ACUERDO DE INCORPORACIÓN DE LA PERSONA VOLUNTARIA A CÁRITAS DIOCESANA DE SANTANDER
ACUERDO DE INCORPORACIÓN DE LA PERSONA VOLUNTARIA A CÁRITAS DIOCESANA XX XXXXXXXXX
REUNIDOS DE UNA PARTE:
Cáritas Diocesana xx Xxxxxxxxx (en adelante Cáritas) con CIF R-3900768-G, con domicilio en X/ Xxxxxxxx 0, 0x x X.X. 39001 de la localidad xx Xxxxxxxxx, en su nombre y representación,
D/Xx ………………………………………………………………….. con NIF/NIE ,
en calidad de “referente” de voluntariado de cáritas parroquial/proyecto/área.
DE OTRA PARTE:
D/Xx ……………………………………………………………..……... con NIF/NIE ,
con domicilio en ……………………………………………………………………...….. C.P. .………………….
de la localidad de …………………………………………………….
MANIFIESTAN:
I. Que es deseo de ambas partes firmar el presente acuerdo.
II. Que la persona voluntaria conoce la naturaleza y misión de Cáritas recogidos en sus estatutos y en su Carta del Voluntariado, el Itinerario del Voluntariado de CDS y los medios utilizados para llevar a cabo la acción de voluntariado.
III. Que firman el presente acuerdo para formalizar las relaciones que ambas partes quieren establecer, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 45/2015 de Voluntariado de ámbito estatal, para el desarrollo de las siguientes actividades:
IV. Que la persona voluntaria prestará inicialmente su colaboración en los proyectos de Cáritas o Cáritas Parroquiales1:
Nombre del centro o proyecto:
Actividad Funciones Localidad
Nombre del centro o proyecto:
Actividad Funciones Localidad
V. La persona voluntaria prestará inicialmente su colaboración durante horas
semanales/anuales2.
1 Léase Cáritas Parroquiales, Interparroquiales o Arciprestales, en su caso.
2 Hay que tener en cuenta que el número de horas anuales del voluntariado se debe indicar en la Memoria Anual según el Plan de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Entidades sin fines lucrativos (BOE 09/04/2013).
EL PRESENTE ACUERDO SE REGIRÁ POR LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS
Primera.- Obligaciones de Cáritas
Cáritas garantiza el cumplimiento de los derechos y responsabilidades derivados de la legislación vigente. En concreto:
1. Cumplir los compromisos contraídos con la persona voluntaria, en el marco del presente acuerdo, respetando sus derechos y deberes.
2. Tener suscrita una póliza de seguros que cubra los siniestros de la persona voluntaria y los que se produzcan a terceros ocasionados por el ejercicio de su actividad.
3. Cubrir los gastos derivados de la prestación del servicio, previo acuerdo con Cáritas, y dotar de los medios y recursos adecuados para el cumplimiento de sus funciones.
4. Garantizar a la persona voluntaria condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad en el ejercicio de sus actividades.
5. Facilitar procesos de formación.
6. Facilitar una acreditación que le habilite e identifique como persona voluntaria.
7. Emitir un certificado de la actividad de la persona voluntaria siempre que se solicite, en el que constará la fecha, la duración y la naturaleza de la prestación efectuada.
8. Llevar un registro de altas y bajas del personal voluntario y de los acuerdos de incorporación.
Segunda.- Derechos de la persona voluntaria
Se configuran como derechos de la persona voluntaria en Cáritas los contemplados por las leyes vigentes y, en especial:
1. Ser acogida, apoyada e informada sobre la identidad, misión y acciones de Xxxxxxx.
2. Ser orientada hacia las actividades más adecuadas respecto a su perfil personal, motivación y habilidades.
3. Acordar las condiciones de su acción voluntaria, el ámbito de actuación, el compromiso de las funciones definidas conjuntamente, el tiempo y el horario de colaboración y las responsabilidades aceptadas.
4. Ser miembro activo en las estructuras de participación, reflexión y debate establecidas por Xxxxxxx.
5. Recibir formación general y especializada.
6. Estar acompañada en su actividad recibiendo el apoyo que es propio de una entidad cristiana de acción social.
7. Participar activamente en la elaboración, ejecución y evaluación de los proyectos en los que desarrolle su compromiso.
8. Ser respetada por las personas que componen Cáritas en su proceso de crecimiento y desarrollo personal.
9. Disponer de una acreditación identificativa de su condición de persona voluntaria ante terceros y obtener certificaciones de su participación en los programas.
Tercera.- Deberes de la persona voluntaria
La persona voluntaria está obligada a cumplir los deberes estipulados en la legislación actual relativos al voluntariado y los que Xxxxxxx demanda a las personas que trabajamos en ella. En particular, deben:
1. Respetar la dignidad de la persona, prestando su servicio con humildad, amor y apertura hacia el otro, sin juicios de valor.
2. Aceptar la naturaleza y objetivos de Cáritas, desarrollando sus tareas y encargos de acuerdo con la identidad de Xxxxxxx.
3. Trabajar en equipo, complementándose en su tarea con la del resto de personas de su entorno.
4. Realizar su aportación de trabajo personal de acuerdo con sus aptitudes y posibilidades, y siguiendo la metodología, el estilo y los programas de Cáritas, incluyendo la preparación, el desarrollo y la evaluación de la acción correspondiente.
5. Participar activamente en los procesos formativos y de acompañamiento acordado por Cáritas.
6. Ser responsable, cumpliendo con diligencia y de forma organizada los compromisos adquiridos.
7. Guardar confidencialidad de la información recibida en la realización de sus tareas y cumplir con la legislación en materia de protección de datos.
8. Utilizar debidamente la acreditación y los distintivos de Cáritas.
9. Rechazar cualquier tipo de contraprestación económica o material que le pueda ser ofrecida por la persona destinataria de la acción u otras personas en virtud de su actuación.
10. Observar las medidas de seguridad e higiene reglamentadas y seguir las instrucciones que se establezcan.
11. Cuidar y hacer buen uso del material confiado por Xxxxxxx para el desarrollo de las tareas acordadas.
12. Comunicar la salida de la entidad y en la medida de lo posible los motivos que le llevan a tal decisión.
Cuarta.- Duración del compromiso.
Con la intención de darse un tiempo para el conocimiento mutuo se considera necesario establecer un periodo de prueba será de 4 semanas, después del cual se valorará conjuntamente si es posible la incorporación definitiva al proyecto/área.
Cualquiera de las partes podrá dejar sin efecto el presente acuerdo; en este caso se deberá comunicar la decisión a la otra parte por escrito y con antelación.
Quinta.- Modificaciones en el régimen inicial convenido.
Cuando, por cualquier circunstancia, varíen las condiciones en las que se realiza la acción voluntaria, existe la posibilidad de que la persona voluntaria pueda ser adscrita a otro centro o proyecto o Cáritas Parroquial, modificándose así el régimen de actuación inicialmente convenido (sin tener que volver a firmar un nuevo acuerdo).
Sexta.- Régimen para dirimir conflictos.
Los conflictos se resolverán por la vía del diálogo entre las dos partes y buscando el acuerdo.
En el caso de no llegar a un acuerdo los conflictos se resolverán por los jueces y tribunales competentes según lo establecido en las normas procesales, si bien, por acuerdo de las partes, se podrá someter el asunto a decisión arbitral, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 60/2003 de 23 de Diciembre que regula el Procedimiento de Arbitraje.
Séptima.- Legislación supletoria.
En todo lo no previsto en este Acuerdo de incorporación, se estará a la Carta del Voluntariado de Cáritas, así como a la legislación vigente.
Octava.- Protección de datos3
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la persona voluntaria declara haber leído y firmado el documento anexo: “Información básica sobre el Tratamiento de Datos. Personas voluntarias” dónde se le informa de sus derechos y se requiere su consentimiento por escrito en relación al tratamiento de sus datos personales.
Novena.- Derechos de imagen
La persona voluntaria da su consentimiento a Cáritas para tomar imágenes de actividades personales y/o grupales, para su uso en documentación y materiales audiovisuales propios de Cáritas así como a terceros y en otros medios de comunicación, exhibición y/o difusión presencial, físico, editorial, así como por redes telemáticas e Internet, en cualquier formato tangible o intangible, electrónico y/o digital, para difusión de las acciones de Cáritas conforme x Xxx Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
La persona voluntaria acepta y autoriza expresamente que su imagen sea recogida y tratada para ser utilizada con esos fines durante su colaboración marcando la siguiente casilla
Sus datos serán incorporados a un fichero de imágenes cuya responsable es Cáritas y estarán a disposición de la Confederación Cáritas.
La persona voluntaria puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, dirigiendo una comunicación por escrito especificando el nombre, apellido y DNI al correo xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx de Cáritas Diocesana xx Xxxxxxxxx.
En prueba de conformidad y buena fe, firman ambas partes en:
…………………………….., a……….. de……………………………de……............
Fdo. D/Xx Xxx. D/Xx
(representante Xxxxxxx) (persona voluntaria)
3 Se deberá firmar por todas las personas voluntarias el ANEXO “Información básica sobre el Tratamiento de Datos. Personas voluntarias”