Cláusulas Obligatorias. Plan Regional de Vivienda Contratos Arrendamiento de Viviendas Protección Pública
Cláusulas Obligatorias. Plan Regional de Vivienda Contratos Arrendamiento de Viviendas Protección Pública
1.- DATOS DEL ARRENDADOR - PROPIETARIO (datos personales, estado civil y domicilio). 2.- DATOS DEL ARRENDATARIO - INQUILINO (datos personales, estado civil y domicilio).
3.- DATOS DE LA VIVIENDA:
a) Superficie útil de la vivienda.
b) Superficie útil de anexos (garaje, trastero u otros anexos)
c) Situación (municipio, calle o plaza, bloque, piso, tipo, etc... ).
d) Precio del arrendamiento de la vivienda y anexos vinculados.
4.- DATOS REGISTRALES DE LA FINCA OBJETO DEL CONTRATO, REFERENCIA CATASTRAL Y NÚMERO DE EXPEDIENTE DE V.P.O.
5.- NÚMERO DE CUENTA DEL ARRENDADOR A LOS EFECTOS DEL PAGO DE LA RENTA
CLÁUSULAS DE INCLUSIÓN OBLIGATORIA EN CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VPO DEL PLAN VIVIENDA 2009-2012
(de acuerdo con lo establecido por el R.D. 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, el Decreto 321/2009, de 2 de octubre, por el que se regula el Plan Regional de Vivienda para el cuatrienio 2009-2012, y el Real Decreto Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre Política de Vivienda y demás disposiciones que lo desarrollan)
1. Que la vivienda se encuentra sujeta a las prohibiciones y limitaciones derivadas del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 y del Decreto 321/2009, de 2 de octubre, por el que se regula el Plan Regional de Vivienda para el cuatrienio 2009-2012, y por el Real Decreto Ley 31/1978 y demás disposiciones que lo desarrollan y, por consiguiente, que las condiciones de utilización son las señaladas en la calificación definitiva del inmueble y el precio xx xxxxx no puede exceder de los límites establecidos.
2. Que el arrendatario conoce la obligatoriedad de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente del inquilino, expresada en el Real Decreto 2066/2008 de 12 de diciembre y el Decreto 321/2009, de 2 de octubre, a lo cual se compromete, dentro de los plazos establecidos en la legislación vigente.
3. Que el arrendador se obliga a entregar las llaves de la vivienda en el plazo máximo de tres meses contados desde la concesión de la calificación definitiva o desde la fecha del contrato.
4. Que el arrendatario se obliga a ocupar la vivienda en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrega de llaves, salvo que medie justa causa.
5. Que el arrendador se obliga a poner a disposición del arrendatario un ejemplar de este contrato, debidamente visado por la Dirección General de Territorio y Vivienda de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
6. Que el arrendador entrega la vivienda al inquilino libre de mobiliario y enseres.
7. Que el subarriendo total o parcial de la vivienda dará lugar a la resolución del contrato.
8. Que la renta establecida podrá actualizarse anualmente en función de la evolución del Índice Nacional General del Sistema de Índices de Precios al Consumo (IPC).
En el caso de solicitar ayudas al inquilino del Plan de Vivienda 2009-2012, además:
1. Que el arrendatario no guarda relación de parentesco con el arrendador dentro del primero o segundo grado de consanguinidad o afinidad, o si el arrendador es persona jurídica, no es socio o partícipe de la misma.