CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFFESIONAL PARA REALIZAR “EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA”
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFFESIONAL PARA REALIZAR “EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA”
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADA POR EL LIC. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, QUIEN COMPARECE COMO ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA AGENCIA” Y POR OTRA PARTE LA SOCIEDAD DENOMINADA DESARROLLOS VISUALES DE MÉXICO, S.A. DE C.V. (EQUILATERO), REPRESENTADA POR XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL PROVEEDOR”, TODOS MAYORES DE EDAD, CON CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE, MANIFESTANDO QUE ES SU VOLUNTAD, LIBRE DE TODA COACCIÓN, CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFESIONAL PARA REALIZAR LA “ EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA”, MISMO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
CLÁUSULAS
1.- DECLARA “LA AGENCIA” POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE, QUE:
A). - MEDIANTE DECRETO NÚMERO 25922/ LXI/16 EXPEDIDO POR EL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO, SE CREO LA AGENCIA DE ENEREGÍA COMO UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZAD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, SECTORIZADO A LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO.
B).- CON FECHA DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2016 SE PUBLICÓ EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE JALISCO LA LEY ORGÁNICA DE LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO.
C). - CON FECHA 0 XX XXXXX XX 0000, XX XXX. XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX FUE NOMBRADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO COMO ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA CITADA AGENCIA DE ENERGÍA Y EN CONSECUENCIA CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR EN ESTE ACTO A LA AGENCIA DE ENERGÍA Y OBLIGARSE AL TENOR DEL PRESENTE CONTRATO, EN TÉRMINOS DE LOS NUMERALES 13 Y 15 DEL DECRETO NO. 25922/LXI/16, IDENTIFICADO LÍNEAS ARRIBA.
D).- QUE EL PRESENTE CONTRATO FUE ADJUDICADO A TRAVÉS DE LICITACIÓN PÚBLIA LOCAL CON FUNDAMENTO LEGAL EN LO SEÑALADO EN LA LEY DE COMPRAS GUBERNAMENTALES, ENAJENACIONES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, Y SU RESPECTIVO REGLAMENTO.
E).- LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO SE ENCUENTRA REGISTRADA EN EL PATRÓN DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO CON CÉDULA DE REGISTRO NÚMERO AEE-161127-ML0.
F).- SEÑALA COMO DOMICILIO, PARA TODO EFECTO DERIVADO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, EL UBICADO EN XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX 0000 XXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXX XXXXXX XX XXXXXXXXXXX XXXXXXX.
G).- EL PRESENTE CONTRATO SE JUSTIFICA EN VIRTUD DE QUE ES NECESARIO QUE SE CONTRATE A LA SOCIEDAD, QUE SE ENCUENTRA CAPACITADA PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES MNCIONADAS EN LA CLÁUSULA PRIMERA DEL PRESENTE CONTRATO.
2.- DECLARA “EL PROVEEDOR”, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE:
A). - ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, LA CUAL SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS Y CUENTA CON LA CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE.
B).- CUENTA CON LA CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE A LA EJECCUCIÓN DE LOS SERVICIOS ENUNCIADOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA DEL PRESENTE INSTRUMENRTO Y QUE DISPONE DE LA ORGANIZACIÓN Y ELEMENTOS MATERIALES, HUMANOS Y TECNOLÓGICOS SUFICIENTES PARA REALIZARLOS.
C). - CONOCE TODOS LOS DETALLES CONCERNIENTES A LOS SERVICIOS A DESASRROLLAR COMPROMETIÉNDOSE A LA EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO, PONIENDO PARA ELLO TODA SU EXPERIENCIA Y CONOCIMIENTO, APLICANDO LOS PROCEDIMIENTOS MÁS EFICIENTES PARA LA REALIZACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES.
D). - SE ENCUENTRA INSCRITO EN EL REGISTRO ESTATAL UNICO DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DEL GOBIERNO DE JALISCO, CON EL NÚMERO DE REGISTRO P20320 Y QUE DICHO REGISTRO SE ENCUENTRA VIGENTE.
E).- QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES: DVM910724M33.
F).- CONOCE TODOS LOS DETALLES CONCERNIENTES A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A PROVEER, Y EN CONSECUENCIA SE COMPROMETE A LA REALIZACIÓN DE ESTE CONTRATO.
G). - SEÑALA QUE SU DOMICILIO SE ENCUENTRA UBICADO EN MONTEMORELOS # 129 XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXXX 00000 XX XXXXXXX, XXXXXXX.
3.- DECLARAN CONJUNTAMENTE “LAS PARTES”, “Y” “EL PROVEEDOR” EN ADELANTE ENUNCIADOS DE MANERA CONJUNTA COMO “LAS PARTES” QUE:
A).- SE RECONOCEN MUTUAMENTE A LA PERSONALIDAD CON LA QUE COMPARECEN A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO Y DECLARAN QUE TIENEN PLENA CAPACIDAD DE EJERCICIO PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DEL MISMO.
B).- CONOCEN PLENAMENTE EL CONTENIDO Y ALCANCES JURÍDICOS Y ECONÓMICOS DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFESIONAL PARA REALIZAR LA EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA, A QUE SE REFIEREN LAS DECLARACIONES ANTERIORES.
EN VIRTUD DE LO ANTERIOR, LAS PARTES ACUERDAN CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFESIONAL PARA REALIZAR LA EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA LPL-002/2019 BAJO EL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO: EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO ES LA ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFESIONAL PARA REALIZAR “LA EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA”. QUE SEÑALAN EN EL ANEXO 1 DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO: $ 150,389.36 (CIENTO CINCUENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NEVE MIL PESOS 36/100 MONEDA NACIONAL).
TERCERA. - EL PLAZO DE LA EJECUCIÓN: EL PLAZO DETERMINADO POR “LAS PARTES” PARA A ENTREGA DE LAS PERSPECTIVAS Y DESAFÍOS PARA REALIZAR LA EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA, REQUERIDO EN LA CLÁUSULA PRIMERA DE ESTE INSTRUMENTO XXXX XX 00 XXXXXXX XXXX, XXXXXXXXXXX A QUE SEA ENTREGADO EL MATERIAL PARA LA EDICIÓN E IMPRESIÓN.
CUARTA.- NOMBRAMIENTO DEL RESPONSABLE DE “LA AGENCIA” A EFECTO DE QUE LA ENTREGA DE LA EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA; REQUERIDO EN EL PRESENTE INSTRUMENTO SE REALICE EN LOS TERMINOS CONSIGNADOS EN EL MISMO, AL TÉCNICO EN EFICIENCIA ENERGETICA EL MAESTRO XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX DE LA AGENCIA DE ENERGIA DEL ESTADO DE JALISCO, QUIEN SUPERVISARÁ LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE EL PRESENTE CONTRATO, QUIEN PODRÁ ACEPTAR Y OBJETAR LAS OBSERVACIONES AL MISMO QUE LLEGARAN A FORMULARSE.
QUINTA. - PRORROGAS: SI EN CUALQUIER MOMENTO EN EL CURSO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO “EL PROVEEDOR”, SE ENCONTRARA EN UNA SITUACIÓN QUE LE IMPIDIERA LA OPORTUNA ENTREGA DE LOS BIENES, NOTIFICARA DE INMEDIATO POR ESCRTIO A “LA AGENCIA” LAS CAUSAS DE LA DEMORA Y SU DURACIÓN PROBABLE, DEBIENDO SOLICITAR PRORROGA ANTES DE LOS CINCO DIAS HABILES DEL PLAZO QUE TENGA PARA LA ENTREGA.
SEXTA. - DE LA FIANZA: PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO. NO APLICA EN VIRTUD QUE EL MONTO NO EXCEDE DE LOS $400.00 (CUATROSCIENTOS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
SEPTIMA. - PAGO DE LOS SERVICIOS: LA AGENCIA REALIZARÁ EL PAGO EN DOS EXHIBICIONES QUE SERÁN DE LA SIGUIENTE FORMA: PRIMER PAGODEL 50% AL ENTREGAR EL MATERIAL PARA SU IMPRESIÓN E EDICIÓN Y SE LE CUBRIRA EL OTRO 50% AL RECIBIR LA TOTALIDAD DEL SERVICIO.
LOS PAGOS SE EFECTUARÁN EN MONEDA NACIONAL POR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, UNA VEZ QUE LOS MUEBLES SEAN ENTREGADOS EN LA UNIDAD DE COMPRAS DE LA AGENCIA, Y SE ENTREGUE LA FACTURA ORIGINAL CORRESPONDIENTE A NOMBRE DE LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO CON DOMICILIO EN XXXXXX XXXXX XXXXXXX NÚMERO 1505 COLONIA AMERICANA.
“EL PROVEEDOR” SERA RESPONSABLE DEL PAGO DE IMPUESTOS A SU CARGO QUE SE GENEREN POR LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO DE ACREDITAR EL PAGO DEL MISMO CON LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE A “LA AGENCIA” CUANDO ESTOS LE SEAN SOLICITADOS DENTRO DE UN PLAZO DE 05 CINCO DIAS HABILES.
OCTAVA. - LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS SERVICIOS: LOS RESULTADOS DE LOS SERVICIOS COTRATADOS CONSISTENTES EN EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA, DEBERAN ENTREGARSE EN XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX 0000 XXXXXXX XXXXXXXXX.
XXXXXX. –EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENRGÍA: UNA VEZ QUE LA AGENCIA DE ENERGIA DEL ESTADO DE JALISCO REALICE EL PAGO TOTAL DEL ESTUDIO A “EL PROVEEDOR”, EL ESTUDIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERA PROPIEDAD DE LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO O DE QUIEN LA PROPIA AGENCIA DETERMINE.
DECIMA. – PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. “EL PROVEEDOR” ASUMIRA LA RESPONSABILIDAD TOTAL PARA EL CASO DE QUE INFRINJA LOS DERECHOS DE TERCEROS SOBRE PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR AL SUMINISTRAR LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
DECIMA PRIMERA. - VICIOS OCULTOS: CUANDO APARECIERAN ERRORES O VICIOS EN LOS SERVICIOS Y TRABAJOS DENTRO DEL AÑO SIGUIENTE A LA FECHA DE SU RECEPCIÓN, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL “LA AGENCIA” ORDENARA SU CORRECCIÓN O REPOSICIÓN INMEDIATA, LO QUE ARÁ “EL PROVEEDOR” SIN TENER DERECHO A RETRIBUCIÓN ALGUNA. SI “EL PROVEEDOR” NO ATENDIERE LOS REQUERIMIENTOS EN UN PLAZO NO MAYOR A
10 DIAS HABILES, “LA AGENCIA” POR CONDUCTO DE SU ENCARGADO DE DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL PODRÁ, CON CARGO AL “PROVEEDOR” ENCOMENDAR ESTOS SERVICIOS A UN TERCERO O EFECTUARLOS DIRECTAMENTE Y HARA EFECTIVA LA FIANZA OTROGADA PARA TAL EFECTO.
NI LAS LIQUIDACIONES PARCIALES O EL PAGO TOTAL DE LOS SERVICIOS, AUNQUE ESTOS HAYAN SIDO RECIBIDOS Y APROBADOS, EXIME A “EL PROVEEDOR” DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE PUDIERE INCURRIR POR VICIOS OCULTOS QUE DESPUES RESULTEN Y QUE PROVENGAN POR DEFECTOS EN LA PRESENTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y, POR LO TANTO, LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, SE RESERVAN EL DERECHO DE RECLAMAR EN CUALQUIER MOMENTO LA INDEMNIZAZCIÓN CORRESPONDIENTE.
DECIMA SEGUNDA. - CASOS DE RECHAZO Y DEVOLUCIONES: CUANDO LOS SERVICIOS NO SE HAYAN REALIZADO DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN ESTE CONTRATO O CONFORME A LAS INSTRUCCIONES DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE ENERGIA DEL ESTADO DE JALISCO, ESTE ORDENARA SU CORRECCIÓN O REPOSICIÓN INMEDIATA, LO CUAL XXXX “EL PROVEEDOR” POR SU CUENTA SIN QUE TENGA DERECHO DE RETRIBUCIÓN ALGUNA; “EL ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL” PODRA ORDENAR LA SUSPENSIÓN PARCIAL O TOTAL DE LOS SERVICIOS Y TRABAJOS PENDIENTES EN TANTO NO SE REALICEN DICHAS CORRECCIONES Y SIN QUE LO ANTERIOR SEA MOTIVO PARA AMPLIAR EL PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS TRABAJOS; ASÍ TAMBIEN, SE APLICARAN LAS SANCIONES ESTABLECIDAS POR INCUMPLIMIENTO;
HASTA EN TANTO SEAN ACEPTADOS Y APROBADOS EN LA INSPECCIÓN DE RECEPCIÓN CORRESPONDIENTE.
DECIMIMO TERCERA. - PENA CONVENCIONAL: LAS PARTES CONVIENEN QUE, SI “EL PROVEEDOR” NO ENTREGA EL SERVICIO CONTRATADADO CONSISTENTE EN ADQUISICIÓN DE ESTACIONES DE TRABAJO PARA OFICINA, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO EN LOS TERMINOS, TIEMPO Y LUGAR CONVENIDOS, O INCUMPLEL CON CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO SE SANCIONARÁ A “EL PROVEEDOR” CONFORME A LA SIGUIENTE TABLA:
DIAS DE ATRASO (HABILES) | % DE LA SANSION |
DE 01 HASTA 05 | 3% |
DE 06 HASTA 10 | 6% |
DE 11 HASTA 30 | 10% |
DEL 31 EN DELANTE DE PODRA DE “ LA AGENCIA” | RESCIDIR EL CONTRATO A CRITERIO |
ESTAS PENALIDADES SE HARAN EFECTIVAS DE LA FIANZA, CHEQUE CERTIFICADO, O CHEQUE DE CAJA QUE “EL PROVEEDOR” PRESENTARÁ A “LA AGENCIA” COMO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
DECIMA CUARTA. - “LA AGENCIA” PODRA RESCINDIR EL CONTRAT0 EN LOS SIGUIENTES CASOS:
I) CUANDO “EL PROVEEDOR” NO CUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DEL PEDIDO Y/O CONTRATO.
II) CUANDO HUBIESE TRANSCURRIDO EL PLAZO DE PRORROGA QUE EN SU CASO SE LE HAYA OTORGADO “EL PROVEEDOR” PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DE LA LICITACION Y HUBIESE TRANSCURRIDO EL PLAZO MAXIMO DE LA PENA CONVENCIONAL ESTIPULADA EN LA CLÁUSULA DÉCIMA.
III) EN CASO DE ENTREGAR BIENES CON ESPECIFICACIONES DISTINTAS A LAS CONTRATADAS, “LA AGENCIA” CONSIDERARA ESTAS VARIACIONES COMO UN ACTO DOLOSO Y SERA RAZÓN SUFICIENTE PARA LA RESCICIÓN DEL CONTRATO Y LA APLICAICIÓN DE LA GARANTÍA, AUN CUANDO EL INCUMPLIMIENTO SEA PARCIAL E INDEPENDIENTEMENTE DE LOS PROCESOS LEGALES QUE SE ORIGINEN.
IV) EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE “EL PROVEEDOR”, ESTE DEBERÁ REINTEGRAR LOS ANTICIPOS E INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A UNA TASA IGUAL A LA APLICADA PARA PRORROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES SEGÚN LO ESTABLECE LA LEY DE INGRESOS DE INGRESOS DEL ESTADO DED JALISCO ASI COMO LO ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE JALISCO.
V) CUANDO “EL PROVEEDOR” VARIE O MODIFIQUE EN TODO O EN PARTES LAS CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO OFERTADO.
VI) CUANDO “EL PROVEEDOR” NO ENTREGUE LOS SERVICIOS CON LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES SEÑALADAS EN EL CONTRATO.
VII) CUANDO “EL PROVEEDOR” SE RETRASE EN LA ENTREGA DEL PRODUCTO POR 20 VEINTE DIAS CONSECUTIVOS Y NO HAYA SOLICITADO PRORROGA.
DECIMA QUINTA. - PARA EL CASO DE RESCICIÓN DEL CONTRATO, DEBERÁ OBSERVARSE LO ESTABLECIDO EN LOS INCISOS SIGUIENTES:
I) SE INICIARÁ A PARTIR DE QUE “EL PROVEEDOR” LE SEA COMUNICADO, POR ESCRITO, POR LA “AGENCIA”, EL INCUMPLIMINETO EN QUE HAYA INCURRIDO, ADJUNTANDO COPIA SIMPLE DE LOS DOCUMENTOS EN QUE CONSTEN DICHOS INCUMPLIMIENTOS, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE 5 CINCO DIAS HABILES, CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE SEA NOTIFICADO, EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES.
II) TRANSCURRIDO EL TÉRMINO EN QUE SE REFIERE EL INCISO QUE ANTECEDE, “LA AGENCIA” CONTARÁ CON UN PLAZO DE 20 DIAS HABILES PARA DETERMINAR LO CONDUCENTE, CONCIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER “EL PROVEEDOR”
LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO, DEBERA SER COMUNICADO A “EL PROVEEDOR” DENTRO DE DICHO PLAZO.
III) EN CASO DE QUE SE DETERMINE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO Y UNA VEZ QUE HAYA SIDO NOTIFICADO “EL PROVEEDOR”, “ LA AGENCIA” PROCEDERÁ A CUANTIFICAR EL IMPORTE DE LA SANCIÓN DERIVADA DE LA RESCICIÓN Y DE LA CUAL SE LE NOTIFICARÁ A “ EL PROVEEEDOR” PARA QUE DENTRO DE UN TÉRMINO DE CINCO DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL QUE SURTA EFECTOS DICHA NOTIFICACIÓN, MANIFIESTE LO QUE A SU INTERÉS CONVINIERA Y APORTE LAS PRUEBAS QUE ESTIMARE CONVENIENTES, UNICAMENTE RESPECTO DE LA CUANTIFICACIÓN DE LA SANCIÓN. UNA VEZ TRANSCURRIDO ESE PLAZO “LA AGENCIA” PROCEDERA A NOTIFICAR A “EL PROVEEDOR” EL
IMPORTE DE LA SANCION QUE DEBERA CUBRIR A “LA AGENCIA” DENTRO DE UN PLAZO DE CINCO DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE EN QUE SURTA EFECTOS DICHA NOTIFICACION Y EN CASO DE QUE TRANSCURRA EL PLAZOZ DE CINCO DIAS HABILES DE PREFERENCIA, SIN QUE 2 EL “PROVEEDOR” HAYA RFEALIZADO EL PAGO, SE CONSIDERARA A “EL PROVEEDOR” EN XXXX PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
EN CASO DE RESCICIÓN DE CONTRATO, LA SANCIÓN QUE DEBERA CUBRIR “EL PROVEEDOR” A “LA AGENCIA” SERA POR UNA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 10 % B DEL PRECIO DE LOS PRODUCTOS NO ENTREGADOS FINALMENTE, EN VIRTUD DE LA RESCICIÓN.
DECIMA SEXTA. - TERMINACION ANTICIPADA DEL CONTRATO: “LA AGENCIA” PODRA RESOLVER LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE LOS BIENES CONTRATADOS, Y SE DEMUESTRE QUE, DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÁ ALGUN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO, O DE DETERMINE, POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO. EN ESTOS SUPUESTOS SE REEMBOLSARÁ A LA AGENCIA DE ENERGÍA.
“EL PROVEEDOR” LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ESTOS SEAN RAZONABLES, ESTEN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONES DIRECTAMENTE CON EL CONTRRATO. EN CASO DE DESASCUERDO., EL REEMBOLSO DEL GASTO NO RECUPERABLES PODRÁ SER OBJETO DE LOS MECANISMOS ESTABLECIDOS EN LA “LEY DE COMPRAS GUBERNAMENTALES, ENAJENACIONES Y CONTRATACIÓN DE SEREVICIOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS”.
DECIMO SEPTIMA. - OBLIGACIONES OBRERO-PATRONALES: “EL PROVEEDOR” EN SU CARÁCTER INTRINSECO DE PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE CON MOTIVOS DEL SUMINISTRON DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERA EL UNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMAS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL SIN QUE POR NINGUN MOTIVO SE CONCIDERE PATRÓN A LA AGENCIA DE ENERGIA DEL ESTADO DE JALISCO.
DECIMA OCTAVA. - DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA: “LAS PARTES” MANIFIESTAN QUE PARA SU INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASI COMO PARA RESOLVER TODO AQUELLO QUE NO ESTE PREVIAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, SE ESTARÁN A LO DISPUESTO A LA LEGISLACION ESTATAL APLICABLE, SOMETIENDOSE EXPRESAMENTE A LA
JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES DEL ESTADO DE JALISCO, RENUNCIANDO AL FUERO QUE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTUTO LES PUDIERA CORRESPONDER.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO “LAS PARTES” Y ENTERADAS DE SU ALCANCE Y CONTENIDO, MANIFIESTAN QUE EN EL MISMO NO EXISTE ERROR, DOLO, MALA FE O ENRRIQUECIMIENTO ILEGÍTIMO, POR LO CUAL LO FIRMAN DE COMÚN ACUERDO POR DUPLICADO EN GUADALAJARA JALISCO, EL 02 DOS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.
LICENCIADO XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX |
ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA DE ENERGÍA DEL ESTADO DE JALISCO | DESARROLLOS VISUALES DE MÉXICO, S.A. DE C.V. (EQUILATERO) |
ANEXO 1
CARTA DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 002/2019
CON CONCURRENCIA DEL “COMITÉ”
ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFESIONAL PARA REALIZAR LA ““EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA””.
ESPECIFICACIONES MÍNIMAS
NOTA: Los servicios objeto de la presente licitación, o bien, de cada partida o concepto de los mismos, serán adjudicados a un solo licitante.
1. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS QUE SE REQUIEREN.
1.1 ANTECEDENTES
Con base en las funciones de La Agencia de Energía del Estado de Jalisco, establecidas en el artículo 3 de su decreto de creación, se crea el Plan Estatal de Energía, el cual consiste en un documento cuya valorización técnica fue realizada por el Consejo Consultivo de la Agencia de Energía del Estado de Jalisco, el cual se integra por los sectores gubernamentales, académicos y privados de la entidad. Este documento tiene como objetivo representar algunas de las estrategias, planes y acciones que realizará el estado durante la actual administración.
1.2 JUSTIFICACIÓN
La Agencia de Energía del Estado de Jalisco, con base en sus funciones establecidas en su decreto de creación (artículo 3°, fracciones I, II, III, IV, VI, XI, XIV, XIX, XXI, XXIV, XXV, XXXI y XXXIII) está facultada para socializar, impulsar y promover entre la implementación de proyectos de energía. En ese sentido, el plan estatal de energía muestra de forma propositiva, técnica e incluyente, las propuestas y programas de la administración actual en materia de energía. Esto con el objetivo de promover la transición energética, al igual que una economía competitiva baja en carbono, un mayor bienestar social incluyente y un aprovechamiento sustentable del medio ambiente en Jalisco.
Para estos fines, resulta de gran relevancia la exposición y promoción de este material, especialmente en sectores estratégicos, donde la distribución del mismo puede impulsar de forma significativa los objetivos que en él se plantean.
1.3 OBJETIVOS
El objeto principal es editar e imprimir el PLAN ESTATAL DE ENERGÍA, el cual consiste en un documento de 90 páginas que integra los 4 ejes integrales para el desarrollo de energético de Jalisco:
• Eficiencia Energética
• Energía Eléctrica
• Combustibles Gaseosos
• Combustibles Líquidos
1.4 REQUERIMIENTOS
El proveedor deberá entregar lo siguiente:
• Edición del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
• Revisión orto tipográfica y de estilo del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
• Diagramación del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
• Impresión 800 ejemplares del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
1.5 PRODUCTOS O DOCUMENTOS ESPERADOS Y SU FORMA DE PRESENTACIÓN
• Documento digital del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA con la edición, diagramación y revisión orto tipográfica y de estilo realizada.
• 800 ejemplares del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA.
ANEXO 1
CARTA DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL 002/2019
CON CONCURRENCIA DEL “COMITÉ”
ADQUISICIÓN DE UN SERVICIO PROFESIONAL PARA REALIZAR LA ““EDICIÓN E IMPRESIÓN DEL PLAN ESTATAL DE ENERGÍA””.
ESPECIFICACIONES MÍNIMAS
NOTA: Los servicios objeto de la presente licitación, o bien, de cada partida o concepto de los mismos, serán adjudicados a un solo licitante.
1. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS QUE SE REQUIEREN.
1.1 ANTECEDENTES
Con base en las funciones de La Agencia de Energía del Estado de Jalisco, establecidas en el artículo 3 de su decreto de creación, se crea el Plan Estatal de Energía, el cual consiste en un documento cuya valorización técnica fue realizada por el Consejo Consultivo de la Agencia de Energía del Estado de Jalisco, el cual se integra por los sectores gubernamentales, académicos y privados de la entidad. Este documento tiene como objetivo representar algunas de las estrategias, planes y acciones que realizará el estado durante la actual administración.
1.2 JUSTIFICACIÓN
La Agencia de Energía del Estado de Jalisco, con base en sus funciones establecidas en su decreto de creación (artículo 3°, fracciones I, II, III, IV, VI, XI, XIV, XIX, XXI, XXIV, XXV, XXXI y XXXIII) está facultada para socializar, impulsar y promover entre la implementación de proyectos de energía. En ese sentido, el plan estatal de energía muestra de forma propositiva, técnica e incluyente, las propuestas y programas de la administración actual en materia de energía. Esto con el objetivo de promover la transición energética, al igual que una economía competitiva baja en carbono, un mayor bienestar social incluyente y un aprovechamiento sustentable del medio ambiente en Jalisco.
Para estos fines, resulta de gran relevancia la exposición y promoción de este material, especialmente en sectores estratégicos, donde la distribución del mismo puede impulsar de forma significativa los objetivos que en él se plantean.
1.3 OBJETIVOS
El objeto principal es editar e imprimir el PLAN ESTATAL DE ENERGÍA, el cual consiste en un documento de 90 páginas que integra los 4 ejes integrales para el desarrollo de energético de Jalisco:
• Eficiencia Energética
• Energía Eléctrica
• Combustibles Gaseosos
• Combustibles Líquidos
1.4 REQUERIMIENTOS
El proveedor deberá entregar lo siguiente:
• Edición del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
• Revisión orto tipográfica y de estilo del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
• Diagramación del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
• Impresión 800 ejemplares del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA
1.5 PRODUCTOS O DOCUMENTOS ESPERADOS Y SU FORMA DE PRESENTACIÓN
• Documento digital del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA con la edición, diagramación y revisión orto tipográfica y de estilo realizada.
• 800 ejemplares del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA.
1.1 CALENDARIO DE ENTREGAS Y PAGOS PARCIALES
TIEMPO | EVENTO | ENTREGABLE | PORCENTAJE |
10 días hábiles después de la firma del contrato. | Documento digital del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA con la edición, diagramación y revisión orto tipográfica y de estilo realizada. | PLAN ESTATAL DE ENERGÍA en formato digital. | 35% |
20 días hábiles después de la firma del contrato. | Impresión de 800 ejemplares del PLAN ESTATAL DE ENERGÍA. | Entrega de los ejemplares. | 65% |