CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO
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Puente Alto
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MUNICIPALIDAD DE ¡;UENTE ALTO , ,
DIRECCION DE A ESORIA JURIDICA
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CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO
A
CONSTRUCTORA PEHUENCHE LIMITADA
En Puente Alto a 11 de Enero de 2010, entre la MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO, RUT N° 00.000.000-0, representada por su Alcalde Subrogante xxx XXXX XXXXXX XXXXXXX, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 0.000.000-0, ambos domiciliados en Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxx Xx 0000 de esta comuna, en adelante "El Mandante" o indistintamente "La Municipalidad", y CONSTRUCTORA PEHUENCHE LIMITADA, RUT N° 00.000.000-0, representada por don
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXX, chileno, casado, ingeniero civil, cédula de identidad N° 0.000.000-0, con domicilio en Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xx 0000, Xxxxxx xx Xxxxx, en adelante "La Contratista", se ha convenido lo siguiente:
PRIMERO.- ANTECEDENTES
Convenio celebrado con fecha 2 xx Xxxxx de 2009 entre la Municipalidad xx Xxxxxx Alto y el Serviu Metropolitano para la ejecución de obras Programa Recuperación xx Xxxxxxx; Resolución Ex. N0 04043 de fecha 10 xx Xxxxx de 2009 por la cual Serviu aprueba convenio mencionado; Xxxxxxx Xx. X0 0000 de fecha 30 de Julio de 2009, por el cual la Municipalidad de Puente Alto aprueba el referido convenio; Decreto Ex. N° 1660 de fecha 2 de Octubre de 2009 que ordenó el llamado a Propuesta Pública a través del portal www.mercadopublico.clidentificada con el código 2423-91-LP09; El cierre de las ofertas en el portal efectuado el día 12 de Noviembre de 2009; El acto de apertura técnica realizado el mismo día; Informe de la Comisión Evaluadora de fecha 4 de Diciembre de 2009 proponiendo la adjudicación de la presente licitación; Decreto Ex. N° ,S.9de fecha 7 de Enero de 2010 que ordenó adjudicar y contratar las obras "Remodelación Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxx Xxxxxxxxx" x "Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxxxxx" al oferente Sociedad Constructora Pehuenche
Limitada en los términos allí establecidos; Publicación del Acta de Adjudicación en el portal con fecha 7 de Enero de 2010.-
SEGUNDO.- CONTRATO
Conforme a los antecedentes señalados, por el presente instrumento, la MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO, representada por su Alcalde Subrogante, viene en contratar a la empresa Constructora Pehuenche Limitada, por quién comparece y acepta xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx, para
la ejecución de las obras "Remo delación Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxx Xxxxxxxxx" x "Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxxxxx".
Av. Concha y Toro 1820 Tel: 000 0000
000 0000
Casilla 9
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Puente Alto
MUNICIPALIDAD XX XXXXXX ALTO
TERCERO.- PRECIO DEL CONTRATO Y CONDICIONES PARA EL PAGO
El precio del contrato es la suma total de $92.395.365.- (noventa y dos millones trescientos noventa y cinco mil trescientos sesenta y cinco pesos) más impuestos, que se compone a partir de la suma de $60.481.577.- (sesenta millones cuatrocientos ochenta y un mil quinientos setenta y siete pesos) más impuestos por la obra denominada "Remo delación Plaza Central y Nueva Plazoleta", más la suma de $31.913.788.- (treinta y un millones novecientos trece mil setecientos ochenta y ocho p.esos) más impuestos por la obra denominada "Equipamiento Deportivo, Barrio El Duraznal".
El pago de los trabajos realizados se hará por estados de pago contra presentación de factura y estado de pago parcial o total por el contratista, con el visto bueno de la unidad técnica de acuerdo con el avance efectivo de los trabajos.
El Inspector Técnico del Contrato dará su visto bueno a las facturas o estados de pago, si el contratista ha presentado con oportunidad el informe parcial de avance, previsto en el plan de trabajo programado, el que deberá ser aprobado por éste, una vez resueltas las observaciones a dicho informe, si las hubiere.
Para proceder al pago de los trabajos encomendados, el contratista deberá presentar los antecedentes señalados en el artículo N° 22 de las Bases Administrativas.
CUARTO.- PLAZO Y SOLICITUDES DE CAMBIO DE PLAZO
El plazo del contrato será de 60 días corridos por cada una de las obras contratadas, contados desde la fecha de entrega de terreno al contratista.
La Municipalidad podrá acoger solicitudes de cambio de plazo por razones fundadas de fuerza mayor o caso fortuito, calificados por el mandante, previo informe de la Inspección Técnica, para cuyos efectos la contratista deberá comunicar la situación por escrito al Inspector Técnico, conforme al procedimiento establecido en el artículo N° 14 de las Bases Administrativas.
El (los) cambio (s) de plazo de entrega no podrá (n) superar, en su conjunto, el 30% del plazo original del contrato.
QUINTO.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Y CORRECTA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La contratista, con posterioridad a la firma del contrato deberá presentar una boleta bancaria de garantía o vale vista, para caucionar el fiel cumplimiento del contrato y buena ejecución de la obra, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del valor del contrato, con una vigencia mínima de 6 meses posteriores al plazo de ejecución de la obra (plazo de ejecución + 6 meses).
Si la contratista no cumple con esta obligación, se dejará sin efecto la adjudicación y quedará impedida de participar en un eventual segundo llamado. No se efectuará entrega de terreno a la Contratista mientras no cumpla con la presentación de esta Boleta. A la aceptación correcta de esta boleta por parte del Mandante, procederá la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
La garantía deberá ser boleta bancaria a la vista o de plazo definido o vale vista, debe ser tomada a la orden del mandante y debe especificar claramente qué cauciona y su fecha de vencimiento.
La garantía será remitida al Mandante, quedando bajo su custodia, y todos los gastos que irrogue la mantención de la misma será de cargo de la contratista y será ésta responsable de mantenerla vigente hasta la liquidación del contrato.
La Garantía por fiel cumplimiento del contrato y buena ejecución de la obra será restituida a la liquidación del contrato, si no hubiere mediado incumplimiento ni existiera responsabilidad pecuniaria por parte de la contratista. En dicha oportunidad la contratista deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
Xx. Xxxxxx x Xxxx 0000
Tel: 000 0000
000 0000
Xxxxxxx 0 Xxxxxx Xxxx
x
Xxxxxx Xxxx
XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XXXX
SEXTO.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA
La contratista deberá dar cumplimiento a todas las obligaciones contenidas en las Bases Administrativas, especialmente aquellas contenidas en el artículo N° 20 de dicho documento, además de las obligaciones contenidas en las Especificaciones Técnicas, en la Oferta Técnica y en todos los demás documentos integrantes de la presente propuesta y en los documentos enunciados en los antecedentes de este contrato, todos los cuales se consideran parte integrante del mismo.
Sin perjuicio de lo señalado, la contratista queda vinculada a dar cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria aplicable a la materia de este contrato, especialmente a la señalada en el artículo 1° de las Bases Administrativas.
SÉPTIMO.- SUB CONTRATACIÓN
La contratista podrá sub contratar servicios o algunas actividades específicas, con la debida autorización de la Inspección Técnica. En todo caso, la suma de los subcontratos no podrá ser superior a un 30% del valor total del contrato, y no desligan de responsabilidad a la contratista como ejecutora directa de las Obras, no teniendo el mandante ninguna responsabilidad en las negociaciones entre las partes.
OCTAVO.- SANCIONES Y MULTAS
El Mandante esta facultado para aplicar, por vía administrativa y sin forma de juicio, las sanciones y multas establecidas en el artículo N° 21 de las Bases Administrativas. Si el valor total de las multas acumuladas supera el 10% (diez por ciento) del valor del contrato, el mandante podrá ponerle término al contrato y hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento de éste, a través de un procedimiento administrativo y sin necesidad de resolución judicial.
NOVENO.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Mandante podrá poner término anticipado al contrato sin lugar a indemnización de perjuicios, unilateralmente y en forma administrativa por la vía de la promulgación del respectivo Decreto Alcaldicio, en todos aquellos casos en que exista incumplimiento grave del contrato por parte de la contratista y calificados así por el mandante; especialmente en los casos previstos en el artículo N° 17 de las Bases Administrativas.
DÉCIMO.- DISMINUCIÓN O AUMENTO DE OBRAS
La Inspección Técnica, previa autorización del Mandante, podrá disminuir o aumentar las obras de ejecución de cada partida del presupuesto o del total de él, de acuerdo al procedimiento dispuesto en el artículo N° 16 de las Bases Administrativas. El aumento o disminución de las obras no podrá exceder del 30% del valor adjudicado con impuestos incluidos.
DÉCIMO PRIMERO.- INSPECCIÓN y SUPERVISIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO
Se designa como Unidad Técnica de las Obras a la Dirección de Obras Municipales y se instituye a la Dirección de Educación, Salud y Atención de Menores, a cargo de la supervisión de la obra.
DÉCIMO SEGUNDO.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Aprobada la recepción definitiva de la obra sin observación alguna y encontrándose vigente la garantía, se procederá a la liquidación del contrato, que se materializará en formulario otorgado por la Dirección de Obras Municipales, el que deberá ser protocolizado en una Notaría Pública, x xxxxx de la contratista, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 28 de las Bases Administrativas.
Xx. Xxxxxx x Xxxx 0000 Tel: 0000000
000 0000
Casilla 9
Puente Alto
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Puente Alto
MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO
DÉCIMO TERCERO.- PROTOCOLIZACIÓN, JURISDICCIÓN Y DOMICILIO
El presente contrato será protocolizado ante Notario Público, y los gastos notariales derivados del contrato y su protocolización serán de cargo exclusivo de la contratista. No se efectuará pago alguno al contratista mientras no acompañe un documento que acredite que ha efectuado dicho pago. Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria a la cual se someten desde ya las partes, fijando para tales efectos su domicilio en la Comuna de Puente Alto.
DÉCIMO CUARTO.- PERSONERÍA
La personería de xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, consta del Xxxxxxx Xx. Xx 000, xx 0 xx Xxxxxxx de 2009. La personería de xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx consta de copia de Escritura Pública de Modificación de Sociedad de Responsabilidad Limitada, otorgada con fecha 7 de Julio de 2006 ante Notario Público de la Cuadragésima Octava Notaría xx Xxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Previa lectura yen señal de acuerdo, firman las partes.
XXXXXX XXXX LIERE MOLES CONSTRUCTORA PE UENCHE LIMITADA
Av. Concha y Toro 1820 Tel: 0000000
0000000
Xxxxxxx 0 Xxxxxx Xxxx