CONTRATO DE TRABAJO
CONTRATO DE TRABAJO
(En cumplimiento del art. 22 de la Ley Nº 1725/01) "Estatuto del Educador")
En la ciudad de a los días del mes de del año 2018, el Ministerio de Educación y Ciencias, con domicilio en 15 xx xxxxxx Nº 729 entre Gral. Xxxx y E.V. Xxxxx, representado en este acto por el Ministro de Educación y Ciencias, y refrendado por el/la Director/a Departamental de Supervisiones Educativas,
con C.I. Nº y el/la
Docente señor/a
con C.I. Nº
en adelante
denominado/a "Educador/a"; celebran este contrato de condiciones de trabajo que regirá por un periodo de un año, atendiendo las cláusulas siguientes: -
PRIMERO: EI presente contrato forma parte del Concurso Público de Oposición, Convocatoria para el cargo de
Categoría _ Turno en el/la Escuela/Colegio
del Distrito de Areguá. Departamento Central, el cual regirá para el periodo de prueba establecida en el art. 22 de la Ley No 1725/01 "Estatuto del Educador"---------------------------------------
SEGUNDO: La remuneración mensual será de guaraníes (Gs. ), a cobrar por mes vencido contemplados en el Presupuesto General de la Nación: con Categoría en los Turnos ; así como, aguinaldos y vacaciones remuneradas establecidas por la Ley.----------------------------
TERCERO: El "Educador" se compromete a:
a) Ser evaluado en su desempeño profesional, según requerimiento establecido por el Ministerio de Educación y Ciencias. b) Realizar personalmente los trabajos, actividades y tareas, en el tiempo, forma, lugar y modalidades, inherentes al cargo del cual es ganador, establecidos en la legislación vigente;
b) Cumplir las normativas vigentes en lo referente al ejercicio profesional;
c) Observar la conducta honesta conforme a los principios de probidad, legalidad y lealtad en el ejercicio de sus funciones; así como, el interés público sobre el particular;
d) Presentar declaración jurada de bienes y rentas, en el tiempo y en la forma que determinen la Constitución Nacional y las Leyes; en el lugar del asiento de su residencia y/o en las sedes regionales de las oficinas de la ContraloríaGeneral de la República
e) En el caso de incumplimiento en el ejercicio de sus funciones, el Educador estará sujeto a las medidas disciplinarias establecidas en la Ley Nº1725/01 "Estatuto del Educador"
CUARTO: El Ministerio de Educación y Ciencias evaluará el desempeño del Ganador del Concurso Público de Oposición durante un año, correspondiente al periodo de prueba según procedimiento establecido por la Dirección General de Desarrollo Profesional del Educador. QUINTO: Durante el periodo de prueba el Ministerio de Educación y Ciencias, podrá dar por terminado el contrato de trabajo en forma unilateral, sin incurrir en responsabilidad alguna, cuando el Educador resultare insatisfactorio en su evaluación del desempeño profesional. SEXTO: El plazo de vigencia del presente contrato es de un año, conforme al Artículo 22 de la Ley Nº1725/01 "Estatuto delEducador", contados a partir de la fecha de suscripción; del mismo modo carecerá de validez la renovación o prórroga del contrato. En prueba de aceptación y conformidad, se firman tres ejemplares iguales del presente documento, de un mismo tenor y a un solo efecto.
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