EXTRACTO DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 30 DE DICIEMBRE DE 2011.
EXTRACTO DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 30 DE DICIEMBRE DE 2011.
1º.- Aprobar el acta de la sesión celebrada el 22 de diciembre de 2011.
2º.- PERSONAL.
Contratar, por el período que en cada caso se indica, a los trabajadores que figuran en el expediente, Agentes de Empleo y Desarrollo Local,
CONCEJALÍA O DEPARTAMENTO | TIPO DE CONTRATO | FECHA | PROGRAMA |
ECONOMÍA Y EMPLEO | FORMACIÓN A TIEMPO COMPLETO | 9.1.12 | TALLER EMPLEO REFORESTACIÓN LOS CARRILES EXPTE. 28/225/11 |
ECONOMÍA Y EMPLEO | OBRA Y SERVICIO A TIEMPO DETERMINADO | 30.12.11 | GESTIÓN RESIDUOS AGUAS Y ZONAS NATURALES EXPTE. 155/11 |
ECONOMÍA Y EMPLEO | OBRA Y SERVICIO A TIEMPO COMPLETO | 30.12.11 | OPEA EXPTE. EXPTE 5/2011 |
3º.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE JUSTICIA.
1º.- Dada cuenta del escrito del Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de fecha 26 de diciembre de 2011, relativo a las costas a favor del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid dimanantes de la Sentencia recaída en Autos 144/1999, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Majadahonda (relativos a responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios), se acordó:
Que por la dirección letrada en dicho procedimiento se solicite la suspensión del procedimiento de tasación xx xxxxxx y ejecución de las mismas hasta tanto se conozca el estado en que se encuentra el procedimiento, así como las circunstancias personales de la obligada al pago de las mismas.
2º.- Dada cuenta del Auto de aclaración dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, procedimiento ordinario 760/1996, en el sentido de hacer constar en el Fundamento Jurídico Cuarto y Fallo el pronunciamiento que se indica en dicho auto.
3º.- Dada cuenta del Auto dictado por el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Majadahonda, Diligencias Previas 2007/2009, en cuya parte dispositiva se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la causa. La Junta de Gobierno local queda enterada del referido Auto.
4º.- Dada cuenta del Auto 217/2011 de la Audiencia Provincial, Sección 25, de Madrid, cuya parte dispositiva estima el recurso de apelación 489/2011, interpuesto por el Ayuntamiento de Las Xxxxx, contra Auto de 7 xx xxxxx de 2011 del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Majadahonda, del Juicio verbal por Desahucio por falta de pago, Auto 175/11, que inadmitía la demanda de desahucio. La Junta de Gobierno Local queda enterada del referido Auto.
5º.- Dada cuenta de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Supremo, cuyo fallo dice:
“1.- Haber lugar al recurso de casación interpuesto por el abogado del estado contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 25 de febrero de 2010, en el recurso contencioso administrativo núm. 120/2007 y anular dicha sentencia a los efectos de lo que se declara a continuación.
2.- Estimar en parte el recurso contencioso administrativo núm. 120/2007 y anular el catálogo de Puesto de Trabajo del personal funcionario y del personal laboral para el ejercicio 2006, aprobado por el acuerdo 4º adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Las Xxxxx (Madrid) en la sesión de 16 xx xxxxx de 2006, por no ser conforme a Derecho, solamente en lo que se refiere a la inclusión de las plazas de nueva creación de auxiliar administrativo en el apartado del catálogo referido al personal laboral, manteniendo dicho catálogo en cuanto a las restantes plazas impugnadas.
3.- No hacer pronunciamiento especial sobre las costas procesales del proceso de instancia, ni sobre las causadas en el presente recurso de casación.”
La Junta de Gobierno Local queda enterada de la sentencia anteriormente transcrita, acordándose el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, y acusando recibo al Juzgado de procedencia.
6º.- Dada cuenta de la Sentencia 342/2011 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 8 de Madrid, Procedimiento Ordinario 32/2010, cuya parte dispositiva dice textualmente:
“Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de EUROPEA DE FINANZAS Y COMERCIALIZACIÓN DE SERVICIOS
EMPRESARIALES S.A. (GRUPO FUNESPAÑA) contra el Acuerdo de Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid de fecha 11 de noviembre de 2011, en cuya virtud se acuerda:
1º.- Adjudicar definitivamente a INTERFUNERARIAS S.L. el contrato de servicios de Tanatorio municipal; igualmente elevar a definitivos el resto de pronunciamientos contenidos en el acuerdo de adjudicación provisional. 2º.- Requerir al adjudicatario para que suscriba contrato de adjudicación en el término xx xxxx días (…), acto administrativo que se confirma al estimar que es conforme a Derecho.
No se hace pronunciamiento en orden a las costas de esta instancia.
…. contra la misma cabe interponer recurso de APELACIÓN (…) en los quince días siguientes al de la notificación de esta resolución…..”.
La Junta de Gobierno Local queda enterada de la sentencia anteriormente transcrita.
4º.- PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CON LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Prorrogar para el año 2012 el Convenio de Colaboración con la Comunidad de Madrid, Consejería de Asuntos Sociales para la realización de actuaciones en materia de Violencia de Género, que contiene las siguientes C L Á U S U L A S:
PRIMERA.- PRÓRROGA PARA EL AÑO 2012.
Las partes firmantes del Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Empleo y Mujer, actual Consejería de Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid para la realización de actuaciones en materia de Violencia de Género, suscrito el 30 de diciembre de 2008, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho Convenio para el año 2012, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional.
SEGUNDA.- FINANCIACIÓN.
1.- El importe total de esta Prórroga asciende a la cantidad de 96.564,89 €, sin perjuicio del incremento correspondiente a la revisión de precios del año natural anterior (ejercicio 2011), de acuerdo con la siguiente distribución:
− Atención Psicológica y Asesoría Jurídica: 41.730,78 €.
− Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género, Gastos Corrientes y Actividades de Prevención y Sensibilización en materia de Violencia de Género: 54.834,11€.
El incremento de IPC, en caso de producirse, se podrá aplicar al concepto que el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid considere oportuno, respetando los límites cuantitativos establecidos en esta cláusula, y las cantidades totales asignadas a cada actuación.
2.- La financiación a cargo de la Consejería de Asuntos Sociales asciende a la cantidad de 85.598,07 €, correspondiendo al año 2011 0 €, y al año 2012 85.598,07 € y se realiza con cargo a la Partida 25400 Corporaciones Locales, del Programa 916: Acciones contra la Violencia de Género. Su distribución y financiación es la siguiente:
2.1.- Atención Psicológica y Asesoría Jurídica: 41.730,78 €. La financiación de la Consejería de Asuntos Sociales en este apartado es del 100%.
2.2.- Atención integral a las Víctimas de Violencia de Género, Gastos Corrientes del Punto Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género y Actividades de Prevención y Sensibilización en materia de Violencia de Género: 43.867,29 €, en este apartado corresponde a la Comunidad de Madrid la aportación del 80% del total presupuestado para estas actividades.
3.- El Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid aportará la cantidad de 10.966,82 € destinada a la financiación de la Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género, Gastos Corrientes del Punto Municipal del Observatorio Regional de la
Violencia de Género, y Actividades de Prevención y Sensibilización en materia de Violencia de Género. La aportación del Ayuntamiento a estas actividades se corresponde con el 20% del total presupuestado para las mismas.
4.- La distribución del gasto convenido entre las Administraciones Públicas aparece reflejada en el Anexo II de esta Prórroga.
5.- La suma de las cuantías justificadas en concepto de Atención Psicológica, Asesoría Jurídica y Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género, no podrá ser inferior al 85% del importe total de la presente Prórroga.
Se entenderá por gastos de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género, los gastos derivados de la dotación del equipo multidisciplinar básico al que hace referencia el punto 2 de la Cláusula Segunda del Convenio, así como aquellos otros recursos humanos que fueren necesarios para la consecución de los objetivos contenidos en dicha Cláusula.
Asimismo, la Atención Integral podrá prestarse por parte de personal contratado laboralmente por el Ayuntamiento como por parte de personal externo que preste el Servicio en el PMORVG a través de un contrato de servicios.
6.- Por otra parte, la suma de la asignación presupuestaria a las actuaciones de Prevención y Sensibilización en Materia de Violencia de Género, así como Gastos Corrientes de mantenimiento del Punto Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género no superará en ningún caso el 15% del importe total de la presente Prórroga.
7.- El importe de las actuaciones correspondientes a cada uno de los apartados objeto de esta Prórroga será el que aparece desglosado en el Anexo II de la misma, respetando la distribución y límites cuantitativos establecidos en esta cláusula, pudiendo producirse, en su caso, a propuesta del Ayuntamiento, con informe favorable de la Comisión de Seguimiento y autorización de la Dirección General de la Mujer, modificaciones sustanciales en los límites cuantitativos establecidos; siempre y cuando no se modifiquen las cantidades totales asignadas a cada actuación, según se detalla en los párrafos anteriores.
ANEXO II
PRESUPUESTO DESGLOSADO DE LAS ACTUACIONES EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO DE LA PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS XXXXX DE MADRID PARA EL AÑO 2012
PRESUPUESTO DESGLOSADO DE LAS ACTUACIONES DE LA PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS XXXXX DE MADRID PARA EL AÑO 2012 | ||
= ó > 85% del Coste Total del Convenio | 1.A ASISTENCIA PSICOLÓGICA (100% DGM) | 22.730,78€ |
1.B ASESORÍA JURÍDICA (100% DGM) | 19.000,00€ | |
TOTAL 1.A +1.B (100% DGM) | 41.730,78€ | |
2.A ASISTENCIA INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA (Trabajadora Social y otros profesionales; 80% DGM // 20% AYTO) | 40.464,41€ | |
= ó < 15% del Coste Total del Convenio | 2.B. GASTOS CORRIENTES (Alquiler local, teléfono, luz, material de oficina….; 80% DGM // 20% AYTO ) | 0,00 € |
2.C ACTUACIONES DE PREVENCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN (80% DGM/ / 20% AYTO) | 14.369,70€ | |
TOTAL 2.A +2.B + 2.C (80% DGM/ / 20% AYTO) | 54.834,11€ | |
COSTE TOTAL DEL CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE LAS XXXXX DE MADRID (1+ 2) | 96.564,89€ |
5º.- ADDENDA Y PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES PARA 2012.
Aprobar la prórroga para el ejercicio 2012 del Convenio de Colaboración con la Consejería de Empleo de la Comunidad de Madrid, ahora Consejería de Asuntos Sociales, para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la realización de actuaciones en las áreas de conciliación de la vida laboral y personal, cofinanciadas por el FSE en el PO Competitividad y Empleo, eje 2, TP 69, y en las áreas de educación en igualdad e igualdad de oportunidades, que contiene las siguientes C L Á U S U L A S:
PRIMERA.- PRÓRROGA PARA EL AÑO 2012.
Las partes firmantes del Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Empleo y Mujer, actual Consejería de Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid, a través de la Concejalía de Servicios Sociales para la Promoción de la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres mediante la realización de actuaciones en las áreas de Conciliación de la Vida Laboral y Personal, Educación en Igualdad, e Igualdad de Oportunidades, suscrito el 29 de diciembre de 2008, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho Convenio para el año 2012, ratificando en todos sus términos su objeto y contenido obligacional.
SEGUNDA.- MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA PRIMERA “OBJETO DEL CONVENIO”.
La Cláusula Primera, Objeto del Convenio, queda redactada de la siguiente manera:
“Constituye el objeto fundamental del presente Convenio el establecer la colaboración entre la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, Dirección General de la Mujer, y el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid, para promover la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres mediante la realización de actuaciones en los siguientes programas:
- Conciliación de la Vida Laboral y Personal. Este programa se encuentra cofinanciado en un 50% por el Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo 2007-2013, Eje 2 (Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad de oportunidades), Tema Prioritario 69 (favorecer la conciliación entre la vida laboral y personal e impulsar la igualdad de oportunidades).
- Educación en Igualdad. Este programa se encuentra cofinanciado en un 50% por el Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo 2007-2013, Eje 2 (Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad de oportunidades), Tema Prioritario 69 (Favorecer la conciliación entre la vida laboral y personal e impulsar la igualdad de oportunidades).
- Igualdad de Oportunidades”.
TERCERA.- MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA SEGUNDA “DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS”.
1. MODIFICACIÓN DEL APARTADO 1. CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y PERSONAL:
El párrafo primero del Apartado 1. Conciliación de la vida laboral y personal, de la Cláusula Segunda, Desarrollo de los Programas, queda redactado de la siguiente manera:
“1. CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y PERSONAL:
Dentro del marco del Programa Operativo 2007-2013, el Convenio garantizará el cumplimiento del siguiente criterio específico de selección aplicable al mismo:
- Sensibilizar, estimular y fomentar el reparto de todo tipo de tareas y la eliminación de estereotipos, así como informar y formar en materia de igualdad de oportunidades, con el fin de incluir la perspectiva de género de un modo transversal.
Se realizarán actividades en al menos dos de las siguientes líneas de actuación, destinadas a mejorar y facilitar la conciliación de la vida laboral y personal de la población municipal”.
Se añade un nuevo apartado 1.5 a la Cláusula Segunda, Desarrollo de los Programas Apartado 1. Conciliación de la vida laboral y personal:
“1.5 GASTOS DE PERSONAL (PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, GESTIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN).
El importe presupuestado para la justificación de los gastos del personal imputado al Programa de Conciliación de la vida laboral y personal, para la planificación, coordinación y/o justificación del mismo, por su naturaleza de costes indirectos, deberá ser igual o inferior a un 20% del presupuesto total del Convenio para este Programa”
2. MODIFICACIÓN DEL APARTADO 2. EDUCACIÓN EN IGUALDAD.
El párrafo primero del Apartado 2. Educación en Igualdad, de la Cláusula Segunda, Desarrollo de los Programas queda redactado de la siguiente manera:
“2. EDUCACIÓN EN IGUALDAD:
Dentro del marco del Programa Operativo 2007-2013, el Convenio garantizará el cumplimiento del siguiente criterio específico de selección aplicable al mismo:
- Sensibilizar, estimular y fomentar el reparto de todo tipo de tareas y la eliminación de estereotipos, así como informar y formar en materia de igualdad de oportunidades, con el fin de incluir la perspectiva de género de un modo transversal.
Se realizarán actuaciones encaminadas a la educación en valores igualitarios en el contexto escolar con el fin de construir una sociedad más justa y respetuosa con la diferencia, desde las edades más tempranas, de acuerdo con las siguientes áreas generales de actuación”.
El Subapartado 2.1 Intervención en Educación Infantil, Primaria y Secundaria, de la Cláusula Segunda, Desarrollo de los Programas queda redactado de la siguiente manera:
“2.1.- INTERVENCIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Se pondrá en marcha la Campaña “APRENDIENDO EN IGUALDAD”, consistente en la realización de actuaciones en las etapas de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Las actuaciones puestas en marcha en esta Campaña se encaminarán a sensibilizar y orientar al alumnado, profesorado y familias hacia nuevos modelos de valores, actitudes y comportamientos, basados en la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, proporcionar al profesorado material de apoyo para el desarrollo de una práctica coeducativa y fomentar el establecimiento de relaciones igualitarias entre las personas, libre de desequilibrios de poder.
Dentro de las actuaciones de la Campaña “APRENDIENDO EN IGUALDAD”, se podrán realizar:
- Charlas, jornadas y seminarios, cuyo fin sea la sensibilización en la necesidad de construir una sociedad más igualitaria y justa, libre de estereotipos de género, en la que la diferencia sea considerada un valor y no un obstáculo para la igualdad, dirigidos al alumnado, profesorado y madres y padres. Estas actividades se desarrollarán a lo largo del curso escolar con el material facilitado por la Dirección General de la Mujer y diseñado específicamente para el desarrollo de los mismos o elaborado por el propio Ayuntamiento con el Visto Bueno de la Dirección General de la Mujer.
- Edición, reparto y distribución de material divulgativo, folletos y otros materiales publicitarios de la Campaña “APRENDIENDO EN IGUALDAD”, así como otros materiales destinados a la sensibilización de toda la población sobre la necesidad de la construcción de una sociedad más igualitaria y justa y la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.”
Se añade un nuevo apartado 2.3 a la Cláusula Segunda, Desarrollo de los Programas Apartado 2. Educación en Igualdad:
“2.3 GASTOS DE PERSONAL (PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, GESTIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN).
El importe presupuestado para la justificación de los gastos del personal imputado al Programa de Educación en Igualdad, para la planificación, coordinación y/o justificación del mismo, por su naturaleza de costes indirectos, deberá ser igual o inferior a un 20% del presupuesto total del Convenio para este Programa”.
3. MODIFICACIÓN DEL APARTADO 3. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
Se añade un nuevo apartado 3.1 a la Cláusula Segunda, Desarrollo de los Programas Apartado 3. Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres:
“3.1 GASTOS DE PERSONAL (PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, GESTIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN).
El importe presupuestado para la justificación de los gastos del personal imputado al Programa de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, para la planificación, coordinación y/o justificación del mismo, por su naturaleza de costes indirectos, deberá ser igual o inferior a un 20% del presupuesto total del Convenio para este Programa”.
CUARTA.- MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA TERCERA “OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LAS XXXXX DE MADRID”.
El Apartado e) de la Cláusula Tercera, Obligaciones del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid queda redactado de la siguiente manera:
“e) Incluir el logotipo del Fondo Social Europeo en todas las actuaciones que, dentro del marco de este Convenio, se encuentren cofinanciadas por el mismo y que son las relacionadas en los apartados 1 y 2 de la Cláusula Segunda referidas a la Conciliación de la vida laboral y personal y Educación en Igualdad”.
QUINTA.- MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA OCTAVA “CONTROL DE ACTUACIONES EN EL ÁREA DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y PERSONAL”.
La Cláusula Octava, Control de actuaciones en el área de Conciliación de la vida laboral y personal pasa a denominarse: “Control de actuaciones en las áreas de conciliación de la vida laboral y personal y educación en igualdad”.
SEXTA.- MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA NOVENA “JUSTIFICACIÓN DEL GASTO Y PAGO CON CARGO AL CONVENIO”.
La Cláusula Novena, Justificación del gasto y pago con cargo al Convenio, queda redactada de la siguiente manera:
“El abono de las cantidades correspondientes a la Consejería de Asuntos Sociales, Dirección General de la Mujer, se realizará de acuerdo con las siguientes condiciones:
1.- Los pagos se realizarán a través de certificaciones parciales con una periodicidad cuatrimestral.
Las cuantías reseñadas se entregarán previa presentación de las facturas y justificantes correspondientes por parte del Ayuntamiento y Certificado de la Intervención Municipal, con el Conforme y el Visto Bueno de la Alcaldía, comprensivo de los gastos realizados hasta la fecha de la certificación, en el que conste, asimismo, la relación pormenorizada de las facturas y justificantes de los gastos realizados, agrupados en los diferentes apartados previstos en este Convenio: Conciliación entre la Vida Personal y Laboral, Educación en Igualdad e Igualdad de Oportunidades, según el modelo de certificado que aparece como Anexo II de este Convenio.
Cuando los gastos justificados en alguno de los Programas cofinanciados se deriven de un expediente de contratación, junto con las facturas y justificantes de gastos, deberá aportarse correctamente cumplimentada y firmada la lista de comprobación que aparece como Anexo V en esta Addenda modificativa y Prórroga en el momento de la justificación.
En cada justificación deberá presentarse un certificado firmado por el/la Secretario/a, con el Visto Bueno de la Alcaldía, que garantice que las facturas y los gastos de personal reflejados en el Anexo II del Convenio, no serán utilizados para la justificación de otras ayudas, subvenciones o convenios.
2.- Las facturas y justificantes originales de los gastos realizados quedarán en poder del Ayuntamiento y a disposición de la Comunidad de Madrid, debiendo presentar junto con cada certificación únicamente fotocopias cotejadas.
En cumplimiento de lo establecido en la Orden TIN 2965/2008, de 14 de octubre, la entidad local presentará certificación acreditativa del pago efectivo de los gastos relativos a los Programas de Conciliación de la Vida Laboral y Personal y Educación en Igualdad, conforme a los modelos recogidos en el Anexo III-A y Anexo III-B de esta Addenda modificativa y Prórroga, junto con el resto de documentación necesaria para comprobar, tanto la salida material de fondos del Ayuntamiento, como la adecuación de los procedimientos utilizados para la realización de los gastos, a la normativa comunitaria y nacional aplicable en la materia. Todo ello, en un plazo no superior a cuatro meses a partir de la finalización del periodo justificativo cuatrimestral, tal y como se establece en el Anexo IV.
En caso de no presentar toda la documentación anterior en el plazo señalado, la Consejería de Asuntos Sociales paralizará el pago de las justificaciones posteriores hasta la recepción de la misma.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 90 del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, la entidad local deberá conservar los documentos justificativos, relacionados con los gastos cofinanciados por el FSE y mantenerlos a disposición de los distintos órganos de control durante un período de tres años a partir del cierre del Programa Operativo 2007-2013.
Los gastos de personal deberán acreditarse mediante la presentación de las nóminas correspondientes, informe detallado de las horas de su jornada de trabajo dedicadas a la actividad objeto de este Convenio, categoría profesional y detalle de las funciones concretas desempeñadas, así como boletines de cotización a la Seguridad Social (TC-1 y TC-2) de las nóminas imputadas y un informe de situación del código de cuenta de cotización.
A los efectos de justificación y pago de las nóminas de diciembre y sus correspondientes boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2) de noviembre y diciembre, el Ayuntamiento procederá a incorporar los mismos antes del 20 de febrero del año siguiente, y en cualquier caso, si hubiese Prórroga del Convenio, antes de la tramitación de la primera certificación cuatrimestral.
3.- En caso de que el coste total fuera superior a lo estipulado, la Consejería de Asuntos Sociales, Dirección General de la Mujer, únicamente se compromete a aportar, como máximo, las cantidades a que se obliga en este Convenio. En caso de que las cantidades gastadas y justificadas fuesen menores a las reseñadas, la Consejería de Asuntos Sociales, Dirección General de la Mujer, sólo abonará las cantidades gastadas y efectivamente justificadas de acuerdo con las condiciones fijadas en el apartado 1 de esta Cláusula, según los porcentajes previstos en la Cláusula Séptima.
4.- La aportación de la Consejería de Asuntos Sociales, Dirección General de la Mujer, se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente núm. 2038/2228/95/6000798488 del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid.
5.- En relación a las actuaciones en materia de Conciliación de la Vida Laboral y Personal y Educación en Igualdad, el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid queda sometido, en cuanto a los gastos, a las normas de elegibilidad establecidas en el artículo 11 del Reglamento (CE) 1081/2006 relativo al Fondo Social Europeo y a las Normas sobre Gastos Subvencionables del Fondo Social Europeo, establecidas a nivel nacional por la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo.
6.- Junto con la última certificación se deberá presentar Memoria de las actuaciones realizadas a lo largo del año, sin perjuicio de los Informes que, con carácter semestral, deben presentarse (apartado f) de la Cláusula 3ª de este Convenio)”.
SÉPTIMA.- FINANCIACIÓN.
1.- El importe total de esta Addenda y Prórroga asciende a la cantidad de 61.190,64 € de los cuales la Comunidad de Madrid aportará 56.450,52 € y el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid aportará 4.740,12 €, de acuerdo con la distribución que se establece en los apartados 2 y 3 de esta cláusula, sin perjuicio del incremento correspondiente a la revisión de precios del año natural anterior (ejercicio 2011). Este incremento se podrá aplicar al concepto dentro de cada Programa que el Ayuntamiento considere oportuno.
El importe de las actuaciones correspondientes a cada uno de los Programas de esta Prórroga será el que aparece desglosado en el Anexo I de la misma.
2.- La financiación a cargo de la Consejería de Asuntos Sociales, asciende a la cantidad de 56.450,52 €, correspondiendo al año 2011 0 €, y al año 2012 56.450,52 € y se realiza con cargo a la Partida 25400, del Programa 915. Su distribución y financiación es la siguiente:
2.1.- Conciliación de la Vida Laboral y Personal: 25.855,20 €. La aportación de la Dirección General de la Mujer representa el 100% del total de este Programa, siendo dicha aportación cofinanciada en un 50% por el Fondo Social Europeo, Programa Operativo 2007-2013 “Competitividad y Empleo”.
2.2.- Educación en Igualdad: 25.855,20 €. La aportación de la Dirección General de la Mujer representa el 100% del total de este Programa, siendo dicha aportación cofinanciada en un 50% por el Fondo Social Europeo, Programa Operativo 2007-2013 “Competitividad y Empleo”.
2.3.- Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres: 4.740,12 €. Esta aportación de la Dirección General de la Mujer equivale al 50% del total de este Programa.
3.- El Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid aportará la cantidad de 4.740,12 € al programa que se detalla:
3.1.- Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres: 4.740,12 €. Esta aportación del Ayuntamiento equivale al 50 % del total de este Programa.
4.- Las cuantías reseñadas en los apartados anteriores se entenderán limitativas, no permitiéndose, en ningún caso, el trasvase presupuestario entre los Programas de esta Prórroga: Conciliación de la Vida Laboral y Personal, Educación en Igualdad e Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.
5.- No obstante, a propuesta del Ayuntamiento, con informe favorable de la Comisión de Seguimiento y autorización de la Dirección General de la Mujer, podrán producirse variaciones entre las cuantías de las distintas actuaciones que componen las áreas de los Programas, siempre y cuando no se modifiquen las cantidades totales asignadas a cada uno de estos últimos, según se detalla en el párrafo anterior.
6.- Cuando la Corporación Local decida contratar con personal externo a la misma para la realización de la funciones de planificación, coordinación, gestión y justificación, así como para la realización de cualquiera de las actuaciones previstas en los programas de Conciliación de la vida laboral y personal, Educación en Igualdad e Igualdad de Oportunidades, deberá regirse por la normativa vigente en materia de contratación pública.
ANEXO I
PRESUPUESTO DESGLOSADO DE LAS ACTUACIONES DE LA ADDENDA Y PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS XXXXX DE MADRID
1. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y PERSONAL | ||
PLANIFICACIÓN MUNICIPAL POR LA CONCILIACIÓN | 3.847,50 € | |
DIVULGACION Y COMUNICACIÓN | DISEÑO, ELABORACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL CATÁLOGO PARA LA CONCILIACIÓN | 3.847,50 € |
DISTINTIVO A EMPRESAS | 7.695,00 € | |
INFORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN | GESTIONAR EL TIEMPO PARA VIVIR MEJOR | 855,00 € |
JORNADAS, CHARLAS, SEMINARIOS, TALLERES, Y/U OTRAS RESPRESENTACIONES SOCIOCULTURALES | 1.060,20 € | |
CORRESPONSABILIDAD EMPRESARIAL | 8.550,00 € | |
GASTOS DE PERSONAL (PLANIFICACION, COORDINACIÓN, GESTIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN) | ||
TOTAL CONCILIACIÓN (100% DGM) | 25.855,20 € | |
2. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA DE EDUCACIÓN EN IGUALDAD | ||
EDUCACIÓN EN IGUALDAD EN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA | 7.749,72 € | |
REFERENTES PROFESIONALES EN SECUNDARIA | 6.039,72 € | |
EDICIÓN, REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES DIVULGATIVOS Y PUBLICITARIOS | 6.894,72 € | |
GASTO DE PERSONAL(PLANIFICACION, COORDINACIÓN, GESTIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN) | 5.171,04 € | |
TOTAL PRESUPUESTO DE EDUCACIÓN EN IGUALDAD (100% DGM) | 25.855,20 € |
1. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y PERSONAL | |
3. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES | |
PLAN DE IGUALDAD (Elaboración, ejecución, difusión, evaluación,…) | 4.275,00 € |
ACTUACIONES DE LA SEMANA DE LA MUJER | 5.205,24 € |
PUBLICACIONES EN MATERIA DE IGUALDAD | |
JORNADAS, CHARLAS Y SEMINARIOS | |
GASTO DE PERSONAL (PLANIFICACIÓN, COORDINACIÓN, GESTIÓN Y/O JUSTIFICACIÓN) | |
TOTAL PRESUPUESTO DE IGUALDAD (50% DGM) | 9.480,24 € |
IMPORTE TOTAL DEL CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE LAS XXXXX DE MADRID (I+II+III) | 61.190,64 € |
6º.- PROYECTOS DE AYUDAS ECONÓMICAS DE LA CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALES, 2012.
Aprobar los siguientes Proyectos de ayudas económicas de la Concejalía de Servicios Sociales para el desarrollo de los Servicios de Atención Primaria:
- Ayuda para estancia en residencia de personas mayores durante las vacaciones xx xxxxxx de las familias cuidadoras, por importe de 10.000 €.
- Ayuda para la financiación parcial de ocio estival para personas con discapacidad intelectual, por importe de 18.000 €.
- Ayuda para financiación a familias con personas en situación de dependencia a cargo, por importe de 50.000 €.
- Ayuda para pago de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual de personas en situación de desempleo de larga duración, por importe de 50.000 €.
- Ayuda para emergencia social para personas inmigrantes (vivienda), por importe de 12.000 €.
- Ayuda para mejora de habitabilidad de la vivienda para personas mayores y/o con limitación en la actividad, por importe de 25.000 €.
7º.- NUEVOS TALLERES Y SUS CORRESPONDIENTES PRECIOS PÚBLICOS DE LA CONCEJALÍA DE CULTURA AÑO 2012.
Aprobar los nuevos talleres monográficos de artes plásticas de la Concejalía de Educación y Cultura, a impartir en el Centro Cultural Xxxxx de la Riva a partir de enero 2012, con los precios que se señalan:
TALLERES | Mensualidad Empadronados (€) |
Modelado de figura humana | 38,75 |
Cerámica mural en pequeño formato | 38,75 |
Grabado clásico | 18,32 |
Pintura creativa: técnicas y soportes | 40,20 |
Dibujo: técnicas de encaje | 17,09 |
Encuadernación para scrapbooking (recortes) | 34,28 |
Estampación y decoración de libros | 34,28 |
Retoque y fotomontaje en photoshop | 25,63 |
El precio de estos talleres se verá incrementado en un 50% para alumnos No Empadronados.
Precio matrícula 18 €, pago único, sin descuentos.
8º.- REVISIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES, EJERCICIO 2012.
Aprobar los siguientes precios públicos de la Concejalía de Deportes para el ejercicio 2012 por los conceptos que se detallan:
PRECIOS POR PERSONA
PISTA DE ATLETISMO | |||
No | abonado | Abonado | |
Adulto | 2,40 € | Adulto | 1,20 € |
Infantil | 1,25 € | Infantil | 0,65 € |
GIMNASIO DE MUSCULACIÓN | |
No abonado | Abonado |
Adulto 3,60 € | Adulto 1,80 € |
PISCINAS CUBIERTAS Y DESCUBIERTAS | |||
No | abonado | Abonado | |
Adulto | 3,60 € | Adulto | 1,80 € |
Infantil | 2,00 € | Infantil | 1,00 € |
Bonos | |||
Adulto | 29,00 € | Infantil | 14,50 € |
SAUNA | |
No abonado 3,60 € | Abonado 1,80 € |
ROCÓDROMO |
No Abonado Adulto 3,50 € |
PASEO | EN | PIRAGUA |
Adulto 5,85 €/h | ||
Infantil | 3,50 €/h |
PRECIOS POR ESPACIO
ALQUILER PISTA XX XXXXX CUBIERTA (sin luz) |
No abonado |
11,50 € |
ALQUILER PISTA XX XXXXX DESCUBIERTA (sin luz) |
No abonado |
8,30 € |
ALQUILER PISTA DE TENIS (sin luz) |
No abonado |
6,20 € |
ALQUILER PISTA DE SQUASH (sin luz) |
No abonado |
4,15 € |
ALQUILER PISTA DE SWINGBOL (sin luz) |
No abonado |
4,15 € |
ALQUILER PISTA DE TENIS / PADEL PARA CLASES Y ORGANIZACIÓN DE TORNEOS (sin luz) | |
De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 h | 17,30 €/h |
Resto días, incluidos fin de semana | 23,10 €/h |
ALQUILER PISTA DE ATLETISMO | |
Exclusividad | 115,00 €/h |
Calle | 22,80 €/h |
ALQUILER CALLE PISCINA | |
Con material | 35,00 €/h |
Sin material | 28,00 €/h |
PISTAS CUBIERTAS | |
Pista completa | 60,00 €/h |
1/3 Pista | 31,50 €/h |
SALA | |
1 Hora | 31,50 €/h |
SALA DE CONFERENCIAS | |
1 Hora | 37,10 €/h |
Día completo | 138,50 € |
CANAL DE PIRAGÜISMO | |
1 Hora sin material | 59,50 €/h |
ALQUILER PISTA VOLEY PLAYA | |
Alquiler pista | 3,40 €/h |
ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES
EMPADRONADOS:
ESCUELAS ADULTOS | |||
3 Días (50 ó 45 min.) | 2 Días (50 ó 45 min.) | 2 Días (30 min.) | 2 Días (45 min.) Padel Cubierto |
114,70 € | 77,80 € | 56,80 € | 90,50 € |
ESCUELAS INFANTILES | |||
2 Días (50 ó 45 min.) | 2 Días (30 min.) | 2 Días (45 min.) Padel Cubierto | |
54,20 € | 32,50 € | 62,50 € | |
2 Días (30min.) Natación Aprendizaje | 2 Días (45 min.) Natación Perfeccionamiento | ||
51,20 € | 77,80 € |
ESCUELAS BABIES |
2 Días (30 min. ó 25 min.) |
32,50 € |
NATACIÓN BABIES-MADRE | |
1 Día (25 min.) | 2 Días (30 min.) |
25,00 € | 45,70 € |
NATACIÓN FIN DE SEMANA |
Empadronado |
26,00 € |
NO EMPADRONADOS:
ESCUELAS ADULTOS | ||||
3 Días (50 ó 45 min.) | 2 Días (50 ó 45 min.) | 2 Días (30 min.) | 2 Días (45 min.) Padel Cubierto | |
150,00 € | 102,00 € | 75,50 € | 118,50 € | |
ESCUELAS INFANTILES | ||||
2 Días (50 ó 45 min.) | 2 Día (30 min.) | 2 Días (30 min.) Natación | 2 Días (45 min.) Padel Cubierto | |
71,00€ | 42,50€ | 67,00€ | 81,50 € | |
2 Días (30min.) Natación Aprendizaje | 2 Días (45 min.) Natación Perfeccionamiento | |||
67,00 € | 102,00 € | |||
ESCUELAS BABIES | ||||
2 Días (30 min. ó 25 min.) | ||||
41,27€ |
NATACIÓN BABIES-MADRE | |
1 Día (25 min.) | 2 Días (30 min.) |
32,00€ | 60,00€ |
NATACIÓN FIN DE SEMANA |
No Empadronado |
35,00 € |
SERVICIO MÉDICO | |
REC. MÉDICO CON PRUEBA / ESFUERZO | 40,00 € |
REC. MÉDICO CON PRUEBAS COMPLEM | 27,00 € |
REC. MÉDICO FICHA FEDERATIVA | 12,50 € |
ACTIVIDADES DE AIRE LIBRE | |
Actividad Senderismo sin transporte | Gratuito |
Actividad Senderismo con transporte | 7,00€ |
Multiactividad sin transporte | Gratuito |
Multiactividad con transporte | 7,00€ |
Multiactividad con alquiler de piraguas | 3,50 € |
ABONOS - Empadronados | |||
Familiar | Adulto | Infantil | |
Anual | 191 € | 102,00 € | 58,00 € |
Desde 1 de julio | 141 € | 75,50 € | 43,00 € |
ABONOS - Residentes, estudiantes y trabajadores (no empadronados) | |||
Familiar | Adulto | Infantil | |
Anual | 277,00 € | 134,00 € | 69,50 € |
Desde 1 de julio | 204,50 € | 98,50 € | 51,00 € |
XXXX DEPORTE (Empadronados) | ||
Adulto | Joven | |
Anual | 258,00 € | 193,00 € |
Desde 1 xx xxxxx | 227,00 € | 173,00 € |
Desde 1 de julio | 193,00 € | 131,00 € |
Desde 1 de octubre | 131,00 € | 86,50 € |
XXXX DEPORTE - Residentes, estudiantes y trabajadores (no empadronados) | ||
Adulto | Joven | |
Anual | 340,00 € | 252,50 € |
Desde 1 xx xxxxx | 295,00 € | 228,00 € |
Desde 1 de julio | 252,00 € | 171,00 € |
Desde 1 de octubre | 142,00 € | 113,50 € |
XXXX DEPORTE 3ª EDAD (Empadronados) | |
Anual | 81,00 € |
Desde 1 xx xxxxx | 73,00 € |
Desde 1 xx xxxx | 60,00 € |
Desde 1 de julio | 45,50 € |
Desde 1 de septiembre | 33,00 € |
Desde 1 de noviembre | 20,00 € |
XXXX DEPORTE 3ª EDAD RESIDENTES, ESTUDIANTES Y TRABAJADORES (No Empadronados) | |
Anual | 105,00 € |
Desde 1 xx xxxxx | 95,00 € |
Desde 1 xx xxxx | 78,00 € |
Desde 1 de julio | 59,00 € |
Desde 1 de septiembre | 42,00 € |
Desde 1 de noviembre | 25,50 € |
Cesión/Alquiler de instalaciones para entrenamiento de equipos participantes en los Juegos Deportivos Municipales (temporada completa) | |
Fútbol 11 hierba artificial | 650 € |
Fútbol 7 hierba artificial | 435 € |
Fútbol 11 tierra | 210 € |
Fútbol 7 tierra | 285 € |
Pista cubierta completa | 260 € |
1/3 pista cubierta | 150 € |
Sala escolar | 110 € |
Pista exterior cubierta | 90 € |
1,00 €
Uso de vestuario, cuando se trate de instalaciones exteriores de uso gratuito que no estén dotadas de aquellos.
2º.- Mantener los precios que siguen sin incremento:
CAMPO DE FÚTBOL HIERBA ARTIFICIAL F7 | |
Con luz | 108,15 €/h |
Sin luz | 86,50 €/h |
CAMPO DE FÚTBOL HIERBA ARTIFICIAL F11 | |
Con luz | 168,00 €/h |
Sin luz | 135,00 €/h |
BONO FITNESS ( Empadronados) | ||
Adulto | Joven | |
Anual | 420,00 € | 357,00 € |
Desde 1 xx xxxxx | 345,00 € | 297,00 € |
Desde 1 de julio | 265,00 € | 213,00 € |
Desde 1 de octubre | 148,00 € | 127,00 € |
BONO FITNESS - RESIDENTES, ESTUDIANTES Y TRABAJADORES (No Empadronados) | ||
Adulto | Joven | |
Anual | 496,00 € | 415,00 € |
Desde 1 xx xxxxx | 412,00 € | 348,00 € |
Desde 1 de julio | 325,00 € | 250,00 € |
Desde 1 de octubre | 182,00 € | 151,00 € |
- Escuela de preparación al parto empadronado: 186,00 € /trimestral.
- Escuela de preparación al parto no empadronado: 242,00 € /trimestral.
3º.- Creación de precio público nuevo.
a) Alquiler de pabellón de gimnasia artística. 75,00 €/hora.
b) Escuelas deportivas de Tercera Edad:
- Empadronado 25,00 €.
- No Empadronado 32,50 €.
c) Precio de alquiler de pistas con luz.
- Pista xx xxxxx descubierta: | 9,30 €. |
- Pista xx xxxxx cubierta: | 12,50 €. |
- Pista de tenis: | 7,20 €. |
- Pista de swingbol: 4º.- Descuentos: | 4,15 €. |
a) El alta en el servicio de abono da derecho al descuento del 50% en el precio público de las entradas de uso individual, no de uso colectivo, y el 50% de descuento en las escuelas deportivas. Quedando excluidos los bonos de piscina, escuela de hípica, campamentos xx xxxxxx y cursillos xx xxxxxx.
b) Las familias numerosas de categoría general tendrán descuento del 30% sobre el precio del abono familiar o individual, y en el caso de categoría especial tendrán descuento del 55%.
5º.- Matrícula en escuelas deportivas por actividad, persona y curso: 12 €. La matrícula no será descontada en el precio de abonado.
9º.- ADJUDICACIÓN DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.
1º.- Adjudicar la prestación del servicio, mediante procedimiento negociado, de “Teleasistencia domiciliaria” a EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS S.A., en la cantidad de:
− 21,48 €, excluido IVA, por teleasistencia domiciliaria.
− 36,15 €, excluido IVA, por teleasistencia móvil.
Hasta un máximo de 26.000 € anuales excluido IVA, extendiéndose el plazo de duración del contrato por término de 1 año, prorrogable hasta alcanzar un máximo de 2 años.
2º.- Adjudicar el servicio, mediante procedimiento negociado, de “Análisis para el Laboratorio Municipal”, a D.ª XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXX, en la cantidad de 25.680 € anuales, excluido IVA, extendiéndose la duración del contrato por plazo de 1 año, siendo prorrogable en los términos señalados en el pliego de condiciones.
10º.- LIQUIDACIONES DE OBRA.
1º.- Aprobar la medición general de la obra de “Construcción de parque lineal xxx Xxxxxxxxxx”, que arroja un saldo a favor del contratista UTE. FRONDA, OBRAS Y SERVICIOS X.X.-XXXXXXX, OBRAS Y SERVICIOS S.A., de 112.468,39 €, excluido
XXX, notificándose al contratista por término de 3 días para que efectúe las alegaciones que a su derecho convenga.
2º.- Aprobar la medición general de la obra de “Reparación y mejora de colegios públicos 2011”, que arroja un saldo a favor del contratista INESCO S.A., de 12.650,04 €, excluido IVA, notificándose al contratista por término de 3 días para que efectúe las alegaciones que a su derecho convenga.
11º.- PRÓRROGA DE CONTRATOS.
Prorrogar los siguientes contratos hasta la fecha que se indica:
CONTRATISTA | CONTRATO | PRORROGADO HASTA |
XXXXX XXXXXXXX XXXXX | Xxxxxxx equipamiento juvenil en Las Matas | 31-3-2012 |
XXXXXXXXXX XXXXX XXXXX | Xxxxxxxxxx Centro Mayores Las Matas | 30-6-2012 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXX | Peluquería Centro Mayores Las Xxxxx | 30-6-2012 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | Xxxxxx de Manualidades | 31-12-2012 |
XXXXX XXXXXX XXXXX | Xxxxxx de Historia del Arte en C. Mayores | 31-3-2012 |
CONTRATISTA | CONTRATO | PRORROGADO HASTA |
XXXX XXXXXX XXXXXXXX | Animación sociocultural en C. Mayores | 31-12-2012 |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX | Asesoría en gestión de proyectos | 31-12-2012 |
OPADE S.A. | Mantenimiento de piscinas | 31-12-2012 |
I+D CONTROL S.A. | Control de plagas | 31-3-2012 |
XXXXXX XXXX Y ASOCIADOS SRL | Defensa Jurídica Municipal | Hasta nueva adjudicación |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | Xxxxxxxxx de violín | Hasta nueva adjudicación |
12º.- APROBACIÓN DE EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN.
1º.- Aprobar el expediente de contratación, por procedimiento negociado, de acuerdo con lo previsto en el art. 174.e), así como el 177.2 del TR de la Ley de Contratos del Sector Público, de los servicios de:
− Monitores de aire libre 2012.
− Teleasistencia domiciliaria (75 terminales).
2º.- Aprobar el expediente de contratación de la “Explotación de la cafetería del Auditorio Municipal”, declarándose de tramitación ordinaria.
Adjudicar el contrato por procedimiento abierto y aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares que habrán de regir el contrato.
3º.- Aprobar el expediente de contratación de uso privativo de bienes de dominio público para la “Explotación de kiosco en el Parque El Cantizal”, declarándose de tramitación ordinaria.
Adjudicar el contrato por procedimiento abierto y aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares que habrán de regir el contrato.
13º.- DAR CUENTA DE RECEPCIÓN DE OBRAS Y SUMINISTROS.
La Junta de Gobierno Local queda enterada de la recepción de los siguientes contratos:
− “Suministro, instalación y mantenimiento de una plataforma de red centralizada para las dependencias municipales”, con fecha 22 de julio de 2011.
− “Ajardinamiento del Parque de la calle de Siete Picos”, con fecha 1 de diciembre de 2011.
− “Suministro e instalación de infraestructuras de seguridad para áreas infantiles, nuevos circuitos biosaludables y elementos de juego, lote C: circuitos de ejercicios para mayores y elementos de juego para áreas infantiles”, con fecha 29 de noviembre de 2011.
14º.- EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
Desestimar la reclamación por daños sufridos en la vivienda situada en la avda. Mallorca número 16, 2.ª plta 213, como consecuencia del desbordamiento de una alcantarilla por los motivos indicados en los fundamentos de derecho de la presente resolución.
15º.- ENCOMIENDAS A LA EMPRESA MUNICIPAL DE GESTIÓN URBANÍSTICA Y VIVIENDA DE LAS XXXXX DE MADRID S.A.
Encomendar a la Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda de Las Xxxxx de Madrid S.A., la gestión de los siguientes expedientes:
1. Trabajos de asistencia técnica de infraestructuras urbanas.
2. Trabajos de redacción, adaptación y coordinación de los documentos integrantes del Plan General de Ordenación Urbana.
16º.- LIQUIDACIÓN Y PAGO DE LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN A EMGV S.A. DEL ACONDICIONAMIENTO, REHABILITACIÓN PARCIAL DEL CEIP SAN XXXX DE LAS MATAS.
Dada cuenta de la propuesta efectuada por la Concejalía de Urbanismo, Infraestructuras Públicas y Vivienda para la liquidación y pago de la encomienda de gestión a EMGV S.A., del acondicionamiento, rehabilitación parcial y ampliación del Colegio de Educación Infantil y Primaria San Xxxx de Las Matas, se acordó:
1º.- Darse por enterada de la recepción de las obras de “Acondicionamiento, rehabilitación parcial y ampliación del Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) San Xxxx de Las Matas” producida el 10 xx xxxxxx de 2011.
2º.- Aprobar la liquidación de las mismas así como el pago a EMGV S.A. de la factura 2011/8, de fecha 12.12.11, por importe de 4.982.254,16 € (IVA incluido), con cargo a la partida 111.3210.63200 del Presupuesto de la Corporación 2011.
17º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.
1º.- Reconocer crédito por importe de 133.007,90 € de acuerdo al siguiente detalle:
Nº DOCUMENTO | DETALLE | IMPORTE TOTAL |
400/11 | SERVICIOS COLEGIOS AL PARQUE SEGURIDAD VIAL EN EL CANTIZAL - 42 SERVICIOS. | 6.350,40 |
19/2011 | HONORARIOS ESTUDIO ANTECEDENTES Y REDACCION DE INFORME 8.07.2011 INDEMNIZACIONES ASISTENCIAS SESIONES ORGANOS COLEGIADOS | 7.080,00 |
14 ODT-015-0003 | MANTENIMIENTO RECINTO FERIAL DE LAS XXXXX MESES XX XXXXXX Y SEPTIEMBRE 2011. | 16.102,86 |
14OODT-015- 0004 | MANTENIMIENTO RECINTO FERIAL DE LAS XXXXX MES DE OCTUBRE 2011- | 8.261,68 |
14 ODT-015-0005 | MANTENIMIENTO RECINTO FERIAL DE LAS XXXXX MESES DE NOVIEMBRE 2011. | 8.261,68 |
14 ODT-015-0006 | MANTENIMIENTO RECINTO FERIAL DE LAS XXXXX MESES DE DICIEMBRE 2011. | 9.312,90 |
Nº DOCUMENTO | DETALLE | IMPORTE TOTAL |
27 -11 | NOTIFICACIONES MIEMBROS MESAS ELECTORALES, MONTAJE Y DESMONTAJE DE URNAS Y CABINAS, ACONDIC. LOCALES ELECC. 20N. | 11.421,07 |
116/2011 | ASISTENCIA LETRADA Y REPRESENTACION CONTRA D.ª M.ª XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX JUZGADO DE LOS SOCIAL 25 | 3.186,00 |
117/2011 | ASISTENCIA LETRADA Y REPRESENTACION CONTRA D.x XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX DE LO SOCIAL 38 444/2011. | 4.248,00 |
118/2011 | ASISTENCIA LETRADA Y REPRESENTACION CONTRA D.ª M.ª X. XXXXXXX Y XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX SOCIAL 17 306/2011. | 5.575,50 |
0107655 | CENA HOMENAJE MAYORES FIESTAS SAN XXXXXX 2011. | 30.240,00 |
FSGN 803298 | RECOGIDA PAPEL CARTON MES DE NOVIEMBRE 2011. | 4.563,21 |
FSGN 803299 | RECOGIDA PAPEL CARTON MES DE OCTUBRE 2011. | 4.563,21 |
FSGN 803266 | RECOGIDA PAPEL CARTON MES DE JULIO 2011. | 4.698,50 |
FSGN 803267 | RECOGIDA PAPEL CARTON MES XX XXXXXX 2011. | 4.489,77 |
FSGN 803268 | RECOGIDA PAPEL CARTON MES DE SEPTIEMBRE 2011. | 4.653,12 |
2º.- Aprobar el gasto con cargo a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Corporación.
18º.- ASUNTOS DE TESORERÍA: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS.
1º.- Devolver al solicitante el aval del Banco Banesto, cuyo importe asciende a
4.452 € y registrado al núm. 320070005821 del Registro de Avales de este Ayuntamiento, depositado para garantizar las obligaciones ambientales derivadas de la construcción de edificio, destinado a correos, en la parcela N 26-2, Sector V-2, expte. 276/06-01.
2º.- Devolver al solicitante el aval del Banco Banesto, cuyo importe asciende a 14.274,04 € y registrado al núm. 4046 del Registro de Avales de este Ayuntamiento, depositado para garantizar las obligaciones ambientales derivadas de la construcción de un edificio comercial de locales en la parcela 15.1. P. Empresarial, expte. 164/02- 01.
URGENCIA.
Previa declaración de urgencia alegada por el Sr. Alcalde-Presidente, y estimada por unanimidad, de conformidad con lo establecido en los arts. 83 y 113 del ROFRJEL y, 51 del RD Legislativo 781/86 de 18 xx xxxxx y, se acordó:
Aprobar el convenio de colaboración con la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, para la incorporación a la red de puntos de información de voluntariado, que contiene las siguientes C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto la puesta en marcha y el mantenimiento del Punto de Información de Voluntariado del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid enmarcado en la Red Municipal de Puntos de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid.
Los fines principales de este Punto de Información de Voluntariado, sin perjuicio de los que tenga establecidos o establezca el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid, son los siguientes:
− Fomentar e impulsar el voluntariado en el ámbito local.
− Ser punto de referencia e información para cualquier ciudadano, asociación o voluntario del municipio en cualquier materia relacionada con el voluntariado.
− Ser mediadores entre las Entidades de Acción Voluntaria (EAV) y los ciudadanos que deseen ser voluntarios.
SEGUNDA.- La Consejería de Asuntos Sociales a través de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, con objeto de facilitar la consecución de los fines expuestos, se compromete a:
− Poner a disposición del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid la aplicación informática, creada para la Red, de Gestión del Voluntariado y autorizar a dicho Ayuntamiento a acceder a las bases de datos de la Red de Puntos de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid.
− Facilitar la señalización del Punto de Información de Voluntariado con la imagen corporativa de la Red de Puntos de Información de Voluntariado que, con este fin, podrá realizar la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, y que será contratada de manera independiente a este Convenio.
− Apoyar al Punto de Información de Voluntariado con la distribución de materiales de promoción y sensibilización de voluntariado de carácter general, en el marco de las campañas publicitarias de Promoción de Voluntariado que se realicen a nivel regional, editados por la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, y que serán contratadas de manera independiente a este Convenio según se acuerde, y siguiendo las directrices de la Consejería de Asuntos Sociales.
− Formar, a través del personal propio del Servicio de Voluntariado Social, al personal que el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid destine al Punto de Información de Voluntariado en el uso de la aplicación informática de Gestión del Voluntariado de la Red de Puntos de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid y en cuantas otras materias fueran necesarias para el funcionamiento adecuado del Punto de Información de Voluntariado (PIV).
− Tener en cuenta las necesidades formativas de los voluntarios y de las Entidades de Acción Voluntaria planteadas por el Punto de Información de Voluntariado en los cursos de formación que se organizan a través de la Escuela de Voluntariado de la Comunidad de Madrid.
TERCERA.- El Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid se compromete a cumplir con los siguientes requisitos:
− Facilitar un lugar diferenciado para la ubicación del Punto de Información de Voluntariado con la señalización aportada por la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.
− Dotar al Punto de Información de Voluntariado con ordenador y conexión fluida a Internet que permita trabajar en la Red de Puntos de Información de
Voluntariado.
− Destinar personal que atienda el Punto de Información de Voluntariado, garantizando una atención al público de al menos 22 horas semanales, desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2012.
− Trabajar en coordinación con la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social y los demás municipios de la Red, utilizando como herramienta de trabajo la aplicación informática de la Red de Gestión del Voluntariado.
− Participar en las reuniones que para el seguimiento y la coordinación de las actividades de voluntariado llevadas a cabo por la Red de Puntos de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid, convoque la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.
− Realizar los informes técnicos de las Entidades de Acción Voluntaria (EAV) sin ánimo de lucro de su municipio que, para una mejor resolución de la convocatoria de subvenciones para proyectos de voluntariado, puedan ser requeridos por la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.
− Cumplimentar toda la documentación necesaria para la actualización y mantenimiento de la aplicación informática de Gestión del Voluntariado, de acuerdo al Manual de Procedimiento de la Red de Puntos de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid.
− Desarrollar el Programa de Actuaciones en materia de Voluntariado de acuerdo al Anexo I del Convenio.
− Presentar una Memoria de Evaluación de las actividades desarrolladas, durante el año 2012.
CUARTA.- En todas las actividades que realice el Punto de Información de Voluntariado de acuerdo al presente convenio deberá hacerse constar la colaboración de la Consejería de Asuntos Sociales mediante la inclusión de su logotipo y el de la Red de Puntos de Información de Voluntariado, facilitados por la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.
QUINTA.- La Comunidad de Madrid, con cargo a su dotación presupuestaria recogida en el programa 906 partida 22810, aportará la cantidad de 11.538 euros para apoyar una parte de la financiación del Punto de Información de Voluntariado del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid, según el Anexo I del convenio.
SEXTA.- El Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid, una vez firmado el Convenio, para la percepción del primer 50% de los fondos previstos en la cláusula Quinta y su posterior abono por parte de la Consejería de Asuntos Sociales, deberá presentar el Programa de Actuaciones a realizar para la promoción y fomento del Voluntariado en su Ayuntamiento, con la conformidad del mismo por el Servicio de Voluntariado Social de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social.
SÉPTIMA.- La Consejería de Asuntos Sociales abonará al Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid el segundo 50% restante, previa conformidad de la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social, según preceptúa el artículo 39 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las siguientes condiciones:
1.- El pago de la cuantía reseñada se efectuará previa presentación por parte del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid de certificación, xxx Xxxxxxx, Secretario o persona que tenga reconocidas estas funciones con el visto bueno del Interventor del Ayuntamiento, acreditativa de las obligaciones reconocidas con cargo a este convenio, según Xxxxx XX.
En el caso de que el importe de la justificación del coste de las actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid fuera menor al presupuestado en el Anexo I a este Convenio, la cuantía de la aportación de la Consejería se minorará proporcionalmente a la disminución del importe realmente justificado.
La presentación de este documento deberá realizarse antes del 10 de diciembre de 2012, junto con una memoria justificativa de los gastos realizados en cumplimiento del Convenio (cláusula Tercera, punto 3).
2.- La aportación de la Consejería de Asuntos Sociales se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid.
OCTAVA.- No es necesaria una forma conjunta de gestión del convenio.
NOVENA.- La duración del Convenio de Colaboración se establece para el año 2012, pudiendo prorrogarse de forma expresa y mediante su formalización por escrito, si así lo acuerdan las partes antes de su finalización. Si alguna de las Instituciones firmantes decidiera unilateralmente desvincularse del presente acuerdo deberá comunicarlo con tres meses de antelación a la finalización del Convenio.
DÉCIMA.- Asimismo, las partes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
UNDÉCIMA.- Serán causas de resolución del presente Convenio las siguientes:
− La no ejecución de las acciones contenidas en el presente Convenio o su realización de manera que se incumpla el objeto establecido en la cláusula primera. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido y que no se hubieran destinado al gasto previsto.
− Cualquier otra de las contenidas en la legislación vigente aplicable a este Convenio.
DUODÉCIMA.- El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Por consiguiente, las controversias que pudieran surgir respecto a su interpretación, ejecución, modificación, resolución y efectos, se someterán al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
ANEXO I
GASTOS DE PERSONAL.
De acuerdo a la cláusula Quinta del Convenio, la Comunidad de Madrid aportará la cantidad de 11.538 euros para apoyar la financiación del Punto de Información de Voluntariado del Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid en concepto de gastos de personal.
PROGRAMA DE ACTUACIONES EN MATERIA DE VOLUNTARIADO.
El Ayuntamiento de Las Xxxxx de Madrid se comprometerá a la realización del Programa de Actuaciones en materia de Voluntariado en función de los siguientes conceptos:
• Difusión del Punto de Información de Voluntariado, actuaciones dirigidas a la promoción y sensibilización del voluntariado dirigido a los ciudadanos, las Entidades de Acción Voluntaria y otros organismos en el ámbito local.
• Actos de celebración del Día Internacional de los Voluntarios declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 40/212, de 17 de diciembre de 1985).
• Actuaciones dirigidas al impulso de las actividades de voluntariado relacionadas con las siguientes áreas de intervención:
- Voluntariado y Administraciones Públicas.
- Sostenibilidad del Voluntariado.
- Voluntariado en red.
- Voluntariado y educación.
- Voluntariado y cultura de la solidaridad.
- Voluntariado y empresa.
- Voluntariado y nuevos escenarios de intervención.
EL ALCALDE,