CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO DEBE COMPRARSE EN EL MOMENTO DE LA VENTA DEL VEHÍCULO
CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO DEBE COMPRARSE EN EL MOMENTO DE LA VENTA DEL VEHÍCULO
DEPARTAMENTO DE RECLAMOS 0(000) 000-0000
ASISTENCIA DE CARRETERA 1(888) 810-5150
V1-0614
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Mes Día
Año
FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO
NÚMERO DE CONTRATO:
INFORMACIÓN DE COBERTURA | |||||
VIGENCIA | COBERTURAFORMAC | IÓN DE OPCIONES | DEDUCIBLE* | ||
Meses de vigencia: Millas de vigencia: | Garantía restante* Sellos y Empaquetaduras | $ | |||
Desaparición de deducible | |||||
Fecha de vencimiento: Millaje de vencimiento: | PRECIO DE ACUERDO $ | * Si se selecciona la “OPCIÓN GARANTÍA RESTANTE”, este Contrato de Servicio vence por Tiempo o Millaje medido a partir de la Fecha de Vencimiento de la Garantía Original Completa del Fabricante o Millaje, lo que ocurra primero. | |||
*Si no se especifica un deducible, se aplicará un deducible de $100 (cien dólares). | |||||
INFORMACIÓN DEL VEHÍCULO | |||||
# de identificación del vehículo (VIN): | AÑO: | MARCA: | MODELO: | ||
MILLAJE ACTUAL: | PRECIO DE VENTA DEL VEHÍCULO: $ | ACREEDOR (si corresponde): | |||
RECARGOS DEL VEHÍCULO: 4WD/AWD 1 TONELADA USO EMPRESARIAL | TURBOCOMPRESOR/SOBREALIMENTADOR RECARGO ELEGIBLE | MODIFICACIONES EN LOS NEUMÁTICOS/KIT DE ELEVACIÓN (hasta 4 pulgadas) | |||
INFORMACIÓN DEL PROPIETARIO | |||||
NOMBRE: | APELLIDO: | TELÉFONO: | |||
DIRECCIÓN: | CIUDAD: ESTADO: CÓDIGO POSTAL: | ||||
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO: | |||||
INFORMACIÓN DEL CONCESIONARIO | |||||
N.O DE IDENTIFICACIÓN DEL CONCESIONARIO AUL: | NOMBRE DEL CONCESIONARIO: | NOMBRE DEL EMPLEADO DEL CONCESIONARIO: | TELÉFONO: | ||
DIRECCIÓN: | CIUDAD: | ESTADO: | CÓDIGO POSTAL: | ||
He leído, entendido y aceptado los términos y condiciones que aparecen en el presente contrato, que incluyen, sin carácter limitado, el Límite de Responsabilidad financiera (Agregada) conforme el ARTÍCULO 8. QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO sección Z., que dice lo siguiente: Los importes globales de todos los beneficios y reparaciones pagados o pagaderos mientras este Contrato de servicio del vehículo está en vigor, no excederán el menor de los siguientes importes agregados: (1) el precio de compra del vehículo como se muestra en este Contrato de servicio del vehículo; o (2) plazo de 3 meses/3,000 millas, $1,500 (mil quinientos dólares); plazo de 6 meses/6,000 millas, $2,000 (dos mil dólares); plazo de 12 meses/12,000 millas, $2,500 (dos mil dólares); y plazo de 18 meses/ 18,000 millas, $3,000 (tres mil dólares). FIRMA DEL DUEÑO FECHA |
El presente contrato es entre A.U.L. Corp., 0000 Xxxx Xxxxxx, Xxxxx 000, Xxxx, XX 00000, tel: 1‐(800)‐826‐3207 (en lo sucesivo, el “ADMINISTRADOR/PROVEEDOR”) y
USTED; y brinda cobertura como se indicó anteriormente.
Las obligaciones conforme este contrato están aseguradas por una póliza de seguro emitida por American Bankers Insurance Company de Florida. Póliza # SFN‐12‐WA‐3‐1, 00000 Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx 00000. Usted puede presentar una reclamación directamente con la compañía de seguros a cualquier momento. Atención: VSC Claims. Por favor llame al 1‐866‐306‐6694 si desea recibir instrucciones. Para revisar la Política General de Privacidad de American Bankers Insurance Company, una compañía de Assurant Solutions, visite xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxx.xxxx.
En adición sobre las representaciones hecho por yo encima, al iniciar los espacios en blanco debajo y firmando en el espacio previsto, Yo represento y reconozco que he leído y tengo entendimiento en los siguiente aspectos del CONTRATO DE SERVICIO:
1. Las condiciones materiales que debo seguir para mantener cobertura bajo este CONTRATO DE SERVICIO como previsto en Sección 2.
RESPONSABILIDADES DE MANTENIMIENTO de este CONTRATO DE SERVICIO.
2. La obra y partes cubierto bajo este CONTRATO DE SERVICIO como previsto en Sección 7. LO QUE CUBRE ESTE CONTRATO DE SERVICIO DE XXXXXXXX.
3. Las restricciones de el plazo y millaje como previsto en sección encima intitulado PLAZO de este CONTRATO DE SERVICIO.
4. Que la garantía implicada de comerciabilidad en el VEHICULO no se renuncia si este CONTRATO DE SERVICIO se ha comprado dentro noventa (90) días de la FECHA DE COMPRA DEL VEHICULO de un proveedor quien también vendió el VEHICULO cubierto por este CONTRATO DE SERVICIO.
5. Las exclusiones en Sección 8. LO QUE NO ESTA CUBIERTO en este CONTRATO DE SERVICIO.
6. Mi derecho de regresar este CONTRATO DE SERVICIO para un reembolso conforme a este CONTRATO DE SERVICIO como fue proveído en Sección 5. CANCELLACION de este CONTRATO DE SERVICIO. Mi firma indica que he leído las declaraciones anterior y he puesto mis iniciales en los espacios en blanco y reconozco que tengo entendimiento en los siguiente aspectos del SCONTRATO DE SERVICIO tal como se expone arriba.
ARTÍCULO 1. CLÁUSULAS Y TÉRMINOS FUNDAMENTALES
Este Contrato de servicio del vehículo no es una póliza de seguro. Este es un Contrato de servicio del vehículo entre el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO y el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR. Este Contrato brinda información adicional sobre la responsabilidad por los beneficios. Se aplican restricciones estatales; por lo tanto lea la sección de divulgación estatal para obtener más información.
Cualquier modificación, alteración o cambio de los términos pre impresos y condiciones de este Contrato de servicio del vehículo, lo convertirá invalido y sin vigencia o efecto. No se otorga cobertura conforme este Contrato de Servicio del Vehículo sin la Firma válida del Propietario.
Los vehículos, condiciones, coberturas y/u opciones que no concuerden con las pautas y la hoja de tarifa de suscripción del ADMINISTRADOR/PROVEEDOR, en el momento de la venta, no se encuentran cubiertos conforme el presente Contrato de servicio del vehículo. Este Contrato de servicio del vehículo únicamente entrará en vigencia cuando el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR reciba y acepte este Contrato de servicio del vehículo.
Si alguna parte de la información contenida en este Contrato de servicio del vehículo sobre el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO, el VEHÍCULO CUBIERTO o la cobertura que USTED seleccionó tiene un error, contacte al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR o al CONCESIONARIO de inmediato.
No se requiere la compra de este Contrato de servicio del vehículo para poder comprar o financiar un vehículo.
ESTE CONTRATO INCLUYE LA GARANTÍA DEL FABRICANTE; NO REEMPLAZA LA GARANTÍA DEL FABRICANTE, PERO AÑADE CIERTOS BENEFICIOS ADICIONALES DURANTE LA VIGENCIA DE LA GARANTÍA DEL FABRICANTE. LAS PÉRDIDAS CUBIERTAS POR EL FABRICANTE DURANTE EL PERÍODO DE GARANTÍA DEL FABRICANTE NO ESTÁN CUBIERTAS POR ESTE CONTRATO.
Las disposiciones generales de este Contrato de servicio del vehículo contienen varias palabras que tienen significados especiales. Las siguientes palabras son importantes en este Contrato de Servicio del Vehículo y están y están escritas en letra MOLDE. “ADMINISTRADOR/PROVEEDOR,” “NOSOTROS,” “NOS,” “NUESTRA,” se refiere a la entidad quien es responsable por administrar el CONTRATO DE SERVICIO cual es A.U.L. Corp., 0000 Xxxx Xxxxxx, Xxxxx 000, Xxxx, Xxxxxxxxxx 00000, 1‐800‐826‐3207.
“FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO” significa la fecha en que este contrato fue comprado como figura en el Contrato de Servicio del Vehículo.
“COSTO” significa los cargos habituales y aprobados por piezas y mano de obra para reparar o reemplazar la parte cubierta. El reemplazo de las piezas cubiertas puede hacerse con piezas de clase y calidad similares, nuevas y remanufacturadas, según la decisión del ADMINISTRADOR.
“PÁGINA DE DECLARACIONES” significa el documento numerado ejecutado por USTED que es parte de este Contrato de servicio del vehículo. Muestra información sobre el VEHÍCULO CUBIERTO, términos del Contrato de servicio del vehículo y toda otra información importante.
“DEDUCIBLE” significa el monto que el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO debe pagar por las reparaciones cubiertas por la visita de reparación. El DEDUCIBLE no se aplicará a los BENEFICIOS ADICIONALES enumerados en el Artículo 7. QUÉ ESTÁ CUBIERTO POR ESTE CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO.
“DESAPARICIÓN DE DEDUCIBLE” significa que si USTED ha comprado la opción de DESAPARICIÓN DE DEDUCIBLE entonces no se le cobrará DEDUCIBLE siempre y cuando el VEHÍCULO CUBIERTO sea llevado al CONCESIONARIO DE VENTA para su reparación. Si el VEHÍCULO CUBIERTO es llevado a un lugar que no sea el concesionario de venta, se aplicará el DEDUCIBLE que se enumera en la PÁGINA DE DECLARACIONES.
“FECHA DE VENCIMIENTO” significa la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO más el Plazo estipulado en este Contrato de servicio del vehículo.
“MILLAJE DE VENCIMIENTO” significa el Millaje Actual estipulado en este Contrato de servicio del vehículo más el Plazo estipulado en este Contrato de servicio del vehículo. El presente Contrato expirará en la FECHA DE VENCIMIENTO o el MILLAJE DE VENCIMIENTO, lo que ocurra primero, o cuando NOSOTROS hayamos cumplido en su totalidad NUESTRAS obligaciones financieras conforme las condiciones de los Límites de Responsabilidad, en el Artículo 8. QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO por el presente Contrato.
“FALLA” o “FALLADO” significa la imposibilidad de cualquier componente cubierto, que ha recibido el servicio recomendado del fabricante, de desempeñar las funciones para las cuales fue diseñado, e incluye solo aquellos componentes cubiertos que están dentro de las tolerancias del fabricante permitidas para el Vehículo en particular en el millaje cuando ocurre un problema.
“ACREEDOR” significa la empresa mencionada en la PÁGINA DE DECLARACIONES de este Contrato de servicio del vehículo que ha anticipado el dinero para la compra de este Contrato de servicio del vehículo.
“VEHICULO” significa cualquier vehículo sujeto al registro en virtud del Capítulo 46.16 RCW descrito como tal en este CONTRATO DE SERVICIO.
“OBLIGADO” significa la entidad, identificada en la primer pagina, obligada a cumplir con este Contrato de Servicio de Vehículo.
“MILLAS EN EL ODÓMETRO” significa el millaje registrado en el odómetro, siempre que no se haya detenido o cambiado para bajar el millaje real, según lo dispuesto en el Título IV de la Ley Pública 92‐513, y sus enmiendas.
“CUOTA DE PROVEEDOR/PRECIO DE ACUERDO” la contraprestación pagada por el titular del Contrato de Servicio de Vehículo. “CONCESIONARIO DE VENTA” significa el Vendedor descrito como tal en este Contrato de servicio del vehículo.
“CONTRATO DE SERVICIO”, un Contrato de Servicio de Vehículo que USTED ha adquirido para el VEHICULO.
“TENEDOR DEL CONTRATO DE SERVICIO”, “USTED”, y “SU” se refiere al dueño designado como tal en este Contrato de Servicio de Vehículo que USTED ha adquirido.
“GARANTÍA RESTANTE” significa que si se selecciona y paga la “OPCIÓN GARANTÍA RESTANTE”como se indica en SU PÁGINA DE DECLARACIONES, la cobertura comienza en la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO y vence según el Tiempo o Millaje medido a partir de la Fecha de vencimiento de la garantía original completa del fabricante o millaje, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2. RESPONSABILIDADES DE MANTENIMIENTO
EL TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO DEBE TENER EL VEHÍCULO CUBIERTO ATENDIDO SEGÚN EL CRONOGRAMA DE SERVICIO Y MANTENIMIENTO DESCRITO EN EL MANUAL DE INSTRUCCIONES PUBLICADO POR EL FABRICANTE DEL VEHÍCULO CUBIERTO. USTED TAMBIÉN DEBE MANTENER LOS NIVELES ADECUADOS DE LÍQUIDOS. EL TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO DEBE MANTENER TODOS LOS REGISTROS DE MANTENIMIENTO DESDE LA FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO CUBIERTO HASTA LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO, CON EL CORRESPONDIENTE RESPALDO DE LOS COMPROBANTES QUE INDICAN FECHA, HORA, MILLAJE Y SERVICIO REALIZADO, Y ESTOS REGISTROS DEBEN ESTAR DISPONIBLES PARA EL ADMINISTRADOR/PROVEEDOR O CONCESIONARIO DE VENTA CUANDO LO SOLICITEN. SE REQUERIRÁ PRUEBA DE MANTENIMIENTO PARA CIERTAS REPARACIONES CONFORME ESTE CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO. LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA PRUEBA DEL MANTENIMIENTO REQUERIDO PUEDE OCASIONAR LA NEGACIÓN DE LA COBERTURA. LA FALTA DE MANTENIMIENTO CORRECTO DE SU VEHÍCULO CUBIERTO SEGÚN SU MANUAL DEL PROPIETARIO DETERMINARÁ LA NEGACIÓN DE LA COBERTURA.
ARTÍCULO 3. CÓMO OBTENER REPARACIONES
1. Prevenir un daño mayor: Tome medidas inmediatas para prevenir mayores daños a SU VEHÍCULO CUBIERTO. Cualquier daño resultante del funcionamiento continuo de un vehículo deteriorado constituirá una falta de protección del VEHÍCULO CUBIERTO y no estará cubierto por este Contrato de servicio del vehículo.
2. Devuelva SU VEHÍCULO CUBIERTO al CONCESIONARIO DE VENTA: Si SU VEHÍCULO CUBIERTO se encuentra dentro de las 60 (sesenta) millas del CONCESIONARIO DE VENTA, debe entregar el VEHÍCULO CUBIERTO al CONCESIONARIO DE VENTA en la dirección indicada en la PÁGINA DE DECLARACIONES de este Contrato de servicio del vehículo.
3. Llame al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR para obtener instrucciones sobre cómo iniciar un reclamo al 1‐888‐285‐2567. Si SU VEHÍCULO CUBIERTO se encuentra a más de 60 (sesenta) millas del CONCESIONARIO DE VENTA, NOSOTROS nos reservamos el derecho de seleccionar el centro de reparación. Llame al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR para obtener instrucciones ANTES de que USTED lleve SU VEHÍCULO CUBIERTO a cualquier otro centro de reparación que no sea el CONCESIONARIO DE VENTA. Para asegurar la cobertura conforme los términos de este Contrato de servicio del vehículo, se debe obtener una autorización PREVIA al desmontaje o reparación si se realiza en cualquier otro centro de reparación. Usted es responsable de autorizar la inspección o desmontaje de SU VEHÍCULO CUBIERTO por parte del centro de reparaciones para determinar la causa de la FALLA. Si la FALLA no se encuentra cubierta por el presente Contrato de servicio del vehículo, USTED será responsable del costo de la reparación. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR y el CONCESIONARIO DE VENTA se reservan el derecho a inspeccionar SU VEHÍCULO CUBIERTO antes de realizar cualquier reparación. El reemplazo de las piezas cubiertas puede hacerse con piezas de clase y calidad similares, nuevas y remanufacturadas, según la decisión del ADMINISTRADOR/PROVEEDOR.
4. Reparaciones de emergencia: Si se requieren reparaciones de emergencia cubiertas por el presente Contrato de servicio del vehículo fuera del horario laboral del ADMINISTRADOR/PROVEEDOR o el CONCESIONARIO DE VENTA, el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO deberá entregar el VEHÍCULO CUBIERTO a un centro de reparación autorizado y realizar las reparaciones necesarias a un costo razonable y usual. Al siguiente día hábil, el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO deberá informar las reparaciones al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR. Para reportar una reparación de emergencia y obtener un reembolso, llame al 1‐888‐285‐2567 donde recibir instrucciones. Las reparaciones de emergencia son solamente aquellas reparaciones, que, si no se realizan, pueden hacer que SU VEHÍCULO CUBIERTO no se pueda operar o sea inseguro para conducir, y que pueden afectar su funcionamiento futuro.
ARTÍCULO 4. PROCEDIMIENTOS DE TRANSFERENCIA Y RENOVACIÓN
Este Contrato de Servicio del Vehículo puede ser transferido una vez a un nuevo propietario durante la vigencia del Contrato de servicio del vehículo. Este Contrato de servicio del vehículo no puede ser cedido por separado del VEHÍCULO CUBIERTO, ni puede ser asignado o transferido a un concesionario de autos nuevos o usados o cualquier otra persona que no sea la persona que está comprando el VEHÍCULO CUBIERTO para uso personal. Se cobrará una tarifa de transferencia de $50 (cincuenta dólares). El nuevo propietario debe brindar al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR su nombre, dirección, número de teléfono, millaje actual del VEHÍCULO CUBIERTO y una copia de la factura de venta para validar la transferencia. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR debe ser notificado dentro de los 30 (treinta) días de la fecha de venta del VEHÍCULO CUBIERTO para que la transferencia al nuevo propietario sea efectiva. Este Contrato de servicio del vehículo no es transferible de un vehículo a otro. Una vez transferido, este Contrato de servicio del vehículo no es reembolsable. Este Contrato de servicio del vehículo es renovable. La renovación se encuentra sujeta a las pautas de suscripción en el momento de la renovación. Se requerirá prueba de mantenimiento e inspección del vehículo antes de la renovación. Las tasas de renovación pueden ser diferentes del precio original. Para facilitar la renovación, si USTED decide renovar, el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR puede compartir cierta información personal privada con otra compañía. Sin embargo, esa empresa, utilizará esta información únicamente para los fines previstos y no la compartirá con terceros.
ARTÍCULO 5. CANCELACIÓN
El presente Contrato de servicio del vehículo finalizará si el VEHÍCULO CUBIERTO es embargado, declarado como destrucción total o USTED
da aviso de cancelación.
1. En caso de destrucción total o embargo del VEHÍCULO CUBIERTO, los derechos conforme el presente Contrato de servicio del vehículo, que incluyen la cancelación, deberán ser transferidos inmediatamente al ACREEDOR correspondiente, solamente si el ACREEDOR es una institución financiera externa y no propiedad del CONCESIONARIO VENDEDOR.
2. Si el TENEDOR DEL CONTRATO DE SERVICIO o el acreedor embargante cancela este Contrato de Servicio de Vehículo dentro de los primeros sesenta (60) días y no se ha presentado ningún reclamo, NOSOTROS reembolsará la totalidad del PRECIO DE ACUERDO del Contrato de Servicio de Vehículo. (i) Un diez por ciento (10%) de penalidad será añadido a un reembolso que no ha sido pagado a el TENEDOR DEL CONTRATO DE SERVICIO dentro de treinta (30) días de la devolución del contrato al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR. (ii) El derecho de anular el Contrato de Servicio no es transferible y se aplica solo a titular del Contrato de Servicio original.
(iii) Si este Contrato de Servicio de Vehículo es cancelado por el TENEDOR DEL CONTRATO DE SERVICIO después de sesenta (60) días o se ha presentado un reclamo, el CONCESIONARIO VENDEDOR reembolsará el monto del PRECIO DE ACUERDO de Compra del Contrato de Servicio de Vehículo no ganado, de acuerdo con el método de prorrateo que refleje la mayor cantidad de los días en vigor o las millas conducidas en relación con el plan seleccionado, reducido en un cargo administrativo hasta $25.00.
3. Cómo cancelar: Proporcione al CONCESIONARIO DE VENTA: (1) La copia del TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO del presente Contrato de Servicio del Vehículo; (2) una breve carta firmada por el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO en la que solicita la cancelación; (3) una declaración jurada que indique la lectura real del odómetro a la fecha del pedido. (4) Si el presente Contrato de servicio del vehículo fue financiado o se encuentra en un plan de pago, proporcione el nombre de los acreedores y sus direcciones postales. Si la cuenta ha sido pagada en su totalidad; se requerirá documentación de parte del ACREEDOR que indique en qué cuenta se canceló la deuda. En caso de una cancelación, aparecerá el nombre del ACREEDOR, si lo hubiera, en el cheque de reembolso de cancelación ya que puede incluir su interés.
ARTÍCULO 6. CANCELACIÓN POR PARTE DEL ADMINISTRADOR/PROVEEDOR
El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR puede dar por finalizado (cancelar) el presente Contrato de servicio del vehículo en los primeros sesenta
(60) días por cualquier motivo mediante notificación a través de correo certificado por lo menos 15 (quince) días antes de la finalización. Esta notificación de finalización será enviada a SU última dirección declarada, incluirá el motivo de la finalización y la fecha efectiva y podrá solicitar el reembolso de la siguiente manera: Si el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR cancela el presente Contrato de servicio del vehículo, el reembolso se calculará según el párrafo 2 del Artículo 5. CANCELACIÓN.
ARTÍCULO 7. QUÉ ESTÁ CUBIERTO POR EL PRESENTE CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO
El presente Contrato de servicio del vehículo cubrirá las siguientes piezas, con excepción de los artículos enumerados en el Artículo 8. QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO. Solo las piezas específicamente enumeradas debajo están cubiertas. Consulte la PÁGINA DE DECLARACIONES para determinar qué grupos de cobertura se aplican a SU VEHÍCULO CUBIERTO.
I. COBERTURA ESENCIAL
A. Grupo del motor: Todas las piezas lubricadas internamente. Cigüeñal y cojinetes, bomba de aceite, bomba de combustible, bomba de inyección de diesel, engranajes de distribución interna o cadena/xxxxxx, árbol de levas, cojinetes del árbol de levas, elevadores de válvula, conjuntos de balancines y varillas, guías de la válvula, pistones y aros, ejes de émbolos, bielas, soportes de motor y engranaje de accionamiento del distribuidor. El bloque del motor y las cabezas de cilindro están cubiertas si el daño es causado por una FALLA de una pieza lubricada internamente. MOTOR (rotativo): Todas las piezas enumeradas anteriormente además de los rotores, sellos del rotor, cámara del rotor, eje excéntrico y rulemanes.
B. Turbocompresor/sobrealimentador: Turbocompresor o sobrealimentador instalado en fábrica, incluso carcasa y todas las piezas internas.
C. Transmisión, transeje y caja de transferencia (4x4/AWD): Todas las piezas lubricadas internamente. Eje de tracción/junta universal cardán, convertidor de torsión y soportes de transmisión. Las carcasas de la caja están cubiertas si el daño es por la FALLA de una pieza lubricada internamente.
D. Grupo del eje de tracción (delantero o trasero): Carcasa del eje de tracción, incluso rulemanes de engranajes, rulemanes de empuje, engranajes xx xxxxxx y piñón, conjunto del portador, arandelas de empuje, ejes, rulemanes del eje, juntas de velocidad constante, sello del transeje interno y carcasa del eje de tracción, si el daño es por FALLA de una pieza lubricada internamente.
X. Xxxxxx y Empaquetaduras: Los sellos y empaquetaduras están cubiertos cuando se cambian al mismo tiempo que se repara una
FALLA cubierta.
F. Grupo de la Dirección Asistida: Caja del mecanismo de dirección, conjunto de la bomba, cremallera y piñón, manivela, brazo Xxxxxx, brazo de transmisión, varilla de ajuste, válvulas de control y ejes intermedios.
G. Grupo Eléctrico Básico: Alternador/generador, motor de arranque, motores del limpiaparabrisas frontal y posterior.
X. Xxxxxxxx de alquiler: El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR le reembolsará al TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO, por el gasto incurrido en el alquiler del automóvil, hasta $30 (treinta dólares) por un periodo de 24 (veinticuatro) horas, con un máximo de
$150 (ciento cincuenta dólares) por reclamo. Para calificar para el reembolso, el VEHÍCULO CUBIERTO debe: 1) ser retenido por el servicio de reparación durante la noche, y; 2) tener una FALLA de un componente cubierto basado en el plan de cobertura seleccionado tal que, si el vehículo se utilizara, podría determinar daños mayores al VEHÍCULO CUBIERTO. Se aplica un adicional de
$90 (noventa dólares) de cobertura de alquiler solo en el caso de una demora de las piezas cuando se realice una reparación
interna o una reposición en un componente principal (grupo del motor, grupo de transmisión, grupo del eje de tracción). El reembolso no continuará más allá del día en que se completen las reparaciones y el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO sea notificado de la finalización de la reparación. El reembolso es válido únicamente si el alquiler se realiza desde una agencia autorizada de alquiler de automóviles.
II. COBERTURA BÁSICA
Toda COBERTURA ESENCIAL según se enumera arriba y además:
A. Grupo del Aire Acondicionado: Compresor, condensador, evaporador, bobina y acoplador de A/A, válvula de expansión, secador del receptor, motor del ventilador y válvula de control del radiador.
B. Grupo Eléctrico: Regulador de voltaje, distribuidor, solenoides, interruptores operados manualmente, sensores de inyección e inyectores de combustible electrónicos, módulo de encendido electrónico, bobinas de encendido, motores/reguladores de ventanas eléctricas, elementos de calefacción de la ventana posterior, motores xxx xxxxxx eléctrico, motores del asiento eléctrico, motor codificador de 4WD y actuadores eléctricos de cierre.
III. COBERTURA INTEGRAL
Toda COBERTURA ESENCIAL y BÁSICA como se enumera arriba y además:
A. Grupo de Frenos: Cilindro principal, cilindro del servofreno, impulsor de ayuda por vacío, refuerzo hidráulico, galga del freno de disco, cilindros de las ruedas, válvula del compensador. Los siguientes componentes ABS (sistema de frenado antibloqueo) están cubiertos: unidad de control hidráulico, procesador de control electrónico, sensores de velocidad xx xxxxxx, conjunto de bomba/motor hidráulico, válvula del modulador de presión, válvula de evacuación de aislamiento y acumulador.
B. Grupo de Suspensión Delantera/Trasera: Brazos de control superiores e inferiores, ejes y cojinetes de los brazos de control o bujes, juntas esféricas superiores e inferiores, brazo del radio y bujes, barras de torsión y soportes o bujes, barras del estabilizador, eslabones y bujes, puntales, placas del cojinete del puntal, amortiguadores, eje y soporte del eje, cojinetes de las ruedas, y las siguientes piezas de la amortiguación de suspensión variable: compresor, módulo de control, actuador, solenoide, sensor de altura y selector de modo.
C. Grupo de Enfriamiento: Conjunto ventilador/motor eléctrico de enfriamiento del motor, embrague del ventilador, tensor xx xxxxxx de la serpentina, radiador de calefacción, bomba de agua y termostato.
D. Sellos y Empaquetaduras: Esta opción de cobertura está incluida para los componentes cubiertos en Vehículos con menos de 125,000 (ciento veinticinco mil) millas a la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO. La pérdida menor de líquidos o la filtración se consideran normales y no una FALLA.
IV. COBERTURA DE EXCLUSIÓN
Este Contrato de servicio del vehículo cubrirá las reparaciones aprobadas de cualquier FALLA de las piezas del VEHÍCULO CUBIERTO, con excepción de los elementos enumerados en el Artículo 8. QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO
V. RECARGOS Y COBERTURA OPCIONAL
Uso empresarial: Se proporciona cobertura si se ha hecho el pago adicional para Uso empresarial como se especifica en SU PÁGINA DE DECLARACIONES. La cobertura se limita a automóviles, camiones y camionetas que no forman parte de una flota y es utilizada por el propietario para: itinerario de trabajo; trabajo de mantenimiento o reparación; entrega o transporte; fines agrícolas; actividades del lugar de trabajo; sindicatos de la construcción y vehículos elegibles pertenecientes a organizaciones religiosas/xx xxxxxxx.
Modificaciones en los Neumáticos/Kit de elevación: Se proporciona cobertura si se ha hecho el pago adicional para Uso empresarial como se especifica en SU PÁGINA DE DECLARACIONES. Se cubrirá cualquier FALLA resultante de un kit de elevación instalado profesionalmente o modificación a neumáticos (hasta 4 pulgadas) a un componente del fabricante instalado originalmente. No están cubiertas las modificaciones en los Neumáticos/Kit de elevación que superen las 4 pulgadas.
Sellos y Empaquetaduras: Los sellos y empaquetaduras FALLADOS de los componentes cubiertos serán reemplazados si se ha pagado la opción Sellos y Empaquetaduras como se especifica en SU PÁGINA DE DECLARACIONES y el VEHÍCULO CUBIERTO tiene menos de 125,000 (ciento veinticinco mil) millas a la FECHA DE LA COMPRA DEL CONTRATO. La pérdida menor de líquidos o la filtración se consideran normales y no una FALLA.
GARANTÍA RESTANTE: Si la “OPCIÓN GARANTÍA RESTANTE” se selecciona y paga como se indica en SU PÁGINA DE DECLARACIONES, la cobertura comienza en la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO y vence según el Tiempo o Millaje medido a partir de la Fecha de vencimiento de la garantía original completa del fabricante o millaje, lo que ocurra primero.
VI. BENEFICIOS ADICIONALES/ASISTENCIA DE CARRETERA (TODOS los planes)
1. Remolque: En caso de que el VEHÍCULO CUBIERTO no funcione debido a una FALLA mecánica que hace que el VEHÍCULO CUBIERTO no pueda ser utilizado, NOSOTROS arreglaremos el transporte del VEHÍCULO CUBIERTO, una vez por pedido, al centro de servicio de reparación calificado más cercano dentro de las 150 (ciento cincuenta) millas. USTED es responsable de los cargos que excedan el límite de cobertura indicado.
2. Cambio de Neumático Pinchado: En caso de una pinchadura de neumático del VEHÍCULO CUBIERTO, NOSOTROS nos encargaremos de brindarle el servicio para que le cambien el neumático proporcionado por USTED. En caso de que el neumático de repuesto no se encuentre en condiciones de ser utilizado, NOSOTROS nos encargaremos de llevarlo a USTED a la tienda de neumáticos más cercana para realizar las reparaciones.
3. Servicio de Entrega de Combustible de Emergencia: En caso de que el VEHÍCULO CUBIERTO se quede sin combustible, NOSOTROS
nos encargaremos de que un proveedor de servicios le entregue 2 (dos) galones de combustible para el VEHÍCULO CUBIERTO.
USTED es responsable por el costo del suministro de emergencia de combustible en el momento de la entrega. (Excluidos los vehículos con Gas natural comprimido [GNC])
4. Servicio de Arranque de Batería: En caso de que el VEHÍCULO CUBIERTO no arranque debido a que la batería está agotada o con algún problema, NOSOTROS le enviaremos un proveedor de servicios para reforzar o aplicar carga externa a la batería.
5. Servicio de Bloqueo de Llaves: En caso de pérdida o rotura de las llaves del VEHÍCULO CUBIERTO o que queden accidentalmente dentro del VEHÍCULO CUBIERTO. NOSOTROS le enviaremos un proveedor de servicio para desbloquear el VEHÍCULO CUBIERTO y pagará hasta un máximo de $100 (cien dólares) cada vez que se utilice el servicio de cerrajería, excluyendo el costo de las llaves de repuesto. USTED es responsable del costo de las llaves de repuesto en el momento del servicio.
Para obtener asistencia de carretera, llame al 1‐888‐810‐5150.
ARTÍCULO 8. QUÉ NO ESTÁ CUBIERTO
A. Las reparaciones o sustituciones no autorizadas con anterioridad por el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR, con excepción de las reparaciones que califican como Reparaciones de Emergencia, como se describe en el Artículo 3. CÓMO OBTENER REPARACIONES.
B. Las reparaciones o reemplazos de componentes del VEHÍCULO CUBIERTO que no funcionaban correctamente según las especificaciones del fabricante al momento de la venta de este Contrato de servicio del vehículo.
C. Cualquier avería mecánica o FALLA que ocurra o resulte de una pieza no estándar (cualquier componente no instalado por el fabricante original) o piezas de alto rendimiento, combustibles alternos, modificaciones mecánicas o eléctricas hechas al VEHÍCULO CUBIERTO incluso, sin carácter limitativo, el uso de neumáticos de mayor tamaño, tamaños de neumáticos que no coinciden con las instrucciones del fabricante, instalación de tubos colectores frontales, kits de elevación vehículos elevados a más de 4 pulgadas o equipo o accesorios quitanieve.
X. Xxxxxxxxx pieza, reparación o reemplazo de éstos mientras estén cubiertos por seguros, garantía del fabricante, programa de recuperación, boletines de servicio de fábrica o política especial.
E. Cualquier VEHÍCULO CUBIERTO si el odómetro ha sido alterado, modificado, desconectado (excepto durante el mantenimiento o reparación) o no se mantiene en funcionamiento, lo que determina que no registre el millaje real.
F. Cualquier avería mecánica o FALLA causada por (a) falta de servicio del VEHÍCULO CUBIERTO según lo recomendado por el fabricante;
(b) sobrecalentamiento, independientemente de la causa del sobrecalentamiento o resultante de la contaminación o inadecuada cantidad de refrigerante, lubricantes o líquidos; (c) funcionamiento continuo de su VEHÍCULO CUBIERTO o falta de uso de medios razonables para proteger su VEHÍCULO CUBIERTO de daño adicional después de que se produjera una FALLA; (d) lodo, óxido, residuos o corrosión; (e) falta o pérdida de aceite o lubricante, lubricante de mala calidad; o (f) MAL USO O NEGLIGENCIA DEL PROPIETARIO O CONDUCTOR, QUE INCLUYE EL FUNCIONAMIENTO DEL VEHÍCULO DESPUÉS DE LA FALLA DE CUALQUIER PIEZA, CUYO FUNCIONAMIENTO NORMAL SE REQUIERE PARA MANTENER UNA TEMPERATURA SEGURA DE FUNCIONAMIENTO DEL MOTOR. LOS MEDIDORES, LAS LUCES DE ADVERTENCIA O LOS SONIDOS DE ADVERTENCIA AUDIBLES INDICAN LA TEMPERATURA NO SEGURA DE FUNCIONAMIENTO DEL MOTOR.
G. Cualquier vehículo usado para cualquier forma de conducción competitiva, carreras o abusivo de conducción.
H. Cualquier vehículo usado para tirar de un remolque con un peso bruto vehicular superior a 1,500 (mil quinientas) libras a menos que el vehículo esté equipado como lo recomienda el fabricante.
I. Los siguientes procedimientos, a menos que se requieran en relación con las reparaciones o reemplazos cubiertos por este contrato: ajustes, alineaciones xx xxxxxx o suspensión, balanceo xx xxxxxx, afinaciones de motor, esmerilado de válvulas, refrigerantes, reprogramación.
J. Teléfonos, dispositivos de transmisión inalámbrica, TV/VCR, reproductores de DVD y pantallas LCD, radio satelital, software de dispositivos electrónicos.
K. El uso comercial incluye, sin carácter limitativo, contratación pública, alquiler, taxi o vehículos con logos de la empresa, y vehículos con equipos no estándares instalados específicamente para facilitar el uso comercial.
L. Durante el período cubierto por este Contrato de servicio del vehículo, puede que sea necesario: (a) reemplazar bujías, tapa y rotores, puntos, fusibles, limpiaparabrisas, válvulas PCV, componentes de escape, filtros, volantes, placas, conjunto de embrague e hidráulica, freno y embrague, placa de presión, rulemanes de tiro de salida y piloto, mangueras, artículos de caucho moldeado o tipo caucho, ventanas, vidrio, xxxxxx xx xxxxxx, cualquiera de los componentes cuya única finalidad sea la iluminación, tales como, sin carácter limitativo: unidades selladas, bombillas de alta intensidad (HID o xenón), montajes de faros HID, balastos, sistemas de refrigeración
h.i.l.e.d. , conjuntos l.e.d., bombillas de luz, lentes, ruedas, neumáticos, recortes, molduras, metal brillante, tapicería, pintura, sistema de escape, rotores y tambores de freno, amortiguadores, baterías, carburador; (b) ajustes al: carburador, conjunto del cuerpo del acelerador, encendido, correas de transmisión, correas o sistema de embrague; (c) limpiar sistemas de refrigeración y lubricantes o eliminar depósitos de lodo o carbón; (d) agregar aceite, líquidos, lubricantes, grasas o refrigerantes. Los costos de estos servicios y piezas no están cubiertos por este Contrato de servicio del vehículo.
M. Los gastos de almacenamiento, tienda de suministros y cargo de materiales; procedimientos de diagnóstico no incluidos en el tiempo de tarifa plana para reparar el componente cubierto.
N. Las pérdidas resultantes de retrasos o fallas causadas por hechos fortuitos, pérdida accidental o daños, colisión o vuelco, caída de misiles u objetos, incendio, robo, hurto, explosión, rayos, terremoto, vendaval, granizo, agua, inundación, congelación, daño malicioso, vandalismo, guerra, motín o conmoción civil, huelgas laborales u otras causas más allá del control del ADMINISTRADOR/PROVEEDOR.
X. Xxxxx incidentales o consecuentes, tales como pérdida de tiempo, inconveniencia o pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO o lesión o muerte a terceros.
P. Una pieza o un componente que un centro de reparaciones puede recomendar el reemplazo pero que no ha FALLADO.
Q. Servicios de mantenimiento y piezas descritas en el Programa de Mantenimiento del Fabricante para el VEHÍCULO CUBIERTO.
R. Reparación de carrocería o daños por óxido, techos convertibles o de vinilo, fugas de aire y agua, ruido de viento, burletes, chirridos y vibraciones.
S. Reparaciones o sustituciones realizadas fuera de los Estados Unidos o Canadá.
T. Reparaciones para corregir la pérdida de compresión o consumo de aceite relacionado con aros de pistón quemados o carbonizados o componentes de la válvula.
U. Avería mecánica causada por las fundas de velocidad constante rotas o dañadas (NO APLICABLE PARA COBERTURA DE EXCLUSIÓN).
V. Daños a una pieza cubierta resultante de una avería mecánica o la FALLA de una pieza no cubierta o de reparaciones defectuosas o negligentes o de la instalación de piezas defectuosas.
W. Daños por mala fe, daños punitivos o ejemplares, daños a la propiedad (salvo que se indique específicamente en el Contrato de Servicio del Vehículo) y honorarios de abogados.
X. Cualquier vehículo originalmente no fabricado con las especificaciones de los Estados Unidos, conocidas comúnmente como un vehículo xxx xxxxxxx gris; vehículos recuperados o recompra de fábrica.
Y. Límite de responsabilidad (por visita de reparación): el COSTO de las reparaciones superiores al COSTO aprobado para corregir cualquier FALLA usando el tiempo de trabajo aprobado al por menor de una guía de tiempo de trabajo reconocida a nivel nacional (es decir: Motors Guide, All‐Data), menos cualquier DEDUCIBLE. Los costos de reemplazo de piezas no deberán exceder el precio minorista sugerido por el fabricante. En ningún caso NUESTRA responsabilidad excederá el COSTO aprobado necesario para corregir la causa real de la FALLA.
Z. Límite de responsabilidad financiera (agregada): los importes globales de todos los beneficios pagados o pagaderos mientras este Contrato de servicio del vehículo está en vigor y las reparaciones no excederán el menor de los siguientes importes agregados: (1) el precio de compra del vehículo como se muestra en este Contrato de Servicio del Vehículo; o (2) plazo de 3 meses/3,000 millas, $1,500 (mil quinientos dólares); plazo de 6 meses/6,000 millas, $2,000 (dos mil dólares); plazo de 12 meses/12,000 millas, $2,500 (dos mil dólares); y plazo de 18 meses/ 18,000 millas, $3,000 (tres mil dólares).
AA. Reparaciones cubiertas autorizadas que no han sido presentadas al ADMINISTRADOR/PROVEEDOR dentro de los 180 (ciento ochenta) días desde la fecha en que se completaron las reparaciones.
BB. Cualquier avería mecánica causada por o debida a la falta de tuercas, tornillos o sujetadores (internos o externos).
CC. Las piezas no enumeradas expresamente en el Artículo 7. Qué está cubierto por este Contrato de servicio de vehículo, no están cubiertas (NO APLICABLE A LA COBERTURA DE EXCLUSIÓN).
ARTÍCULO 9. CLÁUSULA SOBRE ARBITRAJE
Lea atentamente la siguiente disposición de arbitraje. Limita algunos de sus derechos, incluido su derecho de obtener una reparación o daños y perjuicios y prejudicios a través de una acción judicial.
Para comenzar el Arbitraje obligatorio, tanto Usted como Nosotros debemos efectuar un pedido escrito de Arbitraje a la otra parte. El Arbitraje se llevará a cabo ante un único árbitro. Se lo administrará de acuerdo con los Procedimientos expeditivos de las Normas de Arbitraje Comercial (las "Normas") de la Asociación Americana de Arbitraje (American Arbitration Association, AAA) en vigor en el momento en que se presenta el Reclamo. Usted puede obtener una copia de estas Normas de la AAA contactándose con la AAA a la dirección 0000 Xxxxxxxx, 00xx Xxxxx, Xxx Xxxx, XX 00000, llamando al 1‐800‐778‐7879 o visitando xxx.xxx.xxx. Los cargos de presentación para comenzar y llevar a cabo un arbitraje serán compartidos en partes iguales por Usted y Nosotros. Esto no prohíbe que un árbitro adjudique a la parte vencedora sus honorarios y gastos del arbitraje. A menos que Usted y Nosotros lo convengamos, el arbitraje tendrá lugar en el condado y estado en el que Usted mantiene su residencia permanente. La Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. § 1, y siguientes, será la que rija y no una ley estatal. Usted acepta y entiende que esta disposición de arbitraje significa que Usted renuncia a Su derecho de acudir ante un tribunal con respecto a cualquier Reclamo comprendido por esta disposición. Usted también acepta que todo proceso de arbitraje solamente considerará Sus Reclamos. Los reclamos de o en nombre de otras personas no serán sometidos a arbitraje en ningún proceso que esté considerando Sus reclamos. En caso de que esta disposición de Arbitraje no sea aprobada por la agencia reglamentaria estatal pertinente y/o sea borrada, separada o, de otro modo, considerada inexigible por un tribunal con jurisdicción competente, Usted y Nosotros convenimos específicamente renunciar cualquier acción civil relacionada con su Reclamo deben ser llevados ante un tribunal federal o estatal de jurisdicción competente dentro del Estado xx Xxxxxxxxxx. La decisión del árbitro serán vinculantes para Usted y Nosotros y puede ser ejecutada en cualquier tribunal o de jurisdicción competente dentro del Estado xx Xxxxxxxxxx.
Nada en este “Arbitraje” invalidara la ley(es) del Estado xx Xxxxxxxxxx que de otro modo sería aplicable a cualquier arbitraje en procedimiento que surja de este Contrato.
ARTÍCULO 10. POLÍTICA DE PRIVACIDAD
El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR se compromete a respetar SUS derechos de privacidad. En consecuencia, el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR mantiene una firme política xx xxxxxxx con respecto a los registros de sus clientes como USTED esperaría de una empresa responsable. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR restringe el acceso a SU archivo al personal autorizado y aplica numerosas
medidas de seguridad para garantizar que la información allí incluida no sea utilizada por personas ajenas y para fines inadecuados. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR revela SU información personal privada solo en raras ocasiones cuando el hacerlo es necesario para SU beneficio.
El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR puede compartir la información personal privada con sus afiliados. Además, mientras USTED sea cliente, el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR puede compartir cierta información personal privada, como su nombre, dirección, número de teléfono, descripción del VEHÍCULO CUBIERTO y condiciones del contrato de financiación, con otras empresas que presten servicios para el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR. Por ejemplo, el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR puede revelar esta información a otra empresa que facilita la renovación de SU Contrato de Servicio del Vehículo, si USTED opta por renovar. Además, el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR puede compartir cierta información personal privada para determinar la elegibilidad, procesar reclamos o de otro modo, cumplir con sus obligaciones conforme los Contratos de servicio del vehículo. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR no revela información personal privada alguna sobre clientes antiguos y no clientes con terceros que no sean afiliados. Si USTED se opone a que el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR comparta información personal privada de esta manera limitada, o si USTED tiene alguna pregunta sobre esta Política de Privacidad, póngase en contacto con el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR al 1‐800‐826‐3207.
El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR recopila información personal sobre el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO de información que el ADMINISTRADOR/PROVEEDOR recibe del CONCESIONARIO DE VENTA o el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO en aplicaciones u otras formas. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR no revela información personal privada alguna sobre el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO a nadie, excepto en la medida permitida por la ley. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR restringe el acceso a la información personal privada sobre el TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO a aquellos empleados del ADMINISTRADOR/PROVEEDOR que necesitan conocer dicha información para brindar productos y servicios para USTED. El ADMINISTRADOR/PROVEEDOR mantiene resguardos físicos, electrónicos y de procedimientos que cumplen con las disposiciones federales para proteger la información personal privada del TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO.