PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
SECOP II
OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA APOYAR LA GESTIÓN DE LOS COMPONENTES ADMINISTRTATIVO, FINANCIERO, JURÍDICO, CONTRACTUAL, DE SUPERVISIÓN, TÉCNICO Y OPERTIVO DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER.
CUATRO MIL TRECIENTOS VENTINUEVE MILLONES CIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($4.329.139.744), Incluidos todos los Impuestos a que haya lugar.
“De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en el SECOP II página Web dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Entidad: Ministerio de Educación Nacional, por lo que será responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo interactivo.”
Bogotá D. C., OCTUBRE de 2019
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Este documento constituye el proyecto xx xxxxxx de condiciones y su publicación en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx no compromete al Ministerio de Educación Nacional (en adelante MEN) a mantener su contenido ni a dar apertura al proceso.
Para la elaboración de la propuesta respectiva deberá seguir el orden señalado en el SECOP II y en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permitirá una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la propuesta a través de la plataforma del SECOP II, verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos y haber dado respuestas a cada una de las preguntas del cuestionario establecido en la plataforma del SECOP II.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo exigido en el presente pliego de condiciones.
La no entrega de la garantía junto con la propuesta, será causal de rechazo de ésta última.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este pliego de condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir al MEN de los errores o inconsistencias que advierta en este documento. Igualmente, le corresponde al proponente inscribirse en el SECOP II y capacitarse en la plataforma.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta y en la plataforma tecnológica SECOP II, según las instrucciones impartidas por Colombia Compra Eficiente soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, anexos, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas en los plazos establecidos en el proceso y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
Los proponentes por la sola presentación de su propuesta autorizan a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren.
En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 por la cual se dictan disposiciones generales sobre la protección de datos personales, y teniendo en cuenta que con la propuesta se incluyen datos personales, con la presentación de su oferta autoriza la publicación de su contenido en el SECOP II, en caso de que le sea adjudicado el presente proceso de selección, así como de todo documento que se desprenda en desarrollo del proceso de selección. Igualmente, autoriza la expedición de copias a quienes demuestren interés jurídico en el proceso.
Por lo anterior, el proponente deberá dar a conocer a las personas que incluye en su oferta, que se trata de una propuesta pública y que será objeto de publicaciones. Este requisito es responsabilidad del proponente y en ningún caso afecta la validez de la propuesta, sin perjuicio de la responsabilidad del proponente frente a las personas que pueda afectar.
La normativa vigente no prevé la posibilidad de que los proponentes se presenten a los Procesos de Contratación con el Estado como promesa de sociedad futura, si llegara a ocurrir que un proponente se presenta bajo la constitución de esta figura asociativa, la Entidad Estatal en todo caso no podrá rechazar la oferta presentada y deberá entender que su participación será la de un consorcio, siempre que reúna los requisitos previstos en el artículo 7 de la Ley 80 de 19931.
1 El parágrafo segundo del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 establecía la posibilidad de que un particular presentara propuesta de concesión de obra pública como promesa de sociedad futura, figura que, de conformidad con la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, CP. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Bogotá, D.C 19 xx xxxxx de 2008, radicación No AP- 19001-23-31-000-2005-00005-01, se encontraba prevista específica y únicamente, para los procesos
Por consiguiente, el Ministerio para el presente proceso de selección no acepta propuestas bajo la modalidad de:
• Promesa de contrato de sociedad futura2
• Promesa de conformación de consorcios
• Promesa de conformación de uniones temporales.
Nota: Se aclara que los consorcios y uniones temporales3, ya deben estar constituidos al momento de presentar la oferta y se aceptan dentro del presente proceso, sin embargo, no se aceptan las promesas de constituir un consorcio o una unión temporal en caso de ser seleccionado dentro de la presente licitación.
de selección que se inician a solicitud de los particulares con el objeto de construir una obra pública por concesión, razón por la cual no era viable jurídicamente su utilización para las demás clases de concesiones o incluso para otros contratos. Este artículo fue derogado por el artículo 39 de la Ley 1508 de 2012.
2 La promesa de contrato de sociedad futura, es una figura que permite a varios sujetos, ya sean personas naturales o jurídicas presentar la propuesta, y en el caso de resultar favorecidos con la adjudicación del proceso de selección, se comprometen a crear una sociedad con el fin de ejecutar el contrato.
3 Los consorcios y uniones temporales son contratos de colaboración, en los que un número plural de personas naturales o
jurídicas buscan consolidar esfuerzos para presentar una propuesta a una Entidad Estatal, celebrar un contrato, ejecutar una obra o trabajo, aprovisionar al Estado de algún bien o servicio, y en general, para el desarrollo de cualquier actividad comercial para el Estado.
I. INTRODUCCIÓN
El MEN pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección de la mejor propuesta para contratar el siguiente objeto: PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA APOYAR LA GESTIÓN DE LOS COMPONENTES ADMINISTRTATIVO, FINANCIERO, JURÍDICO, CONTRACTUAL, DE SUPERVISIÓN, TÉCNICO Y OPERTIVO DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER.
Los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, los avisos de convocatoria, el proyecto xx xxxxxx de condiciones, respuestas a observaciones, el pliego de condiciones definitivo, el acto administrativo de apertura, así como cualquiera de sus anexos y formatos están o estarán a disposición del público en cada una de sus etapas, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - plataforma SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx
La selección de la mejor propuesta se realizará a través de licitación pública, teniendo en cuenta el objeto contractual, y la cuantía presupuestal establecida para el presente proceso de selección. El proceso se adjudicará siempre y cuando se cumpla con las condiciones de capacidad jurídica, financiera, técnica y los criterios de selección establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
II. ASPECTOS GENERALES
A. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el literal c) del artículo 15 de la ley 850 de 2003, el MEN invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en la plataforma electrónica de Colombia Compra Eficiente denominada SECOP II, xxxxx://xxxxxxxxx.XXXXX.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
B. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes deben manifestar su compromiso anticorrupción a través del cuestionario del portal del SECOP II, de acuerdo con la información contenida en la plataforma. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
C. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a las audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes.
D. COMUNICACIONES
Si los interesados encontraren discrepancias u omisiones en los documentos del presente proceso de selección o tuvieren dudas acerca de su significado o interpretación, deberán darlos a conocer al MEN a través del Portal Único de Contratación (PUC), a través de la opción observaciones al pliego de condiciones.
Los interesados deberán enviar las observaciones al Proceso de Contratación por medio electrónico. Dicha solicitud deberá:
• Contener el número del Proceso de Contratación
• Enviarse dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso.
• Indicar los datos de contacto del remitente tales como el correo electrónico, la dirección y número telefónico
Las respuestas emitidas por el MEN a las comunicaciones recibidas serán publicadas a través de la plataforma SECOP II.
En todo caso cualquier solicitud efectuada por fuera de los medios descritos o por fuera de los plazos establecidos dentro del cronograma del proceso tendrá el tratamiento previsto en las disposiciones constitucionales y legales vigentes referidas al derecho de petición.
Con la presentación de la propuesta, el Proponente autoriza que los actos administrativos que se generen en el presente proceso de selección se notifiquen al correo electrónico indicado en la citada comunicación, cuando aplique.
Lo anterior, salvo en los eventos en que se configure una indisponibilidad en la plataforma del SECOP II, ya sean por fallas generales o particulares que interrumpan el normal desarrollo del proceso de contratación, en tal situación se dará aplicación al protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente en el link:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxxxxxxxxxxxxxx_xxx op_ii.pdf, protocolo que debe ser conocido por los proponentes.
Las actuaciones que pueden ser afectados por las fallas son: presentación o apertura de ofertas; presentación de manifestaciones de interés, observaciones o subsanaciones, aprobación de garantías, publicación de respuestas a las observaciones, publicación de informes de evaluación, habilitación y, elaboración o aplicación
de Adendas en el SECOP II, y realización de una subasta, entre otros.
Por lo anterior y de acuerdo a lo señalado en el citado protocolo, se indica la página web del Ministerio de Educación Nacional: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx; y se establece como correo electrónico para dichos eventos el siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
E. IDIOMA
La propuesta se presentará en idioma castellano, que será también el idioma para el contrato, para la totalidad de la documentación referida en este Pliego de Condiciones y para la correspondencia pertinente.
Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma Castellano, deberán presentarse acompañados de la traducción oficial a dicho idioma.
F. LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Todos los documentos expedidos en el exterior deben ser apostillados o legalizados por la Entidad competente desde el país de origen, para que puedan surtir efectos legales en Colombia.
Para efectos del trámite de Apostilla o Legalización de documentos otorgados en el exterior y la acreditación de la formación académica obtenida en el exterior, las Entidades deberán aplicar los parámetros establecidos en las normas que regulen la materia, en especial en los artículos 74 inciso 3ro y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio, y en la Resolución No. 10547 del 14 de diciembre de 2018, proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente.
Consularización: Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país (C. G. P. Artículo 74)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostilla: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso
G. CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América,
debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: se debe convertir la moneda a dólar norteamericano y posteriormente convertirlo a pesos colombianos con Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, de fecha de cierre del año fiscal inmediatamente anterior.
NOTA: para la presentación de la información financiera se debe utilizar el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC).
H. INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando al momento de adjuntar los documentos de la propuesta en la parte correspondiente de la plataforma SECOP II el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. En caso de ser secretos industriales, deberá indicar con claridad, qué documentos están sujetos a este secreto industrial. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, la entidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, la entidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la confidencialidad de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse en el módulo de SECOP II dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la entidad no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de esta.
III. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
ADJUDICACIÓN | Es la decisión final del MEN, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATISTA | Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATO | Es el negocio jurídico que se suscribirá entre el MEN y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación. |
OFERTA | Es la propuesta presentada al MEN por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones. |
PLIEGO DE CONDICIONES | Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
PRIMER ORDEN DE ELEGIBILIDAD | Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones. |
PROPONENTE | Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio o unión temporal que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación. |
TRM | |
MEN | Ministerio de Educación Nacional. |
SMMLV | Salario Mínimo Mensual Legal Vigente |
IV. SERVICIO A CONTRATAR
A. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD A CONTRATAR
La Constitución Política de Colombia en su artículo 67, consagra la educación como un derecho y un servicio público que tiene una función social, señalando que corresponde al Estado regular y ejercer suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar entre otros, por su calidad. En dicho marco la Ley 115 de 19944 en su artículo 4, señaló que “El Estado deberá atender en forma permanente los factores que favorecen la calidad y el mejoramiento de la educación”. A su vez, el Decreto 5012 de 2009 5 en su artículo 1, otorgó competencia al Ministerio de Educación Nacional (en adelante el “MEN”) estableciendo dentro de sus obligaciones que debe fijar las políticas y los lineamientos para dotar el sector educativo de un servicio de calidad.
Por su parte, el artículo 5 de la ley 715 de 2001 establece las competencias de la nación en materia de educación, relacionadas con la prestación del servicio público de la educación en sus niveles preescolar, básico y medio, en el área urbana y rural, indicando que:
“Sin perjuicio de las establecidas en otras normas legales, corresponde a la Nación ejercer las siguientes competencias relacionadas con la prestación del servicio público de la educación en sus niveles preescolar, básico y medio, en el área urbana y rural:
5.1. Formular las políticas y objetivos de desarrollo para el sector educativo y dictar normas para la organización y prestación del servicio.
5.2. Regular la prestación de los servicios educativos estatales y no estatales.
5.3. Impulsar, coordinar, financiar, cofinanciar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión de orden nacional en materia de educación, con recursos diferentes de los del Sistema General de Participaciones. Con estos recursos no se podrá pagar personal de administración, directivo, docente o administrativo.
5.4. Definir, diseñar, reglamentar y mantener un sistema de información del sector educativo.
5.5. Establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de educación preescolar, básica y media, sin perjuicio de la autonomía de las instituciones educativas y de la especificidad de tipo regional.
5.6. Definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para la calidad de la educación.
5.7. Reglamentar los concursos que rigen para la carrera docente.
5.9. Evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa del sector educativo en las entidades territoriales y el impacto de su actividad en la sociedad. Esta facultad se podrá delegar en los departamentos, con respecto a los municipios no certificados.
5.10. Prestar asistencia técnica y administrativa a las entidades territoriales, cuando a ello haya lugar.
5.11. Vigilar el cumplimiento de las políticas nacionales y las normas del sector en los distritos, departamentos, municipios, resguardos indígenas y/o entidades territoriales indígenas. Esta facultad la podrá delegar en los departamentos, con respecto a los municipios no certificados.
5.12. Expedir la regulación sobre costos, tarifas de matrículas, pensiones, derechos académicos y otros cobros en las instituciones educativas.
4 Por la que se expide la ley general de educación.
5 Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional y se determinan las funciones de sus dependencias.
5.13. Distribuir los recursos para educación del Sistema General de Participaciones, conforme a los criterios establecidos en la presente ley.
5.14. Fijar parámetros técnicos para la prestación del servicio educativo estatal, estándares y tasas de asignación de personal, teniendo en cuenta las particularidades de cada región;
5.15. Definir anualmente la asignación por alumno, tanto de funcionamiento como de calidad, para la prestación del servicio educativo financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, de acuerdo con las tipologías educativas y la disponibilidad de recursos del Sistema General de Participaciones.
5.16. Determinar los criterios a los cuales deben sujetarse las plantas docente y administrativa de los planteles educativos y los parámetros de asignación de personal correspondientes a: alumnos por docente; alumnos por directivo; y alumnos por administrativo, entre otros, teniendo en cuenta las particularidades de cada región.
5.17. Definir la canasta educativa.
5.18. En caso de ser necesaria la creación, fusión, supresión o conversión de los empleos que demande la organización de las plantas de personal de la educación estatal, los gobernadores y alcaldes deberán seguir el procedimiento que señale el Gobierno Nacional para tal fin.
5.19. Establecer los requisitos para la certificación de los municipios, y decidir sobre la certificación de los municipios menores a cien mil habitantes de conformidad con el artículo 20 de la presente ley.
5.20. Establecer incentivos para los distritos, municipios e instituciones educativas por el logro de metas en cobertura, calidad y eficiencia en el uso de los recursos.
5.21. Realizar las acciones necesarias para mejorar la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones.
5.22. Cofinanciar la evaluación de logros. A cada departamento, distrito o municipio se podrá distribuir cada tres años una suma para evaluar el logro educativo de acuerdo con la metodología que señale el Ministerio de Educación Nacional. El 80% será financiado por la Nación y el 20% por la enti dad territorial.
5.23. Las demás propias de las actividades de administración y distribución, regulación del Sistema General de Participaciones.”
Dentro de este marco constitucional la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 (PACTO POR COLOMBIA, PACTO POR LA EQUIDAD) en el apartado C. Educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos, se mencionan los siguientes objetivos y:
1. Educación inicial de calidad para el desarrollo integral
2. Brindar una educación con calidad y fomentar la permanencia en la educación inicial, preescolar, básica y media
3. Apuesta por una educación media con calidad y pertinencia para los jóvenes colombianos
4. Más y mejor educación rural
5. Apuesta para impulsar una educación superior incluyente y de calidad
6. Eficiencia y desarrollo de capacidades para una gestión moderna del sector educativo
7. Alianza por la calidad y pertinencia de la educación y formación xxx xxxxxxx humano
De otra parte, el Plan Nacional de Desarrollo Educativo incluye las acciones correspondientes para dar cumplimiento a los mandatos constitucionales y legales a través de la implementación del Programa Todos a Aprender, sobre la prestación del servicio educativo, en particular estableció, dentro de sus objetivos:
1. La construcción de un sistema educativo articulado, participativo, descentralizado y con mecanismos eficientes de concertación.
2. Impulsar una educación que transforme el paradigma que ha dominado la educación hasta el momento.
3. Construir una sociedad en paz sobre una base de equidad, inclusión, respeto a la ética y equidad de género.
El Ministerio de Educación Nacional para dar cumplimiento a su política pública de mejoramiento de la calidad educativa, creó el Programa Todos a Aprender en el año 2011, como una estrategia de gran despliegue nacional que persigue transformar las practicas pedagógicas de los docentes, con el fin de mejorar el desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes. El Programa Todos a Aprender ha logrado fortalecer los aprendizajes de cerca del 39.2% de los docentes oficiales asignados a preescolar y primaria pertenecientes a 3.900 establecimientos educativos haciendo presencia en 844 municipios, distribuidos en los 31 departamentos, 65% de la cobertura a nivel de sede educativa es rural y 35% urbana, lo que se traduce, en que el acompañamiento y la formación llega a lugares distantes, de difícil acceso. Además, se ha hecho entrega de 4.2 millones de textos escolares y material pedagógico de Matemáticas y Lenguaje a los estudiantes y docentes focalizados por el Programa. Lo que en consecuencia generó el mejoramiento de los aprendizajes de cerca de 1.976.302 estudiantes .
Entre el 2011 y 2012 el Programa se concentró en definir los supuestos conceptuales en los que se fundamenta para ese momento su propuesta pedagógica de formación y acompañamiento: Prácticas pedagógicas, desarrollo profesional situado, materiales educativos y el sentido de la evaluación en los procesos de mejoramiento de los resultados. Asimismo, se definen los componentes: Pedagógico, de Formación Situada, de Condiciones Básicas, de Gestión Educativa y de Comunicación, Movilización y Compromiso, que soportan las diferentes estrategias utilizadas en el comienzo del Programa. Todos los componentes apuntaban al mejoramiento de los aprendizajes de los niños y niñas articulando sus acciones a través de una estrategia de atención integral. En el año 2012 se realizó un diagnóstico inicial para reconocer las condiciones particulares de las regiones y los Establecimientos Educativos focalizados, así como el diseño de las herramientas con las que contarían los formadores y tutores para iniciar los procesos de acompañamiento. Para este año se inició el acompañamiento a través de un plan formador y se empieza a consolidar el esquema de acompañamiento in situ.
Durante el 2013, se construye la primera ruta de acompañamiento, compuesta por siete (7) visitas de acompañamiento in situ. Estas visitas buscan hacer énfasis en el trabajo en equipo y el aprender de los otros; cambiar la mirada sobre la evaluación de la práctica y del aprendizaje, por una más formativa y constructiva y la apropiación de los referentes de la Dirección de Calidad del Ministerio de Educación Nacional.
Durante el 2014 se firmó el Convenio de Asociación No. 163 de 2014 que tenía por objeto Aunar esfuerzos para desarrollar la evaluación de impacto del Programa de Transformación de la Calidad Educativa "Todos a Aprender", con el que desarrolla la primera evaluación del Programa (Universidad de los Andes, 2014). Esta evaluación utilizó una metodología cuasiexperimental para identificar el impacto causal del Programa en el mejoramiento de los aprendizajes de los estudiantes. Se utilizaron registros administrativos del MEN y del ICFES, y se realizó un levantamiento de datos a nivel de estudiantes, docentes y rectores en una muestra de cerca de 400 establecimientos educativos.
Las recomendaciones de esta evaluación se incorporaron en una nueva versión del Programa denominada PTA
2.0 que daría lugar a la Ruta General de Acompañamiento, con el proceso de “Reingeniería Pedagógica”, que inicia con la firma del Convenio 670 de 2014, suscrito entre el Ministerio de Educación Nacional de Colombia y la Universidad de los Andes, resaltando uno de los productos fue el diseño de la estructura general de la estrategia de Desarrollo Profesional Situado para los docentes con una proyección general a los siguientes tres años. Año 1: Los docentes trabajan con unidades didácticas cortas e instrumentos de evaluación suministrados. La institución promueve ajustes que permiten los cambios en las prácticas de aula. Año 2: Los docentes trabajan con material completo, comienzan a desarrollar material propio. La institución comienza un proceso de reflexión curricular a la luz de las nuevas prácticas. Año 3: Los docentes producen material propio que puede ser sometido a juicio de pares. La institución consolida el cambio desarrollando la nueva orientación curricular
Este rediseño, que se desarrolló en el año 2015 y 2016, se enfocó en consolidar la estrategia de acompañamiento entre pares a través de: Observaciones de aula a todos los docentes, el desarrollo de actividades en la escuela genuinamente situadas, la definición de los desempeños deseados en los docentes año a año y el fortalecimiento de la evaluación para el aprendizaje. Además, Las dimensiones que se abordaron fueron: la gestión del tiempo de aula, el uso de materiales, el manejo de grupo y el clima de aula, la evaluación, el compromiso con el mejoramiento de la práctica de aula, y a nivel institucional, el liderazgo docente.
Durante el 2016, se puso en marcha el Programa Todos a Aprender Ruta Pioneros como estrategia diferencial. Los resultados de las Pruebas Saber 5° mostraron que los EE intervenidos por el PTA 2.0 presentaban resultados heterogéneos en los niveles insuficiente, mínimo, satisfactorio y avanzado, por lo que se consideró que una ruta de formación homogénea podría no ser igualmente pertinente para todos los EE atendidos por el Programa.
Se debe destacar que el último ejercicio de evaluación de impacto que desarrolló la Universidad de los Andes mediante los convenios 163 de 2014, 834 de 2015, y 1109 de 2016 confirmó efectos causales robustos y estadísticamente significativos de la intervención en el mejoramiento de los aprendizajes en Matemáticas y Lenguaje de los estudiantes de 3o y 5o, medidos a través de las pruebas SABER 2016. Igualmente, merece la pena destacar que este ejercicio de evaluación estableció́ que los efectos del programa son más relevantes en establecimientos educativos de zonas rurales, donde históricamente han sido mayores las brechas en términos de calidad de la educación.
En el Informe de gestión 2014 – 2018 y recomendaciones para la continuidad, se presenta los resultados alcanzados en cobertura a través del cuatrienio en cuanto a Establecimientos Educativos, Sedes, tutores y docentes acompañados.
Adicionalmente, el informe presenta los resultados en la entrega de material educativo durante los 4 años, con el fin de acompañar la labor disciplinar y pedagógica de los docentes y tutores. Por lo que el programa entregó más de 28 millones de material educativo de alta calidad en los establecimientos educativos focalizados.
Además, según el reporte del Banco de Desarrollo de América Latina CAF el Programa Todos a Aprender fue seleccionado y reconocido en 2018 como una de las mejores estrategias de formación docente del continente.
El Programa Todos a Aprender fue diseñado para apoyar el desarrollo de los objetivos del sector en materia de calidad educativa y el fortalecimiento de las competencias de los docentes, especialmente de los establecimientos con menores desempeños en las pruebas estandarizadas, con lo cual contribuye a los objetivos de las Bases del Plan Nacional de Desarrollo en el objetivo 1. Educación inicial de calidad para el desarrollo integral” y en el objetivo 2 Brindar una educación con calidad y fomentar la permanencia en la educación inicial, preescolar, básica y media. Así mismo, de los 10 objetivos con los que cuenta el Plan Decenal de Educación 2016-2026 el Programa Todos a Aprender tiene especial relación con el objetivo 4 respecto a la construcción de una política pública para la formación de educadores. En el documento Fundamentos del Programa Todos a Aprender 2019 se plantea una nueva fase del Programa que busca mantener los aspectos que se han reconocido como aciertos del Programa, así como fortalecer su propuesta pedagógica, enfocando sus esfuerzos para desarrollar las siguientes competencias en los docentes acompañados: Cultura de mejoramiento continuo, Reflexión pedagógica, Atención a la diversidad, Fortalecimiento curricular, Promoción de ambientes de aprendizaje incluyentes, Toma de decisiones y Gestión del tiempo.
Con el fin de desarrollar las competencias propuestas, se contemplan algunas líneas nuevas de trabajo dentro de la propuesta pedagógica del Programa que se encuentra en el documento base como Fundamentos del Programa en la plataforma SIPTA, y se enuncian a continuación:
1. Énfasis en la práctica pedagógica con la construcción, el uso y la validación de un Marco Profesoral para el Programa.
2. El Docente Formador del Programa Todos a Aprender
3. Acompañamiento a Escuelas Normales Superiores Oficiales del país.
4. Acompañamiento especializado en educación inicial
5. Vinculación de la familia en el proceso educativo
6. Incorporación de competencias socio emocionales
7. Creación y uso del portafolio docente
8. Pilotaje en ciencias
En la Ley 1955 de 2019, en el apartado Educación de calidad para un futuro con oportunidades para todos, en el objetivo 1 Educación inicial de calidad para el desarrollo integral, específicamente en el ítem de Atención integral de calidad en el grado de transición se menciona en el marco esta estrategia “la promoción de las trayectorias en el entorno educativo; la incorporación de una línea de módulos de formación y acompañamiento en educación inicial, en el marco del programa Todos a Aprender” tomando de manera explícita como una
estrategia de formación al Programa Todos a Aprender para la consecución de dicho objetivo. Así mismo, en el objetivo 2: Brindar una educación con calidad y fomentar la permanencia en la educación inicial, preescolar, básica y media, en el ítem de Todos por una educación de calidad se menciona en el agregado de Fortalecimiento de competencias para la vida afirmando “En relación con el progreso de los aprendizajes de los niños y niñas del sistema educativo oficial, se partirá́ de los resultados positivos evidenciados en los procesos de formación situada del programa Todos a Aprender, que tiene por objetivo transformar las prácticas pedagógicas de los docentes, con el fin de mejorar el desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes. El Programa se fortalecerá́ en el cuatrienio, ampliando su alcance, desde preescolar hasta grado séptimo, mejorando las transiciones de preescolar a básica primaria y de básica primaria a secundaria; facilitando así́ la adaptación de los estudiantes en los siguientes grados. Esto contribuirá́ a disminuir la reprobación histórica que se da en estas transiciones escolares y a mitigar la deserción escolar. Todos a Aprender continuará fortaleciendo las áreas de lenguaje y matemáticas y hará́ énfasis en el desarrollo de competencias transversales: comunicación, resolución de problemas y competencias socioemocionales y ciudadanas”.
En relación con los lineamientos estratégicos es conveniente mantener la operación del Programa Todos a Aprender para el cuatrienio 2018-2022 con los siguientes indicadores que se encuentran dentro del Plan de Acción Interno del Ministerio de Educación Nacional publicado en su página web:
Tabla 1. Indicadores de Resultado Programa Todos a Aprender 2019-2022
INDICADOR | LÍNEA BASE | META | PERIODICIDAD |
Número de educadores en proceso de formación. | 86.000 | 112.500 | Anual |
Maestros de preescolar que reciben formación y acompañamiento situado a través del Programa Todos a Aprender. | 4.669 | 12.000 | Anual |
Para soportar estas actividades es necesario mantener un crecimiento en el número de tutores de las Entidades Territoriales Certificadas y por ende de establecimientos educativos (relación uno a uno) con el fin de continuar apoyando desde el rol de los tutores.
Tabla 2. Crecimiento Tutores y establecimientos educativos 2019-2022
AÑO | NÚMERO DE TUTORES Y ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS |
2019 | 4000 |
2020 | 4500 |
2021 | 5000 |
2022 | 5500 |
La revisión de las disposiciones y documentos hasta aquí referenciados dejan ver una clara relación del Programa Todos Aprender con las líneas de acción propuestas para el sector educativo en un horizonte de tiempo que alcanza el año 2026. El Programa se constituye en una estrategia para la mejora de la calidad, el cierre de brechas entre lo urbano y lo rural, y la cualificación docente. A partir del 2019, el Programa es también un apoyo para la atención a la primera infancia, el desarrollo de la jornada única y para el fortalecimiento de las Escuelas Normales Superiores.
En consecuencia, se han identificado algunas actividades contenidas en el proyecto de Inversión “Mejoramiento de la calidad educativa preescolar, básica y media Nacional” del Viceministerio de Educación, , de las cuales se destaca, “Realizar asistencia técnica para el acompañamiento y revisión a las Secretarias de Educación en la definición e implementación de los planes territoriales de formación docente”, y “Definir e implementar estrategia de actualización para docentes y directivos docentes”.
Estas actividades permiten dar continuidad a las acciones necesarias para garantizar que los establecimientos focalizados del Programa Todos a Aprender puedan contar con las diferentes estrategias sin interrupción del calendario escolar en la vigencia 2020 - 2021 y posterior a ello dar continuidad a su desarrollo durante los próximos dos años, hasta 2023 el cual permitirá contratar una vez e integralmente dichos servicios, de esta manera, se hace necesaria la contratación de la prestación de los servicios enunciados en este apartado.
El Programa Todos a Aprender atiende de manera integral a los establecimientos focalizados mediante la estrategia de formación situada enfocada en los siguientes aspectos fundamentales:
1. Mejoramiento de las prácticas de aula por medio de procesos de formación y acompañamiento a los docentes.
2. Fortalecimiento a la gestión institucional de formación a Directivos docentes.
3. Gestión de recursos para el mejoramiento de las condiciones básicas.
Estrategias sustentadas en estudios Internacionales sobre los factores que inciden en la calidad Educativa en Colombia.
Para el desarrollo de la estrategia de mejoramiento de las prácticas de aula, se lleva a cabo un proceso continuo de formación en cascada, organizado por ciclos que se describen en la ruta de formación y acompañamiento para cada año lectivo; el proceso continuo de formación se realiza mediante encuentros de capacitación y acompañamiento a los docentes de los establecimientos educativos a través de docentes designados “tutores” que a su vez son acompañados permanentemente por los formadores y que a su vez son acompañados por coordinadores pedagógicos del programa, que tienen un papel preponderante tanto a nivel pedagógico como administrativo.
La formación de estos actores (formadores y tutores), se lleva a cabo mediante encuentros de formación de formadores y tutores, con el fin de asegurar que cuentan con la información clara y actualizada durante todo el tiempo de intervención en los establecimientos educativos y de manera tal que se logre replicar las experiencias conocimientos y saberes que son objeto de desarrollo a lo largo del programa.
Este proceso comprende el manejo presupuestal, contractual y el seguimiento para garantizar los reembolsos a tutores. Cada uno de los anteriores implica gestiones administrativas, financieras, jurídicas, técnico operativas y de supervisión, necesarias para el despliegue del Programa Todos a Aprender dados los actuales alcances:
4.500 establecimientos educativos focalizados en 87 Secretarías de Educación, los cuales se encuentran desarrollados en el anexo técnico que hace parte integral del estudio previo.
En este sentido, el Programa todos a Aprender funciona actualmente a través del proyecto de inversión Mejoramiento de la Calidad Educativa Preescolar Básica y Media en el que se ejecutan acciones que buscan el mejoramiento continuo de la calidad educativa y en particular en la actividad Realizar asistencia técnica para el acompañamiento y revisión a las Secretarias de Educación en la definición e implementación de los planes territoriales de formación docente, entendiendo que el Programa Todos a Aprender ejecuta un esquema de formación y acompañamiento situado a los docentes de los establecimientos educativos que se priorizan.
Por otra parte, este objeto tiene financiación en sus vigencias futuras a través del Proyecto de Inversión Fortalecimiento de las condiciones para el logro de trayectorias educativas en la educación inicial preescolar, básica y media Nacional que es un proyecto transversal que permite alcanzar la misionalidad de la Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media, Dirección de Primera Infancia, Oficina de Innovación Educativa y algunas acciones de la Subdirección de permanencia de la Dirección de Cobertura y equidad. En este proyecto a través de la actividad Acompañar a educadores para el fortalecimiento de su práctica de aula en proyectos pedagógicos, competencias básicas, socioemocionales y comunicativas, teniendo en cuenta que este objeto al prestar servicios que apoyan administrativa, financiera, técnica y jurídicamente para la ejecución del Programa, contribuye a la formación de formadores y tutores, así como al acompañamiento a los docentes.
Finalmente se resalta que el Programa Todos a Aprender cuenta en su planta temporal con 100 funcionarios, los cuales no tienen dentro de sus funciones las requeridas para la ejecución del objeto que se pretende contratar, ni cuentan con la idoneidad y experiencia requeridas para el ejercicio de las actividades derivadas del objeto a contratar. De otra parte, el MEN no cuenta con la capacidad instalada, toda vez que su infraestructura no es suficiente para proveer los espacios, equipos de cómputo requeridos para la operatividad, así mismo no cuenta con la capacidad de personal necesaria en su planta de personal para realizar las actividades propias del proceso de Apoyo del Programa Todos a Aprender.
Dicha contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones de la vigencia 2019.
B. OBJETO Y DESCRIPCIÓN DEL OBJETO OBJETO:
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA APOYAR LA GESTIÓN DE LOS COMPONENTES ADMINISTRTATIVO, FINANCIERO, JURÍDICO, CONTRACTUAL, DE SUPERVISIÓN, TÉCNICO Y OPERTIVO DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER.
DESCRIPCIÓN DEL OBETO A CONTRATAR
El Ministerio de Educación Nacional requiere contratar la prestación de servicios de apoyo que comprende el desarrollo de actividades de carácter administrativo, jurídico, financiero, contractual, técnico operativo y de soporte y apoyo a la supervisión de los contratos y/o convenios suscritos y que debe suscribir el Programa Todos a Aprender, las cuales tienen como propósito la ejecución presupuestal, los procesos contractuales de adquisición de bienes y servicios y las gestiones operativas del programa que comprenden i) el seguimiento a tutores y formadores en los acompañamientos de formación que realizan en el territorio a través del sistema de información (SIPTA 1.0 y 2.0) y ii) la gestión de eventos de formación en el territorio nacional. Acciones de las cuales se desprende la operación del Programa Todos a Aprender, ya que el proceso de “apoyo” es el engranaje para poder cumplir los otros dos procesos: planeación estratégica y pedagógico.
Por lo anterior el contratista debe desarrollar actividades para cada tema y entre otras se listan las siguientes:
• Relativas al componente administrativo: comprende actividades de apoyo estratégicas, administrativas, de coordinación y planeación para la ejecución de los procesos y procedimientos que debe llevar a cabo el Programa Todos a Aprender a partir de lo definido por la dirección del Programa, todas en el marco del Plan de Desarrollo y atendiendo el modelo de gestión del Programa (Anexo Manual Operativo), las políticas de MEN, las fichas técnicas y todos los formatos del sistema integrado de gestión del MEN. El contratista hará uso de los anteriores en la prestación del servicio de apoyo a la gestión.
• Relativas al componente financiero: comprende actividades de apoyo para la planeación, ejecución y seguimiento de los recursos asignados al Programa Todos a Aprender para cada vigencia. Dentro de éstas se encuentra el manejo del plan de compras, la gestión de certificados de disponibilidad presupuestal –CDPs-, proyección de presupuestos, elaboración de informes, control presupuestal, gestión de cuentas, seguimiento a la facturación, entre otras. De acuerdo con lo definido en las obligaciones y las demás que requiera el Programa Todos a Aprender dentro de esta gestión.
• Actividades jurídicas y contractuales: comprende el apoyo en el desarrollo de actividades de carácter legal que debe adelantar el Programa como son, entre otras, la proyección de actos administrativos atendiendo las directrices del Programa Todos a Aprender, las respuestas a requerimientos internos y externos, así como el acompañamiento integral en los procesos sancionatorios que adelante los supervisores de los contratos del Programa Todos a Aprender. Además, la coordinación jurídica de los procesos para la adquisición de bienes y servicios para el Programa Todos a Aprender en la etapa precontractual con el apoyo en la estructuración de procesos, la elaboración de insumo y sus anexos, el acompañamiento a la dirección del plan en todas las fases del proceso de selección y/o de la contratación. En la etapa contractual a través del acompañamiento jurídico para atender requerimientos y apoyar legalmente la ejecución de los contratos. Y finalmente, en la etapa post contractual desarrollando las acciones que se requieran tendientes a la liquidación de los contratos que estén en ese estado, de acuerdo con lo definido en las obligaciones y las demás que requiera el Programa Todos a Aprender dentro de esta gestión.
Actividades técnico–operativas: comprende las actividades de apoyo para la administración, manejo y actualización del Sistema de Información del Programa Todos a Aprender en todos sus módulos (pedagógico, administrativo, de eventos, contractual, financiero, de focalización y de acompañamientos). Para garantizar en especial en el módulo acompañamiento la mesa de ayuda para el seguimiento simultáneo y permanente de los cerca de 4.500 Tutores y los 84 formadores que se encuentran distribuidos en el territorio nacional. Igualmente, el desarrollo de las actividades propias de la gestión de los eventos de formación con los operadores logísticos contratados y que llegaren a contratarse, De acuerdo con lo definido en las obligaciones y las demás que requiera el Programa Todos a Aprender dentro de esta gestión.
Actividades de soporte y apoyo a la supervisión: Comprende el desarrollo de actividades de apoyo administrativo, técnico, jurídico y financiero a la supervisión en la ejecución de los contratos y convenios suscritos y que se requieran suscribir para la adquisición de bienes y servicios del Programa Todos a Aprender, de acuerdo con lo definido en las obligaciones y las demás que requiera el Programa Todos a Aprender dentro de esta gestión
Para el desarrollo del objeto del contrato el contratista deberá contar con equipo de profesionales que se detallan a continuación, de conformidad con los perfiles, la disponibilidad y para el desarrollo de las obligaciones que se detallan en el Anexo 1. (Del estudio previo) Personal requerido, perfiles, disponibilidad y obligaciones:
A continuación se exponen los requerimientos de estos perfiles para cada una de las vigencias del Contrato que se suscriba, de acuerdo con la necesidad del Programa.
DESCRIPCION | VIGENCIA 2019 (Del 15 de diciembre al 31 de diciembre de 2019) | VIGENCIA 2020(Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020) | VIGENCIA 2021(Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021) | ||||||
CANT | DEDICA CIÓN | MESES | CANT | DEDICA CIÓN | MESES | CANT | DEDICA CIÓN | MESES | |
Gerente General del Proyecto | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Coordinador Jurídico | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Profesional junior de apoyo jurídico | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Coordinador financiero | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Profesional junior en Finanzas | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Coordinador de supervisión | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 2 | 100% | 0,5 | 2 | 100% | 12 | 2 | 100% | 12 |
Coordinador xx xxxx de ayuda | 1 | 100% | 0,5 | 1 | 100% | 12 | 1 | 100% | 12 |
Técnico de apoyo a tutores (Mesa de ayuda) | 13 | 100% | 0,5 | 13 | 100% | 2 | 13 | 100% | 2 |
Técnico de apoyo a tutores (Mesa de ayuda) | 24 | 24 | 100% | 10 | 24 | 100% | 10 |
El equipo de trabajo definido corresponde a las proyecciones y al alcance actual del Programa, pero éste puede variar dependiendo de las necesidades que surjan durante la ejecución del contrato. En todo caso se presupuestarán a partir de los valores presentados en su oferta económica y de ser necesario hacer cambios o modificación en los perfiles, la idoneidad y experiencia del nuevo perfil deberá ser igual o superior al del perfil ofertado inicialmente.
Así mismo, se han definidos otros requerimientos necesarios para la ejecución del Contrato y que constituyen costos indirectos del Contrato. Así:
DESCRIPCION | VIGENCIA 2019 | VIGENCIA 2020 | VIGENCIA 2021 | |||
CANT | MESES | CANT | MESES | CANT | MESES | |
Útiles y papelería | 1 | 12 | 1 | 12 | 1 | 12 |
DESCRIPCION | VIGENCIA 2019 | VIGENCIA 2020 | VIGENCIA 2021 | |||
CANT | MESES | CANT | MESES | CANT | MESES | |
Oficina (puestos de trabajo) | 1 | 12 | 1 | 12 | 1 | 12 |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 33 | 10 | 33 | 10 | 33 | 10 |
Ayudas tecnológicas e internet | 22 | 2 | 22 | 2 | 22 | 2 |
C. NORMATIVIDAD APLICABLE
Son aplicables los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública - Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y sus decretos reglamentarios, y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales, y las reglas previstas en este pliego de condiciones, y en las adendas que se expidan durante el desarrollo del proceso de selección.
D. MODALIDAD
TIPO DE CONTRATO: Prestación de Servicios
MODALIDAD DE SELECCIÓN: Licitación Pública.
Este proceso de selección se fundamenta en el artículo 2 numeral 1 de la Ley 1150 de 2007, que establece como regla general la modalidad de Licitación Pública; por las características del objeto a contratar, el monto presupuestal reservado para la contratación y al no circunscribirse la necesidad contractual en ninguna de las excepciones descritas en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.
Así mismo, se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, estableciendo como criterios de selección la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones.
E. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
El CONTRATISTA se obliga con el MEN desarrollar las siguientes obligaciones:
Obligaciones Específicas del Proceso de Apoyo:
Las obligaciones específicas para la gestión integral del Proceso de Apoyo se refieren al desarrollo de actividades las relativas a lo administrativo, jurídico, financiero, técnico operativo y de apoyo a la supervisión que debe desarrollar el contratista para garantizar la operación del referido proceso con lo cual se genera eficiencia en el manejo de los recursos (económicos, físicos y humanos) asignados al Programa y eficacia en la implementación del mismo, por cuanto permite un adecuado despliegue de los otros procesos: estratégico y pedagógico del Programa Todos a Aprender. Así las cosas, las obligaciones del contratista se enuncian a continuación y no son excluyentes de los componentes:
1. Presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, como requisito previo para la suscripción del acta de inicio las hojas de vida de la totalidad del personal requerido de acuerdo con los perfiles y garantizar durante la vigencia del contrato el equipo de trabajo y la disponibilidad con que se comprometió en la propuesta y el pliego de condiciones.
2. Operar con el equipo de trabajo ofertado el Sistema de Información del Programa Todos a Aprender en sus diferentes módulos administrativo, contractual, financiero, focalización, pedagógico y acompañamientos.
3. El contratista debe tener una oficina en la ciudad de Bogotá D.C, que se encuentre a máximo cinco (5) kilómetros de distancia del Ministerio de Educación Nacional, la cual aun cuando no es necesario que tenga disponibilidad exclusiva del 100% para el programa todos a aprender, sí debe tener disposición, las veces que se requiera, con el fin de cumplir a cabalidad las actividades del contrato
4. Apoyar realizando seguimiento a la ejecución del plan operativo del Programa Todos a Aprender en todos sus componentes: administrativo, jurídico y contractual, financiero, técnico operativo y de soporte y Apoyo a la supervisión.
5. Gestionar, administrar y mantener actualizada la información financiera, administrativa y operativa del Programa y alimentar las bases de datos y los sistemas de información indicados por la Dirección del Programa.
6. Adoptar para cada una de las gestiones desarrolladas en la ejecución del contrato los procedimientos, manuales de contratación, de supervisión e interventoría y de gestión financiera establecidos en el sistema integrado de gestión del MEN, utilizando los formatos establecidos para este fin.
7. Apoyar en la aplicación de una herramienta de seguimiento y control de los indicadores, metas y procesos del Programa Todos a Aprender, de acuerdo con las directrices del Ministerio de Educación Nacional.
8. Llevar el archivo físico y magnético o digitalizado de manera organizada y clasificada de toda la información que surja durante la ejecución del contrato a través del personal dispuesto para ello y atendiendo las normas de archivística vigentes en la legislación nacional. Para la entrega deberán atenderse los lineamientos establecidos por gestión documental del Ministerio de Educación Nacional.
9. Apoyar al Programa en la proyección del plan de compras, cadena de valor, estructuras de costos y presupuesto anual de Programa Todos a Aprender para las vigencias que abarcan la ejecución del contrato, para socialización, revisión y aprobación del equipo del Programa Todos a Aprender designado para este fin y realizar las modificaciones que le sean solicitadas por Programa, el despacho del viceministro y la Dirección de Calidad para la educación preescolar, básica y media, siguiendo las indicaciones del Ministerio de Educación Nacional.
10. Actualizar la ejecución presupuestal del Programa Todos a Aprender de acuerdo con el seguimiento quincenal a los movimientos del Plan de Compras como compromisos, obligaciones, solicitudes adiciones y reducciones de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal (CDP), traslados presupuestales garantizando coherencia con los Informes Financieros del aplicativo SIIF Sistema Integrado de Información Financiera.
11. Atender requerimientos de carácter financiero para garantizar una adecuada ejecución del presupuesto, que imparta el comité de ejecución presupuestal del MEN y/o la Oficina Asesora de Planeación y/o la Subdirección Financiera y/o el Despacho del Viceministro de educación preescolar, básica y media y/o la Dirección de Calidad para la educación preescolar, básica y media y la Dirección del Programa Todos a Aprender.
12. Realizar el seguimiento de pagos de obligaciones del MEN en los procesos de adquisición de bienes y servicios Programa Todos a Aprender, de acuerdo con los rubros presupuestales de donde se realizan los compromisos.
13. Programar de acuerdo con las necesidades de pagos del Programa, el PAC - Plan Anual Mensualizado de Caja, y enviarlo a la Dirección de Calidad para su consolidación y solicitud a la Subdirección Financiera del MEN.
14. Apoya la consolidación de las justificaciones de las reservas presupuestales que resulten en la ejecución presupuestal del Programa Todos a Aprender al final de cada vigencia 2019.
15. Conciliar con la Subdirección Financiera y Contable del MEN, los recursos entregados en administración y los anticipos entregados a los contratistas del Programa.
16. Proyectar los balances financieros de los informes finales de cada contrato o convenio del Programa Todos a Aprender, adiciones o modificaciones contractuales y de la reducción de compromisos, conciliados con el control de ejecución presupuestal del año respectivo y acorde con la información de saldos de compromisos del módulo SIIF.
17. Validar los saldos de los certificados de disponibilidad presupuestal contra la información que arroja SIIF, y llevar el control de compromisos de los mismos, de acuerdo con la ejecución presupuestal, para determinar si se deben realizar reducciones en el momento en que se tenga que cumplir con otras necesidades del Programa Todos a Aprender. Estos informes se deben presentar de forma semanal.
18. Apoyar al Ministerio en la elaboración de estudios del sector, análisis de las condiciones financieras de los procesos para la adquisición de bienes y servicios, proyectar los análisis de riesgos, la estimación de garantías, multas, tasación de perjuicios, y atender todos los requerimientos de tipo financiero que se generen al interior del Programa, incluyendo la ejecución de los ajustes o modificaciones que se le indiquen.
19. Atender todos los demás requerimientos de tipo financiero que realice el Programa Todos a Aprender y que surjan durante la ejecución del contrato y para el desarrollo del proceso de Apoyo.
20. Acompañar al Programa en reuniones, comités y audiencias, cuando le sea solicitada su asistencia.
21. Proyectar para revisión y aprobación del Programa los cronogramas previos al inicio del proceso de selección de contratistas, socializarlos y hacer las modificaciones que se le requieran y que permitan una eficiente planeación y ejecución de procesos contractuales del Programa Todos a Aprender.
22. Monitorear de manera permanente los cronogramas establecidos para la gestión contractual del Programa e informar de manera inmediata cuando dichos cronogramas presenten cualquier tipo de incumplimiento en los plazos pactados para cada uno de los procesos.
23. Acompañar, proyectar, revisar y hacer seguimiento de las actividades y documentos propios de la gestión precontractual, contractual y pos contractual del Programa Todos a Aprender en todas sus fases y desarrollar las acciones que se requieran en cada etapa
24. Apoyar la estructuración de estudios previos, matriz de riesgo, anexos técnicos y los demás que se requieran contando para su consolidación con la participación del equipo jurídico y técnico del Programa Todos a Aprender.
25. Proyectar, socializar y revisar según lo requerido por el Programa, y en coordinación con el supervisor del contrato las solicitudes de modificación, adición, prórroga, cesión o suspensión de los contratos y convenios suscritos por el Programa Todos a Aprender
26. Proyectar, socializar y revisar según lo requerido por el Programa, y en coordinación con el supervisor del contrato las solicitudes de audiencia de incumplimiento y sus Anexos, de acuerdo con los procedimientos, formatos y manuales establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.
27. Consolidar los documentos que soportan las solicitudes de incumplimiento de los contratos y convenios suscritos por el Programa Todos a Aprender y radicarlos una vez estén firmados por la supervisión del contrato
28. Proyectar, socializar y revisar según lo requerido por el Programa, todos los documentos jurídicos que se suscriban en la ejecución contractual.
29. Apoyar, proyectar, hacer seguimiento a los procesos de liquidación de los convenios y contratos suscritos por el Programa Todos a Aprender y adelantar todas las revisiones y gestiones jurídicas que se requieran.
30. Proyectar cuando lo solicite el Programa esquemas jurídicos de tasación de multas, cláusula penal y demás cláusulas, minutas tipo y/o formatos que le permitan al Programa una efectiva estructuración, desarrollo y seguimiento contractual y poder generar reclamaciones efectivas a los contratistas que incumplan las obligaciones establecidas en los contratos y convenios
31. Capacitar de manera permanente al equipo técnico de Apoyo a usuarios del sistema de información del Programa Todos a Aprender (SlPTA 1.0), encargado del manejo de la Mesa de ayuda - modulo acompañamientos para garantizar el procesamiento oportuno de agendas en el sistema de información. En el marco de las políticas de acompañamiento a EE fijadas por el Programa. Políticas para la planeación y el desarrollo de acompañamientos a los establecimientos educativos). Las capacitaciones deberán Programarse, presentar un cronograma de ejecución - que será revisado y aprobado por la supervisión del contrato - y desarrollarse de acuerdo con dicho cronograma dejando un registro del contenido, la identificación de los asistentes y la intensidad horaria
32. Garantizar la disponibilidad de la Mesa de ayuda encargada del manejo del sistema de información del Programa Todos a Aprender de lunes a viernes, en días hábiles, en el horario de 7:00 am a 5:00 pm., durante toda la ejecución del contrato.
33. Validar, que la información presentada por el equipo técnico de Apoyo a usuarios del sistema para el reembolso de agenda de tutores coincida con los soportes determinados en las políticas de acompañamientos a establecimientos educativos.
34. Apoyar a la supervisión del contrato para la administración de los recursos o encargo fiduciario del Programa Todos a Aprender en la proyección de los informes que se requieran para el seguimiento y control de los reembolsos a tutores, y monitorear el cumplimiento efectivo de los reembolsos realizados por la fiduciaria y/o el administrador de recursos para informar de manera inmediata las irregularidades que se presenten indicando las medidas que deben adoptarse.
35. Validar los soportes cargados por los tutores, en el marco de los acompañamientos para generar el reporte correspondiente para los reembolsos.
36. Consolidar y presentar semanalmente el estado de liquidación de las agendas y de reembolsos a tutores.
37. Establecer con cada supervisor de contrato o convenio suscrito por o para el Programa Todos a Aprender, un cronograma de seguimiento de cada uno de los contratos o convenios que se encuentren en ejecución el cual debe contener las actividades relacionadas con: reuniones de equipo, presentación de informes, actividades de verificación de obligaciones y compromisos frente a la ejecución del contrato. Este cronograma debe actualizarse semanalmente.
38. Proyectar para aprobación y firma del supervisor y contratistas las actas de reunión y/o comité de seguimiento de los contratos y/o convenios que suscriban en vigencia del presente contrato. Estas actas deberán proyectarse el mismo día de la reunión y/o comité de seguimiento con el fin de gestionar las firmas respectivas, garantizando la suscripción, radicación, archivo e inclusión en las carpetas del respectivo contrato que reposan en la subdirección de contratación del MEN
39. Llevar un registro de los compromisos adquiridos por el Programa Todos a Aprender y/o los contratistas en las diferentes reuniones y/o comités de seguimiento, con el fin de generar alertas sobre el incumplimiento de los mismos, así como del incumplimiento de las obligaciones del contratista.
40. Proyectar, socializar, revisar y ajustar según las observaciones del supervisor los informes parciales, finales y demás informes requeridos que den cuenta de la ejecución del contrato o convenio, que contenga un análisis de impacto jurídico, financiero, técnico operativo, contractual y laboral.
41. Suministrar la información, documentos o soportes que se requieran para la adecuada supervisión del contrato.
42. Adelantar el proceso de radicación de documentos de acuerdo con los procedimientos y formatos establecidos por el MEN para los documentos, actas, informes y todos aquellos que se generen en la ejecución de los contratos y convenios en los cuales realiza el Apoyo a la supervisión y llevar un registro de radicación de cada uno de los documentos resultantes de los contratos o convenios para tener la trazabilidad de las actuaciones, fechas y ubicación de los documentos.
43. Entregar un informe a la finalización de cada contrato en el que se especifique el estado de pagos, porcentaje de cumplimiento de obligaciones, ejecución financiera, modificaciones realizadas, un resumen de la ejecución anotando problemas presentados, medidas adoptadas, actuaciones desarrolladas, así como cualquier otra información que solicite el Programa Todos a Aprender.
44. Revisar permanentemente la vigencia de las pólizas de cada uno de los contratos y convenios suscritos por el Programa Todos a Aprender y los que aún no hayan sido liquidados e informar oportunamente al supervisor los vencimientos próximos para hacer los requerimientos que correspondan al contratista.
45. Asesorar y apoyar jurídicamente a los supervisores de contratos del Programa Todos a Aprender en la estructuración y proyección de soluciones legales a los problemas, controversias, contingencias y demás asuntos que se presenten en la ejecución contractual y que requieran soporte legal.
46. Proyectar, preparar y consolidar la documentación, justificación y sustentación para ser presentadas en el comité de contratación en relación con modificaciones, adiciones, prórrogas o de cualquier otra situación que implique un impacto al desarrollo de los contratos y convenios.
47. Verificar que el contratista haya notificado a la compañía de seguros de cualquier modificación al contrato o convenio y solicitar y archivar el respectivo soporte
48. Validar, gestionar y hacer seguimiento a la documentación que soporta y al trámite de pago de contratistas en concordancia con lo ejecutado, con lo establecido en el contrato y con los lineamientos fijados subdirección financiera del MEN, garantizando el pago de las obligaciones y el cumplimiento de la meta de ejecución del MEN.
49. Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el contrato y/o convenio, proyectar los certificados de cumplimiento y trámite de pago para aprobación y firma del supervisor.
50. Informar al supervisor sobre el avance de pagos de los contratos y convenios y formular recomendaciones frente a las acciones que deben ejecutarse con el fin de garantizar la ejecución financiera en los términos contractuales establecidos.
51. Hacer seguimiento a los reintegros de saldos no ejecutados en los contratos o convenios del Programa Todos a Aprender.
52. Realizar junto con el supervisor de cada contrato o convenio del Programa Todos a Aprender las actividades de recepción y verificación de los bienes y servicios contratados, atendiendo los requerimientos que él indique, con el fin de validar que los mismos cumplan con las especificaciones del contrato y sus correspondientes Anexos técnicos u otros Anexos
53. Acompañar a los supervisores de contratos o convenios en las visitas y reuniones de seguimiento, de acuerdo con los cronogramas establecidos
54. Preparar, asistir y participar en las Mesas de trabajo convocadas por el Programa para el seguimiento a la ejecución contractual.
55. El contratista deberá asumir las variaciones establecidas en la matriz de riesgo así:
• En el número de contratos: hasta treinta y cinco (35) contratos celebrados para la correspondiente vigencia.
Si la variación supera el número fijado de contratos y por tanto el personal asignado para el proyecto es menor al requerido para la ejecución del contrato, el contratista deberá informarlo y solicitar al MEN la modificación y adición del contrato. Los valores para adicionar corresponden a los ofertados por el proponente.
Obligaciones Específicas relativas a los Informes a cargo del Contratista:
56. El contratista deberá entregar un informe semanal que deberá socializar en la reunión semanal de seguimiento a la ejecución del contrato donde se indique:
a. Cada una de las gestiones del proceso de apoyo y/o actividades administrativas, financieras, jurídicas, contractuales, técnico operativas y de apoyo a la supervisión que se ha adelantado o que se encuentra desarrollando y su estado.
b. El cumplimiento de las metas trazadas para la correspondiente semana.
c. Las alertas presentadas y/o la información que indican las obligaciones debe reportarse de manera inmediata y/o una vez se identifique y/o semanalmente.
d. Los planes de acción relativos a las alertas y formas de mitigación después del análisis.
e. La reunión semanal de seguimiento deberá consignarse en acta que elaborará el contratista donde se plasmarán los aspectos tratados, metas para la siguiente semana y compromisos de las partes, ésta deberá firmarse al finalizar cada reunión y hará parte del informe mensual.
57. El contratista deberá entregar un informe mensual que dé cuenta de las actividades administrativas, financieras, jurídicas, técnico operativas y de apoyo a la supervisión que contenga lo siguiente:
a. Actividades que evidencien el avance de cumplimiento de las obligaciones específicas del contrato.
b. Análisis de la ejecución presupuestal de recursos nación y recursos Banca multilateral, por cada una de las fuentes que contenga: i) cambios realizados al interior de un rubro asignado, ii) cambios realizados entre diferentes rubros como aumentos y adiciones a los mismos y iii) porcentajes de cumplimiento en ejecución (compromisos, obligaciones y CDP).
c. Modificaciones al plan de compras.
d. Deficiencias encontradas en la ejecución presupuestal mensual.
e. Estado de avance en la implementación del modelo de gestión, estado de agendas, e implementación de la ruta de formación y acompañamiento.
f. Planes de acción recomendados para el Programa y estado de cumplimiento de los planes elegidos.
g. Avance de la ejecución de cada uno de los contratos y convenios suscritos por el Programa.
h. Avance del proceso de liquidación de cada uno de los contratos y convenios.
i. Seguimiento al plan operativo y a los indicadores de resultado e impacto del Programa.
j. Actas de seguimiento semanal a la ejecución del contrato.
58. El contratista deberá entregar un Documento o Informe al finalizar cada vigencia y uno final dentro de los ocho (8) días calendario anteriores a la terminación del contrato, que contenga lo siguiente:
a. Análisis y resultado detallados de la ejecución presupuestal y financiera de la vigencia. Análisis y resultado de las metas e indicadores del Programa Todos a Aprender en relación con: compromisos del plan de desarrollo, SSP, presidencia, compromiso CONPES (Consejo Nacional de Política Económica y Social) y cadena de valor.
b. Análisis y resultado de los procesos de planeación, desarrollo y legalización de agendas.
c. Análisis y resultado de la implementación del plan operativo del Programa Todos a Aprender incluyendo logros, retos y lecciones aprendidas.
d. Informe de la ejecución financiera, técnica y jurídica de los contratos y convenios ejecutados en cada vigencia indicando los aspectos positivos y negativos de la contratación, así como aquellos aspectos que generaron inconvenientes y que deben mejorarse, indicando las alternativas para la estructuración de los futuros procesos de adquisición de bienes y servicios para mejorar la ejecución de estos.
e. Documento para el respectivo empalme que el Ministerio solicite.
59. Las demás que le sean solicitadas por la Dirección del Programa en aras de garantizar el cumplimiento del objeto contractual y fines de esta contratación.
GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Presentar las hojas de vida del personal que por fuerza mayor deba cambiarse para revisión y aprobación del supervisor del contrato.
2. Realizar los cambios de personal cuando los solicite el programa.
3. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
4. Participar y apoyar al MEN en todas las reuniones a las que éste lo convoque relacionadas con la ejecución del contrato.
5. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la documentación objeto del presente contrato.
6. Devolver al MEN, una vez finalizado la ejecución del contrato los documentos que en desarrollo del contrato se hayan producido, e igualmente todos los archivos que se hayan generado en cumplimiento de sus obligaciones y a la Subdirección de Gestión Administrativa, los bienes devolutivos que le hayan sido asignados en custodia.
7. Colaborar con el MEN en el suministro y respuesta de la información correspondiente, a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del presente contrato.
8. Utilizar la imagen del MEN de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste. Salvo autorización expresa y escrita de las partes ningún funcionario, podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole.
9. Realizar los pagos al SISS (salud, pensión y riesgos laborales), de acuerdo con la normatividad vigente aportando los soportes de pago correspondientes, adjuntando las planillas con los pagos respectivos al personal vinculado al proyecto para la ejecución del contrato
10. Guardar plena reserva de la información que obtenga en desarrollo o con ocasión del contrato.
11. Acatar la Constitución Política, la Ley, los principios de la contratación estatal y las demás normas concordantes y complementarias.
12. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
13. Participar en las reuniones que sean convocadas por la supervisión, relacionadas con la ejecución del contrato.
14. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la información objeto del presente contrato.
15. Entregar a EL MINISTERIO, periódicamente y al finalizar el contrato, o cuando el supervisor o interventor lo solicite, todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzcan en ejecución de sus obligaciones, debidamente inventariados conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de la Nación, que se encontrarán en el instructivo adjunto que hace parte integral del contrato.
16. Entregar a la Subdirección de Gestión Administrativa de EL MINISTERIO a la finalización del plazo de ejecución, o cuando esta, o el supervisor o interventor del contrato lo solicite, los bienes devolutivos que le hayan sido asignados en custodia.
17. Utilizar en debida forma las claves asignadas para el ingreso a los sistemas de información y gestión de EL MINISTERIO, que requiera para la ejecución del contrato y al finalizar el mismo, informar para su desactivación y, garantizar la seguridad y reserva de la información conocida por estos u otros medios durante la ejecución del contrato.
18. Colaborar en el suministro y respuesta de la información correspondiente a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano o cualquier otra autoridad, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato y de asuntos relacionados con el mismo.
19. Solicitar autorización escrita de EL MINISTERIO para utilizar el nombre, emblema o sello oficial con fines publicitarios o ajenos a los establecidos en los lineamientos de EL MINISTERIO.
20. Cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de EL MINISTERIO, según la normatividad vigente.
21. Mantener actualizados los sistemas de información sobre los cuales se le haya asignado usuario y contraseña durante la ejecución del contrato y entregar al supervisor las evidencias del estado en que se encuentre, en los informes de ejecución contractual parcial o final.
22. EL CONTRATISTA asume, con la suscripción del contrato, la obligación de realizar los pagos al SISS (salud, pensión y riesgos laborales), de acuerdo con la normatividad vigente aportando los soportes de pago correspondientes, los cuales deben ser validados para constatar que en efecto el pago de la planilla haya sido recibido por la entidad correspondiente, y en caso de incumplimiento total o parcial, responder por las consecuencias y sanciones que disponga la ley.
23. EL CONTRATISTA se obliga a no subcontratar las actividades propias del objeto contractual, salvo, que dentro del desarrollo de la propuesta se haya previsto disponer de recurso humano, para lo cual deberá tener en cuenta que no podrá vincular menores de edad, dando aplicación a la Resolución No. 1677 de 2008 del Ministerio de Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
24. En caso de que proceda el registro y asignación de una firma digital, usarla dentro de los límites impuestos por el objeto y las obligaciones del presente contrato y en todo caso con la debida autorización de quien corresponda.
25. Desplazarse dentro y fuera del territorio nacional en caso de que se requiera para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legalizar las comisiones de acuerdo con los términos y lineamientos de EL MINISTERIO, una vez culminado el desplazamiento.
26. Las demás que se requieran para el cumplimiento del objeto contractual
OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
1. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato.
2. Designar al supervisor del contrato.
3. Certificar y efectuar los pagos causados por EL CONTRATISTA.
4. Entregar la información requerida para el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA, siempre y cuando no sea obligación de este.
5. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias a que hubiere lugar.
6. Presentar al contratista a través del supervisor las sugerencias y observaciones sobre el trabajo a realizar para que se satisfaga la necesidad del MINISTERIO y el objeto de la contratación.
7. Todas las demás que resulten necesarias e indispensables para el cabal cumplimiento de los fines del contrato.
F. CLASIFICACIÓN UNSPSC
De conformidad con el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.2.1.3., del Decreto 1082 de 2015, el servicio objeto del presente proceso de contratación está clasificado en el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) - UNSPSC, como se indica a continuación, lo cual se verificará hasta el tercer nivel (Clase):
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO | |
93000000 | 93150000 | 93151500 | 93151501 | |
Servicios Políticos y de Asuntos | Servicios de | Administración | Servicios Financieros | |
Cívicos | Administración y | pública | o de Gestión | |
Financiación Pública | Administrativa de | |||
Empresas Públicas | ||||
93151507 | ||||
Procedimientos | o | |||
Servicios | ||||
Administrativos | ||||
80000000 | 80100000 | 80101600 | 80101604 | |
Servicios de Gestión, Servicios | Servicios de Asesoría | Gerencia | de | Planificación o |
Profesionales de Empresa y | de Gestión | Proyectos | administración | |
Servicios Administrativos | de proyectos | |||
80110000 | 80111600 | 80111601 | ||
Servicios de recursos | Servicios de | Asistencia de oficina o | ||
humanos | personal temporal | administrativa local | ||
80160000 | 80161500 | 80161504 | ||
Gerencia de proyectos | servicios de apoyo | Servicios de | ||
gerencial | Oficina |
El proponente podrá estar clasificado en alguna de las anteriores clasificaciones. En el evento que la propuesta se presente por un consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros podrá estar inscrito en al menos una de las categorías señaladas.
G. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRESUPUESTO OFICIAL
El valor del presente proceso de selección asciende a la suma de CUATRO MIL TRECIENTOS VENTINUEVE MILLONES CIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS M/CTE
VIGENCIA | PRESUPUESTO |
2019 | $70.519.163 |
2020 | $2.095.777.950 |
2021 | $2.162.842.631 |
($4.329.139.744), incluidos todos los Impuestos a que haya lugar. Definiéndose un valor para cada vigencia, así:
METODOLOGÍA:
En la vigencia 2019 El Ministerio de Educación Nacional realizó el proceso de Selección Abreviada SA-MEN- 003-2019 para contratar la “Prestación de servicios para apoyar la gestión de los componentes administrativos, financieros, jurídicos, contractuales, supervisión, técnico y operativo del Programa Todos a Aprender.” Para el periodo de septiembre al 15 de diciembre de 2019.
Teniendo en cuenta que el proceso para el cual se adelanta el presente estudio xx xxxxxxx tiene las mismas condiciones que se presentaron en el proceso de Selección abreviada se toma como insumo dicho estudio xx xxxxxxx, y que se adelantó de la siguiente manera:
Se realizó solicitud de cotizaciones a través de correo electrónico en el mes xx xxxxx de 2019 a las siguientes organizaciones: UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA, C & M CONSULTORES, UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX, UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA, INTERVENTORIA SOCIAL, PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA, UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, UNIVERSIDAD EL BOSQUE, UNIVERSIDAD DE LA SABANA, UNIVERSIDAD DE SAN XXXXXXXXXXXX, FUNDACIÓN CARDIOINFANTIL, UNIVERSIDAD DE LA SALLE, COLEGIO MAYOR DE NUESTRA XXXXXX XXX XXXXXXX, UNIVERSIDAD LIBRE, CENTRO NACIONAL DE CONSULTORÍA, ECONOMETRÍA, SISTEMA ESPECIALIZADOS DE INFORMACIÓN – SEI CONSULTORES, UNIVERSIDAD XX XXXXXX, ATI INTERNACIONAL SAS, CI NUTREO SAS, FUNDACIÓN NUTRESA, FUNDACIÓN SANTA FE DE BOGOTÁ, FUNDACIÓN DIS, BDO AUDIT SA, y MGM INGENIERÍA Y PROYECTOS.
Durante el periodo determinado para cotizaciones a través de las dos estrategias las siguientes empresas presentaron cotizaciones:
• CONSULTORIA ESTRATÉGICA INTEGRAL S.A. – CEINTE
• CORPOREDUCACIÓN
• UNIVERSIDAD DE LA SALLE
Las cotizaciones de las anteriores empresas se presentaron según las especificaciones técnicas y condiciones de tiempo, modo y lugar que el Ministerio de Educación definió para tales efectos. Se revisó lo solicitado en la invitación desde el punto de vista técnico y se obtienen los siguientes resultados para cada ítem evaluado, así mismo, se considera el referente histórico del Programa para la respectiva comparación y el valor de la propuesta presentada por el Contratista actual de este Servicio.
Así las cosas, para el presente proceso se cuenta con información de costos así:
- Cotización CONSULTORIA ESTRATÉGICA INTEGRAL S.A. – CEINTE
- Cotización CORPOREDUCACIÓN
- Cotización UNIVERSIDAD DE LA SALLE
- Costos Contrato No CO1.PCCNTR.1069633 de 2019
- Valores históricos de los perfiles definidos y de los costos indirectos
En el análisis realizado se aplicaron las medidas de tendencia central a los datos con la finalidad de aplicar la mejor metodología para la obtención de los precios xx xxxxxxx, para tal fin se usó el promedio o media
aritmética como valor consecuente xxx xxxxxxx tomando las tres cotizaciones recibidas en el mes xx xxxxx de 2019, los valores históricos y el valor por cada concepto establecido en el contrato actual, así:
DESCRIPCION | Promedio todos los datos (Valor Mensual) | Desviación Estándar (Valor mensual) | % Desv estanda r/Prome dio |
Gerente General del Proyecto | 10.243.241 | 2.132.694 | 21% |
Coordinador Jurídico | 7.584.433 | 1.130.871 | 15% |
Profesional junior de apoyo jurídico | 4.548.968 | 898.714 | 20% |
Coordinador financiero | 7.214.771 | 696.780 | 10% |
Profesional junior en Finanzas | 5.328.105 | 1.200.338 | 23% |
Coordinador de supervisión | 7.234.771 | 686.851 | 9% |
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 5.448.968 | 2.178.878 | 40% |
Coordinador xx xxxx de ayuda | 7.234.771 | 686.851 | 9% |
Técnico de apoyo a tutores | 2.257.285 | 299.917 | 13% |
Técnico de apoyo a tutores | 2.257.285 | 299.917 | 13% |
Útiles y papelería | 1.071.972 | 533.077 | 50% |
Oficina (puestos de trabajo) | 22.926.048 | 14.465.638 | 63% |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 162.476 | 34.421 | 21% |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 163.226 | 33.706 | 21% |
Ayudas tecnológicas e internet | 1.065.430 | 823.180 | 77% |
En la revisión del promedio de los valores e identificando su desviación estándar y el porcentaje de este sobre el promedio se identifica que varios conceptos superan el 20%, lo que indica que se presenta una variación significativa para algunos de los perfiles asociados y sobre algunos de los costos indirectos.
Teniendo en cuenta lo anterior se hizo el análisis tomando solamente los valores históricos y el valor del contrato en ejecución actualmente, obteniendo los siguientes datos:
DESCRIPCION | PROMEDIO HISTÓRICO Y CONTRATO ACTUAL | Desviación Estándar | % Desv estandar/ |
Promedio | |||
Gerente General del Proyecto | 11.009.239 | 1.710.123 | 16% |
Coordinador Jurídico | 7.165.545 | 234.115 | 3% |
Profesional junior de apoyo jurídico | 4.693.696 | 273.928 | 6% |
Coordinador financiero | 7.115.545 | 304.826 | 4% |
Profesional junior en Finanzas | 5.754.621 | 501.509 | 9% |
Coordinador de supervisión | 7.165.545 | 234.115 | 3% |
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 6.943.696 | 2.908.053 | 42% |
Coordinador xx xxxx de ayuda | 7.165.545 | 234.115 | 3% |
Técnico de apoyo a tutores | 2.077.479 | 173.271 | 8% |
Técnico de apoyo a tutores | 2.077.479 | 173.271 | 8% |
Útiles y papelería | 786.008 | 161.209 | 21% |
Oficina (puestos de trabajo) | 7.500.000 | 15.864.139 | 85% |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 134.702 | 422 | 0% |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 136.577 | 3.074 | 2% |
Ayudas tecnológicas e internet | 805.462 | 275.118 | 34% |
Al revisar los porcentajes obtenidos en este nuevo cálculo se observa que la mayoría de los conceptos están por debajo del 20%, lo que indica que no hay una desviación significativa en las cifras tomadas, por lo que se define utilizar el promedio de estos valores como referencia para el costeo y definición del presupuesto oficial.
En el caso de los conceptos que están por encima del 20% se revisan cada uno a continuación
- Profesional junior de apoyo a la supervisión presenta un porcentaje de 42%, se toma el promedio, teniendo en cuenta la diferencia significativa entre el histórico y el contrato actual, donde el contrato actual presenta el mayor valor.
- Oficina (puestos de trabajo) presenta un porcentaje de 85%, se define dejar como valor de referencia el valor del contrato actual, toda vez que es significativamente menor al histórico, pero el contratista se encuentra ejecutando con este valor asociado a este concepto.
- Ayudas tecnológicas e internet un porcentaje de 34%, se toma el promedio, teniendo en cuenta la diferencia significativa entre el histórico y el contrato actual, donde el contrato actual presenta el mayor valor.
DESCRIPCION | DEDICACIÓN | PROMEDIO HISTÓRICO Y CONTRATO ACTUAL |
Gerente General del Proyecto | 100% | 11.009.239 |
Coordinador Jurídico | 100% | 7.165.545 |
Profesional junior de apoyo jurídico | 100% | 4.693.696 |
Coordinador financiero | 100% | 7.115.545 |
Profesional junior en Finanzas | 100% | 5.754.621 |
Coordinador de supervisión | 100% | 7.165.545 |
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 100% | 6.943.696 |
Coordinador xx xxxx de ayuda | 100% | 7.165.545 |
Técnico de apoyo a tutores | 100% | 2.077.479 |
Técnico de apoyo a tutores | 100% | 2.077.479 |
Útiles y papelería | 786.008 | |
Oficina (puestos de trabajo) | 7.500.000 | |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 134.702 | |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 136.577 | |
Ayudas tecnológicas e internet | 805.462 |
Con estos valores definidos se hizo la proyección del presupuesto para cada una de las vigencias y el cálculo del presupuesto oficial, para lo que se proyectó el incremento del IPC para los años 2020 y 2021 en 3.5% y 3.2% respectivamente, según las proyecciones de crecimiento macroeconómico para el IPC publicadas por el Banco de la República6.
Así mismo, se estableció la utilidad razonable del contratista, la cual cubrirá la totalidad del proceso establecido por el oferente para la adecuada ejecución de la necesidad que se pretende satisfacer relacionada con la operación de apoyo a la Gerencia, porcentaje que se aplicará sobre el valor del costo, es decir sobre los costos directos e indirectos, pero antes del Impuesto del Valor Agregado (IVA) en el estudio xx xxxxxxx se obtuvieron los siguientes resultados:
DESCRIPCIÓN | Promedio |
Administración y Utilidad | 15% |
6 De acuerdo con: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx
Así las cosas, la estructura de costos y los valores de referencia fijados se presentan a continuación Valores Unitarios para cada Vigencia:
DESCRIPCION | CANTI DAD | DEDICAC IÓN | PLAZO EN MESES 2019 | PLAZO EN MESES 2020 | PLAZO EN MESES 2021 | VALOR DE REFERENCIA 2019 | VALOR DE REFERENCIA 2020 | VALOR DE REFERENCIA 2021 |
Gerente General del Proyecto | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 11.009.239 | 11.394.562 | 11.759.188 |
Coordinador Jurídico | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 7.165.545 | 7.416.339 | 7.653.662 |
Profesional junior de apoyo jurídico | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 4.693.696 | 4.857.975 | 5.013.430 |
Coordinador financiero | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 7.115.545 | 7.364.589 | 7.600.256 |
Profesional junior en Finanzas | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 5.754.621 | 5.956.033 | 6.146.626 |
Coordinador de supervisión | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 7.165.545 | 7.416.339 | 7.653.662 |
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 2 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 6.943.696 | 7.186.725 | 7.416.700 |
Coordinador xx xxxx de ayuda | 1 | 100% | 0,5 | 12 | 12 | 7.165.545 | 7.416.339 | 7.653.662 |
Técnico de apoyo a tutores | 24 | 100% | - | 10 | 10 | 2.077.479 | 2.150.191 | 2.218.997 |
Técnico de apoyo a tutores | 13 | 100% | 0,5 | 2 | 2 | 2.077.479 | 2.150.191 | 2.218.997 |
SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL | ||||||||
COSTOS INDIRECTOS | ||||||||
Útiles y papelería | 1 | 0,5 | 12 | 12 | 786.008 | 813.518 | 839.551 | |
Oficina (puestos de trabajo) | 1 | 0,5 | 12 | 12 | 7.500.000 | 7.762.500 | 8.010.900 | |
Equipos de cómputo(Apoyo Auditores) | 33 | - | 10 | 10 | 134.702 | 139.417 | 143.878 | |
Equipos de cómputo(Apoyo Auditores) | 22 | 0,5 | 2 | 2 | 136.577 | 141.357 | 145.880 | |
Ayudas tecnológicas e internet | 1 | 0,5 | 12 | 12 | 805.462 | 833.653 | 860.330 |
Valor total 24.5 meses.
DESCRIPCION | CANTIDAD | DEDICACIÓN | total 24,5 meses |
Gerente General del Proyecto | 1 | 100% | 283.349.620 |
Coordinador Jurídico | 1 | 100% | 184.422.785 |
Profesional junior de apoyo jurídico | 1 | 100% | 120.803.708 |
Coordinador financiero | 1 | 100% | 183.135.913 |
Profesional junior en Finanzas | 1 | 100% | 148.109.219 |
Coordinador de supervisión | 1 | 100% | 184.422.785 |
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 2 | 100% | 357.425.896 |
Coordinador xx xxxx de ayuda | 1 | 100% | 184.422.785 |
Técnico de apoyo a tutores | 24 | 100% | 1.048.605.120 |
Técnico de apoyo a tutores | 13 | 100% | 127.102.502 |
SUBTOTAL COSTOS DE PERSONAL | 2.821.800.332 | ||
GASTOS INDIRECTOS | |||
Útiles y papelería | 1 | 20.229.832 | |
Oficina (puestos de trabajo) | 1 | 193.030.800 | |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 33 | 93.487.350 | |
Equipos de cómputo (Apoyo Auditores) | 22 | 14.140.775 | |
Ayudas tecnológicas e internet | 1 | 20.730.527 | |
SUBTOTAL COSTOS INDIRECTOS | 341.619.284 | ||
TOTAL COSTOS DE PERSONAL + INDIRECTOS | 3.163.419.616 | ||
Utilidad Razonable del contratista (15%) | 474.512.942 | ||
TOTAL COSTO CON UTILIDAD | 3.637.932.558 | ||
SUBTOTAL ANTES DE IVA | 3.637.932.558 | ||
IVA | 691.207.186 | ||
TOTAL PRESUPUESTO OFICIAL DEL PROCESO | 4.329.139.744 |
Con base en la información presentada y el análisis realizado se define el valor para el proceso de Licitación Pública para contratar “Prestación de servicios para apoyar la gestión de los componentes administrativos, financieros, jurídicos, contractuales, supervisión, técnico y operativo del Programa Todos a Aprender” por CUATRO MIL TRECIENTOS VENTINUEVE MILLONES CIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($4.329.139.744) incluido XXX, esta suma incluye todos los costos y gastos directos e indirectos, en que deba incurrir el contratista para la legalización y ejecución contractual.
H. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor o presupuesto oficial se encuentra amparado presupuestalmente, así:
DOC | FECHA | NÚMERO | VALOR | RUBRO | RECURSO | SITUACIÓN | VIGENCIA |
CDP | 30/08/19 | 175019 | 126.135.410 | C-2201-0700-13-0-2201006- 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 10 | CSF | 2019 |
Vigencia futura en tramite | 2020 Y 2021 |
I. FORMA DE PAGO
El valor del contrato se desembolsará de la siguiente manera:
VIGENCIA 2019
Pago mes vencido de conformidad con los servicios efectivamente prestados en el mes de diciembre, conforme a la propuesta económica.
VIGENCIA 2020
Pago mes vencido, por los servicios efectivamente prestados, de acuerdo con la propuesta económica.
VIGENCIA 2021
Pago mes vencido por los servicios efectivamente prestados, de acuerdo con la propuesta económica.
Lo anterior, previa aprobación del supervisor del contrato y recibo a satisfacción del informe mensual que dé cuenta de las actividades administrativas, financieras, jurídicas, técnico operativas y de apoyo a la supervisión surtidas en el respectivo mes y que contenga lo siguiente:
a) Actividades que evidencien el avance de cumplimiento de las obligaciones específicas del contrato.
b) Análisis de la ejecución presupuestal de recursos nación y recursos Banca multilateral, por cada una de las fuentes que contenga: i) cambios realizados al interior de un rubro asignado, ii) cambios realizados entre diferentes rubros como aumentos y adiciones a los mismos y iii) porcentajes de cumplimiento en ejecución (compromisos, obligaciones y CDP)
c) Modificaciones al plan de compras.
d) Deficiencias encontradas en la ejecución presupuestal mensual.
e) Estado de avance en la implementación del modelo de gestión, estado de agendas, e implementación de la ruta de formación y acompañamiento.
f) Propuesta de planes de acción recomendados.
g) Novedades a la base de datos de focalización y/o distribución de materiales.
h) Avance de la ejecución de cada uno de los contratos y convenios suscritos por el Programa.
i) Avance del proceso de liquidación de cada uno de los contratos y convenios.
j) Seguimiento al plan operativo y a los indicadores de resultado e impacto del Programa.
k) Actas de seguimiento semanal del contrato.
Para cada uno de los pagos se tendrá en cuenta que el Contratista haya cumplido con la debida disponibilidad de la totalidad del equipo y se realizarán descuentos proporcionales a que haya lugar en caso tal de haberse presentado la ausencia temporal de algún miembro del equipo de acuerdo con el valor diario ofertado.
Para efectos de cada uno de los pagos, el contratista deberá adjuntar factura y certificación de los pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud, pensiones, ARL y de aportes parafiscales a que haya lugar, o de la certificación respectiva expedida por el contador o Revisor Fiscal.
Los pagos serán previamente aprobados por el supervisor que designe el MEN para la vigilancia de este contrato y se realizarán de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del PAC.
J. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2021, plazo que se empezará a contar a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución, a saber: Expedición del Registro Presupuestal y Aprobación de las Garantías. El acta de inicio del presente proceso debe generarse en la vigencia 2019.
K. LUGAR DE EJECUCIÓN Lugar de Ejecución: Bogotá D.C.
Nota: El contratista debe tener una oficina en la ciudad de Bogotá D.C, que tenga las siguientes características y que se encuentre a máximo cinco (5) kilómetros de distancia del Ministerio de Educación Nacional: dos (2) salas de trabajo así: una (1) sala con capacidad para diez (10) personas y una (1) sala con capacidad para cinco (5) personas. Todas ubicadas en una misma sede, con disponibilidad exclusiva del 100% para el Programa Todos a Aprender y contar por lo menos con un (1) línea telefónica.
Lo cual debe acreditarse con certificado de tradición y libertad o contrato de arrendamiento o soporte idóneo de donde se pueda inferir la existencia del espacio físico destinado para la sede u oficina en Bogotá D.C. Esta acreditación se realizará tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso.
La Sede deberá permanecer en funcionamiento durante toda la ejecución del contrato, cuyos datos completos (dirección, teléfono, persona de contacto, entre otros) serán suministrados por el contratista al supervisor / interventor del contrato a los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso.
Domicilio Contractual: Bogotá D.C.
V. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo con lo previsto por los artículos 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, y teniendo en cuenta que el presente Proceso de Contratación supera el Umbral para convocatorias limitadas a Mipyme (2019) establecido por Colombia Compra, es decir, CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES AMERICANOS (US$125.000)7, la presente convocatoria NO SE LIMITA A MIPYMES.
7 Valor Umbral vigente hasta el 31/12/2019 $377.079.000.00. De conformidad con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
VI. REQUISITOS HABILITANTES
Se considerarán como requisitos habilitantes los señalados en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 correspondientes a la capacidad jurídica, capacidad financiera y condiciones de experiencia del proponente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3., del Decreto 1082 de 2015 y el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018
El Ministerio de Educación Nacional verificará con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes; además se verificará con los documentos que se solicitan para aquella información que no reposa en el RUP. Esta verificación se hará de acuerdo con los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente.
La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección, así:
N° | FACTORES DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN | |
1 | Capacidad Jurídica | CUMPLE / NO CUMPLE |
2 | Capacidad Financiera | CUMPLE / NO CUMPLE |
3 | Capacidad Técnica | CUMPLE / NO CUMPLE |
RESULTADO | CUMPLE / NO CUMPLE |
De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede hacer tal verificación en forma directa.
NOTA 1: El RUP y la información objeto de verificación contenida en el deberá estar vigente y en firme al momento de la presentación de la oferta para que ésta sea considerada en la verificación como habilitada o no habilitada. Los oferentes en virtud de lo establecido en la Ley 1882 de 2019 tendrán el término de traslado del informe de evaluación para acreditar la firmeza de su Registro Único de Proponentes.
NOTA 2: De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en el presente proceso de selección deben estar inscritas en el RUP y su registro e información estar vigente al cierre del proceso.
NOTA 3: El requisito señalado en la nota anterior debe ser cumplido por el proponente y en caso de tratarse de figuras asociativas (consorcios y uniones temporales), el requisito debe ser cumplido por cada uno de los integrantes que la conforman.
VERIFICACION DE LOS REQUISITOS HABILITANTES:
A. CAPACIDAD JURÍDICA
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
La duración de las personas jurídicas, asociaciones en consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por el plazo del contrato y tres (3) años.
El Ministerio de Educación Nacional revisará que los proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el
boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC y el RUP para verificar que no haya sanciones, multas o contravenciones inscritas.
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o INHABILITA las propuestas para su evaluación técnica y económica. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento.
Para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
a) Carta de Presentación de la Propuesta
DILIGENCIAR FORMATO NO. 01 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta debidamente firmada y escaneada, en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta, el cual debe corresponder al usuario del proponente; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar este trámite el pliego de condiciones dispondrá del FORMATO NO. 01 para tal fin. El contenido de dicho documento podrá ser variado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
Con la firma de la carta de presentación de la propuesta se presumirá la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones.
El proponente persona natural, jurídica o proponente plural deberá conocer y se responsabiliza por su capacitación en el manejo de la plataforma de SECOP II, y conocimiento de la presentación de la propuesta de conformidad con las capacitaciones que brinda Colombia Compra Eficiente y de las Guías expedidas por dicha entidad.
b) Garantía de Seriedad de la Oferta:
El Proponente debe presentar con la propuesta una Garantía de Seriedad de la Oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este literal.
La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta con la propuesta o cuando se anexe garantía de seriedad con objeto diferente o a nombre de otra entidad, será causal de RECHAZO8 de la propuesta.
Características de las Garantías
El proponente deberá constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, NIT 899.999.001-7, una garantía de seriedad bajo cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) Contrato de seguro contenido en una póliza, (ii) Patrimonio autónomo, (iii) Garantía Bancaria.
Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el mismo Decreto 1082 de 2015 y lo dispuesto en el Pliego y deben indicar:
I. Asegurado/ Beneficiario: La garantía de seriedad de la Propuesta deberá ser otorgada a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL.
II. Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6. del Decreto 1082 de 2015.
8 Articulo 5 Ley 1882 de 15 de enero de 2018.
III. Xxxxx Xxxxxxxxx y Vigencia: De acuerdo con el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015 el valor asegurado de la garantía de seriedad será el DIEZ POR CIENTO (10%) de la OFERTA. Vigencia de la Garantía será de noventa (90) días contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección pero en todo caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, la misma se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
IV. Tomador / Afianzado: Si el Proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo de sociedad que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la Propuesta sea presentada por Consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes de la estructura plural, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación, tipo de sociedad y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de esta, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015.
NOTA 1: El objeto de la garantía deberá corresponder al objeto del presente proceso de selección.
NOTA 2: Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de exigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio.
c) Certificado de Existencia y Representación Legal y/o Documento Legal Idóneo:
El proponente (Persona Xxxxxxxx) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; expedido dentro de los treinta (30) días calendario al cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además, deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato y tres
(3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cedula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio, según el caso.
En el evento que del contenido del certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la remisión a los estatutos de la sociedad para establecer las facultades de representación legal, el proponente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal se deberá anexar los Certificados tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deben acreditar su existencia y representación legal con el documento
idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio no anterior a tres (3) meses desde la fecha de presentación de la Oferta, en el cual conste su existencia, fecha de constitución, objeto, duración, nombre representante legal, o nombre de la persona que tenga la capacidad de comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directo que lo faculta. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
En el evento en que el interesado extranjero no cuente con un documento que contenga la totalidad de la información, deberá presentar los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la que conste: Que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; y que la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
El proponente extranjero deberá acreditar:
• Que el objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los estatutos). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de la autorización general otorgada para comprometer a la sociedad.
• La suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para presentar la propuesta y suscribir el Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior.
• Que su duración es por lo menos igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o dos (2) certificados del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior).
Cuando el proponente fuere una persona jurídica sin ánimo de lucro domiciliada en Bogotá, D.C., el Ministerio verificará en la plataforma de Sistemas de Información Personas Jurídicas. secretaría jurídica de Bogotá, si la PJ se encuentra activa, en caso de que no esté allí registrada deberá aportar el Certificado de inspección, vigilancia y control, con vigencia no mayor a 30 días calendario, expedido por la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas, sin ánimo de lucro - Superpersonas Jurídicas y/o la Entidad que ejerza el control y vigilancia, en el cual conste que la sociedad puede ejercer su objeto social, cumple con los requisitos exigidos y no tiene sanciones o límites a su ejercicio social. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.
d) Autorización para Contratar:
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el Proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
e) Fotocopia del documento de identificación:
Presentar Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado del proponente. En caso de proponente plural se debe presentar copia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado de cada uno de sus integrantes y del representante legal de la persona plural.
Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
f) Poder cuando la propuesta se presente por intermedio de un apoderado:
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
g) Apoderado para oferentes extranjeros:
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
h) Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del oferente DILIGENCIAR FORMATO No. 03. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL o FORMATO No. 03. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN CONSORCIO, según corresponda.
Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
Para la conformación de la Unión Temporal o Consorcio podrán utilizar el FORMATO NO. 03 del presente Pliego de Condiciones. Si no lo usan en todo caso el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
• Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
• En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de la participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO.
• En caso de consorcio deberán señalar el porcentaje de la participación de cada integrante en la propuesta para efectos de los factores de habilitación, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO
• Designar la persona que para todos los efectos representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
• Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
Nota 1: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
Nota 2: Es necesario que los interesados verifiquen la guía de presentación de la propuesta en el SECOP II por proponentes plurales y conocer sus consecuencias por no seguir sus instrucciones. En tal caso, la oferta deberá ser presentada a título de la persona plural y no de alguno de sus integrantes, so pena de rechazo de esta.
En caso de uniones temporales y consorcio se debe tener en cuenta que al momento de presentar la propuesta y de suscripción del contrato deberán estar registrados como proveedores en el SECOP II.
i) Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales y de seguridad social DILIGENCIAR FORMATO No. 04 CERTIFICACIÓN DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. FORMATO NO. 04
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros. FORMATO No. 04 para cada integrante.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Nota 1: El proponente podrá presentar a cambio del Formato no. 04 una certificación que contenga la información señalada en el mismo.
Nota 2: Junto con el FORMATO No. 04 / certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador y certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (no mayor a 3 meses).
j) Registro Único de Proponentes – RUP:
De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, para el presente proceso de contratación el Proponente singular o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal (si el Proponente es plural) debe acreditar que está inscrito en el RUP de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal, incluso cuando presenten su oferta antes de que la inscripción está en firme. Sin embargo, mientras la inscripción no esté en firme, el Ministerio de Educación Nacional no considerará que el oferente está habilitado y no evaluará su oferta.
El Proponente deberá presentar el registro único de proponentes con fecha de expedición no mayor de 30 días calendarios al cierre del presente proceso de selección.
Renovación y firmeza del RUP:
El RUP debe renovarse a más tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año, de lo contrario cesan sus efectos.
Al cierre del presente proceso de contratación, es decir, hasta el plazo para presentar ofertas, el RUP debe encontrarse vigente, esto es, que el proponente haya presentado la información para renovar el registro en el término anteriormente establecido. Para verificar que los efectos del RUP no han cesado, es necesario que el certificado contenga la anotación de que el inscrito ya radicó los documentos para la renovación o el soporte idóneo que así lo demuestre.
La información contenida en el RUP, previa a la suministrada para renovar el registro, continúa en firme hasta que finalice el trámite de renovación correspondiente. Así, en el periodo comprendido entre el momento de la solicitud de renovación y el momento en que adquiera firmeza la información renovada, es válido el RUP del año anterior, cuyos efectos no han cesado y se encuentre vigente y en firme.
El proponente puede acreditar la firmeza del RUP dentro del término de traslado del informe de evaluación.
Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal cada uno de sus integrantes deberá anexar el documento aquí descrito.
Dicho registro debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación de este.
En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto — Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica privadas extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
En consecuencia, el Ministerio de Educación Nacional verificará directamente la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones, para lo cual el proponente deberá diligenciar el FORMATO NO. 02 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTE EXTRANJERO, bajo la
gravedad de juramento. Para tal evento será necesario que el proponente adjunte además del formato diligenciado la copia del contrato que referenció en dicho formato, el cual debe contener la clasificación UNSPSC exigida en el pliego de condiciones.
No obstante, lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias personas(s) natural (es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
Cada uno de los miembros del proponente plural deberá cumplir con lo establecido en el presente numeral.
k) Registro Único Tributario – RUT:
Con el fin de conocer el régimen tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, copia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se deben inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica
extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, esta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
l) Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades:
El Ministerio de Educación Nacional consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales, así como los antecedentes penales y de multas por contravenciones (Consultar en: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx), en la página web de la Policía Nacional.
m) Compromiso Anticorrupción:
Los oferentes singulares o plurales deberán suscribir su Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II en donde manifiesten su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción así:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Si se comprueba el incumplimiento, frente a este compromiso, por parte del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
No se requiere presentar formato alguno solo leer el documento anticorrupción y expresar la manifestación en el cuestionario de la plataforma SECOP II.
NOTAS A LOS DOCUMENTOS JURÍDICOS
NOTA 1: En caso de unión temporal o consorcio, cada integrante deberá presentar las anteriores certificaciones o documentos, con excepción de los señalados en los literales a, b y m.
NOTA 2: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
B. CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
a) Certificado de clasificación de la cámara de comercio (registro único de proponentes - RUP)
De acuerdo con el artículo 16 del Decreto 1082 de 2015, para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
El Certificado de clasificación de la cámara de comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha fijada para el cierre del presente proceso.
La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores financieros requeridos por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros del año inmediatamente anterior
en el Registro Único de Proponentes, es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.1.1.1.5.1 Inscripción, renovación actualización y cancelación del RUP del Decreto 1082 de 2015, el cual reza lo siguiente:
En todo caso, la información deberá encontrarse en firme. La firmeza se podrá adquirir y ser válida para el presente proceso hasta antes de las 17:00:00 horas del día hábil anterior establecido en el cronograma de actividades para la Adjudicación del Proceso de Selección.
NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA 2: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de apertura reportados en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP.
b) Documentos financieros proponente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia.
Los oferentes extranjeros deberán presentar sus estados financieros, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
• Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar sus estados financieros del último período fiscal aplicado en su país, firmados por el representante legal o Apoderado del oferente en Colombia y contador público colombiano, acompañados de traducción simple al castellano, expresados a la moneda colombiana.
Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y el MEN para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx de la fecha de cierre de año fiscal del país de origen. Para el efecto, el proponente y el MEN tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
Si los estados financieros están expresados en moneda diferente a dólares de EEUU., deberá convertirse a esta moneda teniendo en cuenta la regla anterior, y luego hacer lo propia a la moneda colombiana.
• La clasificación de cuentas, así como la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deben ser avaladas en documento independiente debidamente suscrito por un contador público colombiano y el representante legal o apoderado del oferente en Colombia. Los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero –IFRS, y deberán encontrarse debidamente certificados y dictaminados. También podrán, a opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP.
• El contador público colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los estados financieros a la moneda funcional colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (3 meses).
• En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el representante legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento y certificar a través del competente oficial del Estado o de una auditoría externa del país del proponente que el (los) requerimiento (s) efectuado (s) no es (son) aplicable (s).
c) Indicadores financieros y operacionales proponente nacional y extranjero
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para la verificación de los requisitos habilitantes los cuales se denominarán como CUMPLE- NO CUMPLE; los Índices financieros y de capacidad organizacional que se verificarán en el presente proceso de selección son:
NOTA: Tales indicadores se requirieron con base al respectivo análisis del sector, el cual se tomó como referente para la determinación de los siguientes requerimientos, y así garantizar pluralidad de oferentes.
INDICADORES FINANCIEROS
La entidad evaluará como CUMPLE a la propuesta del oferente que cumpla como mínimo los siguientes indicadores financieros, la propuesta que no logre los mínimos será evaluada como NO CUMPLE:
Los indicadores financieros que se verificarán en el presente proceso de selección son:
INDICADOR | CRITERIO |
INDICE DE LIQUIDEZ | MAYOR O IGUAL A 1,3 VECES |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | MENOR O IGUAL AL 62%. |
RAZON DE COBERTURA DE INTERES | MAYOR O IGUAL A 1 VECES |
CAPACIDAD ORGANIZACIÓNAL | |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | MAYOR O IGUAL A 2% |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO | MAYOR O IGUAL A 2% |
CAPITAL DE TRABAJO | MAYOR O IGUAL AL 10% del Presupuesto oficial estimado |
PATRIMONIO | MAYOR O IGUAL AL 25% del Presupuesto oficial estimado |
IL = INDICE DE LIQUIDEZ:
Se calculará con la siguiente fórmula:
𝑨𝑪
𝑰𝑳 =
𝑷𝑪
Donde:
IL = Índice Liquidez AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
El índice de liquidez presentado debe corresponder a:
Índice de liquidez | MAYOR O IGUAL A 1,3 VECES |
Consorcios y uniones temporales
El índice de liquidez se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación y éste corresponder a:
Índice de liquidez | MAYOR O IGUAL A 1,3 VECES |
ENDEUDAMIENTO:
Se calculará con la siguiente fórmula:
𝑷𝑻
𝑵𝑰𝑽𝑬𝑳 𝑬𝑵𝑫𝑬𝑼𝑫𝑨𝑴𝑰𝑬𝑵𝑻𝑶 =
𝑨𝑻
Donde:
PT = Pasivo total AT = Activo total
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
El nivel de endeudamiento debe corresponder a:
Nivel de endeudamiento | MENOR O IGUAL AL 62%. |
Consorcios y uniones temporales
El nivel de endeudamiento se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación, el cual deberá corresponder a:
Nivel de endeudamiento | MENOR O IGUAL AL 62%. |
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES:
Se calculará con la siguiente fórmula:
𝑼𝑶
𝑪𝑶𝑩𝑬𝑹𝑻𝑼𝑹𝑨 𝑰𝑵𝑻𝑬𝑹𝑬𝑺𝑬𝑺 =
𝑮𝑰
Donde:
UO = Utilidad Operacional GI = Gastos de Intereses
Proponente singular personas naturales y jurídicas
La razón de cobertura de intereses debe corresponder a:
Razón de cobertura de interés | MAYOR O IGUAL A 1 VECES |
Consorcios y uniones temporales
La razón de cobertura de intereses para el caso de proponentes plurales se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación y el resultado deberá corresponder a:
Razón de cobertura de interés | MAYOR O IGUAL A 1 VECES |
NOTA ACLARATORIA: Los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el oferente CUMPLE el indicador, salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura de intereses.
CAPITAL DE TRABAJO:
Se calculará con la fórmula:
CT= Activo Corriente-Pasivo Corriente
Y este deberá ser MAYOR O IGUAL AL 10% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL
NOTA: Para el caso de los oferentes plurales, se sumarán las variables de activo y pasivo corriente de cada uno de los integrantes y de allí se calculará la relación.
PATRIMONIO:
Se calculará con la formula P= Activo total – Pasivo total
Y este deberá ser MAYOR O IGUAL AL 25% DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL
NOTA: Para el caso de los oferentes plurales, se sumarán las variables de activo y pasivo total de cada uno y de allí se calculará la relación.
INDICADORES DE CAPACIDAD TECNICA U ORGANIZACIONAL
La entidad evaluará como CUMPLE al oferente que cumpla como mínimo los siguientes indicadores de capacidad técnica u organizacional, la propuesta que no logre los mínimos será evaluada como NO CUMPLE:
La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. El Decreto 1082 de 2015 definió los indicadores de rentabilidad para medir la capacidad organizacional de un proponente teniendo en cuenta que está bien organizado cuando es rentable.
CAPACIDAD ORGANIZACIÓNAL | |
Rentabilidad del patrimonio | MAYOR O IGUAL A 2% |
Rentabilidad del activo | MAYOR O IGUAL A 2% |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
Para calcular la rentabilidad del patrimonio se utilizará la siguiente fórmula
Donde:
RP= Rentabilidad del Patrimonio UO= Utilidad Operacional
P= Patrimonio
𝑹𝑷 =
𝑼𝑶
𝑷 𝑿 𝟏𝟎𝟎
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
La rentabilidad del patrimonio debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del patrimonio | MAYOR O IGUAL A 2% |
Consorcios y uniones temporales
La rentabilidad del patrimonio se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación, y su resultado debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del patrimonio | MAYOR O IGUAL A 2% |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO
Para calcular la rentabilidad del activo se utilizará la siguiente fórmula
Donde:
RA= Rentabilidad del Activo UO= Utilidad Operacional A= Activo total
𝑹𝑨 =
𝑼𝑶
𝑨
𝑿 𝟏𝟎𝟎
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
La rentabilidad del patrimonio debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del Activo | MAYOR O IGUAL A 2% |
Consorcios y uniones temporales
La rentabilidad del activo se calculará con base en la suma aritmética de las partidas de cada uno de los miembros del proponente plural de acuerdo con su participación, y su resultado debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del Activo | MAYOR O IGUAL A 2% |
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
C. CAPACIDAD TÉCNICA MINIMA:
La capacidad técnica será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de selección, es decir permitirá determinar si la propuesta cumple o no cumple con las condiciones para participar, lo cual permitirá habilitar o rechazar la propuesta y en caso de habilitarse proceder a la verificación de los demás requisitos habilitantes y la aplicación de criterios o factores de ponderación. La capacidad técnica no otorgará puntaje. Se estudiarán y analizarán los siguientes requisitos técnicos, verificando su estricto cumplimiento:
a) REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
Los interesados en participar en este proceso, deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes de acuerdo con lo dispuesto en la ley 1150 de 2007.
Los proponentes deben allegar el certificado de inscripción, en el RUP vigente, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días calendario, anteriores al cierre del proceso de selección.
El proponente nacional, o los integrantes de un consorcio o unión temporal, deben estar inscritos en el Registro Único de Proponentes en una de las clasificaciones relacionadas en este acápite.
A las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia no se les exigirá el registro único de proponentes — RUP. No obstante lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias persona(s) natural(es) o jurídica(s)
nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
El objeto del presente Proceso de Contratación está codificado en el Clasificador de estándar de Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) como se indica en la Tabla 1 (siguiente). Por lo anterior, los proponentes podrán estar inscritos y demostrar su clasificación en el tercer nivel, en alguno de los siguientes códigos:
TABLA - CODIFICACIÓN DEL SERVICIO EN EL SISTEMA UNSPSC CLASIFICACIÓN UNSPSC DESCRIPCIÓN
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
93000000 | 93150000 | 93151500 | 93151501 |
Servicios | Servicios de | Administr | Servicios Financieros |
Políticos y de | Administració | ación | o de Gestión Administrativa de |
Asuntos Cívicos | n y | pública | Empresas Públicas |
Financiación | 93151507 | ||
Pública | Procedimientos o Servicios | ||
Administrativos | |||
80000000 | 80100000 | 80101600 | 80101604 |
Servicios de | Servicios de | Gerencia | Planificación o |
Gestión, Servicios | Asesoría de | de | administración |
Profesionales de | Gestión | Proyectos | de proyectos |
Empresa y | |||
Servicios | 80110000 | 80111600 | 80111601 |
Administrativos | Servicios de | Servicios | Asistencia de oficina o |
recursos | de | administrativa local | |
humanos | personal | ||
temporal | |||
80160000 | 80161500 | 80161504 | |
Gerencia de | servicios | Servicios de | |
proyectos | de apoyo | Oficina | |
gerencial |
Los contratos o certificaciones de contratos que el proponente presente para acreditar su experiencia deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes y su experiencia deberá estar en alguna de las codificaciones y clasificaciones de bienes y servicios de las Naciones Unidas relacionadas anteriormente, hasta su tercer nivel.
En el evento que la propuesta se presente por una estructura plural, cada uno de los integrantes deberá cumplir con la clasificación exigida por el MEN para el proceso de selección, según la norma que lo cobije.
b) EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE
DILIGENCIAR FORMATO No. 05 - RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Para efectos de la acreditación de la experiencia, el proponente singular persona natural o jurídica y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberán acreditar la experiencia requerida en el Registro Único de Proponentes.
⮚ Experiencia Mínima proponente singular persona natural o jurídica:
El proponente debe acreditar en máximo cinco (5) contratos celebrados y ejecutados en los últimos diez (10) años hasta la fecha de cierre del presente proceso de selección, cuyo objeto, alcance y/u obligaciones principales estén relacionadas con por lo menos dos (2) de las siguientes condiciones:
La prestación de servicios de apoyo a la gestión o de gestión administrativa, financiera, jurídica, contable y/o técnica a una entidad del sector público, para garantizar el debido funcionamiento, despliegue y/o ejecución de un proyecto, programa o política pública.
El proponente que acredite esta actividad debe demostrar el desarrollo y/o apoyo de mínimo dos (2) actividades, así:
• Administrativas y financieras y/o
• Administrativas y jurídicas y/o
• Jurídicas y financieras y/o
• Financiera y técnica
a) Prestación de servicios de apoyo a la supervisión y/o interventoría técnica, jurídica, financiera y administrativas sobre contratos y/o convenios suscritos en el marco de un proyecto, programa o política pública de una entidad del sector público.
⮚ Los contratos deben cumplir con las siguientes condiciones:
• La sumatoria de los valores de los contratos debe ser igual o superior a 5.228 SMLMV
NOTA: se excluyen para acreditar experiencia:
• Los contratos de infraestructura ejecutados en el marco de un programa, proyecto o política pública con entidades del sector público.
• Los contratos de instalación y/o mantenimiento de redes de comunicación o equipos tecnológicos el marco de un programa, proyecto o política pública con entidades del sector público.
• Los contratos de prestación de servicios de interventoría de obras ejecutados en el marco de un programa, proyecto o política pública con entidades del sector público
• Los contratos prestación de servicios de Interventoría o apoyo a la supervisión a una operación de entrega, distribución, compra o suministro de cualquier tipo de materiales ejecutados en el marco de un programa, proyecto o política pública con entidades del sector público
• Los contratos y/o convenios exclusivos de dotación, compra o suministro de cualquier tipo de materiales ejecutados en el marco de un programa, proyecto o política pública con entidades del sector público, incluidos los contratos de logística.
• Los contratos para ejecutar, implementar o desarrollar la gerencia de un proyecto, programa o política pública de infraestructura con una entidad del sector público.
⮚ Experiencia Mínima Proponente Plural (Consorcio O Unión Temporal)
En caso que la propuesta sea presentada bajo una estructura plural, es decir unión temporal, consorcio, adicional al cumplimiento de los requisitos señalados para persona singular, entre todos los consorciados deben acreditar el 100% del valor de la experiencia exigible. Sin embargo, cada uno de los integrantes debe acreditar por lo menos un contrato de la experiencia requerida.
⮚ Notas comunes a la experiencia:
1. La experiencia aportada como habilitante no será tenida en cuenta como ponderable
2. TODOS y cada uno de los contratos presentados para acreditar la experiencia de los proponentes deben estar registrados en el RUP conforme al Decreto 1082 de 2015.
3. La experiencia objeto de verificación deberá estar clasificada en el RUP en alguno de los códigos establecidos en el pliego de condiciones.
4. Para la verificación de este requisito, el proponente deberá indicar por cada contrato presentado para acreditar la experiencia el número del consecutivo con el que el contrato se encuentra registrado en el Registro Único de Proponentes (RUP), según el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente, con las siguientes consideraciones:
a) Solo se verificará la cantidad máxima requerida de contratos y en el orden de inscripción realizada por el oferente en el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente.
b) En caso de presentarse más de cinco contratos con el fin de acreditar la experiencia, solo se tendrán en cuenta los primeros cinco de acuerdo con el orden en que fueron incorporados en el FORMATO NO. 05 correspondiente. Si alguno de los contratos relacionados no cumple con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones, se continuará la revisión del contrato siguiente en el listado y así sucesivamente, si el proponente relaciono más contratos.
c) En caso de que los SMMLV no coincida entre la información consignada en el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente y el RUP, se tomará el valor registrado en el RUP.
d) En caso de que el consecutivo del RUP registrado en el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente no coincida con el RUP se solicitará aclaración al proponente sobre el número correcto de consecutivo.
e) En caso de consorcio o unión temporal, se deberá diligenciar el formato con la relación de los contratos que acrediten la experiencia de la totalidad de los integrantes del consorcio o unión temporal, y se le aplicará lo establecido en las notas comunes a la experiencia. Se aceptará solo un formato por cada proponente.
5. Teniendo en cuenta que en el RUP no se indica la totalidad de la información requerida para acreditar los requisitos de la experiencia, el proponente deberá allegar la documentación soporte a efectos de acreditar los datos que no están reportados en dicho registro.
6. Como soporte de la información registrada en el RUP por el proponente, y teniendo en cuenta que se requiere verificar información adicional se deberán anexar las certificaciones respectivas, que deberán contener como mínimo, la siguiente información:
• Nombre de la entidad contratante.
• Nombre del contratista.
• Si se trata de un consorcio o de una unión temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman. Adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
• Número del contrato.
• Objeto del contrato.
• Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
• Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
• Cargo y firma de quien expide la certificación.
• Indicación de las actividades realizadas por el oferente o por cada uno de los miembros de la unión temporal o el consorcio que se presente como oferente.
7. El MEN se reserva el derecho de verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los proponentes sobre su experiencia. y solicitar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la información y soportes que considere convenientes tales como certificaciones, copias de los contratos, actas de liquidación y demás documentos necesarios para verificar la información presentada.
8. En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado en Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en el Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia, y se acreditará la experiencia conforme a las actividades que haya desarrollado el proponente dentro del consorcio o la unión temporal. En este caso, se validará con la información proveniente del RUP.
9. Cada contrato acreditado se analizará por separado; en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, sólo se tendrá en cuenta el valor en SMMLV registrado en el RUP. Incluir el número o código de inscripción del contrato en el RUP.
10. No se aceptarán auto certificaciones. Las certificaciones sobre la experiencia del proponente deben ser suscritas por el representante legal o la persona autorizada para el efecto, de la empresa o entidad contratante, ya que deben ser expedidas por el tercero a quien se le presto el servicio o consultoría.
11. No serán válidas las certificaciones expedidas por grupos empresariales o empresas en situación de control, expedidas desde casa matriz o empresa controlante a sucursal, filial, subsidiaria, asociada o controlada. Para aportar a la oferta certificaciones de contratos ejecutados entre empresas de un mismo grupo o en situación de control, la certificación deberá estar firmada por el representante legal del cliente final o persona facultada, para ser calificada como válida.
12. Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el Ministerio, en aplicación del Decreto Ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso
en el cual será verificada internamente por el Comité Evaluador. Sin embargo, deberán señalarse en la propuesta y encontrase registrados en el RUP.
13. No serán objeto de verificación los contratos ejecutados en la modalidad de subcontratación.
14. Respecto a la experiencia acreditada en el RUP: El proponente nacional, o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, o los integrantes de una estructura plural, respecto a la experiencia que acredite debe estar inscrita en el Registro Único de Proponentes como mínimo en una de las clasificaciones relacionadas en este acápite para ser considerada en la verificación de requisitos habilitantes.
15. Teniendo en cuenta que según lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto — Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica privadas extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
En consecuencia, el Ministerio de Educación Nacional verificará directamente la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones, para lo cual el proponente deberá diligenciar el FORMATO NO. 02 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTE
EXTRANJERO, bajo la gravedad de juramento. Para tal evento será necesario que el proponente adjunte además del formato diligenciado la copia del contrato que referenció en dicho formato, el cual debe contener la clasificación UNSPSC exigida en el pliego de condiciones.
En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en un país distinto a Colombia, para efectos de demostrarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en un idioma diferente al castellano, deberá adjuntar al documento en idioma extranjero la traducción oficial del documento, como lo establece la normatividad vigente en la materia.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el Artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución N° 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanadas ambas por el Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
16. EL NO CUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE LOS ANTERIORES REQUISITOS DARÁ LUGAR A QUE EL PROPONENTE SEA EVALUADO COMO NO HABILITADO.
c) PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO
DILIGENCIAR FORMATO No. 06 CARTA DE COMPROMISO PERSONAL MINIMO REQUERIDO y FORMATO No. 07 CUADRO RELACIÓN DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL HABILITANTE Y PONDERABLE
En la propuesta se debe incluir CARTA COMPROMISO DEL PERSONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO en la cual oferte todo el personal requerido para la ejecución del contrato. Esta carta deberá estar suscrita por el representante legal del proponente y por la persona que postulen para el cargo.
El equipo que se lista a continuación es el mínimo requerido para la ejecución del contrato, según la vigencia, el cual deberá tener una disponibilidad del cien por ciento (100%) y de acuerdo con las necesidades del Programa.
CARGO | NUMERO DE PROFESIO NALES | PERFIL PROFESIONAL HABILITANTE | EXPERIENCIA HABILITANTE |
Coordinador General del Proyecto | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Ciencias administrativas, económicas y/o financieras o ciencias sociales o humanas o ingenierías o afines, de acuerdo con SNIES. Título de postgrado en la modalidad de Maestría en Gerencia, y/o Dirección o Evaluación de Proyectos y/o Administración de Empresas y/o administración pública y/o Economía y/o Negocios y/o finanzas o afines, de acuerdo con SNIES. | Xxxxxx xxxx (8) años de experiencia profesional. Experiencia relacionada: Deberá acreditar mínimo de cinco (5) años en cargos: - Director y/o Líder y/o Gerente de interventoría/ - Gerente de proyectos en proceso administrativos relacionados con alguna de las siguientes gestiones: administrativa, financiera, jurídica, contable y/o técnica. |
Coordinador Jurídico | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Derecho Título de postgrado en la modalidad de especialización en derecho administrativo o público. | Xxxxxx xxxx (8) años de experiencia profesional. Experiencia relacionada: deberá acreditar mínimo cinco (5) años en cargos directivos como Director o Gerente o Coordinador o Jefe de Oficina Jurídica o de Asuntos Legales o de Contratación o asesor jurídico en el nivel directivo o como consultor jurídico donde sus actividades, se relacionen con: administrativo y/o contratación estatal y apoyo a la supervisión y ejecución de contratos. |
Profesional junior de apoyo jurídico | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Derecho. | Experiencia Profesional: Mínimo dos (2) años de experiencia profesional en entidades públicas atendiendo labores relacionadas en contratación estatal. |
Coordinador financiero | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Ciencias administrativas, económicas y/o financieras o en los siguientes títulos profesionales universitarios: ingeniería industrial o ingeniería de producción o ingeniería administrativa Título de postgrado en la modalidad de especialización en administración pública y/o Economía y/o Negocios y/o finanzas o afines, de acuerdo con SNIES. | Xxxxxx xxxx (8) años de experiencia profesional. Experiencia relacionada: Deberá acreditar mínimo de dos (2) años en el manejo y seguimiento de sistemas integrados de información financiera, dirección de proyectos y/o la gestión administrativa de proyectos y/o la gestión financiera de proyectos. |
Profesional junior de apoyo financiero | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Administración de empresas o economista o Administrador Público o Administrador financiero o afín de acuerdo con SNIES. | Mínimo dos (2) años de experiencia laboral en actividades que hayan comprendido: Revisión de documentos financieros y presupuestales, y/o diligenciamiento de formularios relacionados, y/o verificación de información y/o apoyo administrativo, financiero. |
Coordinador de supervisión | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Ciencias administrativas, económicas y/o financieras o ingenierías de acuerdo con SNIES. | Mínimo cinco (5) años de experiencia profesional. Por lo menos tres (3) años en actividades relacionadas con supervisión y/o interventoría de contratos o convenios. |
Título de posgrado en la modalidad de especialización en gerencia o gestión de proyectos o finanzas, economía de acuerdo con SNIES. | |||
Profesional junior de apoyo a la supervisión | 2 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en las áreas del conocimiento de Derecho o Administración pública de acuerdo con SNIES. | Mínima dos (2) años en el sector en actividades de interventoría y/o apoyo a la supervisión y/o apoyo administrativo y/o apoyo financiero. |
Coordinador xx Xxxx de Ayuda | 1 | Título de pregrado en la modalidad profesional universitario en el núcleo básico del conocimiento de administración, economía o contaduría, o en el núcleo básico del conocimiento de ingeniería administrativa y afines o ingeniería industrial y afines o ingeniería de sistemas, telemáticas y afines. Título de posgrado en la modalidad de especialización en núcleo básico de conocimiento de administración. | Mínimo cinco (5) años de experiencia profesional. Por lo menos tres (3) años en actividades relacionadas con soporte técnico virtual y/o presencial a usuarios en sistemas de información, servicio al cliente, mesas de ayuda y/o supervisor de contact center. |
Técnico de apoyo a tutores | 24 con dedicación del 100% durante el término de ejecución del contrato, a en los meses de diciembre y enero solo se requerirán– 13 con dedicación completa de 100% | Título de formación tecnológica o técnica profesional en las áreas del conocimiento de contabilidad o sistemas o administración o economía o finanzas o ingeniería industrial de acuerdo con SNIES. | Experiencia Mínima requerida de un (1) año en actividades que hayan comprendido: análisis de costos y/o gestión contable y/o gestión administrativa y/o gestión financiera y/o gestión presupuestal y/o gestión documental y/o contact center. |
Personal habilitante que se debe ofrecer y presentar con la propuesta:
Para efectos de verificación y evaluación, el proponente deberá adjuntar a la propuesta las hojas de vida, con los soportes respectivos, únicamente para el personal listado a continuación:
a) Coordinador General del Proyecto
b) Coordinador Jurídico
c) Coordinador Financiero
d) Coordinador xx Xxxx de Ayuda
e) Coordinador de Supervisión
Personal habilitante que se debe ofrecer, sin embargo, la hoja de vida se presenta antes de la firma del acta de inicio
Para el siguiente personal no se requiere de la presentación de la hoja de vida y sus soportes con la presentación de la propuesta. Estas hojas de vida deben ser presentadas dentro de los 3 días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso como requisito previo a la firma del acta de inicio, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad, sin perjuicio de las demás acciones a que haya lugar.
a) Profesional junior jurídico
b) Profesional junior financiero
c) Profesional junior de supervisión
d) Técnicos mesa de ayuda
En su lugar se deberá y como requisito habilitante presentar con su propuesta carta de compromiso, donde manifieste que contará con el equipo mínimo, con el perfil y dedicación solicitado.
Notas comunes para el equipo mínimo requerido:
i. Conforme al Decreto Ley 019 de 2012, art. 229, la experiencia del personal solicitado se contará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, para lo cual, deberá anexar el documento que así lo acredite. No obstante, se verificará la matricula o tarjeta profesional cuando aplique y la constancia de vigencia de esta a la fecha de presentación de la propuesta, (Para los profesionales que les aplique a esta normatividad). Excepto para los profesionales de las ciencias de la salud y para las profesiones cobijadas por el COPNIA (ingenierías y afines) la experiencia se contará a partir de la expedición de la Tarjeta o matrícula profesional.
ii. TARJETAS PROFESIONALES, Respecto de los programas académicos que requieran para su ejercicio la acreditación de la matrícula o la tarjeta profesional, deberá aportarse el correspondiente soporte dentro de la documentación académica de cada uno de los profesionales indicados en la propuesta.
iii. Cuando se hayan desarrollado actividades de manera simultánea en varios proyectos o contratos, se contabilizará la experiencia por una sola vez, sin traslapos.
iv. La formación académica y estudios de posgrado deberán acreditarse con la copia del título correspondiente.
v. En cuanto a la formación en postgrado requerida para algunos de los roles de la tabla de requisitos mínimos del personal, se aclara que la modalidad mínima requerida será la Especialización, sin embargo, la acreditación de postgrado en la modalidad de maestría o doctorado, también será válida siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos de formación definidos para cada rol.
vi. El título de postgrado en la modalidad de especialización se puede homologar por dos años de experiencia de la mínima exigida, la modalidad de maestría por tres años de experiencia de la mínima exigida y el doctorado por cuatro años de la mínima exigida.
vii. Los títulos provenientes del exterior deberán presentarse debidamente convalidados según la normatividad vigente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/0000/x0-xxxxxxx-000000.xxxx).
viii. El personal que se proponga debe tener la dedicación del 100% para la ejecución del contrato so pena de incumplimiento.
ix. Para efectos de la verificación de la experiencia de los profesionales, el Ministerio tomará del tiempo total certificado, el mínimo habilitante requerido, y la que exceda será la válida para efectos de la ponderación, siempre y cuando cumpla con lo requerido en los requisitos de puntuación.
x. Diligenciar el Formato establecido en el proceso para relacionar la experiencia de los profesionales, el mismo contiene una tabla para la experiencia habilitante y otra para la experiencia adicional. La experiencia habilitante y adicional no podrá ser la misma.
xi. La experiencia deberá acreditarse aportando certificaciones, copias de contratos o cualquier otro documento idóneo que permita corroborar la información. Las certificaciones de experiencia de cada uno de los profesionales presentados para el cumplimiento de este requisito habilitante deberán contener como mínimo la siguiente información:
- Nombre de la empresa
- Dirección de la empresa
- Teléfono de la empresa
- Nombre del profesional
- Número de identificación (Cédula, Tarjeta Profesional y ambos cuando la ley así lo exija)
- Cargo desempeñado
- Tiempo de vinculación (inicio y terminación).
- Firma de la persona competente
xii. AUTOCERTIFICACIONES. No se aceptan auto certificaciones. En el caso que la experiencia de un profesional sea certificada por los proponentes que los postulen, deben anexar copia de los respectivos contratos por los cuales fueron vinculados con el proponente, y documento expedido por la firma contratante del contrato base, es decir para quien el proponente ejecutó el contrato, en donde se pueda establecer que el profesional propuesto para el presente proceso, sí desempeño el rol que se está acreditando y el periodo laborado, indicando día, mes y año. El proponente podrá presentar documentos tales como propuesta aprobada en la cual se encuentra el profesional dentro del equipo de trabajo, actas de seguimiento en las cuales se relacione el profesional y su rol desempeñado, entre otros.
xiii. Si los proyectos en donde ha participado uno o varios del equipo de trabajo ha sido con el Ministerio, el proponente deberá indicar el número de contrato, su objeto, el tiempo o plazo, el rol desempeñado por cada integrante, lo cual será verificado por el Ministerio a través del supervisor o mediante informes o actas que reposen en los documentos de la ejecución contractual. En caso de que las partes no
xxxxx dejado implícito en la ejecución del contrato el personal que participó, las partes aceptan que no se tendrá en cuenta dicha experiencia.
xiv. Para acreditar la formación académica se requiere:
a) Diploma o acta de grado.
b) Respecto de los programas académicos que requieran para su ejercicio la acreditación de la matricula o la tarjeta profesional, deberá aportarse el correspondiente soporte dentro de la documentación académica de cada uno de los profesionales indicados en la propuesta, por tanto, debe aportar:
c) Copia de la matrícula profesional en el caso de ser necesaria.
d) Certificado de vigencia de la matrícula.
e) El personal que se proponga debe tener la dedicación del 100% para la ejecución del contrato so pena de incumplimiento.
f) Para efectos de la verificación de la experiencia de los profesionales, el Ministerio tomará del tiempo total certificado, el mínimo habilitante requerido, y la que exceda será la válida para efectos de la ponderación, siempre y cuando cumpla con lo requerido en los requisitos de puntuación.
g) Diligenciar el Formato establecido en el proceso para relacionar la experiencia de los profesionales, el mismo contiene una tabla para la experiencia habilitante y otra para la experiencia adicional. La experiencia habilitante y adicional no podrá ser la misma.
NOTA 1: El MEN podrá requerir las aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones o documentos correspondientes.
NOTA 2: Es posible que una certificación cubra tanto la experiencia mínima como la puntuable. En caso de que el proponente no precise tal información, el MEN tomará los primeros contratos o certificaciones en orden de su presentación, incluidos en la propuesta, que cumplan con los requisitos señalados anteriormente y hasta los años requeridos como experiencia para cada profesional.
NOTA 3: Los Profesionales propuestos deben firmar la carta de compromiso para un solo proponente. En caso en el cual durante el proceso de verificación de condiciones habilitantes se identifique que un mismo Profesional está siendo presentado y firmada carta de compromiso con más de un proponente, se considerará como no presentado. Por lo tanto, las propuestas que hayan incluido ese mismo profesional estarán incursas en causal de RECHAZO. Será de responsabilidad exclusiva del proponente tener los controles respectivos para que el mismo profesional no suscriba más actas de compromiso para postularse por más de un proponente.
NOTA 4: El contratista se obliga a pagar al equipo profesional propuesto, los honorarios o salarios ofertados en la propuesta económica. El Ministerio podrá verificar el cumplimiento de esta obligación durante la ejecución del contrato.
NOTA 5: El MEN se reserva el derecho de pedir al Contratista el cambio del personal, cuando advierta que el desarrollo de sus labores no es satisfactorio o cuando sus condiciones académicas y de experiencia no se ajusten a los requerimientos de su labor.
El contratista debe realizar la ejecución del contrato con los perfiles propuestos y evaluados.
NOTA 6: De presentarse alguna variación en el equipo de trabajo durante algún momento de la ejecución del contrato, caso en el cual el nuevo personal propuesto deberá contar con los mismos, o superiores perfiles a la persona que reemplaza; se descontará el valor del tiempo que no fue ejecutado por el personal. En todo caso el proponente deberá garantiza la vinculación del nuevo personal, en un término no mayor a tres (3) días hábiles, y asegurar la previa inducción a su cargo y costo, para que la prestación del servicio no se vea afectada.
El contratista deberá capacitar a su personal sobre todo lo concerniente a salud ocupacional, seguridad industrial y deberá dotarlos con los implementos necesarios para la correcta ejecución de sus trabajos, verificar periódicamente la señalización en el sitio de trabajo, y utilización de la dotación y equipos de seguridad industrial de los sitios de trabajo, los trabajadores/subcontratistas.
NOTA 7: OTRO PERSONAL. Para establecer el personal requerido para el presente proceso se tuvieron en cuenta las características técnicas del presente proceso, igualmente las del proceso de Selección Abreviada SA-MEN-003-2019, así mismo, el estudio xx xxxxxxx y las contrataciones históricas, por lo anterior en caso que el CONTRATISTA requiera personal adicional al establecido por el MEN, para el desarrollo del contrato en general con el fin de garantizar el cumplimiento del objeto a contratar, este personal no será objeto de reconocimiento por parte del Ministerio
El contratista deberá disponer, de todo el personal administrativo, técnico y de apoyo necesario para el desarrollo del contrato en general, sin un valor adicional al contrato.
El MEN se reserva el derecho de pedir la información necesaria sobre el personal que integre el equipo de trabajo y en todo caso, el proponente seleccionado, deberá presentar, como mínimo ante el MEN, la hoja de vida y soportes del respectivo personal cuando le sea solicitado.
El contratista debe contemplar en sus costos todo el personal necesario para el desarrollo del objeto establecido en el presente estudio previo, con la experiencia y capacidad suficiente para adelantar el desarrollo de los trabajos.
VII. FACTORES DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA (100 PUNTOS)
El Ministerio de Educación Nacional dará lugar a evaluar a los proponentes que cumplan con los requisitos habilitantes jurídicos, técnicos y financieros.
Las ofertas serán evaluadas sobre una asignación máxima total de 100 PUNTOS. Por su parte, los factores que se evaluarán son los siguientes:
FACTORES DE PONDERACIÓN | ||
ITEM | PUNTAJE MÁXIMO | |
1 | VALORES AGREGADOS | 49 |
2 | PROPUESTA ECONÓMICA | 40 |
3 | APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | 10 |
4 | PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD | 1 |
100 |
a) VALORES AGREGADOS (MÁXIMO 49 PUNTOS)
DILIGENCIAR FORMATO N° 8 ACREDITACIÓN DE CALIDAD – VALORES AGREGADOS LICENCIAS y FORMATO
DILIGENCIAR FORMATO N° 9 ACREDITACIÓN DE CALIDAD – VALORES AGREGADOS PERSONAL, DILIGENCIAR FORMATO No. 06 CARTA DE COMPROMISO PERSONAL MINIMO REQUERIDO y FORMATO No. 07 CUADRO RELACIÓN DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL HABILITANTE Y PONDERABLE.
Se asignará un máximo de cuarenta y nueve (49) puntos al proponente que como valor agregado ofrezca sin costo adicional para el MEN, los elementos o servicios relacionados en la siguiente tabla:
VALOR AGREGADO | PUNTOS ASIGNADOS | PUNTOS MÁXIMOS |
El proponente que ofrezca las siguientes licencias de software: | Licencias de software relacionadas con: la planeación y gestión de proyectos, se otorgará 2 puntos. Licencias de software relacionadas con: seguimiento a indicadores, se otorgará 2 puntos. Licencias de software relacionadas con: networking o mailing masivo, se otorgará 2 puntos. Licencias de software relacionadas con: análisis estadístico, se otorgará 2 puntos. | 8 |
Coordinador administrativo con el siguiente perfil: | 22 | 22 |
Ofrecimiento de una (1) persona adicional con formación en Ciencias administrativas, económicas y/o financieras o ciencias sociales o humanas o ingenierías o afines, de acuerdo con SNIES Especialización o Maestría en: Gerencia, y/o Dirección o Evaluación de Proyectos y/o Administración de Empresas y/o Economía y/o Inteligencia de Negocios y/o Gerencia de Sistemas de Calidad, o afines, de acuerdo con SNIES. Mínimo cinco (5) años de experiencia profesional. Experiencia relacionada: deberá acreditar mínimo de tres (3) años en actividades relacionadas con la planeación y/o gestión estratégica y/o gestión integral de proyectos y diseño e implementación de modelos de monitoreo, seguimiento o evaluación de programas. | ||
Profesional Estadístico: Ofrecimiento de una (1) persona adicional con formación en estadística o matemáticas o economía. Especialización o Maestría en estadística y/o análisis de bases de datos y/o evaluación de proyectos y/o econometría y/o economía, métodos cuantitativos, psicometría, sociometría o afines de acuerdo con SNIES. Con Experiencia Profesional mínima de cinco (5) años. Experiencia relacionada: deberá acreditar mínimo tres (3) años de experiencia en actividades relacionadas con la construcción, administración y análisis de base de datos y/o, monitoreo, seguimiento y/o evaluación de programas y/o proyectos y/o métodos cuantitativos de investigación / análisis de información y/o minería de datos. | 19 | 19 |
Total Puntaje | 49 | 49 |
Para tal efecto el proponente deberá diligenciar el Ofrecimiento de Valores agregados, indicando las cantidades ofrecidas por cada uno de los valores agregados y presentarlo con su oferta.
El proponente debe presentar las hojas vida del personal ponderable con los soportes de estudio y experiencia, la carta de compromiso firmada por el profesional y por el oferente, en los formatos indicados.
b) CUESTIONARIO OFERTA ECONÓMICA (Máximo 40 puntos) DILIGENCIAR FORMATO 12 EXCEL - PROPUESTA ECONÓMICA
La valoración económica de la propuesta se realizará de acuerdo con la información solicitada en el FORMATO 12 - PROPUESTA ECONÓMICA, que será suministrado con el pliego de condiciones.
El proponente deberá presentar la propuesta económica la cual se entenderá que cubre todas y cada una de las condiciones y exigencias establecidas en el pliego de condiciones y la minuta del contrato y sus anexos si los hubiere, a la cual se le efectuará la corrección aritmética correspondiente. Posteriormente de haber efectuado la respectiva revisión aritmética, se procederá a realizar la ponderación económica.
La valoración económica de la propuesta, se realizará de acuerdo con la información solicitada en el FORMATO 12 - PROPUESTA ECONÓMICA.
El proponente deberá presentar la propuesta económica ofreciendo las condiciones técnicas mínimas requeridas por la entidad, a la cual se le efectuará la corrección aritmética correspondiente y para ello tomará. Posteriormente de haber efectuado la respectiva revisión aritmética, se procederá a realizar la ponderación económica.
NOTA 1: El oferente detallará el valor de su propuesta económica de acuerdo con el FORMATO 11 - PROPUESTA ECONÓMICA.
NOTA 2: Si dos o más propuestas tienen el mismo valor, se les asignará el mismo puntaje de acuerdo con los criterios definidos en este numeral.
NOTA 3: Los valores deben ser expresados en pesos colombianos.
NOTA 4: Las cifras para este cálculo se tomarán con máximo dos decimales.
NOTA 5: Al formular la propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven.
NOTA 6: Los precios ofertados no estarán sujetos a ajuste alguno, razón por la cual el proponente deberá prever en su oferta que tiene que asumir los posibles incrementos que se ocasionen, inclusive aquellos que se presenten en la ejecución del contrato.
NOTA 7: La propuesta económica no podrá superar el presupuesto oficial del proceso, tampoco el presupuesto oficial de cada vigencia, ni el valor de referencia de cada ítem establecido por el MEN, so pena de RECHAZO de esta.
NOTA 8: La administración y utilidad no puede superar el 15% de la sumatoria de los costos directos e indirectos, so pena de RECHAZO de esta.
NOTA 9: La evaluación de ofertas económicas se realizará antes de IVA, es decir con el SUBTOTAL ANTES DE IVA; el cual no podrán sobrepasar los proponentes al momento de su oferta, so pena de RECHAZO de esta. NOTA10: El valor total de la propuesta económica diligenciado en la plataforma SECOP II, debe coincidir con la información del formato de propuesta económica, en caso de discrepancia prevalecerá el formato de propuesta económica.
NOTA 11: El formato de propuesta económica debe ser diligenciado y subido en formato Excel y no convertido en pdf, para facilitar la revisión económica.
NOTA 12: Si bien el formato de propuesta económica se encuentra formulado, es responsabilidad de cada proponente verificar dichas fórmulas de conformidad con lo exigido en el pliego del proceso.
DETERMINACIÓN DEL MÉTODO PARA LA PONDERACIÓN DE CADA UNO DE LOS CRITERIOS DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:
NÚMERO | MÉTODO |
1) | Media aritmética |
2) | Media aritmética alta |
3) | Media geométrica |
4) | Media aritmética baja |
Se seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica, de acuerdo con los métodos que se describen a continuación:
Para la determinación del método se tomarán hasta las centésimas de la (TRM) Tasa de cambio Representativa xxx Xxxxxxx (certificada por el La Superintendencia Financiera de Colombia) que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación.
Se determinará el método de acuerdo a los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación. Esta TRM se tomará del sitio web de La Superintendencia Financiera de Colombia: “Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx- TRM”
RANGO (INCLUSIVE) | NÚMERO | MÉTODO |
De ,00 a ,24 | 1 | Media aritmética |
De ,25 a ,49 | 2 | Media aritmética alta |
De ,50 a ,74 | 3 | Media geométrica |
De ,75 a ,99 | 4 | Media aritmética baja |
El MEN empleará la anterior metodología considerando que al establecerse cuatro (4) posibilidades distintas de ponderación económica siendo esta de manera y seleccionado por un factor exógeno, se proporciona una selección objetiva del proponente.
NOTA: La aplicación del procedimiento anterior determinará la metodología aplicable para la ponderación económica.
METODOLOGÍAS:
Se aplicará en forma independiente la metodología seleccionada de acuerdo con el procedimiento anterior, a los valores totales antes de IVA de las propuestas que conformidad con ello, todos los apartes que hagan referencia a valor de oferta o valores totales de oferta o valor de la propuesta etc. en este subtítulo, deberán entenderse como valores totales antes de IVA (SUBTOTAL ANTES DE IVA).
a) Media aritmética
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula. Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.
(Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - ( -Vi Menores o iguales a | ) | / 𝑋𝐴)) Para Valores | |
Puntaje i = | (Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - 2 ((| Valores Mayores a | -Vi|) / 𝑋𝐴)) Para |
Donde,
= Media aritmética.
𝑉 𝑖 = Valor total de cada una de las Ofertas i, sin decimales. i = Número de oferta.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación
b) Media aritmética alta
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Dónde:
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = | (Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - (𝑋𝐴 -Vi ) / 𝑋𝐴)) Para Valores Menores o iguales a 𝑋𝐴 |
(Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - 2 ((|𝑋𝐴 -Vi| ) / 𝑋𝐴)) Para Valores Mayores a 𝑋𝐴 |
Donde,
XA = Media aritmética Alta
𝑉 𝑖 = Valor total de cada una de las Ofertas i, sin decimales.
i = Número de oferta.
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
c) Media geométrica.
Consiste en la determinación de la media geométrica de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
N X1 * X2 * Xn
G =
Dónde:
G = Media Geométrica
X i = Valor de la propuesta i N = Número de propuestas
Obtenida la media geométrica se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
(Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 – ((G -Vi ) / G)) Para Valores Menores o iguales a G | |
Puntaje i = | (Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - 2 ((|G -Vi|) / G)) Para Valores Mayores a G |
Donde,
G = Media Geométrica
𝑉 𝑖 = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta.
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
a) Media aritmética baja
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más baja y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
𝑋B = (𝑉𝑚in+ )/ 2
Donde,
𝑋B= Media aritmética baja
𝑉min = Valor total sin decimales de la oferta más baja
= Promedio aritmético de las ofertas válidas
Obtenida la media aritmética baja se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = | (Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - (𝑋B -Vi ) / 𝑋B)) Para Valores Menores o iguales a 𝑋B |
(Incluir valor max. Puntaje) * ( 1 - 2 ((|𝑋B -Vi|) / 𝑋B)) Para Valores Mayores a 𝑋B |
Donde,
𝑋B = Media aritmética baja
𝑉 𝑖 = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta.
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética baja se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética baja y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Para cualquiera de los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del valor obtenido como puntaje.
c) APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (Máximo 10 puntos) DILIGENCIAR FORMATO No. 10 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.1. del Decreto 1082 de 2015, que establece:
“Artículo 2.2.1.2.4.2.1.: Incentivos en la contratación pública. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones para la contratación, dentro de los criterios de calificación de las propuestas, los incentivos para los bienes, servicios y oferentes nacionales o aquellos considerados nacionales con ocasión de la existencia de trato nacional. Este incentivo no es aplicable en los procesos para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes”.
Los Proponentes pueden obtener el puntaje de apoyo a la industria nacional, por servicio origen nacional, trato nacional o por incorporación de servicios colombianos. En ningún caso otorgará simultáneamente el puntaje por Servicio Nacional y de incorporación de servicios colombianos en un Segmento. De acuerdo a lo anterior, los puntajes para estimular la industria nacional son:
Criterios de evaluación | Puntaje |
a) Servicio Origen Nacional o con trato nacional | 10 |
b) Incorporación de servicios colombianos | 5 |
Puntaje máximo para estimular a la industria nacional | 10 |
Condición de Origen del servicio nacional: Para la verificación del origen del servicio se verificará en el Certificado xx Xxxxxx y Comercio para las sociedades, y cédula de ciudadanía para persona natural, igual requisito aplica para cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
Para personas naturales se verificará con la copia de la cédula de ciudadanía, de extranjería o visa de residente, si es el caso.
Trato nacional y reciproco a propuestas extranjeras: Así mismo se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios
colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. Dicho tratamiento será verificado en la Página Web de Colombia Compra Eficiente.
Servicio Origen Nacional o con trato nacional
Se asignará 10 puntos a la Oferta de servicios nacionales; o con trato nacional.
Para otorgar el puntaje de servicios origen nacional, el Proponente debe presentar el certificado de existencia y representación legal, cédula de ciudadanía o visa de residencia.
Para obtener el puntaje por “con trato nacional”, se reconocerá, a:
- Servicios de otros estados con los cuales exista un acuerdo comercial aplicable al proceso de contratación, (tabla de acuerdos comerciales)
- Servicios frente a los cuales exista trato nacional por reciprocidad. Para tal efecto el proponente deberá mencionar e identificar esta situación la cual será verificada en la página web de Colombia Compra Eficiente.
- A los servicios de la Comunidad Andina de naciones. (Tabla Acuerdo Comerciales)
Puntaje por incorporación de servicios colombianos
Si el Proponente no es origen nacional ni con trato nacional, según el punto anterior, se asignará cinco (5) puntos a los Proponentes extranjeros que incorporen por lo menos el 90% de personal colombiano en la prestación del servicio. En caso de recibir estos cinco (5) puntos, el Proponente debe garantizar que no disminuirá dicho porcentaje durante la ejecución del Contrato.
Por lo anterior, este puntaje solo se otorgará a las personas extrajeras sin trato nacional ni reciprocidad, para lo cual deberá diligenciar el formato respectivo. En el evento que un proponente de origen nacional o con trato nacional diligencie este formato se entenderá no presentado.
NOTA 1. Las personas de origen nacional o con trato nacional no deberán diligenciar formato toda vez que no les aplica este puntaje por incorporación del componente nacional.
NOTA 2: Se entiende servicio de origen nacional, o con trato nacional, si todas las personas que hacen parte de una unión temporal o consorcio tiene origen nacional o cuentan con trato nacional.
d) INCENTIVOS EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN A FAVOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (MÁXIMO 1 PUNTO)
DILIGENCIAR FORMATO No. 11 ACREDITACION DE PERSONAL CON LIMITACIONES
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 392 de 2018, el cual dispone, los proponentes que tiene derecho al puntaje deben acreditar la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, siempre y cuando se acredite:
• Certificación del número total de trabajadores vinculado a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso. Este certificado debe ser firmado por la Persona Natural, representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según el caso.
• Certificación del número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal. Esto se acredita con la certificación expedida por el Ministerio de Trabajo y debe estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección
De esta manera, se asignará el 1, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Así las cosas, el contratista debe mantener durante la ejecución del contrato en su planta de personal, el número de trabajadores con discapacidad que dio lugar a la obtención del puntaje adicional de la oferta, para lo cual se verificará con el certificado que para el efecto expide el Ministerio de Trabajo el cual debe estar vigente a la fecha de verificación.
Si el proponente reduce el número de trabajadores con discapacidad acreditado para obtener el puntaje adicional constituye incumplimiento del contrato por parte del contratista.
El hecho de que se dé puntaje por este concepto no elimina o modifica el criterio de desempate a favor de empresas que acrediten personal con discapacidad. Consagrado en el numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.2.9 del decreto 1082 de 2015, es decir que en caso de empate se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997.
Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
La experiencia que se tendrá en cuenta para el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior será la exigida en los requisitos habilitantes, y se tomará independientemente del porcentaje de participación de las partes en el proponente plural. En el evento de que dos o más partes que componen el proponente plural, aportaron el 40% o más de la experiencia verificada como habilitante, el proponente deberá señalar a cuál de estas partes se le valorará el requisito de que trata el presente numeral.
Nota 1: La fecha de expedición de los documentos citados en el presente numeral no podrá ser superior a la establecida en párrafos anteriores; no obstante, en caso de prórroga del plazo del cierre del presente proceso por medio de ADENDA, los documentos tendrán validez con respecto a la primera fecha de cierre.
Los documentos para acreditar y obtener este puntaje deben presentarse con la propuesta
e) CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, el Ministerio de Educación Nacional debe escoger el Proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015, así:
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá:
1. El oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del presente Proceso de Contratación, esto es, en el factor de Calidad – Valores Agregados.
2. Si persiste el empate., escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del presente Proceso de Contratación, esto es en el factor de Propuesta económica.
3. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el tercer de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del presente Proceso de Contratación, esto es, en el factor de Apoyo a la Industria Nacional.
4. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el cuarto de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del presente Proceso de Contratación, esto es, en el factor de Personas en Condición de Discapacidad.
Si persiste el empate, se utilizarán las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional. Se considerará también como Mipyme nacional, las uniones temporales o consorcios conformados por Mipymes nacionales.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio o Unión Temporal siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación, que para el presente proceso de selección si el empate se mantiene, se procederá a realizar un sorteo.
Reglas del sorteo:
• Previa verificación del nombre de los proponentes cuyas propuestas estén empatadas, se incorporarán las papeletas de igual tamaño, en una bolsa oscura.
• Se realizará un sorteo previo entre los participantes para determinar quién saca la paleta, salvo que entre los proponentes participantes se decida que la papeleta sea sacada por una persona ajena al proceso.
• El nombre del proponente que figure en la papeleta que se saque de la bolsa será el que gane el sorteo y por consiguiente se le adjudicará el proceso de selección. En este entendido solo se sacará una papeleta, salvo que se trate de adjudicaciones por grupos y en ellos se llegue a este sorteo.
• En el caso de que no se presenten representantes de los proponentes en la fecha y hora para realizar el sorteo, se designará al representante de control interno de la entidad para que saque la papeleta
• este se realizará en presencia de representantes de la oficina de control interno y será grabada en su totalidad.
NOTA 1: En cualquier caso, los factores de desempate se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos.
En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá cumplir con este factor de desempate.
NOTA 2: Para el caso del factor de desempate a favor de XXXXXX, los proponentes a quienes les aplique deberán acreditar esta condición dentro de su propuesta.
NOTA 3: La experiencia acreditada en la oferta para los numerales 3 y 4, se entenderá como la totalidad de la experiencia acreditada habilitante y la experiencia acreditada ponderable.
NOTA 4: Para estos efectos de acreditar el numeral 4, tanto para personas naturales como jurídicas deberán presentar la certificación expedida por la oficina de trabajo de la respectiva zona, en la que conste que cumplen con los requisitos, es decir, tener contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. Los documentos para acreditar el criterio de desempate como incentivo a la población con discapacidad deberán presentarse con la propuesta y estar vigente al momento de aplicación de dicho criterio.
VIII. OFERTA
A. PRESENTACIÓN
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas en la plataforma del SECOP II a través del link xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, de manera individual, teniendo en cuenta los formatos contenidos y anexos en el presente pliego, en la fecha establecida en el Cronograma establecido para el presente proceso de selección, y acompañadas de los documentos soportes, así como de la garantía de seriedad de la Oferta a la que se refiere la sección I del presente proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
Se recomienda a los proponentes ir creando su propuesta con la anterioridad debida en el Sistema SECOP II, ya que el sistema les permitirá ir subiéndola por partes hasta el día y hora de cierre.
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen o sean radicadas en el MEN, o enviadas a través de fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático que no sea el SECOP II, en el link del proceso.
La carta de presentación de las respectivas propuestas (FORMATO NO. 01) deben llevar la firma del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
El MEN no acepta propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección, sin perjuicio de la aplicación de las reglas de subsanabilidad conforme a lo previsto en los numerales 2, 3 y 4 del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007.
Cualquier costo a cargo del proponente que sea omitido en la oferta se entenderá que se encuentra incluido y por tanto no puede ser objeto de reembolso o de reclamación por restitución del equilibrio económico.
La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones, en la audiencia de asignación de riesgos y las respectivas adendas.
El día del vencimiento del término para presentar las Ofertas, el MEN a través de la plataforma del SECOP II publicará un informe con la lista de las Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas.
Se reitera la importancia de que los interesados en participar en el proceso de selección se capaciten en el uso de la plataforma y lean las guías que ha expedido Colombia Compra Eficiente para efectos de registro y presentación de propuestas tanto para personas singulares, como para proponentes en unión temporal o consorcio. Cualquier error en la presentación de la propuesta por mal usos de la plataforma y contrariar lo que señalan las guías será de exclusiva responsabilidad de los proponentes y tendrán las consecuencias que las mismas guías señalan.
En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma del SECOP II, se dará aplicación a lo dispuesto en la “Protocolo de Indisponibilidad del SECOP II”, vigente, para lo cual se establece como correo para dicho evento el siguiente:
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
B. ORDEN DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
La oferta contendrá la siguiente información:
• Información general y requisitos habilitantes.
• Oferta técnica aspectos calificables.
• Oferta económica
Lo anterior de acuerdo con los formatos establecidos en el pliego de condiciones y los requisitos ya establecidos líneas arriba.
C. OFERTAS PARCIALES
Los proponentes no pueden presentar propuestas parciales.
D. VALIDEZ DE LAS OFERTAS
La Oferta debe tener una validez de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre. En el caso de una suspensión que supere este término, el MEN solicitará la convalidación de la oferta al proponente por un término igual a la suspensión.
E. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
Los proponentes serán responsables de advertir que alguna de la información presentada en las ofertas contiene información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento. Reserva que el MEN mantendrá en el Proceso de Contratación frente a terceros.
En todo caso, el MEN se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la adjudicación no podrá ser revelada a los proponentes, ni a terceros, hasta que La Entidad, comunique a los primeros que el informe de evaluación se encuentra disponible para que presenten las observaciones correspondientes.
F. REVISIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
La Entidad revisará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de que trata la sección VI del presente documento. Los Proponentes pueden subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección. Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
El Ministerio de Educación Nacional publicará a través de la plataforma del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxxxx informe de cumplimiento de requisitos habilitantes de que trata la sección VI.
G. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI serán evaluadas, de acuerdo con lo establecido en la sección VII.
El MEN publicará a través de la plataforma del SECOP II el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma establecido para el proceso.
H. DECLARATORIA DE DESIERTA
El MEN declarará desierto el presente proceso de selección cuando: (a) no se presenten Ofertas; (b) ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones; (c) existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y (e) se presenten los demás casos contemplados en la ley.
I. RETIRO DE LA OFERTA
Los Proponentes que opten por entregar su Oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección, podrán retirarlas, a través de la plataforma SECOP II antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.
J. RECHAZO
En adición a otras causas previstas por la ley, el MEN rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que:
a) Cuando sean presentadas en medio diferente a la plataforma de Colombia Compra Eficiente denominada SECOP II, salvo en el evento de presentarse indisponibilidad de la plataforma y el oferente cumpla todas las condiciones del protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente.
b) Cuando intenten enterarse indebidamente de las evaluaciones o influir en el proceso de evaluación de las ofertas o en la decisión sobre la evaluación y adjudicación por parte de la entidad contratante.
c) Cuando el proponente o uno de los miembros del Consorcio o de la Unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la constitución o la ley.
d) Cuando un proponente haga parte directa o indirectamente de dos o más consorcios o uniones temporales, que presenten ofertas para el presente proceso de selección.
e) Cuando se configure un conflicto de intereses de los señalados en el presente pliego de condiciones.
f) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
g) Cuando el Representante Legal de la sociedad individualmente considerada, o como parte de una propuesta conjunta, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales, salvo que durante el término de traslado se aclare o subsane en debida forma.
h) Cuando el proponente singular persona natural, jurídica o de estructura plural consorcio o unión temporal, no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros establecidos y evaluados de acuerdo con el presente pliego de condiciones
i) Cuando la propuesta se exceda en el Plazo Oficial establecido para la ejecución del contrato.
j) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación, o desatienda los requerimientos del MEN, una vez le hayan solicitado subsanarlos o aclararlos, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento o no subsane alguno de los requisitos habilitantes.
k) Si la Entidad comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados por hechos constitutivos de corrupción durante el proceso de selección. Si esta comprobación se da con posterioridad a la adjudicación, el MEN podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación.
l) Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República.
m) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados o alterados tendientes a inducir a error a la Administración.
n) Cuando el proponente no presente la garantía de seriedad de la propuesta o presente una garantía que no corresponde a este proceso.
o) Habrá lugar al rechazo económico de las propuestas en los siguientes eventos:
i. Cuando la propuesta económica no se presente al momento del cierre junto con la propuesta principal.
ii. Cuando la propuesta económica no se diligencie de forma correcta.
iii. Cuando la propuesta económica se diligencie de forma incompleta de tal modo que no permita su verificación aritmética.
iv. Cuando el valor de la propuesta económica, una vez verificado y corregido supere el presupuesto oficial del proceso y/o el valor total antes de IVA.
v. Cuando el valor de la propuesta económica supere el presupuesto establecido para cada vigencia.
vi. Cuando verificada la oferta supere el presupuesto establecido para cada ítem identificados como costos directos o indirectos referenciados en el formato de propuesta económica anexo, que son los mismos indicados en el estudio previo y análisis del sector como precios de referencia.
vii. Cuando en la propuesta económica o en una de sus casillas no se indique ningún número, o se adicione, suprima o modifique cualquiera de los ítems contenidos en el anexo propuesta económica, ya sea generado por errores de digitación.
viii. Cuando se superen los precios techo unitarios y el valor total definido por la Entidad.
ix. Cuando se presente valores de moneda extranjera.
p) El proponente debe cumplir con todas las notas y observaciones establecidas en el anexo de propuesta económica, para diligenciar su propuesta en dicho anexo, debe tener en cuenta todo lo reglado en el
pliego y documentos anexos sobre la propuesta económica, es decir, que si diligencia su propuesta sin tener en cuenta estas, será causal de rechazo.
q) Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II y con el procedimiento y manuales establecidos para el efecto.
r) Las demás establecidas en la normatividad vigente y previstas en este pliego de condiciones.
s) Sera causal de rechazo cunado se presente una de las situaciones establecidas en el literal k) que precede
K. CONFLICTO DE INTERESES
No podrán presentar propuesta las personas que hayan intervenido en la elaboración de los estudios previos, proyecto xx xxxxxx y pliego de condiciones, respuesta a las observaciones o aclaraciones, dentro del presente proceso, de forma directa, de terceros o de sociedades en las cuales tenga participación.
Tampoco podrán presentar propuesta los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad de aquellas personas que participaron en las actividades enunciadas en el párrafo anterior.
Evidenciado lo anterior, la entidad procederá a rechazar la propuesta presentada.
IX. ACUERDOS COMERCIALES
De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente:
Acuerdo Comercial | Entidad estatal incluida | Presupuesto del proceso de contratación superior al valor del acuerdo comercial | Excepción aplicable al proceso de contratación | Proceso de contratación cubierto por el acuerdo comercial |
Canadá | SI | SI | NO | SI |
Chile | SI | SI | NO | SI |
Estados Unidos | SI | SI | NO | SI |
El Xxxxxxxx | SI | En este Acuerdo no se pactaron umbrales | NO | SI |
Guatemala | SI | En este Acuerdo no se pactaron umbrales | NO | SI |
Honduras | SI | En este Acuerdo no se pactaron umbrales. | NO | SI |
Estados AELC | SI | NO | NO | SI |
México | SI | SI | NO | SI |
Unión Europea | SI | NO | NO | SI |
Comunidad Andina de Naciones | SI | NO | NO | SI |
Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.)
De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior.
En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato.
Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.
X. ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN
El Contrato se adjudicará en audiencia pública, según el orden de elegibilidad establecido en el informe de evaluación. El ordenador del gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso de selección al Proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones, o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, si a ello hubiere lugar.
En todo caso, la adjudicación del presente proceso se hará conforme el orden de elegibilidad establecido con ocasión a la evaluación técnica y económica de las propuestas.
La audiencia pública se celebrará en la fecha y hora establecida en el Cronograma establecido para el proceso de selección. De las circunstancias ocurridas en su desarrollo se dejará constancia en acta.
En el evento que el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta.
DOCUMENTACIÓN PARA PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO (PROPONENTE ADJUDICATARIO)
El proponente adjudicatario, a más tardar el día siguiente a la publicación del acto administrativo de adjudicación, debe allegar al MEN los documentos que se relacionan a continuación:
1. Original Certificación bancaria con una expedición no mayor a 30 días calendario. (Para consorcio y unión temporal, puede ser a nombre de cualquiera de los integrantes del mismo, conforme a lo convenido por ellos)
2. Hoja de vida persona jurídica DAFP Ley 190 de 1995
3. Registro Único Tributario – RUT (en el caso de consorcio o unión temporal, aplica este numeral para el momento de la firma del contrato, se debe allegar el RUT a nombre de esta última)
XI. RIESGOS
De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, se anexa la matriz de riesgos (ANEXO No. 01),
la cual hace parte integral del presente pliego.
La matriz se encuentra también publicada en los estudios y documentos previos y desde el proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. En la plataforma SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx
De acuerdo con el cronograma y en la fecha y hora fijada, se llevará a cabo la audiencia a la que se refieren el artículo 30 de la ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 220 del Decreto Ley 019 de 2012, y el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, El MEN se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los Riesgos involucrados en el Proceso de Contratación.
Vencido el plazo para discutir y revisar los Riesgos identificados, si se presenta alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones mediante Adenda.
En esta misma audiencia los interesados podrán solicitar aclaraciones al pliego de condiciones.
XII. GARANTÍAS DEL CONTRATO
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO.
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así:
De conformidad con el decreto 1082 de 2015, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de firma de los contratos deberá otorgar por cualquiera de los mecanismos enunciados garantía única en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así:
Amparo | Suficiencia | Vigencia |
Cumplimiento del contrato | Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. | Igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir del perfeccionamiento hasta la liquidación del mismo. |
Pago de salarios y prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales | Por una cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato. | Por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más, contado a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato. |
Calidad del servicio | Por una cuantía equivalente al treinta por ciento (20%) del valor del contrato. | Con una duración de seis (6) meses contados a partir de la terminación del contrato. |
Seguro de Responsabilidad civil extracontractual:
El contratista, a través de un amparo contenido en anexo a la garantía única o mediante amparo autónomo en póliza de seguros anexa, cubrirá la Responsabilidad Civil Extracontractual que se pudiera llegar a atribuir al MEN con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista o del os subcontratistas de éste, por un valor asegurado por cada contrato de acuerdo con lo siguiente:
a. Doscientos (220) SMMLV para contratos cuyo valor sea inferior o igual a mil quinientos (1500) SMMLV
b. Trescientos (300) SMMLV para contratos cuyo valor sea superior a mil quinientos (1500) SMMLV e inferior o igual a dos mil quinientos (2500) SMMLV.
c. Cuatrocientos (400) SMMLV para contratos cuyo valor sea superior a dos mil quinientos (2500) SMMLV e inferior o igual a cinco mil (5000) SMMLV.
La vigencia de la garantía deberá ser por todo el plazo de ejecución del contrato. La cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual deberá contener como mínimo, en adición a la cobertura básica de predios, laborales y operaciones, los amparos adicionales de:
a) Xxxxxxxxx expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
b) Xxxxxxxxx expresa de perjuicios extrapatrimoniales.
c) Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratista y subcontratista salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
d) Xxxxxxxxx expresa xx xxxxxx xxxxxxxx.
e) Cobertura expresa de vehículo propios y no propios.
En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será el diez por ciento (10%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2000SMMLV), las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista con ocasión de las reclamaciones efectuadas por el MEN. Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización del MEN.
El contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor del MEN no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
NOTA 1: El monto de las garantías no constituye límite de responsabilidad para el contratista y en caso de resultar adeudada una suma mayor a la amparada, éste se obliga a cancelar directamente.
XIII. SUPERVISIÓN
El MEN ejercerá el control y la vigilancia de la ejecución de las obligaciones a través de un supervisor/interventor designado para tal fin.
El supervisor/interventor ejercerá el control integral sobre el contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al Contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta el supervisor/interventor por escrito, y con copia a la Entidad. No obstante, si el Contratista no está de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito al supervisor/interventor, con copia al MEN, antes de proceder a ejecutar las órdenes. Lo anterior con el fin de que el supervisor/interventor del contrato informe al ordenador del gasto para tomar la decisión correspondiente. Si a pesar de no estar de acuerdo con las órdenes del supervisor/interventor las ejecuta sin manifestar su desacuerdo, responderá solidariamente con el supervisor/interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para el MEN.
Si el Contratista se rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor/interventor, éste les notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de los ocho días hábiles, el supervisor/interventor comunicará dicha situación al MEN para que este tome las medidas que considere necesarias.
El supervisor/interventor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse.
Teniendo en cuenta las cuantías del contrato a celebrar, así como las especificaciones técnicas involucradas en la prestación del servicio, el MEN adelantará la contratación de una interventoría externa que realice seguimiento al cumplimiento del respectivo contrato, para lo cual está adelantando los trámites contractuales, y previo a ello designa un supervisor hasta tanto se perfeccione el contrato de interventoría respectivo.
XIV. CRONOGRAMA
Las fechas, plazos y horas antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. En todo caso el proponente deberá estar verificando el cronograma de la plataforma SECOP II.
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR | |||||||||
Publicación aviso convocatoria pública (Artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015) | 10 de octubre | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx y aviso de convocatoria en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx | |||||||||
Publicación estudios y documentos previos | 10 de octubre | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Publicación proyecto xx Xxxxxx Condiciones | de | 10 de octubre | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | ||||||||
Publicación Aviso de Convocatoria (artículo 224 del Decreto Ley 019 de 2012) | 10 de octubre | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx y aviso de convocatoria en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx | |||||||||
Plazo para presentar observaciones proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | al | Hasta el 25 de octubre de 2019 hasta las 17:00 pm | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | ||||||||
Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 30 de octubre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección | 31 de octubre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Audiencia de asignación de Riesgos y aclaración de pliegos | 5 de noviembre de 2019 a las 9:00 am | Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 | |||||||||
Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones por parte de los posibles oferentes. | Hasta el 6 de noviembre de 2019 hasta las 17:00 pm | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Respuesta observaciones al Pliego condiciones | de | 12 de noviembre de 2019 | SECOP II – | ||||||||
Expedición de Adendas | Hasta el 13 de noviembre de 2019 | ||||||||||
Presentación de Ofertas | 19 de noviembre de 2019 hasta las 10:00.00 a.m. | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Verificación y evaluación de ofertas. | Del 19 al 22 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Publicación del informe de evaluación de las Ofertas. | 22 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Presentación de observaciones al informe de evaluación de las ofertas y término para subsanar conforme al parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2017 modificado por la Ley 1882 de 2018. | Del 25 al 29 de noviembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Publicación respuesta a observaciones al informe de evaluación de las Ofertas | 03 de diciembre de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | |||||||||
Audiencia de Adjudicación o declaratoria de desierta del proceso de selección. | 4 de diciembre de 2019 a las 9:00 a.m. | Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 | |||||||||
Publicación acto administrativo adjudicación o declaratoria de desierto | de | Al día siguiente de expedido el acto administrativo | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx | ||||||||
Firma del Contrato | Al día siguiente de expedido a la expedición del acto administrativo de adjudicación. | Ministerio de Educación Nacional Subdirección de Contratación 1er piso | Xxxxx | 00 | Xx | 00 | – | 00 | |||
Entrega de garantías | Al día siguiente de expedido a la suscripción del respectivo contrato. | Ministerio Ciudadano | de | Educación | Nacional | Unidad | de | Atención | al | ||
Aprobación de garantías | Al día siguiente de del recibo de presentadas las garantías. | Ministerio de Educación Nacional Subdirección de Contratación 1er piso | Xxxxx | 00 | Xx | 00 | – | 00 |
FORMATO No. 01
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Lugar y fecha
Señores
Ministerio de Educación Nacional
Referencia: Licitación Pública LP-MEN-05-2019.
Estimados señores:
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], presento oferta al Proceso de Contratación de la referencia y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los Documentos del Proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí del Ministerio de Educación Nacional respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
2. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la Oferta en nombre del Proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato si el Proponente resulta adjudicatario del Proceso de Contratación de la referencia.
3. Que conocemos y aceptamos la Legislación de la República de Colombia.
4. Que conocemos y aceptamos los términos y condiciones de uso de la plataforma SECOP II junto con los Manuales y Guías de la plataforma los cuales definen, en desarrollo del artículo 4 de la Ley 527 de 1999, la forma en la cual debe ser realizado el envío, recepción, archivo y proceso de mensajes de datos en el Sistema Electrónico de Compra Publica, y nos declaramos responsables de su manejo y uso.
5. Que ninguna de las personas representadas por los firmantes se encuentran incursas en causal alguna de inhabilidad y/o incompatibilidad señaladas por la Constitución, la Leyes Colombianas o el pliego de condiciones, o son morosas en obligaciones con ninguna entidad pública, que les impida celebrar contratos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
6. Que la Oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas xxx Xxxxxx de Condiciones y sus anexos.
7. Que la oferta económica y la oferta técnica están adjuntas a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los Documentos del Proceso y hacen parte integral de la Oferta.
8. Que los documentos que presento con la Oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
9. Que con la presentación de la propuesta estoy aceptando los riesgos establecidos en el proceso de la referencia.
10. Que nos acogemos a los plazos establecidos para la ejecución del contrato.
11. Que la oferta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
12. Que en caso de resultar adjudicatario, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso.
13. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido.
14. Que en caso de resultar adjudicatario me comprometo a que a la terminación de la vigencia del Contrato, el servicio contratado cumplirá con la totalidad del alcance y los requerimientos y especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Condiciones y sus anexos.
15. Que manifiesto que el Proponente está x xxx y salvo con sus obligaciones parafiscales y laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
16. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.
17. Apoyamos las acciones del Estado colombiano y del Ministerio d 18.
19. e Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
20. No estamos en causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
21. En lo referente al compromiso anticorrupción, nos comprometemos a cumplir con todos y cada una de las manifestaciones que a continuación se relacionan: a) Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública; b) No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación; c) Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero; d) Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación Licitación Pública No. 05/2019; e) Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación Licitación Pública No. 05/2019 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia; f) Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores; y g) Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
22. Que para efecto de comunicaciones mis datos como PROPONENTE son:
NOMBRE DEL PROPONENTE | |
NOMBRE DEL REPRESENTANTE | |
TELÉFONO | |
DIRECCIÓN y CIUDAD | |
FAX | |
CORREO ELECTRÓNICO |
21 Que con la presentación de la propuesta, autorizo que los actos administrativos que se generen en el presente proceso de selección se notifiquen al correo electrónico indicado en el numeral anterior, cuando aplique.
Firma del Representante legal Nombre.
C.C. No.
FORMATO No. 02
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO
Proceso Licitación Pública No. 05/2019 Oferente:
Nit:
Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas UNSPSC
Clasificación UNSPSC | BIEN O SERVICIO | CONTRATO | CONTRATANTE | OBJETO |
Los abajo firmantes declaramos bajo la gravedad de juramento que los datos consignados en el presente formato son verídicos por cuanto la empresa y/o persona natural cumple con lo dispuesto en el pliego de condiciones del presente proceso de selección, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.
Firma Representante legal del Oferente Nombre:
Documento de Identidad:
FECHA DE DILIGENCIAMIENTO DE
ESTE FORMATO:
FORMATO No. 03
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada: , para participar en la licitación LP-MEN- 05-2019, para el objeto denominado , y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 – La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No
de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
FORMATO NO. 03
DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN CONSORCIO
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de
y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en la licitación LP-MEN-05- 2019, para el objeto denominado , y por lo tanto manifestamos lo siguiente lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. 2.- El consorcio está integrado así:
NOMBRE | % DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a
, identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
FORMATO No. 04
CERTIFICACIÓN DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
Yo, , identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , certifico el pago de los aportes de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar (Articulo 65 Ley 1819 de 2016), pagados por la compañía durante los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar (Articulo 65 Ley 1819 de 2016), pagados por la compañía durante los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
EN CASO DE NO REQUERIRSE DE REVISOR FISCAL, ESTE ANEXO DEBERA DILIGENCIARSE Y SUSCRIBIRSE POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA, CERTIFICANDO EL PAGO EFECTUADO POR DICHOS CONCEPTOS EN LOS PERIODOS ANTES MENCIONADOS.
Dada en , a los ( ) del mes de de 2019. FIRMA
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA
FORMATO NO. 05
RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
PROPONENTE: PERSONA QUE ACREDITA LA EXPERIENCIA:
No . | Numero de consecuti vo del reporte del contrato ejecutado en el RUP | Nombre Contratist a | Nombre Contratan te | Valor del Contrato Ejecutado expresado en SMMLV REPORTAD O EN EL RUP | CODIGO (codificación de bienes y servicios de acuerdo con el código estándar de productos y servicios de Naciones Unidas, V.14.080, (UNSPSC) ) CON EL CUAL SE EJECUTO EL CONTRATO | Participaci ón en el Contrato (ejecución en UT o C(*) | Porcentaje de participació n en el VALOR EJECUTAD O en caso de Consorcio y Uniones Temporales (*) | |||
SEGMENT O | FAMILI A | CLASE | PRODUCT O | UT- C | (%) | |||||
1 | 0 | |||||||||
2 | 0 | |||||||||
3 | 0 | |||||||||
4 | 0 | |||||||||
5 | 0 | |||||||||
6 | 0 |
(*) Información sólo si se ejecutó en Unión Temporal o Consorcio
NOTA 1: Para acreditar la experiencia específica el Proponente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y estudio previo.
NOTA 2: El valor actualizado del contrato ejecutado se calculará en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) para el año en que se firmó el contrato.
Firma representante legal o apoderado
CARTA DE COMPROMISO PERSONAL MINIMO REQUERIDO y PONDERABLE
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019
YO, identificado con x.x. xxxxxx ser presentado por la empresa como con una dedicación del 100% en la LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-05-2019 que tiene como objeto . Igualmente manifiesto que no he dado autorización a otro proponente para postular mi hoja de vida en este proceso. Para constancia se firma a los días del mes de de 2019. |
FIRMA DEL PROFE PROPUESTO |
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL |
NOTA 1: se debe presentar para todo el equipo de trabajo, habilitante y ponderable. NOTA 2: Debe anexar los siguientes documentos: Los siguientes documentos se deberán presentar con la oferta para el personal: COORDINADOR GENERAL DEL PROYECTO, COORDINADOR JURÍDICO DEL PROYECTO, COORDINADOR FINANCIERO, COORDINADOR XX XXXX DE AYUDA Y COORDINADOR DE SUPERVISIÓN y si el Oferente va a acreditar los valores agregados de personal (COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y PROFESIONAL ESTADISTICO), debe presentar el FORMATO 6 con la información soporte de la hoja de vida requerida. Para los otros miembros del equipo mínimo requerido se deberán presentar dentro de los tres (3) días siguientes a la adjudicación del contrato. Documentación requerida: * Copias de Certificaciones laborales que acrediten la experiencia requerida * Hoja de vida * Copias de Certificación de estudios * Copia de Tarjeta o Matricula Profesional |
CUADRO RELACIÓN DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL HABILITANTE Y PONDERABLE
De acuerdo con lo requerido en el pliego de condiciones.
A continuación detallo los datos del personal que presento en mi propuesta: (SE DEBE DILIGENCIAR LOS DATOS POR CADA PERSONA QUE HARA PARTE DEL EQUIPO MINIMO, PARA LO CUAL SE DEBERÁ COPIAR EL SIGUIENTE CUADRO LAS VECES NECESARIAS
ROL: (ESCRIBA EL ROL DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1.3 ASI: COORDINADOR DE EVENTOS O PRODUCTOR DE EVENTOS O ASISTENTE ADMINISTRATIVO O ASISTENTE OPERATIVO) | |||||
NOMBRES Y APELLIDOS | |||||
TIPO Y NÚMERO DOCUMENTO DE IDENTIDAD: | |||||
DIRECCIÓN: | |||||
TELÉFONO: | |||||
ESTUDIOS REALIZADOS | |||||
TÍTULO OBTENIDO | |||||
INSTITUCIÓN | |||||
FECHA DE GRADO | |||||
EXPERIENCIA ESPECIFICA | |||||
ENTIDAD CONTRATANTE | FUNCIONES | CARGO DESEMPEÑADO | FECHA INICIO | FECHA TERMINACIÓ N | Experiencia en meses |
TOTAL TIEMPO DE EXPERIENCIA CERTIFICADA |
Atentamente,
FIRMA:
(Representante Legal)
Identificación
FORMATO N° 8 ACREDITACIÓN DE CALIDAD – VALORES AGREGADOS LICENCIAS
VALOR AGREGADO | LICENCIAS | MARQUE UNA X SI SE COMPROMETE APORTAR LAS LICENCIAS | INDIQUE EL NOMBRE DE LA LICENCIA |
Licencias de software relacionadas | |||
con: la planeación y gestión de | |||
proyectos, se otorgará 2 puntos. | |||
Licencias de software relacionadas | |||
con: seguimiento a indicadores, se | |||
otorgará 2 puntos. | |||
El proponente que ofrezca las siguientes licencias de software: | |||
Licencias de software relacionadas con: networking o mailing masivo, se | |||
otorgará 2 puntos. | |||
Licencias de software relacionadas | |||
con: análisis estadístico, se otorgará | |||
2 puntos. |
FORMATO N° 9 ACREDITACIÓN DE CALIDAD – VALORES AGREGADOS PERSONAL
PERFIL DEL PROFESIONAL REQUERIDO | MARQUE UNA X SI SE COMPROMETE APORTAR EL PERSONAL | DESCRIBA ESTUDIOS DEL PROFESIONAL | DESCRIBA LA EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL |
Coordinador administrativo con el siguiente perfil: Ofrecimiento de una (1) persona adicional con formación en Ciencias administrativas, económicas y/o financieras o ciencias sociales o humanas o ingenierías o afines, de acuerdo con SNIES Especialización o Maestría en: Gerencia, y/o Dirección o Evaluación de Proyectos y/o Administración de Empresas y/o Economía y/o Inteligencia de Negocios y/o Gerencia de Sistemas de Calidad, o afines, de acuerdo con SNIES. Mínimo cinco (5) años de experiencia profesional. Experiencia relacionada: deberá acreditar mínimo de tres (3) años en actividades relacionadas con la planeación y/o gestión estratégica y/o gestión integral de proyectos y diseño e implementación de modelos de monitoreo, seguimiento o evaluación de programas. | |||
Profesional Estadístico: Ofrecimiento de una (1) persona adicional con formación en estadística o matemáticas o economía. Especialización o Maestría en estadística y/o análisis de bases de datos y/o evaluación de proyectos y/o econometría y/o economía, métodos cuantitativos, psicometría, sociometría o afines de acuerdo con SNIES. Con Experiencia Profesional mínima de cinco (5) años. Experiencia relacionada: deberá acreditar mínimo tres (3) años de experiencia en actividades relacionadas con la construcción, administración y análisis de base de datos y/o, monitoreo, seguimiento y/o evaluación de programas y/o proyectos y/o métodos cuantitativos de investigación / análisis de información y/o minería de datos. |
Nota: Estos profesionales deben diligenciar la carta de compromiso según el FORMATO 6 y cuadro relación de estudios y experiencia del personal habilitante y ponderable según el FORMATO 7 de los pliegos de condiciones.
FORMATO No. 10 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Para efectos de la evaluación del factor referido a los servicios de origen extranjero sin trato nacional, me permito indicar el origen de los servicios ofrecidos, así:
PUNTAJE POR INCOPORACIÓN DE NACIONALES EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EXTRANJERO | |
CRITERIO DE EVALUACIÓN | SELECCIONAR (X) |
Igual o mayor al 90% del recurso humano requerido para la prestación del servicio sea de origen nacional. |
En todo caso nos obligamos a cumplir y mantener el ofrecimiento realizado en este documento en la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatarios del proceso LP-MEN-05-2019, so pena de hacerme acreedor a las sanciones xx xxx contempladas en el contrato.
Nota 1: En caso de incluir dentro de mi oferta servicios con incorporación de componente nacional, garantizo que no disminuiré el porcentaje de incorporación en la ejecución del contrato.
Nota 2: ÚNICAMENTE LOS PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DERECHO A TRATO NACIONAL, DEBERÁN DILIGENCIAR ESTE FORMATO – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Nota 3: En el evento que un proponente de origen nacional o con trato nacional diligencie este formato se entenderá no presentado.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente:
NIT
Nombre del Representante Legal:
C.C. No. de Dirección Comercial del Proponente _ Teléfonos Fax Ciudad FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
FORMATO No. 11 ACREDITACION DE PERSONAL CON LIMITACIONES | |||||
Acreditación de Vinculación Laboral de personas en condiciones de Discapacidad – Incentivo máximo 1 punto | |||||
Nombre del miembro la Estructura Plural : | |||||
Yo, , identificado bajo la cédula de ciudadanía número expedida en , en mi calidad de representante legal de (indicar nombre de la Empresa, persona natural o jurídica que pretenda acreditar la vinculación laboral de personas en condiciones de discapacidad ) , declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, que el personal que se relaciona a continuación, se encuentra vinculado a mi empresa, así: | |||||
Razón Social de la Empresa contratante | Nombre del Personal discapacitado vinculado a la Empresa | Fecha de Vinculación | Número de Empleados vinculado a la Empresa | Número de personal discapacitado vinculado | % que representa el personal con discapacidad respecto del personal vinculado |
Así mismo, manifiesto que, en el evento de resultar adjudicatario del proceso de selección, me comprometo a mantener vinculado al personal antes relacionado, por un lapso igual al del plazo del contrato adjudicado
De acuerdo con lo previsto en el Pliego de Condiciones esta información debe presentarla el Representante Legal y el Revisor Físcal o Contador Público.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente:
NIT
Nombre del Representante Legal:
C.C. No. de Dirección Comercial del Proponente Teléfonos Fax Ciudad FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
Revisor Fiscal o Contador Público
C.C. No. de
Dirección
Teléfonos Fax Ciudad FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
Nota: De acuerdo a lo establecido en el Decreto 392 de 2018, el cual dispone, los proponentes que tiene derecho al puntaje deben acreditar la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, siempre y cuando se acredite:
• Certificación del número total de trabajadores vinculado a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso. Este certificado debe ser firmado por la Persona Natural, representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según el caso.
• Certificación del número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal. Esto se acredita con la certificación expedida por el Ministerio de Trabajo y debe estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
FORMATO 12
PROPUESTA ECONOMICA (SE ANEXA EN EXCEL)
ANEXO N° 1 RIESGOS
ARCHIVO ADJUNTO
ANEXO N° 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ARCHIVO ADJUNTO.
ANEXO N° 3 MANUAL OPERATIVO
ARCHIVO ADJUNTO.
ANEXO N° 4 ANALISIS DEL SECTOR
ARCHIVO ADJUNTO.
ANEXO N° 5 ESTUDIO XXX XXXXXXX
ARCHIVO ADJUNTO.
ANEXO N° 6 PROYECTO DE MINUTA
ANEXO No. 06 PROYECTO DE MINUTA CLÁUSULAS:
CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETO: | PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA APOYAR LA GESTIÓN DE LOS COMPONENTES ADMINISTRATIVO, FINANCIERO, JURÍDICO, CONTRACTUAL, DE SUPERVISIÓN, TÉCNICO Y OPERTIVO DEL PROGRAMA TODOS A APRENDER. |
CLÁUSULA SEGUNDA. – DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: | |
CLÁUSULA TERCERA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES: | |
CLÁUSULA CUARTA. - PLAZO DE EJECUCIÓN: | |
CLÁUSULA QUINTA. - VALOR DEL CONTRATO: | |
CLÁUSULA SEXTA. - DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: | |
CLÁUSULA SÉPTIMA. - FORMA DE PAGO: | |
CLÁUSULA OCTAVA. – SUPERVISIÓN: | La Supervisión del presente contrato la efectuará , o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: 1. Observar las obligaciones propias de la actividad, los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación DEL MINISTERIO, y demás manuales y normas vigentes que regulan la materia. 2. El supervisor ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato, exigiendo a las partes el cumplimiento idóneo y oportuno del mismo, así mismo debe verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. 3. Responder por el recibo a satisfacción de las actividades que comporta la ejecución del objeto del presente contrato de conformidad con lo pactado en el mismo. 4. Coordinar la estructuración de la documentación que se genera con ocasión del contrato y el correspondiente envío a las áreas que corresponda. 5. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. 6. Requerir al contratista, con copia al respectivo garante si lo hubiere, cuando advierta incumplimientos y estructurar los soportes y hacer el respectivo informe del caso con las cuantificaciones a que haya lugar, que le permitan adelantar a la entidad el trámite que corresponda, en observancia especialmente de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y la reglamentación que esté vigente en EL MINISTERIO en materia de imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento frente a los contratistas. 7. Elaborar los informes, actas y documentos que la actividad de supervisión comporta, con la remisión respectiva a las áreas que correspondan. 8. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. 9. Verificar la legalidad de la factura electrónica, cuando el contratista se encuentre en régimen común y se haya acogido a dicho sistema de facturación, de acuerdo con la guía expedida por la Subdirección Financiera. |
10.Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prórrogas que se requieran. 11.Una vez perfeccionadas las modificaciones de los contratos y convenios, prórrogas, adiciones, aclaraciones, suspensiones, reinicios o cesiones, requerir al contratista para surta los trámites al respectivo garante, cuando aplique, dentro de los cinco (5) días siguientes. 12.Remitir mensualmente a la Subdirección de Contratación la documentación de la ejecución contractual, que se produzca en físico, para el respectivo archivo en el expediente contractual y publicación en la plataforma SECOP. 13.El supervisor debe velar por que la garantía cuando aplique se mantenga vigente incluidos los amparos que correspondan para la etapa de liquidación o postcontractual cuando a ello hubiere lugar. 14.Proyectar con la debida antelación, la liquidación del contrato, en los casos en los que la misma se imponga. 15.Mantenerse actualizado en los términos, condiciones, manuales y guías del SECOP, de la página de Colombia Compra Eficiente. 16.Velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información del ejercicio de su supervisión, por lo tanto, deberán entregar todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzca en ejercicio de sus funciones, de acuerdo con los procedimientos internos de gestión documental establecidos por EL MINISTERIO. 17.Autorizar los pagos al contratista, previa verificación del cumplimiento del objeto dentro del contexto estipulado y de la acreditación de que el Contratista se encuentra al día en el pago al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor la misma será asumida por quien haga sus veces y en caso de que el designado no tenga remplazo en su ausencia temporal o definitiva, la supervisión será asumida por el inmediato superior, sin necesidad de modificación contractual alguna. En caso de que se materialice la situación anterior se deberá informar inmediatamente a la Subdirección de Contratación. | |
CLÁUSULA NOVENA. – GARANTÍAS: | |
CLÁUSULA DÉCIMA. - AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: | EL CONTRATISTA obrará con plena autonomía administrativa y en ningún caso el presente contrato generará relación laboral ni prestaciones sociales entre EL MINISTERIO y EL CONTRATISTA y sus empleados, vinculados o subcontratistas. El personal que requiera EL CONTRATISTA para el cumplimiento del contrato será de su exclusiva responsabilidad y EL MINISTERIO declara que no asume responsabilidad laboral alguna con ellos. |
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - INDEMNIDAD DE EL MINISTERIO: | EL CONTRATISTA mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de este contrato. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO por asuntos que, según el contrato sean de responsabilidad de EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO, se lo comunicará lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la Ley para mantener indemne a EL MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos en esta cláusula, EL CONTRATISTA no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita a EL CONTRATISTA y éste último pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: | Las partes se obligan a guardar estricta confidencialidad sobre toda la información sometida a reserva debidamente identificada como tal por la parte originadora y conocida en virtud del desarrollo y ejecución del presente contrato, así como la información que la parte receptora debe entender y saber que es confidencial por su naturaleza y sensibilidad para la parte dueña de dicha información. Esta obligación de confidencialidad se aplicará para todos los casos, salvo que la |
información confidencial sea requerida por autoridad competente, caso en el cual, deberán dar aviso de tal hecho a la parte originadora dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que le sea notificada la orden, o sea conocida la solicitud. Igualmente, el deber de confidencialidad no será obligatorio cuando dicha información sea poseída por la otra parte con anterioridad a este contrato, por un medio legal o, cuando sea públicamente accesible por un medio legal o, cuando sea hecha pública por su dueño o poseedor legal. Asimismo, las partes se comprometen a exigir a todo tercero que por medio de cualquiera de las partes tenga acceso a esta información, la misma reserva a que se refiere esta cláusula y tomarán las medidas de control y precauciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la misma. Parágrafo: La presente cláusula de confidencialidad se mantendrá vigente mientras la información catalogada como tal conserve el carácter de reservada o bien durante cinco (5) años luego de que dicha información fuera compartida con las otras partes, cualquiera de los dos que ocurra primero. En todo caso estará sujeta a la reglamentación sobre información confidencial de los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx y lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, respecto de la información y documentos reservados, artículo 24 sustituido, y en las demás normas concordantes y complementarias que regulen la materia. | |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - INVALIDEZ PARCIAL: | Si cualquier estipulación o disposición de este contrato se considerase nula, inválida o no exigible por cualquier juez competente, dicha decisión será interpretada estrictamente para dicha estipulación o disposición y no afectará la validez de ninguna otra estipulación del presente contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CESIÓN DEL CONTRATO: | De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato es “intuitu personae” en consecuencia no podrá ser cedido a ningún título por EL CONTRATISTA sin la autorización previa, expresa y escrita de EL MINISTERIO. EL CONTRATISTA responderá por la ejecución de las obligaciones contractuales hasta que el documento de cesión esté suscrito por las partes y la ordenadora del gasto. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - SUSPENSIÓN: | Las partes contratantes podrán suspender el presente contrato, mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie alguna de las siguientes causales: 1. Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, y 2. Por acuerdo entre las partes justificado en que no se afecta el servicio. PARÁGRAFO: El término de suspensión será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, pero no dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – CADUCIDAD ADMINISTRATIVA: | En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá declarar la caducidad del contrato, dando por terminado el contrato y ordenando su liquidación en el estado en que se encuentre sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar. |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DE EL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: | De conformidad con el artículo 14, numeral 2, 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato se rige por las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas, las cuales se entienden incorporadas al presente contrato |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN: | Este contrato se podrá dar por terminado por la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: 1. Por vencimiento del plazo previsto en la cláusula respectiva o el de una de sus prórrogas, si las tuviere. 2. Por cumplimiento del objeto del contrato. 3. Por declaratoria de nulidad del contrato. 4. Por mutuo acuerdo de las partes. 5. Por las demás causales contempladas en la ley. |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - MULTAS: | En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO impondrá multas, de la siguiente manera: a) Multas por xxxx en los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones: si EL CONTRATISTA incumple los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones en las fechas que se acuerden, deberá pagar a EL MINISTERIO, por cada día calendario de retraso, el 0.5% del valor del contrato, sin que el total de estas multas sobrepase el 10% del valor del contrato; b) Multas por incumplimiento parcial: si durante la ejecución del contrato EL CONTRATISTA incumple alguna otra u otras de las obligaciones contractuales, EL MINISTERIO le impondrá multas equivalentes al 0.5% del valor del contrato por cada obligación incumplida, sin que el total de estas multas sobrepase el diez por ciento (10%) del valor total de mismo. EL CONTRATISTA autoriza a EL MINISTERIO para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan los literales anteriores, una vez en firme la resolución que las impone, de cualquier suma que le adeude EL MINISTERIO, sin perjuicio de que las haga efectivas conforme a la Ley. El pago o la deducción de dichas multas no exonera a EL CONTRATISTA de la obligación de cumplir con el objeto del contrato, ni de las demás obligaciones y responsabilidades que emanen del mismo. Parágrafo: Para su imposición se seguirá el procedimiento establecido en la Ley 1474 de 2011 o la norma que lo adicione, modifique, derogue o sustituya. |
CLÁUSULA VIGESIMA. - PENAL PECUNIARIA: | Se fija como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente hasta el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, independientemente de la indemnización plena de los perjuicios a que hubiere lugar, en caso de incumplimiento parcial o total del contrato por parte de EL CONTRATISTA, la cual pagará a EL MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento. Para hacerla efectiva se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en el Manual de Contratación y demás documentos que regulen el procedimiento en EL MINISTERIO. |
CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: | Cualquier diferencia que surja entre las partes por la ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente contrato y en general, sobre los derechos y obligaciones derivados del mismo, durante su etapa precontractual, contractual y post contractual se solucionará primero por las partes, mediante arreglo directo, la cual tendrá una duración de hasta treinta (30) días hábiles. En caso de no llegar a un acuerdo, las partes convienen hacer uso de los mecanismos de solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, CONFLICTOS DE INTERÉS Y ORIGEN Y DESTINACIÓN DE RECURSOS: | Para los efectos de los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, de la Ley 1474 de 2011 y del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA teniendo conocimiento de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés para contratar de que tratan las disposiciones legales citadas y de las responsabilidades legales de que tratan los artículos 26, numeral 7°, 44 y 52 de la Ley 80 de 1993, las partes declaran por el presente documento, bajo la gravedad del juramento no encontrarse incursos en ninguna de tales inhabilidades e incompatibilidades, ni conflictos de interés, lo que se entiende surtido con la suscripción del presente contrato. Parágrafo Primero. - Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en EL CONTRATISTA, este podrá ceder el contrato previa autorización escrita de EL MINISTERIO, y si ello no fuere posible EL CONTRATISTA renunciará a su ejecución (artículo 9 de la Ley 80 de 1993). Parágrafo Segundo. - Presentada la causal de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de interés, EL CONTRATISTA deberá informar a EL MINISTERIO dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su acontecimiento, ante lo cual EL MINISTERIO tomará la decisión que en derecho corresponda. En caso de incumplimiento del deber de información, EL MINISTERIO ejercerá las acciones legales correspondientes. EL CONTRATISTA manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. - CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: | EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento que ha venido y continuará cumpliendo con sus obligaciones a los sistemas de seguridad social en salud, riesgos laborales y pensiones, así como los parafiscales, a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje |
(SENA), cuando a ello haya lugar y en caso de incumplimiento será responsable a las consecuencias y sanciones xx Xxx. | |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. - LIQUIDACIÓN: | El presente contrato se liquidará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 217 del decreto 0019 de 2012, dentro del término de seis (6) meses contados desde la fecha de finalización del contrato, o de la fecha de expedición del acto que ordene la terminación. La liquidación se fundamentará en el informe final de gestión y certificado de cumplimiento del objeto del presente contrato suscrito por el supervisor, el cual deberá presentar en la Subdirección de Contratación dentro de los dos (2) meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. - LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y DOMICILIO CONTRACTUAL: | El domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. - NOTIFICACIONES A LAS PARTES: | Para efectos de la notificación a las partes se tendrán en cuenta los datos registrados en la herramienta SECOP II. De conformidad con el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a EL MINISTERIO a remitir notificaciones electrónicas al correo electrónico registrado en la herramienta SECOP II Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte de EL MINISTERIO se remitirá a las últimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán asumidos por EL CONTRATISTA en caso de que se allane a no actualizar la información en la citada herramienta en caso de cambios en la misma. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. - INTEGRACIÓN INSTRUMENTAL DEL CONTRATO: | Hacen parte integral del presente contrato: estudio previo, incluidos los riesgos que allí se establecieron, los documentos que identifican a EL CONTRATISTA, la propuesta de EL CONTRATISTA, el certificado de disponibilidad presupuestal, el certificado de registro presupuestal, y los demás documentos soportes de la contratación. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: | Este contrato se perfecciona con la firma de las partes, y tendrá como requisito de ejecución el registro presupuestal, y la aprobación de la garantía única por parte de EL MINISTERIO. |