÓNOMO MONOTRIBUTISTA, EL CONTRATISTA DEBE INCLUIR EN SU DOCUMENTACIÓN:
Constancia de Inscripción en AFIP (Por única vez).
Fotocopia del pago como Autónomo de Jubilación/Monotributo (Presentación mensual).
Xxxxxx contra Accidentes Personales con la siguiente cobertura:
Muerte $ 1.000.000.
Invalidez total y/o parcial permanente $ 1.000.000.
Cobertura 24 hs.
Seguro por gastos de asistencia médico-farmacéutico por accidentes laborales por un valor de $ 50.000-
Seguro de equipos y máquinas: El CONTRATISTA y/o los subcontratistas deberán mantener asegurados, durante el período completo de realización de la obra, la totalidad de los equipos y máquinas afectados a la misma, con pólizas especificas de seguro técnico (por ejemplo para grúas, guinches, autoelevadores, hidroelevadores, etc.) según corresponda al tipo de equipo y/o máquina y con el límite que le correspondiera. EL CONTRATISTA arbitrará los medios suficientes para impedir el acceso a la obra de todo vehículo que no posea clara identificación, emitida por la Aseguradora, de estar cubierto.
La UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES debe figurar como beneficiario en primer término mientras el asegurado se encuentre dentro de las instalaciones de la UNQ o prestando servicios a favor de esta. Cabe aclarar que el contratista puede mencionar en dicha póliza a todas las empresas a las que ingresa a prestar servicios.
Fotocopia de los recibos de pago de la Póliza de Accidentes Personales (presentación mensual) emitidos por la compañía, no se aceptaran certificados emitidos por el productor.
Programa de Seguridad en los casos que corresponda (ver *). También se incluirán presentación de Copias del
Copia firmada y completa del Registro de Entrega de Elementos de Protección personal
Copia firmada del Registro de Capacitación del Personal, tanto en el Uso de elementos de protección personal como en la prevención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales. La antigüedad de las capacitaciones dadas a los trabajadores no debe superar un (1) año de antigüedad y ser acorde a los riesgos de la Obra a realizar
Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad, detallando el/os profesional/es a cargo con su matrícula habilitante, y carga horaria en Obra según Decreto Nº 1338/96. Copia de la matricula vigente.
2.2.- Obligaciones y Responsabilidades de “El CONTRATISTA” para su personal y sus acciones como la de los subcontratados,
El CONTRATISTA es el principal y directo responsable, sin perjuicio de los distintos niveles jerárquicos y de autoridad de cada empresa y de los restantes obligados definidos en la normativa de aplicación, del cumplimiento de los requisitos y deberes consignados en el presente procedimiento.
El CONTRATISTA es responsable en cuanto se refiere al conocimiento por todo el personal (incluyendo subcontratistas) de lo dispuesto en las Normas de Higiene y Seguridad de la UNQ.
El CONTRATISTA cumplirá, junto con sus empleados, y subcontratistas, la legislación vigente con Respecto a Prevención Laboral (ver punto 9 del presente documento, y las vigentes al momento de la ejecución de la obra).
El CONTRATISTA proveerá a su personal de todos los elementos de protección personal necesarios para el desempeño seguro de las tareas de acuerdo a la legislación vigente y a las Normas internas de la UNQ. También será responsable que los subcontratistas y personal monotributista que ingrese a la Obra, utilicen los elementos de protección personal
El CONTRATISTA será responsable por todos los accidentes de trabajo y por los daños a terceros que pudieran acaecer a consecuencia del desarrollo de sus actividades.
El CONTRATISTA deberá comunicar de inmediato a la Dirección de Hábitat (teléfono 0000-0000) cualquier tipo de accidente ó incidente que pueda ocurrir durante sus trabajos, indicando el lugar, magnitud y las posibles causas del mismo.
El CONTRATISTA deberá estar preparado para atender las lesiones y situaciones de emergencia que pudiera sufrir el personal a su cargo, o que pudieran ocurrir por la ejecución de las tareas encomendadas. Para tal efecto dispondrá
del número necesario de botiquines debidamente equipados,
matafuegos ABC 5 kg, por cada 200 m2 de obra, que serán de su propiedad, totalmente cargados y en condiciones de uso/habilitados, colgados y accesibles
afiche de ART (cuando corresponda)
novedades pertinentes a las acciones preventivas,
si la Obra posee una envergadura que requiera la presentación del Programa de Seguridad, se asentaran en el Libro de Obra en materia de seguridad donde se asentarán todas las visitas de la ART, capacitaciones, solicitudes de la UNQ, etc
caso contrario se utilizará el libro de Obra
El CONTRATISTA antes de iniciar cualquier actividad deberá informar por escrito a la UNQ la metodología empleada en caso de ocurrencia de accidentes, que deriven en lesiones de carácter grave y/o que requiera intervención en centros especializados.
De ocurrir lesiones en los trabajadores o terceros, vinculados a la ejecución de la Obra, mientras se realizan actividades dentro de las instalaciones de la UNQ, será de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA notificarlo de inmediato a la Dirección de Hábitat y cumplir todo tramite que fuera necesario ante las autoridades competentes.
3.- ACCIONES NO PERMITIDAS
El ingreso de menores de 18 años de edad dentro del personal del CONTRATISTA, y sus subcontratistas.
El ingreso de bebidas alcohólicas, como así también a las personas que estén bajo influencia de las mismas.
El ingreso con o bajo los efectos de drogas o barbitúricos.
La portación xx xxxxx de fuego x xxxxx xxxxxxx.
Ocultar a sabiendas una enfermedad que por su abandono pueda poner en peligro la salud del personal de la UNQ y la de terceros.
No se cubrirán con objetos, o se hará inaccesible en ningún momento, los elementos de seguridad y/o emergencias. En caso de ser necesario su remoción o retiro, se consultará con la Dirección de Higiene y Seguridad de la UNQ para recibir indicaciones.
Los elementos de seguridad solo se pueden utilizar para dichas situaciones o de emergencia, con un control y uso adecuado. No se permitirá el uso de estos elementos para otras situaciones (operativa, limpieza, desobstrucción, etc.)
4.- USO DE EQUIPOS Y MATERIALES DE TRABAJO
Todas las herramientas, máquinas y equipos usados por el CONTRATISTA y subcontratistas deberán ser declarados a la Portería de la UNQ al ingresarlos.
Serán adecuados al uso que se les asigne y serán mantenidos en buenas condiciones para ser operados con el máximo de seguridad.
Responderán a las exigencias y requisitos de la legislación vigente y cumplirán aquellas disposiciones particulares que sean de aplicación en la UNQ, con el uso permanente de los elementos de protección personal adecuados a la tarea.
Para trabajos en altura, las escaleras, andamios, silletas y balancines serán apropiados, adecuados, íntegros y seguros. Se utilizará arnés de seguridad y cabo de vida, amarrado a punto fijo, cuando se trabaje a mas de 2.00 mts de altura
Para trabajo con soldadura y en caliente, los equipos estarán en perfectas condiciones de seguridad, con sus elementos limpios e íntegros
5.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS CON RIESGOS PARTICULARES
Para comenzar a realizar los trabajos y/o actividades, la UNQ ha establecido una valoración de las diferentes tareas, considerando que merecerán un Análisis de Riesgo y ejecución de actividades concretas mínimas, del Contratista para la Prevención de accidentes, inclusive la ejecución de las tareas por personal capacitado tanto en la faz operativa como en temas de seguridad y prevención de la salud e integridad física de los trabajadores y terceros:
Para trabajos en altura, trabajos con riesgo mecánico, demolición/excavación, trabajos en caliente/soldadura/amolado
vallado
cercado
señalización de advertencia
Trabajos con riesgo eléctrico con tensión
Vallado
Cercado
Señalización de advertencia
Bloqueo de comandos y señalización
Trabajo y firma de profesional matriculado (para todas las obras donde se afecte o intervengan instalaciones eléctricas)
Trabajos con riesgo ambiental, o contaminación de los recursos o afectación de los puestos de trabajo/trabajadores.
Cuando se generen vapores irritantes, corrosivos o inflamables, etc (trabajo con barnices, epoxi, hidrocarburos, entre otros), se procederá a realizar la correcta Ventilación de los lugares de trabajo, hacia el exterior, de forma tal de no afectar con olores a los trabajadores o terceros. También se pueden evaluar con la Dirección de Obra la realización de las tareas durante los fines de semana o durante horas de la noche, e inclusive la organización del trabajo para dar aviso a las personas del sector afectado por las tareas
Cuando se genere material pulverulento, con riesgo de caída de material sobre las cosas y bienes, equipos de la UNQ, se procederá según corresponda
Cubriendo los equipos correcta y completamente para la no afectación de dichos elementos (inclusive los detectores de humo, cámaras de CCTV, alarmas, equipos de seguridad, etc)
Para remover el polvo, se procederá a humedecer el material para evitar su liberación, dispersión en el medio ambiente, sin excederse con el contenido de agua para evitar tapar las rejillas o desagües
Trabajos con alto nivel sonoro o niveles de ruido significativo.
Cuando se generen actividades en sectores o espacios de la UNQ que se ubiquen en cercanía de puestos de trabajos fijos y la CONTRATISTA necesite realizar tareas que impliquen la utilización prolongada de maquinas o herramientas capaces de producir altos niveles de ruido, se procederá a realizarlos en lugares de trabajo alejados, de forma tal de no afectar a las condiciones y medio ambiente de trabajo de la comunidad Universitaria. Caso contrario deberá implementar las medidas necesarias para aislar acústicamente el sector donde se encuentre la fuente de generación del ruido. También se pueden evaluar con la Dirección de Obra la realización de las tareas durante los fines de semana o durante horas de la noche, e inclusive la organización del trabajo para dar aviso a las personas del sector afectado por las tareas
Trabajo de Demolición o Excavaciones, según corresponda en las tareas y etapa de obra en que se encuentre, la Contratista tendrá en cuenta y respetará el cumplimiento de la Normativa en la materia, Res 550/2011. Para ello elaborará un plan de trabajo y evaluación de los riesgos con anticipación suficiente, en correspondencia con cada etapa, condiciones ambientales y edilicias, según las reglas del arte y la legislación vigente
Uso de Vehículos en general dentro de la UNQ
VTV / ITV (verificación/ inspección técnica vehicular) o copia del título de propiedad (0 km) para verificar vigencia de RTO.
RUTA (Registro único del transporte automotor).
Copia de la cédula verde o título de propiedad del vehículo que ingrese o preste servicios (por única vez).
Copia de la póliza de responsabilidad civil hacia terceros transportados y no transportados junto con el plan de pagos y los comprobantes de pago correspondiente (Emitidos por la compañía, NO por el productor), Limites según el tipo de vehículo (Según resolución 21.999 de la S.S.N. la cobertura de responsabilidad civil hacia terceros deberá cubrir hasta la suma de $ 3.000.000 para vehículos particulares y de $ 10.000.000 para vehículos de carga.)
Licencia de conducir Municipal / Provincial categoría acorde a la actividad.
Licencia Nacional Habilitante emitida por la CNRT para cargas generales, en caso de no poseer las mismas deberá presentar fotocopia del psicofísico emitido por el mismo organismo (en vigencia).
Si la empresa realiza Transporte de Sustancias Peligrosas o Residuos Peligrosos además debe presentar:
a. Habilitación como transportista ante la Autoridad de Aplicación.
b. Copia del Procedimiento de Emergencias.
En caso de uso de Equipos Móviles (Retroexcavadora, Miniexcavadora, Pala mecánica, Autoelevador, Grúa, etc).
a. Nómina del personal autorizado para operar vehículos y fotocopia de su respectiva habilitación (registro de conducir, registro de operador de grúas, Autoelevador, otros).
b. Registro de capacitación en operaciones de equipos móviles (antigüedad no mayor a dos años.
c. Emisión por parte de la empresa de un certificado o verificación del correcto funcionamiento del equipo.
El CONTRATISTA deberá realizar el control de todas las maniobras relacionadas con el trabajo, y/o actividades cumpliendo y haciendo cumplir con todas las normas de seguridad vigentes, tanto al comenzar las tareas como durante la realización de las mismas.
6.- CONTINGENCIAS
En caso de producirse una contingencia, se interrumpirá inmediatamente todo tipo de trabajo o actividad.
Es obligación del CONTRATISTA, conocer antes de la realización de cualquier actividad o trabajo en la locación, los lineamientos del Plan de Contingencias, vías de evacuación, roles, etc. Dicha información será suministrada por la UNQ
7.- PROTECCIÓN AMBIENTAL
La UNQ presta especial cuidado a las reglamentaciones referentes a la prevención de contaminación del aire, agua, suelo y producción de ruido para el área de ejecución de las tareas. El CONTRATISTA deberá tener la misma consideración durante la realización de los trabajos y actividades aportando propuestas para la disposición de desperdicios y arreglos para drenaje durante las tareas, las que deberán ser aprobadas por la UNQ.
Todo impacto ambiental originado en fallas de diseño, fabricación, montaje y/o cualquier otra tarea o actividad prestada por el CONTRATISTA con motivo de la ejecución de los trabajos serán de su exclusiva responsabilidad.
El CONTRATISTA está obligado a pagar todos los gastos de remediación ambiental, multas, sanciones y/o cualquier otra erogación derivada directa o indirectamente de tales daños, debiendo mantener indemne a la UNQ de todo reclamo o gasto.
8.- DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES
La UNQ a través de la DIRECCION DE HABITAT, podrá en cualquier momento, solicitar la exclusión de algún integrante del plantel del CONTRATISTA y/o subcontratista, de cualquier operario o empleado que a su solo juicio no desempeñe sus tareas en forma segura, arriesgando su integridad física, la de sus compañeros y/o los bienes de la UNQ.
9.- NORMATIVA DE REFERENCIA CON LA QUE DEBERÁ CUMPLIR EL CONTRATISTA.
Ley 19.587 (Seguridad e Higiene), su Decreto Reglamentario 351 / 79, Decreto 1338 / 96, Resolución 444 / 91.
Decreto 911/96, Reglamento para la industria de la Construcción, y modificatorias, Resolución 231/96, Resolución SRT 051/97, Resolución SRT 035/98, Resolución 319/99, Resolución 550/2011, etc.
La totalidad de Normativa y Legislación vigente en la materia de prevención laboral, tanto a nivel Provincial, como Nacional.
Ley 24.557 (A.R.T.), Resolución 1069 / 91.
Ley 24.449, (Tránsito) su Decreto 646/95 y Resolución complementaria 195/97
Ley 24.051 “Residuos Peligrosos”,
AR 10.1.1 y AR 7.11.1 (Seguridad Radiológica y Permiso para Operadores) de ARN
10.- SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO DEL CONTRATISTA
El contratista deberá contar con un profesional de Higiene y Seguridad matriculado, quien deberá cumplir con la cantidad de horas semanales según lo dispuesto en decreto 1338/96 o Resolución 231/96 según corresponda.
El representante del contratista debe entregar junto con lo requerido en el ítem 2:
Fotocopia de la matricula del Responsable Profesional Habilitado del Servicio de Higiene y Seguridad
Número de Teléfono, Celular e email
Están eximidos de contar con un Profesional de Higiene y Seguridad:
a. los trabajadores autónomos cuya actividad no presente riesgos,
b. empresas de servicios cuya actividad no presente riesgos.
Considerando las características y riesgos que conllevan los trabajos a desarrollarse en altura, demolición, excavación mayor a 1,2 metros, submuracion y/u otras tareas especificas que pueda determine la UNQ, el Contratista deberá contar con la presencia permanente, en cada uno de los frentes de obra, de personal técnico, pudiendo ser el responsable del servicio de higiene y seguridad o un auxiliar del mismo, técnico en higiene y seguridad. Quien diariamente, mientras se ejecuten algunas de las actividades mencionadas y antes de iniciar las tareas, deberá confeccionar y rubricar los “permisos de trabajo seguro” (P.T.S.), para identificar los riesgos potenciales relacionados y desarrollar las soluciones que eliminen o controlen estos riesgos. También brindar una charla de seguridad a los trabajadores en la que se informe sobre los riesgos a los que están expuestos y las condiciones de seguridad que se deben ejecutar para el desarrollo de los trabajos. Estas charlas deberán documentarse fehacientemente.
11.- OTRAS INSTALACIONES O REQUERIMIENTOS A SER PROVISTOS POR LA CONTRATISTA
El contratista deberá incluir en sus tareas, obras y/o instalaciones a proveer, al menos los siguientes servicios o acciones para realizar en forma segura el trabajo en altura:
En todo momento
Los trabajadores estarán amarrados apropiadamente a línea de vida con arnés de seguridad y cabo de vida, inclusive en el ascenso y descenso de los trabajadores
La zona estará vallada y señalizada para propios y terceros
Tareas
Las tareas serán supervisada por personal idóneo de la empresa, realizadas por personal capacitado en tareas en altura (presentando registro de capacitación de trabajo en altura de no más de 1 año de antigüedad, dictado por un especialista o profesional en la prevención de riesgos). Preferentemente las tareas deberán realizarse con personal de la Contratista que este como observador o apoyo en la Planta Baja, a los efectos de dar soporte a los trabajadores en altura, para evitar el continuo ascenso y descenso, brindar materiales y enseres, etc.
Las tareas a realizarse por la Contratista serán organizadas y planificadas de antemano, y coordinadas con la Dirección de Obras de la UNQ
El profesional en Higiene y Seguridad con matricula vigente en la especialidad por parte de la Contratista, además de participar en la auditoría de la realización de las tareas, debe registrar las actividades en el libro xx xxxxxxxxx de la Obra, firmando y sellando al concurrir a supervisar la obra, formas de trabajo, dispositivos de seguridad, etc.
Las tareas serán suspendidas en caso de lluvia, posibilidad de descargas eléctricas, o cuando se vea aumentado el riesgo a resbalamientos o caídas por agua/humedad.
El descenso de materiales, cubierta a remover y otros, siempre será realizada con medios mecánicos, sin ser arrojado ningún material al vacío, de forma tal de evitar la generación de material particulado y de ruidos
El acopio de material será realizado por el Contratista, bajo estrictas medidas de seguridad, y coordinadas con la Dirección de Obras de la UNQ, en el lugar que estos últimos indiquen al primero
Dispositivos para tareas construcción, de montaje y mantenimiento, entre otras
Los andamios y medios de trabajo en altura deberán ser del tipo industriales, metálicos, en buen estado, con plataforma de trabajo completa y baranda a 0.50 y 1.00 mt de altura. Los mismos, a partir de los 3 cuerpos serán afirmados a estructura fija y/o apuntalada para evitar su volcamiento o inestabilidad
Para las tareas donde no pueda garantizarse el correcto apuntalamiento de los andamios a estructura fija, será obligatorio el uso de Plataformas Elevadoras Tijera para trabajos en altura, diseñadas específicamente para el movimiento y elevación con amplias plataformas y capacidades de carga. Asimismo las mismas deberán ser del tipo industriales, estar diseñadas para uso en trabajos en altura, evidenciar buen estado de funcionamiento, disponer del registro de mantenimiento, con plataforma de trabajo completa y baranda a 0.50 y 1.00 mt de altura.
12.- MEDICIONES
Las tareas, obras y/o instalaciones a proveer, que requieran la realización de mediciones por parte del Contratista, deberán efectuarse de forma completa, con equipamiento apropiado y bajo los parámetros establecidos en la normativa vigente; en todos los casos adjuntando los planos o croquis, certificados de calibración con validación dentro de los 12 meses, matricula del profesional actuante, como así las recomendaciones o instrucciones en caso de corresponder.
Los protocolos serán entregados en original y además se enviara archivo digital a la Dirección de Obra y esta, los presentara a la Dirección de Higiene y Seguridad para su evaluación. En caso que los valores arrojados no sean los adecuados, o superasen los máximos o se encontraran por debajo de los mínimos admitidos según lo establecido en la normativa vigente, la contratista deberá implementar las medidas correctivas necesarias para su adecuación y volver a efectuar las mediciones correspondientes sin ningún cargo para la UNQ.
Todas las mediciones deberán ser notificadas y acordadas con anticipación con la Dirección de Higiene y Seguridad de la UNQ indicando la fecha y horario de la realización, a fin de que personal del área pueda asistir a verificar el desarrollo de las mismas.
Estas mediciones o análisis deberán realizarse con los protocolos establecidos por la autoridad de control y/o con sistemas aprobados y reconocidos internacionalmente, por profesionales idóneos (técnico especializado).
Cuando se soliciten realizar mediciones de puesta a tierra, estas deberán incluir mínimamente mediciones de los electrodos (jabalinas), las continuidades del sistema y de los interruptores diferenciales según lo establece la Res. SRT 900/15. También deberá ajuntarse al protocolo la encomienda profesional del firmante.
Nota: la calibración y validación de los equipos, debe ser realizada por una institución reconocida en la materia.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ESTUDIO DE RADIO MOVIL
Memoria Descriptiva
La presente licitación corresponde la instalación de un conteiner de 20 pies para la radio de la Universidad Nacional de Quilmes, contemplando una cabina de control con el sistema de transmisión FM + radioenlaces y un estudio de radio. El conteiner será emplazado en el jardín contrafrentefrente al Aula Magna, del predio de la Universidad a pocos metros de la Antena de comunicaciones
La estación de frecuencia modulada, otorgada a la Universidad Nacional de Quilmes mediante Resolución Nº 1012 AFSCA/2015 con los siguientes parámetros según la categoría F asignada: Frecuencia 91.5 Mhz, PRE: 0.3 Kw y Hma: 60mts, el equipamiento de trasmisión de la emisora estará compuesto por un equipo transmisor con una potencia de 100 vatios (homologado por la ex CNC hoy ENACOM) cumpliendo de esta forma con las disposiciones internas del organismo de control
Domicilio de la planta transmisora y Estudios : Xxxxx Xxxxx Xxxx 000 Xxxxxx Xxxx. Xx Xxxxxx Xxxxx (X0000 BXD)
Coordenadas de planta transmisora ( sistema irradiante ) en grados, minutes y Segundo, tomados mediante GPS 34º 42´19” LS 58º 16´41” LO
El plazo estimado de obra es de 120días corridos
El oferente deberá especificar marcas de los materiales cotizados en la oferta (revestimiento acústico – piso de goma – equipos de AºAº)
3.0- Generalidades.
El proyecto comprende la provisión de un conteiner marítimo de 20 pies acondicionado para su uso e instalado sobre 4 dados de HºAº sobre los cuales será colocado.
La localización dentro del predio de la Universidad será próxima a la medianera de la calle Espora, desde donde podrá ser ingresado a través de la medianera existente, con la particularidad que se implantará en una zona arbolada, donde no se podrán cortar ni podar, por lo que la adjudicataria deberá tomar los recaudos del caso.
Las tareas de ensamblado que no se realicen dentro del predio de la Universidad por la adjudicataria, deberá ser descripta previamente con la oferta, al mismo tiempo que se especificara la locación donde se realizara. Oportunamente la Dirección de Obras Universitarias designara a los representantes de la Universidad que tendrán la facultad de realizar las visitas necesarias mientras se están ensamblando las partes, siendo los gastos de logística y traslados a cuenta de la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria deberá presentar previamente muestras de todo los materiales que se utilizaran en el conteiner (aberturas, revestimientos, artefactos, aislaciones, equipos, instalaciones etc.) antes del armado del mismo.
Se deberá llegar hasta el mismo con el tendido eléctrico desde la cámara transformadora ubicada a pocos metros del lugar hasta el conteiner (ver ubicación en planos adjuntos.
Imagen del sector a intervenir
3.1- TAREAS PREVIAS
3.1.1.- Cerco de Obras
La contratista deberá realizar un cerramiento perimetral en el sector a intervenir mediante la colocación de parantes xx xxxxxx de 100x100 cada 1.50mts y media sombra color verde hasta 2.00mt de altura.
3.1.2.- Prevención laboral
El contratista deberá informar el inicio de las tareas y contar con un profesional matriculado destinado a realizar el Programa de seguridad de trabajo de corta duración aprobada por la A.R.T.
3.1.3.- Limpieza de Obra
El oferente deberá realizar una limpieza final dejando el sector en perfectas condiciones. Una vez culminada la obra la empresa deberá retirar cerco dejando el sector libre de todo lo referente a la obra.
3.2- TAREAS DE ALBAÑILERIA
3.2.1.- Bases de HºAº
Se deberán realizar 4 dados de HºAº de 250 x 250 y 150mm de alto donde apoyara el conteiner
3.2.2.- Zanjas para tendido eléctrico + datos
Se deberá realizar el zanjeado para el tendido eléctrico desde TGBT hasta el conteiner y desde este hasta la Antena. Se colocaran dos caños en PVC de Ø110, posteriormente se procederá al tapado de la zanja previa colocación ladrillos comunes + una cinta normalizada que indique el peligro eléctrico.
3.3- CONTEINER 20 PIES
Se proveerá e instalara un conteiner marítimo ISO de 20 pies (6.00 x 2.44 x 2.59 mts) compuesto por bastidor xx xxxx 20 x 20 de 1.6mm de espesor soladado a la estructura, pintado con antioxido. El mismo contara con aislación en paneles de xxxx xx xxxxxx de 100mm en piso y techo ( marca recomendada PF100 ISOVER equivalente ) y poliestireno expandido de 70mm en paredes previa terminación de multilaminado fenólico de 9mm.
En su interior llevara una división en multilaminado fenólico de 12mm en ambas caras sobre estructura de aluminio con aislación en xxxx xx xxxxxx de 700mm
El mismo llevara dos puertas de acceso en chapa inyectada de 800 x 2000, 1 ventana de abrir en pvcde 800x1100 con DVH 4/9/4, con persiana, 1 ventana interior paño fijo en pvc de 1800 x 1100 con DVH 4/9/4y 1 ventana paño fijo 2000 x 1700.
Se instalaran 2 equipos Split frio - calor de 2200frigorias en el control y 3000 frigorias en el estudio.
El interior xxx xxxxxxx denominado Estudio llevara dos paredes con tratamiento acústico mediante la colocación de placas fonoabsorbentes 610 x 610 mm., densidad 11Kg./m3 y 35cm.espesor ( marca recomendada FONAC CLASS I o equivalente), las mimas serán fijadas con adhesivo de contacto recomendado por fabricante
El piso llevara baldosas vinílicas 500 x 500 mm.Color gris modelo Cerama marca Indelval o equivalente
La terminación exterior será en esmalte sintético color gris oscuro (el mismo será aprobado mediante muestra)
Se instalara el equipamiento según plano EQ01, las bases serán en estructura metálica en xxxx estructural 400x400mm previa mano de convertidor de óxido llevara dos manos de esmalte sintético color gris perla y las tapas de apoyo serán en mdf 25mm enchapado en melanina color roble americano o equivalente, los cantos serán pegados en caliente de 2mm.
Se proveerán 2 matafuegos del tipo HCFC 123 5Kg que serán instalados uno en cada recinto, en lugar donde lo designe la inspección.
3.4- INSTALACION ELECTRICA
La instalación comprende la del propio conteiner + la instalación necesaria desde el TGBT hasta el conteiner y desde este hasta la Antena.
El oferente deberá entregar a la Dirección de Obra memoria de cálculo de cables, Protecciones y esquema unifilar previo al comienzo de los trabajos para su aprobación.
La instalación incluirá:
Canalización desde Planta Transformadora hasta emplazamiento conteiner
Canalización desde Conteiner hasta Mástil Antena
Cableado desde TGBT en cable tipo IRAM 2178 4 x 6 mm2
Cableado desde conteiner hasta Antena
Instalación de un seccionador bajo carga de 25A y fusibles tipo NH tamaño 00 de 25 A en TGBT
Provisión y Colocación de tablero Seccional línea trifásica en el control del Estudio de Radio
Puesta a tierra (PTT) con protocolo individuales para antena y estudio de radio
Las canalizaciones de la línea de alimentación se harán a través de bandeja portacables del tipo chapa perforada , las bajadas serán en caños galvanizado ¾
Provisión e Instalación de cablecanales de PVC auto extinguible rígido 100x500 IP40
Instalación de tres artefactos de iluminacióninterior del tipo led y tres exteriores con fotocélula
Instalación de dos tomas de usos especiales a 2.00mts.splits
Instalación de cuatro tomas de usos generales y 12 tomas estabilizados
Colocación de un tablero en caja para baliza con capacidad de 220V x 5ª
Está previsto la instalación de consola 220vac 50/60Hz+/-10% + transmisor estéreo 250w + compactera de cd doble 25W+ pc completa 600w.( datos necesarios para la memoria de cálculo)
Instalación de dos luminarias autónomas de encendido automático 110led de alto brillo y luminosidad
Se deberá entregar planos conforme a obra y certificación por electricista matriculado
E S Q U E M A U N I F I L A R T.S.S
ANEXO IV – CABLEADO ESTURCTURADO
Generalidades.
Descripción general
Las presentes especificaciones técnicas se refieren a la provisión, instalación y puesta en servicio de un sistema de cableado estructurado de telecomunicaciones, para el Estudio de Radio Móvil. El sistema consistirá en una red de cableado de Categoría 6 que será utilizado como soporte físico para la conformación de redes de telecomunicaciones, apto para tráfico de datos a alta velocidad y para tráfico de voz. El cableado de telecomunicaciones será realizado según el concepto de “cableado estructurado” y cumplirá con las especificaciones de la norma indicadas en el punto “Normalización”.
Condiciones Generales
Estas especificaciones técnicas, y el juego de planos que las acompañan, son complementarias, y lo especificado en uno de ellos debe considerarse como exigido en todos. En caso de contradicción, el orden se debe requerir a la Dirección de Obra.
Debiendo ser los trabajos completos conformes a su fin, deberán considerarse incluidos todos los elementos y trabajos necesarios para el correcto funcionamiento, aún cuando no se mencionen explícitamente en pliego o planos.
Cuando las obras a realizar debieran ser unidas o pudieran afectar en cualquier forma obras existentes, los trabajos necesarios al efecto estarán a cargo de la contratista, y se considerarán comprendidas sin excepción en su propuesta.
La contratista será la única responsable de los daños causados a personas y/o propiedades durante la ejecución de los trabajos de instalación y puesta en servicio. Tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales. Se deberán reparar todas las roturas que se originen a causa de las obras, con materiales iguales en tipo, textura, apariencia y calidad no debiéndose notar la zona que fuera afectada. En el caso de que la terminación existente fuera pintada, se repintará todo el paño, de acuerdo a las reglas del buen arte a fin de igualar tonalidades.
Se deberá presentar un plan de trabajo detallado, que permita efectuar un seguimiento eficiente de la ejecución de los mismos y la coordinación del acceso a los distintos sectores del edificio.
Correrá por cuenta y cargo de la Contratista efectuar las prestaciones o solicitudes de aprobación y cualquier otro tramite relacionado con los trabajos a efectuar objeto del presente pliego, ante los organismos públicos o privados que pudieran corresponder. Las distintas soluciones dadas para la ejecución de la obra deberán respetar las normas vigentes a la fecha de apertura, emitidas por la autoridad de aplicación que corresponda.
Los materiales y equipos ofertados deberán ser nuevos, completos, sin uso y estar en perfecto estado de funcionamiento. Los materiales a emplear serán de marcas reconocidas en el mercado nacional e internacional para instalaciones de esta clase.
Normalización
El sistema de cableado estructurado para servicio de datos en su conjunto, deberá satisfacer los requerimientos de sistemas categoría 6, en todos sus componentes, técnicas de interconexión y diseño general, en un todo conforme a las siguientes normas internacionales:
ANSI/TIA/EIA 568B.2-1 Transmission Performance Specificationfor 4 Pair 100 ohm Category 6 Cabling y sus grupos y trabajos asociados
EIA/TIA-568-B CommercialBuildingTelecommunicationsWiring Standard (Abril 2000 y Mayo 2001) y sus grupos y trabajos asociados.
EIA/TIA-606-A Administration Standard for Telecommunications Infrastructure of Commercial Buildings (Feb. 1993).
ISO 11801 “Generic cabling for customer premises”
Alcance de los trabajos y especificaciones
Los trabajos a efectuarse bajo estas especificaciones incluyen la mano de obra, dirección técnica y materiales, para dejar en condiciones de funcionamiento correcto las siguientes instalaciones:
Cableado horizontal de la red de telecomunicaciones.
Cableado vertical de la red de telecomunicaciones
Cableado de las montantes de transmisión de datos.
Provisión e instalación de las cajas de conexión y conectores de telecomunicaciones en los puestos de trabajo.
Provisión de los gabinetes de telecomunicaciones.
Cableado de las montantes de telefonía.
Provisión e instalación de Bandejas para conducir el cableado a los puestos de trabajo.
Definiciones:
Sala de equipamiento:
Lugares donde se encuentran equipos de telecomunicaciones y se produce la terminación mecánica de una o más partes del sistema de cableado. Se distinguen de los gabinetes de telecomunicaciones por la cantidad y complejidad del equipo que allí se encuentra. Ejemplos típicos son salas de centrales telefónicas y centro de cómputos.
Montantes de Telecomunicaciones, Troncales o “Backbonne”:
Estructuras de cableado interno que vinculan las salas de equipamiento con los armarios de distribución.
Armarios de Distribución, Gabinetes de Telecomunicaciones o Centros de Cableado:
Gabinetes en los que se establece la conexión entre las troncales y el cableado horizontal hasta los puestos de trabajo, y en los que se ubican los dispositivos activos o pasivos que permiten dicha conexión. En este gabinete se producirá el ingreso de los cables multipares de telefonía, las fibras ópticas para la transmisión de datos, y las acometidas a los puestos de trabajo del área a la que dará servicio.
Cableado horizontal:
Es la porción del sistema de cableado de telecomunicaciones que se extiende desde los puestos de trabajo hasta el armario de distribución.
Puestos de trabajo:
Lugares dispuestos para la posible conexión del equipamiento de telecomunicaciones del usuario, constará de 2 terminales rj45 por puesto.
Puesto Simple:
Lugares dispuestos para la posible conexión del equipamiento de telecomunicaciones, constará de 1 terminales rj45 por puesto.
Caja de conexión:
Es la caja terminal de la instalación que proporciona el soporte mecánico de los conectores apropiados para que cada puesto de trabajo tome los servicios que le correspondan. Se denominará “periscopio” si es una caja para instalación sobre pisoducto, pudiendo también ser cajas para pared, para zocaloducto o para instalación en muebles.
Descripción de las instalaciones
a realizar
y equipos a proveer
Montantes para cableado vertical:
Se deberá proveer la instalación de FO, entre el Centro de Procesamiento de Datos (desde ahora CPD) y el armario de comunicaciones.
El cable de FO se montara sobre canalizaciones a realizar que recorrerá desde el CDP recorriendo por la bandeja de ingreso al mismo hasta las bandejas de datos de las aulas Bajo biblioteca, luego recorrerá hasta las bandejas de datos del pabellón central (en caso de no estar disponible la vinculación deberá realizarla), luego se realizara un tendido de bandejas bordeando el estudio de TV, creando un cruce por el puente que une el edificio del estudio con los laboratorios de Siberia (El puente existe y tiene una estructura de viga triangular con una construcción similar a las xxxxxx de antenas, lo que tendría que incluir es una bandeja porta-cables sujeta a esta estructura), hasta llegar a la medianera contra la calle Espora. Sobre la medianera se recorrerá esta con la instalación de una bandeja porta cable de 15 Cm con tapa hasta el ingreso a los Ductos que vincula el estudio de radio móvil.
Se montara una FO OM3 de 24/12 pelos como mínimo terminados en caja de conexión con conectores LC en ambos extremos, en el CPD y en el Cuarto de comunicaciones debe proveer una segunda patchera de FO de las mismas características.
La empresa deberá entregar el trabajo con el tendido de FO realizado, con la instalación de las canalizaciones terminadas, entregando las patcheras para rack de 19” con acoplamientos LC (2 una para cada extremo de la FO), y los 48/24 pigtail para realizar la fusión de la FO (total 48, 24 para cada extremo) y los correspondientes manguitos (48 unidades) para la fusión
La Universidad realizara terminación del conectorizado, mediante de la fusión de los Pigtail con la FO.
El contratista deberá verificar la factibilidad de utilización de los ductos existentes, en caso de no ser factible su utilización, deberá contemplar la obra de canalización.
FO OM3 24 pelos (Mts) |
220 |
Pig tails simplex LC OM3 |
48/24 |
Patchera de FO LC 24 |
2 |
Manguitos protector de unión de FO por fusión |
48/24 |
Canalizacion de la Montante vertical:
La canalización se realizara con bandeja portacable de 15 cm con tapa en todo su recorrido desde el CPD hasta la entrada del ducto que vincula la radio.
El ducto propiamente dicho deberá tener para el tendido de FO/Datos 2 caños de pvc 110 adicionales a los utilizados por el tendido eléctrico.
Esta canalización bajo-tierra deberá tener una cámara de entrada y la cámara final situada bajo la radio móvil.
El estudio tendrá una acometida donde ingresaran los cableados, hasta el rack de distribución interno.
En el siguiente gráfico se ve un esquema de los cañeros bajo tierra que vinculan, el cuarto de transformadores, la radio y la torre, con cajas de pase cercana a el generador.
Esquema del recorrido de FO entre el CPD y el Cañero.
Gabinetes de Telecomunicaciones
En el Estudio se deberá instalar un rack de comunicaciones de 12 unidades, preferentemente articulado con puerta y fondo pivotante.
Dicho Rack podrá alojar también la electrónica de la radio en su interior.
Deberá proveer un canales de tensión (PDU) con térmica (tomas múltiples para racks) y 5 tomas normalizados de 3 patas.
El gabinete deberá disponer de una toma de tierra, conectada a la tierra general de la instalación eléctrica, para efectuar las conexiones de todo el equipamiento. Esto es excluyente.
El modelo de gabinete a utilizar por la contratista deberá contar con la aprobación por parte de la universidad en forma previa a su instalación.
Todos los elementos deberán estar debidamente etiquetados para identificación de puesto y función. Este etiquetado se corresponderá con la información de los planos de obra.
El armario de distribución y sus elementos se deberán dimensionar de modo de posibilitar la intercalación de equipos de pruebas y mediciones, sin modificar la instalación existente.
Los cables entrantes o salientes al armario deberán tener 2 metros de cable extra de modo que pueda moverse con libertad, estos deberán estar peinados, agrupados de forma adecuada y fijados de modo prolijo con belcros.
El esquema organizativo de los gabinetes se detalla en el Anexo Esquema del Armario de Conexión.
Deberán contener internamente las siguientes secciones:
Acometida de la montante de cableado vertical.
Los cable que acometen se dispondrán sobre cajas de conexión de fibra o cable de cobre, como se explicó en el punto correspondiente a “Montante de cableado vertical”, con los acopladores o conectores necesarios.
Acometida del cableado horizontal (hacia los puestos de trabajo).
Los pares de la red dedicada de datos terminarán en un panel de conectores modulares de 8 posiciones (RJ45). El panel o bastidor de 24 módulos por unidad de rack. Tanto el panel como los conectores de datos deberán estar garantizados para funcionamiento en categoría 6.
Distribución por piso
Desde el armario de distribución se accederá a cada puesto de trabajo con dos cables UTP (de cuatro pares trenzados sin blindaje) certificados según categoría 6 bajo las especificaciones ANSI/TIA/EIA 568B.2-1 .
El tendido de los cables hasta los puestos de trabajo se realizará a través de bandejas metálicas porta cables instaladas para tal fin. (estas bandejas serán instaladas al momento de ejecutar la instalación eléctrica)
La ocupación de los ductos (Bandejas porta cables, cañerías y pases xx xxxxxxx) a instalar no deberá superar el 70 % de su sección transversal disponible. Los pases xx xxxxxxx deberá ser como mínimo del mismo tamaño que la bandeja utilizada, es decir, que la bandeja deberá atravesar el pleno en la manposteria.
Esto significa que si en la bandeja tiene tendido 70 cables UTP quede espacio para tender 30 UTP adicionales pudiéndose colocar la tapa metálica de la bandeja sin necesidad de forzarla.
Las instalaciones deberán ser realizadas con las protecciones necesarias en salida de gabinete, accesos a cajas de conexión y de paso, xxxxxx xx xxxxxxx, mamparas y cualquier sector del recorrido que pudiese significar un futuro daño en el cableado.
Todos los puestos de trabajo deberán ser etiquetados con indicación de número de puesto y función.
Puestos de trabajo y cajas de conexión
De manera uniforme y según los planos aproximados que se adjuntan, se distribuirán sobre los ductos tomas para la instalación xx xxxxx de conexión. Las cajas de conexión a utilizar para conectar los puestos de trabajo dispondrán de :
Dos conectores modulares de 8 posiciones (RJ45) en los que terminarán los cables UTP, certificados según categoría 6, cableado con la disposición T568B.
Las bocas de conexión de telecomunicaciones deberán ser certificadas por la Contratista, una vez instaladas y cableadas, para funcionamiento según categoría 6. Los oferentes deberán informar el equipamiento de que disponen para la certificación de cables y bocas, y la validez de la calibración de dicho instrumental. En caso de no disponer del mencionado equipamiento, deberán indicar quién realizará las certificaciones por cuenta de la Contratista.
La oferta básica de la red interna debe prever la instalación de 6 puestos de trabajo (con dos bocas de conexión C/U) yinstalación de 1 Puesto Simple destinado a conectar un Access Point WIFI, distribuidos en las áreas de oficinas del edificio, y de acuerdo al siguiente cuadro y al diagrama adjunto:
-
Planta
Puestos De Trabajo
(2 RJ45 C/U)Puesto AP (wifi)
(1 RJ45 C/U)Estudio
3
1
Control
3
0
Se contempla los puestos de servicio WIFI.
La oferta contemplará la provisión:
6 pachcord para el armario (0.6 mts) categoría 6
6 para los puestos de trabajo(2 mts) categoría 6
Las provisiones e instalaciones de los párrafos anteriores deben incluirse en la oferta básica. Por otra parte y a los fines de la adjudicación del monto exacto de los trabajos a realizar, se deberán cotizar por separado los valores unitarios de provisión de materiales e instalación de los rubros:
Cableado de un puesto de trabajo con ubicación media dentro del área de piso que cubre el armario de distribución, incluyendo materiales y mano de obra.
Provisión e instalación de una caja de conexión completa.
Cotización por metro de UTP categoría 6 instalado.
Cotización de paneles de patcheoprecableados instalados.
Cotización de regletas de conexión instalados.
La distribución definitiva de las cajas de conexión se indicará en oportunidad de efectuarse los trabajos correspondientes.
Se deberá presentar un plan de trabajo detallado, que permita efectuar un seguimiento eficiente de la ejecución de los trabajos y la coordinación del acceso a los distintos sectores del edificio.
Correrá por cuenta y cargo de la Contratista efectuar las presentaciones o solicitudes de aprobación y cualquier otro trámite relacionados con los trabajos a efectuar objeto del presente pliego, ante los organismos públicos o privados que pudieran corresponder.
La distintas soluciones dadas para la ejecución de la obra deberán respetar las normas vigentes a la fecha de apertura, emitidas por la autoridad de aplicación que corresponda.
Rotulación
Todos los cables, conectores, módulos de equipos, armarios y demás componentes se rotularán en forma sistemática en correspondencia con los planos realizados a tal efecto y los listados a entregar en formato digital. El método de rotulación y formato a emplear se acordará inicialmente entre el organismo y el adjudicatario. (EIA/TIA 606-A)
Los puestos de trabajo se identificaran por Nro de puesto y indicado cada rj45 si es de Datos o Teléfono. (como ejemplo el puesto 31Dy 31T estarán conectadas a las patchera de Datos puesto 31 y patchera de Telefonía puesto 31 respectivamente)
Alimentación y tierra eléctrica
Alimentación del Rack de comunicaciones
El Rack de comunicaciones deberá poseer un toma eléctrico con llave térmica individual a otros servicios del estudio.
De poseer el estudio equipamiento de alimentación ininterrumpida (UPS) este deberá ser energizado desde la misma.
Puesta a tierra
Tierra del servicio de tomacorrientes para puestos de trabajo:
Se instalará una puesta a tierra para uso exclusivo de la red eléctrica. Se deberá instalar una jabalina de cobre, tipo Coperweld para obtener una puesta a tierra menor a 0,5 ohm; en caso contrario el Contratista deberá realizar nuevas perforaciones hasta obtener dicho valor en forma permanente desde una medición antes del primer mes de obra hasta la recepción provisoria, efectuando mediciones quincenales.
El conductor de tierra sobre bandejas porta-cables o en montantes verticales podrá ser desnudo, de sección igual al mayor neutro que pasa por ella, y de 10 mm2 de sección mínima por razones mecánicas. En ductos cerrados se utilizará únicamente cable (verde y amarillo) de sección adecuada, de acuerdo a normas de reglamentación de la Asociación Argentina de Electrotécnicos, edición 1984.
El conductor de tierra no siempre se halla indicado en planos y puede ser único para ramales o circuitos que pasen por las mismas cajas de pase, conductos o bandejas. Los cables de tierra de seguridad serán puestos a tierra en el subsuelo.
La totalidad de tableros, gabinetes, soportes y en general toda estructura conductora que pueda quedar bajo tensión, deberá ponerse sólidamente a tierra, a cuyo efecto en forma independiente del neutro, deberá conectarse mediante cable aislado de cubierta bicolor de sección adecuada, de acuerdo a normas de reglamentación de la Asociación Argentina de Electrotécnicos, edición 1984.
Certificación de la red de datos y mediciones
La totalidad de la instalación deberá estar certificada en base a la documentación y mediciones que correspondan, garantizando el cumplimiento de la norma EIA/TIA 568-B.2 para cableado y hardware de conexionado categoría 6.
Se deberán consignar las mediciones por cada boca certificada, incluyendo la longitud efectiva (medida) del tramo instalado. Las mediciones se realizaran con equipamiento especializado en certificar instalaciones de cableado EIA/TIA-568-B.2.
Se aceptaran certificados emitidos por el fabricante, el proveedor en conjunto con el fabricante, la Facultad de Ingeniería de la UBA o el INTI. Estos certificados deberán adjuntar planilla con los datos de las mediciones.
Los oferentes deberán informar en la oferta el equipamiento de que disponen para la certificación de cables y bocas, y la validez de la calibración de dicho instrumental. En el caso de no disponer del mencionado equipamiento, deberán indicar quien realizará las certificaciones por cuenta de la contratista.
La garantía de dicho cumplimiento debe emitirse para un período de tiempo de 3 (tres) años como mínimo.
La universidad puede asimismo realizar una comprobación de los puestos de forma independiente a la realizada por la empresa.
Planos.
La Contratista entregará a la inspeccion para su aprobación por lo menos 10 días antes de iniciar los trabajos tres juegos de copias de planos de obra en escala 1:50 con la totalidad de las instalaciones debidamente acotadas, como así también los planos de detalles necesarios o requeridos.
La aprobación de los planos por parte de la Dirección de Obra no exime a la Contratista de su responsabilidad por el fiel cumplimiento xxx xxxxxx y planos y su obligación de coordinar sus trabajos con los demás gremios, evitando los conflictos o trabajos superpuestos o incompletos.
Durante el transcurso de la Obra, la Contratista deberá mantener al día los planos de acuerdo a las modificaciones necesarias y ordenadas.
Una vez terminadas las instalaciones y previo a la recepción definitiva, e independiente de los planos que deba confeccionar para la aprobación de las autoridades, entregará a los Directores de Obra un juego de los planos, y tres copias de las instalaciones estrictamente conforme a obra.
Toda la documentación se deberá realizar en CAD, y se entregarán al menos dos copias de los mismos en CD.
Todas las instalaciones deberán ser debidamente acotadas, ejecutándose también los planos de detalle necesarios o requeridos.
Dentro de los 25 (veinticinco) días posteriores a la fecha de la adjudicación, se suministrará a la Contratista el protocolo de pruebas y aceptación de las redes conformantes del sistema objeto del presente llamado a licitación.
Estas pruebas deberán ser efectuadas por la Contratista con la supervisión y control de los funcionarios que oportunamente se designen.
Los materiales a emplear serán de marcas reconocidas en el mercado nacional e internacional para instalaciones como las especificadas.
Manuales de mantenimiento y operación.
La Contratista entregará para cada equipo electromecánico, o electrónico, un manual de operación y mantenimiento y la descripción del equipo. Se entregará un original y cuatro copias.
Garantías.
La Contratista entregará las instalaciones en perfecto estado y responderá sin cargo por todo trabajo o material que presente defectos, excepto por desgaste o abuso, dentro del término de 12 (doce) meses de puesta en servicio las instalaciones o de terminadas de conformidad, lo que resulte posterior.
Si fuera necesario poner en servicio una parte de las instalaciones antes de la recepción final, el período de garantía para esa parte será contado desde la fecha de la puesta en servicio, excepto en el caso de atraso de la Contratista, en cuyo caso será de aplicación la expresado en el primer párrafo.
Pliego de Condiciones Generales y Particulares
Visitas
Es obligatorio, por parte del potencial ejecutor de la obra, coordinar con el personal del organismo una visita al lugar en donde se desarrollarán las tareas, con el objeto de constatar allí la información entregada, evacuando todas las dudas que pudieran surgir de la interpretación de la misma.
Asimismo, al momento de iniciar las tareas, quien sea asignado para efectuar las mismas deberán recorrer las instalaciones existentes y dará conformidad por escrito del estado de los bienes y se comprometerá a preservarlos o en su defecto a restituirlos a su condición original al finalizar su trabajo.
Contenido de la documentacióna ser presentada por el oferente
Lista de materiales a utilizar, indicando cantidades y modelos específicos.
Hojas técnicas de cada componente.
Resumen de justificación de cumplimiento de reglas de cableado para todos los puestos.
Planos de ubicación de armarios de pisos e indicación estimativa de vías de distribución de cableado horizontal y vertical.
Listado de materiales a utilizar en el soporte físico (tipo y tamaño de cable-canal, zocaloducto, etc.) en todos los tramos, con referencia al plano anterior.
Descripción del método y formato que se utilizara para la identificación y rotulado en PDTs, patcheras, cables, centros de cableado, módulos, planos y archivos en mediomagnetico
ANEXO V –PLANILLA DE COTIZACION
Item |
Designación |
Unid. |
Xxxx.Xxxxx |
Precio unitario |
Precio total |
Precio Parcial |
%incidencia |
|
|
|
|
|
|
|
|
3.1 |
TAREAS PREVIAS |
|
|
|
|
|
|
3.1.1 |
Cerco de Obra |
ml |
10 |
|
$0,00 |
|
|
3.1.2 |
prevención laboral |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.1.3 |
Limpieza de obra |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total item tareas previas |
$0,00 |
###### |
||||
|
|
|
|
|
|
|
|
3.2 |
TAREAS DE ALBAÑILERIA |
|
|
|
|
|
|
3.2.1 |
Bases de apoyo |
U |
4 |
|
$0,00 |
$0,00 |
|
3.2.2 |
Zanjas tendido eléctrico |
ml |
35 |
|
$0,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total item tareas albañileria |
###### |
|||||
|
|
|
|
|
|
|
|
3.3 |
ESTUDIO DE RADIO MOVIL |
|
|
|
|
|
|
3.3.1 |
Conteinermarítimo 20 pies |
gl |
1 |
|
$0,00 |
$0,00 |
|
3.3.2 |
Aislación interior en paneles de xxxx xx xxxxxx |
m2 |
30 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.3 |
Aislación en polietireno expandido |
m2 |
44 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.4 |
Revestimiento multilaminadofenolico 9mm |
m2 |
86,7 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.5 |
estructura en aluminio para division |
m2 |
6,5 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.6 |
revestimiento fonac |
m2 |
22 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.7 |
Puertas exteriores |
U |
2 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.8 |
V1 - Ventana PVC + DVH 4/9/4 |
U |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.9 |
V2-Ventana PVC + DVH 4/9/4 + cortina pvc |
U |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.10 |
V3- Ventana PVC + DVH 4/9/4 |
U |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.11 |
provisión e instalación de split 2200 frig. |
U |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.12 |
provisión e instalación de split 3000 frig. |
U |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.13 |
Pintura Interior |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.14 |
pintura exterior |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.15 |
prov. y coloc.mataguegos HCFC 123 5Kg. |
U |
2 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.16 |
EQ01- mesas de apoyo |
U |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.3.17 |
Transporte - descarga - Instalación |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total item estudio de radio |
###### |
|||||
|
|
|
|
|
|
|
|
3.4 |
INSTALACION ELECTRICA |
|
|
|
|
|
|
3.4.1 |
Memoria de Calculo + unifilares |
gl |
1 |
|
$0,00 |
$0,00 |
|
3.4.2 |
Canalizaciones |
ml |
35 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.3 |
cableados desde TGBT |
ml |
85 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.4 |
Cableados desde Tss |
ml |
10 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.5 |
Seccionador en TGBT |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.6 |
Puesta a tierra |
u |
2 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.7 |
InstalaciónEléctrica |
gl |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.8 |
cablecanal PVC rígido |
ml |
6 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.9 |
portacables chapa perforada |
ml |
2 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.10 |
Bocas Tomas de usos comunes |
U |
3 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.11 |
Bocas Tomas de usos especiales |
U |
4 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.12 |
Bocas completas + línea estabilizada +voz y datos |
U |
3 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.13 |
Artefactos de iluminación interior |
U |
3 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.14 |
Artefactos de iluminación exterior |
U |
3 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.15 |
Luces de emergencia |
U |
2 |
|
$0,00 |
|
|
3.4.16 |
Colocación de artefactos |
U |
8 |
|
$0,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total itemInstalacionElectrica |
###### |
|||||
|
|
|
|
|
|
|
|
3.5 |
INSTALACION VOZ Y DATOS |
|
|
|
|
|
|
3.5.1 |
FO OM3 24 pelos (Mts) o 2 x 12 pelos |
Mts |
270 |
|
$0,00 |
$0,00 |
|
3.5.2 |
Pig tails simplex LC OM3 |
Un |
48 |
|
$0,00 |
|
|
3.5.3 |
Patchera de FO LC 24 (Con casette para empalmes 2x24 y 12 acople duplex LC) |
Un |
2 |
|
$0,00 |
|
|
3.5.4 |
Manguitos protector de unión de FO por fusión |
Un |
100 |
|
$0,00 |
|
|
3.5.5 |
Rack Mural 12U 19” C/Puerta Pivotante |
Un |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.5.6 |
Puesto doble de Red cat 6 |
Un |
6 |
|
$0,00 |
|
|
3.5.7 |
Puesto simple de Red cat 6 |
Un |
1 |
|
$0,00 |
|
|
3.5.8 |
PachcordCat 6 2 pies (0,60) |
Un |
6 |
|
$0,00 |
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3.5.9 |
PachcordCat 6 7 pies (2,10) |
Un |
6 |
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$0,00 |
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3.5.10 |
Canalización del vinculo de FO entre el CDP Con bandeja porta-cable perforada de 15 cm Materiales |
Un |
1 |
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$0,00 |
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Total itemInstalacion Voz y datos |
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TOTAL |
$0,00 |
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63