CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 4357/OC-PN COMPONENTE III
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA
PROGRAMA
MEJORANDO LA EFICIENCIA Y CALIDAD DEL SECTOR EDUCATIVO (MECSE)
CONTRATO XX XXXXXXXX No. 4357/OC-PN COMPONENTE III
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
SELECCIÓN DE UN (1) CONSULTOR INDIVIDUAL COMO OFICIAL DE PRODUCTO P3.4 “PERSONAL CAPACITADO CON CURSOS DE DESARROLLO PROFESIONAL CONTINUO” DEL COMPONENTE 3 “APOYO PEDAGÓGICO INTEGRAL Y CONTINUO” DEL PROGRAMA “MEJORANDO LA EFICIENCIA Y CALIDAD DEL SECTOR EDUCATIVO”
CONSULTOR XXXXXXXXXX Xx. XXX-XXX-XXXXX-000-0000
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONSULTOR INDIVIDUAL SERVICIOS PERMANENTES
Proceso No. OEI-BID-MECSE-138-2022
Selección de un (1) consultor individual como OFICIAL DE PRODUCTO P3.4 “Personal Capacitado con Cursos de Desarrollo Profesional Continuo” del Componente 3 “Apoyo Pedagógico Integral y Continuo” del Programa “Mejorando la Eficiencia y Calidad del Sector Educativo”
I. Antecedentes:
Se ha firmado el Contrato xx Xxxxxxxx N.° 4357/OC-PN, suscrito entre el Gobierno de Panamá y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) con el propósito de financiar el Programa “Mejorando la Eficiencia y Calidad del Sector Educativo” (MECSE). El objetivo general del programa es incrementar los niveles de aprendizajes y habilidades de los estudiantes panameños de escuelas públicas, mediante la mejora de la calidad y eficiencia de la provisión de los servicios educativos. Los objetivos específicos son: (i) Mejorar la eficiencia en la asignación de recursos y orientar las decisiones de política educativa a través de una transformación digital de los sistemas de información de EL MEDUCA; (ii) Fortalecer el marco de desempeño de la calidad del sector educativo; (iii) Implementar un apoyo pedagógico integral a las escuelas, con un foco en las de más bajo desempeño; y
(iv) Asegurar un adecuado mantenimiento escolar y equipamiento de las cuatro escuelas integrales;
EL MEDUCA y LA OEI, unen esfuerzos para el beneficio de la población panameña y por lo tanto formalizan y suscriben el Convenio Específico de Cooperación para apoyar en actividades específicas relacionadas con el componente 3 Apoyo pedagógico integral y continuo del Programa “Mejorando La Eficiencia y Calidad del Sector Educativo”; el cual financiará: “(i) Acciones de acompañamiento pedagógico y capacitación en lectoescritura y Matemática, entre otros; Provisión de materiales didácticos para docentes y estudiantes; y adecuación de mobiliario escolar; y (ii) El desarrollo e implementación de una intervención pedagógica y de gestión focalizada en las escuelas que resulten con más bajo desempeño según las evaluaciones de aprendizaje realizadas por el SIMECE. Las acciones de apoyo pedagógico estarán basadas en los Derechos Fundamentales de Aprendizaje (DFA)”;
Con esta iniciativa se busca contribuir con los objetivos establecidos en el Programa “Mejorando La Eficiencia y Calidad del Sector Educativo” que entre otras áreas incluye: afianzamiento de la lectoescritura, pensamiento científico y matemático, sociales y modalidades flexibles, que derivan en competencias y actitudes que favorecen el desempeño de nuestros jóvenes y adultos en la vida cotidiana, dentro y fuera de los centros educativos oficiales.
Como parte del ecosistema del Convenio Específico de Cooperación, OEI trabaja de la mano con la unidad ejecutora del programa, MECSE, en la planificación, gestión, coordinación, monitoreo y seguimiento de los productos establecidos en el convenio, así como las Direcciones Nacionales del MEDUCA como receptores de dichos productos. El siguiente esquema ilustra los roles y niveles de comunicación y coordinación de trabajo entre las entidades involucradas:
Los productos 3.1 y 3.2 del componente III del programa tienen como objetivo principal la creación de recursos educativos para la enseñanza en la Educación Básica General en miras de una política nacional de complejos didácticos. Dentro de los esfuerzos por cumplir este objetivo, en el 2022 se lideró a los equipos editoriales para la producción de recursos de las materias fundamentales (Español, Matemáticas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales, incluidos Cívica, Geografía e Historia para Premedia) para los niveles de primero a noveno grado, basados en los DFA, además de los materiales de Lenguaje para preescolar. En la gestión que se brindará en el 2023, en miras de una política nacional de complejos didácticos, se prevé la gestión de equipos editoriales y especialistas para la reedición de los recursos creados con los insumos obtenidos de los procesos de validación nacional, focalizada y especializada, talleres de alineación curricular y otros insumos. Adicionalmente, se contemplan acciones para el fortalecimiento de la capacidad instalada del MEDUCA y desarrollo de materiales para la Educación de Modalidades Flexibles y la Educación Intercultural Bilingüe
El producto 3.3 del proyecto corresponde a la implementación de un Plan Nacional de Lectura, el cual cuenta con los siguientes productos específicos según el Plan de Ejecución Plurianual : (i) el marco de referencia de un Plan de Ejecución y un Plan de Comunicación y Medios del PNL, (ii) ejecución y entrega del Plan Nacional de Lectura con actividades en almacenamiento, embalaje, distribución y logística y (iii) la entrega de recursos de acompañamiento pedagógico y un plan de seguimiento y acompañamiento continuo. A la fecha las actividades pendientes de producto son las correspondientes a la implementación del Plan de Comunicación y Medios y la puesta en marcha de la implementación del PNL y su estrategia de seguimiento y monitoreo.
El producto 3.4 del componente III del programa tiene como objetivo la capacitación del personal y docentes del MEDUCA a través de cursos de desarrollo profesional continuo.
Dentro de los esfuerzos por cumplir este objetivo, en el 2022 se gestionó un programa de ocho (8) diplomados de formación continua en el uso de los nuevos recursos didácticos y otros temas transversales para líderes pedagógicos y docentes oficiales del MEDUCA. Adicionalmente, se desarrolló un diplomado de cuarenta (40) horas de la serie Aprendamos Todos a Leer. En la gestión que se brindará en el 2023, surge la necesidad dar seguimiento y continuidad a dichos planes de formación docente, mientras se propone y coordina nuevas ofertas de perfeccionamiento docente, que incluye la capacitación en el uso de los recursos actualizados.
En el Producto 3.5, se han definido las escuelas que formarán parte de la estrategia priorizada y se procederá a realizar las siguientes actividades: (i) elaboración de un plan de trabajo operativo para la intervención, lo que incluye herramientas de gestión como planes de adquisición, (ii) implementación de la caracterización individualizada de estos centros,
(iii) implementación de las propuestas metodológicas y operativas en el año 2023 y (v) en 2024 realizar una evaluación de desempeño. Todas estas actividades están por realizarse.
Los objetivos previamente mencionados requieren de un seguimiento diario, al igual que una gestión de enlace entre los diferentes actores relevantes al cumplimiento de estos. Atendiendo el organigrama presentado a continuación, los oficiales de producto son los responsables de tareas asociadas al seguimiento diario de las actividades e interesados de la ejecución de cada producto, atendiendo directamente las necesidades de gestión del proyecto para garantizar mejores resultados en la ejecución del Componente 3 “apoyo pedagógico, integral y continuo”. Brindando además la información necesaria a los Analistas de Proyecto y oficiales de adquisición y administración, para el adecuado soporte y planificación a mediano y largo plazo.
II. OBJETIVO
Asistir y dar apoyo a la ejecución, control y gestión técnica y logística del Producto 3.4, así como llevar control y comunicar de forma efectiva la información al resto del equipo para la preparación de informes, planificación, identificación de necesidades y recopilación de indicadores, resultados, fuentes de verificación y otros, a bien de propiciar la gestión efectiva del Producto asignado en el marco del Componente 3 “Apoyo pedagógico integral y continuo” del Programa “Mejorando La Eficiencia y Calidad del Sector Educativo”.
III. ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Apoyar el equipo de proyecto de Calidad Educativa prestando asistencia operativa y técnica en la gestión de la ejecución del producto asignado, de acuerdo con el objetivo de la contratación y sin perjuicio de eventuales reestructuraciones de funciones que surjan de futuras necesidades puntuales o permanentes.
A. Actividades:
Dentro del contexto operativo del equipo de proyecto de Calidad Educativa, el Oficial de Producto implementará actividades específicas del Producto 3.4 dentro de la ejecución del Programa, dentro de las cuales se destacan las siguientes:
1. Consolidar, mantener actualizada y comunicar la información relevante del proyecto a las instituciones oficiales que actúan como contraparte del programa.
2. Consultar necesidades, informar avances, solicitar avales y fungir como enlace estratégico entre el equipo central, los consultores y proveedores del Producto 3.4 del componente 3 del Programa MECSE, las direcciones del MEDUCA y otras oficinas nacionales para el cumplimiento de los objetivos del programa.
3. Visibilizar los objetivos priorizados del programa durante las diversas actividades de seguimiento del proyecto, y ayudar en su formulación e integración con las autoridades educativas, proveedores, consultores, y MECSE.
4. Proponer planes de acción para la ejecución de las necesidades que los actores relevantes del proyecto identifiquen para el desarrollo, entrega e implementación de los productos del Componente 3 y salvaguardar su alineación con los objetivos del programa.
5. Mantener coordinación directa con los responsables de la ejecución de los contratos relacionados al producto asignado.
6. Desarrollar, según sea necesario, términos de referencia para las diferentes contrataciones enmarcadas en la programación anual del proyecto para el Producto 3.4, y apoyar en la revisión de los productos.
7. Presentar informes de avances y resultados a solicitud de las contrapartes del MEDUCA, MECSE y OEI, así como apoyo en la realización de reportes de seguimiento mensuales e informes semestrales de resultados.
8. Seguir los procedimientos técnicos y administrativos requeridos por la OEI y el BID para la ejecución de los objetivos del producto asignado.
9. Gestionar y controlar las remisiones de documentaciones dentro y/o fuera de la institución y apoyar en la revisión de los entregables contratados y productos relacionados al producto asignado.
10. Realizar las gestiones necesarias para la organización de talleres y/o reuniones y otros aspectos logísticos requeridos para la ejecución de los objetivos del Producto
3.4 y del proyecto.
11. Dar apoyo administrativo y logístico para la implementación del proyecto conforme a las reglas y procedimientos del Programa.
12. Recibir las facturas por servicios contratados o bienes adquiridos por el programa, verificar la correspondencia de toda la documentación adjunta y dar apoyo en la elaboración de las solicitudes de pagos que se le especifiquen.
13. Controlar que todos los documentos recibidos, sean tramitados en tiempo y forma.
B. Metodología:
Para dar cumplimiento a los objetivos y resultados esperados de la consultoría, el Oficial de Producto deberán proveer los servicios mediante la implementación de las actividades antes mencionadas a medida que las mismas son requeridas por la ejecución del proyecto, propiciando el cumplimiento de los objetivos del producto y las necesidades del equipo en relación con el producto.
Los Oficiales de Producto trabajarán dentro del equipo central del proyecto de Calidad Educativa siendo el principal vínculo con los consultores externos contratados para la realización de entregables del producto asignado. El oficial tendrá además estrecha comunicación con el/la encargado/a de la validación de dichos entregables desde la unidad ejecutora MECSE y las direcciones técnicas del MEDUCA, buscando que se maneje la misma información entre todas las partes involucradas (referirse al esquema de ecosistema de involucrados del proyecto presentado en antecedentes)
De igual manera, el oficial deberá trabajar estrechamente con los analistas del proyecto y oficiales de adquisición y administración, brindando la información necesaria para el adecuado soporte logístico, financiero y administrativo de las acciones y la planificación a mediano y largo plazo, así como el cumplimiento de los procesos del Programa. Se espera del Oficial de Producto que participe en las reuniones y sesiones de trabajo que se requieran para contar con el conocimiento suficiente para los objetivos antes descritos.
IV. PRODUCTOS ESPERADOS Y FORMA DE PAGO
El Consultor deberá presentar un informe mensual del avance de las actividades realizadas a la Organización de Estados Iberoamericanos, que deberá incluir entre otras cosas la siguiente información:
a) Reporte mensual de las actividades realizadas que contenga como mínimo un resumen semanal
b) Sistematización del estatus de los entregables de las consultorías y contrataciones relacionadas a los objetivos del producto asignado
c) Observaciones del seguimiento de los consultores contratados.
d) Herramienta actualizada del seguimiento, control y ejecución del producto
e) Capacitaciones que el consultor haya tomado, de haber.
f) Detallar las coordinaciones y acompañamiento realizado a las Direcciones del MEDUCA y otras contrapartes.
g) Participación en las reuniones de trabajo.
h) Cumplimiento de hitos y recomendaciones en la gestión del proyecto
i) Actividades realizadas en adición al servicio
Los pagos se realizarán de acuerdo con el siguiente cuadro:
ENTREGABLE /PRODUCTOS |
Producto 1: Informe mensual de avance de actividades del mes de enero de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 2: Informe mensual de avance de actividades del mes de febrero de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 3: Informe mensual de avance de actividades del mes xx xxxxx de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 4: Informe mensual de avance de actividades del mes xx xxxxx de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 5: Informe mensual de avance de actividades del mes xx xxxx de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 6: Informe mensual de avance de actividades del mes xx xxxxx de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 7: Informe mensual de avance de actividades del mes de julio de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 8: Informe mensual de avance de actividades del mes xx xxxxxx de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 9: Informe mensual de avance de actividades del mes de septiembre de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 10: Informe mensual de avance de actividades del mes de octubre de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 11: Informe mensual de avance de actividades del mes de noviembre de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
Producto 12: Informe mensual de avance de actividades del mes de diciembre de 2023 gestionadas a partir de la consultoría para la consecución de resultados. |
El consultor deberá presentar, para la consideración de la directora de Proyectos de la OEI cada informe mensual, y subsanar las observaciones si las hubiere para recibir la validación correspondiente. En consecuencia, la validación de cada Producto será oficializada a través de un documento de aval o Visto Bueno del Producto, por parte de la Dirección de Proyectos.
Los productos serán cancelados, luego de la emisión de recibido conforme por parte de la OEI.
Los pagos serán gestionados a través de transferencia bancaria. El pago al consultor será a la entrega y gestión del pago con la documentación correspondiente para presentación de cuentas.
Presentación de cuentas:
El consultor deberá presentar la siguiente documentación:
● Factura emitida por el consultor
● Informe, producto y/o entregable correspondiente
● Validación/Aprobación de la Dirección de Proyectos de la OEI-Oficina Panamá
V. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DE LA CONSULTORÍA
Tipo de Consultoría: Consultor Individual con pago de honorarios con base en la presentación de los informes mensuales.
Metodo de Selección: La selección del consultor se realizará bajo las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 xx xxxx de 2019, a través del método “Selección de Consultores Individuales”, Sección V. Selección de Consultores Individuales, numeral 5.2- Comparativa de Perfiles.
Podrán participar en ella todos los interesados de países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas.
Lugar de trabajo: Modalidad combinada (virtual / presencial), a requerimiento de OEI.
Duración de la Consultoría: La duración para los servicios del Consultor Individual se estima sea de hasta doce (12) meses, los cuales pueden ser extendidos, siempre dentro de la vigencia del Convenio Específico de Cooperación entre la OEI-MEDUCA.
VI. PERFIL DEL CONSULTOR
REQUERIMIENTOS | DESCRIPCIÓN | DOCUMENTO REQUERIDO |
Profesional en administración, | Copia del Título Universitario (grado de Licenciatura) | |
ciencias políticas, relaciones | ||
internacionales, educación, | ||
economía para el desarrollo x | ||
xxxxxxxx afines. | ||
Educación del consultor: | Maestría o Postgrado en administración, logística u otras disciplinas afines. | Copia del Título Universitario (grado de Maestría o Postgrado) |
Estudios a nivel de Diplomado | ||
y/o Cursos en Gestión de | Copia de certificados o | |
Proyectos, Cooperación | constancia de que se está | |
Internacional, Monitoreo y/o | cursando el | |
Reporte. | Diplomado/curso/Taller | |
Experiencia laboral mínima de | Hoja de Vida (Anexo 1) | |
Experiencia | (1) año en proyectos para la educación, la ciencia y/o la | Detalle de los trabajos realizados |
General del | cultura, desarrollo económico y/o | cronológicamente y datos |
Consultor: | social y/o cooperación | de los contactos a los |
internacional | cuales se les puede pedir referencia de estos | |
Experiencia laboral mínima de | Hoja de Vida (Anexo 1) Detalle de los trabajos realizados cronológicamente y datos de los contactos a los cuales se les puede pedir referencia de estos | |
dos (2) años realizando | ||
funciones relacionadas a la | ||
gestión, monitoreo y seguimiento | ||
de proyectos de implementación | ||
de cursos masivos de desarrollo | ||
profesional continuo, u otras | ||
Experiencia Específica del consultor: | disciplinas afines, preferiblemente de cooperación técnica internacional. | |
Hoja de Vida (Anexo 1) | ||
Experiencia en la gestión de proyectos financiados por organismos internacionales | Detalle de los trabajos realizados cronológicamente y datos de los contactos a los | |
cuales se les puede pedir | ||
referencia de esto |
Manejo de Sistemas Informáticos | Experiencia en el uso de computadoras y paquetes de softwares de oficina (MS Office) (como mínimo deben ser 1. Word, 2. Excel, 3. Power Point, 4. Outlook, 5. Teams) | Detalle de los paquetes de software de oficina que maneja. |
Nacionalidad del Consultor | Ser nacional de uno los países miembros del BID (Ver Anexo 2) | Copia de Cédula de Identidad personal o Pasaporte |
VII. CRITERIOS DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN
La selección de consultores individuales se hace teniendo en cuenta sus calificaciones para realizar el trabajo. No se requiere publicación y los consultores no necesitan presentar propuestas. Se pueden seleccionar sobre la base de la comparación de las calificaciones de por lo menos tres (3) candidatos entre quienes hayan expresado interés en el trabajo o bien hayan sido contactados directamente por el Prestatario. Las personas consideradas en la comparación de calificaciones
CRITERIOS | Puntaje | |
Nacionalidad del Consultor | CUMPLE/NO CUMPLE | |
EDUCACIÓN DEL CONSULTOR (Total: 25 puntos) | ||
Educación formal (a nivel de licenciatura) en administración, ciencias políticas, relaciones internacionales, educación, economía para el desarrollo x xxxxxxxx afines. | 15 puntos | |
Maestría o Postgrado en administración, logística u otras disciplinas afines. | 5 puntos | |
Estudios a nivel de Diplomado y/o Cursos en Gestión de Proyectos, Cooperación Internacional, Monitoreo y Reporte. | 5 puntos | |
No se cuenta con educación formal relevante a la consultoría | 0 puntos | |
EXPERIENCIA GENERAL (Total: 20 puntos) | ||
Experiencia laboral mínima de (1) año en proyectos para la educación, la ciencia y/o la cultura, desarrollo económico y/o social y/o cooperación internacional en el sector público o privado | Más de 7 años de experiencia | 20 puntos |
Hasta 7 años de experiencia | 15 puntos | |
Hasta 5 años de experiencia | 10 puntos | |
De 1 hasta 3 años de experiencia | 8 puntos | |
Menos de 1 año de experiencia | 0 puntos | |
EXPERIENCIA ESPECÍFICA (Total: 35 puntos) | ||
Más de 7 años de experiencia | 10 puntos |
Experiencia laboral mínima de dos (2) años realizando funciones relacionadas a la gestión, monitoreo y seguimiento de proyectos de implementación de cursos masivos de desarrollo profesional continuo, u otras disciplinas afines, preferiblemente de cooperación técnica internacional. | Hasta 7 años de experiencia | 8 puntos |
Hasta 5 años de experiencia | 5 puntos | |
De 2 años hasta 3 años de experiencia | 3 puntos | |
Menos de 2 años de experiencia | 0 puntos | |
Experiencia en gestión de proyectos financiados por organismos internacionales | Más de 3 años de experiencia | 10 puntos |
De 1 a 3 años de experiencia | 8 puntos | |
Menos de 1 año de experiencia | 5 puntos | |
Sin experiencia | 0 puntos | |
Experiencia en el área de pedagogía, producción editorial, enseñanza de las matemáticas, modelos de enseñanza, currículo u otras disciplinas afines | Más de 3 años de experiencia | 15 puntos |
De 1 a 3 años de experiencia | 12 puntos | |
Menos de 1 año de experiencia | 5 puntos | |
Sin experiencia | 0 puntos | |
EXPERIENCIA EN EL USO DE COMPUTADORAS Y PAQUETES DE SOFTWARES DE OFICINA (20 puntos) | ||
Experiencia en el uso de computadoras y paquetes de softwares de oficina (MS Office - 1. Word, 2. Excel, 3. Power Point, 4. Outlook, 5. Teams) | Manejo de los 5 programas listados | 20 puntos |
Manejo de 4 o menos de los programas listados | 15 puntos | |
Sin manejo de ninguno de los programas listados | 0 puntos |
VIII. SUPERVISIÓN
El (la) consultor(a) tendrá como supervisor inmediato al Gestor de Proyectos y al Director de Proyectos de la Organización de Estados Iberoamericanos.
El consultor deberá presentar los entregables y productos en informes a la Directora de Proyectos, sin que éstos sean limitativos, los mismo serán recibidos a satisfacción de la supervisión del contrato.
IX. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
El consultor vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato, así como los datos o información a la que pueda tener acceso o generar como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que la Organización de Estados Iberoamericanos para la
Educación, Ciencia y Cultura (OEI) le autorice por escrito y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato.
En la medida en que las prestaciones y el cumplimiento del presente contrato impliquen un acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI), aquel tendrá la condición de encargado de tratamiento. En consecuencia, cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI).
Le informamos que los datos personales a los que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) pueda tener acceso en la tramitación de este procedimiento serán tratados con la exclusiva finalidad de verificar la capacidad del candidato para la correcta ejecución del contrato. Los datos objeto del tratamiento no serán cedidos a terceros o a proveedores externos, salvo lo establecido por la legislación vigente.
La base legítima del tratamiento en cuestión será la aplicación de medidas precontractuales o la ejecución del contrato civil en el caso de los adjudicatarios. La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) conservará los datos mientras tenga lugar la relación contractual entre las partes, conservándose bloqueados los datos posteriormente por el tiempo mínimo que exige la legislación vigente.
Usted puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento de sus datos dirigiéndose a Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) en X/ Xxxxx Xxxxxxx,
00. 00000 Xxxxxx o a xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx, acompañando copia de su DNI acreditando debidamente su identidad. En cualquier situación, Ud. tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Los materiales producidos por el/la profesional contratado(a), así como la información a la que se tuviere acceso durante o después de la ejecución del presente contrato, tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, excepto a la entidad.
X. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
Los trabajos que se realicen en cualquiera de los apartados serán entregados a la OEI, quien garantizará la entrega, cesión, derechos, propiedad, utilidad y/o beneficios al Ministerio de Educación de Panamá de los bienes adquiridos o producidos, materiales o inmateriales.
El adjudicatario no podrá utilizar para sí o proporcionar a terceros, dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente el contenido de los mismos sin autorización escrita de la OEI. En todo caso el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
Todos los productos generados de la presente contratación son denominados obra por encargo, derechos que serán cedidos a OEI, quien tiene el compromiso de hacer traspaso de los mismos como beneficiario final al Ministerio de Educación. Los productos se encuentran bajo estricta confidencialidad entre la OEI y el contratista.
XI. DOCUMENTOS QUE DEBEN SER PRESENTADOS
● Hoja de vida de trabajo (Anexo 1)
● Diplomas o certificaciones relativas a la preparación académica (educación)
● Cédula o pasaporte consultor individual
● Declaración de responsabilidad-modelo OEI (Anexo 5)
Serán entregados en la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxx.xxx
XII. JURISDICCIÓN APLICABLE
Jurisdicción: como cláusula arbitral, cada proponente se acoge al arbitraje como método de resolución de disputas. El foro, domicilio, jurisdicción o sede del arbitraje será siempre la República de Panamá, teniendo como reglas el derecho privado de Panamá y la Ley No. 131 de 2013, el idioma de la jurisdicción será español en todos los casos.
“Régimen Jurídico Tributario Aplicable: Aplicarán las disposiciones nacionales de los impuestos gravables causados contemplados en las leyes de la República de Panamá y sus exenciones de acuerdo a la naturaleza del producto adquirido. Se tendrán las normas como referencia, sin hacer exclusión del resto de las mismas: Decreto Ejecutivo No. 84 de 26 xx xxxxxx de 2005 (ITBMS), Decreto Ejecutivo No. 91 de 25 xx xxxxxx de 2010, Decreto Ejecutivo No. 463 de 14 de octubre de 2015. Decreto Ejecutivo 470 de 2015. Código Fiscal de Panamá. (Impuesto sobre la renta ISR).
Todas las normas tributarias y fiscales de la República de Panamá, se aplicará tanto a proponentes nacionales y extranjeros sin excepción. Todas las exoneraciones a impuestos nacionales o tratados xx xxxxx tributación deben contar con certificación documental de la Dirección General de Ingresos de Panamá, aportado a cuenta de cada proponente.1
Renuncia diplomática: El proveedor renuncia a toda reclamación diplomática, salvo en el caso de denegación de justicia. No se entiende que haya denegación de justicia cuando el contratista, sin haber hecho uso de ellos, ha tenido expeditos los recursos y medios de acción que puedan emplearse conforme a las disposiciones pertinentes.
El proveedor declara que no es persona, o es controlada directa o indirectamente por una persona, de un país al que se le aplican las medidas de retorsión.
Seguros: El proveedor será responsable de contratar los seguros pertinentes en caso de que se requieran.
1 En relación con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el mismo cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.
Adhesión: con la firma se aceptan las condiciones de estos términos y se adhieren a las estipulaciones del contrato
XIII. RESOLUCIÓN DE CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las siguientes:
1. Incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones descritas en el contrato.
2. La manifiesta falta de calidad del servicio prestado o la no adecuación de este a las condiciones pactadas en la documentación vinculante.
3. La declaración de concurso/quiebra en caso de empresas
4. Mutuo acuerdo de las partes.
5. Incumplimiento de las limitaciones en materia de subcontratación
6. Obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la OEI
XIV. CLÁUSULA LEGAL BASES LICITACIONES/CONVOCATORIAS PÚBLICAS
Los tratamientos de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Le informamos que los datos personales a los que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) pueda tener acceso en la tramitación de este procedimiento serán tratados con la finalidad de verificar la capacidad de obrar de los candidatos y la acreditación de los criterios de adjudicación del personal adscrito a la ejecución del contrato. Los datos personales del adjudicatario serán publicados en nuestra web xxxxx://xxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxx por criterios de transparencia en la contratación, este tratamiento es necesario y usted consiente el mismo.
Los datos personales de los candidatos no adjudicatarios serán conservados por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) por motivos de auditorías sobre los procesos de contratación.
Los datos objeto del tratamiento no serán cedidos a terceros o proveedores externos, salvo lo establecido por la legislación vigente. La base legítima del tratamiento en cuestión será la ejecución del contrato mercantil. La Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) conservará los datos mientras tenga lugar la relación contractual entre las partes, considerándose bloqueados los datos posteriormente por el tiempo mínimo que exige la legislación vigente para depurar posibles responsabilidades derivadas del tratamiento.
Le anunciamos que puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento de sus datos dirigiéndose a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura (OEI) en X/ Xxxxx Xxxxxxx, 00. 00000 Xxxxxx o a xxxxxxxxxx.xxxxx@xxx.xxx, acompañando copia de
su DNI acreditando debidamente su identidad. En cualquier situación, Ud. tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Firma del contratista | Aprobación del área (OEI) |
ANEXOS
Anexo No.1 - Curriculum Vitae Anexo No.2 – Países miembros Anexo No.3 – Prácticas Prohibidas
Anexo No. 4 – Situaciones de exclusión
Anexo No. 5 – Declaración de Responsable (OEI)
ANEXO NO.1 - CURRICULUM VITAE
(Es obligatorio que la información del CV de cada Consultor sea elaborada bajo este formato).
DATOS PERSONALES
Nombre: | |
Lugar y Fecha de Nacimiento | |
Pasaporte o Cédula No. | |
Nacionalidad | |
Profesión | |
Ocupación actual | |
País de residencia | |
Dirección particular | |
Teléfono | |
Correo electrónico |
FORMACIÓN ACADÉMICA (Estudios de Licenciatura, ingenierías, Maestrías y Doctorados)
Institución | Grado académico Obtenido (Licenciatura, Diplomado, Master) (Indicar la Especialidad) | Período de Estudio (Desde – Hasta) (mes/año – mes/año) | |
1 | |||
2 | |||
3 |
Incluir estudios que cumplan los requerimientos establecidos en el Cuadro de Evaluación
EXPERIENCIA GENERAL
Empresa o Proyecto | Actividad realizada* | Período (Desde – Hasta) (mes/año – mes/año) | |
1 | |||
2 | |||
3 |
*Este cuadro se debe diligenciar iniciando en el proyecto o empresa en la que realizó el trabajo más recientemente. Debe darse una breve descripción de la actividad profesional
desarrollada en el área Específica, indicando claramente su responsabilidad y los períodos involucrados a efecto de determinar el tiempo de experiencia requerido.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA: En Proyectos Similares.
Proyecto e Institución Contratant e - País | Nombr e del Proyec to | Descripción de actividad desempeñada (Ej.: Director, Consultor Independiente, Gerente, Personal Permanente, etc.) | Duración del Proyecto (Desde – Hasta) (mes/año – mes/año) | |
1 | ||||
2 |
Uso de herramientas informáticas
NIVEL | |||
Herramienta | Básico | Medio | Alto |
Incluir herramientas relacionadas con las establecidos en el perfil
Referencias Profesionales
Nombre | Cargo | Empresa o Institución | Teléf ono | Direcci ón electró nica | |
1 | |||||
2 |
Indicar el nombre del funcionario inmediato superior o contratante, su cargo y demás datos requeridos. [Usar las hojas adicionales que fueran necesarias]
Declaración:
Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia. Entiendo que cualquier declaración voluntariamente falsa aquí incluida puede conducir a mi descalificación.
Firma | Fecha: día/mes/año |
Anexo No.2 – Países miembros
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xxx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: (a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y (b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
(A) Nacionalidad
(a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
i. Es ciudadano de un país miembro; o
ii. Ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
(b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
i. está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
(B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son sustancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
(C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Anexo No.3 – Prácticas Prohibidas
1. Prácticas Prohibidas
1.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación indebida. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo, el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de inhabilitación.
. A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes:
(i) Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
i. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar
declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de impedir una investigación del Grupo BID;
ii. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la investigación; o
iii. actos realizados con la intención de impedir el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del Grupo BID previstos en la Subcláusula 1.1 (f) abajo, o sus derechos de acceso a la información;
iv. Una apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.
b. Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii. suspender los desembolsos de la operación si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por un período determinado de
tiempo, para la participación y/o la adjudicación de contratos adicionales financiados con recursos del Grupo BID;
vi. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre otras, restitución de fondos y multas equivalentes al reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en los Procedimientos de Sanciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas" (las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la inhabilitación/inelegibilidad).
vii. extender las sanciones impuestas a cualquier individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados, afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron directamente en una Práctica Prohibida.
viii. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.
c. Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la Subcláusula 1.1 (b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, u otra resolución.
d. La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
e. Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
f. El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente, solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario;
g. Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán íntegramente a los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión
con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible por el Banco, éste no financiará los gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.
1.2 El Proveedor declara y garantiza:
a. que ha leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los Procedimientos de Sanciones;
b. que no ha incurrido o no incurrirán en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
c. que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
d. que ni ellos ni sus agentes, subcontratistas, sus consultores, directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por el Banco;
e. que ha declarado todas las comisiones, honorarios de representantes o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; y
f. que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de las medidas descritas en la Subcláusula 1.1 (b).
Anexo No. 4 – Situaciones de exclusión
Los candidatos quedarán excluidos de la participación en procedimientos de adjudicación de contratos si:
a) si se declara en concurso o está sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación, sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal, se halla en concurso de acreedores, sus actividades empresariales han sido suspendidas o se encuentra en cualquier situación análoga, resultante de un procedimiento de la misma naturaleza en virtud de disposiciones legales o reglamentarias nacionales;
b) se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la persona ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social, de conformidad con el Derecho aplicable;
c) se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la persona es culpable de falta de ética profesional grave por haber infringido la legislación o la reglamentación aplicable o las normas deontológicas de la profesión a la que pertenece, o por cualquier conducta ilícita que afecte significativamente a su credibilidad profesional, cuando dicha conducta denote un propósito doloso o negligencia grave, con inclusión de cualquiera de las conductas siguientes:
i. tergiversar de forma fraudulenta o por negligencia la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o para el cumplimiento de los criterios de selección o para la ejecución de un contrato o acuerdo;
ii. celebrar con otras personas un acuerdo con el fin de falsear la competencia;
iii. vulnerar los derechos de propiedad intelectual;
iv. intentar influir en el proceso de toma de decisiones del órgano de contratación durante el procedimiento de contratación;
v. intentar obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de adjudicación;
d) se ha establecido mediante sentencia firme que es culpable de cualquiera de los actos siguientes:
i. fraude;
ii. corrupción;
iii. conductas relacionadas con una organización delictiva;
iv. blanqueo de capitales o financiación del terrorismo;
v. delitos de terrorismo o delitos ligados a actividades terroristas;
vi. trabajo infantil u otras infracciones relacionadas con la trata de seres humanos;
e) se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la persona o entidad ha creado una entidad en otro territorio con la intención de eludir obligaciones fiscales, sociales o cualesquiera otras obligaciones jurídicas de obligado cumplimiento en el lugar de su domicilio social, administración central o centro de actividad principal.
f) se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la entidad ha sido creada con la finalidad prevista en la letra e). Lo dispuesto en la letra a) no se aplicará a las compras de suministros en condiciones particularmente ventajosas.
Anexo No. 5 – Declaración de Responsable (OEI)
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS CRITERIOS DE EXCLUSIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN
[El] [La] abajo firmante [nombre de la persona que firma] en representación
(solo para las personas físicas) en representación propia | (solo para las personas jurídicas) en representación de la persona jurídica siguiente: |
Número de pasaporte o de documento de identidad: («la persona») | Nombre oficial completo: Forma jurídica oficial: Datos registrales: Dirección oficial completa: Número de registro del RUC: («la persona») |
I. SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN RELATIVAS A LA PERSONA
1. Declara que la persona antes mencionada se encuentra en una de las situaciones siguientes: | SÍ | NO |
a. ha quebrado, o está sometida a un procedimiento de insolvencia o liquidación, sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal, se halla en concurso de acreedores, sus actividades empresariales han sido suspendidas o se encuentra en cualquier situación análoga, resultante de un procedimiento de la misma naturaleza en virtud de disposiciones legales o reglamentarias nacionales; | ||
b. se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la persona ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago[1] de impuestos o cotizaciones a la seguridad social, de conformidad con el Derecho aplicable; | ||
c. se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la persona es culpable de falta de ética profesional grave por haber infringido la legislación o la |
reglamentación aplicable o las normas deontológicas de la profesión a la que pertenece, o por cualquier conducta ilícita que afecte significativamente a su credibilidad profesional, cuando dicha conducta denote un propósito doloso o negligencia grave, con inclusión de cualquiera de las conductas siguientes: | ||
a. i) tergiversar de forma fraudulenta o por negligencia la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o para el cumplimiento de los criterios de selección o para la ejecución de un contrato o acuerdo; | ||
b. ii) celebrar con otras personas un acuerdo con el fin de falsear la competencia; | ||
c. iii) vulnerar los derechos de propiedad intelectual; | ||
d. iv) intentar influir en el proceso de toma de decisiones del Órgano de Contratación durante el procedimiento de contratación; | ||
e. v) intentar obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de adjudicación; | ||
d. se ha establecido mediante sentencia firme que es culpable de cualquiera de los actos siguientes : | ||
f. i) fraude; | ||
g. ii) corrupción; | ||
h. iii) conductas relacionadas con una organización delictiva; | ||
i. iv) blanqueo de capitales o financiación del terrorismo; | ||
j. v) delitos de terrorismo o delitos ligados a actividades terroristas; | ||
k. vi) trabajo infantil u otras infracciones relacionadas con la trata de seres humanos; | ||
e. se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la persona o entidad ha creado una entidad en otro territorio con la intención de eludir obligaciones fiscales, sociales o cualesquiera otras obligaciones jurídicas de obligado cumplimiento en el lugar de su domicilio social, administración central o centro de actividad principal. |
f. se ha establecido mediante sentencia firme o decisión administrativa definitiva que la entidad ha sido creada con la finalidad prevista en la letra e). |
II – SITUACIONES DE EXCLUSIÓN RELATIVAS A LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS CON PODERES DE REPRESENTACIÓN, DE DECISIÓN O DE CONTROL EN RELACIÓN CON LA PERSONA JURÍDICA Y LOS TITULARES REALES
No aplicable a las personas físicas, los Estados miembros y las autoridades locales
2. El abajo firmante declara que una persona física o jurídica que es miembro del órgano de administración, de dirección o de control de la persona jurídica citada, o que tiene poderes de representación, de decisión o de control en relación con dicha persona jurídica (a saber, los directores de empresas, los miembros de los órganos de dirección o de supervisión y las personas físicas o jurídicas que posean la mayoría de las acciones) o un titular real de la persona jurídica se encuentra en una de las situaciones siguientes: | SÍ | N O | N. A. |
Situación contemplada en la letra c) supra (falta profesional grave) | |||
Situación contemplada en la letra d) supra (fraude, corrupción u otras infracciones penales) | |||
Situación contemplada en la letra e) supra (creación de una entidad con la intención de eludir obligaciones legales) | |||
Situación contemplada en la letra f) supra (persona creada con la intención de eludir obligaciones legales) |
III – SITUACIONES DE EXCLUSIÓN RELATIVAS A LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE ASUMEN UNA RESPONSABILIDAD ILIMITADA POR LAS DEUDAS DE LA PERSONA JURÍDICA
1. declara que una persona física o jurídica que asume una responsabilidad ilimitada por las deudas de la persona jurídica antes indicada se encuentra en una de las situaciones siguientes. En caso afirmativo, indique en el anexo de esta declaración el/los nombre(s) de las personas interesadas con una breve explicación.]: | SÍ | N O | N. A. |
Situación contemplada en la letra a) supra (quiebra) |
Situación contemplada en la letra b) supra (incumplimiento en lo referente al pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social) |
PRUEBAS DOCUMENTALES PARA LA ADJUDICACIÓN PREVIA SOLICITUD-
Previa solicitud y en el plazo fijado por el Órgano de Contratación, la persona deberá presentar las siguientes pruebas relativas a las personas físicas o jurídicas:
Para las situaciones descritas en las letras a), c), d), e) y f), se acreditará mediante un certificado de Información de Antecedentes Penales Personales (o Récord Policivo, artículo 17 de la Ley No. 69 de 27 de diciembre de 2007) (para el caso de las personas naturales), válido y vigente de acuerdo a la normativa nacional o, en su defecto, oficio o documento equivalente expedido recientemente por una autoridad judicial o administrativa del país de establecimiento de la persona, que acredite que se cumplen dichos requisitos. Respecto a las personas jurídicas establecidas en la República de Panamá, el órgano de contratación verificará que no se encuentran incapacitados para contratar con las entidades estatales mediante el portal de registro de empresas inhabilitadas del Gobierno de Panamá:
(xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxxxxxxxx.xxxx).
Respecto a las personas naturales y jurídicas no establecidas en la República de Panamá, un certificado reciente de antecedentes penales o, en su defecto, un documento equivalente expedido recientemente por una autoridad judicial o administrativa del país de establecimiento de la persona, que acredite que se cumplen dichos requisitos.
En relación con la situación descrita en la letra b), deberán presentarse certificados vigentes y válidos xx Xxx y Salvo, para impuestos nacionales por la Dirección General de Ingresos y cuotas de seguridad social por parte de la Caja de Seguro Social. En caso de que en el país de que se trate no se expida ninguno de los documentos antes descritos, estos podrán sustituirse por una declaración jurada ante una autoridad judicial x xxxxxxx o, en su defecto, una declaración solemne ante una autoridad administrativa o un organismo profesional cualificado del país de establecimiento.
La fecha de expedición de los documentos no debe ser superior a un año a partir de la fecha de su solicitud por el Órgano de Contratación y debe ser válida en dicha fecha.
II. CRITERIOS DE SELECCIÓN
1. declara que la persona antes mencionada cumple los criterios de selección que le son aplicables individualmente establecidos en el Pliego de Condiciones: | SÍ | N O | N. A. |
a. dispone de la capacidad jurídica y normativa para ejercer la actividad profesional necesaria para ejecutar el contrato, tal como se exige en el presente Pliego de Condiciones; |
b. cumple los criterios económicos y financieros que se indican en el presente Pliego de Condiciones; | |||
c. cumple los criterios técnicos y profesionales que se indican en el presente Pliego de Condiciones; | |||
2. si la persona antes mencionada es el único licitador o el licitador principal en caso de oferta conjunta, declara que: | |||
a. el licitador, incluidos todos los miembros del grupo en caso de presentación de una oferta conjunta e incluidos los subcontratistas, si procede, cumplen todos los criterios de selección para los cuales se efectuará una evaluación consolidada según lo previsto en el Pliego de Condiciones. |
PRUEBAS RELATIVAS A LA SELECCIÓN
El abajo firmante declara que la citada persona tiene la posibilidad de presentar, previa solicitud y sin demora, los documentos justificativos necesarios enumerados en las secciones pertinentes xxx Xxxxxx de Condiciones.
La persona citada podrá ser excluida del presente procedimiento si alguna de las declaraciones o la información presentada como condición para la participación en el presente procedimiento resultara ser falsa.
Nombre y apellidos Xxxxx Xxxxx