Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 Acuerdo Especifico No. 2
Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023
Acuerdo Especifico No. 2
CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
Objetivo: Seleccionar los ISP para prestar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha a hogares de estratos 1 y 2 ubicados en la cabecera municipal de 22 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño.
CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
(Borrador)
BOGOTÁ D.C., ABRIL 9 DE 2024
TABLA DE CONTENIDO
3 OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 13
4 ALCANCE DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 13
5 RECURSOS PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS 14
7 INVITACIÓN A PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024 16
8 PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024 17
9 OBSERVACIONES SOBRE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024 17
10 INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS 17
11 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024 18
12.1 Documentación requerida para participar 18
13 RECOMENDACIONES PARA LOS PARTICIPANTES 21
14 RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN 21
16 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN 22
17 CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024 23
17.2 Suspensión de la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 24
18 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 24
18.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA PARTICIPACIÓN 26
18.2 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA 26
19 TÉRMINO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS 27
20 REQUISITOS TÉCNICOS PARA TENER EN CUENTA PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA 27
21 RETIRO DE LAS PROPUESTAS 28
23.3 Proceso de selección de los proyectos presentados a consideración del patrimonio Autónomo. 30
24 PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN 31
28 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ISP SELECCIONADOS 33
28.1 DERECHOS DE LOS SELECCIONADOS 33
28.2 OBLIGACIONES DE LOS SELECCIONADOS 33
30 ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y VERACIDAD 34
ÍNDICE DE TABLAS
1DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica:
Acceso a Internet: Disponibilidad de medios físicos que incluye todas las funcionalidades y recursos de red nacionales y/o internacionales necesarios para permitir a un usuario interconectarse a la red de Internet y aprovechar sus recursos y servicios. (Resolución CRC 3067 de 2011, artículo 1.8, numeral 1). Acuerdos de Niveles de Servicio o SLA: Se refiere a los indicadores que estarán descritos en este Anexo 2 del Acuerdo Específico No. 2 que, de manera diferencial para cada uno de los municipios, determinan las condiciones y la calidad del servicio que Internexa presta a los ISP Seleccionados.
Amigable Componedor: Se refiere a la instancia de solución de controversias prevista en el Acuerdo Específico No. 2.
Banda Ancha1: Según definición vigente de la CRC a la fecha de elaboración de este documento, para los servicios ofrecidos a partir del 1 de enero de 2019, corresponde a velocidades mínimo de 25 Mbps de bajada y 5 Mbps de subida.
CAC: Se refiere al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.
Compensación de Capacidad: Se refiere a las sumas que recibirá Internexa como consecuencia de ofrecer a los ISP Seleccionados la provisión de capacidad de Red Troncal y acceso a Internet, en los municipios señalados en el Anexo 1, en las condiciones técnicas señaladas en el Anexo 2.
Compensación de Expansión: Se refiere a las sumas que recibirá Internexa por las expansiones de la Red Troncal que ejecute, de acuerdo con lo establecido en la Parte VI “Expansiones de Red Troncal” del Acuerdo Específico No. 2.
Conocimiento de partes: Documento tiene como objetivo conocer la información general de la empresa para el cumplimiento del marco regulatorio en materia de transparencia empresarial.
Contrato de Fomento: Se refiere al contrato suscrito entre un ISP Seleccionado y la Fiduciaria, como vocera del Patrimonio Autónomo, que tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales los ISP Seleccionados deberán prestar el servicio de Internet a los estratos 1 y 2 y Comunidades Organizadas de Conectividad y cumplir con las obligaciones que se determinen en términos de referencia del proceso de selección.
Conexión al ciudadano: Equipos que permiten el acceso de los ciudadanos desde su hogar o diferentes instituciones al servicio de Internet, incluye los equipos de acceso como redes wifi, fibra óptica, enrutador.
Co-ubicación: Es el suministro de espacio y de los servicios conexos involucrados en los predios de un proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones, con el fin de que otro proveedor pueda instalar en él los equipos necesarios para el acceso y/o la interconexión. (Resolución CRC 3101 de 2011, artículo 3, numeral 3.5).
Día: Se refiere a cualquier día hábil, esto es aquellos comprendidos entre el lunes y el viernes (ambos inclusive), sin considerar los días festivos en la República de Colombia.
Fiduciaria: Se refiere a la sociedad de servicios financieros constituida en Colombia, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, autorizada para celebrar contratos xx xxxxxxx mercantil, que actúa como vocera del Patrimonio Autónomo.
Fondo Único de TIC: Corresponde al Fondo único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al que se refiere la Ley 1341 de 2009.
FO: Fibra óptica
Gbps: Velocidad de transmisión de información en Gigabit por segundo.
Ingeniería de Detalle: Corresponde a los estudios de ingeniería de detalle, xx xxxxxxx, socio ambientales y socio demográficos desarrollados por Internexa bajo el Acuerdo Específico No. 1 y no objetados por el Fondo Único de TIC.
Internexa: Corresponde a Internexa S.A.
Internet: Conjunto descentralizado de redes de comunicaciones interconectadas, que utilizan la familia de protocolos TCP/IP, lo cual garantiza que las redes físicas heterogéneas que la componen constituyan una red lógica única de alcance mundial.
IP: Internet Protocol
ISP: Internet Service Provider por sus siglas en inglés
ISP Seleccionado: Corresponde a un proveedor de servicios de Internet, registrado en el Registro Único de TIC como PRST y seleccionado para la provisión del servicio de Internet a los hogares estratos 1 y 2, a las Comunidades Organizadas de Conectividad en el Proyecto, que ha celebrado un Contrato de Fomento con la Fiduciaria como vocera del Patrimonio Autónomo.
Mbps: Velocidad de transmisión de información en Megabit por segundo.
MinTIC: Ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones.
Orden de Inicio: Es el documento que suscribirán Internexa y el ISP Seleccionado con el objeto de dejar constancia de las condiciones bajo las cuales Internexa brindará al ISP Seleccionado la capacidad del Red Troncal a nivel mayorista y el acceso a Internet. La Orden de Inicio deberá contener las especificaciones señaladas en el Anexo 2 y no podrá contradecir lo dispuesto en el Contrato de Fomento, en los términos de referencia del proceso de selección ni en el Acuerdo Específico No. 2. En la Orden de Inicio se dejará constancia de la fecha en que deba iniciar la provisión de la capacidad de Red Troncal mayorista y acceso a Internet por parte de Internexa.
Patrimonio Autónomo: Se refiere al patrimonio autónomo creado por Internexa de conformidad con lo previsto en el Convenio Interadministrativo Marco y en el Acuerdo Específico No. 1.
Proyecto: Se refiere al conjunto compuesto, entre otras, por todas las actividades, servicios, bienes, obligaciones y derechos necesarios para la ejecución del Acuerdo Específico No. 2.
PRST: Se refiere a un proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones, registrado como tal ante el Registro Único de TIC del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Red Local: Para los efectos del Acuerdo Específico No. 2 se refiere a las redes de telecomunicaciones que conectan los equipos de Internexa con los equipos de los ISP Seleccionados y a éstos últimos equipos con los usuarios finales del servicio de Internet del Proyecto.
Red Troncal: Para los efectos del Acuerdo Específico No. 2, se refiere a la red de transporte mediante la cual se conectan diferentes municipios y a éstos con los nodos de acceso internacional a Internet.
Remanentes: Para todos los efectos de la presente Convocatoria, el término remanentes hace referencia a la diferencia entre la meta de hogares de estrato 1 y 2 a conectar al servicio de Internet xx xxxxx ancha determinada, para los 36 municipios objeto de la convocatoria 001 de 2023, en la Tabla 1 de las Condiciones de participación de la Convocatoria No. 001 del 8 de noviembre de 2023, y los hogares a conectar efectivamente asignados a los ISP seleccionados en la Convocatoria No. 001 del 8 de noviembre de 2023.
Sistema de Información: Entendido como espacio centralizado donde se almacena, organiza, mantiene y difunde información digital, al que pueda acceder la persona delegada para el seguimiento por parte del Patrimonio Xxxxxxxx quien deberá tener acceso WEB permanente a la información relacionada con las etapas de planeación, implementación y operación del proyecto, para garantizar un adecuado control y seguimiento del mismo, tanto por parte del ISP como del Patrimonio Autónomo. El acceso WEB al sistema de información podrá ser a través de una plataforma de almacenamiento virtual como Dropbox, Drive, AWS, Wasabi hot cloud storage, Azure, Google Cloud Platform, SHARE POINT entre otros.
Ubicación: Se refiere a cada uno de los municipios seleccionados para la ejecución del Proyecto a partir de la información derivada de la Ingeniería de Detalle.
2ANTECEDENTES
La presente convocatoria tiene los siguientes antecedentes básicos:
Ley 1341 de 2009
Artículo 2, que establece, entre otros, que la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los Derechos Humanos inherentes y la inclusión social.
Artículo 4, que establece que, en desarrollo de los principios de intervención contenidos en la Constitución Política, el Estado intervendrá en el sector las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para lograr los siguientes fines: “(…) 2. Promover el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, teniendo como fin último el servicio universal. (…) 6. Garantizar el despliegue y el uso eficiente de la infraestructura y la igualdad de oportunidades en el acceso a los recursos escasos, se buscará la expansión, y cobertura para zonas de difícil acceso, en especial beneficiando a poblaciones vulnerables. (…) 7. Promover la ampliación de la cobertura del servicio (…)”.
Artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 13 de la Ley 1978 de 2019, que establece dentro de los objetivos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otros:
“1. Diseñar, formular, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en correspondencia con la Constitución Política y la Ley, con el fin de promover la inversión y el cierre de la brecha digital, contribuir al desarrollo económico, social y político de la Nación, y elevar el bienestar de los colombianos. 2. Promover el uso y apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre los ciudadanos, las empresas, el Gobierno y demás instancias nacionales como soporte del desarrollo social, económico y político de la Nación (…)”
Artículo18, que establece como funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otras: “1. Diseñar, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 2. Definir, adoptar y promover las políticas, planes y programas tendientes a incrementar y facilitar el acceso de todos los habitantes del territorio nacional, a las tecnologías de la información y las comunicaciones y a sus beneficios, para lo cual debe: a) Diseñar, formular y proponer políticas, planes y programas que garanticen el acceso y la implantación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de fomentar su uso como soporte del crecimiento y aumento de la competitividad del país en los distintos sectores; b) Formular políticas, planes y programas que garanticen a través del uso de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, el acceso a mercados para el sector productivo, y el acceso equitativo a oportunidades de educación, trabajo, salud, justicia, cultura y recreación, entre otras; (…) 14. Propender por la utilización de las TIC para mejorar la competitividad del país. (…) 31. Las demás que le sean asignadas en la ley.”
Artículo 34, modificado por el artículo 21 de la Ley 1978 de 2019, que establece que el FONDO ÚNICO DE TIC es una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, dotada de personería jurídica y patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que tiene por objeto, entre otros, financiar los planes, programas y proyectos para facilitar prioritariamente el acceso universal y el servicio universal de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la apropiación social y productiva de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como apoyar las actividades del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 35, modificado por el artículo 22 de la Ley 1978 de 2019, que establece como funciones del FONDO ÚNICO DE TIC, entre otras, las siguientes: “1. Financiar planes, programas y proyectos para promover prioritariamente el acceso universal a servicios TIC comunitarios en zonas rurales y urbanas, que priorice la población pobre y vulnerable. 2. Financiar planes, programas y proyectos para promover el servicio universal a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mediante incentivos a la oferta o a la demanda en los segmentos de población pobre y vulnerable, así como zonas rurales y zonas geográficamente aisladas. (…). 6. Financiar y establecer planes, programas y proyectos que permitan masificar la apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el fortalecimiento de las habilidades digitales, con prioridad para la población pobre y vulnerable. (…) 8. Apoyar económicamente las actividades del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la Agencia Nacional de Espectro, en el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones. (…) El Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones asignará los recursos para sus planes, programas y proyectos de manera competitiva y asegurando que se apliquen criterios de costos eficientes, de modo que se cumpla con las metas establecidas en los planes de desarrollo”.
Ley 1978 de 2019
Artículo 3, que establece como uno de los principios orientadores de la Ley 1341 de 2009 y de la Ley 1978 de 2019, el siguiente: “1. Prioridad al acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El Estado y en general todos los agentes del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberán colaborar, dentro del marco de sus obligaciones, para priorizar el acceso y uso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la producción de bienes y servicios, en condiciones no discriminatorias en la conectividad, la educación, los contenidos y la competitividad. En el cumplimiento de este principio el Estado promoverá prioritariamente el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la población pobre y vulnerable, en zonas rurales y apartadas del país”
Documento bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”
Este documento estableció lo siguiente: “Se requiere la democratización en acceso, uso y apropiación de las TIC para desarrollar una sociedad del conocimiento y la tecnología, consolidar la red de infraestructura regional y social y sistemas de transporte público urbanos y regionales”. Lo anterior, partiendo de una realidad que se tiene en el país y es que el 40% de los hogares no tienen acceso a Internet, y en las zonas rurales o apartadas esta cifra asciende a 71,2%. En aquellos hogares con menores ingresos el acceso a Internet es de solo el 31,5%. Por ello, propone el Gobierno nacional, una estrategia de conectividad digital que incluye llevar conectividad a las zonas que no tienen el servicio y mejorar la cobertura y calidad en aquellas donde no se cumple con los indicadores de calidad, esto, a través de diferentes tecnologías y compartición de infraestructura, esquemas de coinversión, mecanismos técnicos y normativos que faciliten el despliegue de redes de telecomunicaciones y el fortalecimiento de ISPs locales.
Ley 2294 de 2023, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 “Colombia potencia mundial de la vida”
Artículo 1, en el cual se establecieron como objetivos: “(…) sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestro relacionamiento con el ambiente y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Este proceso debe desembocar en la paz total, entendida como la búsqueda de una oportunidad para que todos podamos vivir una vida digna, basada en la justicia; es decir, en una cultura de la paz que reconoce el valor excelso de la vida en todas sus formas y que garantiza el cuidado de la casa común.”
Artículo 5, parágrafo 4, en el cual se estableció: “Los proyectos que se desarrollen en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, contribuirán a la implementación de programas estratégicos, que se financiarán bajo el principio de concurrencia xx xxxxxxx y requerirán de la articulación intersectorial y de los diferentes niveles de gobierno. Para ello, las entidades del orden nacional y territorial aunarán esfuerzos para formular y ejecutar proyectos que permitan la implementación de intervenciones públicas integrales xx xxxxxxx y largo plazo”.
Artículo 142, que establece que, “Para efectos de promover la conectividad digital como un generador de oportunidades, riqueza, igualdad y productividad, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones adelantará las siguientes medidas: 1. Llevar conectividad digital a zonas vulnerables y apartadas, y mejorar la cobertura y calidad de los servicios de telecomunicaciones, a través de diferentes tecnologías y compartición de infraestructura. 2. Hacer del Internet y de las tecnologías digitales un instrumento de transformación social. 3. Desplegar infraestructura para mejorar la conectividad digital del país con redes neutras, cables submarinos, fibra óptica, tecnología satelital, entre otras tecnologías, mediante diversos mecanismos, entre ellos la coinversión entre el Estado y los actores privados. 4. Promover la eliminación xx xxxxxxxx por parte de las entidades territoriales y/o nacionales para el despliegue de redes de telecomunicaciones. 5. Adelantar la asignación del espectro a través de esquemas y condiciones que maximicen el bienestar social y la compartición de este recurso, promoviendo su uso eficiente. 6.Fortalecer a los pequeños prestadores de los servicios de telecomunicaciones con el fin de aportar en el cierre de la brecha digital. (…)”.
Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 suscrito entre el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones e InterNexa S.A.
Convenio que tiene por objeto “Establecer las condiciones generales con base en las cuales LAS PARTES aunarán esfuerzos y recursos técnicos, jurídicos, físicos, administrativos y financieros para formular, estructurar, ejecutar, diseñar, implementar, articular y/u operar proyectos de iniciativa del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a nivel nacional, que brinden soluciones de infraestructura y de servicios de telecomunicaciones, que mejoren la conectividad digital del país, la prestación de servicios de conectividad, el acceso y apropiación de Internet, mediante la coordinación de acciones que logren materializar proyectos en las distintas regiones, departamentos y municipios del país, a través de acuerdos específicos que definan de manera concertada LAS PARTES.”
Acuerdo Específico No. 2 de 2023 (Contrato interadministrativo 1203 - 2023), del 17 de octubre de 2023, derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023 suscrito entre el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones e InterNexa S.A.
Acuerdo cuyo objeto es: “En desarrollo del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 790 de 2023, constituye el objeto de este Acuerdo Específico No. 2 aunar esfuerzos y recursos técnicos, jurídicos, físicos, administrativos y financieros entre el FONDO ÚNICO DE TIC e INTERNEXA S.A. para la financiación y desarrollo del proyecto para la implementación, articulación, operación y mantenimiento de soluciones de infraestructura y servicios de telecomunicaciones sostenibles en el largo plazo que permitan, a través de los ISP Seleccionados, la conectividad xx xxxxx ancha, para los hogares estratos 1 y 2 y Comunidades Organizadas de Conectividad ubicadas en los municipios que se listan en el Anexo 1, con el objeto de mejorar la conectividad digital, la prestación de los servicios de conectividad y el acceso universal.”
NOTA: En caso de presentarse una contradicción o exista una incompatibilidad entre la información contenida en las presentes condiciones de participación, y lo establecido en las disposiciones de la normativa vigente, esta última primará en todo su sentido.
Así mismo, aquello que no se encuentre plasmado en el presente documento y frente a los vacíos que se adviertan en el mismo, serán suplidos de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente.
Convocatoria No. 001 del 8 de noviembre de 2023 – Proyectos Tipo 1
Esta convocatoria tuvo como objetivo la selección de proveedores de redes y servicios de Telecomunicaciones (PRST) que prestan el servicio de acceso a internet, para la selección de propuestas Técnicas para la conexión a INTERNET de nuevos hogares de estrato 1 y 2 que ya estén pasados por redes de acceso FTTH, en las cabeceras municipales de 36 municipios ubicados en los departamentos de Cauca, Chocó, La Guajira, Nariño, Xxxxx del Cauca y la región del Urabá Antioqueño.
En esta Convocatoria las propuestas técnicas presentadas no alcanzaron las metas de hogares a conectar vía los proyectos Tipo 1 en algunos de los municipios, es decir, quedaron unos remanentes por asignar con el objetivo de cumplir con la meta de hogares a conectar en cada uno de los 36 municipios objeto de la citada Convocatoria.
Convocatoria No. 001 de 2024 (Actualmente en desarrollo)
La convocatoria No. 001 de 2024, que actualmente se encuentra en desarrollo, tiene como alcance conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares de estratos 1 y 2 ubicados en la cabecera municipal de 8 municipios ubicados en los departamentos de Cauca, La Guajira, Nariño y Xxxxx del Cauca, hogares que a la fecha y en los últimos seis (6) meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
Considerando lo anterior y, con el objetivo de cumplir con las metas de hogares a conectar por municipio, el Patrimonio Autónomo “Conectividad para Cambiar Vidas” ha decidido abrir la Convocatoria de remanentes No.002 – 2024 – Proyectos Tipo 1 con el propósito de llevar a cabo la selección de Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones (PRST) que prestan el servicio de Internet y propuestas técnicas costo eficientes, tendientes a ampliar el acceso a Internet xx xxxxx ancha en zonas con alta brecha digital en la región xxx Xxxxxxxx y La Guajira.
3OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
Seleccionar los proyectos presentados por ISP para conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares remanentes de estratos 1 y 2 ubicados en la cabecera municipal de 22 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño, hogares que a la fecha y en los últimos 6 meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
4ALCANCE DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
Específicamente esta convocatoria tiene como alcance conectar el servicio de Internet fijo xx xxxxx ancha, con velocidades mínimas de bajada de 25 Mbps y de subida de 5 Mbps, a hogares de estratos 1 y 2 ubicados en la cabecera municipal de 22 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño, hogares que a la fecha y en los últimos 6 meses no hayan contado con el servicio de Internet fijo en su domicilio, con el fin de avanzar en el cumplimiento de la meta del actual gobierno, de conectar a Internet el 85% de los hogares de estratos 1 y 2.
En la siguiente tabla se muestra la cantidad de hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal, nuevos a conectar para lograr el cumplimiento de la meta del 85% de hogares conectados con internet fijo. Estas cantidades corresponden a los remanentes de la Convocatoria No. 001 del 8 de noviembre de 2023 – Proyectos Tipo 1.
Departamento |
Municipio |
HOGARES A CONECTAR |
ANTIOQUIA |
Turbo |
2.351 |
CAUCA |
Piendamó - Tunía |
2318 |
Xxxxxxx |
542 |
|
CHOCÓ |
Quibdó |
22529 |
El Xxxxxx de Atrato |
571 |
|
LA GUAJIRA |
San Xxxx xxx Xxxxx |
5240 |
Distracción |
1175 |
|
Barrancas |
3370 |
|
Hatonuevo |
2002 |
|
El Molino |
1518 |
|
Xxxxxxxxxx |
5824 |
|
Urumita |
2150 |
|
La Jagua xxx Xxxxx |
560 |
|
NARIÑO |
Albán |
340 |
Xxxxx |
693 |
|
Buesaco |
674 |
|
Colón |
109 |
|
El Tablón xx Xxxxx |
62 |
|
El Tambo |
276 |
|
San Xxxxxxxx |
279 |
|
San Xxxxx |
519 |
|
Yacuanquer |
428 |
|
TOTAL HOGARES |
53.530 |
Tabla 1. HOGARES A CONECTAR EN MUNICIPIOS CONTEMPLADOS EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
5RECURSOS PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PROYECTOS
Los recursos para la Financiación de los proyectos de esta convocatoria se encuentran respaldados por la ficha BPIN No. 2018011000601 AMPLIACIÓN PROGRAMA DE TELECOMUNICACIONES SOCIALES NACIONAL del FONDO ÚNICO DE TIC, con el CDP No. 173123 del 12 de octubre de 2023, expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Presupuesto del Ministerio.
Nota: Los recursos aquí señalados se encuentran en el patrimonio autónomo, los cuales están administrados por la fiducia en el marco del objeto señalado en la cláusula quinta del CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN Y PAGOS No. 046 de 2023 CELEBRADO ENTRE LA FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX E INTERNEXA S. A.
6CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS A SER PRESENTADOS EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
Los PRST Proveedores de Servicios de Internet (ISP), que deseen participar en la presente convocatoria, podrán presentar Propuestas Técnicas para el desarrollo de proyectos consistentes en la conexión a INTERNET de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal que ya estén pasados por redes de acceso FTTH, proyectos que tienen las siguientes características:
Cobertura de redes de acceso de fibra óptica existente, con hogares pasados por redes de acceso FTTH, sin conectar, en las cuales se busca aumentar la cantidad de nuevos hogares conectados de estrato 1 y 2 en cabecera municipal.
La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP será suministrada por el Patrimonio Autónomo a una tarifa social de Cop$0 pesos; dicha conectividad IP será provista por InterNexa.
La capacidad de transporte en la red troncal y la conectividad IP suministrada por el Patrimonio Autónomo a una tarifa social de Cop$0 pesos, provista por InterNexa, sólo podrá ser utilizada por el Proveedor (ISP), para la entrega de servicios de internet a nuevos hogares de estratos 1 y 2 en cabecera municipal por un tiempo de 24 meses.
El Patrimonio Autónomo suministrará al ISP el CAPEX requerido para conectar la cantidad de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal a su red, por un valor máximo de $150.000 por equipo de cliente (CPE), incluido IVA. Se aclara que el ISP podrá utilizar un CPE de características iguales o superiores a las mínimas exigidas en esta convocatoria, con mayores prestaciones y de mayor costo, pero el patrimonio autónomo solo reconocerá la suma ya mencionada por CPE. El patrimonio autónomo reconocerá al ISP el valor de los CPE conectados mes a mes.
El Patrimonio Autónomo suministrará al ISP el CAPEX y el OPEX requerido para la instalación de la cantidad de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal a su red, por un valor de $200.000, incluido IVA, por cada hogar instalado y puesto en servicio. El patrimonio autónomo reconocerá al ISP este valor de instalación y puesta en servicio con cortes mensuales, este valor se pagará al ISP conjuntamente con el valor reconocido por el CPE.
El Patrimonio Autónomo suministrará al ISP el OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, hasta por 24 meses, por un valor que puede oscilar entre COP$1.900 y COP$3.069 incluido IVA, de conformidad con la propuesta presentada por el ISP, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio. El patrimonio autónomo reconocerá al ISP este valor de mantenimiento con cortes mensuales.
El valor que finalmente se reconozca por este concepto a los ISP seleccionados, en cada municipio, será el que hayan consignado en su propuesta, tomando en consideración que el patrimonio autónomo de acuerdo con el proceso de selección establecido en el numeral 23.3 de estas condiciones, seleccionará al ISP que requiera el reconocimiento de un menor valor por OPEX para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2.
Nota: Este valor estará vigente para el año 2024 y se incrementará a partir de 2025, en enero de cada año, con el IPC determinado para el año anterior.
El ISP sólo podrá facturar a los nuevos hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal, que se beneficien del proyecto, durante el período de ejecución del mismo, una tarifa social máxima por mes de COP$ 26.400, sin importar si se trata de un hogar estrato 1 o de estrato 2.
Esta tarifa estará vigente hasta diciembre de 2024 y se incrementará posteriormente a partir de enero del 2025, en enero de cada año, con el IPC determinado para el año anterior.
El ISP se obliga a garantizar que los anteriores beneficios sólo se brindarán a nuevos hogares de estrato 1 y 2 ubicados en cabecera municipal.
Las acciones que se desarrollen a través de la presente convocatoria están orientadas a:
Promover el acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones de carácter esencial, con el fin de propender por la universalidad para garantizar y asegurar la prestación del servicio de manera eficiente y continua, permitiendo la conectividad de todos los habitantes del territorio nacional, en especial de la población que, en razón a su condición social, étnica o geográfica, se encuentren en situación de vulnerabilidad o en zonas rurales y apartadas.
Incrementar la penetración del servicio de Internet fijo en hogares que atiendan a la focalización requerida por MINTIC, en las regiones que integran la convocatoria, mediante estímulos orientados a superar barreras de acceso y asequibilidad.
Promover el fortalecimiento de los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) en la industria TIC nacional, en zonas priorizadas dentro del marco estratégico del MINTIC.
7INVITACIÓN A PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024
El Patrimonio Autónomo constituido en virtud del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Irrevocable al que se refiere el Convenio Interadministrativo Marco No 790 de 2023 suscrito entre el fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones Internexa y MinTIC, en adelante Patrimonio Autónomo, invita a los proveedores de redes y servicios de Telecomunicaciones (PRST), que prestan el servicio de acceso a Internet, a participar en la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024, presentando Propuestas Técnicas, costo eficientes, tendientes a ampliar el acceso a internet xx xxxxx ancha en zonas con alta brecha digital en la región xxx Xxxxxxxx y el departamento de La Guajira. Dirigidos específicamente a hogares de estratos 1 y 2, que ya estén pasados por redes de acceso FTTH y que a la fecha y en los últimos 6 meses no hayan contado con servicio de internet, ubicados en las cabeceras municipales de los 22 municipios de los departamentos xx Xxxxxx, Cauca, Chocó, La Guajira y del Urabá Antioqueño y en las cantidades remanentes que se muestran en la Tabla No.1 del presente documento.
8PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024
La convocatoria y todos los documentos anexos establecidos en el presente documento que conforman las condiciones de participación, así como los demás que hagan parte integral de la misma, serán publicados en la página web de MINTIC de acuerdo con el cronograma establecido en el presente documento. Los participantes y demás interesados tienen la responsabilidad de verificar en la página web de MINTIC y en el enlace xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxx.xxxx, la publicación de los diferentes documentos que hagan parte integral de la convocatoria.
9OBSERVACIONES SOBRE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024
Todas las peticiones, consultas, observaciones y/o aclaraciones por parte de los interesados o participantes deberán presentarse por escrito y enviarse únicamente al correo electrónico dispuesto, esto es, xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx como canal de comunicación destinado exclusivamente al presente proceso.
El Patrimonio Autónomo atenderá las consultas que se presenten por escrito y en los términos señalados en el presente documento y dará respuesta por escrito al peticionario, de acuerdo con la información de notificaciones proporcionada por el mismo en su propuesta y en el término dispuesto en la ley.
La
exactitud, confiabilidad o integridad de la información se encuentra
bajo exclusiva responsabilidad del interesado, e igualmente la
interpretación que haga de la información que obtenga por parte del
Patrimonio Autónomo. La circunstancia de que el participante no haya
obtenido toda la información que pueda influir en la determinación
de su propuesta, no lo eximirá de la obligación de asumir las
responsabilidades que le correspondan, ni le da derecho a presentar
reclamaciones, solicitudes de reembolsos, ajustes de ninguna
naturaleza o reconocimientos adicionales por parte del Patrimonio
Autónomo, en el evento en que cualquier omisión de su parte genere
un posterior sobrecosto si llegare a resultar seleccionado.
10INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
El Patrimonio Autónomo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 850 de 2003, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social sobre la convocatoria, a que presenten las recomendaciones que consideren, y a que consulten los documentos en la página web de MINTIC xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx-000000.xxxx.
11COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024
Los costos y gastos en que incurran los interesados con ocasión del análisis de los documentos de la convocatoria, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las propuestas, y cualquier otro costo o gasto relacionado con su participación, estarán exclusivamente a cargo de los interesados y/o participantes.
12REQUISITOS HABILITANTES
Los proveedores de redes y servicios que prestan servicios de internet que deseen participar en la presente convocatoria, deberán cumplir la totalidad de los siguientes requisitos habilitantes, a la fecha de la apertura de la presente convocatoria:
Estar registrado en MINTIC (RTIC vigente) como un PRST Prestador de Servicios de Valor agregado ISP.
Dentro del objeto social tener contemplada la actividad de prestación de servicios de telecomunicaciones.
Estar x Xxx y Salvo con MINTIC/FUTIC. – No tener obligaciones financieras/económicas exigibles a la fecha con ambas entidades.
Tener registro mercantil vigente en la Cámara de Comercio.
El Representante legal debe estar debidamente facultado para presentar la propuesta, así como firmar el contrato que eventualmente resulte de la convocatoria.
Cumplimiento de las normas generales y particulares aplicables a la prevención xxx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (Consulta SARLAFT)
No estar incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad
12.1Documentación requerida para participar
Carta de presentación de la solicitud de participación (Anexo No. 1). La carta de presentación de solicitud de participación deberá estar suscrita por el representante legal, quién haga sus veces de las personas jurídicas interesadas.
En esta carta se deben relacionar los documentos que se anexan, señalar el domicilio principal (dirección física del interesado) y del correo electrónico para el cual autorizan expresamente cualquier notificación y/o comunicación, la manifestación de aceptación y cumplimiento de todas las especificaciones y condiciones técnicas y las demás consignadas en el presente documento, sin condicionamiento alguno, y la manifestación expresa de no encontrarse incurso en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y la Ley.
En el evento en que el representante legal tenga alguna limitación, deberá adjuntar copia del acta o documento en el que conste la autorización del órgano societario competente para participar de la convocatoria.
Acreditar su existencia y representación legal a través del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con fecha de expedición no superior a 90 días, contados a partir de la publicación del borrador de las condiciones de la presente convocatoria, en el cual deberá constar su existencia, objeto, duración y nombre de su representante legal o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades. El Comité verificará dicha información.
En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la remisión a los estatutos de la persona jurídica para establecer alguna de las limitaciones a las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de dichos estatutos.
Acreditar que el término de duración de la persona jurídica no es inferior al plazo de ejecución del contrato de fomento y un (1) año más. En el caso que el proponente haya tomado, parcial o totalmente, en arriendo la red con la cual presta el servicio de conectividad a Internet deberá acreditar que la duración del contrato de arrendamiento no es inferior al plazo de ejecución del contrato de fomento y un año más.
Acreditar la suficiencia de la capacidad del representante legal para la suscripción del contrato de fomento.
Acreditar que su objeto social se encuentra directamente relacionado con el objeto de la presente selección (mencionado anteriormente), de manera que le permita a la persona jurídica celebrar y ejecutar el contrato de fomento, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal o representantes legales, quien haga sus veces, cuando corresponda.
Conocimiento de partes, Documento tiene como objetivo conocer la información general de la empresa para el cumplimiento del marco regulatorio en materia de transparencia empresarial.
Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal o representantes legales (cuando aplique)
Identificación tributaria – Registro Único Tributario – RUT de la persona jurídica participante.
Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación, el cual contiene las anotaciones e inhabilidades generadas por sanciones penales, disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el Estado, de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que desempeñen funciones públicas en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en garantía. El participante deberá adjuntar el certificado de la persona natural representante legal o representantes legales y de la persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario anteriores a la fecha de publicación del aviso de apertura de la convocatoria; de encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta.
Certificado de antecedentes judiciales del representante legal (o representantes legales) De encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo
El participante deberá adjuntar el certificado Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República de la persona natural representante legal (o representantes legales) y de la persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario anteriores la fecha de publicación del aviso de apertura de la convocatoria. De encontrarse reportados se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo. Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la República. El participante deberá adjuntar el certificado de la persona natural representante legal o representantes legales y de la persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a quince (15) días calendario anteriores a la fecha de publicación del aviso de apertura de la convocatoria; de encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta.Certificado de antecedentes judiciales del representante legal (o representantes legales) De encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo.
Certificado de antecedentes judiciales del o los representantes legales
Consulta en el Registro Nacional de Medidas Correctivas del representante legal (o representantes legales) De encontrarse reportados, se procederá al rechazo de la propuesta de conformidad con lo dispuesto en las causales de rechazo.
Compromiso Anticorrupción debidamente diligenciado y firmado por el representante legal o apoderado debidamente acreditado y facultado (Anexo No. 3). Autorización expresa de recolección y tratamientos de datos personales. (Anexo 2)
Copia del reporte de información del IV trimestre de 2023, presentado a la CRC y a MINTIC, de acuerdo con el Formato T.1.3 de la Resolución 6333 del 15 de Julio de 2021, en el cual se evidencie la cantidad de líneas o accesos (hogares conectados) y la tecnología del acceso fijo a INTERNET utilizada para brindar la conectividad en los municipios para los cuales presenta propuesta, la cual debe ser FTTH, la cual será validada con el área encargada al interior de MINTIC
13RECOMENDACIONES PARA LOS PARTICIPANTES
Previo a presentar su propuesta en la Convocatoria, los interesados deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
Xxxx cuidadosamente los términos de la convocatoria.
Verificar que el participante cumple las condiciones y reúne los requisitos señalados en el presente documento.
Diligenciar cada uno de los anexos, aportando la documentación que sea requerida, según el caso, los demás documentos aportados que no correspondan a los requeridos por las condiciones de participación no serán tenidos en cuenta en el proceso. (No modifique los anexos, no adicione logos y no incluya imágenes).
Verificar que no esté incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para presentar la propuesta de acuerdo con aquellas establecidas en la Constitución Política y la ley.
La presentación de la propuesta indica igualmente que el interesado está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto del presente proceso de selección y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
Tener en cuenta los plazos establecidos en el cronograma para el desarrollo de la convocatoria. Esta información estará disponible en la página web del MinTIC, de Internexa y en el siguiente enlace xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxx.xxxx
El Patrimonio Autónomo se reserva la facultad de enviar la correspondencia y/o requerimientos que considere necesarios al correo electrónico autorizado por el participante en la convocatoria y gestionará lo pertinente a la presente convocatoria a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
14RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN
La convocatoria está dirigida exclusivamente a los beneficiarios establecidos en el presente documento de condiciones (ISP), y, por tanto, solo podrán presentarse los destinatarios indicados en la convocatoria descrita en este documento.
No podrán participar en las convocatorias:
Las personas jurídicas, y/o sus representantes legales que se encuentren inhabilitados o presenten algún impedimento conforme con las causales contenidas en la Constitución Política y la ley.
Las personas jurídicas que no se encuentren al día en sus obligaciones con el Fondo Único de TIC / MinTIC
Consorcios o Uniones Temporales
Compañías, empresas u organizaciones extranjeras.
Establecimientos de comercio.
Cuando la solicitud de participación sea presentada por una persona natural a título personal y/o no acredite su condición de actuar como representante legal de alguno de los participantes.
15PROTECCIÓN DE DATOS
Diligenciando el ANEXO Autorización de recolección, tratamiento y protección de datos los participantes autorizan al Patrimonio Autónomo de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca para realizar la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, intercambio y, en general, el tratamiento de la información contenida en la propuesta presentada y de los datos personales. Esta información es y será utilizada únicamente en el desarrollo de las funciones propias del Patrimonio autónomo y no será utilizada en beneficio de personas naturales o de terceros, siempre y cuando el participante lo autorice de manera expresa. No obstante, los participantes deberán tener en cuenta que los datos personales que se encuentren en fuentes de acceso público, con independencia del medio por el cual se tenga acceso, entendiéndose por tales aquellos datos o bases de datos que se encuentren a disposición del público, pueden ser tratados por cualquier persona siempre y cuando, por su naturaleza, sean datos públicos, por tanto, la autorización no será necesaria.
16COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
En todas las actuaciones descritas en el presente documento, los participantes deberán obrar con la transparencia y la moralidad consagradas en la Constitución Política y la ley.
Para el efecto, cada participante deberá, cada uno de ellos, suscribir y presentar, junto con la solicitud de participación, el Anexo denominado “COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN”.
En el caso que el Patrimonio autónomo advierta hechos constitutivos de corrupción de un participante de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Cualquier irregularidad de la que tenga conocimiento el Patrimonio autónomo, dentro de las actuaciones realizadas por los funcionarios públicos del MinTIC y de Internexa, con ocasión del trámite de la convocatoria, deberá ser informada de inmediato al Grupo de Control Interno Disciplinario del MinTIC e Internexa para lo de su competencia. En el evento de conocerse casos especiales que pudieran constituir actos de corrupción, el Grupo de Control Interno Disciplinario del MinTIC y de Internexa o el colaborador que tenga conocimiento del asunto, deberá reportar el hecho del cual tenga conocimiento a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, la línea gratis de atención desde cualquier lugar del país: 01 8000 913 040, a la Fiscalía General de la Nación y a cualquier entidad competente, según sea el caso.
17CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024
El cronograma establecido para la presente CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 se presenta a continuación:
Cronograma de la Convocatoria de ISP No. 002 de 2024 Región Pacífico y el departamento de La Guajira
CRONOGRAMA CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 |
||
Actividad |
Fecha |
Lugar |
Publicación borrador condiciones de participación |
9 xx xxxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Presentación de observaciones al borrador de condiciones de participación |
Del 9 al 12 xx xxxxx de 2024 hasta 11:59 PM |
Micrositio que se destine para tal fin |
Matriz de respuesta a observaciones |
17 xx xxxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Apertura de la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 y publicación de las condiciones definitivas de participación |
17 xx xxxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Publicación de adendas al documento definitivo de condiciones de participación (Sin perjuicio de poder modificar el cronograma) |
Hasta el 19 xx xxxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Presentación de propuestas |
Desde el 20 xx xxxxx de 2024 hasta el 26 xx xxxxx de 2024 hasta las 11:59 PM |
Micrositio que se destine para tal fin |
Proceso de evaluación de propuestas presentadas en tiempo |
Del 29 xx xxxxx al 6 xx xxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Publicación del informe de evaluación preliminar de las propuestas presentadas en tiempo |
6 xx xxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Presentación de observaciones al informe preliminar de evaluación y atención de requerimientos de aclaración y subsanación. |
Del 6 xx xxxx de 2024 hasta el 9 xx xxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Publicación respuesta a observaciones al informe de evaluación preliminar y publicación del informe final de evaluación |
15 xx xxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Publicación listado definitivo de los ISP - propuestas seleccionadas |
15 xx xxxx de 2024 |
Micrositio que se destine para tal fin |
Tabla 2. Cronograma de CONVOCATORIA DE REMANENTES NO. 002 DE 2024
17.1Modificaciones.
El presente documento y su cronograma podrán ser modificados a través de adendas, en términos de necesidad y conveniencia para el desarrollo adecuado de la convocatoria, las cuales serán publicadas en la página web del Ministerio TIC, en los siguientes enlaces:
xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxx.xxxx, la publicación de los diferentes documentos que hagan parte integral de la convocatoria.
17.2Suspensión de la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
El Patrimonio Autónomo podrá suspender la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 en el evento en que su desarrollo se vea afectado o impedido por circunstancias ajenas al Ministerio, Internexa, al PA, o hechos por fuerza mayor /o caso fortuito que restrinjan la ejecución debida del proceso, hasta máximo un (1) día hábil antes de la fecha para la presentación de las propuestas, de conformidad con el cronograma dispuesto en el presente documento.
El Patrimonio Xxxxxxxx no aceptará solicitudes de revisión previa a la presentación de las propuestas, con el fin de verificar el cumplimiento de requisitos generales o específicos de participación
18PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Para el presente proceso de selección, los interesados podrán enviar su propuesta de forma digital a través del medio dispuesto por el Patrimonio Autónomo, cada participante deberá seguir las indicaciones previstas en el anexo técnico y en las condiciones de participación, para el envío de su propuesta.
Una vez recibida la propuesta se le asignará un número de radicado, en caso de que la propuesta sea enviada a través otro medio, al momento de la recepción por parte del Patrimonio Autónomo se le asignará el número de radicado.
Al día siguiente de vencerse el plazo para presentar las propuestas, el Patrimonio Autónomo dará a conocer al público un acta con la relación de las propuestas presentadas, a través del micrositio dispuesto para el efecto en la página web del Ministerio.
Las propuestas que se presenten después del plazo establecido para su recepción serán consideradas como extemporáneas, las cuales no se tendrán en cuenta y serán objeto de rechazo
El participante debe validar y verificar los archivos antes de enviarlos. Si un archivo no se puede abrir o no es legible, se dejará constancia y el Patrimonio autónomo procederá a requerirlo inmediatamente para que lo xxxxxxx antes del vencimiento del plazo para la presentación de la propuesta, a través del correo electrónico ingresado en su propuesta o mediante aviso en el micrositio de la convocatoria.
Si el interesado no remite el archivo legible o no es posible acceder a su contenido, antes del vencimiento del plazo para la presentación de la propuesta, se entenderá como no presentado.
La carta de presentación debe ser firmada por el representante legal del participante. En la carta de presentación de la propuesta se relacionarán los documentos que se anexan, se señalará la dirección de correo electrónico donde recibirá cualquier comunicación, el municipio donde se prestará el servicio, la manifestación de aceptación de las condiciones consignadas en los presentes términos de referencia sin condicionamiento alguno y su voluntad de cumplir con las demás especificaciones y condiciones técnicas para ser seleccionado así como la manifestación expresa de no encontrarse incurso en prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades para la prestación del servicio.
De igual manera, el participante deberá manifestar que, en todas las actuaciones derivadas de los términos de la presente convocatoria, obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
La propuesta del ISP debe presentarse así:
Carta de presentación de la propuesta y documentación requerida del ISP
Propuesta técnica
18.1CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA PARTICIPACIÓN
El ISP que desee participar en la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024, deberá presentar un archivo, marcado como Carta de presentación y documentación requerida del ISP, con la totalidad de la documentación requerida en el numeral 13.1 de este documento, siguiendo el orden estricto de este numeral, con el fin de facilitar su verificación. Adicionalmente se recomienda tomar en cuenta las recomendaciones del numeral 14 de este documento.
18.2CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Aunque el ISP podrá presentar proyectos para más de un municipio, el ISP deberá presentar por separado una Propuesta Técnica para cada municipio en el que desee participar, según el Anexo No 6 Propuesta Técnica.
La Propuesta Técnica por municipio presentada a consideración del Patrimonio Autónomo deberá incluir el planteamiento y desarrollo de la totalidad de los siguientes aspectos, numeral por numeral, respetando el orden previsto, así:
Indicar el porcentaje de cobertura de hogares (hogares pasados en la cabecera municipal/total hogares en cabecera municipal) de la red actualmente desplegada en fibra óptica en la cabecera municipal del municipio para el cual presenta el proyecto.
Topología de red FTTH (Anexar KMZ en el cual se debe indicar los predios pasados por la red FTTH no conectados)
Indicar la cantidad de hogares actuales conectados en la cabecera municipal e indicar la Estrategia de comunicación tendiente a la retención de Hogares suscriptores (Actuales) y a evitar la migración hacia este proyecto que claramente está dirigido a nuevos hogares de estrato 1 y 2.
Indicar la cantidad actual de hogares pasados sobre la red de fibra óptica actualmente desplegada en la cabecera municipal, discriminando los hogares de estrato 1 y 2 con su respectiva dirección o ubicación, que no estén conectados y que mediante este proyecto se conectarían.
De los hogares indicados en el literal anterior, indicar la cantidad de nuevos hogares de estrato 1 y 2 de cabecera municipal que se propone conectar el ISP al servicio de internet fijo xx xxxxx ancha, con una velocidad de bajada de 25 Mbps y una velocidad de subida de 5 Mbps.
Indicar el OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, hasta por 24 meses, por un valor que puede oscilar entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio.
La ficha técnica del terminal de usuario ONT – CPE que propone utilizar en el proyecto, contra la cual se verificará el cumplimiento de las características mínimas exigidas.
Plan de comercialización, donde se indique la estrategia comercial, la Metodología de divulgación y promoción de este proyecto que llevará la conectividad a nuevos hogares de estrato 1 y 2.
Plan de instalación y puesta en servicio de nuevos hogares de estrato 1 y 2, cronograma semana a semana, en el que se determine la cantidad de hogares a conectar hasta completar el número de hogares propuestos y aprobados por el Patrimonio Autónomo. Se aclara que a partir de la fecha en que el ISP seleccionado, se conecte al nodo de INTERNEXA, en el municipio propuesto, se iniciará un período de comercialización de dos (2) semanas, después de las cuales deberá comenzar la instalación de nuevos hogares, según el Plan de Instalación presentado por el ISP.
19TÉRMINO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS
La ejecución de los proyectos objeto de las propuestas deberán ejecutarse a partir de la fecha prevista en la orden de inicio, mediante la cual INTERNEXA se obliga a suministrar la capacidad IP a cero pesos al ISP, previa aprobación de la garantía exigida por parte de Patrimonio autónomo, y que hayan entrado en operación los nodos en los municipios de cada departamento que suministran la capacidad IP al ISP, entrada en operación que está prevista para las siguientes fechas:
DISPONIBILIDAD CAPACIDAD IP EN LOS NODOS DE LOS MUNICIPIOS DE DEPARTAMENTOS DE LA LISTA |
|
Departamento |
Fecha |
Nariño |
19/12/23 |
La Guajira |
23/02/24 |
Cauca |
19/03/24 |
Chocó |
8/03/24 |
Antioquia |
15/06/24 |
Tabla 3. Disponibilidad capacidad nodos
La prestación del servicio finalizara cuando se haya cumplido el periodo de 24 meses de conectividad a la totalidad de los hogares. En todo caso, la ejecución del proyecto no podrá superar el 31 de julio de 2026. En ningún evento se concederá ampliación del plazo para la ejecución de los proyectos.
La ejecución de los proyectos deberá corresponder al cumplimiento de cada uno de los componentes, especificaciones técnicas de la propuesta seleccionada en la Convocatoria, a las condiciones de participación y lineamientos del contrato de fomento.
20REQUISITOS TÉCNICOS PARA TENER EN CUENTA PARA LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
El Anexo Técnico presenta los requisitos y especificaciones técnicas que deben tenerse en cuenta al momento de la elaboración de la Propuesta Técnica.
21RETIRO DE LAS PROPUESTAS
Una vez las propuestas hayan sido presentadas formalmente, no se permitirá el retiro total de los documentos que las componen, hasta tanto no finalice el proceso de selección, ni se aceptará ninguna información complementaria ni aclaratoria, cualquiera que sea el motivo argumentado, a menos que el Patrimonio autónomo lo solicite por escrito, bajo las condiciones establecidas en los presentes términos de referencia.
22CAUSALES DE RECHAZO
Cuando las propuestas se presenten fuera del plazo previsto en el cronograma de la Convocatoria, el cual es: desde el 20 xx xxxxx de 2024 hasta el 26 xx xxxxx de 2024 hasta las 11:59 PM
Cuando el representante legal de la sociedad participante se encuentre reportado en el Boletín de responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, o cuando presente antecedentes disciplinarios y judiciales.
Cuando la propuesta se presente en forma de condicionamientos para la selección por parte del Comité.
Cuando la persona jurídica participante no tenga registrado su domicilio en Colombia.
Cuando el participante no se encuentre al día con sus obligaciones para con el Fondo Único de TIC / MinTIC, de ser el caso.
Cuando el participante no realice las correcciones o aclaraciones o no xxxxxxx los documentos requeridos por el Patrimonio autónomo dentro del plazo establecido en el cronograma y/o cuando estas no se ajusten al requerimiento efectuado por el Patrimonio autónomo en el informe preliminar de verificación.
Cuando existan inconsistencias, información errónea o inexacta, verificada por el Patrimonio Autónomo, respecto de la información contenida en los documentos que constituyen la solicitud de participación, luego de agotarse el respectivo requerimiento realizado por el Patrimonio Autónomo según corresponda.
Cuando la propuesta no es legible y/o no permite su visualización y verificación en diferentes sistemas operativos de diferentes terminales de computo
Cuando el valor de OPEX, requerido por el ISP en su propuesta, para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, hasta por 24 meses, no se encuentre en el rango entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, o cuando presente más de un valor.
Cuando el cronograma de instalación presentado junto con la propuesta supera el plazo máximo de ejecución establecido en el Anexo Técnico, en función de los hogares que ofrece conectar.
Cuando el participante o su(s) representante(s) legal(es) presentan antecedentes vigentes y/o estén reportados con las entidades de control, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Policía Nacional de Colombia y/o reportado en el Sistema de Registro Nacional de medidas correctivas al momento de allegar la solicitud de participación.
Cuando se configure cualquier inhabilidad o impedimento contenida en la Constitución Política y la ley, en cabeza de representantes y de las personas jurídicas participantes debidamente corroborada por parte del Patrimonio Autónomo.
23CRITERIOS Y PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS A CONSIDERACIÓN DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO
23.1Verificación de requisitos habilitantes del ISP que presenta propuesta a consideración del Patrimonio Autónomo
El Patrimonio Autónomo verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 13 de este documento, así como la totalidad de los documentos exigidos en el numeral 13.1.
Los ISP que cumplan con la verificación de los requisitos habilitantes y con la totalidad de la documentación requerida, serán HABILITADOS y se le evaluarán las propuestas técnicas presentadas, de lo contrario estas NO serán consideradas por el Patrimonio Autónomo.
23.2Criterios de evaluación técnica de los proyectos presentados a consideración del patrimonio autónomo
A los ISP que hayan sido HABILITADOS según el numeral 23.1 de este documento, se verificará las propuestas técnicas de proyectos presentadas, con base en los siguientes criterios:
Cumplimiento de la totalidad de las especificaciones técnicas contempladas en el Anexo Técnico de la Convocatoria
Entrega de la totalidad de la información y documentación exigida en el Anexo Técnico de la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024
La cantidad de nuevos hogares de estrato 1 y 2 propuestos para conectar en la cabecera municipal no debe superar la cantidad definida en la tabla 2 para cada municipio.
El equipo de usuario CPE a conectar debe cumplir con las características mínimas especificadas en el anexo técnico de esta convocatoria.
Que la información suministrada por el ISP en su propuesta sea verídica y coherente con la información suministrada en el reporte de información del IV trimestre de 2023, presentado a la CRC y a MINTIC, de acuerdo con el Formato T.1.3 de la Resolución 6333 del 15 de Julio de 2021, con relación a la cantidad de líneas o accesos (hogares conectados) y a la tecnología del acceso fijo a INTERNET utilizada para brindar la conectividad en los municipios para los cuales presenta propuesta, la cual debe ser FTTH.
A los proyectos presentados por los PRST se les verificará el cumplimiento de los criterios anotados, y a los proyectos que hayan cumplido satisfactoriamente con la totalidad de los criterios, las especificaciones técnicas descritas en el Anexo Técnico, y que hayan suministrado la información técnica solicitada por el Patrimonio autónomo para soportar sus especificaciones técnicas, se evaluarán de acuerdo con el procedimiento que se explica a continuación.
NOTA: El Patrimonio Autónomo antes de la firma del Contrato de Fomento que pudiese resultar del presente proceso de selección o en cualquier momento una vez suscrito el contrato de fomento, durante su ejecución, podrá verificar por cualquier medio legalmente válido, que la información suministrada por el ISP en su propuesta sea verídica y coherente con la información suministrada a la CRC y a MINTIC en el reporte de información del IV trimestre de 2023, con relación a la cantidad de hogares conectados y a la tecnología utilizada en los municipios para los cuales presenta propuesta, la cual debe ser FTTH.
23.3Proceso de selección de los proyectos presentados a consideración del patrimonio Autónomo.
El primer paso del proceso de selección consistirá en listar de menor a mayor las propuestas presentadas para un mismo municipio, según el valor del OPEX requerido por el ISP, en su propuesta, para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, el cual puede oscilar entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, por mes por cada hogar en servicio, durante el tiempo que el hogar se encuentre en servicio.
Con base en la anterior lista, para cada municipio contemplado en esta convocatoria, se procederá de la siguiente manera:
Se rechazarán y no se tomarán en cuenta las propuestas de los ISP, cuyo valor de OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, se encuentre por fuera del rango entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA.
A las propuestas que se encuentren dentro del rango de valor de OPEX, es decir entre COP$1.900 y COP$3.069, incluido IVA, y cuyas propuestas para conectar nuevos hogares de estrato 1 y 2 en la cabecera municipal no superen la cantidad definida en la tabla 2 para cada municipio, se les asignará un número de nuevos hogares de estrato 1 y 2 a conectar, así:
Al ISP que haya incluido en su propuesta el menor valor del OPEX requerido para el mantenimiento de los accesos correspondientes a la conexión de nuevos hogares de estrato 1 y 2 en cabecera municipal, se le asignará el 100% de los hogares de su propuesta, sin que esta supere la cantidad prevista en el municipio.
Si después de asignar los hogares a conectar al ISP que requirió el menor valor del OPEX, queda un remanente de hogares a conectar en el municipio, se asignará la cantidad de los hogares remanentes al ISP que haya requerido el segundo menor valor de OPEX considerando el número de hogares de su propuesta, sin que se supere la cantidad prevista en el municipio.
Si después de asignar los hogares a conectar al ISP que requirió el segundo menor valor del OPEX, queda un remanente de hogares a conectar en el municipio, se asignará la cantidad de los hogares remanentes al ISP que haya requerido el tercer menor valor de OPEX considerando el número de hogares de su propuesta, sin que se supere la cantidad prevista en el municipio.
En El caso de que aún queden hogares remanentes por conectar en el municipio, se procederá de la misma manera como se describió en los numerales 1,2 y 3 de este literal.
En el caso de existir empate en el valor del OPEX requerido por dos o más ISP, en cualquiera de las instancias previstas en el literal B, se asignarán los hogares a los ISP proporcionalmente al número de hogares presentados en sus propuestas, así:
Donde:
HAP = Hogares asignados a cada propuesta que presenta empate en el valor del OPEX requerido
MHM = Meta de hogares a asignar en cada una de las instancias del proceso (1 a 4 del literal B)
HPP = Hogares presentados en la propuesta de cada ISP, que están en situación de empate, para el municipio siendo considerado
NTI = Número total de ISP que se encuentran en situación de empate en el valor del OPEX requerido.
24PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN
Como resultado de la evaluación, el Patrimonio Autónomo generará la lista de las propuestas evaluadas para cada uno de los municipios objeto de la convocatoria para llevar a cabo el proyecto presentado.
El Patrimonio autónomo podrá desestimar por inconveniente la(s) propuesta(s) o cancelar en cualquier momento el proceso de selección y, en ningún caso, serán reconocidos los costos que se causen por la preparación de la(s) propuesta(s), puesto que éstos serán de cargo exclusivo de los oferentes. Tendrá también la potestad de seleccionar en todo o en parte la propuesta o proyecto, sin necesidad de justificar los motivos y sin que surja obligación alguna a su cargo.
El Patrimonio Xxxxxxxx informará a los proponentes, mediante correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx el resultado del proceso de evaluación de las propuestas e igualmente será publicado en el sitio web xxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxx-xxxxxxx-xxxxx/000/x0-xxxxxxxxxxxxx-000000.xxxx de acuerdo con el cronograma establecido en el presente documento.
25CONTRATO DE FOMENTO.
Cumplida la evaluación por parte de los miembros del comité asesor, obtenido el puntaje final y conformada la lista de elegibles, el Patrimonio Xxxxxxxx procederá a publicar la lista que acredita las propuestas seleccionadas, teniendo en cuenta el presupuesto disponible.
Así mismo, el Patrimonio autónomo procederá a suscribir el CONTRATO DE FOMENTO con el ISP SELECCIONADO, que tiene por objeto regular las condiciones bajo las cuales los ISP SELECCIONADOS deberán prestar el servicio de Internet a los estratos 1 y 2 y cumplir con las obligaciones que se determinen en el Acuerdo Específico No. 2, y en el cual se incluirán, entre otros, los siguientes aspectos: objeto, valor, cronograma, obligaciones, garantías a constituir, plazo de ejecución, entre otros aspectos.
NOTA: El Patrimonio Autónomo podrá desistir de la suscripción del contrato, en el evento en que;
a) Se compruebe que el ISP cuya propuesta fue seleccionada luego de agotarse el respectivo requerimiento realizado por el Patrimonio Autónomo según corresponda, haya ocultado dolosamente algún hecho o circunstancia que configure una inhabilidad o incompatibilidad al momento de la presentación de la propuesta, bien sea por haberse abstenido de suministrar oportunamente información pertinente para el Patrimonio Autónomo o, por haberle entregado información o documentos inexistentes, inexactos o incompletos.
b) Cuando existan inconsistencias verificadas por el Patrimonio Autónomo, respecto de la información contenida en los documentos que constituyen la solicitud de participación / propuesta, luego de agotarse el respectivo requerimiento realizado por el Patrimonio Autónomo según corresponda.
En ningún caso, serán reconocidos los costos que se causen por la preparación de la(s) propuesta(s), puesto que éstos serán de cargo exclusivo de los postulantes.
26GARANTÍAS
Los ISP SELECCIONADOS se obligan a constituir a favor del Patrimonio Autónomo y del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con NIT No. 800.131.648-6, una garantía que ampare los perjuicios e incumplimiento, total o parcial, de las obligaciones contenidas en los contratos de fomento.
Firma del Contrato de Fomento |
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la adjudicación |
De manera física en las de MINTIC |
Entrega de Garantías |
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato |
De manera física en las instalaciones de MINTIC |
Aprobación de garantías
|
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrega de garantías |
Micrositio que se destine para tal fin |
27INDEMNIDAD
La ejecución de la propuesta estará a cargo del seleccionado en la CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024, bajo su total autonomía y responsabilidad.
En ningún caso podrán contratar o vincular a un tercero para la ejecución de la propuesta. El Patrimonio autónomo, MinTIC, Internexa y el Fondo Único de TIC, en ningún caso serán responsables por los actos, incumplimientos, omisiones o hechos ocasionados por el ISP SELECCIONADO, como tampoco de los actos, incumplimientos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que dependan de los mismos.
La relación del Patrimonio Xxxxxxxx será única y exclusivamente con el ISP y las fuentes de sus obligaciones serán las que se originen en la ley, el contrato, en el documento de condiciones de participación y los demás documentos que integren la propuesta técnica.
28DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ISP SELECCIONADOS
Los seleccionados en la convocatoria quedarán sujetos al marco general de derechos y obligaciones de la normativa vigente y sin perjuicio de lo anterior, deberán cumplir, entre otras, las siguientes obligaciones específicas, que se precisan a continuación y las contenidas en su propuesta y en el anexo técnico:
28.1DERECHOS DE LOS SELECCIONADOS
Son derechos de los seleccionados, los siguientes:
Los ISP podrán facturar al hogar de estrato 1 y 2 que se beneficie del proyecto una tarifa social máxima por mes en las condiciones establecidas en el literal d) del numeral 8.2.2 Instalación y Puesta en Servicio del anexo técnico y en el contrato de fomento.
Los ISP seleccionados suscribirán contrato de fomento con la Fiduciaria, como vocera del Patrimonio Autónomo.
28.2OBLIGACIONES DE LOS SELECCIONADOS
Son obligaciones de los seleccionados las siguientes:
Aportar oportunamente los documentos que requiera el Patrimonio autónomo para la suscripción del contrato de fomento, en las condiciones establecidas en el presente documento.
Constituir la póliza que ampare el cumplimiento del contrato de fomento, en los términos descritos en el presente documento.
Ejecutar en todas sus características y atributos de cantidad, calidad y oportunidad la propuesta presentada y seleccionada, y con base en ella se desarrollará la supervisión, seguimiento y entrega de los resultados del proyecto, parte integral del presente documento.
Las contenidas en el Anexo Técnico
Acreditar mediante certificación, el pago de los aportes a la seguridad social y aportes parafiscales.
Entregar informes en los periodos establecidos en el contrato de fomento
Las demás establecidas en el contrato de fomento.
29SEGUIMIENTO
El seguimiento a la ejecución y cumplimiento del contrato que eventualmente resultare de esta convocatoria estarán a cargo de la supervisión o interventoría que determine el comité asesor del patrimonio autónomo, de acuerdo con lo estipulado en el Anexo Técnico
30ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y VERACIDAD
Con la postulación a la presente convocatoria, los interesados aceptan haber leído cuidadosamente los presentes términos de referencias y los demás documentos relacionados con esta convocatoria, y aceptan explícitamente las características, requisitos y condiciones establecidos en estos términos de referencia.
Asimismo, el representante legal del interesado declara bajo la gravedad de juramento que la información suministrada es veraz y corresponde a la realidad.
Nota: Las interpretaciones, conclusiones y análisis que realicen los interesados en la postulación a esta CONVOCATORIA DE REMANENTES No. 002 DE 2024 son de su exclusivo cargo y responsabilidad y no comprometen ni vinculan en modo alguno a MinTIC / Funtic / Internexa
31VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas presentadas tendrán validez por un término de 90 días calendario contados a partir de la fecha de su presentación al patrimonio autónomo. Sin embargo, el participante podrá ampliar dicho término de validez mediante comunicación enviada como mensaje de datos.
32ANEXOS
Anexo 1. Carta presentación de la oferta
Anexo 2. Autorización de recolección, tratamiento y protección de datos
Anexo 3. Compromiso anticorrupción.
Anexo 4. Conocimiento de partes.
Anexo 5. Anexo técnico
Anexo 6. Formato Propuesta técnica.
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