Denominación del procedimiento:
Denominación del procedimiento:
Registro, Prórroga o Modificación de Contratos de Transferencia de Tecnología Extranjera
Código: DSD.9
Descripción del procedimiento
Procedimiento administrativo por el cual se inscribe, modifica o amplía el plazo de un contrato de licencia de tecnología, asistencia técnica o licencia de uso sobre determinados Signos Distintivos.
Requisitos
Solicitud consignando datos de identificación y domicilio del solicitante, asimismo de ser el caso, podrá indicar una casilla electrónica asignada por el Indecopi.
Si son personas naturales, indicar el número de Documento Nacional de Identidad, pasaporte o carné de extranjería e indicar el número del Registro Único de Contribuyentes, de ser el caso. Si son personas jurídicas, indicar el número del Registro Único de Contribuyentes, y la identificación del representante.
De ser necesario, adjuntar documento de poder, que podrán constar en instrumento privado. Tratándose de personas jurídicas deberán consignarse, y de ser el caso acreditarse, la condición o título con el que haya firmado el poderdante.
En caso de que el poder pueda ser obtenido directamente por la Dirección de Signos Distintivos conforme x xxx, basta que el administrado exhiba la copia del cargo donde conste la presentación del documento, debidamente sellado y fechado por la entidad ante la cual hubiese sido suministrada o, señalar el número de la Partida Registral SUNARP y el asiento, en el cual se aprecien las facultades de representación.
Adicionalmente presentar lo siguiente:
- Copia del Contrato de Transferencia de Tecnología Extranjera u otros de naturaleza similar y su traducción, de ser el caso, certificada por un notario público o por cualquier otra autoridad pública competente, que certifique que dicho documento está en conformidad con el contrato original.
Formularios
-
Canales de atención
Atención presencial: Sede Central del Indecopi: Xxxxx xx xx Xxxxx 000, Xxx Xxxxx. Xxxx Xxxx Xxxxx: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx. Oficinas Regionales del Indecopi.
Centro de Mejor Atención al Ciudadano – MAC: MAC Lima Norte, MAC Callao, MAC Ventanilla, MAC Lima Este.
Atención telefónica: 00 000 0000 – Teléfono gratuito Provincias: 0-800-4-4040.
Pago por derecho de tramitación Modalidad de pago
Caja de la Entidad
Efectivo: Ventanilla del Banco de la Nación ubicado en la Sede Central
Tarjeta de Débito/Tarjeta de Crédito: VISA
Otras opciones
Agencia Bancaria: Banco de la Nación y Banco de Crédito del Perú
Para los pagos se debe indicar el código de arancel. Además, si es una persona natural, indicar el número de DNI; si es persona jurídica, indicar el número de RUC.
Derecho de Tramitación | Código Arancel |
S/. 220.93 | 201000624 |
Plazo Calificación del procedimiento
180 (ciento ochenta) días hábiles (*)
Aprobación automática: El procedimiento se da por aprobado a la sola presentación de todos los documentos.
Evaluación previa – Silencio Administrativo Positivo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, su solicitud ha sido aprobada.
Evaluación previa – Silencio Administrativo Negativo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, puede interponer los recursos administrativos.
(*) 180 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
Sedes y horarios de atención
Sede Central del Indecopi: Xxxxx xx xx Xxxxx 000, Xxx Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxx: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx
Horario: lunes a viernes de 08:30 a 16:30h Horario: lunes a viernes de 08:30 a 16:30h Horario: lunes a viernes de 08:30 a 16:30h
Unidad de organización donde se presenta la documentación
Trámite Documentario: Sede Central del Indecopi: Xxxxx xx xx Xxxxx 000, Xxx Xxxxx. Xxxx Xxxx Xxxxx: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx.
Mesa de Partes: Oficinas Regionales del Indecopi.
Unidad de organización responsable de aprobar Consulta sobre el procedimiento la solicitud
Dirección de Signos Distintivos
Teléfono: 00 000 0000
Anexo: -
Correo: xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
Instancias de resolución de recursos
Reconsideración Apelación
Autoridad competente | Dirección de Signos Distintivos | Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal del Indecopi |
Plazo máximo de presentación | Procede dentro de los 15 (quince) días de Notificada la Resolución | Procede dentro de los 15 (quince) días de Notificada la Resolución |
Plazo máximo de respuesta | Plazo para resolver el recurso: 180 (ciento ochenta) días hábiles contados desde la interposición del recurso | Plazo para resolver el recurso: 180 (ciento ochenta) días hábiles |
El recurso de reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba.
El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.
Base legal
1. Decisión 291, Régimen Común de Tratamiento a Capitales Extranjeros y Sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo xx Xxxxxxxxx el 4 xx xxxxx de 1991, artículos 2, 11 al 14;
2. Decreto Legislativo Nº 1075, Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión Andina que Establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial, publicado el 28 xx xxxxx del 2008, artículos 4, 13, 14, 15, 24 y 24-A, 64, 66 y 131 y 132, modificado por Decreto Legislativo N° 1309, publicado el 30 de diciembre de 2016, y por Decreto Legislativo N° 1397, publicado el 7 de setiembre de 2018;
3. Decreto Legislativo Nº 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, publicado el 20 de diciembre de 2003, artículos 3 y 4;
4. Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, (D.S. N° 004-2019-JUS), publicado el 25 de enero de 2019, artículos 38, 48, 49, 124 y 125;
5. Decreto Supremo N° 059-2017-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1075, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comunidad Andina que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial y sus modificaciones, publicado el 29 xx xxxx de 2017, artículos 2 y 19.